NOVEDADES EN EL IVA. Modificaciones en 2010, propuestas para 2011 y nuevas normas comunitarias. ARCO Farnós Franch, Abogados y Asesores Tributarios

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Transcripción:

NOVEDADES EN EL IVA Modificaciones en 2010, propuestas para 2011 y nuevas normas comunitarias ARCO Farnós Franch, Abogados y Asesores

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: EL PAQUETE IVA El Paquete IVA : Directiva 2008/8/CE, del Consejo de 12 de febrero Directiva 2008/9/CE, del Consejo de 12de febrero Reglamento (CE) nº 143/2008, de 12 de febrero Fines: Simplificación Armonización Disminución de costes Evitar perjuicios a los operadores Contenido: Nuevas y más sencillas reglas de localización para los servicios Generalización de la inversión del sujeto pasivo Ventanilla única para las devoluciones a establecidos en otros Estados de la Comunidad

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: EL PAQUETE IVA -REGLAS DE LOCALIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES DE SERVICIO -Situación actual: -Regla general y reglas especiales: relación -Inclusión de servicios en reglas especiales: dificultades -Complejidad e inseguridad jurídica -Nuevas reglas aplicables desde 2010 -Dos reglas generales -Operaciones entre empresarios (B2B) -Operaciones para consumidores finales (B2C) -Operaciones entre empresarios: sede del destinatario -Condición de empresario; uso privado o no empresarial -Personas jurídicas que no actúen como empresarios -Sede, establecimiento ( concepto?), residencia, domicilio: atribución

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: EL PAQUETE IVA Operaciones para particulares (no empresarios ni Personas Jurídicas): sede del prestador -Reglas especiales: - Intermediarios, actuando en nombre y por cuenta ajena para CF: localización de la operación subyacente - Servicios relacionados con bienes inmuebles: donde radique el inmueble - Transportes: Pasajeros: Distancia recorrida Bienes: para CF: Intracomunitarios: lugar de inicio Resto: Distancia recorrida -Culturales, artísticos, deportivos, científicos, docentes, educativos, recreativos y similares (incluidos ferias y exposiciones), accesorios y prestados por sus organizadores: lugar de prestación material. En 2010. -En 2011: CF, igual. Empresarios: sólo acceso y accesorios al acceso. - Accesorios al transporte: CF: Lugar de prestación

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: EL EL PAQUETE IVA -Tasación de bienes muebles y ejecuciones de obra y trabajos sobre bienes muebles corporales a CF: Lugar prestación material -Restaurante y Catering: Lugar de prestación material. Buques, aeronaves y trenes en Comunidad: inicio transporte - Arrendamiento de medios de transporte: Corto: 30 días (90, buques) ininterrumpidos: Lugar de puesta a disposición. Largo: reglas generales 2013: Largo a CF: sede del destinatario. Especialidad para embarcaciones de recreo -Prestados por vía electrónica: a CF comunitarios -Servicios profesionales : a CF -Radiodifusión, TV y telecomunicaciones 2015: sede del destinatario. Ventanilla única. Rég Especial de Comercio electrónico se extiende a Telecomunicaciones y RTV

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: EL PAQUETE IVA Extensión de la regla de utilización o explotación efectivas a todos los servicios que se rijan por las reglas generales. Aplicación de la inversión del Sujeto Pasivo si es aplicable la regla de localización en sede del destinatario en operaciones B2B Establecimiento permanente: SP, no vis atractiva Inclusión en el Estado Recapitulativo de las Prestaciones de servicios Devolución a establecidos en otros Estados miembros Situación actual: complejidad, retraso en las devoluciones Limitación a las actividades en otros Estados NUEVO ENFOQUE: Derogación 8ª Directiva e incidencia de la aplicación de la regla de inversión

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: EL PAQUETE IVA - Nuevo sistema: - Ventanilla única: presentación de la solicitud en el Estado de residencia. - Verificación por ese Estado (es SP, con actividad y dº a deducir) - Remisión al otro Estado donde se soportó la cuota - Ese Estado puede efectuar comprobaciones y solicitar información (facturas, etc) por vía electrónica - Solicitudes trimestrales (400 euros) o anuales (50 euros) - Plazo de resolución de 4 meses y 10 días para el pago material - En caso contrario, devengo automático de los intereses de demora. - Criterios para fijación del tipo y cálculo del interés de demora por referencia al Estado que ha de devolver

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: PAQUETE IVA Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE Estado Recapitulativo Ya vimos como se extiende a las prestaciones de servicios Además: Directiva 2008/117/CE, de 16 de diciembre Reglamento 37/2009, de 16 de diciembre Fin: combatir el fraude: mejorar intercambio de información Establecimiento de un plazo mensual El plazo trimestral queda como facultativo para los Estados miembros si el volumen de operaciones es inferior a 50.000 euros Regla especial de devengo para servicios prestados ininterrumpidamente Imposibilidad de establecer el devengo en el momento de la expedición de la factura en las operaciones de prestaciones de servicios en las que se aplique la regla de inversión del sujeto pasivo.

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: Otras normas comunitarias Directiva 2009/47/CE, de 5 de mayo: TIPOS REDUCIDOS -Discusiones entre los Estados. -Complejidad del esquema actual -Solución de compromiso: - Se suprime la aplicación del tipo reducido a los servicios con gran intensidad de mano de obra, aunque se incluyen en nuevo Anexo -Se regula un nuevo Anexo III (antes H en la 6ª Directiva): - Incluye los libros en cualquier formato -Renovación y reparación de viviendas (mano de obra) - Limpieza de cristales y viviendas particulares - Restauración y catering - Reparación de bicicletas, calzado, artículos de cuero, prendas de vestir y ropa blanca - Asistencia a domicilio (doméstica, ancianos, cuidado de niños, enfermos, discapacitados ) - Peluquería

NOVEDADES EN EL IVA EN 2010: Otras normas comunitarias - Directiva 2009/69/CE, de 25 de junio: Evasión fiscal vinculada a las importaciones - Propuesta inicial de la Comisión: también a EIB y AIB - Establecer reglas homogéneas en la aplicación de la exención a las importaciones cuando el bien se remite a otro Estado miembro, bien por entrega intracomunitaria, bien por Transferencia de bienes. - La exención sólo se aplicará si el importador comunica: - Su NIF-IVA en el EM de importación, o el de su representante - EL NIF-IVA del adquirente en el otro EM o el suyo en el EM de destino si se trata de una TB -Prueba de que los bienes están destinados a ser transportados o expedidos desde el EM de importación a otro EM (Cabe que los EM lo soliciten a posteriori ) -Transposición en 1 de enero de 2011. - Directiva 2009/162/UE, de 22 de diciembre: gas, electricidad y regla afectación parcial de bienes. Transposición en 2011 -Directiva2010/23/UE, de 16 de marzo: deudor en transferencia de derechos de emisión de gases (hasta 3º de junio de 2015) - Nuevo Reglamento de cooperación administrativa entre EE MM

Propuesta de modificación en materia de facturación - Facturación: Propuesta de enero de 2009 - Revisión global de las normas sobre facturación - Reducción de cargas administrativas - Simplificación de las normas - Apoyo a las PYMES - Extensión del uso de la factura electrónica, equiparación a la factura en papel - Armonización comunitaria y eliminación de facultades de los EEMM - Contenido: - Obligación de expedir factura, tipo de facturas, plazo, expedición por el destinatario. - Contenido de la factura: completa y simplificada. Factura electrónica, Moneda, traducción de las facturas... - Conservación: plazo, Derecho aplicable, control. - Exigibilidad en Operaciones Intracomunitarias de Bienes - Deducibilidad con aplicación del criterio de caja (PYMES)

Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio Transposición en 2013 Modifica la Directiva 2006/112/CE, en materia de facturación y otras I. FACTURA Normativa del Estado que rige : EM de localización de la operación (siempre en casos de inversión SP, o EM donde se efectúa la operación si proveedor no establecido o su EP no interviene en EM donde se localiza la operación. No obligación de expedición en pagos anticipados de AIB Facturas normales y simplificadas ( 100 o casos de documentos a mensajes asimilados a facturas. Con consulta al Comité IVA: hasta 400 y prácticas administrativas o comerciales del sector) Plazo expedición: EM fijan. En EIB y S con Inv. SP, hasta 15 del mes siguiente al devengo Recapitulativas: mes natural o + 1 mes si lo autoriza EM Expedición por destinatario: Acuerdo previo y procedimiento de aceptación por SP Contenido: normales y simplificadas Moneda: cualquiera. Tipo cambio: BCE exigibilidad

Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio Transposición en 2013 Electrónica: Definición. Aceptación receptor. Autenticidad, integridad y legibilidad: firma electrónica avanzada o EDI Conservación: en formato original, no se obliga a admitir la digitalización. No hay plazo común, ni EM competente. EM puede prohibirla si es en papel fuera de su territorio II. SISTEMA DE CAJA Si devengo al cobro, cabe que EM establezca que dº deducir nace con el pago al proveedor. Umbral: 500.000 de volumen de negocio, cabe aumento a 2 millones III. DEVENGO EIB Y TB: exigibilidad con factura si este antes 15 mes siguiente al devengo; si no, 15 mes siguiente al devengo. AIB: exigibilidad con factura si antes 15 mes siguiente. No en pagos anticipados de EI IV. No TB en envíos a otro EM para tasaciones

TRANSPOSICIÓN PAQUETE IVA: MODIFICACIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS Ley 2/2010, de 1 de marzo, y Real Decreto 192/2010, de 26 de febrero, que modifica RIVA y RGAT - Concepto de empresario y profesional (Art. 5.cuatro LIVA y 71.7º.3 RIVA)) - NIF/IVA (Art. 25.2 RGAT) - Reglas de localización de las prestaciones de servicio (Arts. 69, 70 y 72 LIVA y 23.2 RIVA) - Devengo (Art. 75.uno.2º LIVA) - Sujeto pasivo: regla de inversión (Art. 84.uno.2º LIVA) - Devoluciones a no establecidos (ARTS. 117 bis, 119 y 119 bis LIVA y 30 ter, 31 y 31 bis RIVA) - Declaración recapitulativa (modelo 349) (Arts.78 a 81 RIVA) y Orden HAC/769/2010, de 18 de marzo -Suministro telemático de libros registro (Modelo 340) -Otras cuestiones: Oficinas liquidadoras (art. 5.4 LIVA) y exención importaciones de bienes de escaso valor (art. 34 LIVA)

OTRAS MODIFICACIONES Ley 11/2009, de 26 de octubre, de SOCIMI Aplicable desde 28 de octubre de 2009: Modificación BI por impago en operaciones a plazo o con precio aplazado (art. 80.cuatro LIVA) Inversión SP en servicios sobre derechos de emisión (art. 84.uno.2º.d) LIVA) Aplicable para rentas exigibles desde 28 de octubre de 2009 Arrendamientos con opción de compra de viviendas: tipo (art. 91 LVA) Rehabilitación: obras análogas (D. Adicional segunda) Ley de PGE para 2010 Elevación de tipos desde 1 de julio de 2010: General al 18% Reducido al 8% Elevación Compensación REAGP: 10% (explotaciones agrícolas) y 8,5% (explotaciones ganaderas) Criterios DGT

OTRAS MODIFICACIONES Real Decreto ley 6/2010, de 9 de abril Tres bloques de medidas: I. Rehabilitación, renovación y reparación de edificaciones A) Concepto de rehabilitación (art. 20.uno.22º LIVA) Requisito cualitativo : 50% del coste, obras estructurales, análogas y conexas Conceptos : Obras estructurales: de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas.

OTRAS MODIFICACIONES Obras análogas: a) Las de adecuación estructural que proporcionen a la edificación condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica. b) Las de refuerzo o adecuación de la cimentación así como las que afecten o consistan en el tratamiento de pilares o forjados. c) Las de ampliación de la superficie construida, sobre y bajo rasante. d) Las de reconstrucción de fachadas y patios interiores. e) Las de instalación de elementos elevadores, incluidos los destinados a salvar barreras arquitectónicas para su uso por discapacitados.

OTRAS MODIFICACIONES

OTRAS MODIFICACIONES Requisito cuantitativo: Coste superior al 25% del valor, con exclusión valor suelo (RD ley 2/2008) Régimen transitorio (disposición transitoria tercera. uno RDL): Concepto rehabilitación, aplicable a entregas devengadas a partir de 14/4/2010 que sean 1ª entrega, indiferente haya o no pagos anticipados Dª Deducción cuotas, que nace ese día Tipo reducido a ejecución obra: rectificación pagos anticipados B) Ajuste técnico: art. 91.uno.1.7º LIVA C) Tipo reducido: obras de renovación y reparación de edificaciones: aportación materiales no más 33% de la BI (art. 91.uno.2.15º LIVA) Hasta 31/12/2012. Reducción Módulos: O. EHA/1059/2010, de 28 IV D) Mismo porcentaje, antes 20%, en el artículo 8.dos.1º LIVA: ejecuciones de obra inmobiliaria = entrega de bienes

OTRAS MODIFICACIONES II. Modificación de la base imponible (art. 80. cuatro y cinco LIVA) Plazo desde el devengo: un año, salvo empresarios o profesional que no sea Gran Empresa (6.010.121 euros operaciones año natural anterior): 6 meses Régimen transitorio: Operaciones en las que haya transcurrido mas de 6 meses pero menos de 1 año y 3 meses desde el devengo a 14 de abril de 2010 No si pudieron modificar la BI por 80.tres Requerimiento notarial Deudor ente público: se admite modificación BI: Certificación, con informe Interventor o Tesorero Rectificación al alza si hay acuerdo de cobro tras requerimiento notarial o por otra causa.

OTRAS MODIFICACIONES III. Tipo superreducido a servicios asistenciales no exentos Art 91.dos.2.3º LIVA: teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche, y atención residencial, definidos en la Ley 39/2006, prestados en plazas concertadas e centros o residencias o mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado en atención a esa Ley, siempre que no estén exentos por 20.uno.8º LIVA Art. 91.uno.2.9º LIVA: ajuste técnico: tipo reducido a servicios asistenciales no exentos ( art. 20.uno.8º) a los que se aplique el art. 91.dos.2.3º LIVA. Ley 32/2010, de 5 de agosto: amplia su aplicación: prestación económica vinculada a esos servicios que cubra el 75% del precio

PROYECTO DE LEY PGE PARA 2011 y Resolución del TEAC de 29 de junio de 2010 Directiva 2009/69/CE Art. 27.12º LIVA: exención para importaciones si hay ulterior EIB o TB a otro EM: remisión al RIVA Art. 86.Tres LIVA: Representante del importador queda obligado a cumplir las obligaciones materiales y formales Directiva 2009/162/UE Entregas de gas natural a través de una red en COM, electricidad, calor o frío: No TB (art. 9.3º.h LIVA), IMP exenta (art. 66.3º. LIVA); Localización (entregas y servicios de provisión de acceso a redes y otros: arts. 68.siete y 69.dos.k) LIVA) ). No es bien objeto de los IIEE el gas entregado a través de una red (D. A. Cuarta LIVA) Exención a Organismos Internacionales Comunitarios (arts. 22 y 61 LIVA) Resolución del TEAC de 29 de junio de 2010: periodo de liquidación ARCO, Abogados y Asesores