ASUNTO: Propuesta Pliego de Peticiones.

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1 Montería, Doctor. ALEJANDRO LYONS MUSKUS. Gobernador del Departamento de Córdoba. E. S. D. Señor Gobernador: ASUNTO: Propuesta Pliego de Peticiones. La Junta Directiva Central de la Asociación de Maestros de Córdoba, en observancia del Principio de la garantía del derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales ; establecido en el artículo 55 Superior, y de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo OIT No. 151 de 1978 sobre la protección del Derecho de Sindicalización y los Procedimientos para determinar las condiciones de Empleo en la administración Pública, aprobado mediante la ley 411 de 1997, declarados los dos, Convenio y ley exequibles por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C 377 de 1998, igualmente el Convenio 154 de 1981 Sobre el fomento de la negociación colectiva, aprobado mediante la Sentencia C 161 de 2000, cuyas ratificaciones formales fueron registradas y depositadas por el Gobierno Nacional ante la OIT el día 8 de diciembre de 2000, y en concordancia con el artículo 53 de la Constitución Política preceptúa que los Convenios Internacionales de Trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la Legislación Interna, apoyados también en el Decreto No del 24 de mayo de 2012 por el cual se reglamenta los artículos 7 y 8 de la ley 411 de 1997 en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversia con los organizaciones de empleados públicos. y en el derecho jurisprudencial emanado de la Sentencia de Constitucionalidad C 1234 DE 2005, en cuya providencia la Corte Constitucional expresó que a los sindicatos de empleados públicos les está permitido realizar negociaciones colectivas y, por ello, pueden presentar reclamos, peticiones y consultas que deben ser atendidas, pudiendo acudir a todos los mecanismos encaminados a lograr la concertación sobre sus condiciones de trabajo y salarios, respetuosamente presentamos a usted, en calidad de representante del Gobierno Departamental, las siguientes.

2 PETICIONES ADMINISTRACION Y MENEJO DE LA EDUCACION PÚBLICA EN EL DEPARTAMENTO. Elaboración y evaluación conjunta (SED-) de un plan sistemático y evaluable para mejorar sustancialmente la infraestructura y la dotación de los Establecimientos Educativos del departamento. Adopción de un plan concertado orientado a institucionalizar y generalizar los preescolares de tres (3) grados en los establecimientos educativos del departamento al tenor de dispuesto en la Ley General de Educación. Concertar la adopción y desarrollo de planes y programas de actualización, y capacitación de los docentes en función de los requerimientos de la educación publica en el departamento de Córdoba. Unificar criterios con relación a la jornada laboral y asignación académica, al tenor de la Sentencia del Consejo de Estado y la Directiva Ministerial 03 de Asignar a los Orientadores o Consejeros Escolares que desempeñen labores académicas, a la atención específica de los estudiantes en este campo. 2. ASUNTOS ECONOMICOS. Acordar instancias y procedimientos para garantizar el pago oportuno de los salarios a mas tardar el primer día hábil del cada mes, así mismo, el pago a terceros dentro de los cinco siguientes a este y la cancelación de prestaciones como primas bonificaciones oportunamente. Orientar mediante actos que se estimen conducentes el ces de los descuentos que sobrepasen el 50% del salario de docentes y trabajadores de la educación. Adoptar mecanismos para garantizar la oportunidad y la calidad en la entrega de dotaciones a docentes y trabajadores de la educación. Reembolso de los dineros descontados a los docentes, directivos docentes y trabajadores de la educación por concepto de rete fuentes, cuando esto se haya hecho de manera indebida. Reconocimiento y pago de la bonificación, a que tienen derechos los educadores que laboran en zonas de difícil acceso en el departamento durante los años 2010 y 2011, por expedición de los decretos reglamentarios basados en una norma derogada y de espíritu más restrictivo.

3 Reconocimiento y pago de la bonificación, a que tienen derecho los educadores que laboran en zonas de difícil acceso en el departamento durante los años 2004 a Reconocimiento y pago al magisterio del departamento del auxilio de movilización a todos los educadores que tienen este derecho según las normas que reglan este asunto. Acción oficial ante las entidades bancarias para exonerar del pago de la cuota de manejo y de las transferencias en los cajeros, a las tarjetas débitos con se cancelan los salarios a los docentes del departamento. Conformación de un equipo de seguimiento sobre la ejecución presupuestal en el sector educativo, integrado por personal de la administración departamental y. Seguimiento, control y pago del pasivo prestacional del departamento al Fondo Nacional del Magisterio, en el marco del cálculo actuarial establecido por el gobierno nacional. Acordar un cronograma para la cancelación de las deudas acumuladas por diversos conceptos a los docentes y trabajadores de la educación del departamento. 3. SITUACION LABORAL Y PRESTACIONES SOCIALES. 3. Afiliación de los docentes que aun están en el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (Medios Tiempos, maestros que alcanzaron el status, incorrectas afiliaciones y restauración del régimen de cesantías retroactivas en los casos pertinentes. Adoptar mecanismos para garantizar la adecuada prestación de los servicios de salud, cesantías y pensiones a los docentes que no han sido afiliados al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio. Acordar, además, criterios de revisión y control periódicos de estos. Mejoramiento del funcionamiento de la oficina del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio Departamento, en los términos del Decreto No de Reconocimiento y pago de la Prima de Antigüedad para los docentes regidos por el Decreto 1278/02. Reconocimiento y pago de la Prima de Servicios, cuya vigencia fue ratificada por la Sentencia T-1066/2012. Reconocimiento y pago al magisterio del Departamento de la Prima Semestral y demás prestaciones contempladas en la Ordenanza 07/1992.

4 Incorporación de a la planta de personal docente del departamento de los educadores que tienen este derecho a las luz de la Ley 60/93 Vinculación a la nomina oficial de los docentes que laboran en provisionalidad y en condiciones de tercerización en los bancos de oferente, programas de primer infancia y demás modalidades de gestión por particulares de la educación estatal. Intervención y regular y periódica ante el prestador del servicio de salud para la evaluación de la calidad y de las condiciones de prestación del servicio en procura de mejorar sustancialmente el nivel de atención a los docentes y sus beneficiarios. Reconocimiento y pago de los costos acumulados (retroactivos de ascensos en el escalafón ), así como la bonificación de las zonas rurales de difícil acceso ( ), a los educadores que no les pagaron o les hayan pagado parcialmente. Regularización y pago de la prima de antigüedad desde agosto de 2013, para los docentes del 2277 y desde enero de 2012 para los docentes del Reconocimiento y pago de la prima de medio años a los docentes pensionados equivalente a una mesada pensional. Reconocimiento, liquidación y pago de la prima de servicios, la bonificación por servicios prestados y bonificación por recreación, decretaros por Ley 91 de Nombramiento en propiedad de los etnoeducadores del municipio de San Andrés de Sotavento y Tuchin (provisionales y Comunitarios), de acuerdo a la Sentencia T-907/ CUMPLIMIENTO DE LOS ACURDOS PACTADOS CON. 4. Revisión y programación para el pronto y cumplido desarrollo de los puntos pendientes de los acuerdos anteriores pactados con. 5. ASPECTOS ORGANIZACIONALES. Adoptar criterios que garanticen la estabilidad en sus cargos a docentes y directivos docentes, sin perjuicio de las facultades y competencias legales de la administración. Optimizar el funcionamiento de la Secretaria de Educación y de sus diferentes dependencias.

5 Garantizar la participación y el funcionamiento regular de los distintos comités y organismos en los que por ley tienen representación los educadores y su organización sindical SEGURIDAD Y GARANTIAS PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DOCENTE. Institucionalización, de manera complementaria a las normas nacionales de mecanismos departamentales para una ágil, oportuna y efectiva solución de los problemas de seguridad que afecten a los docentes y a sus familias. 7. BIENESTAR DEL MAGISERTIO. Cumplimiento pleno de las garantías que ofrecen el subsidio familiar en aspectos como capacitación, proyectos de vivienda, recreación y otros. Acción oficial ante COMFACOR, para lograr la extensión de sus beneficiarios y opciones a todo el magisterio del departamento, descentralizando estos en una primera etapa hacia las principales ciudades de cada zona o región del departamento. Aporte económico y soporte Institucional para la celebración de primera jornada departamental cultural y deportiva del magisterio cordobés. Adoptar iniciativas y asignar recursos para la conmemoración anual del Día del Educador, en una perspectiva de estimulo y reconocimiento. 8. GARANTIAS PARA LA CTIVIDAD SINDICAL. Otorgamiento De los permisos sindicales a la totalidad de los miembros de la Junta Directiva Central de y a los docentes que llegasen a integrar la dirección de los diferentes equipos de trabajo de Ademacor, los Comités Ejecutivos de Fecode, la CUT Nacional o Departamental y la representación del magisterio a nivel nacional e internacional. Reconocimiento y respeto del fuero sindical de los miembros de las Juntas Directivas Municipales de. Adoptar mecanismos para viabilizar y agilizar las nuevas afiliaciones. Revisión y actualización del listado de afiliados. Investigación y reposición de los recursos aparentemente dejados de girar a. JUNTA DIRECTIVA CENTRAL

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