JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE BARCELONA Procedimiento Concurso nº 879/2013-O TECNOLAR, S.L. Sección 5ª Liquidación A L J U Z G A D O

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1 JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE BARCELONA Procedimiento Concurso nº 879/2013-O TECNOLAR, S.L. Sección 5ª Liquidación A L J U Z G A D O La que suscribe, Dª Montserrat Cecilia Vallejo, Administradora Concursal en representación de Alfa Forensis, S.L.P., designada en el procedimiento de concurso voluntario nº 879/2013-O de la entidad mercantil TECNOLAR, S.L. ante el Juzgado comparece y como mejor en derecho proceda, DICE: Que por Auto de fecha 11 de junio de 2014, notificado el pasado 2 de julio del corriente, se ha procedido, a solicitud del deudor, a la apertura de la Fase de liquidación, concediéndose plazo a esta administración concursal para presentar el preceptivo Plan de Liquidación de conformidad con lo regulado en el art LC. Que en cumplimento de lo ordenado por este Juzgado y dispuesto en el artículo LC, mediante el presente escrito se acompaña el Plan de Liquidación, para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada TECNOLAR, S.L. En su virtud, SUPLICA AL JUZGADO, que habiendo por presentado en tiempo y forma el Plan de Liquidación con sus anexos, se sirva admitirlo, disponiendo su unión al concurso de su razón, teniendo a la suscrita por evacuado el trámite ordenado. Barcelona, a 25 de julio de La Administración Concursal 1

2 Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona CONCURSO VOLUNTARIO 879/2013-O PLAN DE LIQUIDACION Que presenta la Administración Concursal designada en el procedimiento de concurso voluntario de la mercantil TECNOLAR, S.L. 25 de julio de

3 Índice 1.- Antecedentes 2.- Contexto de la liquidación 3.- Bienes y Derechos del presente Plan Bienes y derechos que conforman la unidad productiva Bases de liquidación para la venta conjunta de esos bienes Subsidiariamente, venta aislada de los bienes industriales Resto de bienes y derechos. 4.- Pago de los acreedores 5.- Informes de liquidación 6.- Conclusión ANEXOS: - Anexo 1: Maquinaria y Herramientas - Anexo 2: Mobiliario y Equipos Informáticos - Anexo 3: Existencias 3

4 1.- ANTECEDENTES «TECNOLAR, S.L.» fue declarada en concurso voluntario de acreedores por Auto de fecha 30 de diciembre de 2013 de este Juzgado Mercantil nº 4 de Barcelona, acordándose su tramitación conforme al procedimiento abreviado y con intervención de las facultades de administración. Presentado el informe provisional regulado en el art. 75 LC, durante el trámite de incidentes no se produjo impugnación alguna, emitiéndose los textos definitivos del Informe ex art. 75 LC el pasado 16 de julio de Por escrito de la concursada de 30 de mayo de 2014 se solicitó la liquidación ante la imposibilidad, dada la situación de la actividad, de poder formular una propuesta viable de convenio, por lo que en aplicación de lo regulado en el art LC por auto del pasado 11 de junio de 2014 se declaró aperturada la Fase de Liquidación. La concursada fue fundada a finales de los años 80, dedicándose a la fabricación, comercialización y distribución de artículos de ferretería y cerrajería. En la primera etapa de su actividad, además de llevar a cabo sus propias fabricaciones, era distribuidora de productos de varias marcas de cerrajería extranjeras, negocio que fue perdiendo a medida que esas compañías acometieron directamente el mercado nacional. La crisis del sector de la construcción ha afectado de manera importante el negocio de la concursada, con una pérdida constante y muy significativa de ventas en los últimos ejercicios. Debido a la continua caída de las ventas (un 62% en el periodo ) que imposibilitaba cubrir el gasto estructural, durante el pasado ejercicio de 2013 llevó a cabo un ajuste drástico de la plantilla, con el despido de cuatro de sus cinco trabajadores, quedando a la fecha un único empleado activo. En este contexto, la concursada lleva a cabo en la actualidad un volumen de actividad reducido, que no obstante ha permitido conservar hasta la fecha parte del fondo comercial, atendiendo de forma corriente los créditos contra la masa que la misma genera, aunque con ese volumen y escasa rentabilidad sería imposible el cumplimiento de un convenio. El taller o centro de trabajo de la concursada se ubica en un local en alquiler suscrito en su día a nombre de uno de los socios, sito en calle Cobalto, número 13, 4º planta, de la localidad de L Hospitalet de Llobregat, provincia de Barcelona. La propiedad de dicho local es la mercantil Esparga, S.L. 4

5 2.- CONTEXTO DE LA LIQUIDACIÓN La finalidad de la Ley Concursal, en lo referente a la liquidación de la masa activa, no es otra que su venta por lo mejor, de tal forma que los acreedores puedan ver satisfechos sus créditos en la mayor proporción posible. Por consiguiente, el Plan de Liquidación debe recoger aquellas fórmulas que permitan en cada caso la consecución de ese objetivo. En ese sentido, el art LC establece que, siempre que sea factible, el plan de liquidación deberá contemplar la enajenación unitaria del conjunto de establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o de algunos de ellos, sin duda, al objeto de no desmembrar la unidad de explotación y de preservar, en la medida de lo posible, la capacidad de generación de puestos de trabajo. Dado que la concursada todavía desarrolla a la fecha una mínima actividad con el empleado que permanece en plantilla, se intentará la búsqueda de interesados en la adquisición de la pequeña unidad productiva que conforman sus activos y fondo comercial, o al menos la venta conjunta de todos los elementos industriales y existencias, puesto que a la vista de la composición de esos activos: (i) Maquinaria y herramientas de taller de gran antigüedad y totalmente amortizados y (ii) Existencias de componentes y producto semielaborado sin valor de venta aislada (salvo como chatarra de hierro o metal), la venta individualizada de esos elementos tendría un resultado ínfimo. 3.- BIENES Y DERECHOS DEL PLAN. Bases de liquidación Los activos integrantes de la masa activa de la concursada fueron analizados recientemente en el Inventario anexo al informe ex art. 75 LC., estando integrados principalmente, como se ha indicado, por Inmovilizado Material (maquinaria y equipos) y Existencias Bienes y Derechos que conforman la unidad productiva. Las partidas que conforman la pequeña unidad productiva de la concursada se corresponden con Inmovilizado Material y Existencias. Todos los bienes integrados en esas partidas se encuentran libres de cargas. Su análisis y valoración es la siguiente: 5

6 a) Inmovilizado Material Incluye las partidas de Instalaciones, maquinaria y utillaje, Mobiliario y equipos procesos de información y Elementos de Transporte, con un valor neto contable a de 868,81 euros, encontrándose por tanto totalmente amortizados. Su composición y detalle es el siguiente: Valor ( ) Concepto Coste Amort. Acum. VNC Estimado Liquidación a.1) Instalaciones, maquinaria y utillaje , ,03 796, ,00 a.2) Mobiliario y equipos informáticos 6.257, ,23 71,95 500,00 Elem. de transporte (Furgoneta a.3) Nissan) , ,41 0, ,00 Total Inmovilizado Material , ,67 868, ,00 a.1) Instalaciones, maquinaria y utillaje Registra elementos tales como: - Maquinaria y herramientas de taller mecánico: Fresadoras, marcadores, equipos de soldaduras, pistolas, carretillas, pulidoras y bancos de trabajo, entre otros, así como herramientas pequeñas (taladros, destornilladores, martillos, etc.) de gran antigüedad. - Utillaje: Conjunto de matrices y moldes para la fabricación de piezas para cerraduras. Se acompaña como Anexo nº 1 al presente plan, inventario de la maquinaria y utillaje titularidad de la concursada, acompañando asimismo fotos detalladas de cada uno de los elementos. Esos bienes se ubican en el local de alquiler que ocupa la compañía en calle Cobalto, número 13, piso 4º, de la localidad de Hospitalet de Llobregat (Barcelona) donde desarrolla la actividad. En cuanto a su valor estimado de liquidación, y aunque se encuentran totalmente amortizados, considerando su razonable estado de uso y conservación se estima un valor total de liquidación para esta partida o lote de ,00 euros. 6

7 a.2) Mobiliario y equipos informáticos El mobiliario incluye dos categorías: el mobiliario de oficina (sillas, mesas, estanterías, armarios, centralita, etc.) y el mobiliario de almacén (taquillas, bancos, carros, transpalet, estanterías almacén, etc.). En cuanto a los equipos de información, integra ordenadores, servidor, monitores e impresoras. Se acompaña como Anexo nº 2 al presente plan, inventario por elementos del mobiliario y equipos informáticos de la concursada. Dichos elementos se encuentran también ubicados en las dependencias de calle Cobalto, número 13, piso 4º, de Hospitalet de Llobregat. Considerando su escaso volumen, antigüedad, depreciación tecnológica y saturación de estos elementos en el mercado de segunda mano, se estima un valor de liquidación de 500,00 euros. a.3) Elementos de transporte Incluye una furgoneta de la marca Nissan, modelo Kubistar FGN 1,5 DCI Premium, cinco puertas, matrícula: 1627-FTN, adquirida el 30 de diciembre de Considerando su antigüedad de siete años y estado actual, se estima un valor de liquidación de 1.500,00 euros. b) Existencias Se componen de elementos para la fabricación de cerraduras y cilindros de la marca Tecnolar, así como producto antiguo de marcas que distribuía la concursada (cerraduras, manillas, pomos, pasadores, etc.). Se trata por tanto en su mayoría de componentes y piezas de pequeñísimo tamaño, Dicho stock se localiza en las mismas dependencias de C/Cobalto, número 13, piso 4º, de Hospitalet de Llobregat, así como en depósito, en precario, en un almacén externo de terceros ubicado en el número 108 de la misma calle. Las referidas existencias se pueden clasificar en tres categorías: 7

8 Concepto Valor concursada Valor Estimado Liquidación a) MATERIAL DE FABRICACIÓN 7.500, ,00 Material despiezado 6.000,00 Material prefabricado 1.500,00 Material de embalaje, tornillería y cerraderos 0,00 b) CILINDROS 5.500, ,00 c) MATERIAL DE DISTRIBUCION , ,00 TOTAL EXISTENCIAS , ,00 a) El material despiezado incluye muelles, arandelas, pies, tapas, cerraderos, tornillos escuadras, tancadores, cajas, frentes, etc. En cuanto al material prefabricado incluye pestillos, frentes, cerraduras y otros componentes con un cierto proceso de elaboración. Por último, la partida de embalaje, tornillería y cerraderos incluye cerraderos terminados, bolsas y otros materiales. En general se trata de material o elementos específicos para la fabricación de productos de la marca Tecnolar, por lo que de cesar la actividad sólo serían realizables como chatarra de hierro y latón. b) El stock de cilindros se compone de elementos destinados al montaje de cilindros y cilindros acabados para cerraduras. Igualmente, de cesar la actividad sólo serían realizables como chatarra de latón. c) El stock de distribución integra de producto acabado (cerraduras, manillas, pomos, etc.) de antiguas marcas que distribuía la concursada (Galbusera, Kale, Ghidini, Jado, Ecodin, Bonaiti, etc.). Dicho stock posee escasa rotación, por lo que de cesar la actividad sólo serían realizables como chatarra de hierro y latón. Se acompaña como Anexo nº 3 detalle fotográfico de las existencias de la concursada. De no ser posible la venta conjunta de los bienes industriales o de la unidad productiva, esta partida tendrá un menoscabo importante en su valor, pues las existencias sólo podrán venderse como chatarra de hierro o metal dado que: (i) Se trata de elementos específicos para fabricar producto marca Tecnolar, sin salida o utilidad para otros fabricantes del sector, (ii) Los componentes y prefabricados no tienen valor sin finalizar su montaje y (iii) El producto de antiguas marcas que distribuía la concursada es invendible pues está descatalogado. Así, en caso de venta de los activos como unidad productiva o como conjunto de bienes industriales, es estima un valor de liquidación para las existencias de ,00 8

9 . Por el contrario, en el supuesto de venta aislada de los activos, el valor de liquidación de las existencias podría ser nulo puesto que los adquirentes de chatarra exigen que el metal esté separado por hierro, latón, cobre, etc. y los componentes o stock de la concursada en muchos casos incluyen varios metales, con lo que el elevado coste de su clasificación no cubriría el valor de venta como chatarra. Resumen. Valor estimado de liquidación de la unidad productiva o del conjunto de bienes industriales: - Inmovilizado Material ,00 - Existencias ,00 Total ,00 Los parámetros económicos del negocio desarrollado por la concursada con esos activos, y que en ocasiones pueden ser tenidos en cuenta para valorar la unidad productiva o conjunto de bienes a adquirir, no son en este caso muy representativos, puesto que en los últimos tres ejercicios las cifras de Ventas y Ebitda (beneficio antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones) han sido muy desfavorables, sin arrojar beneficios: Ventas EBITDA Por último se indica, que todavía existe en plantilla un trabajador, Don Oscar Llaudet Bagues, con antigüedad desde fecha y salario bruto mensual de 3.077,49, cuyo pasivo contingente laboral o indemnización en caso de cese de la actividad (despido por causas objetivas) ascendería a un importe de Bases de Liquidación para la venta conjunta de los bienes industriales. Para la liquidación de esos activos industriales (Inmovilizado Material y Existencias) que conforman la pequeña unidad productiva de la concursada, se propone como primera alternativa su venta conjunta, bien como unidad productiva (con subrogación del trabajador en plantilla) o bien como conjunto de bienes aptos para mantener la actividad. 9

10 a) Publicidad del procedimiento de venta. Aprobado el plan de liquidación, se publicitará durante un período de 10 días la venta conjunta de los activos industriales (Inmovilizado Material y Existencias), a adquirir como unidad productiva con subrogación del trabajador en plantilla, o como conjunto de bienes industriales aptos para mantener la actividad, mediante: Edicto en el tablón de anuncios del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona. Remisión del plan de liquidación a la Dirección General de Industria de la Generalitat de Catalunya (acuerdo de de los Jueces de lo Mercantil de Catalunya). Remisión del plan de liquidación a todos aquellos interesados que se dirijan a esta administración concursal. Aquella publicidad que supletoriamente pudiera acordar el Juzgado. b) Plazo para la presentación de ofertas y contenido Transcurrido el periodo de publicidad indicado, cualquier interesado en la adquisición de la unidad productiva de TECNOLAR, S.A. o del conjunto de los bienes industriales (Inmovilizado Material y Existencias) dispondrá de un plazo de 15 días hábiles para presentar su oferta en sobre cerrado ante la Secretaria de este Juzgado. En el sobre deberán indicarse los datos del procedimiento concursal y el nombre y datos del contacto del ofertante. Las ofertas, debidamente firmadas, deberán contener la siguiente información: Datos de identificación y de contacto del ofertante y persona que la suscribe. Delimitación de los bienes y derechos incluidos en la oferta. Condiciones detalladas, en su caso, de subrogación de contratos laborales. Precio de la oferta y forma de pago. Contado mediante cheque bancario a nombre de la concursada. Serán a cargo del adjudicatario cualquier gasto o impuesto que pueda originar la transmisión, así como, en su caso, los de desmontaje y transporte si los hubiera. c) Acto de apertura de plicas y adjudicación Transcurrido ese período de presentación de ofertas, se solicitará al Juzgado señalamiento de día y hora para la apertura de las plicas presentadas, pudiendo acudir al acto los licitadores que hayan presentado oferta para, en su caso, mejorar 10

11 las mismas, así como evacuar cualquier aclaración sobre su contenido que le sean solicitadas por S.Sa., la administración concursal o el resto de oferentes. De las ofertas finales se dará traslado a la administración concursal, por 3 días, para que emita informe sobre la mejor con propuesta de adjudicación. Cumplidos los requisitos mencionados en el párrafo anterior, el Juzgado dictará auto de adjudicación de los bienes. d) Exoneración al adquirente de las deudas de la concursada Dicho requisito de exoneración total al adquirente de las deudas de la concursada, excepto garantías reales (en el presente concurso no existen), resulta esencial para el buen fin de las ofertas que puedan recibirse, puesto que el riesgo e imposibilidad de asumir esos costes haría decaer cualquier interés en una posible adquisición. Dicha petición de total exoneración al adquirente de las deudas de la concursada tiene su amparo en lo regulado en el art LC, así como en las reglas básicas para la venta de unidades productivas en procedimiento concursal adoptados por los jueces de lo mercantil el pasado También en ese sentido, el art. 9 LC ampara al Juzgado Mercantil para extender la exoneración a otras deudas cuya exclusión no esté prevista en el propio artículo LC, como deudas con la TGSS, AEAT o el excedente de cuantía que no cubra el Fondo de Garantía Salarial al amparo del 33 ET, y no únicamente porqué la legislación concursal establezca con claridad que la venta de activos deba realizarse sin deudas, sino también porque el propio art. 9 LC determina que el Juez pueda resolver todas las cuestiones prejudiciales administrativas o sociales que favorezcan el concurso y redunden en interés de los acreedores Subsidiariamente, venta aislada de los bienes industriales. Caso que, por las razones que sean, no prospere la venta conjunta de los bienes industriales, finalizado sin ofertas el proceso anterior, se iniciará el proceso de venta aislada de los bienes que integran el Inmovilizado Material y Existencias de la concursada, a cuyo efecto se establecen los siguientes criterios: a) Lotes: Se establecen los siguientes lotes: Lote 1 (*): Maquinaria y Utillaje Lote 2: Mobiliario y equipos informáticos Lote 3: Elementos de transporte Lota 4: Existencias 11

12 Para el Lote 1 de Maquinaria y Utillaje, dado que incluye numerosos elementos, se podrán presentar ofertas por uno o varios elementos, debiendo indicar en todo caso el precio individual por elemento que se oferta con el fin de valorar si resulta más conveniente su venta global (Lote completo) o separada por uno o varios elementos: b) Proceso de venta y contenido de las ofertas: Para su venta se propone el método de venta directa a la mejor oferta que pueda obtenerse por cada lote. Las ofertas se presentarán en plica cerrada ante este Juzgado o a la administración concursal. El plazo para la presentación de ofertas será de 15 días, a contar desde que finalice sin éxito la fase anterior (venta de la unidad productiva o del conjunto de bienes industriales). En todo caso, se solicitará del Juzgado establezca mediante providencia el referido plazo. Las ofertas deberán ajustarse al siguiente contenido: - Contenido de las ofertas: 1. Datos del interesado: nombre, dirección, datos fiscales, datos de contacto y persona que la suscribe. 2. Especificación del importe ofertado, al que debe añadirse el IVA, con detalle del precio por cada Lote. En caso de interesar bienes aislados del Lote 1 de maquinaria, se deberá indicar el precio que se oferta por cada elemento. 3. Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos e impuestos que pueda originar la transmisión, así como los de desmontaje y transporte. 4. Condiciones de pago. Pago al contado en el momento de la adjudicación mediante cheque bancario a nombre de la concursada. 5. Declaración expresa de que la oferta realizada lo es con carácter vinculante. 6. Compromiso formal de retirada de los bienes en un plazo máximo de 10 días. c) Apertura de las ofertas: Transcurrido el plazo de presentación de ofertas, se solicitará al Juzgado señalamiento de fecha y hora para la apertura de las ofertas presentadas, con traslado por 3 días a la administración concursal para que informe sobre las mejores ofertas. d) Adjudicación: Una vez esta administración concursal informe al Juzgado sobre las mejores ofertas, se procederá a la venta directa de los lotes o elementos a las mejores ofertas obtenidas con emisión de la factura correspondiente. En todo caso, de resultar motivadamente necesario, se podrá solicitar del Juzgado auto de adjudicación. 12

13 e) Bienes o lotes sin oferta: Caso de no recibirse oferta por algún lote o elemento, se procederá durante un periodo adicional de 15 días a la búsqueda de ofertas, informando de las mismas al Juzgado para su traslado a terceros por 5 días por si pudiera obtenerse mejora significativa en al menos un 10%. Finalmente, de no recibirse oferta alguna por algún bien, se procederá a su venta como chatarra, considerando que definitivamente no tienen valor económico en el mercado Resto de Bienes y Derechos. c) Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar La partida de clientes pendientes por ventas y prestación de servicios asciende a a un nominal de ,30. No incluye los saldos de clientes declarados en concurso o aquellos que fueron objeto de embargo por la AEAT antes del concurso. El detalle de dichos saldos y su análisis de cobrabilidad es el siguiente: Clientes por ventas y prestación de servicios Saldos a Vto. Provisión Saldo a cobrar ARCON, S.L , ,89 FERNANDO GOMEZ MARTIN 583, ,40 0,00 FERRETERIA EUROFUST, S.L. 310, ,21 0,00 FERRETERIA MEJIAS, S.L. 53, ,45 0,00 FERRETERIA SPEEDFER, S.L. 287, ,47 0,00 FERRETERIA VILLA, S.A. 22, ,68 0,00 Mª MAR FERNANDEZ LLOBET 220, ,64 0,00 Mª ANGELES MARIMON ALIAGA 222, ,71 0,00 ONOFRE DIAZ HERNANDEZ 47, ,85 0,00 Total Clientes por ventas y prest de servicios , , ,89 Como puede observarse, existen pequeños saldos vencidos e impagados que en aplicación del principio de prudencia se proceden a su provisión, sin perjuicio de continuar las gestiones de reclamación para su cobro. 13

14 Para su realización corriente de llevarán a cabo las gestiones de cobro a sus vencimiento. En caso de impago se procederá a remitir re querimiento fehaciente de pago, analizando en caso de impago la viabilidad de iniciar su reclamación judicial. d) Tesorería El saldo en tesorería a la fecha en la cuenta corriente intervenida asciende a 913, Pago de los acreedores. De acuerdo con lo establecido en el artículo 154 y siguientes de la Ley Concursal, el orden de prelación entre los acreedores para satisfacer sus créditos con el líquido que se obtenga de la realización de los bienes y derechos integrantes de la masa activa será el siguiente: 1. Créditos contra la masa. Pagaderos por orden de vencimiento conforme a lo regulado en el art. 84 LC. No obstante, a la vista del valor de los bienes y derechos a liquidar por un valor total estimado para los industriales de y de ,65 para el circulante, en total un importe de ,65, así como la cuantía de los créditos contra la masa existentes o que se derivarán de la liquidación por el concepto de (i) salarios de los últimos treinta días que se adeudan a los trabajadores extinguidos por un total de 7.736,35, (ii) cuotas del 2T.2014 por IVA (2.405,93 ) e IRPF (2.031,15 ) e (iii) indemnización o pasivo contingente laboral del trabajador en plantilla que asciende a un mínimo legal de ,00, se deberá estar al resultado final de las ofertas por la liquidación de los activos por si pudiera concurrir en su momento el supuesto regulado en el art. 176 bis.2. LC, es decir, la insuficiencia de masa activa para satisfacer todos los créditos contra la masa, siendo en este caso de aplicación el criterio de pago de los créditos contra la masa regulado en este artículo. 2. Créditos con privilegio especial: No se tiene conocimiento de la existencia de créditos de esta naturaleza. 3. Créditos con privilegio general: Su pago se efectuaría de acuerdo con lo establecido en el artículo 91 y, en su caso, a prorrata dentro de cada número. 4. Créditos ordinarios: Su pago, en su caso, se efectuaría a prorrata. 5. Créditos subordinados: Su pago se efectuaría, en su caso, una vez satisfechos íntegramente los créditos ordinarios, por el orden establecido en el artículo 92 y, en su caso, a prorrata. 14

15 5.- Informes de liquidación En cumplimiento de lo previsto en el artículo 152 de la Ley Concursal, cada tres meses la administración concursal presentará al juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones de liquidación Conclusión De conformidad con lo previsto en el artículo y 148 y ss de la Ley Concursal, se presenta el Plan de Liquidación de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, en la forma y procedimiento que se estima más ventajoso para la masa de acreedores y para la propia deudora. Todo ello se eleva al superior criterio de este Juzgado, interesando se confiera el trámite establecido, a los efectos de que sea puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado y en los lugares que se estimen convenientes, a fin de que puedan formular las observaciones o propuestas modificatorias pertinentes. Barcelona, a 25 de julio de 2014 La administración concursal 15

16 A N E X O S 16

17 ANEXO Nº 1 MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS FOTO 1.- Torno fresador Chizhou Family Machine Serie Nº FOTO 2.- Fresadora sobremesa Milkos (Leopold) FOTO 3.- Fresadora sobremesa Mycy FOTO 4.- Marcador Neumático Couyh, Modelo MC18, Serie Nº FOTO 5.- Marcador Neumático Couyh, Modelo MC18, Serie Nº 1308 FOTO 6.- Equipo de soldadura electrógena de pernos TRW Nelson NCD 66 FOTO 7.- Equipo de soldadura eléctrico M4, Serie FOTO 8.- Bancos de trabajo. FOTO 9.- Pulidora de bandeja horizontal Gecam Eurofintec 521, Serie FOTO 10.- Pulidora de bandeja horizontal Gecam Eurofintec 521, Serie FOTO 11.- Pulidora de banda vertical Samher, serie OD P630 FOTO 12.- Pulidora abrasiva. FOTO 13.- Pulidora de 2 discos, Pact. FOTO 14.- Cizalla manual 1BR4 Peddinghaus FOTO 15.- Carretilla de mano. FOTO 16.- Conjunto pequeñas herramientas (taladros, destornilladores manuales, martillos, mazos, tenazas, brocas, limas...) FOTO 17.- Prensa Guillén B9 Serie (25 Tn) FOTO 18.- Tronzadora 115 Swivel Metall Cutting Sawband, Serie FOTO 19.- Prensa Minex 4000 OC FOTO 20.- Compresor FT 5.5 FOTO 21.- Taladro de sobremesa TBE FOTO 22.- Taladro de sobremesa Hedisa, Serie FOTO 23.- Taladro AraMon 601 FOTO 24.- Aspirador industrial Wittex FOTO 25.- Prensa oleoneumática Alfamatic 2 MI (Serie ) FOTO 26.- Prensa neumática de percusión Gullén 15 Tn FOTO 27.- Esmeriladora afiladora Beltlex V200H FOTO 28.- Conjunto de matrices, moldes y utillaje para fabricación de productos exclusivos 17

18 REPORTAJE FOTOGRAFICO TECNOLAR, S.L. ANEXO 1 MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS Fotografía 1 Fotografía 2 Fotografía 3 Fotografía 4 Fotografía 5

19 Fotografía 6 Fotografía 7 Fotografía 8 Fotografía 9 Fotografía 10

20 Fotografía 11 Fotografía 12 Fotografía 13 Fotografía 14 Fotografía 15

21 Fotografía 16 Fotografía 17 Fotografía 18 Fotografía 19

22 Fotografía 20 Fotografía 21 Fotografía 22 Fotografía 23

23 Fotografía 24 Fotografía 25 Fotografía 26

24 Fotografía 27 Fotografía 28

25 MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMÁTICOS ANEXO 2

26 ANEXO Nº 2 MOBILIARIO TECNOLAR, S.L. FOTO 29 Mobiliario de oficina 10 sillas de ruedas 2 Split de aire acondicionado Mesa (rechapado de haya) 2 módulos auxiliares con cajones (rechapado de haya) 2 archivadores (rechapado haya) Mueble con estanterías (rechapado haya) Armario metálico (2 puertas) Centralita telefónica Astra Mobiliario de almacén y vestuario 11 taquillas metálicas (vestuario) Ventilador industrial Apelston 5 bancos de madera con estructura metálica 4 carros metálicos adaptados para separación de pedidos Transpalet Jungheinrich Mesa flejadora Sabau Strapping Reloj de control horario 258 metros lineales de estantería metálica cincada Mecalux (1,20 x 0,50 x 2,5) EQUIPOS DE PROCESOS DE INFORMACION Servidor HP Superstore Tape PC sobremesa Eisystem PC sobremesa HP Optilex GX620 Monitor TE555-RE Relisys 2 monitores TFT LG L1718S de 15 Monitor TE555-RE Relisys para etiquetas 3 teclados y 3 ratones Logitech Impresora HP Laserjet 1200 series Impresora HP Laserjet 2200 series Impresora HP Deskjet 1110 Impresora HP Deskjet 5940 Impresora térmica de etiquetas TSI Labelprinter Impresora térmica de etiquetas Zebra 2746 Equipo multifunción HP Officejet

27 REPORTAJE FOTOGRAFICO TECNOLAR, S.L. ANEXO 3 EXISTENCIAS Fotografía 1 Fotografía 2 Fotografía 3 Fotografía 4 Fotografía 5 Fotografía 6

28 Fotografía 7 Fotografía 8 Fotografía 9 Fotografía 10

3.- PLAN DE REALIZACION DE BIENES Y DERECHOS

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