GUÍA PARA EL REPORTE DE EROGACIONES POR CONCEPTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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Transcripción:

GUÍA PARA EL REPORTE DE EROGACIONES POR CONCEPTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL Código: LG8-GTA-PYE-GU-02

Elaboró Revisó Angélica Gándara López Jefe de Departamento de Programación y Evaluación Víctor Manuel Bouchan Salinas Gerente Técnico Administrativo. Autorizó Aprobó Presidente del Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI) Fecha de documentación: Número de Revisión: 1

1. INTRODUCCIÓN PROPÓSITO Establecer una guía para la orientación, planeación, y evaluación los programas y campañas de comunicación social y publicidad. Definiciones y siglas o acrónimos principales Para los efectos del presente guía, se definen los términos más usados y se presentan las siglas y acrónimos, también más utilizados. COMSOC: Sistema de gastos en materia de comunicación social, administrado por la Secretaría de la Función Pública, el cual registra y da seguimiento a las erogaciones que realizan las dependencias y entidades en lo relacionado a la publicidad gubernamental: Campaña: Planeación y difusión de un conjunto de mensajes derivados de la Estrategia anual de comunicación social dirigida a una población objetivo, a través de medios de comunicación con una vigencia determinada; Campaña de comunicación social: Aquellas que difunden el quehacer gubernamental, acciones o logros del Gobierno o estimulan acciones de los ciudadanos para acceder a algún beneficio o servicio público; Campaña de promoción y publicidad: Aquellas que dan a conocer o motivan la comercialización de bienes y servicios públicos que generan algún ingreso para el Estado; Clave de Identificación: Conjunto de caracteres alfanuméricos asignados por la Dirección General de Normatividad de Comunicación o la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, según corresponda, que permiten identificar al emisor, tipo de medio, número consecutivo del mensaje y Ejercicio Fiscal de la campaña de que se trate; Cobertura: Localidades específicas o regiones en las cuales se pretende difundir una campaña; Coemisor(es): Dependencias o entidades que, con base en sus atribuciones, son corresponsables de la comunicación de un tema en común para ser difundido como campaña o mensaje extraordinario; Entidades: Las enunciadas en el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Erogación: Todo recurso presupuestario incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ejercido, comprometido o contratado por las dependencias y entidades, con cualquier prestador de bienes y servicios, que sea susceptible de ser aplicado en las partidas correspondientes al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal y registrado en el Sistema de Comunicación Social; Estrategia anual de comunicación social: Instrumento de planeación que expresa los temas gubernamentales prioritarios a ser difundidos durante el Ejercicio Fiscal por la dependencia o entidad; Estrategia anual de promoción y publicidad: Instrumento de planeación que expresa los principales temas de búsqueda, intereses, categorías y contenido del medio a contratar; Medios de comunicación digitales: Tipo de medio donde el contenido (texto, voz, música, imágenes, animaciones o videos) puede consultarse desde un dispositivo electrónico que cuente con la tecnología necesaria; dicho contenido puede ser o no creado por los propios usuarios; Medios de comunicación electrónicos: Todo aquel que nos proporciona la difusión a través de impulsos eléctricos, tales como: Radio, televisión, cine;

Medios de comunicación complementarios: Medios alternativos que impactan a un segmento de la población más específico para la difusión de una campaña, tales como: Mobiliario urbano, publicidad exterior, espectaculares; Medios de comunicación impresos: Todo tipo de publicación escrita masiva que contenga texto o imágenes fijas y que se encuentre impreso, con periodicidad de edición determinada, bajo el mismo nombre y numeración secuenciada; Medios públicos: Estaciones oficiales de radio y canales de televisión operados por dependencias de la Administración Pública Federal, entidades referidas por los artículos 2 y 3 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, gobiernos estatales y municipales e instituciones educativas públicas; Modificaciones al Programa: Se refiere a toda variación registrada en su Programa anual como: Techo presupuestal, cancelación y/o inclusión de campañas, versiones, así como a la Estrategia de comunicación; Modificación de vigencia: Cambio o extensión de los plazos previamente autorizados para la difusión de una campaña; Programa anual de promoción y publicidad: Conjunto de campañas derivadas de la Estrategia anual de promoción y publicidad, encaminadas al objetivo institucional, con recursos asignados en la partida de gasto 36201 del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal; Recursos presupuestarios: Monto total anual disponible para la dependencia o entidad en el concepto Servicios de Comunicación Social y Publicidad del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal; SFP: La Secretaría de la Función Pública; GTA: Gerencia Técnico Administrativa. DPyE: Departamento de Programación y Evaluación. OIC.- Órgano interno de Control.

Proceso 1. De conformidad con el las funciones conferidas en el Manual de Organización, numeral 1.2 a la Gerencia de Librerías (GL) en su fracción 13 establece que organizara, evaluara y controlara el desarrollo de las campañas de promoción y publicidad, para la fin se deberá observar lo establecido en los Lineamientos Generales para las Campañas de Comunicación Social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que emita la Secretaría de Gobernación. 2. Una vez aprobado el programa que establece el Art. 6o. de los citados lineamientos se deberá informar a la Gerencia Técnico Administrativa de los siguientes elementos: A) Nombre de la campaña; B) Versión (es); C) Tema específico; D) Objetivo de comunicación; E) Clasificación de la campaña; F) Coemisor; G) Población objetivo; H) Vigencia de la campaña; I) Medios a utilizar, y J) Recursos programados por tipo de medio. 3. El área encargada tramitará los servicios correspondientes de contratación mediante el alta de solicitudes de servicio en el Sistema de Control y Seguimiento Presupuestal. No se podrán realizar contrataciones sin contar con la autorización de la DGNC que incluye la clave de identificación de campaña. Los recursos presupuestarios deberán estar previamente autorizados y asignados a las partidas de gasto 33605 Información en medios masivos derivada de la operación y administración de las dependencias y entidades y 36201 Difusión de mensajes comerciales para promover la venta de productos o servicios del Clasificador por Objeto del Gasto de la Administración Pública Federal. 4. Se deberán registrar a través del sistema de comunicación social (COMSOC), dentro de los 10 días naturales siguientes a la terminación de cada mes, la información de los gastos debidamente validada por el Órgano Interno de Control, desglosada por partida presupuestal las erogaciones

que se refieran a gasto en publicidad gubernamental (33605, 36101 y 36201). 5 Cada informe que se genere deberá contener lo siguiente: a) Partida de gasto afectada; b) Fecha de la erogación; c) Clave de identificación de la campaña proporcionada por la DGNC para las erogaciones correspondientes. Dicha clave aplica exclusivamente a las instituciones sujetas en lo general a estos Lineamientos; d) Póliza, número consecutivo o referencia de la operación; e) Descripción del servicio contratado (rubros de la planeación de erogaciones); f) Unidad de medida; g) Cantidad (número de unidades de medida contratadas); h) Costo, tarifa o cuota unitaria contratada; i) Monto total erogado (incluido el IVA), y j) Nombre de la persona física o moral contratada y su Registro Federal de Contribuyentes. 5. El proceso para la captura de información será el siguiente: 5.1 El departamento de Recursos Financieros contabiliza y registra los pagos efectuados a los conceptos de comunicación social. 5.2 Recursos Financieros turna las pólizas correspondientes 5.3 Departamento de Programación y Evaluación con la documentación soporte, dentro del periodo de tiempo correspondiente al registro de las erogaciones en el COMSOC. 5.4 Una vez capturada la información se notifica al Gerente Técnico Administrativo para su Visto Bueno. 5.6 Posteriormente se obtiene la autorización del Titular del OIC. Para concluir con el proceso.