Los Problemas Tributarios en Torno a la Financiación Internacional de las Empresas y el Leasing Internacional Juan Guillermo Ruiz Hurtado Camilo Cortés Guarín Adrián Rodríguez Piedrahita
Deuda Externa Pasiva
Deuda Externa Pasiva Tratamiento desde 1974 hasta el 2010 Concepto de actividades consideradas de interés para el desarrollo económico y social del país. - Deducción de Intereses. - Límite de tasa. - Límite de gastos en el exterior. - Cumplimiento de obligaciones cambiarias. - Aplicación del Decreto 4145 de 2010.
Deuda Externa Pasiva Ley 1430 de 2010 Derogatoria numeral 5) del literal A y literal C del artículo 25 del Estatuto Tributario - Créditos celebrados antes del 31 de Diciembre de 2010 - Retención en la Fuente - Nuevos créditos más de 1 año - Nuevos créditos menos de 1 año - Jurisdicciones con tratado - Deducción de Intereses
Deuda Externa Activa
Deuda Externa Activa ( Outbound ) Acreedor en Colombia i n t e r e s e s Deudor del Exterior r e s i d e n c i a f u e n t e Son los intereses un ingreso de fuente nacional ó extranjera? (fuente de pago vs. vinculación económica del crédito). Pepsi Cola Panamericana LLC v. DIAN, 11 de agosto de 2011; Consejo de Estado, Secc. IV, S.C.A., C.P. Bastidas Bárcenas, Hugo re vinculación económica de un crédito activo otorgado por una sucursal colombiana. DIAN, 21 de noviembre de 2001, Concepto 102630 re alcance del criterio de vinculación económica de un crédito.
Deuda Externa Activa ( Outbound ) Intereses presuntos en el caso de créditos entre una sociedad y sus socios o accionistas, sin perjuicio de la aplicación del régimen de precios de transferencia para partes relacionadas. Imputación universal de costos y gastos, aún no relacionados? Pacto Andino, Decisión 578-2004 rentas exoneradas, 10 re intereses criterio objetivo de imputación y registro como fuente. Convenios tipo OECD, fuente s/ residencia, 11 re intereses (relevancia de la definición).
Deuda en operaciones de comercio exterior
Deuda en operaciones de comercio exterior Artículo 25 del Estatuto Tributario ( ET ). No se consideran ingresos de fuente nacional: Los créditos a corto plazo originados en la importación de mercancías. Se entiende por corto plazo los créditos exigibles en un término máximo de 24 meses. (Artículo 21 Decreto reglamentario 2579 de 1983). Los créditos destinados a la financiación o prefinanciación de exportaciones.
Deuda en operaciones de comercio exterior Artículo 121 del ET: Deducción de gastos en el exterior. Son deducibles del impuesto de renta: Los intereses sobre créditos a corto plazo derivados de la importación o exportación de mercancías. Se entiende por créditos a corto plazo, originados en la importación de materias primas y mercancías, los exigibles en un término máximo de 12 meses, cuando sus vinculados operan como proveedores directos. (artículo 32 Decreto 836 de 1991). Alcance del artículo 260-7 del ET., en materia de precios de transferencia.
Pasivos con el exterior que no son deuda externa
Operaciones de Leasing
Operaciones de Leasing pasivas Tratamiento general de retención en la fuente s/ componente financiero de pagos al exterior; desde 2010 de 0% a 14% pasando por el 33%... Tratamiento excepcional de retención en la fuente s/ componente financiero de pagos al exterior, 1% para leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos (y sus partes). Límite en la deducibilidad del componente de capital de los pagos en un leasing financiero operativo (celebrados hasta el 12.31.2011)? Pacto Andino, Decisión 578-2004 rentas exoneradas, 10 re intereses criterio objetivo de imputación y registro como fuente. Convenios tipo OECD, fuente s/ residencia, 11 re intereses (relevancia de la definición).
Pasivos a través de mercado de capitales
Pasivos a través de mercado de capitales 1. Primer escenario. Emisión de bonos y otros títulos de deuda de residentes colombianos en el exterior. Artículo 266 del ET: Las emisiones de títulos, bonos y otros títulos de deuda emitidos por un emisor colombiano y que sean transados en el exterior, no se entienden poseídos en Colombia. Emisiones en el mercado de valores colombiano: FICE. 2. Segundo escenario. Colocación de bonos de residentes extranjeros en Colombia.
Tratamiento a los intereses en los Convenios para evitar la doble imposición ( CDI ) CDI REGLA GENERAL EXCEPCIONES España Suiza 10% 0% = cuando: (i) beneficiario es el Estado contratante; (ii) venta a crédito de mercancías; (iii) otorgados por institución de crédito. Chile 1) Beneficiario un banco o compañía de seguros= 5% México 2) Demás casos = 15% (Chile) y 10% (México) Canadá No aplica 0% = beneficiario el Estado, banca pública y quien acuerden los Estados 10% en todos los casos
Saldo crédito en la cuenta de inversión suplementaria en las sucursales
Saldos Crédito en la Cuenta de Inversión Suplementaria de las Sucursales Parágrafo 2 del artículo 8 del Decreto 2080 de 2000. Implicaciones frente al artículo 287 del Estatuto Tributario. Facilidad en el ingreso y devolución de divisas tanto operativamente y eficiencias en materia de registros.
Impuesto asumido y Gross-up
Impuesto asumido y Gross-up En las operaciones de endeudamiento externo pasivo ( inbound ), es deducible en ISR para el contribuyente, deudor colombiano, el componente del pago por intereses que corresponde al impuesto asumido? Cual es la naturaleza de dicho pago?
Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE s) y deuda pública o privada
Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE s) y deuda pública o privada Régimen actual. Participes no contribuyentes tributación en el fondo por la vía de la retención. Dos (2) interpretaciones generales. Régimen exclusivo. Régimen particular dentro del régimen general. Ingresos gravables y gastos deducibles. Manejo de la diferencia en cambio. En devaluación. En revaluación.
Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE s) y deuda pública o privada Régimen propuesto en la Reforma. Los inversionistas son contribuyentes. El impuesto será pagado integralmente por la vía de la retención en la fuente. En operaciones de derivados. En operaciones REPO. En operaciones de Reporto y simultáneas. Para los demás casos. Tarifa general de retención: 14%.
Normas de subcapitalización
Normas de Subcapitalización Situación Actual Proyecto de Ley No. 166 de 2012 Normas Antievasión Limitación en la deducción de intereses Todo tipo de deudas que generen intereses Excepción para entidades sometidos a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia. Diferencia en la exposición de motivos entre acreedores nacionales y extranjeros
Manejo de los Tax Credits en deuda externa
Descuento por Impuestos Retenidos en el Exterior ( Foreign Tax Credit ) Acreedor en Colombia i n t e r e s e s Deudor del Exterior Descuento Retención El descuento DIRECTO otorgado por el derecho interno requiere el cumplimiento de los requisitos generales de elegibilidad subjetivo y objetivo para procedencia del mismo, Vg., identidad de contribuyentes, identidad de rentas, renta de fuente extranjera y naturaleza de ISR en el país de la fuente. Interferencia de la interpretación extensiva del criterio colombiano de la vinculación económica del crédito. Igualmente aplican los límites cuantitativos y temporales impuestos por el legislador para el descuento DIRECTO, Vg., ISR pagado en la fuente, ISR a pagar en la residencia, límite general a descuentos tributarios, carry-forward de 4 años.
Descuento por Impuestos Retenidos en el Exterior ( Foreign Tax Credit ) Procede descuento INDIRECTO otorgado por el derecho interno en un evento de re-caracterización ocurrido en el país de la fuente? Pacto Andino, Decisión 578-2004 rentas exoneradas, inaplicabilidad del descuento. Origen unilateral del descuento en el derecho interno v. origen bilateral del descuento (u otro mecanismo para eliminar doble imposición) en convenios tipo OECD. Igualmente aplicable a intereses.
Instrumentos híbridos
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