MANUAL DE POLITICAS DE CRÉDITO

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1 MANUAL DE POLITICAS DE CRÉDITO

2 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. ASPECTOS GENERALES 4. RIESGO DE REPUTACIÓN 5. USO, PROTECCIÓN Y RESERVA DE LA INFORMACIÓN 6. ANÁLISIS DE RIESGO 7. MERCADO OBJETIVO 8. ASPECTOS CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS APLICABLES A TODOS LOS PERFILES DE RIESGO 9. PROHIBICIONES AL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO 10. GARANTÍAS 11. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA 12. PROCESO DE APROBACIÓN 13. VALOR MÁXIMO DE ASIGNACIÓN EN UNA LÍNEA DE CREDITO (CUPO) 14. PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO EN CRÉDITO. 15. PLAZO PARA EL DESEMBOLSO DE CRÉDITOS APROBADOS. 16. ASPECTOS OPERATIVOS DE CARTERA 17. POLITICAS GENERALES DE CREDITO 18. CRITERIOS DE CREDITO 2

3 19. REGIMEN DE EXCEPCIONES 20. LINEAS DE CREDITO 21. LINEA ESPECIAL CREDITO DE VIVIENDA 3

4 1. OBJETIVO Definir políticas de otorgamiento de crédito de cartera y parámetros de operación para FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA buscando facilitar el crecimiento seguro del fondo a través de líneas de crédito, mediante la toma de riesgos de crédito controlados y razonables con la capacidad patrimonial del Fondo, minimizar pérdidas económicas, agilizar el recobro de los créditos y garantizar así la obtención de indicadores positivos de liquidez. 2. ALCANCE La política de crédito del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA, determinan las directrices y el curso de acción que deben tomar cada uno de los asociados que intervienen en el proceso de otorgamiento de crédito y recaudo de la cartera. Por lo tanto, todos los asociados que intervienen en el sistema de administración de crédito, deben guiarse, acogerse y regirse a estas políticas con estricta rigurosidad. 3. ASPECTOS GENERALES Cualquier evento que pueda impedir el cumplimiento de los objetivos establecidos por el FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA se tipificará como un riesgo. En materia de crédito la contingencia o proximidad de un evento no deseado, con connotaciones de inseguridad y peligro, con un daño económicamente desfavorable debe ser considerado. La actual política de crédito podrá ser modificada cada vez que el entorno socio-económico del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA así lo requieran o existan aspectos relevantes como por ejemplo: impacto de regulaciones locales y acuerdos comerciales sobre la empresa PRAXAIR COLOMBIA, aspectos de carácter administrativos de los asociados que solicitan crédito, capacidad y antigüedad laboral de los asociados al fondo solicitantes de líneas de crédito, aspectos de carácter político, sensibilidad por parte de las Empresas Vinculo de Asociación a medidas unilaterales de carácter administrativo o gubernamental (acuerdos preferenciales arancelarios, barreras Fito - sanitarias), situaciones de orden público, aspectos que afecten la reputación del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA, acciones y/o practicas que afecten el buen nombre del fondo de sus asociados y/o directivos. 4. RIESGO DE REPUTACIÓN Es política del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA que en cualquier operación se reconozca la importancia de mantener y cuidar en todo momento su reputación, identificando, evaluando, mitigando y controlando cualquier circunstancia que pueda poner en riesgo el prestigio del fondo, sus asociados y sus directivos. Por lo anterior, para el ejercicio de las actuales políticas de crédito, se deben cumplir los procedimientos y controles establecidos por el FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR 4

5 COLOMBIA según su Código de ética y buen gobierno y la legislación sobre prevención y control de lavado de activos y financiación del terrorismo o de actividades ilícitas en general. 5. USO, PROTECCIÓN Y RESERVA DE LA INFORMACIÓN El manejo de la seguridad de la información, cumplimiento de los principios de la seguridad de la información, deberes éticos, manejo de información privilegiada, reserva del asociado y secreto profesional, son una premisa para el FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA. Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 15 de la Constitución Nacional, sobre el respeto a la intimidad personal y familiar de los ciudadanos, el FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA ha establecido las siguientes reglas internas sobre el uso y reserva de información: Los empleados y directivos del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA tienen el deber de guardar reserva y discreción sobre la información relacionada con los mismos sobre aquella propia del fondo, que conozcan en el desarrollo de las funciones asignadas al cargo que desempeñan. Se debe garantizar a los asociados absoluto secreto sobre la intimidad económica total o parcial que depositan en el fondo salvo las siguientes excepciones: Cuando el amparo de la reserva del asociado genere la protección de conductas criminales, abusivas o contrarias a la buena fe que ha de regir el tráfico mercantil, o lo que es más grave aún, resulte encubierta información que facilite la labor de la administración de justicia y de los organismos que con ella colaboran en la lucha por el imperio de la moral y del derecho. Cuando el FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA se encuentre obligado legalmente a permitir el examen y registro de sus "papeles privados". Frente a dichas situaciones y cumplidas las formalidades pertinentes, el deber de discreción desaparece como imperativo de forzosa observancia por parte del fondo. En este caso, la responsabilidad de evitar que sea lesionada la intimidad de asociados inocentes de la entidad que fue constreñida a exhibir su archivo total o parcialmente, corresponde a la autoridad judicial o entidad pública que obtuvo la información de fondo. Cuando el Ministerio Público, ejercido por el Procurador General de la Nación, sus delegados o agentes; el Defensor del Pueblo, los personeros municipales y los demás funcionarios que determine la ley en el ejercicio de sus funciones y a fin de instruir averiguaciones de tipo disciplinario, requieran datos e informes de relevancia probatoria dentro de los procesos respectivos. 6. ANÁLISIS DE RIESGO Se establece que el riesgo de crédito es la posibilidad de que el FONDO DE EMPLEADOS 5

6 PRAXAIR COLOMBIA incurra en pérdidas y se disminuya el valor de sus activos, como consecuencia de que sus deudores o contraparte fallen en el cumplimiento oportuno o cumplan imperfectamente los términos acordados en los contratos de crédito. El análisis del riesgo crediticio tiene como propósito el sometimiento de las solicitudes de crédito al cumplimiento de los requisitos y a la adecuada respuesta a interrogantes claves sobre el comportamiento de los negocios que permitan identificar riesgos para el fondo y llegar a conclusiones sobre la capacidad y las posibilidades de pago por parte de los asociados. Para tal fin se debe evaluar y verificar cada uno de los siguientes factores y requisitos: 6.1 Autorización para consultas y reportes a las centrales de riesgo Desde la etapa de solicitud de crédito se establece la condición que para tramitar cualquier estudio, independientemente de su modalidad, se debe contar indispensablemente con la autorización del asociado para consultar y reportar su información en las centrales de riesgo. 6.2 Conocimiento del asociado Es deber de todos los empleados del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA encargados de administrar las políticas de crédito y cartera del fondo, aportar todos los elementos que permitan la identificación plena del asociado, en los cuales se evidencie la actividad económica especifica de la cual se derivan sus ingresos, su antigüedad y tipo de contrato en las empresas vinculo de asociación. Cuando se evalúen solicitudes de crédito de asociados nuevos de las empresas vínculo de asociación, es importante evaluar y analizar la estabilidad laboral y perspectivas de permanencia del mismo en la empresa. 7. MERCADO OBJETIVO El mercado objetivo del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA son las personas naturales asociadas al fondo con contrato laboral a término indefinido con las empresas vínculo de asociación que tengan estabilidad en sus ingresos dados por su salario con adecuada solvencia moral. Para efectos de la presente Política se entienden por Persona Natural, las Personas diferentes a la Jurídica, identificados mediante una Cédula de Ciudadanía o documento que haga sus veces según las leyes colombianas que reciben ingresos por salarios derivados según su relación laboral con las empresas vinculo de asociación Experiencia Crediticia: Para solicitar cualquier línea de crédito, el asociado debe tener por lo menos una cuenta de ahorros reportada. 6

7 Características: Edad: Desde 18 años para todas las líneas de crédito Ingresos: Mínimo 1 SMMLV. Estabilidad en actividad económica: Mínima de 3 meses que tengan relación contractual laboral con el Fondo de Empleados, o las Empresas que formen el vínculo común de asociación. Trayectoria financiera: El asociado debe por lo menos tener una cuenta corriente o una cuenta de ahorros con una antigüedad no inferior a dos meses. Esta información debe estar confirmada en el reporte de las centrales de riesgo. 8. ASPECTOS CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS APLICABLES A LOS PERFILES DE RIESGO DE ASOCIADO Los activos del asociado no determinan necesariamente el otorgamiento del crédito, son exclusivamente información complementaria para su estudio. Los criterios definidos por la Junta Directiva del fondo son aplicables a todos los asociados sin excepción, según su perfil. 9. PROHIBICIONES AL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO Como política general del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA, se prohíbe otorgar créditos a personas naturales que no cuenten con la calidad de asociados del fondo y no se ajusten a las condiciones descritas en el mercado objetivo según la presente política, o que sus ingresos se deriven de actividades ilícitas. 10. GARANTÍAS El FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA se reservará el derecho de exigir una garantía idónea (admisible) o no idónea (no admisible), dependiendo de la línea y cuantía de la exposición potencial de crédito. Es por esta razón que si bien es cierto que el común de las garantías que respaldan las operaciones de crédito del fondo se circunscriben a pagarés con cartas de instrucciones, en la presente Política de Crédito se hace una descripción amplia de lo que podría constituirse en una garantía, previa autorización de la Junta Directiva del Fondo Clasificación de las Garantías Garantías Idóneas 7

8 Para el caso específico del crédito, lo que se busca con la garantía es amparar la obligación del deudor de cumplir con el pago del préstamo que se le ha otorgado, disminuyendo de esta forma el riesgo de un eventual incumplimiento. Por tanto la función de la garantía es amparar el riesgo implícito en el crédito, es decir, la contingencia que se produzcan perdidas como consecuencia del deterioro de la calidad del préstamo que se haya otorgado. Es importante anotar que la garantía se tipifica como un contrato accesorio cuyo objeto es asegurar el cumplimiento de una obligación principal. Su subsistencia está ligada a la existencia de la principal. Para los propósitos de la presente política de crédito, se entiende por garantías idóneas aquellas seguridades debidamente perfeccionadas que tengan un valor establecido con base en criterios técnicos y objetivos, que ofrezcan un respaldo jurídicamente eficaz del pago de la obligación garantizada al otorgar al fondo una preferencia o mejor derecho para obtener el pago de la obligación y cuya posibilidad de realización sea razonablemente adecuada. Los factores que se evaluarán como mínimo son: Naturaleza, valor, eficacia, cobertura y liquidez de las garantías, según corresponda. Esta garantía puede ser: - Los depósitos contractuales y aportes a cualquier título que tenga el Asociado con el Fondo quedan pignorados como garantía de los créditos concedidos por lo adeudado. Solamente podrán hacer uso de los dineros provenientes de excedentes anuales y los podrá colocar en garantía por escrito a FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA - Cesantías - Fuente líquida de pago (CDT S endosado a favor del fondo) - Prendaría. - Hipotecaria. - Codeudor que ofrezca las garantías detalladas anteriormente. La sola firma de un codeudor solidario se entenderá como garantía no idónea. Los codeudores que no sean Asociados del Fondo, deben ser propietarios de bienes raíces, que se confirmarán presentando copia de la escritura de propiedad, certificado de libertad expedido por la oficina de instrumentos públicos con fecha de expedición no superior a los 8 días y Cédula de Ciudadanía. - Para el beneficio del codeudor que sea Asociado del Fondo en relación con los servicios que el Fondo pueda prestarle, el incremento de la cesantía y aporte del deudor lo mismo que la amortización de la deuda irá liberando en la misma proporción a éste de la obligación adquirida sin que esto represente perder la calidad de codeudor, lo cual subsistirá hasta tanto el préstamo se haya cancelado totalmente. - En caso de retiro de un codeudor(es), que sea empleado de la Empresa y que tenga pignorados los aportes, depósitos contractuales y demás y/o cesantías al Fondo, el deudor deberá presentar un nuevo codeudor o garantía con el fin de liberar al anterior. 8

9 - Si el valor del crédito solicitado es superior al valor total de los depósitos contractuales y aportes en conjunto del Asociado al Fondo, deberá presentar Codeudor a criterio del Comité de crédito y el Gerente. - Es política del FONDO DE EMPLEADOSDE PRAXIAR COLOMBIA que todos los créditos se respaldarán con un único pagaré en blanco debidamente firmado con su respectiva carta de instrucciones firmada y autenticada. En caso de que el comité de crédito o la Junta Directiva indiquen que se debe constituir una garantía idónea, esta se deberá constituir antes de realizar el desembolso de crédito y se debe analizar bajo los parámetros de clasificación y ponderación establecidos en la presente Política según los siguientes atributos: o Los casos excepcionales en los que no aplique el cien por ciento (100%) de las políticas de cartera únicamente serán aprobados por la Junta Directiva del Fondo. Adicional a lo anteriormente citado, las garantías que en su momento podrían ser requeridas por el fondo, se clasifican en idóneas y no idóneas según las siguientes características: 9

10 Garantías Hipotecarias Prendarias sobre vehículos particulares Prendarias sobre vehículos de servicio público Endoso de títulos valores Garantías y avales bancarios (% del valor del bien que se computa como garantía) 70% del valor comercial del inmueble 0% del valor comercial del vehículo para modelos con antigüedad superior a 8 años 50% del valor comercial del vehículo para modelos con antigüedad superior a 6 años 60% del valor comercial del vehículo para modelos con antigüedad mayor a 4 años, y 70% del valor comercial del vehículo para modelos con antigüedad inferior a 4 años. Se incluye el vehículo último modelo 70% del valor comercial del vehículo nuevo (del año). En la medida en que el valor del cupo es un intangible, no se puede pignorar y no se puede recuperar en un proceso ejecutivo, este valor no se podrá computar como valor comercial del vehículo y por lo tanto, no será parte del valor de la garantía. Acciones 100%. Estas acciones deben corresponder a sociedades de reconocida trayectoria en el ámbito nacional. CDT 100% 100% del valor del aval Garantías Hipotecarias Características - Esta garantía deberá ser una hipoteca abierta y sin límite de cuantía, en primer grado sobre bienes raíces ubicados en Colombia. Estudio de la garantía - En el estudio de la garantía deberá analizarse los siguientes documentos: Certificado de Tradición y Libertad original, con el recibo de pago, y con fecha de expedición no mayor a 30 días comunes. Copia de la escritura pública que acredita la propiedad del inmueble. Avalúo comercial del inmueble con fecha no mayor a 30 días comunes, practicado por un perito miembro de la Lonja de Propiedad Raíz, asignado por el fondo cuyo costo será asumido por el asociado. Contrato de promesa de compraventa. Perfeccionamiento de la garantía - La garantía se entenderá como perfeccionada cuando se presente: 10

11 El certificado de tradición y libertad en donde conste la inscripción de la hipoteca en primero grado a favor del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. La primera copia de la escritura que presta mérito ejecutivo Garantía Prendaria sobre vehículos particulares Características - Esta garantía deberá ser una pignoración por el valor comercial del vehículo establecido en Fasecolda. Estudio de la garantía - En el estudio de la garantía deberá analizarse los siguientes documentos: Paz y salvo de la SIJIN, con fecha de expedición no mayor a 30 días comunes. Copia de la tarjeta de propiedad. Contrato de promesa de compraventa. Compromiso de traer la tarjeta de propiedad a nombre del asociado o familiar hasta segundo grado de consanguinidad a más tardar en dos meses Una vez aprobada la garantía, deberá constituirse una póliza de seguros donde figure como beneficiario el FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. Perfeccionamiento de la garantía - La garantía se entenderá como perfeccionada cuando se presente: la tarjeta de propiedad en donde conste la inscripción de la propiedad a nombre del asociado y la prenda a favor del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA Contrato de pignoración de vehículos, con la firma del propietario final y del representante legal del fondo, autenticada Garantía Prendaria sobre vehículos de servicio público Características - Esta garantía deberá ser una pignoración por el valor comercial del vehículo. Estudio de la garantía - En el estudio de la garantía deberá analizarse los siguientes documentos: Debe presentarse factura proforma de un concesionario. Una vez aprobada la garantía, deberá constituirse una póliza de seguros donde figure como beneficiario el FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. Perfeccionamiento de la garantía - La garantía se entenderá como perfeccionada cuando se presente: 11

12 Original y fotocopia autenticada de la tarjeta de propiedad, donde conste la inscripción de la propiedad a nombre del asociado y la prenda a favor del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. Contrato de pignoración de vehículos, con la firma del propietario final y del representante legal del fondo autenticadas ante Notario Público Endoso sobre títulos valores Características - Se aceptará mediante endoso en garantía a favor del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. Estudio de la garantía - En el estudio de la garantía deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos: El aval o garantía deberá estar endosado a favor del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. El valor del aval o garantía deberá ser del 100% del valor garantizado. Perfeccionamiento de la garantía - La garantía se entenderá como perfeccionada cuando: Las nominativas se perfeccionarán con el registro en el libro de acciones. Las de acciones al portador mediante la entrega del título o títulos respectivos al FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA Garantía de avales bancarios Características - Este tipo de garantías podrá otorgarse mediante aceptación bancaria, aval bancario, o mediante cualquier otros medio de respaldo bancario. Estudio de la garantía - En el estudio de la garantía deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos: El aval o garantía deberá figurara a favor del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. El valor del aval o garantía deberá ser del 100% del valor garantizado. La vigencia de la garantía deberá cubrir el plazo del crédito. Perfeccionamiento de la garantía - La garantía se entenderá perfeccionada cuando: sea entregada al FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA Garantía no Idónea Garantía no idónea es aquella que se refiere a la firma del asociado en un pagaré como único instrumento de respaldo del crédito. 12

13 11. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Para el estudio de cualquier producto de crédito el asociado y sus codeudores deberán anexar la documentación descrita a continuación: Documentos Fotocopia del último desprendible de pago Solicitud de crédito debidamente diligenciada Solicitud del Codeudor (si es necesario) 12. PROCESO DE APROBACIÓN El proceso de aprobación de crédito contempla el análisis del historial crediticio del asociado, basado en la consulta a las Centrales de Riesgo, la evaluación se hará adicionalmente mediante un score de crédito, para créditos cuyo monto sea mayor o igual a diez millones de pesos ($ ) este score aplican sobre la calidad crediticia del solicitante y la gestión de análisis de las instancias de crédito establecidas por la Junta Directiva del Fondo. Toda solicitud de crédito será diligenciada directamente por el Asociado indicado el número de cuotas mensual según los descuentos de nómina, más la firma del solicitante. Se comprobará y verificará los requisitos y documentos exigidos para cada préstamo según su modalidad. El estudio y aprobación corresponderá al organismo competente en el siguiente orden: - El Gerente aprobará préstamos hasta (7) siete Salarios Mínimos Legales Vigentes. descontando la obligación pendiente a la fecha. - La Junta Directiva, aprobará préstamos por cualquier concepto sin superar el plazo máximo de (60) sesenta meses y la capacidad de descuento del Asociado. Para el caso de créditos de vivienda el plazo máximo podrá ser hasta de 8 años; los desembolsos de los créditos de vivienda estarán sujeto a la disponibilidad de liquidez del fondo para el desembolso del mismo. - En ausencia del Gerente la aprobación de créditos lo hará el suplente del Gerente. - La GERENCIA informará al comité de crédito el monto máximo que se puede autorizar en cada acta de acuerdo con los recursos que se dispongan en FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA. 13. VALOR MÁXIMO DE ASIGNACIÓN EN UNA LÍNEA DE CREDITO (CUPO) 13

14 Para las líneas de crédito del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA el valor máximo se establecerá siempre basado en la capacidad de descuento del asociado 14. PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO EN CRÉDITO. Todo funcionario y/o directivo del fondo debe recibir un entrenamiento básico sobre los aspectos relativos a la Política de Crédito del fondo y los estatutos del mismo. Adicionalmente se cubrirán los siguientes aspectos sobre las Políticas de Crédito: - Aspectos Generales de la Políticas de Crédito. - Proceso que se sigue en el análisis y aprobación de los créditos. - Los pasos del proceso de estudio y otorgamiento de los créditos ofrecidos por el fondo, haciendo énfasis en el análisis de las solicitudes y la medición de los riesgos en cada uno de ellos. - Normas y exigencias en materia de constitución de garantías y desembolsos, de acuerdo con las políticas de crédito del fondo. - Procedimientos de cartera y cobranza y las regulaciones establecidas por cualquier ente de control interno o externo, público o privado. - Normas sobre lavado de activos y financiación del terrorismo. De igual manera la Junta Directiva del fondo, implementará un plan continuo de capacitación para los funcionarios y directivos del fondo que tengan relación directa o indirecta con la actividad de crédito, el cual, incluirá entre otros, cursos de análisis de crédito según los perfiles de riesgo definidos en esta Política de Crédito, de interpretación del reporte de la CIFIN, de normatividad interna, de normatividad de los entes de control y vigilancia, de gestión del riesgo crediticio. 15. PLAZO PARA EL DESEMBOLSO DE CRÉDITOS APROBADOS. Debido a que los riesgos pueden ser cambiantes y variar según la situación económica, se establecen tiempos máximos de utilización de los créditos aprobados así: - Líneas diferentes a Vivienda: tendrá un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la fecha de su aprobación. - Líneas de vivienda: tendrá un plazo máximo de noventa (90) días contados desde la fecha de su aprobación. La Junta Directiva del fondo podrá ampliar este plazo hasta por un periodo equivalente al doble del inicialmente autorizado, una vez se justifique el retraso. Vencidos dichos plazos, se deberá anular la aprobación, el Gerente del fondo notificará al asociado el plazo establecido para que haga uso de la línea autorizada. En todo caso el Fondo de Empleados revisará que se mantengan las condiciones inicialmente pactadas para el desembolso del crédito, con el fin de minimizar los riesgos. 14

15 16. ASPECTOS OPERATIVOS DE CARTERA Todas las líneas de crédito del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA, se tramitaran por libranza sin excepción Definiciones Línea de Crédito: Corresponde al monto del crédito otorgado. Pagare: Promesa de pago escrita que hace una persona (otorgante) a otra (beneficiario), originado en un contrato anteriormente celebrado por las mismas personas, compraventa, permuta, prestación de servicios, etc. Carta de instrucciones: Si el pagaré es firmado en blanco se requiere una carta de instrucciones debidamente firmada y autenticada que indique la forma en que se diligenciará el título valor. Normas básicas: La políticas de cartera del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA, reflejan un esquema sistémico que delimita las acciones de cada uno de sus actores en favor de la minimización del riesgo y la maximización de valor patrimonial del fondo, por lo tanto, las actividades, decisiones y acciones que vayan en contra de la política son sometidas a procesos de cargos de responsabilidad. Integridad: Todos los asociados que tengan crédito con el fondo, deben contar con toda la documentación completa exigida de acuerdo con el procedimiento para estudio de crédito. 17. POLITICAS GENERALES DE CREDITO Las políticas de crédito representan la parte normativa y disciplinaria del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA e incluyen los procesos, desde la identificación como sujeto de crédito hasta el otorgamiento del mismo. Para efectos de esta política de crédito, las políticas crediticias se entenderán como los lineamientos generales que se rigen por las normas legales y las directrices de la administración, que orientan y garantizan la eficiente gestión del crédito en el FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. La Junta Directiva del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA, es la instancia competente para realizar cualquier modificación a las presentes políticas de crédito. Los aspectos que se contemplan en la presente política de crédito son: Monto máximo de los créditos: No se podrán realizar con un mismo asociado, directa o indirectamente, operaciones activas de crédito, en calidad de deudor principal y codeudor, que conjunta o separadamente excedan el tres por ciento (3%) del valor de los activos del 15

16 FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. y cuya garantía sea el patrimonio del deudor o codeudor. Se entenderán otorgadas a una misma persona natural, los créditos concedidos a su cónyuge, compañero o compañera permanente y los parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y único civil. Aunado a lo anterior, en cumplimiento del numeral 5.2 del Capítulo XIV de la Circular Básica Contable y Financiera 0013 de 2003, ningún asociado podrá tener créditos, que separada o conjuntamente excedan el diez por ciento (10%) del patrimonio técnico del fondo, si la única garantía de la operación es el patrimonio del asociado. Sin embargo, cuando se cuenten con garantías o seguridades admisibles suficientes, podrá acceder hasta el 15% del patrimonio técnico. La presente política establece para el fondo un estándar menor al establecido en esta norma, por protección de los activos de los asociados al fondo. Monto mínimo de los créditos: Es política del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA no establecer montos mínimos en ninguna clase de financiación, dado que de acuerdo con el carácter solidario del Fondo, las necesidades de sus asociados serán atendidas según el análisis de riesgo indistintamente de su cuantía. 18. CRITERIOS DE CREDITO Se definen como criterios de crédito todos los aspectos técnicos que se refieran a cálculos cuantitativos inmersos en la determinación de variables de ingreso, egresos y tópicos referentes al cálculo del máximo a otorgar por línea de crédito, según los conceptos establecidos en la Ley de Libranza de Colombia. Así mismo son criterios de crédito las líneas de corte de los puntajes de crédito utilizados según la presente Política de Crédito, la cual se estable en 450 puntos La instancia competente para realizar cualquier modificación a los criterios de crédito del fondo será el Junta Directiva Los criterios de aceptación de riesgos de crédito para el FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA, se circunscriben primeramente a los siguientes factores: a. Que la información consignada por los asociados sean verificables b. Que exista una referenciación positiva de los solicitantes por parte de las referencias consignadas en el formulario de vinculación. c. Que cumplan con las siguientes normas básicas de comportamiento y referenciación en la Centrales de Información: Asociado Que el estado de su identificación (Cédula de Ciudadanía, Pasaporte u otro tipo de identificación) no sea diferente a Vigente. 16

17 Se excluyen como sujetos de crédito los solicitantes que cuenten con por lo menos uno de los siguientes factores: Asociados con cuentas (Corrientes y de Ahorros) en estado activa embargada o inactiva embargada. Asociados con pérdida de derechos políticos Asociados con moras actuales mayores a 1 mes en telefonía celular. SE REQUIERE PAZ Y SALVO, para dar trámite a la solicitud de crédito. Se resalta que como parte complementaria en los criterios de aceptación para asociados con solicitudes de crédito mayores o iguales a diez millones de pesos ($ ) se utilizará el score de crédito denominado Clear score el cual tendrá una línea de corte de 450 Puntos, esto es que a partir de dicho puntaje que es reportado se tendrá como factor de aceptación si el puntaje está por debajo de 450 será tomado como un factor de no aceptación. 19. REGIMEN DE EXCEPCIONES Definición de excepción: Para efectos de la presente Política de Crédito, se entiende como excepción aquellas situaciones que no cumplen con las políticas de crédito o de los criterios de otorgamiento. Todas las excepciones o aspectos que no queden cubiertos en este manual deben ser validados y aprobados por la Junta Directiva del fondo. No serán objeto de excepción situaciones como: Asociados sin capacidad de descuento. Asociados que presenten cartera morosa con el fondo. Asociados que presenten embargos por alimentos vigentes al momento del análisis de la línea de crédito. Asociados con pérdida o suspensión de sus derechos políticos. Las solicitudes de crédito, en calidad de deudor principal o codeudor, radicadas por empleados y/o directivos del fondo. Operaciones que por desconocimiento del asociado puedan dar lugar a riesgos de reputación para el fondo, de manera directa o indirecta o que puedan incurrir en el incumplimiento en las normas de control al lavado de activos. Operaciones que impliquen una trasgresión o violación de las normas legales colombianas vigentes. Falta de datos de localizaciones y/o identificación del asociado. Asociados relacionados en las listas vinculantes en actividades de lavado de activos y financiación del terrorismo. 20. LINEAS DE CREDITO 17

18 EL FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA prestará a sus Asociados los servicios de Créditos de conformidad con los Estatutos, normas legales, principios de ayuda mutua y el presente Manual. La interpretación del presente Manual o los vacíos que surgieren en él, serán resueltos en primera instancia por los estatutos y las leyes vigentes. Todos los Asociados que estén en pleno goce de sus derechos al tenor de lo establecido en los Estatutos podrán hacer uso de los servicios de crédito de acuerdo con las políticas de crédito del fondo y lo establecido en el presente manual que hace parte del numeral 20 de las políticas de crédito del fondo CUANTIAS MAXIMAS La cuantía del préstamo que concede EL FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA a sus asociados estará regulada por los siguientes factores: Independientemente de monto y/o destino del crédito el otorgamiento de cualquier línea se circunscribe a la Capacidad de Descuento del Asociado, de acuerdo con lo establecido por la Ley de libranzas de Colombia, teniendo en cuenta como único factor el salario del Asociado. Monto del Crédito de acuerdo con el valor de los ahorros, nivel salarial y Capacidad de Descuento del Asociado con las limitaciones que se establezcan por razón de la destinación del préstamo y el tiempo máximo para el pago. Años de servicio en la compañía Antigüedad en el fondo establecida según la línea de crédito. Información de centrales de riesgo, previa aprobación de la consulta por parte del asociado. Cumplimiento del Asociado en el pago de sus obligaciones con EL FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA. El asociado tendrá créditos según lo establecido en las líneas de crédito del presente manual (ver numeral 20.8) RECURSOS Las operaciones que realice el Fondo beneficiarán prioritariamente al Asociado. - Recursos para la ejecución del servicio de crédito. El servicio del crédito contará con recursos provenientes de los siguientes medios: Aportes Sociales y depósitos contractuales de los Asociados. Las amortizaciones de los créditos que cancelen los Asociados en cumplimiento del pago de sus obligaciones. Con los prestamos que obtenga el Fondo, para atender las demandas de créditos, previa autorización de Junta Directiva. Con el valor de las reservas que constituye el Fondo para protección de su cartera. Con los demás valores que estén en función del servicio de Ahorros y Crédito. 18

19 20.3 REQUISITOS PARA HACER USO DEL SERVICIO. Tener como mínimo dos meses de ingreso a la Empresa y 3 meses de estar afiliado al FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA a excepción del crédito para Educación para inicio escolar, primaria, bachillerato, carreras técnicas y universitarias mínimo seis (6) meses, Educación postgrado que se solicita estar vinculado 1 año y Vehículo y vivienda que se requiere estar vinculado al Fondo de Empleados como mínimo (18) dieciocho meses. Efectuar un ahorro periódico mensual de conformidad con el presente Manual. Encontrarse al día en sus obligaciones con el Fondo. Demostrar la capacidad de descuento para cancelar la obligación. El Fondo, si lo considera necesario, podrá solicitar información especial adicional, que el Asociado estará obligado a presentar. Abstenerse de beneficiar a terceros diferentes del grupo familiar con los servicios del Fondo. Cumplir con las políticas de crédito del fondo. El asociado que pignora las cesantías, amparados en el artículo 344 de código Sustantivo del Trabajo estará en la obligación de presentar el saldo que posee. Los créditos solicitados por los funcionarios y /o directivos del fondo no son sujetos a excepción alguna (ver régimen de excepciones) y serán visados por la Junta Directiva. En casos especiales o de calamidad domestica, la Junta Directiva podrá autorizar montos, superiores a lo establecido en las líneas de crédito citadas en este manual, previo análisis de los documentos y pruebas respectivas. Las modalidades de vehículo y educación solo se podrán solicitar nuevamente, siempre que la correspondiente obligación anterior por estos conceptos se haya cancelado en un 80%. En caso de producirse la terminación del contrato de trabajo y por consiguiente el retiro forzoso del Asociado, el saldo de las obligaciones se hace exigible inmediatamente, deduciéndolo de los aportes y depósitos contractuales. Si estos fueren insuficientes se solicitará descontar el excedente de la liquidación final de las Acreencias Laborales, para el saldo de la deuda posterior a las deducciones se realizará un acuerdo de pago, en caso de incumplimiento en este acuerdo se procederá a ejecutarán las garantías de la(s) deuda(s) NORMAS RELATIVAS A LA DESTINACION En el momento que se establezca que a los recursos del préstamo se le dio una destinación diferente para el que fue solicitado o de cualquier otra forma se incumplan o demeriten las garantías, se hará exigible la totalidad de la deuda. La Gerencia del fondo está obligada a informar a la Junta Directiva sobre esta anomalía LICENCIAS NO REMUNERADAS 19

20 Cuando el Asociado entre en mora en el pago de las obligaciones debido a licencias no remuneradas por más de un mes se le cobrará un interés equivalente vigente en el mercado financiero PRORROGAS Y/O REAJUSTES Sobre los préstamos otorgados, no se concederán prórrogas o reajustes. Sin embargo se concede un retanqueo de los préstamos cuando el Asociado haya cancelado el 50% del préstamo anterior. Todo asociado que haya cancelado por lo menos el 30% del valor de su crédito equivalente en el numero de cuotas pactadas inicialmente o al capital desembolsado inicialmente, tendrá derecho a realizar un nuevo crédito por el valor máximo de la línea de crédito solicitada sujeto siempre a su capacidad de descuento, con el nuevo crédito pagará el saldo del crédito pendiente LÍNEAS DE CRÉDITO Todas las líneas de crédito estarán sin excepción sujetas a la capacidad de descuento del asociado según la Ley de Libranza de Colombia así: LINEA TIEMPO REQUISITOS MONTO Educación para inicio escolar primaria y Bachillerato Destinado a la ayuda de los gastos 1 año de los hijos del de educación asociado para matriculas y pronto pago en colegios. * Demostrar la calidad idónea del hijo *Se realiza solo en los meses de Enero a Febrero y para Calendario B de Julio a Agosto. * Estar asociado como mínimo seis (6) meses en el FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA. *Debe presentar fotocopia de la orden de matrícula y demás gastos que incluyan el ingreso como Ruta, Biblioteca entre otros. *Para Pago anticipado presentar carta informando el valor total por el año y el descuento que otorga el colegio, comprometiéndose a traer a más tardar 5 días después del desembolso la copia del recibo cancelado. Se prestará hasta (3) tres veces sus ahorros y aportes. Educación Carrera Intermedias y Universitarias asociados e Hijos y Compañera permanente. 1 año Destinado a la ayuda de los gastos del asociado para carreras intermedias y universitarias * Fotocopia de orden de matrícula. * Educación formal, tecnológica o profesional. * Para solicitar Se prestará hasta (3) nuevamente el crédito es necesario haber cancelado el 80% del tres veces sus anterior * Para Compañera permanente e hijos ahorros y aportes. demostrar la calidad idónea de parentesco. * Mínimo 6 meses de afiliación al Fondo de Empleados Educación Postgrado Asociados e Hijos y Compañera permanente. Destinado 3 años a la ayuda de los gastos del asociado para carreras intermedias y universitarias * Fotocopia de orden de matrícula. * Para solicitar nuevamente el crédito es necesario haber cancelado el Se prestará hasta 80% del anterior * Para Compañera permanente e (6) seis veces sus hijos demostrar la calidad idónea de parentesco. ahorros y aportes. * Mínimo 1 año de afiliación al Fondo de Empleados 20

21 1 año Salud Destinado a tratamiento dental básico, ortodoncia, optometría y Financiación de formulas, marcos o lentes, 2 años tratamientos médicos, vacunas y cirugías que no cubre el POS o que requieren un copago de más de 5 SMLV. Tratamientos de estética y belleza 3 años * Soporte médico y/o cotización * Cubre Núcleo familiar básico Se prestará hasta (4) cuatro veces sus ahorros y aportes, máximo 10 SMLV, se tendrá en cuenta la Capacidad de Descuento. Electrodomésticos 1 año 2 años 3 años -Almacén de cadena en convenio con el Fondo de Empleados Se prestará hasta (4) cuatro veces sus ahorros y aportes. Computador 1 año 2 años 3 años Mínimo estar afiliado 6 meses se prestará máximo 20 SMLV Mejoras de Vivienda convenios y cotizaciones) (según 5 años Mejora de vivienda del Asociado: Cuando la vivienda a ser reparada o mejora sea propiedad del asociado o grupo familiar (esposa e hijos) y este lo soporte con el Certificado de Libertad. Mejora de vivienda Familiar: cuando la vivienda a ser reparada o mejorada sea propiedad de los padres del asociado y éste conviva con ellos. Se soportará con el Certificado de Libertad y copia de la cédula Se prestará hasta de los padres. diez (10) veces sus ahorros y aportes. Documentos 1. Copia escritura del bien.2. Certificado de tradición y libertad original del inmueble con fecha de expedición no mayor a 30 días.3. Pagaré y libranza.4. Contrato de mejoras de vivienda autenticado.5. Presupuesto de obra.6. Presupuesto de materiales según Convenio u otra establecida por el asociado, con fotocopia del RUT. Vehículo Se destinará para compra de vehículo, 5 años reparación del motor o carrocería y amortización de deuda. * Para asociados cuya afiliación al Fondo no sea inferior a dos años * Fotocopia de la tarjeta de propiedad del vehículo * Fotocopia de la cedula de quien le vende * Certificado de libertad del vehículo * Compromiso de traer la Se prestará hasta tarjeta de propiedad a su nombre a más tardar en dos meses diez (10) veces sus * Pignoración del vehículo a criterio de la Junta directiva y el Gerente * ahorros y aportes. Abonar el 100% de la prima legal y extralegal y demás garantías de pago que considere la gerencia y Junta directiva. * Se pueden realizar abonos adicionales por consignación y/o transferencia. Consumo 2 meses Ingresos 10 SMLV, Se entiende como compras de mercado únicamente y son autorizadas hasta 2 SMLV; al asociado por el Fondo en establecimientos que se tenga convenio. ingresos mayores a Su intención es de solidaridad con todos los asociados. 10SMLV hasta 4 * Almacén de convenio. SMLV. 21

22 Calamidad Doméstica Según Solicitud La cuantía y plazo * Se deberá hacer una solicitud por escrito explicando la situación de los prestamos los * Si es necesario presentar los documentos que demuestren la estudiará la Junta idoneidad de la información, a criterio de la junta directiva y la gerencia del Fondo. Directiva y Gerencia del Fondo Libre inversión 3 años Hasta el doble del valor ahorrado y aportado Se prestará hasta cuatro (4) veces sus ahorros y aportes. Extraordinario 6 meses Extra cupo Hasta $ Anticipo prima Vacaciones 1 año 2 años 3 años * Presentar carta de aprobación de las vacaciones por parte de la Compañía. Hasta el 50% del total de primas. Junio y Diciembre. Se prestará hasta dos punto cinco (2.5) veces sus ahorros y aportes. Tarjeta GES 3 años * El afiliado que desee obtener la tarjeta debe solicitarla por medio del Formato (F 012) * El cupo es rotativo * Consumos diferidos automáticamente a 36 meses * Para cambio en los plazos fijados por consumo se debe informar al Fondo los lunes de cada semana. * Esta asignación de cupo remplaza línea de crédito Extraordinario. * El asociado firmará como garantía un pagaré en blanco con su respectiva carta de instrucciones. * Será establecido por EL FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA. Las tasas de intereses serán revisadas periódicamente por el comité de crédito y será el comité de crédito en conjunto con la Gerencia del Fondo quien establecerá las mismas INTERESES Los intereses de todas las modalidades de préstamos, se cobrarán mensualmente. Al salir el Asociado a vacaciones los intereses vencidos se descontara en el siguiente pago PERIODICIDAD La periodicidad del pago de los créditos será vencido mensual y en todo caso aplicará bajo la modalidad de libranza con las empresas vinculo de asociación. Los porcentajes de amortización mensual podrán ser incrementados por el asociado. Los porcentajes de las primas no podrán ser incrementados. Los montos y los plazos para créditos en todas las modalidades podrán ser modificados por la Junta Directiva y de ello se 22

23 informará a los asociados mediante circular, adicionalmente deberá realizarse la actualización al presente manual. Lo créditos otorgados mediante la modalidad de extraordinario y que cuyo pago se efectúe con las prestaciones del asociado (vacaciones), requerirán del visto bueno de la Dirección de Recursos Humanos de PRAXAIR COLOMBIA, con el fin de asegurar que las vacaciones se encuentren causadas y efectuada la aprobación de su fecha de disfrute CANCELACIÓN OBLIGACIONES CON UNA NUEVA OPERACIÓN CREDITICIA. Los Asociados podrán acceder en cualquier momento a un crédito hasta por el cupo máximo y con éste solicitar la cancelación de los saldos de créditos pendientes siempre y cuando haya abonado como mínimo un 30% de dichos créditos y su equivalente en número de cuotas. 21. LINEA ESPECIAL CREDITO DE VIVIENDA Se entiende por este tipo de crédito el que utiliza el asociado para compra, construcción, ampliación, financiación de cuotas iniciales en la adquisición de vivienda, compra de terrenos destinados a la construcción de vivienda, cancelación de gravámenes hipotecarios que garanticen créditos de vivienda y costos notariales, regístrales o de rentas departamentales. En todos los casos, el asociado debe figurar como titular del inmueble MONTO TOTAL El monto máximo para este préstamo se establece en diez (10) veces el ahorro permanente del asociado y máximo cincuenta (50) SMLV, siempre sujeto a la capacidad de descuento del asociado según la Ley de Libranza de Colombia. Se realiza un compromiso real, debidamente soportado, de sus primas, cesantías o un porcentaje de ellas. Es de aclarar el monto del préstamo en ningún caso excederá la diferencia entre el setenta por ciento (70%) precio de compra del inmueble o el valor actualizado del gravamen hipotecario o el valor noventa por ciento (90%) presupuestado de las reformas locativas o el valor de la obra a construir en el lote de propiedad del asociado o de su cónyuge permanente PLAZO Y FORMA DE PAGO El plazo máximo para la cancelación de este préstamo será de 8 años Dentro de este rango de tiempo el asociado podrá optar por el plazo que más se ajuste a sus necesidades y posibilidades. 23

24 El usuario del crédito a parte de las cuotas establecidas: mensual y de la prima puede hacer pagos extraordinarios por consignación en la cuantía que desee, en las cuentas del FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA. Autorizar a la empresa que genera el vínculo de asociación (PRAXAIR COLOMBIA) para que entregue al Fondo la mitad de la prima de servicio legal y extralegal que se cancela en junio y diciembre. Autorizar a la empresa que genera el vínculo de asociación (PRAXAIR COLOMBIA) para que entregue al Fondo el valor de la cesantía parcial liquidada anualmente durante el tiempo pactado para la cancelación de la obligación COSTO DE FINANCIACIÓN Se cobrarán por esta línea de crédito intereses mes vencido, según lo establecido por el comité de crédito del fondo DESTINO - Adquisición de vivienda nueva o sobre planos, usada o lote. - Cuota inicial para adquisición de vivienda. - Cancelación o amortización de gravamen hipotecario que pese sobre el inmueble propiedad del afiliado o de su cónyuge. - Construcción de vivienda en lote del asociado o de su cónyuge. - Cambio de vivienda tendiente a mejorar sus condiciones de ubicación y comodidad REQUISITOS Para tener derecho al cupo de vivienda se requiere - Antigüedad como asociado del FONDO DE EMPLEADOS DE PRAXAIR COLOMBIA no inferior a dos (2) años. - Contar en el momento de solicitar el préstamo con un ahorro mínimo equivalente al 8% del valor del crédito, para aplicar a su solución de vivienda. Que el recurso del crédito se utilice para adquisición y construcción sea de propiedad del asociado o de su cónyuge, o para cancelación o amortización de gravamen hipotecario que pese sobre el inmueble de propiedad del asociado o de su cónyuge. - Para atención de gravamen hipotecario, reforma o construcción, fotocopia autenticada de la matrícula inmobiliaria en que conste el gravamen hipotecario DOCUMENTACION - Diligenciamiento del formato Solicitud de crédito ( F -002) - Para adquisición de vivienda nueva, usada y cuota inicial. - Copia de la promesa de compraventa 24

25 - Registro de Matrícula Inmobiliaria (expedición no mayor de 30 días) sobre propiedad y libertad del inmueble materia de la promesa de compraventa, libre de embargos y pleitos judiciales. Para atención de gravamen hipotecario - Registro de la matrícula inmobiliaria (expedición no mayor de 30 días) en que conste el gravamen hipotecario por la adquisición o reforma locativa de la vivienda. - Certificación de la entidad financiera sobre el valor actualizado de la deuda. Para construcción en lote del asociado o del cónyuge: Registro de matrícula inmobiliaria (expedición no mayor de 30 días) en que conste la propiedad del inmueble. - Licencia de construcción aprobada por planeación municipal y presupuesto por valores unitarios de la obra a realizar. Contrato autenticado de ejecución de los trabajos (previa verificación por parte de un perito del fondo). Para adquisición de vivienda sobre planos: - Presentar constancia del permiso de venta por parte del constructor o vendedor. - Registro de matrícula inmobiliaria (expedición no mayor de 30 días) en que conste la propiedad del lote. - Copia de la promesa de compraventa o contrato de construcción. La protocolización de la garantía hipotecaria debe cumplir con los preceptos del numeral del presente manual 21.7 ASPECTOS OPERATIVOS DEL DESEMBOLSO Las sumas de crédito otorgadas con destino a solución de vivienda o atención de gravamen hipotecario, serán giradas directamente a favor del promitente vendedor o al acreedor hipotecario, una vez constituidas las garantías estipuladas para este préstamo. A partir de la fecha del desembolso del crédito de vivienda, el asociado beneficiario dispone de tres (3) meses calendario para legalizar a favor del fondo la hipoteca del inmueble adquirido, la cual podrá ser hasta de segundo grado. De no ser así, el monto adeudado se convertirá en préstamo de libre inversión. Durante el periodo transcurrido entre el desembolso y la constitución de la hipoteca, el asociado debe respaldar el crédito, de manera temporal, con un codeudor con finca raíz, de quien debe anexar certificado de libertad y 25

26 tradición del inmueble con expedición no mayor de treinta (30) días, a criterio de la Junta Directiva y la Gerencia. Para adquisición de vivienda sobre planos los dineros se entregarán directamente al constructor. Para construcción en lotes, reformas locativas, se entregarán los dineros directamente al solicitante. El asociado con deuda insoluta de vivienda en el fondo que decida vender su propiedad, deberá cancelar la deuda del crédito de vivienda para que el fondo le levante la hipoteca. Si la venta se hace para adquirir otro inmueble el fondo autorizará levantar la hipoteca para este trámite, respaldando temporalmente su deuda con un pagaré con uno o dos codeudores solidarios que cumplan los requisitos nombrados en este manual. En este caso el asociado dispondrá de noventa (90) días para legalizar su transacción y presentar nuevamente al fondo la hipoteca abierta que respalda su crédito. Vencido este plazo el fondo cobrará por la deuda insoluta la tasa de libre inversión hasta la legalización o cancelación de la deuda. En caso de retiro laboral del asociado con deuda insoluta de vivienda en el fondo, éste se obliga a abonar sus cesantías a la deuda, para lo cual deben quedar debidamente pignoradas al firmar el contrato de compra venta, y a cancelar el saldo en la siguiente forma: El plazo para cancelación será el número de períodos (n) que le faltaba al asociado para cancelar la deuda en el fondo. En caso de mora en la amortización de sus cuotas, se cobrará el interés de acuerdo a la tasa máxima permitida según lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia sobre cuotas debidas. No es responsabilidad del fondo la firma por parte del asociado ni en cuantía ni en tiempo de promesa o contrato de compra venta, contrato de construcción o comprometerse económicamente en alguna forma hasta cuando el comité de vivienda apruebe el respectivo préstamo, la firma de uno de estos instrumentos por parte del asociado no obliga al fondo a la aprobación total ni parcial de la solicitud de crédito de vivienda. Son a cargo del asociado todos los gastos y erogaciones que ocasionen los documentos que soporten cualquier transacción de compra y/o venta de inmueble o erogaciones derivadas de contratos, registros, trámites, impuestos u otros que demanden el trámite legal de las operaciones, para estos costos el asociado podrá solicitar un aumento de su cupo siempre y cuando tena capacidad de descuento CREDITO PUENTE DE VIVIENDA Es un crédito puente aquel crédito que nace con finalidad de compra de vivienda nueva o usada (no aplica para remodelación y/o ampliación). Este crédito consistirá en el adelanto hasta de un veinticinco por ciento (25%) del valor del cupo aprobado para crédito de vivienda 26

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