CUADRO Nro. 03 NORMATIVO COMPARADO DE LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
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- Cristóbal Mendoza Méndez
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1 CUADRO Nro. 03 NORMATIVO COMPARADO DE LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA PAIS CODIGO/ARTICULO MECANISMO DE PROTECCION VENEZUELA Artículos.796, 1952 a PLAZO : Todas las acciones reales prescriben a los 20 años. OPORTUNIDAD PARA DISPONER EL DERECHO DE PROPIEDAD Renuncia a la prescripción expresa o tácita. La tácita resulta de todo hecho incompatible con la voluntad de hacer uso de. NATURALEZA DE LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DECLARATIVA/CONSTITUTIVA EFECTOS QUE GENERA LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA ECUADOR. Artículos 2392 a Ordinaria: 3 años para bienes muebles y 5 para bienes raíces. Extraordinaria: 15 años. Renuncia expresa y tácita. Se renuncia a la prescripción sólo después de cumplida. Artículo 2413 se señala: La sentencia judicial que declara una prescripción hará las veces de escritura pública para la propiedad de bienes raíces o de derechos reales constituidos en ellos; pero no valdrá contra terceros, sin la competente inscripción. No lo establece en forma expresa. Sin embargo, sí se establece que los derechos reales se adquieren por de la misma manera que el dominio. 120
2 MEXICO ARGENTINA Artículos 1151 a 1157 Título I De la de las cosas y de las acciones en general Artículos 3947 al 4016 de buena fe: 5 años. de mala fe: 10 años. Art del Código Federal. Oposición (art. 3951) Art El que adquiere un inmueble con buena fe y justo título prescribe la propiedad por la posesión continua de 10 años. Art.4015 Prescribese también la propiedad de cosa inmuebles y demás derechos reales por la posesión continúa de 20 Art.3963 Todos los interesados en hacer valer la prescripción, pueden oponerla a pesar de la renuncia expresa o tácita del propietario. Es declarativa. Artículo El que hubiere poseído bienes inmuebles por el tiempo y con las condiciones exigidas por este Código para adquirirlos por prescripción, puede promover juicio contra el que aparezca como propietario de esos bienes en el Registro Público, a fin de que se declare que se ha consumado y que ha adquirido, por ende, la propiedad. Artículo La sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de prescripción, se inscribirá en el Registro Público y servirá de título de propiedad al poseedor 121
3 años, con ánimo de tener la cosa para sí, sin necesidad de título y buena fe por parte del poseedor, salvo lo dispuesto respecto a las servidumbres para cuya prescripción se necesita título. ESPAÑA Artículos 1930 a años entre presente y 20 entre ausentes CHILE Artículos del 2492 al Ordinaria: 2 años para bienes muebles y 5 años para bienes raíces (bienes muebles) Extraordinaria: 10 años para bienes inmuebles Se necesita probar legalmente para su aprovechamiento. El Juez no puede declararla de oficio. (Art ) Se puede renunciar de expresamente o tácitamente, pero sólo después de que se cumpla con el plazo legal. (Art ). Es constitutiva, según los artículos 2493, antes referida y el artículo 2513, la que dispone que: la sentencia judicial que declara una prescripción hará las veces de Escritura Pública para la propiedad de bienes raíces o de derechos reales constituidos en ellos; pero no valdrá contra terceros sin la competente inscripción. No lo registra expresamente, pero se gana el dominio y los demás derechos reales; de lo que se presume que se extinguen dichos derechos (el dominio) del 122
4 URUGUAY Artículo 1188 Oposición (art. 1191). 10 años entre presente y 20 entre ausentes, con buena fe y justo título. (art del C.C.) 30 años entres presente y ausentes, si que medie justo título ni buena fe ( art del C.C.) Contra un título inscrito, no tendrá lugar adquisitiva. (Art ). Expresa o tácita ( art del C.C.) Sólo una vez consumada la prescripción (art del C.C.) antiguo propietario. COSTA RICA Artículos 850 AL 883. Se señala que para adquirir la propiedad de los bienes inmuebles o algún derecho real sobre ellos por prescripción, se necesita una posesión de diez años. Asimismo, el derecho de poseer se prescribe por la La prescripción no puede renunciarse anticipadamente, pero se puede renunciar la cumplida. La renuncia de la prescripción puede ser tácita; y resulta de no oponer la excepción antes de la sentencia firme, o de quien puede Es constitutiva, conforme lo señala el artículo 861 (salvo art. 852): La posesión de inmueble o derechos reales sobre ellos, no vale para la prescripción contra tercero, sino desde que se inscriba el título en el Registro Público, salvo lo dicho en el título de servidumbres. (Sobre servidumbres el artículo 123
5 posesión de un año, según el artículo 860. Por otro lado, se señala que adquirir la propiedad de bienes muebles por prescripción, en el caso de no haber otro título que el que hace presumir la posesión, se necesita una posesión de tres años, según el artículo 862 oponerla manifieste por un hecho suyo que reconoce el derecho del dueño o del acreedor. : Artículo 852 El que por prescripción ha adquirido un derecho de servidumbre, o se ha liberado de ella, puede hacerlo reconocer en juicio y solicitar su inscripción o cancelación en el Registro). 124
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