SISTEMA ESTADÍSTICO NACIONAL: COLOMBIA

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Transcripción:

TALLER LECCIONES APRENDIDAS POR LAS OFICINAS NACIONALES DE ESTADÍSTICA EN LOS PROCESOS DE INCORPORACIÓN A LA OCDE Lima, Perú, 24 y 25 de mayo de 2016 SISTEMA ESTADÍSTICO NACIONAL: COLOMBIA Ana Paola Gómez A. Lima, 25 de mayo de 2016

CONTENIDO 1. Diagnóstico OCDE 2. Sistema Estadístico Nacional en Colombia (SEN): Conformación e instrumentos 3. Funciones del Ente Rector y Obligaciones de los miembros del SEN 4. Código Nacional de Buenas Prácticas para las Estadísticas Oficiales 5. Temas relevantes OCDE

Diagnóstico OCDE Colombia cuenta con un sistema estadístico sólido El DANE ha implementado prácticas innovadoras incluso a nivel internacional (ej: evaluaciones de calidad o Código Nacional de Buenas Prácticas). Hay tradición de profesionalismo y altos estándares técnicos en el DANE lo cual es reconocido por los pares externos. Cuenta con estadísticas en todas las áreas en las cuales la OCDE trabaja. Cumple con la transmisión regular de información que ha sido integrada a las bases de datos de la OCDE.

Estructura del Sistema Estadístico Nacional SISTEMA ESTADÍSTICO NACIONAL (SEN) Garantizar la producción y difusión de estadísticas Entidades públicas o privadas, del orden nacional o territorial, del nivel central o descentralizado o autónomas, que produzcan estadísticas o posean RR.AA. CONSEJO ASESOR NACIONAL DE ESTADÍSTICA (CANE) Órgano de carácter consultivo Representativo del SEN Aprueba el Plan estadístico Nacional Espacio de concertación de intercambio de información a nivel de microdato

Funciones del DANE como ente rector del SEN Definir el mecanismo y requisitos para garantizar la calidad de las estadísticas oficiales y adelantar las evaluaciones de calidad. Establecer las condiciones y características de las estadísticas oficiales. Formular el Plan Estadístico Nacional - PEN quinquenal, en conjunto con todos los miembros del SEN. Lo presenta a aprobación del Consejo Nacional Asesor de Estadística. Solicitar las bases de datos de los RR.AA que requiera para su aprovechamiento estadístico y ajustarlos para que sean utilizables. Garantizar su reserva y confidencialidad. Establecer los lineamientos, buenas practicas, estándares y normas técnicas para la producción y difusión de estadísticas y para el aprovechamiento estadístico de los RR.AA. Disponer los mecanismos y condiciones para el intercambio de información, definir la que se va a intercambiar a nivel de microdato e incluirla en el PEN o presentarla al Consejo.

Obligaciones de los miembros del SEN Implementar la regulación, lineamientos y estándares emitidos por el DANE; Atender las recomendaciones generadas en las evaluaciones de calidad desarrolladas por el DANE Cumplir las estrategias y acciones establecidas en el Plan Estadístico Nacional; Poner a disposición del DANE, de manera inmediata y de forma gratuita, las bases de datos completas de los RR.AA que éste solicite Intercambiar información estadística, hasta nivel de microdato, para fines estadísticos.

Instrumentos de Coordinación del SEN SISTEMA ESTADÍSTICO NACIONAL (SEN) ESTADÍSTICAS OFICIALES Características y condiciones de las estadísticas Oficiales Estar consignada en el Plan estadístico Nacional Aprobar evaluación de calidad estadística 1 REGULACIÓN ESTADÍSTICA 4 INSTRUMENTOS DE COORDINACIÓN SEN DANE expide estándares, normas técnicas, lineamientos, clasificaciones DANE expide el Código Nacional de Buenas Prácticas para la Estadísticas Oficiales Obligatorio cumplimiento por parte de los miembros del SEN

Instrumentos de Coordinación del SEN PLANIFICACIÓN ESTADÍSTICA DANE formula, en conjunto con los miembros del SEN, el Plan Estadístico Nacional. 2 El Plan incluye la oferta de operaciones estadísticas, la demanda de información y los requerimientos de intercambio de información entre los integrantes del SEN. El Plan se presenta al CANE para su aprobación. 3 EVALUACIÓN DE LA CALIDAD PROCESO ESTADÍSTICO CERTIFICADO DANE establece los requisitos de evaluación de la calidad. El esquema de evaluación es transparente, objetivo e imparcial (Comisión expertos independientes). Evaluación de calidad: práctica innovadora para la OCDE

Instrumentos de Coordinación del SEN 4 ACCESO A REGISTROS ADMINISTRATIVOS E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ACCESO A REGISTROS ADMINISTRATIVOS DANE solicita a los miembros del SEN los registros administrativos que requiera. La solicitud deberá contener, las variables, periodo y documentación asociada requerida y el propósito para el cual la información será utilizada. Programa de diagnóstico y fortalecimiento de registros administrativos: Nuevo grupo en la Dirección de Regulación y Planificación INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD El intercambio de información estadística deberá realizarse a través de derecho de petición. Si la información estadística es confidencial a nivel de microdato, siempre y cuando el objeto del intercambio sea la producción de estadísticas oficiales y/o el fortalecimiento de la calidad y coherencia de las mismas, la solicitud de intercambio será presentada al CANE. Quienes tengan acceso a la información estadística son responsables de salvaguardar la confidencialidad y reserva de la misma.

Código Nacional de Buenas Prácticas para las Estadísticas Oficiales Instrumento técnico y regulador, cuya finalidad es contribuir al mejoramiento continuo de la actividad estadística. Está conformado por Principios y Buenas Prácticas estadísticas para qué sirve? Establecer un conjunto de reglas prácticas para la actividad estadística Mejorar la calidad de la información estadística Fortalecer la credibilidad en las estadísticas oficiales

Código Nacional de Buenas Prácticas Los principios son normas o ideas fundamentales que rigen la actividad estadística. Las Buenas Prácticas Estadísticas son acciones replicables, basadas en experiencias comprobadas con los mejores resultados, que contribuyen al mejoramiento de la actividad estadística. Se caracterizan por: Marco es el cumplimiento de los principios fundamentales de las estadísticas oficiales adoptados por la ONU; el Código de Eurostat; las dimensiones de calidad de la OCDE y el CNBP. Contribuir al mejoramiento de la calidad de la actividad estadística. Identificarse como acciones documentadas Tener evidencia y registros de respaldo

Inherentes a las OO.EE Ente coordinador Estructura y contenido del CNBP Principio 1. Coordinación del SEN Principio 2. Independencia profesional Principio 3. Mandato estadístico de recogida de datos La actividad estadística nacional debe ser planificada y ejecutada en un marco participativo entre entidades, teniendo en cuenta los requerimientos de información del país. Las entidades pertenecientes al Sistema Estadístico Nacional (SEN) y su ente coordinador y regulador, deben desarrollar, producir y difundir estadísticas oficiales de manera independiente. El ente coordinador del SEN debe tener un mandato jurídico claro para recoger información destinada a la elaboración de estadísticas oficiales. Principio 4. Recursos adecuados Principio 5. Imparcialidad y normas Los recursos asignados a la actividad estadística nacional deben garantizar la generación de estadísticas oficiales requeridas para el país y ser utilizados de manera eficiente, eficaz y efectiva. Las entidades pertenecientes al SEN deben garantizar que las estadísticas oficiales sean generadas y difundidas conforme a normas, métodos y procedimientos, respetando la independencia científica y técnica, en el proceso estadístico.

Inherentes a las OO.EE Estructura y contenido del CNBP Principio 6. Confidencialidad Las entidades pertenecientes al SEN, deben garantizar la protección y confidencialidad de la información con la que se producen las estadísticas oficiales. Principio 7. Transparencia Principio 8. Compromiso con la calidad Principio 9. Selección de las fuentes estadísticas Principio 10. Utilización de estándares estadísticos Principio 11. Calidad en el proceso estadístico Las entidades pertenecientes al SEN deben difundir la metodología utilizada en la generación de estadísticas oficiales y permitir el acceso a la documentación de cada uno de los procesos. Las entidades pertenecientes al SEN, deben estar comprometidas con el mejoramiento continuo de la actividad estadística en el ámbito institucional. Las entidades pertenecientes al SEN deben seleccionar las fuentes de información con criterio estadístico, teniendo en cuenta el costo y la carga a los encuestados. Las entidades pertenecientes al SEN deben utilizar estándares estadísticos nacionales e internacionales, que permitan la comparabilidad de las estadísticas oficiales Las entidades productoras de estadísticas deben apoyarse en procedimientos de calidad durante todas las etapas del proceso estadístico.

Dimensiones de la calidad Estructura y contenido del CNBP Principio 12. Relevancia Las entidades pertenecientes al SEN deben garantizar que las estadísticas oficiales respondan a las necesidades de información de los usuarios. Principio 13. Exactitud y confiabilidad Las entidades pertenecientes al SEN deben garantizar que las estadísticas oficiales sean precisas y confiables. Principio 14. Oportunidad y Puntualidad Las entidades pertenecientes al SEN deben garantizar que las estadísticas oficiales se difundan de manera oportuna y puntual. Principio 15. Accesibilidad Entidades pertenecientes al SEN deben garantizar el acceso equitativo a las estadísticas oficiales y difundirlas de forma clara y comprensible a todos los usuarios. Principio 16. Cultura estadística Las entidades pertenecientes al SEN deben crear, promover e implementar estrategias para el fortalecimiento de la cultura estadística.

Banco Nacional de Buenas Prácticas Estadísticas El Banco Nacional de Buenas Prácticas Estadísticas es un instrumento técnico que pueden consultar productores y usuarios de las estadísticas; acopia buenas prácticas estadísticas nacionales e internacionales que contribuyen al mejoramiento de la calidad, la credibilidad y el fortalecimiento de la producción estadística. Actualmente cuenta con 851 buenas prácticas.

Para la implementación del CNBP Lineamientos relacionados con la estructura y contenido de los documentos metodológicos Lineamientos relacionados con otras problemáticas específicas de la actividad estadística

El correcto funcionamiento del SEN permite Mejorar la disponibilidad, calidad, coherencia y comparabilidad nacional e internacional de las estadísticas. Reducir la duplicidad de esfuerzos, aprovechar sinergias y garantizar que la información disponible sea accesible y pública, garantizando la reserva estadística. Optimizar el uso de recursos públicos destinados a la generación y difusión de estadísticas. Implementar un lenguaje y reglas comunes aplicables a todos los integrantes del SEN a través de estándares, buenas prácticas y lineamientos. Permitir que la ciudadanía y los decisores de políticas públicas tengan acceso a la documentación metodológica y a las estadísticas bajo esquemas homogéneos. Generar más y mejor información estadística mediante el aprovechamiento de los registros administrativos, de acuerdo a las recomendaciones de Naciones Unidas. Fortalecer los RR.AA de los integrantes del SEN para la producción y difusión de estadísticas.

Elementos a destacar de la evaluación de la OCDE - Recomendación en Buenas Prácticas Estadísticas - Independencia profesional - Acceso a registros administrativos - Cumplimiento de estándares - Capacidad de transmisión a través de SDMX del INE - Coordinación de la producción y transmisión de estadísticas por miembros del SEN a la OCDE (ambiente, estadísticas territoriales, estadísticas fiscales, balanza de pagos, cuentas financieras) - Intercambio de microdato

MIEMBROS DEL SEN - Artículo 160 1. Toda entidad pública perteneciente a las Ramas del Poder Público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por servicios o territorialmente; del orden nacional, departamental, municipal y distrital. 2. Los órganos, organismos o entidades estatales independientes o autónomos de control; 3. Las personas jurídicas, públicas o privadas, que presten servicios públicos; 4. Cualquier persona jurídica o dependencia de persona jurídica que desempeñe función pública o de autoridad pública. 5. Personas jurídicas que posean RR.AA en el desarrollo de su objeto social que sean insumos necesarios para la producción de estadísticas oficiales nacionales.