ANEXO 4 MECANISMO DE PAGOS

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1 ANEXO 4 MECANISMO DE PAGOS

2 Índce 1. Defncones Pago por Servcos Perodo de pago Pago por Servcos Pago Mínmo por Servcos Porcentaje Máxmo de Descuento por Fallas de Servcos Pago Estmado por Servcos Pago Neto por Servcos Fallas de Servcos Tramos y Seccones de las Valdades Perodos de Dsponbldad Fallas de Servcos Excepcones a las Fallas de Servcos Reporte de una Falla de Servcos Tempos de Atencón Inmedata Tempos de Subsanacón Condcones para el cálculo de Deduccones por Fallas de Servcos Deduccón Total por Fallas de Servcos Deduccón Total por Fallas de Servcos de las Seccones de las Valdades Pago Estmado por Perodo de Dsponbldad de las Seccones de las Valdades Factores de Penalzacón Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos de las Seccones Crteros para el cálculo de las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos Reporte Mensual de Desempeño y Pagos Deduccón Total por Errores y Omsones de Informacón Pago Parcales por Servcos por Seccones Termnadas antes de la Fecha de Termnacón de Obra Programa de Cálculo del Pago por Servcos... 26

3 1. Defncones Deduccón Deduccón por Errores y Omsones de Informacón Deduccón por Fallas de Servcos Deduccón por Reteracón de Fallas de Servcos Día Operatvo Falla de Servcos Factor de Penalzacón Inundacón Notfcacón de Confrmacón de Subsanacón de Fallas Sgnfca cualquer Deduccón por Fallas de Servcos, Deduccón por Reteracón de Fallas de Servcos o Deduccón por Errores y Omsones de Informacón. Tene el sgnfcado que se le atrbuye en la Seccón 7 del presente Anexo. Tene el sgnfcado que se le atrbuye en la Seccón 4 del presente Anexo. Tene el sgnfcado que se le atrbuye en la Seccón 5 del presente Anexo. Sgnfca un día calendaro comprenddo entre la Fecha de Inco de Servcos y la Fecha de Termnacón del Contrato. Se consdera que exste una Falla de Servcos en una Seccón de las Valdades cuando se presente un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en dcha Seccón, de conformdad con la Seccón 3.3 del presente Anexo o cuando exsta algún ncumplmento en alguna Partda de Servcos de conformdad con lo señalado en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos). Tene el sgnfcado que se le atrbuye en la Seccón 4.3 del Presente Anexo. Acumulacón de agua sobre la superfce de rodamento. Sgnfca un escrto formal del Representante de la Secretaría al Proveedor en donde se valde que alguna Falla de Servcos ha sdo subsanada y que la Seccón afectada ya cumple con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la 1

4 Supervsón y Montoreo de los Servcos) y en térmnos del formato que para esos efectos se ncluye en el Anexo 18 (Modelo de Certfcados). Notfcacón de Subsanacón de Fallas Pago Mínmo por Servcos Pago Neto por Servcos Pago por Servcos Pago Estmado por Servcos Pago Estmado de Servcos por Perodo de Dsponbldad Pago Estmado Anual por Servcos Sgnfca un escrto formal del Proveedor al Representante de la Secretaría, confrmando la fecha y hora en que se ha subsanado una Falla de Servcos de conformdad con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos) y en térmnos del formato que para esos efectos se ncluye en el Anexo 18 (Modelo de Certfcados). Sgnfca el monto mínmo de pago mensual que tene derecho el Proveedor de recbr, antes de descontar por Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos y por Deduccones por Errores y Omsones de Informacón. Sgnfca el pago mensual, consderando Deduccones por Fallas de Servcos, que el Proveedor tene derecho a recbr por los Servcos prestados en dcho mes, antes de descontar por Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos y por Deduccones por Errores y Omsones de Informacón, de conformdad con la Seccón 2.6 del presente Anexo. Sgnfca el pago mensual, consderando todo tpo de Deduccones, que el Proveedor tene derecho a recbr por los Servcos prestados en dcho mes. Sgnfca, respecto de cada mes, el monto proporconal del Pago Estmado Anual por Servcos con respecto al número de Días Operatvos contendos en dcho mes. Sgnfca el pago por Perodo de Dsponbldad que corresponde a cada Seccón de las Valdades. Sgnfca el monto de la Estmacón del Pago Anual por Servcos establecdo en la Propuesta Económca del Proveedor y ajustado por cualquer cambo acordado por 2

5 la Secretaría y el Proveedor, de conformdad con el Anexo 6 (Procedmento de Varacón). Pago Parcal por Servcos Perodo de Dsponbldad Sgnfca el pago mensual, consderando todo tpo de Deduccones, que el Proveedor tene derecho a recbr por los Servcos prestados en alguna Seccón de la Valdad que sea entregada a la Secretaría antes de la Fecha de Inco de Servcos, de conformdad con lo establecdo en la Seccón 8 del presente Anexo. Es la undad base de tempo, defnda en la Seccón 3.2. del presente Anexo, utlzada para el cálculo de Deduccones. Subsanacón Sgnfca cualesquera trabajos de mantenmento, conservacón, reposcón de actvos u otros que sean necesaros para reestablecer una Falla de Servcos que se haya presentado en alguna Seccón de las Valdades. Atencón Inmedata Seccón de las Valdades Tempo de Atencón Inmedata Tempo de Subsanacón Sgnfca trabajos de naturaleza preventva y temporal, como señalzacón, desvío de tráfco, lmpeza de las Valdades, cerre temporal de carrles, u otros, que tenen por objetvo prevenr un daño al patrmono o a la ntegrdad de los usuaros de las Valdades así como a las Valdades msmas causado por la ocurrenca de una Falla de Servcos en alguna Seccón de las Valdades. Sgnfca cualquera de las Seccones de cada uno de los Tramos de las Valdades especfcados en la Seccón 3.1 del presente Anexo. Sgnfca el perodo establecdo en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos) o cualesquer otro perodo otorgado por la Secretaría al Proveedor, de conformdad con la Seccón 3.6 del presente Anexo, dentro del cual debe tener lugar la Atencón Inmedata a alguna Falla de Servcos que se presente en alguna Seccón de las Valdades. Sgnfca el perodo establecdo en el Anexo 19 (Requermentos de Servcos) o cualesquer otro perodo otorgado por la Secretaría al Proveedor, de 3

6 conformdad con la Seccón 3.7 del presente Anexo, dentro del cual debe tener lugar la Subsanacón de alguna Falla de Servcos que se presente en alguna Seccón de las Valdades. Tramo Sgnfca cualquera de los Tramos de las Valdades especfcados en la Seccón 3.1 del Presente Anexo. 4

7 2. Pago por Servcos Las dsposcones del presente Anexo se aplcarán para cada una de las Seccones de las Valdades defndas como tales en el Anexo 10 (Requermentos de Servcos) Perodo de pago Los Pagos por Servcos se calcularán, de forma mensual, a partr de la de Fecha de Inco de Servcos y hasta el mes de Fecha de Termnacón del Contrato Pago por Servcos El Pago por Servcos que el Proveedor tendrá derecho a recbr, por los Servcos prestados en el mes, será la cantdad que resulte mayor entre el Pago Mínmo por Servcos y el Pago Neto por Servcos, menos () las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos y () por Deduccones por Errores y Omsones de Informacón, de conformdad con la sguente fórmula: donde: PS MÁXIMO PMS, PNS DTRFS DTEOI PS = Pago por Servcos del mes. PMS = Pago Mínmo por Servcos del mes, calculado según la Seccón 2.3. del presente Anexo. PNS = Pago Neto por Servcos en el mes, calculado según la Seccón 2.6. del presente Anexo. DTRFS = Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos en el mes, calculadas según la Seccón 5 del presente Anexo. DTEOI = Deduccones Total por Errores Omsones en la Informacón presentada en el Reporte Mensual de Desempeño y Pagos en el mes, calculadas según la Seccón 7 del presente Anexo Pago Mínmo por Servcos El Pago Mínmo por Servcos del mes se calculará de conformdad con la sguente fórmula: PMS ( 1 d )* PES donde: 5

8 PMS = Pago Mínmo por Servcos del mes. d = Porcentaje Máxmo de Descuento por Fallas de Servcos en el mes. PES = Pago Estmado por Servcos en el mes Porcentaje Máxmo de Descuento por Fallas de Servcos El Porcentaje Máxmo de Descuento por Fallas de Servcos es la proporcón máxma que podrá ser descontada del Pago Estmado por Servcos en el mes debdo a Deduccones por Fallas de Servcos de dcho mes. Dcho porcentaje está determnado conforme a la sguente tabla: Perodo mes d Prmeros 5 años a partr de la Fecha de Inco de Servcos. Del año 6 al año 15 a partr de la Fecha de Inco de Servcos. Del año 16 a partr de la Fecha de Inco de Servcos hasta la Fecha de Termnacón del Contrato. = 1,, 60 10% = 61,, % = 181, 25% 2.5. Pago Estmado por Servcos El Pago Estmado por Servcos es el monto proporconal al Pago Estmado Anual por Servcos, con respecto al mes, establecdo en la Oferta del Proveedor, ajustado por cualquer cambo acordado por la Secretaría de Comuncacones y el Proveedor, de conformdad con lo establecdo en el Contrato, y que será calculado de la sguente manera: donde: INPC 1 dm PES PEAS * * INPC 0 da PES = Pago Estmado de Servcos del mes. PEAS = Pago Estmado Anual por Servcos, en térmnos reales, para el año al que corresponda el mes, establecdo en la propuesta económca del Proveedor, ajustado por cualquer cambo acordado por la Secretaría de Comuncacones y el Proveedor, de conformdad con lo establecdo en el Contrato. 6

9 INPC = Valor del Índce Naconal de Precos al Consumdor, o en su caso del 1 Índce que lo reemplace, publcado por el Banco de Méxco, del mes nmedato anteror al que se calcula el Pago Mensual Total del mes. INPC 0 = Valor del Índce Naconal de Precos al Consumdor, o en su caso del Índce que lo reemplace, publcado por el Banco de Méxco, del mes de la Fecha Base. dm = Número de Días Operatvos del mes. da = Número de días del año correspondente al mes Pago Neto por Servcos El Pago Neto por Servcos en el mes es gual al Pago Estmado por Servcos menos la Deduccón Total por Fallas de Servcos en dcho mes, de conformdad con la sguente fórmula: donde: PNS PES DTFS PNS = Pago Neto por Servcos del mes. PES = Pago Estmado por Servcos del mes, calculado según la Seccón 2.5. del presente Anexo. DTFS = Deduccón Total por Fallas de Servcos en el mes, calculada según la Seccón 4 del presente Anexo. 7

10 3. Fallas de Servcos 3.1. Tramos y Seccones de las Valdades Para la evaluacón del cumplmento del Contrato por parte del Proveedor así como para la dentfcacón de Fallas de Servcos, las Valdades se dvdrán en los sguentes Tramos dvddos a su vez en Seccones conforme a la tabla que se presenta a contnuacón: Tramo Seccón Cuerpo Alcance cps Norte Carretera Méxco Toluca - Av. Juárez, Mpo. de San Mateo Atenco 4.5% 1.2. Sur Carretera Méxco Toluca - Av. Juárez, Mpo. de San Mateo Atenco 4.5% 1.3. Norte Av. Juárez, Mpo. de San Mateo Atenco - Blvd. Mguel Alemán 4.5% 1.4. Sur Av. Juárez, Mpo. de San Mateo Atenco - Blvd. Mguel Alemán 4.5% 2.1. Norte Blvd. Mguel Alemán - Blvd. Comonfort 16.0% 2.2. Sur Blvd. Mguel Alemán - Blvd. Comonfort 16.0% 2.3. Norte Blvd. Comonfort - Calle María Isabel 8.0% 2.4. Sur Blvd. Comonfort - Calle María Isabel 8.0% 2.5. Norte Calle María Isabel - Av. Herberto Enríquez 5.3% 2.6. Sur Calle Mara Isabel - Av. Herberto Enríquez 5.3% 2.7. Norte Av. Herberto Enríquez - Av. Torres Chcas 2.7% 2.8. Sur Av. Herberto Enríquez - Av. Torres Chcas 2.7% 3.1. Norte Av. Torres Chcas - Av. José Mara Morelos 2.7% 3.2. Sur Av. Torres Chcas - Av. José Mara Morelos 2.7% 3.3. Norte Av.- José Mara Morelos - Av. 16 de Septembre 2.7% 3.4. Sur Av.- José Mara Morelos - Av. 16 de Septembre 2.7% 3.5. Dstrbudor Av. 16 de Septembre (cuerpo Orente) - Calle Ignaco López Rayón (Cuerpo Norte) 3.6% 3.6. Dstrbudor Av. 16 de Septembre (cuerpo Ponente) - Calle Ignaco López Rayón (Cuerpo Norte) 3.6% En la tabla anteror se establecen los Coefcentes de Ponderacón para cada Seccón s de las Valdades, cps s, para efectos de cálculo de la Deduccón Total por Fallas de Servcos. Dchos Coefcentes de Ponderacón podrán ser actualzados por acuerdo mutuo de la Secretaría y del Proveedor, de conformdad con el Anexo 5 (Procedmento de Revsón) Perodos de Dsponbldad Para la evaluacón del cumplmento de los Requermentos de Operacón, Mantenmento y Conservacón establecdos en el Anexo 10 (Requermentos de Servco) por parte del Proveedor así como para el cálculo de las Deduccones por Fallas de Servcos, cada Día Operatvo se dvdrá en Perodos de Dsponbldad, pdd, los cuales se tomarán como base para efectos de cálculo. Cada Perodo de Dsponbldad será de 1 hora, por lo que en cada día se consderarán 24 Perodos de Dsponbldad para la evaluacón de la prestacón 8

11 de Servcos, ncando el prmer Perodo de Dsponbldad de cada día a las 00:00 hrs. Perodo Inco Fn Hora cpt 00:00 00:59 No Pco :00 01:59 No Pco :00 02:59 No Pco :00 03:59 No Pco :00 04:59 No Pco :00 05:59 No Pco :00 06:59 Horas Pco :00 07:59 Horas Pco :00 08:59 Horas Pco :00 09:59 Horas Pco :00 10:59 Horas Pco :00 11:59 Horas Pco :00 12:59 Horas Pco :00 13:59 Horas Pco :00 14:59 Horas Pco :00 15:59 Horas Pco :00 16:59 Horas Pco :00 17:59 Horas Pco :00 18:59 Horas Pco :00 19:59 Horas Pco :00 20:59 Horas Pco :00 21:59 Horas Pco :00 22:59 No Pco :00 23:59 No Pco 0.50 Suma de ponderadores en un día En la tabla anteror se establecen los Coefcentes de Ponderacón para cada Perodo de Dsponbldad, cpt, para efectos de cálculo de la Deduccón Total por Fallas de Servcos. Dchos Coefcentes de Ponderacón podrán ser actualzados por acuerdo mutuo de la Secretaría y del Proveedor, de conformdad con el Anexo 5 (Procedmento de Revsón). 9

12 3.3. Fallas de Servcos Se consderará que exste una Falla de Servcos en una Seccón de las Valdades durante un Perodo de Dsponbldad, s se cumple alguna de las sguentes condcones en cualquer momento de dcho Perodo: A. Se presenta un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en alguno de los carrles de la Seccón o en una parte relevante de la msma con motvo de: 1. Incendo o explosón en las Valdades por causas mputables al Proveedor; 2. Inundacón por un tempo mayor a 3 horas después de concludo un evento de precptacón pluval mayor a la capacdad nstalada del sstema de drenaje (sempre y cuando no se consdere Fuerza Mayor). 3. Accdentes vehculares orgnados por causas mputables al Proveedor o por ncumplmento a los Requermentos de Servcos establecdos en el Anexo 10 (Requermentos de Servcos); 4. Daños o pérddas de las Valdades por accdentes mputables al Proveedor o por ncumplmento a los Requermentos de Servcos establecdos en el Anexo 10 (Requermentos de Servcos); 5. Inspeccones, nvestgacones y pertajes por cuenta del Proveedor no acordados con la Secretaría; 6. Actvdades de Mantenmento Correctvo. no aprobadas por la Secretaría, según lo establecdo en la Seccón del Contrato. 7. Accones de manfestantes por causas mputables al Proveedor, y 8. Cualquer accón u omsón por parte del Proveedor en ncumplmento del Contrato. B. Exsten Fallas de Severdad Alta y/o Fallas de Severdad Baja en dcha Seccón, de conformdad con los Requermentos de Operacón, Mantenmento y Conservacón, establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos). 10

13 3.4. Excepcones a las Fallas de Servcos No se consderará que exste una Falla de Servcos s se presenta un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en alguno de los carrles de la Seccón o en una parte relevante de la msma, con motvo de: 1. Trabajos, nspeccones, nvestgacones o pertajes desarrollados o autorzados por la Secretaría o por alguna autordad competente, ncluyendo sus agentes o contratstas; 2. Instruccones de la Polcía Federal Preventva o cualquer autordad competente para cerrar alguna Seccón de las Valdades después de un accdente orgnado por causas no mputables al Proveedor a fn de remedar la stuacón y de remover los restos del accdente; 3. Instruccones o accones de cualquer autordad polcíaca, que el Proveedor demuestre a entera satsfaccón de la Secretaría que no fueron resultado de un acto de ncumplmento u omsón por parte del Proveedor; 4. Actvdades de Mantenmento y Conservacón establecdos en el Calendaro de Mantenmento a que se refere la Cláusula 8.6 del Contrato, sempre y cuando sean de conformdad con el programa de cerre de carrles establecdo en dcho Calendaro de Mantenmento; 5. Causas Excusables, de conformdad con la Seccón 13.2 del Contrato; 6. Eventos Extraordnaros, de conformdad con la Seccón 13.3 del Contrato, y 7. Eventos de Fuerza Mayor, de conformdad con la Seccón 13.4 del Contrato Reporte de una Falla de Servcos Se consderará que una Falla de Servcos comenza a partr del Perodo de Dsponbldad en que ocurra el prmero de los sguentes eventos: De conformdad con lo señalado en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos), se consderará que un Falla comenza a partr de la fecha y Perodo de Dsponbldad en que ocurra el prmero de los sguentes eventos: 1.- La fecha y Perodo de Dsponbldad en que la Falla se reporta a la Línea de Atencón al Usuaro. 11

14 2.- La fecha y Perodo de Dsponbldad en que el Proveedor dentfca y regstra la Falla dervada de algún reporte de nspeccón o de observacón propa. 3.- La fecha y Perodo de Dsponbldad en que la Secretaría o algún tercero notfque la Falla al Proveedor Tempos de Atencón Inmedata En caso de que se presente una Falla de Servcos orgnada por la condcón señalada en el Apartado 3.3 ncso A de este Anexo, o dcha Falla sea consderada una Falla de Severdad Alta de conformdad con lo señalado en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos), el Proveedor contará con un Tempo de Atencón Inmedata en el que deberá realzar trabajos de naturaleza preventva y temporal, como señalzacón, desvío de tráfco, lmpeza de las Valdades, cerre temporal de carrles, u otros, que tengan por objetvo prevenr un daño al patrmono o a la ntegrdad de los usuaros de las Valdades así como a las Valdades msmas causado por la ocurrenca de la Falla. Los Tempos de Atencón Inmedata se consderarán de conformdad con la causa que orgne la Falla de Servcos: 1. En caso de que la Falla de Servcos sea orgnada por un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en alguno de los carrles de la Seccón o en una parte relevante de la msma por las condcones señaladas en el Apartado 3.3 ncso A de este Anexo, el Tempo de Atencón Inmedata será de una hora a partr de la dentfcacón de la Falla. 2. En caso de que la Falla de Servcos sea consderada de Severdad Alta, de conformdad con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos), los Tempos de Atencón Inmedata serán los señalados en dcho Anexo 3. En caso de que la Falla de Servcos sea consderada de Severdad Baja, de conformdad con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos), no se consderarán Tempos de Atencón Inmedata. En cualquera de los casos anterores, el Proveedor podrá solctar a la Secretaría la amplacón y/o aprobacón del Tempo de Atencón Inmedata, justfcando los motvos de dcha solctud. La Secretaría podrá, a dscrecón, 12

15 aceptar o rechazar dcha petcón. Cualquer amplacón del Tempo de Atencón Inmedata deberá documentarse por escrto. S dentro del Tempo de Atencón Inmedata el Proveedor no realza los trabajos de Atencón Inmedata que correspondan, la Secretaría podrá aplcar una Deduccón por Fallas de Servco, equvalente a la de una Declaracón de No Dsponbldad Severa en dcha Seccón, desde el Perodo de Dsponbldad en que se reportó la Falla de Servcos hasta el momento en que el Proveedor dé Atencón Inmedata a dcha Falla, en el entenddo de que el retraso no se traducrá en una amplacón del Tempo de Subsanacón establecdo en la Seccón 3.7 sguente Tempos de Subsanacón Toda Falla de Servcos que se presente en alguna Seccón de las Valdades deberá ser subsanada, dentro de los Tempos de Subsanacón establecdos, por medo de cualesquer trabajos de Mantenmento, Conservacón, reposcón de actvos u otros que sean necesaros, de conformdad con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos). Los Tempos de Subsanacón se consderarán de conformdad con la causa que orgne la Falla de Servcos: 1. En caso de que la Falla de Servcos sea orgnada por un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en alguno de los carrles de la Seccón o en una parte relevante de la msma por la condcones señaladas en el Apartado 3.3 ncso A de este Anexo, el Tempo de Subsanacón será de dos horas a partr de la dentfcacón de la Falla. 2. En caso de que la Falla de Servcos sea consderada de Severdad Alta o de Severdad Baja, de conformdad con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos), los Tempos de Subsanacón serán los señalados en dcho Anexo. En cualquera de los dos casos anterores, el Proveedor podrá solctar a la Secretaría la amplacón del Tempo de Subsanacón, justfcando los motvos de dcha solctud. La Secretaría podrá, a dscrecón, aceptar o rechazar dcha petcón. Cualquer amplacón del Tempo de Subsanacón deberá documentarse por escrto. El Proveedor se hará acreedor a una Deduccón por Fallas de Servcos s no subsana la Falla de Servcos dentro del Perodo de Subsanacón 13

16 correspondente. Dcha Deduccón se calculará desde el Perodo de Dsponbldad en que la Falla de Servcos sea dentfcada hasta el Perodo de Dsponbldad en que fuera subsanada extosamente la Falla. En caso de que la Falla de Servcos sea consderada de Severdad Alta o sea orgnada por un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en alguno de los carrles de la Seccón o en una parte relevante de la msma por la condcones señaladas en el Apartado 3.3 ncso A de este Anexo, el Factor Penalzacón será el correspondente al de una Declaracón de No Dsponbldad será Severa (DNDS). En caso de que la Falla de Servcos sea consderada de Severdad Baja, el Factor Penalzacón será el correspondente al de una Declaracón de No Dsponbldad será No Severa (DNDNS). S el Proveedor adconalmente a la Deduccón a que se refere este Apartado se hace acreedor a una Deduccón respecto de la msma Falla de Servcos por no realzar trabajos de Atencón Inmedata en los Tempos de Atencón Inmedata establecdos, de conformdad con el Apartado 3.6 anteror, entonces para efectos del cálculo del Pago por Servcos sólo se deberá descontar la Deduccón por Falla de Servcos de mayor monto Condcones para el cálculo de Deduccones por Fallas de Servcos Para que el Proveedor no se haga acreedor de una Deduccón por una Falla de Servcos, se deben cumplr las sguentes condcones: 1. El Proveedor deberá dar Atencón Inmedata a la Falla de Servcos dentro del Tempo de Atencón Inmedata establecdo, en caso de que éste exsta o se haya acordado con la Secretaría. 2. El Proveedor deberá subsanar la Falla de Servcos dentro del Tempo de Subsanacón establecdo o acordado con la Secretaría. 3. El Proveedor deberá entregar una Notfcacón de Subsanacón de Fallas de Servco al Representante de la Secretaría en el formato establecdo en el Anexo 18 (Modelo de Certfcados). Dcha notfcacón consderará como hora y fecha de la Subsanacón de la Falla, la hora y fecha en que se haya hecho una notfcacón verbal al Representante de la Secretaría de la Subsanacón de la Falla o la hora y fecha en que se entregue la notfcacón al Representante de la Secretaría, lo que ocurra prmero. Sn embargo, en caso de que la Secretaría no esté de acuerdo con la prmera, se tomará como referenca la hora y fecha en que haya entregado la notfcacón. 14

17 4. El Representante de la Secretaría deberá emtr y entregar al Proveedor, dentro de los 5 Días Hábles posterores a la recepcón de la Notfcacón de Subsanacón de Fallas de Servco, una Notfcacón de Confrmacón de Subsanacón de Fallas de Servco, en el formato establecdo en el Anexo 18 (Modelo de Certfcados), que valde que la Seccón de las Valdades en donde se orgnó dcha Falla de Servcos cumple con lo establecdo en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos) y en el Apartado 3.3. del presente Anexo. En caso de que el Representante de la Secretaría no entregue al Proveedor dcha Notfcacón, se entenderá que el Representante de la Secretaría ha valdado la Notfcacón entregada por el Proveedor. 5. En caso de que la Secretaría no esté de acuerdo con la Subsanacón de la Falla, ésta lo comuncará al Proveedor dentro del plazo referdo en el ncso anteror para que ambas partes, dentro de un plazo de 5 (cnco) Días Hábles, conclen dchas dferencas y se apruebe la notfcacón correspondente. Agotado el plazo de conclacón prevsto en este párrafo, cualquera de las partes podrá solctar que la dferenca se resuelva de conformdad con lo prevsto en la Cláusula Vgésma Tercera del Contrato. 6. El Proveedor deberá nclur toda la nformacón relevante a la Falla de Servcos en el Reporte Mensual de Desempeño y Pagos, de conformdad con lo establecdo en el presente Anexo y en la Seccón en el Contrato. 15

18 4. Deduccón Total por Fallas de Servcos La Deduccón Total por Fallas de Servcos en el mes será la suma de las Deduccones Totales por Fallas de Servcos de todas las Seccones de las Valdades aplcables en el msmo mes, ajustadas en el caso de que exsta una susttucón del Proveedor conforme a lo establecdo en el Contrato, de conformdad con la sguente fórmula: donde: DTFS S s 1 ps* dtfs de s = 1,,S s S = Número total de Seccones de las Valdades DTFS = Deduccón Total por Fallas de Servcos en el mes. dtfs = Deduccón por Fallas de Servcos en la Seccón s de las Valdades s en el mes, calculadas en la Seccón 4 del presente Anexo. ps = Ponderador por Susttucón de Proveedor, en su caso, el cual tomará los sguentes valores: Prmer mes de prestacón de servcos del Nuevo Proveedor.50 Segundo mes de prestacón de servcos del Nuevo Proveedor.75 Tercer mes de prestacón de servcos del Nuevo Proveedor Deduccón Total por Fallas de Servcos de las Seccones de las Valdades La Deduccón Total por Fallas de Servcos en cada Seccón s de las Valdades en el mes a que se haga acreedor el Proveedor será calculada como la suma de las Deduccones por Fallas de Servcos aplcables a dcha Seccón en el mes, de conformdad con la sguente fórmula: x X x 1 dtfs s dfs xs con x = 1, 2,, X donde: dtfs = Deduccón Total por Fallas de Servcos en la Seccón s de las s Valdades en el mes. X = Número total de Deduccones por Fallas de Servcos de la Seccón s en el mes. dfs = Deduccón por la Falla de Servco x, en la Seccón s, durante el mes xs 16

19 Asmsmo, cada Deduccón por Falla de Servcos que suceda en cualquer Seccón s de las Valdades durante el mes, será calculada de conformdad con la sguente fórmula: dfs xs pepd s xs p P p 1 * fp * cpt con p = 1, 2,,P p donde: dfs = Deduccón por la Falla de Servcos x de la Seccón s de las Valdades xs en el mes. P = Número total de Perodos de Dsponbldad del mes en que subsstó la Falla de Servcos x en la Seccón s de las Valdades. pepd = Pago Estmado por Perodo de Dsponbldad de la Seccón s de las fp xs cpt p s Valdades en el mes. = Factor de Penalzacón de la Falla de Dsponbldad x de la Seccón s de las Valdades. = Coefcente de Ponderacón por Tempo correspondente al Perodo de Dsponbldad p, defndo en la Seccón 3.2. del presente Anexo, en que subsstó la Falla de Servcos x en la Seccón s de las Valdades Pago Estmado por Perodo de Dsponbldad de las Seccones de las Valdades El Pago Estmado por Perodo de Dsponbldad de cada Seccón s de las Valdades en el mes es el pago por Perodo de Dsponbldad que correspondería a cada Seccón en caso de no exstr nnguna Falla de Servcos en dcho Perodo, de conformdad con la sguente fórmula: pepd s cps s PES * dm * pd pepd = Pago Estmado por Perodo de Dsponbldad de la Seccón s de las s Valdades en el mes. cps = Coefcente de Ponderacón de la Seccón s de las Valdades, defndo s en la Seccón 3.1. del presente Anexo. PES = Pago Estmado por Servcos del mes. dm = número de Días Operatvos del mes. pd = número de Perodos de Dsponbldad al día (24). 17

20 4.3. Factores de Penalzacón El Factor de Penalzacón, fp xs, se refere a la penalzacón que corresponde a una Falla de Servcos x que se presente en una Seccón s de las Valdades. El Factor de Penalzacón de una Declaracón de No Dsponbldad será el sguente, dependendo de la severdad de dcha Declaracón de No Dsponbldad: Severdad de la Falla de Servcos Declaracón de una o varas No Dsponbldades Severas Declaracón de una o varas No Dsponbldades No Severas Factor de Penalzacón Por su parte, el Factor de Penalzacón por Perodo de Dsponbldad correspondente a un cerre, bloqueo o nterferenca parcal o total en alguno de los carrles de la Seccón o en una parte relevante de la msma por la condcones señaladas en el Apartado 3.3 ncso A de este Anexo, está defndo en funcón de los carrles de la Seccón de las Valdades que estén cerrados, bloqueados o nterferdos parcal o totalmente: Condcón de No Dsponbldad Valdad de 3 carrles Valdad 3 Carrles Factor de Penalzacón Carrl Uno Carrl Dos Carrl Tres

21 Condcón de No Dsponbldad Valdad de 2 carrles con un paso deprmdo Valdad 2 Carrles Deprmdo Factor de Penalzacón Carrl Uno Carrl Dos Carrl Uno Carrl Dos

22 5. Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos La Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos en el mes será gual a la sumatora de las Deduccones Totales por Reteracón de Fallas de Servcos de cada una de las Seccones durante el mes, de conformdad con la sguente fórmula: s S DTRF dtrf s s 1 con s = 1, 2,, S donde: DTRF S dtrf s = Deduccón Total por Reteracón de Fallas en la Prestacón de Servcos en el mes. = Número Total de Seccones. = Deduccón Total por Reteracón de Fallas en la Prestacón de Servcos de la Seccón s de las Valdades en el mes Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos de las Seccones La Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos de cada Seccón s de las Valdades, será gual a la sumatora de las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos, relatvas a dcha Seccón, a que se haga acreedor el Proveedor durante el mes : donde: x X x 1 dtrf s drf xs dtrf = Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos de la Seccón s s de las Valdades en el mes. X = Número Total de Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos de la Seccón s de las Valdades en el mes. drf = Deduccón por Reteracón de una Falla de Servcos x en la Seccón xs s de las Valdades en el mes. 20

23 5.2. Crteros para el cálculo de las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos Las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos se aplcarán úncamente en los casos en que en un perodo de dos meses consecutvos se hayan aplcado dos o más Deduccones por la msma Falla de Servcos x en una msma Seccón s de las Valdades. El procedmento para calcular las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos se ajustará al sguente procedmento: 1. Por cada Deduccón por Falla de Servcos en una Seccón s de las Valdades aplcable en el mes, se deberá verfcar s se aplcó una Deduccón anteror por una Falla smlar en la msma Seccón s de las Valdades en el msmo mes o en el mes nmedato anteror En caso de que no haya exstdo una Deduccón anteror por una Falla smlar en la msma Seccón s de las Valdades en el msmo mes o en el mes nmedato anteror -1, no se aplcará nnguna Deduccón por Reteracón de Fallas con respecto a dcha Falla, sn embargo, segurá sendo aplcable en el mes la Deduccón por la Falla de Servcos a la que se haya hecho acreedor el Proveedor. 3. En caso de que haya exstdo una Deduccón anteror por una Falla smlar en la msma Seccón s de las Valdades en el msmo mes o en el mes nmedato anteror -1, se generará una Deduccón por Reteracón de Falla de Servcos equvalente al 50 % (cncuenta por cento) de la Deduccón a la que se haya hecho merecedor el Proveedor debdo a la Falla de Servcos que se está reterando, de conformdad con la sguente fórmula: donde: drf 0.5* xs dfs xs drf = Deduccón por Reteracón de la Falla de Servcos x de la Seccón s xs de las Valdades en el mes. dfs xs = Deduccón correspondente a la Falla de Servcos x que se está reterando en la Seccón s de las Valdades en el mes. Todas las Deduccones por Reteracón de Fallas de Servcos se calcularán y aplcarán sn perjuco de las Deduccones por Fallas de Servcos que se orgnen por dchas Fallas. 21

24 6. Reporte Mensual de Desempeño y Pagos El Reporte Mensual de Desempeño y Pagos entregado por el Proveedor para cualquer mes será la fuente de nformacón respecto de la adecuada prestacón de los Servcos para el mes de que se trate. Adconalmente a lo señalado en la Cláusula del Contrato, el Proveedor regstrará los detalles con respecto a todos los casos en que en una Seccón de las Valdades, o parte de ésta, se dentfque una Falla de Servcos. El regstro nclurá: 1. La fecha y la hora en que la Seccón de las Valdades, o parte de ésta, presentó alguna Falla de Servcos, de conformdad a lo establecdo en el Apartado 3.5 de este Anexo; 2. Los detalles de cualquer ncumplmento (ncludas las Deduccones por Fallas de Servcos atrbubles a dcho ncumplmento); 3. Una explcacón de la razón por la que dchos ncumplmentos se aplcan a una stuacón dada en una Seccón de las Valdades, o parte de ésta; 4. Los detalles de la ubcacón de cualquer ncumplmento; y 5. Los detalles completos de todas las accones tomadas, o próxmas a tomarse, para garantzar que dcha Seccón de las Valdades, o parte de ésta, cumplan con los Estándares de Caldad establecdos en el Anexo 19 (Mecansmo para la Supervsón y Montoreo de los Servcos). El Proveedor mantendrá dchos regstros dsponbles para nspeccón por parte del Representante de la Secretaría. 22

25 7. Deduccón Total por Errores y Omsones de Informacón La Deduccón Total por Errores y Omsones de Informacón en el mes será gual a la sumatora de las Deduccones de cada uno de los Errores y Omsones de Informacón que se orgnen durante el mes, de conformdad con la sguente fórmula: x X x 1 DTEOI dteo x con x = 1, 2,, X donde: DTEOI = Deduccón Total por Errores y Omsones de Informacón en el mes. X = Número Total de Deduccones por Errores y Omsones de Informacón en el mes. dteo = Deduccón por Errores y Omsones de Informacón x en el mes. x S hubera algún error u omsón en el Reporte Mensual de Desempeño y Pagos de cualquer mes, el Proveedor y la Secretaría de Comuncacones acordarán la modfcacón al Reporte de conformdad con la Seccón del Contrato. Para efectos de lo anteror, el Proveedor tendrá la oblgacón de poner a dsposcón de la Secretaría todos los documentos que la Secretaría determne pertnentes para su nspeccón. De cualquer forma, s un Reporte Mensual de Desempeño y Pagos contene algún error y/u omsón que de haber estado en forma correcta hubera resultado en una Deduccón Total por Fallas de Servcos mayor a la reportada, entonces la Secretaría podrá aplcar, según consdere sea la causa del error (actos de mala fe, neglgenca o ncompetenca por parte del Proveedor), una Deduccón adconal por Errores y Omsones de Informacón por cada Deduccón por Falla de Servcos no reportada correctamente u omtda, sn perjuco de la Deduccón a la que sea merecedor el Proveedor por dcha Falla de Servcos. La Deduccón por Errores y Omsones de Informacón será gual al 50% (cncuenta por cento) de la Deduccón orgnada por la Falla de Servcos no reportada correctamente u omtda a la que se haya hecho merecedor el Proveedor, de conformdad con la sguente fórmula: donde: dteo 0.5* x dfs x 23

26 dteo x dfs x = Deduccón por Errores y Omsones en la Informacón x en el mes. = Deduccón correspondente a la Falla de Servcos x no reportada correctamente u omtda a la que se haya hecho merecedor el Proveedor en el mes. 24

27 8. Pago Parcales por Servcos por Seccones Termnadas antes de la Fecha de Termnacón de Obra En caso de que el Proveedor esté en posbldades de poner a dsposcón de la Secretaría alguna Seccón de la Valdad antes de la Fecha de Termnacón de Obra, y dcha Seccón cumpla con lo establecdo en la Cláusula del Contrato, la Secretaría, a solctud del Proveedor, podrá autorzar Pagos Parcales por Servcos prevos a la Fecha de Inco de Servco, sempre y cuando se cumplan las sguentes condcones: 1. Que la Seccón cumpla con los requermentos de Construccón establecdos en el Anexo 10 (Requermentos de Servcos). 2. Que la Seccón sea entregada a plena satsfaccón de la Secretaría y de conformdad con lo establecdo en la Seccón 7 del Contrato. 3. Que hayan pasado al menos 8 meses desde la Fecha de Inco de Obra. 4. Que la Seccón esté conectada a alguna otra Seccón entregada prevamente a la Secretaría y/o que permta un flujo contnuo de vehículos desde alguna valdad exstente haca alguna otra valdad exstente. Una vez cumpldas estas condcones y autorzado el Pago Parcal por Servcos correspondente, serán váldos todos los ncsos aplcables del presente Anexo y del Contrato en relacón al Pago por Servcos correspondentes a dcha Seccón. El Pago Parcal por Servcos para cada Seccón se calculará como el 70 % (setenta por cento) del Pago Estmado por Servcos correspondente a dcha Seccón. El Pago Parcal por Servcos de cada Seccón será calculado de conformdad con la sguente fórmula: PPS s 0.7* cps * PES s DTFS s DTRFS s DTEOI s Donde: PPS = Pago Parcal por Servcos de la Seccón s en el mes. s PES = Pago Estmado por Servcos en el mes. s cps = Coefcente de Ponderacón de la Seccón s de las Valdades, defndo s en la Cláusula 3.1. del presente Anexo. DTFS = Deduccón Total por Fallas de Servcos del la Seccón s en el mes, s calculada según la Seccón 4 del presente Anexo. 25

28 DTRFS = Deduccón Total por Reteracón de Fallas de Servcos de la Seccón s s en el mes, calculadas según la Seccón 5 del presente Anexo. DTEOI = Deduccón Total por Errores y Omsones en la Informacón s presentada en el Reporte Mensual de Desempeño y Pagos de la Seccón s en el mes, calculadas según la Seccón 7 del presente Anexo. Una vez que se haya emtdo el Certfcado de Termnacón de Actvdades señalado en la Cláusula del Contrato, los Pagos Parcales por Servcos serán extngudos y susttudos por el Pago Estmado de Servcos conforme al presente Anexo. 9. Programa de Cálculo del Pago por Servcos Antes de la emsón de cualquer Certfcado de Operacón Parcal y de la emsón del Certfcado de Termnacón de Actvdades, el Proveedor deberá proponer un programa de cálculo a la Secretaría para estmar de forma precsa el Pago por Servcos de cada mes de conformdad con el presente Anexo. La Secretaría podrá sugerr modfcacones al msmo y convendrá con el Proveedor dcho programa. En caso de no llegar a un acuerdo sobre el programa de cálculo del Pago por Servcos, se procederá conforme a la Cláusula Vgésmo Tercera del Contrato. 26

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