V I S T O S, ELIMINADO
|
|
- Aarón Martín Aranda
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Número de Expediente: 1158/2014 Naturaleza del juicio: EXTRAORDINARIO CIVIL Objeto de la litis: RESCISION DE CONTRATO Fecha en que se dictó sentencia: miércoles, 5 de julio de 2017 Fecha en que causó ejecutoria: miércoles, 13 de diciembre de 2017 Sentencia/Puntos resolutivos: San Luis Potosí, S.L.P., a 5 cinco de Julio de 2017 dos mil diecisiete. V I S T O S, para resolver, los autos del expediente número ELIMINADO, relativo al ELIMINADO, promovido por el ELIMINADO, en su carácter de apoderado legal del ELIMINADO, en contra de ELIMINADO Y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO; y, R E S U L T A N D O ÚNICO.- Por escrito recibido en este juzgado con fecha ELIMINADO, compareció ELIMINADO, con la personalidad señalada, demandando, en la vía extraordinaria civil hipotecaria, a ELIMINADO Y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, por la rescisión de los contratos de compraventa, otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria, celebrados entre el demandado y mi representado el ELIMINADO, respecto de la vivienda ubicada en calle ELIMINADO número ELIMINADO, de la ELIMINADO de esta ciudad, según el instrumento privado ELIMINADO el cual acompaño como anexo número dos; y demás prestaciones señaladas, concluyendo su exposición haciendo un relato breve de los hechos y citando las disposiciones legales que estimó aplicables al caso, acompañando las documentales que se agregaron al expediente. El ELIMINADO, se admitió la demanda ordenándose notificar, emplazar y correr traslado al demandado para que dentro del término de tres días produjera su
2 contestación, apercibido legalmente que de no hacerlo se presumirían ciertos los hechos de la demanda que dejara de contestar. Consta el emplazamiento a la parte demandada. Con fecha ELIMINADO, se declaró la rebeldía a ELIMINADO, y por otra parte se tuvo a la Directora del Registro Público de la Propiedad y de Comercio por contestando la demanda, oponiendo excepciones y defensas, con las que se dio vista a la parte actora para que manifestara lo que a sus intereses legales convenga en el término legal. Por otra parte, se decretó el término de 5 cinco días para ofrecer pruebas. El ELIMINADO, se tuvo a la parte actora por ofreciendo pruebas. Con fecha ELIMINADO se admitieron las pruebas ofrecidas por la parte actora y se decretó el término de 15 quince días para desahogarlas. El día ELIMINADO de la presente anualidad, se pusieron los autos a la vista de las partes por 3 días comunes para alegar. Posteriormente, el actor formuló sus alegatos y finalmente, el día ELIMINADO del año en curso, se citó para resolver; y, C O N S I D E R A N D O PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer del negocio e idónea la vía extraordinaria civil hipotecaria, atento a lo señalado en los artículos 143, 144, 155 fracción II, 414 fracción XX y del Código de Procedimientos Civiles. SEGUNDO.- La personalidad del compareciente, también se encuentra justificada con la Documental pública relativa al Testimonio Notarial número ELIMINADO libro ELIMINADO del Protocolo a cargo del LIC. JOSE DANIEL LABARDINI SCHETTINO, Notario Público número 86 de México D.F., que contiene el Poder Limitado que otorga el ELIMINADO, por conducto de su Director General C.P. ELIMINADO, a favor de ELIMINADO ; y la documental pública consistente en el ELIMINADO de la Escritura que
3 contiene la protocolización del acuerdo número ELIMINADO de la Asamblea General Extraordinaria del ELIMINADO, en la que se designó al mencionado ELIMINADO, Director de dicha INSTITUCIÓN; Documentales públicas que tienen valor probatorio pleno al tenor del artículo 388 de la ley adjetiva civil, con las que se demuestra planamente la personalidad del mencionado ELIMINADO, para comparecer como Representante de la titular del derecho contenido en el documento fundatorio, lo anterior atento a lo señalado en el artículo 46 del Código Procesal Civil. TERCERO.- El actor demanda las siguientes prestaciones: a).- Por la rescisión de los contratos de compraventa, otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria, celebrados entre el demandado y mi representado el ELIMINADO, respecto de la vivienda ubicada en calle ELIMINADO, de la ELIMINADO de esta ciudad, según el instrumento privado ELIMINADO el cual acompaño como anexo dos. b).- Por la aplicación íntegra a favor del ELIMINADO, de las cantidades cubiertas hasta esta fecha y las que se llegaran a cubrir hasta el momento en que se desocupe la vivienda, a título de pago por uso y disfrute de las mismas, de acuerdo a lo establecido en la cláusula octava del contrato base de la acción y el artículo 49 de la Ley del Infonavit. c).- Por la desocupación y entrega de la posesión jurídica, real y material del inmueble consistente en la vivienda ubicada en calle ELIMINADO, de la ELIMINADO de esta ciudad, por el demandado o quien ocupe la vivienda, de acuerdo a lo establecido en la cláusula octava del contrato base de la acción y artículo 49 de la Ley del Infonavit.
4 e).- Por el pago de las costas y gastos que se generen con la tramitación del presente juicio. DEL DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, demanda: a).- Por la cancelación de las inscripciones relativas a los contratos de compraventa, otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria y de hipotecas, celebrados entre el demandado y mi representado, que se encuentra inscritos bajo la inscripción ELIMINADO a fojas ELIMINADO del tomo ELIMINADO de escrituras privadas y bajo la inscripción ELIMINADO, a fojas ELIMINADO del tomo ELIMINADO de hipotecas ELIMINADO respectivamente. H E C H O S PRIMERO.- Como lo justifico con el anexo dos de la presente demanda, consistente en el instrumento privado ELIMINADO del ELIMINADO, mi representada y el demandado celebraron contratos de compraventa y otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria, mismos que quedaron registrados en el Registro Público de la Propiedad, bajo la inscripción ELIMINADO a fojas ELIMINADO del tomo ELIMINADO de escrituras privadas, y bajo la inscripción ELIMINADO a fojas ELIMINADO del tomo ELIMINADO de ELIMINADO, respectivamente, crédito que para fines administrativos le fue asignado el número ELIMINADO. El crédito otorgado al demandado fue para la adquisición de la vivienda ubicada en calle ELIMINADO de la ELIMINADO de esta ciudad, la cual tiene una superficie total de ELIMINADO y las medidas y colindancias que se establecen en el documento fundatorio mismas que se dan por reproducidas para los efectos legales conducentes, y por instrucciones del ELIMINADO fue escriturado al trabajador mediante el contrato cuya rescisión se demanda.
5 SEGUNDO.- Conforme a la cláusula primera del contrato de otorgamiento de crédito base de la acción, el crédito otorgado al demandado fue por la cantidad de ELIMINADO veces el salario mínimo mensual del Distrito Federal, que el Trabajador destinó para la adquisición de su casa habitación, obligándose a reintegrar el monto del crédito, mediante el pago del mismo número de veces el salario mínimo mensual vigente al momento de efectuar las amortizaciones del crédito en los términos y condiciones que se precisan en la cláusula tercera del documento de la acción. TERCERO.- El plazo concedido a la demandada, para el pago del crédito otorgado fue de ELIMINADO según se puede apreciar de la cláusula segunda del contrato de crédito contenido en el documento fundatorio de la acción, asimismo, el demandado se obligó a que las amortizaciones se hicieran mediante el descuento directo a su salario y en caso de no existir relación de trabajo a hacerlo directamente, según se aprecia de la cláusula tercera del contrato de crédito fundatorio de la acción. CUARTO.- Dentro del propio contrato de crédito para garantizar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas se llevó a cabo una hipoteca en primer lugar y grado a favor de mi representado sobre la vivienda ubicada en calle ELIMINADO, de la ELIMINADO de esta ciudad, tal y como se establece en la cláusula única del capítulo relativo del contrato base de la acción, garantía que inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo la inscripción ELIMINADO foja ELIMINADO del tomo ELIMINADO de ELIMINADO QUINTO.-En la cláusula octava del contrato de crédito en relación al artículo 49 de la Ley del Infonavit, se estableció que mi representado dará por rescindidos el contrato de compraventa y otorgamiento de crédito con garantía hipotecaria, si el trabajador hoy demandado incurre en cualquiera de las causales previstas en esta cláusula y que más adelante enumero, por lo que el trabajador o quien habite la vivienda deberá desocuparla y entregarla al ELIMINADO, en un término máximo de 45 días naturales contados a partir de la fecha que reciba el aviso respectivo, asimismo, el trabajador extendió su conformidad para
6 que en caso de que opere la rescisión por haber incurrido en una de las clausulas previstas en la citada clausula, que las cantidades que hubiere cubierto, así como las que en su caso adeudare por concepto de amortización del crédito otorgado hasta la fecha en que se desocupe la vivienda inclusive, se aplicarán íntegramente a favor de mi representado a título de pago por el uso y disfrute de la vivienda objeto del contrato base de la acción, igualmente, todas las mejoras y acciones que se hubieren realizado en el inmueble, quedará a beneficio de mi mandante por el mismo concepto. Pues bien, en la clausula octava del contrato de crédito se estableció como causales de rescisión de los contratos de compraventa y de otorgamiento de crédito sin necesidad de declaración judicial, entre otras, las siguientes: 1).- Si el tranbajador dejara de cubrir por causas imputables él, dos pagos consecutivos o tres no consecutivos en el curso de un año de las cuotas de amortización del crédito.6) Si el trabajador no pagaré por dos bimestres consecutivos el impuesto predial o los derechos por servicio de agua de la vivienda materia del crédito otorgado; 7).- Si el trabajador incumple cualquier otras obligaciones que contrae en este acto y que se contiene en el presente instrumento, así como cualquier otra causa señalada en la ley y reglamento de Infonavit. SEXTO.- Ahora bien, el demandado ha incurrido en varias causas que facultan a mi representado para solicitar la rescisión de los contratos de compraventa y otorgamiento de crédito con garantía hipotecaria, entre ellas omitió realizar el pago de las amortizaciones de ELIMINADO, tal y como se desprende del certificado de adeudo que acompaño como anexo 3. Asimismo, omitió pagar dos bimestres consecutivos el impuesto predial y los derechos por servicio de agua de la vivienda material del crédito otorgado, lo que hace procedente las prestaciones reclamadas. Es preciso señalar que previamente a la presentación de la demanda, el demandado fue requerido de pago de las amortizaciones antes señaladas, no obstante a esto, ha sido omiso en pagarlas.
7 SEPTIMO.-Tomando en consideración que el demandado ha incumplido con las obligaciones pactadas en la cláusula octava y ha incurrido en las causales de rescisión transcritas en líneas que anteceden, sin procedentes las prestaciones reclamadas, y es por ello que solicito a su señoría declare que ha operado la rescisión del contrato de compraventa y otorgamiento de crédito contenidos en el documento base de la acción, y en consecuencia de ello, el inmueble que el demandado adquirió regrese al patrimonio del Instituto en especie, por tanto, debe ser requerido el demandado por su entrega al momento de ser notificado de esta demanda, que en los términos del artículo 49 de la Ley del Infonavit, deberá hacerse dentro de los cuarenta y cinco días naturales a que se reciba la notificación, quedando mi representado excento del pago de fianza o caución por así establecerlo el artículo 68 de la Ley del Instituto en comento. La acción de rescisión de contrato que hace valer ELIMINADO, representante legal de la parte actora, se encuentra contemplada en los artículos 1773, 1782, 1783, 1847, 1895, 1896, 2131, 2147, 2213, 2222, 2313 y demás relativos del Código Civil, la cual deriva del contrato de compraventa y otorgamiento de crédito con garantía hipotecaria celebrado entre su poderdante y el demandado el día ELIMINADO. Así, los elementos de la acción que la parte actora se encuentra obligada a probar por exigencia expresa del artículo 273 de la Ley Adjetiva Civil, son: a).- La existencia del contrato cuya rescisión solicita; b).- El incumplimiento de dicho contrato por parte del comprador. En el caso concreto, esos extremos se encuentran demostrados en autos con los siguientes medios de prueba. En lo que toca a la existencia del contrato de compra venta y otorgamiento de crédito cuya rescisión se reclama, la parte actora exhibió con su escrito de demanda copia certificada por la subdirector del Registro Público de la Propiedad y Comercio, de una escritura privada, número ELIMINADO que
8 contiene el contrato de compraventa y otorgamiento de crédito celebrado entre el ELIMINADO, y ELIMINADO, con fecha ELIMINADO, respecto del lote de terreno y casa en el construida, número ELIMINADO de la manzana ELIMINADO de la ELIMINADO, con una superficie de ELIMINADO y las medidas y colindancias siguientes: AL NORESTE.- ELIMINADO ; AL NOROESTE.- ELIMINADO ; AL SUROESTE.- ELIMINADO ; AL SURESTE ELIMINADO ; y el crédito por la cantidad equivalente a ELIMINADO (Veces salario mínimo mensual del Distrito Federal), que el trabajador destinó para la adquisición de la vivienda descrita y se obligó a pagarlo en ELIMINADO, asimismo de acuerdo a la cláusula octava del contrato, se pactó que el ELIMINADO podría rescindir los contratos si el trabajador incurre en cualquiera de las causales de rescisión señaladas en dicha cláusula, por lo que el trabajador debería entregar la vivienda al ELIMINADO haciéndose sabedor que las cantidades que haya pagado a dicha Institución se aplicarían a su favor por el uso y disfrute de la vivienda, en términos del artículo 49 de la Ley del INFONAVIT; medio de convicción inscrito bajo el número ELIMINADO a fojas ELIMINADO del tomo ELIMINADO de escrituras privadas en la mencionada dependencia, valorado según los artículos 280 fracción III, 330, 331 y 392 del Código Procesal Civil. Lo precedente se adminicula con el estado de cuenta emitido por la LIC. LUZ MARIA MARCELA SILVA PALOMO, subgerente de área jurídica de la institución demandante, el cual contiene un desglose detallado del adeudo por parte del demandado, en el que se advierte que al ELIMINADO, tenía 3 pagos omisos, y que el saldo del crédito era de ELIMINADO veces el salario mínimo mensual del Distrito Federal, por capital e intereses, equivalente a ELIMINADO
9 pesos, lo que trae consigo, incuestionablemente su falta de pago, por parte del deudor. Igualmente, lo relatado se enlaza con la confesión ficta del demandado, al no haber dado contestación a la demanda, produciendo efectos de presunción legal, atento al artículo 264 último párrafo de la Ley adjetiva civil; probanza que posee el valor legal de los artículos 280 fracción I, 301, 317 fracción I, 318 y 383 del Código en comento. Y, confesional de posiciones, toda vez que por auto de fecha ELIMINADO, el demandado fue declarado confeso de las calificadas de procedentes, debido a su inasistencia al desahogo de dicha prueba, la que se valora al tenor del numeral 382 de la Ley adjetiva civil del estado. Medios de convicción que enlazados lógica y jurídicamente a la luz de las disposiciones señaladas, nos llevan al convencimiento de que se encuentran demostrados los elementos de la acción, es decir, la existencia del contrato de compraventa y otorgamiento de crédito, cuya rescisión se demanda, además que el señor ELIMINADO dispuso del monto total del crédito otorgado, que ascendió a ELIMINADO, y que el crédito lo destinó para el pago del precio de la operación de compraventa del inmueble a que nos hemos referido, y que se describe en el capítulo de declaraciones de dicho contrato fundatorio; y, por otra parte con el certificado de adeudó expedido por LUZ MARIA MARCELA SILVA PALOMO, C.P., autorizada por el ELIMINADO, en el cual se hicieron los desgloses correspondientes con el que se comprueba que se dejaron de cubrir los pagos que el demandado estaba obligado a realizar, y que al ELIMINADO, tenía un saldo de ELIMINADO veces el salario mínimo mensual del Distrito Federal, equivalente a ELIMINADO, porque dejó de realizar sus pagos pactados; además que, por tratarse de un hecho negativo, su cumplimiento corresponde demostrarlo al
10 demandado, y no su incumplimiento al actor, atento al criterio que se enuncia bajo la voz de: PAGO O CUMPLIMIENTO. CARGA DE LA PRUEBA. El pago o cumplimiento de las obligaciones corresponde demostrarlo al obligado y no el incumplimiento al actor. Sexta Época, Cuarta Parte. Apéndice al Semanario Judicial de la Federación Parte IV, Tercera Sala Página 602. Bajo ese contexto al acreditarse que la parte demandada ELIMINADO, incumplió con sus obligaciones de pago, en los términos convenidos en el documento fundatorio de la acción, se declara la rescisión del contrato de compraventa y otorgamiento de crédito y garantía hipotecaria, celebrado entre los mencionados ELIMINADO el día ELIMINADO ; condenándose al mencionado demandado a la desocupación, entrega material y jurídica de la vivienda motivo de la rescisión a la actora, lo que deberá hacer dentro del término de 5 cinco días a partir de que esta sentencia cause ejecutoria y en base al artículo 982 de la Ley Adjetiva, y 49 de la Ley del Infonavit, lo anterior en virtud de que la vivienda fue financiada con recursos de dicho organismo. Por otro lado, se absuelve a la demandante de la obligación de restituir las cantidades que hubiese recibido por el indicado contrato, como de las accesiones y/o mejoras realizadas en el inmueble de mérito; debiéndose aplicar a favor del ELIMINADO a título de pago, por el uso y disfrute de la vivienda en cuestión, atento al artículo 49 de la Ley del propio Instituto. Por lo que hace a las prestaciones demandadas al Encargado del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad, consistentes en las cancelaciones de las inscripciones señaladas, se ordena la cancelación de dichas inscripciones y en su oportunidad deberá girarse el oficio correspondiente.
11 Finalmente son a cargo del deudor las costas y gastos del juicio como lo ordena el artículo 135 fracción I del código en consulta. Por lo anteriormente expuesto y fundado en los artículos 78 fracción III, 80, 81, 83, 87 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO.- Este Juzgado fue competente y correcta la vía extraordinaria civil, concurriendo el actor con personalidad. SEGUNDO.- La parte actora, sí probó su acción y el demandado ELIMINADO no contestó la demanda, siguiéndose el juicio en su rebeldía; mientras que el Encargado del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., no se opuso al trámite del presente juicio, por consiguiente, TERCERO.- Se declara la rescisión del contrato de compraventa y otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria, celebrado entre el ELIMINADO, el ELIMINADO, respecto de la vivienda cuyos datos y demás características quedaron precisados en la operación contractual. CUARTO.- Se condena al demandado a la desocupación, entrega material y jurídica de la vivienda que ampara el referido contrato, a la actora, con el apercibimiento legal que de no hacerlo, se procederá su lanzamiento. QUINTO.- Se aplican las cantidades cubiertas por el demandado a favor del ELIMINADO, como las accesiones y/o mejoras en la vivienda por el uso y disfrute de la misma. SEXTO.- Se condena al demandado al pago de las costas y gastos, previa su cuantificación. SEPTIMO.- Por lo que hace a las prestaciones demandadas al Encargado del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad de San Luis Potosí, consistentes
12 en las cancelaciones de las inscripciones señaladas, se ordena la cancelación de dichas inscripciones y en su oportunidad deberá girarse el oficio correspondiente. OCTAVO.- Se concede al referido demandado, al término de 5 cinco días, una vez ejecutoriada esta sentencia para que proceda a su cumplimiento, apercibido legalmente. NOVENO.- Notifíquese personalmente. Así, lo resolvió y firma el LIC. MIGUEL ANGEL SAUCEDA ARANDA, Juez Segundo Mercantil, que actúa con Secretario de Acuerdos que autoriza LIC. JOSE ALFREDO SALAZAR HERNANDEZ. Doy fe.-
JUZGADO OCTAVO DEL RAMO CIVIL
Número de Expediente: 355/2014 Martes, 10 de Febrero de 2015 Fecha en que causó ejecutoria: Lunes, 02 de Marzo de 2015 SEGUNDO.- La actora ***, compareció por procuración Licenciada *** y la demandada
Más detallesR E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O
EXPEDIENTE NÚMERO: 1165/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.-Tizayuca, Hidalgo, Septiembre 22 veintidós del 2014 dos mil catorce. V I S T O S para dictar SENTENCIA DEFINITIVA, en los autos del
Más detallesJUZGADO QUINTO DEL RAMO CIVIL
Periodo del Martes, 03, al Martes, 01 de Julio de 2014. Número de Expediente: 1533/2013 Objeto de la litis: OTORGAMIENTO DE ESCRITURA 20 de Mayo de 2014 Fecha en que causó ejecutoria: Martes, 03 competente
Más detallesExpediente 36/2015. Sentencia Definitiva Número 100/2016
Expediente 36/2015 Sentencia Definitiva Número 100/2016 Torreón, Coahuila a (13) trece de mayo del año (2016) dos mil dieciséis. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesR E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O S
1 SENTENCIA DEFINITIVA. - - - - En la Ciudad de Tula de Allende, Hidalgo a los 3 tres días del mes de Octubre del año 2016, dos mil dieciséis. - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S, para dictar SENTENCIA
Más detallesJUZGADO SEPTIMO DEL RAMO CIVIL LIC. FELIPE DE JESUS MARTINEZ CASTILLO VENCIMIENTO ANTICIPADO
1240/2007 EXTRAORDINARIO CIVIL HIPOTECARIO JUZGADO SEPTIMO DEL RAMO CIVIL LIC. FELIPE DE JESUS MARTINEZ CASTILLO VENCIMIENTO ANTICIPADO 15/12/2008 09/02/2009 SEGUNDO.- Procedió la Vía Extraordinaria Civil
Más detallesPachuca de soto, estado de hidalgo, a 28 veintiocho de septiembre del año 2012 dos mil doce. V I S T O S los presentes autos para que el suscrito
Pachuca de soto, estado de hidalgo, a 28 veintiocho de septiembre del año 2012 dos mil doce. V I S T O S los presentes autos para que el suscrito LICENCIAD CARLOS FRANCISCO QUEZADA PEREZ Juez Primero Civil
Más detallesEXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece.
EXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece. V I S T O S, los presentes autos para dictar SENTENCIA
Más detallesPágina 1 de 5. Número de Expediente: 835/2007. Número de Expediente: 802/2008 Naturaleza del juicio: EXTRAORDINARIO CIVIL
Número de Expediente: 274/2000 EJECUTIVO MERCANTIL Fecha en que se dictó sentencia: Miércoles, 03 de Febrero de 2010 TERCERO.- Los en su carácter de Apoderados Generales para Pleitos y Cobranzas de, sí
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil.
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO PRIMERO PENAL DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD VALLES, S.L.P. LIC. SERGIO EDUARDO SANCHEZ RODRIGUEZ NUMERO DE EXPEDIENTE
Más detallesmayo de 2016 dos mil dieciséis, la C. *** promueve juicio ESCRITO FAMILIAR en donde demanda del C. OFICIAL DEL
1 ANOTACIÓN MARGINAL SENTENCIA DEFINITIVA. EXPEDIENTE NÚMERO 687/2016. - - - - Tula de Allende, Estado de Hidalgo; a 17 diecisiete de noviembre de 2016 dos mil dieciséis. - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesTula de Allende, Hidalgo; a 12 doce de enero de 2017 dos mil
diecisiete. Tula de Allende, Hidalgo; a 12 doce de enero de 2017 dos mil V I S T O S para dictar SENTENCIA DEFINITIVA dentro del Juicio Escrito Familiar de NULIDAD DE ACTA DE NACIMIENTO promovido por *****
Más detallesotorgamiento y firma de escritura pública
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADO MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ Número de expediente 15/2010 Naturaleza
Más detallesJUZGADO OCTAVO DEL RAMO CIVIL
Número de Expediente: 478/2012 Viernes, 26 de Octubre de 2012 09 de Mayo de 2013 PRIMERO.- Este Juzgado fue competente SEGUNDO.- La parte actora compareció con personalidad al presente juicio. TERCERO.-
Más detallesTULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO, A 28 VEINTIOCHO DE MAYO DE 2013 DOS MIL TRECE.
TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO, A 28 VEINTIOCHO DE MAYO DE 2013 DOS MIL TRECE. SENTENCIA DEFINITIVA. EL SUSCRITO JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DE ESTE DISTRITO JUDICIAL LICENCIADO ***, PROCEDERÉ A DICTAR
Más detallesJUZGADO QUINTO DEL RAMO CIVIL
JUZGADO QUINTO DEL RAMO - Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí Periodo del Lunes, 04 de, al Lunes, 02 de Julio de 2012. Número de Expediente: 945/2008 Fecha en que se dictó sentencia: Viernes,
Más detallesR E S U L T A N D O PRIMERO
Sentencia Definitiva Civil 542/2017 diecisiete. Saltillo, Coahuila; a ocho de septiembre de dos mil Vistos para dictar sentencia definitiva, los autos del juicio civil especial, expediente número 01722/2017,
Más detallesSENTENCIA DEFINITIVA No.40/2016
SENTENCIA DEFINITIVA No.40/2016 Saltillo, Coahuila, dos de marzo de dos mil dieciséis.- VISTOS para dictar sentencia definitiva en los autos del juicio Ordinario Civil sobre Otorgamiento de Escritura,
Más detalles*** *** *** 1496/ R E S U L T A D O S
1.- dos mil trece 21 veintiún días del mes de marzo del año 2013 VISTOS ESPECIAL HIPOTECARIO *** *** ***, al cual le fueron cedidos, la propiedad y titularidad de la totalidad del crédito hipotecario ***
Más detallesJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADO JOSE GODOFREDO FLORES ZAVALA DIVORCIO NECESARIO
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADO JOSE GODOFREDO FLORES ZAVALA Número de expediente Naturaleza
Más detallesEXPEDIENTE No. 225/2013
1 - - - - En Tenango de Doria, Estado de Hidalgo, a 23 (veintitrés) de agosto de 2013, (dos mil trece).- - - - - - - - - - - - - - V i s t o s los autos para dictar SENTENCIA DEFINITIVA dentro del JUICIO
Más detallesSENTENCIA DEFINITIVA.- EN LA CIUDAD DE H. CABORCA, SONORA, A QUINCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS.
SENTENCIA DEFINITIVA.- EN LA CIUDAD DE H. CABORCA, SONORA, A QUINCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS. Vistos para resolver en definitiva los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el endosatario
Más detallesPODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO
PODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO NÚMERO DE TOCA FECHA EN QUE SE DICTÓ LA SENTENCIA 27-2010 08 ocho de febrero de 2011 dos mil once. Por
Más detallesEXPEDIENTE NÚMERO 85/2011. ESPECIAL HIPOTECARIO. SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 11 once de Diciembre de 2012 dos mil doce.
EXPEDIENTE NÚMERO 85/2011. ESPECIAL HIPOTECARIO. SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 11 once de Diciembre de 2012 dos mil doce. V I S T O S, los presentes autos para dictar SENTENCIA DEFINITIVA,
Más detallesMATEHUALA SAN LUIS POTOSÍ A 14 CATORCE DE AGOSTO DE 2015 DOS MIL QUINCE.
MATEHUALA SAN LUIS POTOSÍ A 14 CATORCE DE AGOSTO DE 2015 DOS MIL QUINCE. Visto para resolver el incidente de FALTA DE PERSONALIDAD en el demandado interpuesto dentro de los autos del expediente 342/2014
Más detallesSan Luis Potosí, San Luis Potosí, a de diciembre del 2016 dos mil dieciséis.
San Luis Potosí, San Luis Potosí, a de diciembre del 2016 dos mil dieciséis. V I S T O S, para resolver los autos del Juicio EXTRAORDINARIO CIVIL que por Rescisión y Terminación de Contrato de Arrendamiento
Más detallesJUZGADO OCTAVO DEL RAMO CIVIL
Número de Expediente: 996/2003 Objeto de la litis: EXTRAORDINARIO CIVIL Jueves, 27 de Enero de 2011 Fecha en que causó ejecutoria: Lunes, 21 de Febrero de 2011 Primero.- Este juzgado fue competente para
Más detallesMARICELA GOMEZ CORTINA. DOY FE.- ARR/L JMT/kmvc*
Número de Expediente: 1002/2008 Naturaleza del juicio: OTROS PROCEDIMIENTO JUDICIAL DE EJECUCION DE GARANTIA Jueves, 17 de Junio de 2010 PRIMERO.- Este Juzgado fue juicio. SEGUNDO.- La parte actora compareció
Más detallesJUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ***, SONORA. SUMARIO CIVIL (PRESCRIPCIÓN NEGATIVA Y EXTINCIÓN DE GRAVAMEN)
- - - SENTENCIA.- EN AGUA CIUDAD, SONORA, A TRES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Expediente
Más detallesMATEHUALA, S. L. P., A 23 VEINTITRÉS DE MARZO DE 2017 DOS MIL DIECISIETE.
INFORME DE SENTENCIAS CIVILES CORRESPONDIENTES AL MES DE MARZO DE 2017 DOS MIL DIECISIETE. DEL JUZGADO CIVIL, DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. MATEHUALA, S. L. P., A 23 VEINTITRÉS
Más detallesEXP. 1173/2012 ANOTACIÓN MARGINAL
1 PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO, A 20 VEINTE DE FEBRERO DE 2013, DOS MIL TRECE. V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Juicio Escrito Familiar, promovido por ****, en contra del C.
Más detallesCATÁLOGO DE SENTENCIAS EJECUTORIADAS EN MATERIA CIVIL, FAMILIAR Y MERCANTIL.
CATÁLOGO DE SENTENCIAS EJECUTORIADAS EN MATERIA CIVIL, FAMILIAR Y MERCANTIL. ÓRGANO JURISDICCIONAL: JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL. CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ. TITULAR DEL ÓRGANO
Más detallesCAUSO EJECUTORIA 09 DE MARZO DE 2018 Matehuala, S.L.P., a 14 catorce de Febrero de 2018 dos mil dieciocho.
CAUSO EJECUTORIA 09 DE MARZO DE 2018 Matehuala, S.L.P., a 14 catorce de Febrero de 2018 dos mil dieciocho. V I S T O S, para resolver en definitiva los autos del expediente número 1026/2017, relativo al
Más detallesEXP. 998/2012 ANOTACIÓN MARGINAL
1 PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO, A 31 TREINTA Y UNO DE ENERO DE 2013, DOS MIL TRECE. V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Juicio Escrito Familiar, promovido por ****, en contra del
Más detallesCiudad de México a uno de agosto de dos mil diecisiete. L A U D O. Vistos para resolver los autos del juicio al rubro indicado y R E S U L T A N D O
1 EXPEDIENTE NUMERO 2261/15 URIBE BARBÁN VICENTE VS PENSIONISSSTE Y/OS DEVOLUCIÓN DE DESCUENTOS Ciudad de México a uno de agosto de dos mil diecisiete. L A U D O Vistos para resolver los autos del juicio
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar, Mercantil y Penal.
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar, Mercantil y Penal. JUZGADO FAMILIAR DE RIOVERDE, S.L.P. LIC. JUAN FERNANDO SALAZAR HERNANDEZ Número de expediente Naturaleza del juicio
Más detallesJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADA MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADA MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ Número de expediente Naturaleza del
Más detallesJUZGADO TERCERO DEL RAMO FAMILIAR
Número de Expediente: 761/2015 Naturaleza del juicio: MUTUO Martes, 07 de Febrero de 2017 Lunes, 17 de Abril de 2017 PRIMERO.- Este Juzgado, resultó competente para conocer del presente Juicio. SEGUNDO.-
Más detallesSENTENCIAS QUE CAUSARON EJECUTORIA EN EL MES DE ABRIL 2018
SENTENCIAS QUE CAUSARON EJECUTORIA EN EL MES DE ABRIL 2018 1).- EXPEDIENTE 335/2017. FECHA DEL ACUERDO EN QUE CAUSO EJECUTORIA: 30 DE ABRIL 2018 San Luís Potosí, S.L.P., a 04 cuatro de Diciembre de 2017
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE GUADALCAZAR, S.L.P.
Número de expediente 179/2008 Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE GUADALCAZAR, S.L.P. ORDINARIO CIVIL POR DIVORCIO NECESARIO
Más detallesR E S U L T A N D O:
MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, 25 VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO 2017 DOS MIL DIECISIETE. V I S T O S los autos del expediente número BORRADO relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de BORRADO
Más detallesLICENCIADO FELIPE DE JESÚS PÉREZ SAUCEDO EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. Número de expediente 78/ Naturaleza del juicio DIVORCIO NECESARIO Objeto de la litis EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Fecha en
Más detallesR E S U L T A N D O :
SENTENCIA DEFINITIVA No. 249/2015 quince.- Saltillo, Coahuila; a ocho de octubre de dos mil V I S T O S los autos del juicio ORAL MERCANTIL, expediente número 1369/2014, promovido por el Licenciado Apolinar
Más detallesEn la ciudad de Huichapan, Hidalgo, a 01 uno del mes de julio del año 2013 dos mil trece
1 - - - - En la ciudad de Huichapan, Hidalgo, a 01 uno del mes de julio del año 2013 dos mil trece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver en Sentencia Definitiva
Más detallesEXP. 04/2012 ANOTACIÓN MARGINAL
1 PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO, A 29 VEINTINUEVE DE ENERO DE 2013, DOS MIL TRECE. V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Juicio Escrito Familiar, promovido por ****, en contra del
Más detallesSENTENCIA INTERLOCUTORIA. Morelia, Michoacán, a 29 veintinueve de septiembre del año 2017 dos mil diecisiete.- R E S U L T A N D O
SENTENCIA INTERLOCUTORIA. Morelia, Michoacán, a 29 veintinueve de septiembre del año 2017 dos mil diecisiete.- V I S T O S, para resolver interlocutoriamente la planilla de liquidación, dentro de los autos
Más detallesSentencia Definitiva No. 217/2015.
Sentencia Definitiva No. 217/2015. Monclova, Coahuila, a dieciséis de diciembre del dos mil quince. VISTOS.- Los autos del expediente número 1527/2014, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
Más detalles2011, Año del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija.
Número de expediente Naturaleza del juicio 112/2010 MERCANTIL PUNTOS RESOLUTIVOS Objeto de la litis EJECUTIVO MERCANTIL Fecha del auto que declare que causó ejecutoria 16/06/2011 08/09/2011 PRIMERO.- Este
Más detallesANOTACIÓN MARGINAL SENTENCIA DEFINITIVA. EXPEDIENTE NÚMERO 336/2016
1 ANOTACIÓN MARGINAL SENTENCIA DEFINITIVA. EXPEDIENTE NÚMERO 336/2016 - - - - Tula de Allende, Estado de Hidalgo; a 21 veintiuno de octubre del 2016 dos mil dieciséis. - - - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesEXPEDIENTE NÚMERO 151/2017 ESCRITO FAMILIAR
EXPEDIENTE NÚMERO 151/2017 - - - SENTENCIA DEFINITIVA.- En la Ciudad de Tula de Allende, Hidalgo; a los 17 diecisiete días del mes de Abril de 2017, dos mil diecisiete.- - - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesEXPEDIENTE. 426/2015 JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL FECHA DEL AUTO QUE DECLARE QUE CAUSO EJECUTORIA: 09/SEPTIEMBRE/2015
1 EXPEDIENTE. 426/2015 JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL FECHA DEL AUTO QUE DECLARE QUE CAUSO EJECUTORIA: 09/SEPTIEMBRE/2015 EN LA CIUDAD DE SALINAS DE HIDALGO, DEL MUNICIPIO DE SALINAS, S.L.P., A 17 DIECISIETE
Más detallesCIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ,
CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, VISTO; para resolver en definitiva los autos del Juicio Extraordinario Civil Hipotecario 228/2017, promovido por ELIMINADO, como Apoderada Legal de INFONAVIT (Instituto
Más detallesJUZGADO OCTAVO DEL RAMO CIVIL
Número de Expediente: 834/2008 Naturaleza del juicio: ORDINARIO CIVIL Viernes, 11 de Marzo de 2011 Jueves, 14 de Abril de 2011 juicio. Segundo.- La parte actora compareció a juicio con personalidad. Tercero.-
Más detallesNúmero de Expediente: 1012/2009. Objeto de la litis: OTORGAMIENTO DE ESCRITURAS
Periodo del Miércoles, 01 de Septiembre de, al Jueves, 30 de Septiembre de. Número de Expediente: 226/2000 Fecha en que se dictó sentencia: Jueves, 15 de Julio de Fecha en que causó ejecutoria: Jueves,
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR DIRECCIÓN GENERAL 206/98.423/ INDAUTOR/049/2015 RESOLUCIÓN DE RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVISIÓN
INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR DIRECCIÓN GENERAL 206/98.423/003 2015 RESOLUCIÓN DE RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVISIÓN México, Distrito Federal, a treinta de abril de dos mil quince. ----------------------------------------
Más detallesELIMINADO; y, ELIMINADO y ELIMINADO, a promover en la Vía de Tramitación. Matehuala, S.L.P., a 30 treinta de Abril de 2015 dos mil. quince.
quince. Matehuala, S.L.P., a 30 treinta de Abril de 2015 dos mil V I S T O S, para resolver en definitiva los autos del expediente número 166/2015, relativo al Juicio de Tramitación Especial de Divorcio
Más detallesJUZGADO PRIMERO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE RIO VERDE, S.L.P. LICENCIADA MARIA ELENA PALOMINO REYNA
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO PRIMERO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE RIO VERDE, S.L.P. LICENCIADA MARIA ELENA PALOMINO REYNA Número de expediente Naturaleza
Más detallesC. *, respecto de la Solicitud de DIVORCIO UNILATERAL, Expediente Número 139/2013, y; R E S U L T A N D O:
1 EXPEDIENTE NUMERO: 139/3013 DIVORCIO UNILATERAL En la ciudad de Ixmiquilpan Hidalgo; a los 28 veintiocho días del mes de Mayo de 2013 dos mil trece. V I S T O S los autos para dictar SENTENCIA DEFINITIVA,
Más detallesTorreón, Coahuila, a veintisiete de abril del año dos mil diecisiete.-
Torreón, Coahuila, a veintisiete de abril del año dos mil diecisiete.- Sentencia Definitiva No. 238/2017 V I S T O S para resolver en definitiva los autos formados con motivo del Juicio DIVORCIO INCAUSADO,
Más detallesJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE TANCANHUITZ, S.L.P. LIC. ABEL PÉREZ SÁNCHEZ DIVORCIO NECESARIO
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE TANCANHUITZ, S.L.P. LIC. ABEL PÉREZ SÁNCHEZ 58/2011 FAMILIAR DIVORCIO NECESARIO 11/09/2012
Más detalles2013, AÑO DEL 150 ANIVERSARIO DE SAN LUIS POTOSI, COMO CAPITAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Penal. JUZGADO PRIMERO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ. TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL. LIC. JUANA MARIA CASTILLO ORTEGA. Número
Más detallesPágina 1 de 7. Número de Expediente: 733/2009. Número de Expediente: 601/2007
Número de Expediente: 983/2003 Naturaleza del juicio: ORDINARIO CIVIL Objeto de la litis: Fecha en que se dictó sentencia: martes, 18 de septiembre de 2012 Fecha en que causó ejecutoria: miércoles, 03
Más detallesSENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NÚMERO: 1114/2012.
1 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NÚMERO: 1114/2012. - - - - Tula de Allende, Estado de Hidalgo; a 01 de abril del año 2013, dos mil trece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I
Más detallesL A U D O R E S U L T A N D O
1 EXPEDIENTE 4508/10 SEGUNDA SALA EXPEDIENTE: 4508/10 VS. SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA FEDERAL DIVERSAS PRESTACIONES L A U D O VISTOS para resolver los autos del juicio al rubro indicado y.--------------------------------------------------------------------
Más detallesEn la ciudad de Huichapan, Hidalgo; a los 04 cuatro días del mes de octubre del año 2013 dos mil trece
1 EXPEDIENTE NÚMERO: 421/2011 - - - - En la ciudad de Huichapan, Hidalgo; a los 04 cuatro días del mes de octubre del año 2013 dos mil trece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - VISTOS, para resolver
Más detallesSaltillo Coahuila de Zaragoza a treinta de mayo de dos mil
Sentencia Definitiva Mercantil No. 185/2016. dieciséis. Saltillo Coahuila de Zaragoza a treinta de mayo de dos mil Vistos para dictar sentencia definitiva los autos del juicio ejecutivo mercantil, expediente
Más detalles- - - Tuxpan, Nayarit; 3 tres de Mayo del año 2017 dos mil diecisiete
- - - Tuxpan, Nayarit; 3 tres de Mayo del año 2017 dos mil diecisiete.- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S, para resolver en SENTENCIA FINAL DE PRIMERA
Más detallesMATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A. DE ENERO DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS.
1 MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A. DE ENERO DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS. V I S T O, para resolver la ADJUDICACION DE BIENES en el expediente número.., deducida del JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes
Más detallesJUZGADO TERCERO DEL RAMO FAMILIAR
Periodo del Martes, 01, al Miércoles, 30. Número de Expediente: 181/2007 Objeto de la litis: Fecha en que se dictó sentencia: Viernes, 28 de Marzo de 2014 Fecha en que causó ejecutoria: Lunes, 21 Puntos
Más detallesR E S U L T A N D O: C O N S I D E R A N D O:
V I S T O, para resolver los autos del Expediente número 568/2017, relativo al JUICIO EXTRAORDINARIO CIVIL por OTORGAMIENTO DE ESCRITURAS, promovido por ELIMINADO, en contra de ELIMINADO, y; R E S U L
Más detallesCiudad de México a uno de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos para resolver los autos del juicio al rubro indicado y
1 EXPEDIENTE NUMERO 7447/13 GIL LÓPEZ LUZ DEL CARMEN VS PENSIONISSSTE DEVOLUCIÓN DE DESCUENTOS Ciudad de México a uno de septiembre de dos mil diecisiete. L A U D O Vistos para resolver los autos del juicio
Más detalles- - - SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA A DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE
- - - SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA A DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver los autos
Más detallesEn la Ciudad de México, a diez de agosto del año dos mil diecisiete. L A U D O. Vistos para resolver los autos del juicio al rubro indicado y:
1 ORTEGA PALMA MARÍA GUADALUPE VS. PENSIONISSSTE Y/OS DEVOLUCIÓN DE DESCUENTOS En la Ciudad de México, a diez de agosto del año dos mil diecisiete. L A U D O Vistos para resolver los autos del juicio al
Más detallesSentencia Definitiva xxxxxxxxxx
1 Sentencia Definitiva xxxxxxxxxx Acuña, Coahuila a xxxxxxxxxx V i s t o s. Para resolver en definitiva los autos del expediente numero xxxxxxxxxx, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario (a bienes
Más detallesSentencia Definitiva xxxxxxxxxx.
Sentencia Definitiva xxxxxxxxxx Acuña, Coahuila; a xxxxxxxxxx V i s t o s; para resolver en definitiva los autos del expediente xxxxxxxxxx, relativo al Juicio Ordinario Civil (Rescisión de Otorgamiento
Más detallesPRIMERO.- Mediante escrito presentado por
SENTENCIA DEFINITIVA No. 165/2015 Saltillo, Coahuila, veintiocho de octubre de dos mil quince.- VISTOS para dictar sentencia definitiva los autos del juicio Ordinario Civil sobre Otorgamiento de Escritura,
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD DEL MAIZ, S.L.P.
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD DEL MAIZ, S.L.P. LICENCIADO JOSÉ LUIS SOTO GODOY Número de expediente 223/2014
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD DEL MAIZ, S.L.P.
113/2011 Jurisdicción Voluntaria de Información Ad-perpetuam a 22 veintidós de septiembre de 2011 dos mil once. 07 OCTUBRE DE 2011 PRIMERO.- Este Juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias
Más detalles- - - SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA A QUINCE DE MAYO DE DOS MIL TRECE
- - - SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA A QUINCE DE MAYO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver los autos
Más detallesSENTENCIA DEFINITIVA No. **********/**********. Saltillo, Coahuila, ********** de ********** de **********.
SENTENCIA DEFINITIVA No. **********/**********. Saltillo, Coahuila, ********** de ********** de **********. A S U N T O para dictar Sentencia de Adjudicación dentro del juicio sucesorio intestamentario
Más detallesCiudad de México a dieciséis de mayo de dos mil diecisiete. Vistos para resolver los autos del juicio al rubro indicado y
1 EXPEDIENTE NUMERO 7197/14 GILA VIDAL ARROYO vs PENSIONISSSTE Y/OS DEVOLUCIÓN DE DESCUENTOS Ciudad de México a dieciséis de mayo de dos mil diecisiete. LAUDO Vistos para resolver los autos del juicio
Más detallesJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADO CARLOS DIAZ FLORES
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADO CARLOS DIAZ FLORES Número de expediente 26/2012 Naturaleza del
Más detallesMATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A 22 VEINTIDOS DE AGOSTO DEL 2017 DOS MIL DIECISIETE. R E S U L T A N D O :
1 MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A 22 VEINTIDOS DE AGOSTO DEL 2017 DOS MIL DIECISIETE. V I S T O para resolver el INCIDENTE DE PRESCRIPCION DE EJECUCION DE SENTENCIA, planteado por el demandado del Expediente
Más detallesSENTENCIA.- EN GUAYMAS, SONORA, A VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE VISTOS para resolver los autos del
SENTENCIA.- EN GUAYMAS, SONORA, A VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VISTOS para resolver los autos del expediente número 107/2014, relativo al Juicio DIVORCIO
Más detallesTULA DE ALLENDE, ESTADO DE HIDALGO, A 03 TRES DE DICIEMBRE DE 2012 DOS MIL DOCE V I S T O S los autos
- - - - TULA DE ALLENDE, ESTADO DE HIDALGO, A 03 TRES DE DICIEMBRE DE 2012 DOS MIL DOCE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S los autos para resolver en SENTENCIA DEFINITIVA el Juicio ESCRITO
Más detallesSENTENCIA DEFINITIVA 85/2015 R E S U L T A N D O: a) La desocupación y entrega del inmueble ubicado en **********.
SENTENCIA DEFINITIVA 85/2015 Saltillo, Coahuila, a cinco (05) de mayo de dos mil quince (2015). Vistos para pronunciar sentencia definitiva los autos del expediente número 186/2015, relativo al Juicio
Más detallesJUZGADO TERCERO DEL RAMO FAMILIAR
Periodo del Domingo, 01, al Lunes, 30. Número de Expediente: 1675/2011, PERDIDA DE PATRIA POTESTAD Y O Lunes, 30 de Junio de 2014 Fecha en que causó ejecutoria: Martes, 03 Sentencia/Puntos resolutivos:
Más detallesH. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO DECIMO PRIMERO ESPECIALIZADO EN ASUNTOS FINANCIEROS DILIGENCIARIO PAR
LISTA DE ES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA EN EL JUZGADO EXP. 680/2017 Notifico Auto De 29 De Agosto Del 2018 A Las Partes En Lista Y En La Razón Que Obra En Autos. Se Declara Ejecutoriada La Sentencia
Más detallesA lo que el Juez provee: Téngase por hecha la anterior relación de constancias, para los efectos legales a que haya lugar.
1 J. A. 961/2016 Audiencia Constitucional En Puebla, Puebla, a las nueve horas con veinticuatro minutos del veinte de septiembre de dos mil dieciséis, en el expediente relativo al juicio de amparo 961/2016,
Más detallesGOBIERNO DE TAMAULIPAS PODER JUDICIAL
GOBIERNO DE TAMAULIPAS PODER JUDICIAL - - - - - - - - - - - - - SENTENCIA NUMERO (210) - - - - - - - - - - - - - - - En la Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas, a los quince días del mes de marzo del año
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. ÓRGANO JURISDICCIONAL TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. ÓRGANO JURISDICCIONAL TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL Número de expediente Naturaleza del juicio 26/2016 MUTUO CONSENTIMIENTO
Más detalles*EN CALIDAD DE ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DE LA C.
EXPEDIENTE NUM. 700/2013 EJECUTIVO MERCANTIL Apan, Hidalgo, 09 nueve de Diciembre del año 2013 dos mil trece. V I S T O S para resolver en Sentencia Definitiva los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL
Más detallesSENTENCIA DEFINITIVA No. 165/2015
SENTENCIA DEFINITIVA No. 165/2015 Saltillo, Coahuila; a ocho de diciembre de dos mil quince. = = = = = = = = = = = = = = = = = = == = = = = = = = = = = V I S T O S, para pronunciar Sentencia Definitiva
Más detallesR E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O
EXPEDIENTE NÚMERO: 1668/2012 JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. - - - - Tulancingo de Bravo, Hidalgo, a 27 veintisiete de marzo del año 2013 dos mil trece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesH. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON
LISTA DE ES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 21/08/18 EN EL JUZGADO 0261/2014 Auto De Fecha: Dieciseis De Agosto Del Dos Mil Dieciocho Tengase A La Autoridad Ocursante Comunicando Que La Demandada
Más detallesC O N S I D E R A N D O:
1 V I S T O, para dictar sentencia dentro del expediente número 269/2017 relativo al Juicio Ordinario Civil que promueve. en contra de..; y, R E S U L T A N D O: UNICO: Mediante escrito recibido en este
Más detallesCatálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar, Mercantil y Penal.
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar, Mercantil y Penal. JUZGADO FAMILIAR DE RIOVERDE, S.L.P. LIC. JUAN FERNANDO SALAZAR HERNANDEZ Número de expediente Naturaleza del juicio
Más detallesSaltillo, Coahuila, a nueve de septiembre de dos mil quince.
Sentencia Definitiva Civil No. 348/2015. Saltillo, Coahuila, a nueve de septiembre de dos mil quince. Vistos para dictar sentencia definitiva los autos del juicio ejecutivo civil de desahucio, folio número
Más detallesTULA DE ALLENDE, HIDALGO, A 17 DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE V I S T O S para dictar
- - - - TULA DE ALLENDE, HIDALGO, A 17 DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para dictar SENTENCIA DEFINITIVA en los autos del Juicio ESPECIAL
Más detalles