EXP. 811/2013 DIVORCIO BILATERAL
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- Carla Cabrera Arroyo
- hace 7 años
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1 1 PACHUCA DE SOTO, HIDALGO; A 09 NUEVE DE OCTUBRE DE 2013, DOS MIL TRECE. V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Juicio de Divorcio Bilateral promovido por **** y ****, Expediente Número 811/2013, y: R E S U L T A N D O S 1. Por escrito de fecha 25 Veinticinco de Junio de la presente anualidad, comparecieron ante éste Juzgado Tercero de lo Familiar de éste Distrito Judicial, por su propio derecho los Ciudadanos **** y ****, promoviendo Divorcio Bilateral, fundándose en los hechos y consideraciones de derecho que hicieron mención, para lo cual anexaron los documentos base de su acción. 2. Por auto de fecha 01 uno de Julio de 2013, dos mil trece, se registró y formó expediente, se admitió lo solicitado en la vía y forma propuesta, previniéndose a los promoventes, para que dentro del termino legal de tres días se sirvieran aclarar las cláusulas quinta y sexta del convenio presentado, requerimiento que se tiene dando cumplimiento en auto de fecha 15 quince de Julio del presente año, por lo que se dio la intervención legal correspondiente al Ciudadano Agente del Ministerio Público adscrito a éste Juzgado; se dictaron las medidas provisionales correspondientes, señalándose día y hora para que tuviera verificativo la ratificación del convenio exhibido, lo cual se realizo en fecha 17 diecisiete de Septiembre de la presente anualidad y vista la conformidad del Ciudadano Agente del Ministerio Público en el acto, se ordenó dictar la sentencia definitiva que en derecho corresponda, misma que hoy se pronuncia en base a los siguientes: C O N S I D E R A N D O S I.- El Suscrito Juez resulta competente para conocer y resolver el presente juicio, de conformidad con lo dispuesto por
2 2 los artículos 28 Fracción VIII, y 468 del Código de Procedimientos Familiares en vigor. II.- Ha procedido la Vía Especial de Divorcio Bilateral, en términos de lo dispuesto por los artículos 470, 471, 472 del Código de Procedimientos Familiares en vigor. III.- Los Ciudadanos **** y ****, acreditan el matrimonio que contrajeron con la certificación del acta respectiva, la cual obra a foja 05 cinco, inscrita ante el Oficial del Registro del Estado Familiar de Pachuquilla, Mineral de la Reforma, Hidalgo, en el Libro Numero ****, del año ****, en la Foja Numero ****, Acta Numero ****, de fecha de registro ****, documental pública que en términos de lo dispuesto por los artículos 155 fracción IV, en relación con el 212 de la Ley Adjetiva Familiar aplicable, merece valor probatorio pleno; de la que se desprende que las partes contrajeron matrimonio civil bajo el régimen de Sociedad Conyugal. IV.- Por otro lado, acreditan el nacimiento de sus hijos de nombre ****, **** y **** todos de apellidos ****, con la certificación de las actas de nacimiento, expedidas por el Oficial del Registro del Estado Familiar de Pachuca, Hidalgo, que obran a fojas 06 seis, 07 siete y 08 ocho del presente sumario, documentos de tal naturaleza, a las cuales ésta Autoridad les otorga pleno valor probatorio, en términos de lo dispuesto por los artículos 155 fracción IV, en relación con el 212 del Código de Procedimientos Familiares vigente en el Estado, con lo que se comprueba que las personas anteriormente citadas a la fecha son menores de edad, por haber nacido respectivamente el día ****, **** y ****. V.- De acuerdo a lo establecido por el artículo 476 Quáter del Código de Procedimientos Familiares en vigor, en fecha 17 diecisiete de Septiembre de la presente anualidad, tuvo verificativo la ratificación del convenio exhibido por las partes y en la que los solicitantes manifestaron su conformidad con su petición de Divorcio Bilateral y con el convenio exhibido mediante
3 3 escrito de fecha 25 veinticinco de Junio de la presente anualidad, en el cual quedaron establecidas las siguientes cláusulas: PRIMERA.- Manifestamos los comparecientes que es nuestra voluntad expresa, disolver el vínculo matrimonial que nos une. SEGUNDA.- Ambas partes manifiestan bajo protesta de decir verdad que durante el matrimonio procreamos tres hijos de nombres ****, **** y **** de apellidos ****, que a la fecha cuentan con 10, 7 y 7 años de edad. TERCERA.- Manifiestan ambos cónyuges su conformidad para que los menores hijos permanezcan bajo la guarda y custodia de su señora madre, y el domicilio que habitaran de hoy en adelante es el ubicado en calle **** NUMERO **** FRACCIONAMIENTO **** EN MINERAL DE LA REFORMA HIDALGO, lugar donde se ha trasladado el menaje propio de un hogar para cubrir las necesidades mínimas de bienestar de nuestros menores hijos, tal y como lo dispone el artículo 473 fracción I del código de procedimientos familiares. CUARTA.- Ambos cónyuges acuerdan que el C. ****, aportara como pensión alimenticia a favor de sus menores hijos ****, **** y ****, así como para la C. **** la cantidad de (MIL QUINIENTOS PESOS) de manera quincenal, los cuales serán entregados a ella contra extendiendo el recibo correspondientelos (Sic; debe decir: correspondiente los) días primero y dieciséis de cada mes y para garantizar dicho pago por los cinco años venideros, se adjunta a la presente un pagare como garantía a nombre de la madre en su carácter de titular de la guarda y custodia de los menores hijos por la cantidad de 180, pesos. Documento mercantil que deberá ser guardado en el secreto del juzgado. QUINTA.- En base a lo establecido en la cláusula que antecede y en relación a la convivencia con sus hijos, se propone que el padre, podrá visitarlos todos los días de la semana siempre y cuando no sea en detrimento de los estudios de los menores, además de contribuir en el sano desarrollo de sus hijos procurando
4 4 inculcarles valores de convivencia social, tales como el respeto solidaridad y principios básicos para el cuidado y seguridad de su persona, además de vigilar que la alimentación que reciban sea la indicada para el sano y normal desarrollo físico y mental, tal y como lo dispone el artículo 471 fracción III del Código de Procedimientos Familiares. SEXTA.- Ambos comparecientes manifiestan que en virtud de que como consta en el acta de matrimonio este se contrajo bajo el Régimen de Sociedad Conyugal y durante el tiempo en que duro la relación se adquirió un inmueble consistente en casa-habitación ubicado en Circuito **** Numero **** Fraccionamiento **** en Pachuca Hidalgo y que de conformidad manifiestan que el 50% que le corresponde a cada uno de los cónyuges pasa a favor de sus tres menores hijos reservándose el usufructo vitalicio, por lo tanto dicho inmueble pasara a ser propiedad de ellos y será habitada por la C. **** y mis menores hijos exclusivamente y en tanto la cónyuge no contraiga matrimonio o decida vivir en unión libre con otra persona, así mismo manifestamos que establecimos un negocio denominado molino de ****, ubicado en avenida **** colonia **** de esta ciudad y el cual determinamos que pase a ser propiedad absoluta de la cónyuge con la condición de que sea ella exclusivamente la que maneje y administre el mismo y las ganancias sean en beneficio de nuestros hijos. SEPTIMA.- Ambos cónyuges se comprometen a que durante el trámite y después de concluido el presente juicio a no causarse molestias de ninguna especie tanto en sus domicilios particulares como en sus centros de trabajo respectivamente. OCTAVA.- Manifiesta la señora ****, bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en estado de gravidez, ni presentar síntomas de embarazo. Por otro lado el Ciudadano Agente del Ministerio Público de la adscripción no presentó objeción alguna, manifestando su conformidad, en el acto. Por lo que el suscrito Juez considera que se han reunido los requisitos que para el caso exigen los
5 5 artículos 470 al 471 del Código de Procedimientos Familiares en vigor. VI.- En consecuencia y atendiendo a que el convenio referido de fecha 25 veinticinco de Junio de la presente anualidad, no contiene cláusulas contrarias a la moral, al derecho o a las buenas costumbres, es procedente aprobarlo y decretar la disolución del vinculo matrimonial que une a los Ciudadanos **** y ****; así como la Sociedad Conyugal que rige el mismo. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 102 y 103 de la Ley para la Familia; 262, 263, 264, 265, 266, 267, 468 al 476 del Código de Procedimientos Familiares en vigor, es de resolverse y se: R E S U E L V E: PRIMERO.- El Suscrito Juez ha sido competente para conocer y resolver el presente juicio. SEGUNDO.- Ha procedido la Vía Especial de Divorcio Bilateral. TERCERO.- Se aprueba en todas y cada una de sus partes el convenio celebrado por los Ciudadanos **** y ****, de fecha 25 veinticinco de Junio de la presente anualidad, por reunir los requisitos que exige el artículo 470 del Código de Procedimientos Familiares, vigente en el Estado, condenándoles a su fiel y puntual cumplimiento, en todo tiempo y lugar. CUARTO.- Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los Ciudadanos **** y ****, celebrado ante el Oficial del Registro del Estado Familiar de Pachuquilla, Mineral de la Reforma, Hidalgo, en el Libro Numero ****, del año ****, en la Foja Numero ****, Acta Numero ****, de fecha de registro ****; así como la Sociedad Conyugal que rige el mismo. QUINTO.- En lo sucesivo, la Ciudadana ****, deberá utilizar su nombre de soltera.
6 6 SÉXTO.- Una vez que cause ejecutoria la presente resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley para la Familia. SEPTIMO.- De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, la cual fue publicada el 29 veintinueve de Diciembre del año 2007 dos mil siete en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, misma que entró en vigor un día después de su publicación, de conformidad con lo dispuesto por el transitorio PRIMERO, en la que se impone la obligación de hacer públicas las sentencias que hayan causado estado o ejecutoria; para dar cumplimiento a dicho precepto, se requiere a las partes para que en el término legal de 3 tres días, manifiesten si es su voluntad que en el extracto de la resolución se publiquen sus datos personales, en el entendido que de no realizar manifestación alguna, se entenderá su inconformidad con la publicación de los mismos. OCTAVO.- Notifíquese y cúmplase. A S Í, definitivamente lo resolvió y firmó el Juez Tercero Familiar de éste Distrito Judicial, Ciudadano Maestro ELIGIO JOSE URIBE MORA, que actúa con Secretario de Acuerdos que autentica y da fe, Ciudadana LICENCIADA XOCHITL HERVIZ PEREZ. En términos de lo previsto en el/los artículos 23, 42 Fracción V y 43 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, en esta versión se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Autorizo MTRO. ELIGIO JOSE URIBE MORA, 11 de Noviembre de 2013, dos mil trece.
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