BASES TÉCNICAS SBC I. PRESENTACION

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1 BASES TÉCNICAS SBC I. PRESENTACION Desde el año 2007 en adelante, le ha correspondido al Servicio Nacional de Menores diseñar una oferta programática que permita dar respuesta al catálogo de medidas y sanciones descritas en la Ley sobre Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA). El marco general de estos programas debe hacerse cargo de los fines que dicha ley señala en su artículo 20, especialmente en cuanto a hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan, en el contexto de una sanción que implemente una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social. Para dar respuesta a lo anterior se ha debido considerar el desarrollo de procesos licitatorios enmarcados en lo establecido en la Ley que establece un Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia a través de una Red de Organismos Colaboradores del Servicio Nacional de Menores (SENAME) y su Régimen de Subvención, cuya vigencia data del año El reglamento de dicha ley establece dentro de sus líneas de atención de programas a las Medidas de Reinserción para Adolescentes Infractores de la Ley Penal en General, considerando dentro de esta Modalidad de Atención: Programas de Mediación y Servicios a la Comunidad, que refieren a la implementación de las sanciones de Servicio en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC y RD). Considerando lo anterior, y dado el momento de desarrollo en la aplicación de la Ley de Responsabilidad Juvenil, se ha querido enfatizar en los aspectos referidos a calidad de la atención, alentando la incorporación de criterios de especialización en el diseño e implementación de los programas. Es por ello que el presente proceso de licitación convoca a la presentación de proyectos de Servicio en Beneficio de la Comunidad (SBC) y Reparación del Daño (RD), cuyo objetivo es Desarrollar un proceso socioeducativo con el adolescente a través de la supervisión y acompañamiento guiado de acciones de reparación ya sea con una víctima o con una comunidad, que tenga impacto en su sentido de responsabilidad con respecto a su participación en infracciones a la ley penal y su integración social. Es necesario señalar que la sanción de Reparación del Daño se menciona en el artículo 10 de la LRPA, donde se establece que consiste en la obligación de resarcir a la víctima el perjuicio causado con la infracción, sea mediante una prestación en dinero, la restitución o reposición de la cosa objeto de la infracción o un servicio no remunerado en su favor. En este último caso, la imposición de la sanción requerirá de la aceptación previa del condenado y de la víctima. En tanto la sanción de Servicios en Beneficio de la Comunidad se encuentra mencionada en el artículo 11 de la LRPA, el que señala que consiste en la realización de actividades no remuneradas a favor de la comunidad, o en beneficio de personas en situación de precariedad. La extensión de los servicios no podrá exceder en ningún caso las cuatro horas diarias y deberá ser compatible con la actividad educacional o laboral que el adolescente realice. La sanción tendrá una extensión mínima de 30 horas y máxima de 120 horas. La imposición de esta sanción requerirá del acuerdo del adolescente, debiendo, en su caso, ser sustituida por una sanción superior, no privativa de libertad. El programa incorpora dentro de sus ejes centrales la implementación de prácticas restaurativas en la intervención que se desarrolle con los y las adolescentes, de tal manera de favorecer la restauración del daño y principalmente el reestablecimiento de las relaciones dañadas a partir de este hecho. Por ello será importante desarrollar estrategias oportunas e inmediatas que favorezcan la recomposición de los lazos sociales debilitados, mediante un proceso que permita la inclusión colaborativa de otros actores, la víctima o la comunidad, en los procesos de restauración, 1

2 como así también de la integración social de los jóvenes. Esto constituirá el eje sobre el cual se propicien experiencias de aprendizaje significativo para los y las adolescentes. Sin duda durante este período de implementación de la ley, la utilización de la sanción de Reparación del Daño ha sido mínima, ello debido a diversas consideraciones, el contexto y momento de aplicación de esta sanción, según algunas lecturas ha hecho perder el carácter restaurador y diversificador de este tipo de práctica; la dificultad y tiempos necesarios para que la víctima pueda participar del proceso, así como la tendencia a entender que lo reparatorio para la víctima se constituye meramente en un aporte pecuniario desde el adolescente, lo cual resta posibilidades a nuestros sujetos de atención. En ese sentido, el carácter restaurador de una práctica se encuentra más que en el contexto, en la oportunidad que el adolescente tiene de restaurar el daño causado, al mismo tiempo que fortalecer un estilo de relación distinta con otros, en la cual él mismo se comprende con capacidades y recursos para hacerse cargo y comprometerse en una solución al conflicto generado. Respecto a las características de la población que ha ingresado a los programas de Sename, y especialmente de SBC y RD es posible señalar que 1 :, El total de población en los centros y programas de complimiento de condena y salidas alternativas alcanza a jóvenes, de ellos, un 83,40% se encuentra en programas de Medio Libre 2, mientras que un 16,60% se encuentra en algún centro privativo de libertad. Los adolescentes en programas de Servicio en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC RD) alcanzan un 28,74 % del total de la población de programas en Medio Libre, constituyéndose ésta en la sanción menos utilizada en comparación al resto de las medidas y sanciones de Medio Libre. De la población ingresada a diciembre del 2011, el 14.2 % corresponde a mujeres, mientras que el 85,8 % corresponde a hombres. Así mismo, en diciembre del 2011 el número de adolescentes vigentes en programas de Servicio en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC RD) a nivel nacional, alcanza un total de 2475 jóvenes, evidenciando un paulatino incremento a lo largo de los últimos 4 años de implementación de la LRPA. Dentro de los delitos de ingreso más recurrentes al programa de SBC se encuentran los siguientes en orden de prelación: Hurto Simple de Media a Menos de 4 UTM; Robo por Sorpresa; Robo en Bienes Nacionales de Uso Público; Receptación; Robo en Lugar no Habitado; Hurto Falta (494 bis código penal); Hurto Simple de 4 a 40 UTM. En cuanto a la edad de los adolescentes ingresados, el tramo entre los 16 y 17 años de edad, representa un 56,79 % del total de ingresos. Sin embargo, el segundo tramo con mayor cantidad de ingresos es el rango entre los 18 o más años, el cual alcanza a un 28,13 %. El tiempo de duración de las condenas que registran los adolescentes vigentes a diciembre del 2011 al programa de SBC se concentra mayoritariamente en las 30 horas, extensión mínima establecida en la ley , con un 51,07.%. Del total de adolescentes egresados de los programas de Servicio en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC RD) en el período de Enero a Octubre de 2009, el promedio de permanencia a nivel nacional alcanza a los 257 días. 1 Considera datos registrados en Base de Datos Senainfo,a Diciembre del Ésta cifra no considera los ingresos a medidas cautelares (CIP MCA). 2

3 Durante el el 2011 el 48,80 % del total de adolescentes egresados (2672) lo hizo bajo la causal cumplimiento. Por su parte, los casos de sustitución y remisión de la sanción alcanzan un 4,45 % y un 2,54 % respectivamente. En cuanto a los egresos por incumplimiento, éstos alcanzan a un 3,1%. En el 0.37% de los casos nunca se establece contacto con el/la adolescente. De los adolescentes vigentes ª diciembre del 2011 en los programas de SBC RD, el 16,59% asiste a alguna modalidad educativa, mientras que el 19,33 % no asiste por diversas razones (expulsión, discapacidad, falta de oferta escolar). El 23,63% se registra como desertores del sistema escolar, mientras que solo un 1,02% está egresado de la enseñanza media. Según el nivel de enseñanza de los adolescentes vigentes en SBC, la mayor cantidad de adolescentes se concentra en la Enseñanza Básica (incluyendo adultos) con un 37,27%. Posteriormente, le sigue la Educación Media Científico Humanista y Técnico profesional con un 14,37 % de adolescentes vigentes asistiendo a esta modalidad. Considerando lo anterior, SENAME llama a concurso público para la presentación de proyectos para el Programa de Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño. II. OBJETIVOS Y RESULTADOS ESPERADOS DEL PROGRAMA 2.1 Objetivo General Desarrollar un proceso socioeducativo con el adolescente a través de la supervisión y acompañamiento guiado de acciones de reparación ya sea con una víctima o con una comunidad, que tenga impacto en su sentido de responsabilidad con respecto a su participación en infracciones a la ley penal y su integración social. 2.2 Objetivos Específicos 2.2.A Objetivos Específicos de Servicio En Beneficio de la Comunidad a) Intencionar la realización por parte del/la adolescente de actividades idóneas que le permitan vivenciar una experiencia de reparación en el contexto del establecimiento de relaciones colaborativas con miembros de la comunidad. b) Fomentar la participación activa y reflexiva del/la adolescente, a través de un proceso educativo y de experiencia de responsabilidad que le permita establecer la vinculación entre la actividad de servicio a la comunidad y el delito cometido. c) Contribuir a que organismos públicos y privados de la comunidad se impliquen en el proceso de integración social de los/las adolescentes infractores de ley de manera cooperativa relevando el contacto personalizado con el/la joven. d) Referir al adolescente a recursos de la red social que favorezcan su desarrollo, acorde a su interés y demanda. 2.2.B Objetivos Específicos de Reparación del Daño a. Guiar un proceso socioeducativo que permita construir un acuerdo de reparación, a través del cual el/la adolescente ofensor pueda conocer la perspectiva de la víctima respecto al impacto de la infracción de ley y sus expectativas respecto a la posible reparación, y pueda comprometerse en la ejecución de una acción reparatoria 3. 3 No obstante pudiera ocurrir que el tipo de reparación a llevarse a cabo estuviese definido como parte de la sentencia, en cuyo caso la competencia del programa será favorecer que el adolescente cumpla con el acuerdo pactado con la víctima. 3

4 b. Fomentar la participación activa y reflexiva del/la adolescente en la ejecución de una prestación reparatoria, mediante un proceso socioeducativo que le permita establecer la vinculación entre la reparación y el delito cometido. c. Facilitar el acceso del/la adolescente a recursos de la red social que favorezcan su desarrollo, acorde a su interés y demanda Resultados Esperados Resultados a incorporar en la planificación y diseño de ambos proyectos: El proyecto deberá asegurar el cumplimiento de los siguientes resultados que se desprenden del reglamento de la Ley , así como de los objetivos de cada programa: a) El programa desarrolla una intervención que garantiza el respeto de los derechos de los y las adolescentes, contenidos en el Reglamento de la Ley , (especialmente en el artículo 3), acorde a las orientaciones técnicas entregadas por SENAME y con estándares de calidad. b) El programa reconoce características de sus usuarios, distingue niveles de complejidad (tipos) y diseña estrategias pertinentes y diferenciadas para abordarlos. c) El programa ejecuta supervisión al adolescente de acuerdo a los criterios y frecuencia descritos en la Orientación Técnica. d) El equipo técnico del programa se ajusta a lo menos al estándar establecido en las Orientaciones Técnicas. e) El programa desarrolla estrategias conducentes a favorecer el trabajo interdisciplinario en equipo y el autocuidado. f) El programa cuenta con resultados de procesos de sistematización que describen las características y complejidad que presentan los usuarios, así como también las prácticas de intervención utilizadas para abordarlos. g) El programa desarrolla estrategias para generar acuerdos colaborativos con diversos agentes comunitarios que permitan tanto el cumplimiento de las actividades de servicio, como también la integración social de los adolescentes. h) El programa establece coordinaciones con otros equipos de centros y programas a fin de recibir o entregar antecedentes relevantes para dar continuidad a procesos de intervención favoreciendo una mirada de circuito. i) El programa diseña estrategias para la utilización de salidas anticipadas y para resolver el orden de ejecución de sanciones en el caso de simultaneidad de sanciones y medidas. Resultados a incorporar en la planificación y diseño del Programa de Servicio en Beneficio de la Comunidad: El programa diseña estrategias para identificar, proponer y motivar al adolescente para la ejecución de actividades idóneas en el contexto de un SBC., El programa cuenta con estrategias que favorecen la participación activa del adolescente en el proceso, propiciando la vinculación entre el delito y la actividad ejecutada, promoviendo experiencias de aprendizaje significativas en los adolescentes. Resultados a incorporar en la planificación y diseño del Programa de Reparación del Daño: 4

5 El programa desarrolla estrategias para la construcción del acuerdo de reparación entre el adolescente y la víctima, incorporando estrategias motivacionales, así como prácticas restaurativas que faciliten la restauración de las relaciones dañadas con el conflicto. El programa desarrolla estrategias para el acompañamiento y supervisión del cumplimiento del acuerdo establecido, promoviendo espacios de aprendizaje y responsabilización activa del adolescente. El programa incorpora acciones para motivar la participación de la víctima en el proceso, incorporando las condiciones de resguardo necesarias. III. ORIENTACIONES TÉCNICAS 3. Orientaciones Técnicas: Las Orientaciones Técnicas del programa Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño forman parte de la presente licitación, de acuerdo al artículo 15 del Reglamento de la ley Nº Estas orientaciones pueden ser modificadas, rectificadas o complementadas por el SENAME durante el desarrollo del programa, de acuerdo a las necesidades de la intervención y siguiendo la exigencia del artículo Nº 19 del Reglamento de la Ley Nº de actualizarlas anualmente, por lo que año a año, el programa licitado deberá ir integrando a la ejecución del proyecto las variaciones y modificaciones que el Servicio introduzca. Las Orientaciones Técnicas constituyen el Anexo N 6 del presente documento. IV. RECURSOS HUMANOS E INFRAESTRUCTURA 4. Recursos Humanos: Los criterios a considerar para evaluación de los recursos humanos serán los establecidos en la Orientaciones Técnicas. Sin perjuicio de lo anterior, será posible y necesario que los programas precisen en sus formularios de presentación de proyectos, la posibilidad de que los equipos profesionales puedan compartir funciones en proyectos coexistentes y con estructuras de jornadas que cumplan con la legislación laboral y garanticen la calidad de la atención. Esto debe ser precisado de manera clara y real conforme a los procesos de contratación del proyecto, lo que posteriormente será supervisado por el equipo técnico y financiero de la Dirección Regional correspondiente. 5. Infraestructura y Equipamiento: Los criterios a considerar para evaluación de la infraestructura en la cual se implementará el proyecto serán: ubicación de ésta, el estado de la misma, las condiciones ambientales (calefacción, ventilación e iluminación); las condiciones sanitarias (higiene) y la pertinencia de la infraestructura para el desarrollo de la intervención planificada, cada uno de estos criterios se considerarán tanto en las salas de trabajo, como en las oficinas, baños y otras instalaciones necesarias para el desarrollo del proyecto. 5

6 Para la selección de un proyecto, será necesario contar con las siguientes condiciones mínimas: 5.1 Ubicación de la Infraestructura Las instalaciones propuestas para el desarrollo del proyecto se encuentran en una zona de fácil acceso, con vías estructurantes que posibilitan la llegada de los adolescentes desde todas las comunas o zonas de la cobertura establecida. La zona de ubicación cuenta con acceso u orientación de fácil comunicación o vínculo con redes sociales de apoyo, de oferta pública y privada. El establecimiento es fácilmente reconocible como un centro de organismo colaborador de Sename, por los adolescentes, sus familias y actores relevantes asociados a la intervención, especialmente representantes de las redes sociales y actores del sistema de justicia. 5.2 Estado de la Infraestructura La infraestructura no presenta daños estructurales relevantes que pongan en riesgo a sus habitantes, durante todo el período de realización del proyecto, especialmente post terremoto de 2010 En caso de contar con problemas, la institución debe acreditar la realización de obras de mejoramiento y contar con aprobaciones municipales de uso del establecimiento. Se detallan acciones periódicas de revisión del estado la infraestructura durante el proyecto. Si la propiedad es arrendada o propia de la institución se espera que se adjunten los certificados del Depto de obras municipales correspondientes sobre edificación y recepción cuando corresponda. La infraestructura cuenta con la condición de uso según lo descrito en Bases Administrativas Condiciones Ambientales y Sanitarias: La infraestructura cuenta con las certificaciones de seguridad e higiene del inmueble al día, otorgadas por el organismo legal pertinente o en proceso de certificación. La infraestructura no se encuentra en zonas aledañas o afectas a contaminación de labores industriales productivas, de emisiones contaminantes o de basurales autorizados o ilegales. La institución presenta las certificaciones y autorizaciones de funcionamiento del establecimiento de las instituciones públicas correspondientes. La institución presenta un programa de sanitización programada de las instalaciones, así como la constatación de que contará con sistemas de aseo y limpieza diaria. Se cuenta con número de baños suficiente para el personal y para los/as adolescentes de manera diferenciada. 5.4 Pertinencia para Intervención: La infraestructura cuenta con el número de oficinas y salas de reuniones acorde a la cantidad de profesionales que requieren las OOTT y se establecen de manera general en el programa arquitectónico tipo propuesto por Sename. Se cuenta con salas de reunión y de uso de tiempo libre o para talleres. 4 Tal como ha sido señalado en las Bases Administrativas, los colaboradores acreditados que entreguen sus propuestas a la presente licitación, deberán contar con una sede independiente de otros proyectos, acreditando dicho domicilio con algún documento que asegure el dominio, posesión o mera tenencia del inmueble respectivo que se usará en el proyecto. 6

7 La institución puede proponer la disposición de otras instalaciones que cuenten con condiciones que permitan otorgar mejor atención técnica. En cuanto al equipamiento será necesario describirlo considerando los siguientes aspectos: 5.5 Equipamiento de oficina u Administrativo: Se requiere la especificación de escritorios, sillas, materiales de oficina, kárdex, bibliotecas o armarios y mobiliario adecuado para el trabajo que realiza el equipo. Se requiere que los equipos computacionales e impresoras así como servicios de comunicaciones y banda ancha cumplan con estándares de conectividad y calidad que permitan una conexión e interacción telefónica y por redes continua, especialmente para el registro de la información de los adolescentes y el trabajo frecuente en Senainfo. 5.6 Equipamiento Técnico: Se requiere especificación de material de apoyo y elementos específicos a utilizar en tareas de intervención técnica, talleres o trabajo individual o grupal (test, libros, entre otros). Se requiere especificación de mobiliario y otros elementos de trabajo recreativo, de formación cultural, deportivo o de otro tipo para uso de tiempo libre en el centro. Se requiere especificaciones de artículos electrónicos o computacionales necesarios para el trabajo técnico del equipo (radios, tv, dvd, data show, Notebook). 5.7 Equipamiento de uso diario: Se requiere especificaciones de mobiliario de uso diario tales como sillas, sillones, mesas u otros para uso diario del establecimiento, ya sea en salas de uso común, recepción, tiempo libre o cocina. Se requiere especificaciones de artículos eléctricos utilizados en los espacios antes mencionados. La institución debe precisar con que otros elementos cuenta como equipamiento para el trabajo del proyecto que no hayan sido especificados en estos ítems y sean un aporte al desarrollo del trabajo. 7

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