CAPÍTULO III LÍNEAS DE CRÉDITO
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- María del Carmen Fuentes Palma
- hace 10 años
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1 CAPÍTULO III LÍNEAS DE CRÉDITO Los cupos para cada línea de crédito, tasas de interés, plazos, rotación y gastos de administración serán fijados única y exclusivamente por el Consejo de Administración de COOUNIBOSQUE (Anexo 1), los cuales se podrán modificar dependiendo de la situación económica de la cooperativa y del análisis financiero que de la misma se haga. Coounibosque cuenta con las siguientes líneas: 1. EDUCACIÓN 2. VIVIENDA 2.1. Compra de vivienda o lote Pago de hipoteca Construcción de vivienda en lote propio Impuesto predial y de valorización Mejoras locativas de vivienda propia Gastos de notariado y registro para compra y venta de vivienda propia. 3. SALUD 4. CALAMIDAD DOMESTICA 5. TARJETAS DE SERVICIOS GES 6. LIBRE INVERSION 7. PRESTAMO TRANSITORIO 7.1. Adelanto de mensualidad 7.2. Adelanto de prima 8. VEHICULO 8.1. Compra 8.2. Reparación y pago de impuestos. 9. CREDITO PARA DESARROLLO EMPRESARIAL 10. CONVENIOS
2 11. COMPRA EQUIPO DE CÓMPUTO 12. REESTRUCTURACION DE CREDITOS: 1. EDUCACION: Destinado a cubrir las matriculas y pensiones de educación formal y formación para el trabajo y el desarrollo humano. Tendrán cobertura para este crédito: a) Los afiliados solteros(as) y sus hijos reconocidos menores de dieciocho (18) años o hasta los veintisiete (27) años cuando demuestren la calidad de estudiante y dependan económicamente del asociado. b) Los afiliados(as) casados(as), su cónyuge o compañero(a) permanente y los hijos reconocidos hasta los veintisiete (27) años cuando demuestren la calidad de estudiante y dependan económicamente del asociado. Parágrafo: 1. En el caso de hijos discapacitados reconocidos, no se tendrá en cuenta el límite de edad. Documento que acredite parentesco. Fotocopia de la orden de matricula o certificación de la institución educativa donde conste nombre, valor a pagar y periodo académico. Certificado de discapacidad expedido por la EPS respectiva. Parágrafo: el giro se hará directamente a la Entidad Educativa o reembolso al asociado, en este último caso la solicitud se debe tramitar en un plazo máximo de 30 días después de haber efectuado el pago. 2. VIVIENDA Esta línea cubre: compra de vivienda, lote, pago de hipoteca, construcción de vivienda en lote propio, impuesto predial y de valorización, mejoras locativas de la vivienda propia, gastos de notariado y registro para compra y venta de vivienda propia.
3 2.1. COMPRA DE VIVIENDA O LOTE: BENEFICIARIOS: los asociados, teniendo prioridad los que demuestren no tener vivienda propia. Tener como mínimo doce (12) meses de antigüedad como asociado. Recibo de separación, constitución de fiducia o promesa de compraventa. Pignoración de cesantías únicamente para vivienda. Presentación del certificado de tradición y libertad (con vigencia no mayor a noventa (90) días) a nombre del afiliado, seis (6) meses después del desembolso o en el lapso pactado en la promesa de compraventa. Hipoteca en primer grado a favor de Coounibosque. No tener crédito vigente por pago de hipoteca con Coounibosque. Avalúo técnico por peritos certificados por la Lonja de propiedad raíz. Constituir póliza de incendio y terremoto. Parágrafo 1: el giro se hará directamente al vendedor del inmueble o se reembolsará al asociado, en este último caso la solicitud se debe tramitar en un plazo máximo de noventa (90) días después de haber efectuado el pago. Parágrafo 2: si el crédito solicitado es con saldo a favor no se requiere hipoteca ni avaluó técnico PAGO DE HIPOTECA: BENEFICIARIOS: asociados con hipoteca sobre bienes propios. Tener como mínimo doce (12) meses de antigüedad como asociado. Certificación expedida por el titular de la hipoteca que indique el saldo de la obligación. Certificado de tradición y libertad, con vigencia no mayor a noventa (90) días, del bien afectado por la hipoteca. Hipoteca en primer grado a favor de Coounibosque. No tener crédito vigente por compra de vivienda con Coounibosque. Avalúo técnico por peritos certificados por la Lonja de propiedad raíz, no mayor a un año. Parágrafo: el giro se hará directamente a la entidad o persona que libera la hipoteca.
4 2.3. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA EN LOTE PROPIO: BENEFICIARIOS: asociados que demuestren tener lote propio. Tener como mínimo doce (12) meses de antigüedad como asociado. Adjuntar certificado original de tradición y libertad del bien, con vigencia no mayor a 90 días. Contrato de obra con firmas autenticadas. Cotización de materiales. Licencia de construcción aprobada por la entidad competente de acuerdo a la ubicación del lote, no mayor de dos (02) años de expedición. Carta personal donde explique los recursos con que cuenta para cancelar la totalidad de la obra, en el evento en que ésta supere el valor del crédito. Cuando la garantía es hipotecaria se debe presentar el último pago del impuesto predial y el avalúo comercial del bien (lote) expedido por entidad inscrita en la Lonja de propiedad raíz, con el fin de establecer el valor del inmueble para el seguro de incendio y terremoto. Parágrafo 1. El inmueble no puede estar constituido como patrimonio de familia, tener afectación de vivienda familiar, encontrarse embargado o tener cualquier otra limitación de dominio. Parágrafo 2. Se exige la firma del cónyuge como aval de la obligación IMPUESTO PREDIAL Y DE VALORIZACION: BENEFICIARIOS: Asociados con vivienda o lote propio. Certificado de tradición y libertad con vigencia no mayor a noventa (90) días. Fotocopia del recibo del impuesto MEJORAS LOCATIVAS DE VIVIENDA PROPIA: BENEFICIARIOS: asociados con vivienda propia. Certificado original de tradición y libertad del inmueble, con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días. Cuando en el certificado de libertad del inmueble figura como lote, se deberá
5 presentar documento oficial probatorio del área construida. Contrato de obra con firmas autenticadas. Cotización de materiales. Soportes de la inversión en un plazo máximo de sesenta (60) días GASTOS DE NOTARIADO Y REGISTRO PARA COMPRA Y VENTA DE VIVIENDA PROPIA. BENEFICIARIOS: Todos los asociados. Liquidación o recibo de pago de gastos notariales Liquidación o recibo de pago de gastos de beneficencia y registro Parágrafo: Se hará el reembolso en un término no mayor a treinta (30) días después de efectuado el pago. 3. SALUD: BENEFICIARIOS: Los afiliados solteros(as), sus hijos reconocidos y los padres del asociado. b) Los afiliados(as) casados(as), su cónyuge o compañero(a) permanente, sus hijos reconocidos y los padres del asociado. COBERTURA: Pago de Honorarios médicos, paramédicos y odontológicos. Compra de elementos ortopédicos, de rehabilitación, prótesis y medicamentos. Pago de tratamientos hospitalarios y/o quirúrgicos. Pago de exámenes de diagnóstico y de laboratorio. Certificado u orden expedida por el médico, odontólogo o entidad de salud que contenga: fecha, nombre del paciente, clase de examen, intervención o tratamiento, fecha del procedimiento y valor. Cuentas de clínicas, hospitales o centros médicos, discriminando los servicios y el valor. Parágrafo: se deben adjuntar los soportes que comprueben los pagos realizados en un plazo máximo de treinta (30) días.
6 4. CALAMIDAD DOMESTICA Con esta modalidad de crédito COOUNIBOSQUE otorga recursos para cubrir calamidades domésticas comprobadas del asociado. Entiéndase por calamidad doméstica: todo caso fortuito o de fuerza mayor, que afecte la salud y la estabilidad económica del asociado, colocándolo en estado de indefensión, que no le permita asistirse por si mismo. COBERTURA: Gastos funerarios por fallecimiento de los hijos reconocidos, padres, cónyuge o compañero(a) permanente del asociado. Gastos ocasionados por reparaciones a daños causados por incendio, inundación, derrumbamiento u otro siniestro en la vivienda del asociado. Reposición de bienes y enseres que hayan sido hurtados o robados de la vivienda del asociado. Otro incidente que afecte la situación o la vida económica del asociado de manera imprevista y severa que no dependa de la voluntad del asociado. Certificado de defunción. Constancia de pagos por gastos funerarios. Cotización de la reparación de los daños o reposición de los bienes, previa verificación personal de un funcionario de la Cooperativa. Copia de la denuncia correspondiente para los casos de hurto o robo. Los soportes que el comité de crédito considere pertinentes. 5. TARJETAS DE SERVICIOS GES: Mediante esta modalidad de crédito COOUNIBOSQUE, concede recursos a sus asociados con el fin de facilitarles la adquisición de bienes y servicios ofrecidos por las diferentes instituciones con las que el GRUPO EMPRESARIAL SOLIDARIO GES realice convenios. Firmar pagaré en blanco y carta de instrucciones. 6. LIBRE INVERSION: Esta línea de crédito es para financiar la adquisición de bienes y servicios del asociado.
7 BENEFICIARIOS: Todos los asociados. 7. PRESTAMOS TRANSITORIOS: 7.1. Adelanto mensualidad: Anticipo de un porcentaje del sueldo mensual del asociado. Se podrá hacer uso de este préstamo a partir del primer día hábil de cada mes, siempre y cuando al cierre del mes inmediatamente anterior no presente saldo por el mismo concepto. No requiere codeudores. Si la solicitud es por un valor inferior o igual a diez (10) salarios mínimos diarios legales vigentes, el desembolso se efectuará en efectivo Adelanto de prima: Anticipo de un porcentaje de la prima legal semestral del asociado. Tener derecho a la prima legal y no tener salario integral. Los préstamos sobre la prima de Junio, se otorgarán a partir del 01 de abril, hasta junio 10 y sobre la prima de Diciembre a partir del 01 de Octubre, hasta el 05 de Diciembre. Si la solicitud es por un valor inferior o igual a diez (10) salarios mínimos diarios legales vigentes, el desembolso se efectuará en efectivo. No requiere codeudor. 8. PRESTAMO PARA VEHICULO: 8.1. Compra de vehículo Tener como mínimo doce (12) meses de antigüedad como asociado. Presentar promesa de compraventa del vehículo, si el vehículo es usado. Presentar cotización o factura proforma si el vehículo es nuevo. Constituir póliza de seguro de vehículo contra todo riesgo. Constituir prenda a favor de Coounibosque.
8 Parágrafo 1: el giro se hará directamente al vendedor o reembolso al asociado, previa presentación de la tarjeta de propiedad, donde conste la prenda a favor de Coounibosque. Parágrafo 2: si el crédito solicitado es con saldo a favor no se requiere de prenda Reparación y pago de impuestos de vehículo Reparación de vehículo: fotocopia de la tarjeta de propiedad, cotización o fotocopia de los pagos realizados, no mayor a treinta (30) días. Pago de impuesto: fotocopia de la tarjeta de propiedad y del formulario de autoliquidación. 9. CREDITO PARA DESARROLLO EMPRESARIAL: Destinado para apoyar iniciativas de negocios, creación y mejoramiento de micros, pequeñas y medianas empresas de los asociados. Estimular el espíritu emprendedor y la cultura empresarial entre los asociados de COUNIBOSQUE y sus familiares, identificando oportunidades de negocio rentables. Para creación: el emprendedor debe avalar el plan de negocio con una incubadora de empresas. Para empresas ya creadas: adjuntar el plan de inversión debidamente avalado por una incubadora de empresas. Presentar los soportes de la inversión hasta dos (2) meses después de realizado el desembolso. 10. CONVENIOS: La Gerencia de Coounibosque podrá realizar convenios para ofrecer a los asociados bienes y servicios financiados por la cooperativa. Para acceder a estos
9 servicios se tendrá en cuenta la capacidad de endeudamiento y de pago del asociado y que sus deudas en ningún caso sobrepasen tres (3) veces el valor de los aportes. Los convenios por servicios cooperativos de recaudo se pueden cancelar por caja cuando la capacidad de descuentos del asociado no se pueda hacer por nómina. 11. COMPRA EQUIPO DE CÓMPUTO: Destinado a financiar la compra de equipo de cómputo y dotar a los asociados de esta herramienta de trabajo y estudio. Documento que acredite la compra o cotización. Giro directo al proveedor o reembolso al asociado. 12. REESTRUCTURACION DE CREDITOS: Destinado a modificar cualquiera de las condiciones originalmente pactadas con el fin de permitirle al asociado deudor la atención adecuada de la obligación ante el real o potencial deterioro de su capacidad de pago. Justificar y demostrar el real o potencial deterioro de su capacidad de pago. No da lugar a desembolso de dinero. Si se aprueba la unificación de deudas para liberara flujo de caja, el asociado no podrá solicitar otra línea de crédito por un año, a excepción de la línea de calamidad doméstica. Se mantendrán las garantías de las obligaciones unificadas notificando a los deudores solidarios el saldo y condiciones del crédito. PARAGRAFO: Las reestructuraciones deben ser un recurso excepcional para regularizar el comportamiento de la cartera de créditos y no puede convertirse en una práctica generalizada.
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