LA ACUICULTURA MARINA: UN NUEVO PARADIGMA EN LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA. Jáuregui J. Servicio de Sistemas Ecológicos de Producción; Dirección General de Agricultura Ecológica, Consejería de Agricultura y Pesca, Junta de Andalucía; Tabladilla s/n, 41071 SEVILLA. Tfno.: 955 032 293 / FAX: 955 032 318; e-mail: jjáuregui@andaluciajunta.es RESUMEN La acuicultura marina es una actividad en creciente desarrollo en Andalucía, que ha puesto sus miras en la producción ecológica. La acuicultura marina ecológica no sólo contribuye a prevenir la contaminación de las aguas marinas, sino que mantiene la biodiversidad de las especies utilizadas y genera beneficios ambientales indirectos gracias a las especiales condiciones de las instalaciones y materiales utilizados en la construcción de las granjas. Además, al integrarse en la cadena alimentaria mediante el uso de piensos de producción ecológica, aporta garantías adicionales para la seguridad alimentaria, tan relevante hoy en día. La comunicación describe la situación actual de esta nueva forma de producción ecológica desde los puntos de vista de los establecimientos implicados, las entidades certificadoras y la Junta de Andalucía. Palabras clave: estanque, jaula flotante, dorada, lubina. COMUNICACIÓN INTRODUCCIÓN El acceso a proteína de origen acuático marino para la alimentación ha sido tradicionalmente posible únicamente a través de la actividad extractiva, la pesca, con escasas excepciones. La razón fundamental ha sido la dificultad para manejar sistemas productivos acuáticos y la relativa facilidad y bajo coste de la actividad pesquera, que explotaba unos recursos que durante muchos siglos se suponían inagotables. Sin embargo la creciente capacidad extractiva que ha ido adquiriendo la flota pesquera mundial a partir de la mitad del siglo XX gracias al uso de combustibles fósiles, nuevos materiales y tecnologías de teledetección y telecomunicación ha convertido los recursos pesqueros, primero en finitos y segundo en menguantes. Tanto es así que algunas pesquerías han reducido el tamaño de la población objetivo hasta unos niveles de sobreeplotación, comprometiendo su capacidad de recuperación. Es el caso de la pesquería del bacalao en los Grandes Bancos de Canadá, o del atún rojo en el Mediterráneo. La necesidad de pescado con que suministrar los mercados ha hecho volver los ojos a la acuicultura, que tradicionalmente subsistía como una actividad marginal. En el último cuarto del siglo XX la acuicultura ha tenido un desarrollo activo, aumentando de un 10 a un 30 por ciento del total de la producción de peces, crustáceos y moluscos a nivel mundial.
Acuicultura marina en Andalucía La tabla 1 resume la producción acuícola marina en Andalucía. Si miramos al volumen de producción, el número de especies cultivadas es pequeño, con sólo tres especies que suman casi el 90% del total. No obstante, se inicia una diversificación, pues además de las minoritarias que se listan en la tabla, se están haciendo ensayos de cultivo de pulpo... (preguntar en DGP qué otras) Tabla 1. Producción de acuicultura marina de engorde en Andalucía correspondiente a 2004. No se incluye la producción de individuos en estadio juvenil (instalaciones de criadero y preengorde). Producción (Tm) en 2004 Especies DORADA 4.077 55,0% LUBINA 1.771 23,9% LENGUADO 32 0,4% ANGUILA 46 0,6% LISA 154 2,1% ATÚN 326 4,4% RODABALLO 15 0,2% CORVINA 2 0,0% BAILA 8 0,1% LANGOSTINO 44 0,6% CAMARÓN 63 0,8% ALMEJA JAPONESA 76 1,0% ALMEJA FINA 5 0,1% OSTIÓN 35 0,5% MEJILLÓN 761 10,3% TOTAL 7.416 100% La producción acuícola marina en Andalucía es un sector pujante, con 75 empresas que producen 7.400 Tm anuales, lo que supone una facturación de entre 35 y 40 millones de euros anuales. Tienen como base unos medios de producción situados en un medio litoral apropiado, que en algunos casos utiliza elementos productivos transformados de salinas. En éstos últimos se ha venido engordando pescado de forma extensiva, como actividad accesoria a la extracción de sal, obteniéndose un aprovechamiento secundario. En otros casos el medio de producción utiliza las condiciones de elevado hidrodinamismo de las aguas litorales (mareas y corrientes) para ubicar estructuras cuyo medio de cultivo tiene una alta tasa de renovación y pueden por tanto suportar mayores cargas de cría. Tabla 2. Medios productivos en acuicultura marina en el litoral andaluz En tierra (7.500 ha) Granjas marinas (peces y crustáceos) Criaderos Estanques Salinas transformadas Marismas transformadas Parque de cultivos en zona intermareal (almejas) En mar (120 ha)
Long-lines (moluscos) Bateas flotantes (mejillón) Jaulas flotantes (peces) Jaulas sumergidas (peces) El sector de cultivos marinos andaluz, representado por la Asociación profesional ASEMA se fijó en el modo ecológico de producción como medio de diferenciar sus productos, en la búsqueda de un valor añadido a su producción para hacer frente a las presiones del mercado internacional. Particularmente se centró en la dorada y la lubina, las especies con mayor volumen de producción. En colaboración con la Asociación CAAE (Comité Andaluz de Agricultura Ecológica) se elaboró un primer borrador de directrices técnicas para regular la certificación de la actividad. Este texto utilizó como base la norma privada que regula el cultivo ecológico de la trucha, adaptándola a las particularidades de los cultivos marinos. Qué es la acuicultura ecológica El método de producción ecológico aplicado a la acuicultura se basa en los mismos principios que el aplicado a la ganadería, con el añadido de que el agua no es sólo un insumo del sistema productivo, sino además el medio en el que viven los organismos cultivados. Los principios básicos en los que se asienta la acuicultura ecológica son: Ausencia de deterioro del medio en el que se ubican las explotaciones Utilización de agua sin contaminantes Preferencia por el policultivo Ausencia de uso de OGM: ni en insumos, ni en los propios organismos cultivados Baja densidad de cultivo Mantenimiento del comportamiento típico de las especies Sanidad animal basada en medidas de prevención más que en medicación Uso del oxígeno, no como medio de aumentar la densidad de cultivo, sino como medida de mejora del bienestar animal Alimentación: pìenso libre de OGM, procedente de fuentes sostenibles, sin productos químicos de síntesis Bienestar animal Producir un alimento (pescado) con garantías sanitarias y de calidad alimentaria. Situación normativa La norma básica reguladora de la producción ecológica en los países de UE (Reglamento 2092), que se remonta a 1991, excluía expresamente la acuicultura. Sin embargo, la situación varía en las propuestas que se manejan en la actualidad para su renovación y actualización, prevista para fin de 2009, momento en que se regulará. La realidad es que la regulación que se haga de la actividad en ese momento deberá respetar las normativas de los estados miembros que ya estén en vigor. La Junta de Andalucía pretende tomar la iniciativa para sentar las bases de la regulación de la actividad de acuerdo con las prácticas que ya sean habituales en Andalucía. Así pues, la situación actual es que partiendo de la norma elaborada por Asociación CAAE en acuerdo con ASEMA, la DGAE ha elaborado un nuevo texto, que ha pasado el trámite de audiencia pública y será publicado en los próximos meses, como primera norma reguladora de la actividad de acuicultura marina ecológica.
La norma andaluza Se describen a continuación los principales puntos que regula. Se prohíbe la producción paralela Período de conversión: garantizará cría ecológica 2/3 de la vida del pez. Se permite producción paralela sólo si distintas fases de cría. Si vertidos contaminantes, obligación de instalar sistema de depuración tipo lagunaje (ecosistema natural). Se prohíbe calentar agua con efluentes de industrias. No alguicidas Uso de oxígeno prohibido excepto en: Transporte de peces Criadero y preengorde (fases de huevo y alevín) Situaciones extraordinarias de riesgo, si la concentración de O 2 baja de 6 g/l, para salvaguardar la vida de los peces. Calidad del agua de entrada: límites de concentración de contaminantes equivalentes al de las aguas especiales (según la clasificación de las aguas litorales andaluzas): Sólidos en suspensión: 1,15 g/l Hg: 0.3 g/l Pb: 10 g/l Cu: 20 g/l Zn: 60 g/l CN - : 5 g/l Hidrocarburos: ausencia Se regula la periodicidad de los análisis en el agua de cultivo. Se prohíbe la cría de peces triploides, monosexo u OGM Se prohíbe usar hormonas y promotores del crecimiento sintéticos Origen de los peces: acuicultura ecológica (excepción hasta 31/12/09: de instalaciones en conversión y si no hubiera, de instalaciones convencionales) y captación natural (esteros). En cualquier caso, cría en ecológico 2/3 del tiempo de vida para poder etiquetar. Sanidad basada en prevención y manejo y en productos orgánicos. Se permite usar productos sanitarios químicos de síntesis y antibióticos sólo si: autorizados en anexo, máximo dos tratamientos en un año y plazo de seguridad de 4 meses antes del sacrificio. Máximo de 8 tratamientos por año con antiparasitarios externos, con concentración limitada. Alimentación con pienso: 30% origen vegetal ecológico, 18% máximo de grasa. Parte acuática de pesca sostenible (excepción con moratoria).se establecen límites de contaminantes en piensos. Prohibido: harinas de animales terrestres, promotores, estimuladores, saborizantes, aditivos colorantes, antioxidantes, excepto los del anexo. Transporte y sacrificio: según normas de bienestar animal. Obligación de analizar contaminantes por lotes antes de comercializar (se establecen niveles máximos). Obligación de anotar en libro de registro: Ocasiones en que se haya utilizado oxígeno Tratamientos sanitarios Incorporación de peces a la instalación Mortandades superiores a lo habitual Eliminación de peces
Movimiento de peces Alimentación de los peces, composición del pienso cuando sea de fabricación propia Retirada de lodos y su destino Resultados de análisis en el agua y en el pescado ANEXO I condiciones específicas de cultivo Distancia mínima a acuicultura convencional Densidad máxima Calidad del agua de salida Lodos Período mínimo de engorde (grados día) Hasta 250 g 250 g 350 g Más de 350 g Instalaciones en tierra Jaulas No se establece 2 millas, reducible a 1 3 kg/m 3 (4 kg/m 3 en caso de 15 kg/m 3 disponer de balsa de decantación para depuración antes del vertido) Según autorización de vertidos (CMA). Obligación de disponer de balsa de reserva en entrada y balsa de decantación en salida. Usar para reconstruir muros No hay o esparcir en agricultura 5.774 8.661 11.548 Plan de Vigilancia y Control del Medio Receptor, aprobado por CMA 4.979 7.468 9.958 ANEXO II Lista de materias primas, alimentos y aditivos autorizados ANEXO III. Productos y métodos sanitarios aprobados ANEXO IV. Modelo de etiqueta