Asesoría para lograr Certificaciones

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Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 OBJETIVO LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Promover una cultura de prevención de riesgos laborales estableciendo las obligaciones del Estado, de asociaciones empresariales y sindicatos, del empleador y de los trabajadores. Establece además el rol de fiscalización y control del Estado. Art. 17 El empleador debe adoptar un enfoque de SG SST REQUISITOS GENERALES Punto 4.1 Punto 4.2 Proporciona un sistema de gestión (SG), basado en la mejora continua, que establece las directrices de seguridad y salud en el trabajo. Es una herramienta de control y evaluación. Proporcionar reconocimiento externo: Certificación. POLÍTICA Art. 22 Política del SG SST: El empleador en consulta con los trabajadores, expone por escrito la política SST (específica, concisa, comunicada, accesible y actualizada). Art. 23 Principios de la política: protección de la salud, prevención, cumplimiento de requisitos legales, mejora continua. Apropiada para la organización. Compromiso de prevención y mejorar continuamente. Compromiso para los requisitos legales y otros. Documentada, implementada y mantenida. Comunicada y disponible a todas las partes. Revisada de manera periódica. PLANIFICACIÓN IDENTIFICACIÓN DE AMENAZAS, EVALUACIÓN DEL RIESGO, CONTROLES Art. 77 del Reglamento: la planificación debe permitir que el SG SST contribuya a cumplir disposiciones legales, a fortalecer los componentes del SG, a mejorar continuamente. Art. 37 Elaboración de la línea base del SG SST: el empleador debe realizar una evaluación inicial (diagnóstico del estado). Art. 57 Evaluación de riesgos: el empleador actualiza evaluación de riesgos una vez al año como mínimo. Art. 77 del Reglamento: la evaluación inicial de los riesgos debe realizarse a cada puesto de trabajo. Se debe identificar la legislación aplicable, identificar los peligros y evaluar los riesgos, determinar si los controles previstos son adecuados. Art. 78 del Reglamento: el resultado de la evaluación inicial debe estar documentado, servir de base para adoptar decisiones sobre el SG SST, servir de referencia para evaluar la mejora continua. Art. 82 del Reglamento: el empleador debe identificar peligros y evaluar riesgos de forma periódica. Punto 4.3 Punto 4.3.1 para: Actividades rutinas y no rutinas. Todas las personas con acceso al lugar de trabajo (contratistas, clientes, visitantes). Factores humanos: capacidad, comportamiento, familiaridad. Amenazas de origen interno y externo. Infraestructura y equipamiento. Cambios de la organización/actividad (planificados o reales). Obligaciones legales: personas especialmente protegidos (adolecente, mujeres embarazadas). Diseño del centro de trabajo.

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 REQUISITOS LEGALES Y OTROS LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Art. 17 SG SST: El empleador debe adoptar un enfoque de SG SST de Punto 4.3.2 conformidad con instrumentos y directrices internacionales y la legislación vigente. Identificar y acceder a los requisitos legales. Art. 23 Principios de la política, b): cumplimiento de los requisitos legales Comunicar (a todas las partes, internas y externas). pertinentes en materia de seguridad y salud en el trabajo, y de otras Mantener actualizada. Tener en cuenta los requisitos legales y otros requisitos al prescripciones que suscriba la organización. establecer, implementar y mantener el sistema de Art. 84 del Reglamento: El empleador debe contar con procedimientos a fin gestión. de garantizar que: b) Se identifiquen las obligaciones y requisitos tanto legales como de la propia organización en materia de SST. OBJETIVOS Y PROGRAMAS IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN Art. 39 Objetivos de la planificación del SG SST: los objetivos se centran en el logro de resultados específicos, realistas y posibles de aplicar por la empresa. Art. 81 del Reglamento: En el marco de la Política de SST basada en la evaluación inicial o posteriores, deben señalarse objetivos medibles: a) Específicos para la organización, apropiados y conforme con su tamaño b) Compatibles con las leyes y reglamentos pertinentes c) Focalizados en la mejora continua d) Documentados y comunicados a todos los niveles e) Evaluados y actualizados periódicamente. Art. 25 del Reglamento: El empleador debe implementar el SG SST, regulado en la Ley y en el presente Reglamento, en función del tipo de empresa u organización, nivel de exposición a peligros y riesgos, y la cantidad de trabajadores expuestos. Punto 4.3.3 Objetivos Establecer, documentar, implementar en las áreas relevantes. Medibles, coherentes con la política. Tener en cuenta las obligaciones legales. Considerar las opciones tecnológicas, sus requisitos de financiación, operacionales y de negocio, visión de las diferentes partes interesadas. Programas para conseguir los objetivos Responsabilidades, medios y plazos Punto 4.4

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 RECURSOS, FUNCIONES, RESPONSABILIDAD, AUTORIDAD LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Punto 4.4.1 Art. 26 Liderazgo del SG SST: Es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades. EL empleador delega funciones y la autoridad necesaria al personal encargado del desarrollo, aplicación y resultados del SG SST. Art. 27 Disposición del trabajador en la organización del trabajo: El empleador define los requisitos de competencia necesarios para cada puesto de trabajo y adopta disposiciones para que todo trabajador esté capacitado para asumir deberes y obligaciones relativos a SST, debiendo establecer programas de capacitación y entrenamiento.. Art. 35 responsabilidades del empleador dentro del SG SST: Para mejorar el conocimiento sobre seguridad y salud en el trabajo, el empleador debe: b) realizar no menos de 4 capacitaciones al año en materia de SST. Compromiso de dirección. Recursos para establecer, implementar, mantener y mejorar. Funciones, responsabilidades, autoridades. Toda la dirección deberá mostrar su compromiso. Todo el personal se deberá adherir a los requisitos. Miembro elegido por la dirección un rol definido para asegurar que: El sistema se ha establecido, implementado, mantenido y, se crean informes sobre el comportamiento del sistema. El miembro elegido por la dirección deberá ser presentado a todo el personal. COMPETENCIA, CONCIENCIA, FORMACIÓN Art. 27 del Reglamento: El empleador, en cumplimiento del deber de prevención y del art. 27 de la Ley, garantiza que los trabajadores sean capacitados en materia de prevención. La formación debe estar centrada: a) En el puesto de trabajo específico o en la función que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, modalidad o duración de su contrato. b) En los cambios en las funciones que desempeñe, cuando éstos se produzcan. Cambios en la tecnología o equipos cuando se produzca. c) Actualización periódica de los conocimientos. Art. 29 del Reglamento: Hacerse extensivos a todos los trabajadores, ser impartidos por profesionales competentes y con experiencia en la materia, ser evaluados, ser adecuados al tamaño de la organización y a la naturaleza de sus actividades y riesgos. Punto 4.4.2 Personal competente. Identificación de las necesidades de formación. Provisión de formación para cumplir las necesidades. Evaluación de la efectividad de la formación. Mantenimiento de registros. Asegurar que todo el personal es consciente de las consecuencias de sus acciones y comportamiento para la seguridad y salud laborales : Las consecuencias de las desviaciones de los requisitos. Los beneficios del rendimiento mejorado. Sus funciones y responsabilidades. Importancia de la conformidad.

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN, CONSULTA DOCUMENTACION LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Art. 19. Participación de los trabajadores en el SG SST: La participación de Punto 4.4.3 los trabajadores es indispensable en el SG SST: a) Consulta, información y capacitación en todos los aspectos de SST. Comunicación interna, externa, subcontratados, b) Convocatoria a elecciones, elección y funcionamiento visitantes. Art. 24. La participación en el SG SST: El empleador asegura que los Participación, consulta e implicación en identificación de trabajadores y sus representantes son consultados, informados y las amenazas, evaluación del riesgo, controles. Investigación de incidentes. capacitados., incluidas las disposiciones relativas a situaciones de Desarrollo de políticas y objetivos. emergencia. Consulta sobre los cambios (incluyendo subcontratados y Art. 25 Facilidades para la participación: El empleador adopta medidas para miembros externos). que los trabajadores, participar activamente en los procesos de Representación de los empleados. organización, planificación y aplicación, evaluación y acciones del SG SST. Información relativa a quién es el representante. Además Art. 29 Art. 33 relativos a Elecciones de representantes, Supervisores y Comité de SST. Asimismo Capítulo V del Reglamento. Art. 26 del Reglamento: El empleador está obligado a: a) Promover la cooperación y la comunicación entre el personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y las organizaciones sindicales,. Art. 37 del Reglamento: El empleador debe establecer y mantener disposiciones y procedimientos para: Recibir, documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas y externas relativas a la seguridad y salud en el trabajo. a) Garantizar la comunicación interna de la información relativa a la seguridadysaludeneltrabajoentrelosdistintosnivelesycargos de la organización. b) Garantizar que las sugerencias de los trabajadores o de sus representantes sobre seguridad y salud en el trabajo

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 DOCUMENTACIÓN LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Punto 4.4.4 Art. 37 del Reglamento: La documentación del SG SST que debe exhibir el empleador es la siguiente: a) La política y objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo. b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control. d) El mapa de riesgo. e) La planificación de la actividad preventiva. f) El programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. La documentación referida en los incisos a) y c) debe serexhibidaenunlugarvisibledentrodecentrodetrabajo,sinperjuiciode aquella exigida en las normas sectoriales respectivas. Política y objetivos. Alcance, principales elementos e interacción del sistema de gestión. Documentación y registros requeridos por OHSAS. Documentación y registros requeridos por la organización (para asegurar una planificación, operación y control efectivos). Referencias a documentación relativa. Es importante que la documentación sea proporcional al nivel de complejidad, amenazas y riesgos concernientes al sistema, y que estos se mantienen en niveles mínimos que aseguren la efectividad y eficiencia de la misma. CONTROL DE DOCUMENTOS Art. 28 Registros del SG SST: El empleador debe implementa los registros y documentación del SG SST, pudiendo ser llevados a través de medios físicos o electrónicos. Estos registros y documentos deben estar actualizados y a disposición de los trabajadores y de la autoridad competente. Art. 47 Revisión de los procedimientos del empleador: los procedimientos del SG SST se revisan periódicamente a fin de obtener mayor eficacia y eficiencia en el control de riesgos asociados al trabajo. Punto 4.4.5 Aprobados por su adecuación. Revisión (puesta al día requerida). Identificar cambios y estado de la revisión. Versión actualizada en cada momento de uso. Legibles e identificables. Control de documentación externa. Eliminar los documentos obsoletos para que no sean usados.

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 CONTROL OPERACIONAL LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Art. 50 Medidas de prevención facultadas por el empleador: aplica las Punto 4.4.6 siguiente medidas de prevención: a) Gestionar riesgos, eliminándolos desde su origen y aplicando Identificar áreas de riesgo (resultados de la evaluación de sistemas de control riesgos). b) Diseño de puestos de trabajo, ambientes de trabajo, equipos y Controles aplicables integrados al sistema de gestión. métodos de trabajo orientados a garantizar la salud y la seguridad Controles para los bienes y servicios contratados. del trabajador. Controles para los subcontratados y visitantes. c) Eliminar situaciones y agentes peligroso Dónde la ausencia de controles podría conducir a d) Integrar los planes y programas de prevención a los nuevos desviaciones de la política y objetivos de Seguridad y conocimientos de ciencia y tecnología.. Salud Laborales. Art. 59 Adopción de medidas de prevención Art. 60 Equipos para la protección Art. 61 Revisión de la indumentaria y equipos de trabajo Art. 68 Seguridad en los contratistas, subcontratistas, empresa especiales de servicio y cooperativas de trabajadores CapítulosVIyVIIdelReglamento PREPARACION Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS Art. 83 del Reglamento: El empleador debe adoptar las siguientes disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia y accidentes de trabajo: a) Garantizar información, medios de comunicación interna y coordinación necesarios a todas las personas en situaciones de emergencia en el lugar de trabajo. b) Proporcionar información y comunicar a las autoridades competentes, a la vecindad y a los servicios de intervención en situaciones de emergencia. c) Ofrecer servicios de primeros auxilios y asistencia médica, de extinción de incendios y de evacuación a todas las personas que se encuentren en el lugar de trabajo. d) Ofrecer información y formación pertinentes a todos los miembros de la organización, en todos los niveles, incluidos ejercicios periódicos de prevención de situaciones de emergencia, preparación y métodos de respuesta. Punto 4.4.7 Identificar situaciones potenciales. Planes de respuesta (teniendo en cuenta las necesidades, incluyendo servicios de emergencia y a los vecinos). Prevenir o mitigar las consecuencias adversas. Probar (incluyendo todas las partes cuando sea posible) y revisar. Revisiones periódicas cuando sea necesario.

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 MEDICION Y SEGUIMIENTO DEL DESEMPEÑO EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO LEGAL LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Art. 40 Procedimientos de evaluación: la evaluación, vigilancia y control de Punto 4.5.1 la SST comprende procedimientos internos y externos de la empresa, que permiten evaluar con regularidad los resultaos logrados. Art. 41 Objetivo de la supervisión: Permite: Cualitativa y cuantitativa según sea apropiado. a) Detectar fallas o deficiencias. Monitorizar el cumplimiento de objetivos. b) Adoptar medidas preventivas y correctivas. Monitorizar la efectividad de los controles. c) Prever el intercambio de información Ejecución proactiva y mediciones de la conformidad. d) Aportar información para determinar que las medidas de control Reacción ante los datos de incidentes, enfermedades e son eficaces. históricos. e) Server de base para adopción de decisiones. Registrar la información para ayudar a la mejora. Ofrecer servicios de primeros auxilios y asistencia médica, de extinción de Calibrar los equipos (cuando sea necesario). incendios y de evacuación a todas las personas que se encuentren en el lugar de trabajo Art. 45 Vigilancia del SG SST: la vigilancia de la ejecución del SG SST, las auditorias y los exámenes realizados por la empresa deben permitir que se identifique las causas de su disconformidad con las normas pertinentes o con las disposiciones del SG. Art. 85 del Reglamento: el empleador debe elaborar, establecer y revisar periódicamente procedimientos para supervisar, medir y recopilar datos relativos a los resultados de SG SST. Art. 23 Principios de la política, b): cumplimiento de los requisitos legales Punto 4.5.2 pertinentes en materia de seguridad y salud en el trabajo, y de otras prescripciones que suscriba la organización. Evaluación periódica del cumplimiento de la legislación. Art. 76 del Reglamento: Cuando el artículo 37º de la Ley hace referencia a Evaluación periódica del cumplimiento con otros requisitos. la legislación y otros dispositivos legales pertinentes comprende a todas las normas nacionales generales y sectoriales en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como, a las normas internacionales ratificadas. También se incluyen las disposiciones en la materia acordadas por negociación colectiva, de ser el caso.

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 INVESTIGACION DE INCIDENTES, NO CONFORMIDAD, ACCION CORRECTIVA Y PREVENTIVA LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Art. 42 Investigación de los accidentes, enfermedades e incidentes: la Punto 4.5.3 investigación de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo, para la planificación de la acción correctiva pertinente. Identificar las necesidades de acciones correctivas. Art. 87 Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e Identificar las oportunidades para acciones preventivas. incidentes peligrosos: Deben contar con un registro de accidentes de Identificar oportunidades de mejora. Tomar acción en un periodo de tiempo dentro de plazo y trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos. Deben registrar los resultados. permanecer a disposición de la autoridad laboral y mantener archivado por Identificar no conformidades y acciones para mitigar las 10 años posteriores al suceso. consecuencias. Investigar y tomar acciones para prevenir repeticiones. Art. 92 Investigación de accidentes de trabajo, enfermedades Evaluar las necesidades de actuación para prevenir NCs e ocupacionales e incidentes peligrosos: El empleador conjuntamente con los implementar acciones para la prevención de futuras NCs. Revisión de las acciones tomadas para evaluar su representantes sindicales o de los trabajadores, realizan la investigación. efectividad. Según corresponda deben ser comunicadas a la autoridad indicando las medidas de prevención adoptadas. CONTROL DE REGISTROS Art. 33 del Reglamento: Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son: a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas. b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. f) Registro de equipos de seguridad o emergencia. g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. h) Registro de auditorías. Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán contener la información mínima establecida en los formatos que aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Resolución Ministerial. Punto 4.5.4 Identificación. Almacenamiento. Protección. Modificación / actualización. Retención y eliminación. Legibles. Identificables. Trazables.

Cuadro comparativo: LA LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) y SU REGLAMENTO Y OHSAS 18001:07 AUDITORIA INTERNA LEY Nº 29783 SST Y REGLAMENTO OHSAS 18001:07 Art. 43 Auditorias del SG SST: El empleador realiza auditorías periódicas a Punto 4.5.5 fin de comprobar el SG SST ha sido aplicado y es adecuado y eficaz. La auditoría se realiza por auditores independientes. En la consulta sobre la Planificada y llevada a cabo basándose en los resultados selección del auditor y todas las fases de auditoría, incluido el análisis de de la evaluación del riesgo y auditorias previas. resultados, se requiere la participación de los trabajadores y de sus Determinar alcance, criterios y frecuencia. Definir las responsabilidades y competencias del auditor. representantes. Definir el proceso y requisitos de auditoria. Cuarta Disposición complementaria transitoria del Reglamento: Las Los auditores deben ser imparciales y objetivos. auditorías a que hace referencia el artículo 43º de la Ley Nº 29783 son obligatorias. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo regulará el registro y acreditación de los auditores autorizados, así como la periodicidad de éstas. REVISION POR LA DIRECCION Art. 90 del Reglamento: La revisión del SG SST se realiza por lo menos una (1) vez al año. El alcance de la revisión debe definirse según las necesidades y riesgos presentes. Art. 91 del Reglamento: Las conclusiones del examen realizado por el empleador deben registrarse y comunicarse: a) A las personas responsables de los aspectos críticos y pertinentes del SG SST para que puedan adoptar las medidas oportunas. b) Al Comité o al Supervisor de seguridad y salud del trabajo, los trabajadores y la organización sindical. Punto 4.6 Para asegurarse conveniencia, adecuación y eficacia continua del SG SST. Considera evaluación de las oportunidades de mejora y necesidad de efectuar cambios en el SG SST. Revisar los requisitos detallados. Elementos de entrada para la revisión por la dirección. Toma de decisión y acciones relacionadas con: posibles cambios en el desempeño de la SST; la política y los objetivos de SST los recursos; otros elementos del SG SST.

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