C O N T R A T A N T E S P R I N C I P I O S Y V A L O R E S
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- Sandra Luna Méndez
- hace 5 años
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1 Contrato Colectivo de Trabajo que,, celebran por una parte, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en lo sucesivo, EL INFONAVIT, representado por su Director General, Contador Público Víctor Manuel Borrás Setién y por la otra, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en lo sucesivo, EL SINDICATO, representado por su Secretario General, Arquitecto Rafael Riva Palacio Pontones, de conformidad con lo siguiente C O N T R A T A N T E S EL INFONAVIT, es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio legal en Barranca del Muerto número 280, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P en la Ciudad de México, Distrito Federal, cuya finalidad fundamental es la administración del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores. EL SINDICATO, es una organización legalmente constituida como sindicato de empresa, con número de registro 4298, según constancia que obra a fojas 460 del libro respectivo de la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social; con domicilio en Minerva número 30, Colonia Crédito Constructor, Delegación Benito Juárez, C.P en la Ciudad de México, Distrito Federal. I ntegridad N obleza F ortaleza O ptimismo N acionalismo cultural A prendizaje permanente V ocación social y de servicio I nnovación y T ransparencia P R I N C I P I O S Y V A L O R E S CLAUSULA 1ª T I T U L A R I D A D "EL INFONAVIT" reconoce expresamente que "EL SINDICATO" representa el interés profesional y mayoritario de sus trabajadores y por tanto, es titular y administrador de este Contrato, cuyo objeto es determinar las condiciones, conforme a las cuales deberá prestarse el trabajo, en todos los establecimientos de "EL INFONAVIT" que existan o lleguen a existir dentro del territorio nacional.
2 CLAUSULA 2ª C A P A C I T A C I Ó N Y A D I E S T R A M I E N T O "EL INFONAVIT" y "EL SINDICATO" están de acuerdo que el desarrollo profesional del personal de ese Instituto se base en los siguientes principios: a) Marco para el crecimiento profesional permanente y sostenible b) Protocolo de Compensación Variable c) Fortalecimiento de la capacitación profesional. Lo anterior, en los términos del Acuerdo de Responsabilidad Social Compartida firmado por las partes. EL INFONAVIT y EL SINDICATO están de acuerdo en constituir el Comité Mixto de Profesionalización y Desarrollo, que vigilará la instrumentación y operación de la capacitación o adiestramiento del personal operativo. El Comité, de acuerdo al Sistema INFONAVIT de Profesionalización y Desarrollo, tomará como base criterios orientados a la estrategia Institucional y al logro de su misión y visión, para mejorar la calidad de vida, eficiencia, productividad y desempeño de los trabajadores, conforme a nuestros principios y valores de actuación. "EL INFONAVIT", se obliga a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento en su trabajo, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del Apartado "A", del artículo 123 Constitucional y disposiciones relativas de la Ley Federal del Trabajo, conforme a los planes y programas que para tal efecto se establezcan. CLAUSULA 3ª Las partes se fijan el objetivo conjunto de buscar de manera permanente el perfeccionamiento de sistemas y procedimientos que permitan la modernización de las estructuras administrativas y la superación y desarrollo del personal, a efecto de contribuir de una manera decisiva en la elevación de la productividad y la calidad en las metas institucionales. CLAUSULA 4ª Las partes se comprometen a desarrollar y fomentar en el personal, la conciencia sobre la necesidad de elevar la productividad y calidad a través de acciones encaminadas a la simplificación administrativa, racionalización de los recursos y reducción de gastos. El Instituto proporcionará los recursos materiales y la capacitación que sean necesarios para estos fines, de acuerdo al presupuesto autorizado. CLAUSULA 5ª Las partes están de acuerdo en generar un grupo de reclutamiento, semillero, para brindar una oportunidad de empleo temporal, que se ofrezca a jóvenes talentos recién egresados de licenciatura, con el objeto de desarrollar en ellos las competencias Institucionales y los conocimientos necesarios que les permitan en un futuro, incorporarse definitivamente al Instituto constituyéndose como líderes e impulsores del cambio.
3 CLÁUSULA 6ª E X C E L E N C I A E N E L S E R V I C I O Con el fin de asegurar el compromiso de excelencia en el servicio contraído por EL INFONAVIT, con sus derechohabientes, acreditados, patrones y para con la sociedad en general, las partes están conscientes de la necesidad que tiene el Instituto, de modernizarse y adaptarse al continuo cambio; en ese sentido, EL INFONAVIT deberá contar con estructuras flexibles y funcionales que le permitan responder de manera eficiente a las necesidades y expectativas de servicio de sus usuarios. Las partes están de acuerdo, en que el personal debe contar con las capacidades, conocimientos y competencias requeridas para desempeñar su trabajo, de acuerdo a las necesidades de la institución. En base a ese compromiso, las partes acuerdan cumplir cabalmente los lineamentos, rumbo a la excelencia en el servicio INFONAVIT, con el propósito de lograr que nuestro personal responda eficientemente a las necesidades y expectativas de servicio de nuestros derechohabientes, acreditados, patrones y para la sociedad en general, para lograrlo adoptan como objetivos específicos: Incrementar la vocación social y de servicio de nuestro personal Promover la excelencia basada en la satisfacción de servir con eficiencia a nuestros usuarios, principalmente a los de bajos ingresos Fomentar una actitud de excelencia en el servicio hacia nuestros usuarios internos, en beneficio de los usuarios externos. Incrementar la productividad en nuestras actividades de manera que, contribuyamos a reducir costos y tiempos de respuesta. Ejercer la vocación del deber de servicio que define al INFONAVIT y a quienes tenemos el orgullo de formar parte de él. Contagiar la excelencia en el servicio a lo largo y ancho de la organización. Contribuir al bienestar de nuestros trabajadores y sus familias, impulsando la creación de espacios habitacionales sustentables y competitivos que generen comunidades más armónicas y humanas. CLÁUSULA 7ª P A Z L A B O R A L EL INFONAVIT y EL SINDICATO convienen en garantizar que en todos los establecimientos del Instituto, a nivel nacional se logre la paz laboral, entendida ésta como las condiciones colectivas laborales, para que se pueda ejercer el trabajo, como son: posibilidad de ejercicio del liderazgo institucional, personal que acepte ese liderazgo y un sindicato convencido de que sus agremiados deben respetarlo. CLÁUSULA 8ª J O R N A D A D E T R A B A J O La jornada semanal de trabajo será de 40 horas, distribuidas de lunes a viernes de cada semana, salvo que las necesidades de EL INFONAVIT, requieran de otra distribución; el trabajador disfrutará de 30 minutos para alimentos y descanso, al final de la jornada, teniendo prohibido laborar tiempo extraordinario, salvo autorización electrónica u orden
4 por escrito de EL INFONAVIT. El horario general de EL INFONAVIT, será de 8:00 a 16:00 horas. CLÁUSULA 9ª L I C E N C I A S Las partes están de acuerdo en que los trabajadores sindicalizados que sean designados por el Instituto, para ocupar una plaza no sindicalizada, podrán solicitar licencia a su plaza sindicalizada, en los términos de los estatutos del Sindicato o separarse del mismo para poder ser designados al cargo propuesto. En el caso de haber solicitado la licencia a su plaza sindicalizada, el trabajador en cuestión ocupará el puesto no sindicalizado por un término máximo e improrrogable de un año, concluido el cual podrá optar por separarse del Sindicato para seguir ocupando la plaza no sindicalizada o regresar a la plaza sindicalizada que tenía. CLAUSULA 10ª C A L I D A D D E V I D A D E L T R A B A J A D O R Y S U F A M I L I A Concepto Descripción Febrero 2010 Febrero 2011 Febrero 2012 Salario Tabular Tabulador 4 x 4 con niveles certificado Se incrementará con la inflación 2009 que emita Banxico Se incrementará con la inflación 2010 que emita Banxico Se incrementará con la inflación 2011 que emita Banxico Concepto Descripción Aguinaldo -15 mes de salario tabulado, pagadero en dos partes iguales, una la segunda catorcena de marzo y la otra en la segunda catorcena de septiembre. -1 mes de salario tabulado prorrateado en las 26 catorcenas del año. Vacaciones y Prima Vacacional Años de Antigüedad % de Prima Vacacional Días hábiles de vacaciones y , 12 y a ó más El porcentaje de la Prima Vacacional se calculará con base en el salario tabulado, incluyendo la parte proporcional de los descansos semanales sin descuento
5 alguno. Únicamente para efecto de pago, el trabajador podrá recibir como máximo, veintinueve días hábiles. Concepto Descripción Anticipo a cuenta de salario Anticipo a cuenta salario sin intereses a trabajadores de planta con un año o más de antigüedad, que se concede bajo las siguientes: I. BASES 1) DE 1 A MENOS DE 3 AÑOS, HASTA 3 MESES DE 2) DE 3 A MENOS DE 5 AÑOS, HASTA 3 MESES Y MEDIO DE 3) DE 5 A MENOS DE 7 AÑOS, HASTA 5 MESES DE 4) DE 7 A MENOS DE 9 AÑOS, HASTA 6 MESES DE 5) DE 9 A MENOS DE 11 AÑOS, HASTA 6 MESES Y MEDIO DE 6) DE 11 A MENOS DE 16 AÑOS, HASTA 8 MESES DE 7) DE 16 A MENOS DE 21 AÑOS, HASTA 9 MESES DE 8) DE 21 AÑOS EN ADELANTE, HASTA 10 MESES DE II. Los adeudos que se originen por los anticipos que se otorguen de acuerdo a los incisos 1) al 3) se amortizarán con descuentos hasta en un plazo máximo de 104 catorcenas, y para los que se originen de acuerdo a los inicios del 4) al 8), el plazo será de 130 catorcenas. Teniendo como base el descuento señalado en la fracción I del artículo 110 de la Ley III. En el caso de trabajadores eventuales con antigüedad mínima de un año, se les concederá el importe de un mes de salario, más la parte proporcional a la duración de su contrato IV. El trabajador tendrá derecho a redocumentar hasta cuatro veces al año, hasta por el monto de la diferencia resultante entre el máximo a que tenga derecho y lo amortizado. Premio de asistencia Se otorgarán mensualmente 3 días de salario tabulado, a los trabajadores que no tengan retardos, ni faltas injustificadas durante el mes inmediato anterior en que se paguen, se considerarán días laborados: las vacaciones, incapacidades médicas expedidas por el Servicio Médico de Urgencias (hasta 3 días); o las incapacidades médicas expedidas por el IMSS (hasta 5 días); incapacidades provenientes de un riesgo de trabajo; comisiones de trabajo y comisiones sindicales. Fondo de Ahorro Ayuda de despensa El INFONAVIT aportará el 13% del salario tabulado del trabajador y este último aportará el 13% de su salario tabulado, entregándose un préstamo de éste en la primera catorcena de junio, liquidándose la diferencia en la primera catorcena de diciembre El INFONAVIT depositará catorcenalmente en la tarjeta electrónica SI VALE, la cantidad de $ Ayuda de Se depositarán catorcenalmente en efectivo $550.00, Independientemente del salario.
6 Concepto Descripción Transporte Premio de Puntualidad Se pagarán $ pesos catorcenales por este concepto Días de descanso obligatorio Adicionalmente a los establecidos en la Ley Federal del Trabajo, se agregan: El lunes, martes, miércoles, jueves y viernes de la semana mayor; 10 de mayo; 2 de noviembre; 24 de diciembre y el 31 de diciembre Seguro de gastos médicos menores Este beneficio se otorga al trabajador, su cónyuge e hijos menores de 25 años. Seguro de gastos médicos mayores Este beneficio se otorga al trabajador, su cónyuge e hijos menores de 25 años, la suma asegurada por evento será de $2,000, Seguro de protección familiar 40 meses de salario tabulado en los siguientes casos: a) Muerte del trabajador. b) Incapacidad total permanente o parcial del 50% o más, que tenga como consecuencia la terminación de la relación laboral. c) Invalidez definitiva, que tenga como consecuencia la terminación de la relación laboral. d) Doble indemnización por muerte accidental. Por pérdidas orgánicas se pagará de acuerdo a tabla de indemnizaciones Escala B. $48, por concepto de pago de marcha a la muerte del trabajador. $ mensuales por concepto de Seguro Escolar para los hijos de los trabajadores que fallezcan, se jubilen, o se les dictamine una incapacidad total permanente o parcial del 50% o más o en su caso sufran de invalidez definitiva que conlleve a la terminación de la relación laboral, siempre y cuando los hijos sean menores de 25 años y acrediten estar estudiando. Préstamos para la adquisición de auto o Préstamo para la adquisición de bienes de consumo duradero Adquisición de auto con un Monto máximo a prestar de hasta $80,000.00, una tasa de interés del 4.5% anual sobre saldos insolutos y un plazo máximo de pago de 130 catorcenas. Adquisición de bienes de consumo duradero, con un monto máximo de hasta $50,000,00, un interés de 4.5% anual sobre saldos insolutos y plazo máximo de pago de 71 catorcenas. El trabajador no podrá disfrutar de estos dos beneficios de manera simultánea.
7 CLÁUSULA 11ª C O M P E N S A C I Ó N F I J A Y V A R I A B L E La compensación total del personal sindicalizado estará integrada por un Componente Fijo y otro Variable: Compensación Fija (Lo que somos) La Compensación Fija será de acuerdo al tabulador de salarios de dieciséis puestos, con sus respectivos niveles certificados que forma parte de este Contrato Colectivo de Trabajo. ROLES A A B B C C D D ENCARGADO SINDICALIZADO $21, $22, $23, $23, $24, $24, $25, $25, ENLACE NO SINDICALIZADO $21, $22, $23, $23, $24, $24, $25, $25, ANALISTA ESPECIALIZADO SINDICALIZADO $15, $16, $23, $18, $18, $19, $19, $20, SUPERVISOR NO SINDICALIZADO $15, $16, $17, $18, $18, $19, $19, $20, ANALISTA SINDICALIZADO $11, $11, $17, $12, $13, $13, $15, $15, AUXILIAR ESPECIALIZADO NO SINDICALIZADO $11, $11, $12, $12, $13, $13, $15, $15, ASISTENTE SINDICALIZADO $8, $9, $12, $9, $10, $10, $10, $11, AUXILIAR NO SINDICALIZADO $8, $9, $9, $9, $10, $10, $10, $11, Compensación Variable (Lo que aportamos individual y colectivamente al cumplimiento de los objetivos del Instituto) Con el objetivo de promover el desempeño personal, el de los equipos de trabajo y la productividad, se establece la Compensación Variable bajo los siguientes lineamientos: Cada trabajador podrá recibir por este concepto hasta 30 días de salario tabulado anuales, compuestos por: Hasta 15 días de salario al año, sujeto a la Evaluación de desempeño Individual que realiza el jefe inmediato. Esta compensación se otorga de acuerdo a la siguiente tabla: Evaluación de Desempeño Compensación
8 puntos 15 días de salario puntos 12.5 días de salario puntos 10 días de salario 69 o menos No recibe compensación E Desempeño Compensación Adicionalmente, cada trabajador podrá recibir hasta 15 días de salario al año, dependiendo de la Evaluación Global de la Delegación, Coordinación o Subdirección General correspondiente. Esta compensación se otorga de acuerdo a la siguiente tabla: Evaluación de, Evaluación de la Delegación, Coordinación o Subdirección A B C D E Compensación 15 días de salario 10 días de salario 7.5 días de salario 3 días de salario No recibe compensación TRANSITORIA El presente Contrato, se celebra por tiempo indeterminado; su vigencia comprenderá de las 00:01 horas del día uno de febrero del año dos mil diez, a las 24:00 horas del día treinta y uno de enero del año dos mil doce. Enteradas del contenido y alcance del presente Contrato, ambas partes lo firman de conformidad en la Ciudad de México, Distrito Federal el día uno del mes de febrero de dos mil diez. POR EL INFONAVIT POR EL SINDICATO C.P. VICTOR Manuel Borrás Setién Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Arq. Rafael Riva Palacios Pontones Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional del
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