REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas por el numeral (a), del artículo 58 del estatuto vigente. Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. 2. Que es necesario fijar normas que permitan que la reunión de Asamblea General se desarrolle dentro de un marco de orden, democracia y legalidad. 3. Que de acuerdo con los Estatutos del Fondo en su artículo No.40 y el decreto 1481 de 1.989 en su artículo 32, se debe realizar una elección previa de Delegados, para efectuar una Asamblea General de Delegados, cuando el número de Asociados sea de superior a 30, debido a que en la actualidad el Fondo cuenta con un significativo número de Asociados, distribuidos en distintas zonas del país, lo cual dificulta y resulta significativamente onerosa la realización de una asamblea general de Asociados. ACUERDA Expedir la siguiente reglamentación para la inscripción y elección de Delegados a las Asambleas Generales del Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas : 1. Sustitución De conformidad con los Estatutos en su artículo 46 y la reglamentación para Fondos de Empleados en su decreto 1481, se sustituyen las Asambleas Generales de Asociados por las Asambleas Generales de Delegados, en Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas
Número de Delegados a elegir y Asociados hábiles El número de Delegados a elegir será igual a 1 por cada 20 Asociados hábiles registrados en los libros de Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas, sin que su número sea inferior a 20 delegados. Para las elecciones de Delegados a las Asambleas sólo podrán votar, elegir o ser elegidos todos los Asociados hábiles de Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas, que se hallen inscritos en los libros y registros y que no tengan impedimentos Estatutarios para el pleno goce de sus derechos a la fecha de la convocatoria en concordancia con el parágrafo del artículo 41 del estatuto vigente. Para ser Delegado se requiere ser Asociado hábil. Los Delegados serán elegidos por un periodo de (1) un año. El Comité de Control Social verificará la lista de los Asociados hábiles e inhábiles y la relación de estos últimos será publicada para conocimiento de los afectados en sitio público visible de las oficinas del Fondo y sedes de la Empresa, en la fecha de la convocatoria. 3. Convocatoria a inscripciones y elección de Delegados a la Asamblea La apertura, el lugar, el período, el horario, el cierre de las inscripciones, como el sistema, mecanismo y tiempo de las elecciones será definido por la Junta Directiva de Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas, para cada convocatoria, en todo caso el período de inscripciones será por lo menos de 5 días calendario antes de las elecciones. El tiempo para las votaciones será máximo de un día, para que los Asociados puedan ejercer su derecho al voto fuera de su turno de trabajo correspondiente. Para garantizar la adecuada información y participación de los asociados, la Junta Directiva notificará, por escrito, por medio de e-mail y/o carteles fijados en lugares visibles de la oficina del Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas, y en las carteleras de las diferentes plantas o distritos de la compañía, que están abiertas las inscripciones para los candidatos a ser elegidos Delegados, los cuales participarán en las asambleas ordinarias y extraordinarias que se llevarán por el periodo comprendido entre dos elecciones de delegados. Los aspirantes podrán inscribirse en las oficinas del Fondo, en forma personal, individual o colectiva y deberán firmar su registro aceptando su candidatura antes de las elecciones.
Para los asociados que se encuentren en otras ciudades la inscripción podrá ser soportada a través de un e-mail corporativo y/ó personal. 4. Requisitos para ser elegido delegado a las Asambleas a) No presentar ninguna inhabilidad según los Estatutos y estar al día en sus obligaciones y pagos. b) Ser asociado activo con tres meses mínimo de afiliación y cuyo contrato de trabajo sea a término indefinido o a término fijo igual o superior a un año con la Empresa c) Haber cursado o estar dispuesto a recibir capacitación y educación especializada sobre Fondos de Empleados y Economía Solidaria. Parágrafo: Se excluyen de la condición de tener un contrato de trabajo a término indefinido a los asociados que se encuentren pensionados u obtengan la pensión de jubilación. 5. Zonas Electorales Las zonas electorales serán definidas por la Junta Directiva antes de la respectiva convocatoria a elecciones y asignará el número de delegados a elegir por cada zona y la forma de recolectar los votos de cada zona. 6. Comisión Electoral y de Escrutinios En la ciudad de Medellín, se conformará la Comisión Electoral y de Escrutinios para las inscripciones y elecciones de los Delegados a las Asambleas, la cual estará integrada por el revisor fiscal, 2 representantes de la Junta Directiva, 1 representante del Comité de Control Social y 1 Asociado hábil nombrados por la Junta Directiva. 7. Funciones de la Comisión Electoral y de Escrutinios a) Coordinar con la Gerencia del Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas el proceso de elecciones y escrutinios. b) Constatar que todos los asociados postulados queden inscritos según el correspondiente grupo electoral y que tengan el carácter de asociados hábiles. c) Verificar los resultados de las votaciones.
d) Realizados los escrutinios, la Comisión Electoral mediante acta firmada deben reportar los resultados de las votaciones a la Junta Directiva. e) Todas aquellas que se deriven o tengan relación con el proceso de elecciones y escrutinios. La lista de los Delegados elegidos será publicada por el Gerente al siguiente día hábil, vía e-mail y en las carteleras del Fondo de Empleados. Los Asociados delegados elegidos ejercerán sus funciones por un (1) período en las asambleas ordinarias y extraordinarias que se llevarán por el periodo comprendido entre dos elecciones de delegados, tendrán derecho a participar en las deliberaciones de la asamblea de delegados, no podrán hacerse representar y tendrán derecho a un (1) sólo voto. El Gerente, los empleados, los miembros de la Junta Directiva, en su carácter de tales, podrán participar en la Asamblea con derecho a voz. Los miembros del comité de control social podrán participar en la Asamblea con derecho a voz y a voto siempre y cuando hayan sido elegidos como delegados. 8. Votación obligatoria e indelegable Cada asociado habilitado podrá votar por un nominado a delegado que se informe en la citación a votaciones de acuerdo a su zona electoral, señalándolos en el tarjetón con una equis (x). En ningún caso el voto podrá ser delegado, ni sustituido, no habrá derecho a representación en la elección de Delegados. La votación será secreta, el elector votará libremente y al depositar su voto en las urnas o mediante correo electrónico y se identificará con su nombre completo y cedula, debiendo firmar el registro de Asociados. Los asociados que se encuentren en otras ciudades podrán enviar su voto desde su desde el e-mail personal o de la Empresa al correo del fondo de empleados respaldado por su nombre y número de cédula. 9. Procedimiento en los Escrutinios En los escrutinios se procederá de la siguiente manera, la Comisión Electoral y de Escrutinios deberá:
a) Si resulta en el conteo un mayor número de votos que de votantes, según los registros firmados, se procederá a eliminar al azar el excedente de votos. b) Los votos mal diligenciados o de dudosa interpretación a juicio de los escrutadores o a favor de un asociado no inscrito, se anularán. c) Los votos en blanco no se contabilizan a ningún aspirante. d) De acuerdo con el número de votos obtenidos por cada uno de los aspirantes a Delegados, se elaborará un listado en orden descendente, quedando en primer lugar el asociado con mayor número de votos obtenidos. En los casos de empates se definirán por orden de inscripción, según el día y hora. e) En el caso de que en una misma papeleta aparezca votación por Asociados inscritos y no inscritos, serán válidos los votos por los inscritos y se anularán los restantes. 10.Calidad de delegado, derechos y obligaciones El delegado hábil elegido tiene derecho a: Recibir de la Comisión Electoral y de Escrutinios la credencial que lo acredita como delegado. Participar en todos los actos y reuniones a que sean convocados, antes y durante la Asamblea. Determinar las directrices del Fondo de empleados. Analizar los informes de los órganos de administración y vigilancia. Considerar, aprobar o improbar los estados financieros de fin del ejercicio. Destinar los excedentes y fijar los montos de los aportes y ahorros. Elegir o declarar electos los miembros de la Junta Directiva, el comité de control social, el Revisor fiscal y sus suplentes respectivos. Fijar la remuneración del Revisor fiscal. Decidir sobre la reforma de estatutos. Representar a una mayoría por la cual fue elegido. Decidir la fusión, incorporación, transformación y liquidación del Fondo de Empleados. Recibir inquietudes y reclamos de los Asociados y presentar proyectos e iniciativas en la Asamblea, que tengan por objeto el mejoramiento de los Asociados y de la institución. Las demás que por ley y por los estatutos le sean asignadas.
11.Pérdida de la calidad de delegado Cuando un Asociado pierda la calidad de Delegado, será reemplazado por el primer suplente numérico, siempre y cuando, dicho evento suceda antes de tres (3) días para la realización de la Asamblea. La calidad de delegado se pierde por una de las siguientes causas: a) Pérdida de calidad de asociado: Art. 15 de los estatutos de Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas b) Suspensión de derechos como asociado: Art. 16 y 18 de los estatutos de Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas 12.Periodo de los Delegados y Validez de la Elección El periodo de los Delegados elegidos será el comprendido entre dos elecciones de delegados. Para que la elección de Delegados sea válida se requerirá que como mínimo un 35% del número de Asociados hábiles se presenten a ejercer su derecho al voto. Parágrafo 1: La presente Reglamentación podrá ser reformada o actualizada en el futuro por la Junta Directiva de Fondo De Empleados De Gases Industriales De Colombia Foncryogas. Parágrafo 2: La presente Reglamentación se aplicará para las inscripciones y elección de Delegados que se realicen en el futuro a partir de la fecha de su aprobación, según el acta de Junta Directiva No. 01 realizada en Medellín, Colombia. Dado en Medellín, a los 20 días del mes de febrero de 2013. JORGE ZAPATA HURTADO LINA MARIA PUERTA C. GERENTE JUNTA SECRETARIA JUNTA