D G I. Dirección General de Ingresos Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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1 9 Nº D G I Dirección General de Ingresos Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECLRCION MENSUL DEL IMPUESTO CSINOS Y OPERDORS DE SLS DE JUEGO NTES DE LLENR ESTE FORMULRIO LE LS INSTRUCCIONES QUE PRECEN L DORSO FECH DE PRESENTCION DI MES ÑO ÑO Marque con una "X" el mes al cual corresponde esta declaración ENE FEB MR BR 4 MY 5 JUN 6 JUL 7 GO 8 SEP 9 OCT NOV DIC TIPO DE DECLRCION: Marque "X" en el recuadro que corresponda (si marca sustitutiva indique el Nº de la declaración que se sustituye). ORIGINL. SUSTITUTIV Número de la declaración que se sustituye VISITE O LLME L OFICIN DE SESORI L CONTRIBUYENTE EN L DMINISTRCION DE RENTS DE SU LOCLIDD B C DTOS SOBRE SLS Y MESS DTOS GENERLES DE JUEGO D BSE GRVBLE Y LIQUIDCION. Número RUC. Nombre Comercial 6. Detalle de la ctividad Económica Principal. pellidos y Nombres o Razón Social 4. Teléfono / Fax 5. Correo electrónico 7. Departamento 8. Municipio 9. Domicilio Tributario. Reparto / Barrio. Distrito.- Salas con menos de máquinas.- Salas con más de 0 y hasta 00 máquinas.- Salas con más de 00 máquinas 4.- Total Salas de Juego autorizadas 7.- Cantidad de máquinas de juego con pago de US$5.00 dólares por máquina Cantidad de máquinas de juego con pago de US$5.00 dólares por máquina 9.- Cantidad de máquinas de juego con pago de US$50.00 dólares por máquina.- Cantidad de mesas de juego.- Impuesto para el primer rango de máquinas de juego (Renglón 7 X US$5.00 X tasa de cambio).- Impuesto para el segundo rango de máquinas de juego (Renglón 8 X US$5.00 X tasa de cambio).- Impuesto para el tercer rango de máquinas de juego (Renglón 9 X US$50.00 X tasa de cambio) 4.- Impuesto para mesas de juego (Renglón X US$ X tasa de cambio) 5.- Total Impuesto ( Renglones +++4) 6.- Premios Pagados DECLRO QUE LOS DTOS QUÍ CONTENIDOS CORRESPONDEN LS VERDDERS OPERCIONES EFECTUDS DURNTE EL MES SEÑLDO Declarante o Representante Legal INFORMCION DICIONL F 7.- Valor a pagar 8.- Recargo por mora 5.- Total Máquinas de Juego PR USO DE L DGI Total Mesas de Juego Nombre: 9.- Total a pagar 9 E FIRM Firma: Cédula de identidad o residencia PGOS Efectivo C$ Otros C$ Especifique Cheque C$ Nº Banco Fecha, Firma y Sello del nalista Versión 0 COPI CONTRIBUYENTE dvertencia: De comprobarse la falsedad de los datos reflejados en esta declaración, se procederá conforme lo establecido en los artos. 7 numeral 8 y 4 numeral 7 y 4 del Código Tributario.

2 INSTRUCTIVO PR LLENR L DECLRCION MENSUL DEL IMPUESTO CSINOS Y OPERDORS DE SLS DE JUEGO DEL PERIODO DECLRR: Este formulario debe contener la información de un solo mes, por lo que debe indicar el año vigente y marcar con una X el mes objeto de la declaración. La declaración y el entero correspondiente debe realizarse en los primeros cinco (5) días hábiles de haber finalizado el mes. TIPO DE DECLRCIÓN: Cuando se trate de la primera declaración del período, marque en el recuadro ORIGINL ; y si se trata de una declaración que rectifica una declaración anterior del mismo período, marque el recuadro SUSTITUTIV. En este último caso debe indicarse el número preimpreso ubicado en la parte superior izquierda del formulario de la declaración que se sustituye o modifica, seguidamente debe anotar todos los datos de la nueva declaración, incluso los que no cambian. Recuerde que la SUSTITUTIV es una declaración que reemplaza completamente la anterior. SECCIÓN : DTOS GENERLES. Número RUC: Consigne su número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) que le fue asignado en la DGI por motivo de su inscripción.. pellidos y Nombres o Razón Social: Si es persona natural anote primero sus apellidos y después los nombres, tal como aparece en su documento de inscripción en el RUC. Si se trata de persona jurídica consigne su razón social completa.. Nombre Comercial: note el nombre comercial con que se identifica el negocio. 6. Detalle la ctividad Económica Principal: note en forma resumida el nombre de la actividad que le genera mayores ingresos. 9. Domicilio Tributario: Señale en forma exacta su dirección, así como el departamento, municipio, teléfono, fax y correo electrónico. SECCIÓN B: DTOS SOBRE SLS DE JUEGO Renglón.- Salas con menos de máquinas: note la cantidad de salas que cuentan con menos de máquinas de juego. Renglón.- Salas con más de 0 y hasta 00 máquinas: note la cantidad de salas que cuentan con más de 0 y hasta 00 máquinas de juego. Renglón.- Salas con más de 00 máquinas: note la cantidad de salas que cuentan con más de 00 máquinas de juego. Renglón 4.- Total Salas de Juego autorizadas: Consigne la cantidad total de salas de juegos autorizadas. Renglón 5.- Total Máquinas de Juego: note la cantidad total de Máquinas de Juego. Renglón 6.- Total Mesas de Juego: note la cantidad total de Mesas de Juego. La declaración presentada debe llevar un adjunto, detallando la cantidad de máquinas por cada sala de juego autorizada, el cual debe firmar y sellar, según el siguiente diseño: Detalle de Máquinas por Sala de Juego RUC Nombre o Razón Social Nº preimpreso del formulario 9 Salas de Juego autorizadas Nº Descripción etc. Cantidad de máquinas por sala de juego Renglón.- Cantidad de Mesas de Juego: note en este renglón la cantidad total de mesas de juego existentes en los casinos o salas de juego autorizadas. Renglón.- Impuesto para el primer rango de máquinas de juego (Renglón 7 X US$5.00 X tasa de cambio oficial): note en este renglón el resultado de multiplicar la cantidad de máquinas tragamonedas reflejado en el renglón Nº 7 por el equivalente a US$5.00 dólares en moneda nacional, al tipo de cambio oficial del día que se efectúa el pago, publicado por el Banco Central de Nicaragua. Renglón.- Impuesto para el segundo rango de máquinas de juego (Renglón 8 x US$5.00 X tasa de cambio oficial): note en este renglón el resultado de multiplicar la cantidad de máquinas tragamonedas reflejado en el renglón Nº 8 por el equivalente a US$5.00 dólares en moneda nacional, al tipo de cambio oficial del día que se efectúa el pago, publicado por el Banco Central de Nicaragua. Renglón.- Impuesto para el tercer rango de máquinas de juego (Renglón 9 X US$50.00 X tasa de cambio oficial): note en este renglón el resultado de multiplicar la cantidad de máquinas tragamonedas reflejado en el renglón Nº 9 por el equivalente a US$50.00 dólares en moneda nacional, al tipo de cambio oficial del día que se efectúa el pago, publicado por el Banco Central de Nicaragua. Renglón 4.- Impuesto para mesas de juego (Renglón X US$ X tasa de cambio oficial): note en este renglón el resultado de multiplicar la cantidad de mesas de juego reflejado en el renglón Nº por el equivalente a US$ dólares en moneda nacional, al tipo de cambio oficial del día que se efectúa el pago, publicado por el Banco Central de Nicaragua. Renglón 5.- Total Impuesto (Renglones +++4): Consigne aquí, el resultado de sumar los renglones Nº,, y 4, en su caso. SECCION D: INFORMCION DICIONL Renglón 6.-Premios Pagados: note en este renglón el total de premios que fueron pagados durante el mes, se debe adjuntar detalle de éstos. SECCION E: FIRM Esta declaración debe ser firmada por el declarante o su representante legal; en este último caso, anotar los nombres y apellidos y el número de Cédula de Identidad, o Residencia en caso de ser extranjero. SECCION F: PGOS (PR USO DE L DGI) Renglón 7.- Valor a pagar: note el valor o monto del impuesto que se va a pagar por concepto de esta declaración. Renglón 8.- Recargo por mora: Cuando el pago se realice con posterioridad a la fecha en que fue exigible, se le aplicará un recargo por mora de 0.08% diario, de acuerdo al arto. de Código Tributario Renglón 9.- Total a pagar: Consigne en este renglón la sumatoria de las cantidades anotadas en los renglones 7 y8. Nombre del declarante o representante legal Firma SECCIÓN C: BSE GRVBLE Y LIQUIDCION Renglón 7.- Cantidad de máquinas de juego con pago de US$5.00 dólares por máquina: Refleje la cantidad total de máquinas de juego, que según Ley, las debe pagar a US$5.00 dólares. Renglón 8.- Cantidad de máquinas de juego con pago de US$5.00 dólares por máquina: Refleje la cantidad total de máquinas de juego, que según Ley, las debe pagar a US$5.00 dólares. Renglón 9.- Cantidad de máquinas de juego con pago de US$50.00 dólares por máquina: Refleje la cantidad total de máquinas de juego, que según Ley, las debe pagar a US$50.00 dólares.

3 0 Nº D G I Dirección General de Ingresos Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECLRCION DEL IMPUESTO L VLOR GREGDO (IV) NTES DE LLENR ESTE FORMULRIO LE LS INSTRUCCIONES QUE PRECEN L DORSO FECH DE PRESENTCION DIMES MES ÑO Ñ O Marque con una "X" el mes al cual corresponde esta declaración ENE FEB MR BR 4 MY 5 JUN 6 JUL 7 GO 8 SEP 9 OCT NOV DIC TIPO DE DECLRCION: Marque "X" en el recuadro que corresponda (si marca sustitutiva indique el número de la declaración que se sustituye). ORIGINL. SUSTITUTIV Número de declaración que sustituye DTOS GENERLES. Número RUC. Nombre Comercial 6. Detalle de la ctividad Económica Principal 9. Domicilio Tributario. pellidos y Nombres o Razón Social 4. Teléfono 5. Fax 7. Departamento 8. Municipio. Reparto / Barrio. Distrito. djunta anexo a crédito fiscal Sí No. Correo Electrónico. INGRESOS GRVBLES DEVENGDOS DURNTE EL MES POR ENJENCION DE BIENES (5%) 0 VISITE O LLME L OFICIN DE SESORI L CONTRIBUYENTE DE L DMINISTRCION DE RENTS DE SU LOCLIDD B C D CREDITO FISCL BSE GRVBLE LIQUIDCION. INGRESOS GRVBLES DEVENGDOS DURNTE EL MES POR PRESTCION DE SERVICIOS Y USO O GOCE DE BIENES (5%). INGRESOS GRVBLES DEVENGDOS POR OBRS PUBLICS (5%) 4. INGRESOS GRVBLES DEVENGDOS DURNTE EL MES POR DISTRIBUCION DE ENERGI ELECTRIC ( 7%) 5. INGRESOS GRVBLES DEVENGDOS EN EL MES POR EXPORTCIONES DE BIENES Y/O PRESTCION DE SERVICIOS L EXTERIOR ( 0%) 6. INGRESOS POR OPERCIONES EXENTS 7. INGRESOS POR OPERCIONES EXONERDS 8. TOTL INGRESOS DEVENGDOS DURNTE EL MES (Renglones ) 9. TOTL INGRESOS POR OPERCIONES GRVDS (Renglones ). DEBITO FISCL (Renglones,, y 4 x cada alìcuota). CREDITO FISCL DEL MES POR OPERCIONES DE ENJENCION DE BIENES (5%). CREDITO FISCL DEL MES POR OPERCIONES DE IMPORTCION DE BIENES TS 5%. CREDITO FISCL DEL MES POR OPERCIONES DE PRESTCION DE SERVICIOS Y USO Y GOCE DE BIENES (5%) 4. CREDITO FISCL DEL MES PR OPERCIONES DE DISTRIBUCION DE ENERGI ELECTRIC 5. CREDITO FISCL DEL MES PR OPERCIONES CON LÌCUOT DEL 0% 6. CREDITO PROPORCIONL DEL MES (VER INSTRUCTIVO) 7. SUBTOTL CREDITO FISCL DEL MES (Renglones ) 8. SLDO FVOR DEL MES NTERIOR 9. OTROS CREDITOS UTORIZDOS POR L DGI 0. OTRS DEDUCCIONES. PGOS RELIZDOS POR CONCEPTO DE ESTE IMPUESTO. TOTL DE CREDITO FISCL MS OTROS CREDITMIENTOS (Renglones ). SLDO PGR (Si el renglón -, es mayor que 0) 4. UTOTRSLCION 5. TOTL SLDO PGR ( Renglón +4) 6. SLDO FVOR (Si el renglón (+4)- es menor que 0) BSE LEGL: RTO. 8 DE L LEY DE CONCERTCION TRIBUTRI E OTROS DTOS Ingresos gravables transados con tarjetas de crédito y/o débito Ingresos exentos transados con tarjetas de crédito y/o débito Ingresos exonerados transados con tarjetas de crédito y/o débito DECLRO QUE LOS DTOS QUÍ CONTENIDOS CORRESPONDEN LS VERDDERS OPERCIONES EFECTUDS DURNTE EL MES SEÑLDO. G 7.- VLOR PGR 8.- RECRGOS POR MOR PR USO DE L DGI F FIRM Nombre: Declarante o Representante Legal PGOS 9.- TOTL PGR 9 Cheque Efectivo C$ C$ Otros C$ Nº Cédula de Identidad o Residencia Especifique Banco Versión Enero 0 Firma: PRECIO: C$.00 Fecha, Firmay Sello del analista ORIGINL DMINISTRCION DE RENTS dvertencia: De comprobarse la falsedad de los datos reflejados en esta declaración, se procederá conforme lo establecido en los artos. 7 numeral 8 y 4 numeral 7 y 4 del Código Tributario.

4 INSTRUCTIVO PR LLENR L DECLRCION MENSUL DEL IV Este formulario es de uso exclusivo para los responsables recaudadores inscritos como contribuyentes, quienes deberán enterar mensualmente el Impuesto al Valor gregado (IV). DEL PERIODO DECLRR: Este formulario debe contener la información de un solo mes, por lo que debe indicar el año vigente y marcar con una X el mes objeto de la declaración. La declaración y el entero correspondiente debe realizarse en los quince (5) días posteriores de finalizado el mes. En el caso de los Grandes Contribuyentes, previa liquidación efectuarán un pago anticipado del IV a los primeros quince días del mes, el que deberá pagarse en los primeros cinco días hábiles de finalizado dicha quincena, La declaración y pago mensual deberá efectuarse de conformidad a lo establecido en el párrafo anterior. TIPO DE DECLRCION: Cuando se trate de la primera declaración del período, marque en el recuadro ORIGINL ; y si se trata de una declaración que rectifica una declaración anterior del mismo período, marque el recuadro SUSTITUTIV. En este último caso debe indicarse el número preimpreso ubicado en la parte superior izquierda del formulario de la declaración que se sustituye o modifica, seguidamente debe anotar todos los datos de la nueva declaración, incluso los que no cambian. Recuerde que la SUSTITUTIV es una declaración que reemplaza completamente la anterior. SECCIÓN : DTOS GENERLES. Número RUC: Consigne su número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) que le fue asignado en la DGI por motivo de su inscripción.. pellidos y Nombres o Razón Social: Si es persona natural anote primero sus apellidos y después los nombres, tal como aparece en su documento de inscripción en el RUC. Si se trata de persona jurídica consigne su razón social completa.. Nombre Comercial: note el nombre comercial con que se identifica el negocio. 6. Detalle la ctividad Económica Principal: note en forma resumida el nombre de la actividad que le genera mayores ingresos. 9. Domicilio Tributario: Señale en forma exacta su dirección, así como el departamento, municipio, teléfono, fax y correo electrónico.. djunta anexo de Crédito Fiscal: Marque con una X si adjunta o no, el anexo de crédito fiscal. SECCIÓN B: BSE GRVBLE Renglones, y - Ingresos Gravables devengados durante el mes por Enajenación de Bienes, Prestación de Servicios y uso o goce de bienes y Obras Públicas con tasa del 5% (Base Legal: rtos. 4 y respectivamente de la Ley de Concertación Tributaria). Consigne en el renglón Nº el monto total de los ingresos recibidos y/o devengados durante el mes correspondiente en forma periódica, eventual u ocasional por concepto de la enajenación de bienes (excepto los de exportación); en el renglón Nº, el monto total por concepto de prestación de servicios y uso o goce de bienes, en el renglón Nº el monto total por ingresos devengados por Obras Publicas, gravados con la alícuota del 5%. Dentro del monto total no debe consignarse el monto de las rebajas, bonificaciones y descuentos que estén consignados en las facturas o documento de la operación. Renglón 4 Ingresos Gravables devengados durante mes por distribución de energía eléctrica con alícuota del 7% (Base Legal: rto. inciso j de la Ley 600 Ley de Reforma y diciones a la Ley 554, Ley de Estabilidad Energética ): Consigne en este renglón el monto total de los ingresos recibidos y/o devengados del mes correspondiente en forma periódica, eventual u ocasional por concepto de distribución de energía eléctrica correspondiente a las tarifas de categoría de consumo domiciliar mensual mayor a 00 Kwh y menores a,000 Kwh. El consumo gravado con la alícuota del 5% se debe consignar en el renglón Nº, y los servicios prestados en el renglón Nº y. Renglón 5 Ingresos Gravables devengados en el mes por exportaciones de bienes y/o servicios prestados al exterior, con alícuota del 0% (Base Legal: rto. 9 y 4 de la Ley de Concertación Tributaria). Consigne en este renglón el monto total de los ingresos recibidos y/o devengados del mes correspondiente en forma periódica, eventual u ocasional producto de las enajenaciones destinadas a las exportaciones y por exportaciones de servicios. Dentro del monto total no deben considerarse el monto de rebajas, bonificaciones y descuentos otorgados dentro de las prácticas comerciales generalmente aceptadas o de uso corriente que estén consignados en la factura o documento de la operación. Renglón 6 Ingresos por Operaciones Exentas (Base Legal: rtos.7 y 6 de la Ley de Concertación Tributaria). note en este renglón el total de operaciones exentas del mes correspondiente. Deben considerarse dentro de las operaciones exentas, las enajenaciones de bienes y/o prestación de servicios y uso o goce de bienes, referidos en los artos indicados como Base Legal. Renglón 7 Ingresos por operaciones exoneradas (Base Legal: rtos.87, 98 y 99 de la Ley de Concertación Tributaria). Consigne en este renglón el total de las operaciones exoneradas del mes correspondiente. Se considera dentro de tales operaciones la enajenación de bienes y/o prestación de servicios y uso o goce de bienes que están exonerados por disposiciones legales ratificadas en los artículos indicados como Base Legal. La exoneración que establece el arto. 6 caduca el de diciembre del año 04, según Ley de Concertación Tributaria. Renglón 8 Total de ingresos devengados durante el mes. note en este renglón el resultado de sumar las cantidades indicadas en los renglones,,, 4, 5 6, y 7. Renglón 9 Total de ingresos por operaciones gravadas : note en este renglón el resultado de sumar las cantidades indicadas en los renglones,,, 4 y 5. Renglón Débito Fiscal. Consigne en este renglón el monto del impuesto resultante de aplicar las tasas respectivas sobre las correspondientes operaciones gravadas en los renglones,, y 4; así como el impuesto previamente acreditado que debe revertirse, por haberse realizado rebajas, descuentos o devoluciones sobre compras efectuadas por la empresa declarante SECCIÓN C: CREDITO FISCL Importante: La ley de Concertación Tributaria en su articulo 0 establece que no será acreditable el IV que grave, bienes servicios y uso o goce de bienes en los casos siguientes:. -Enajenación de bienes, prestación de servicios y uso o goce de bienes exentos; y - El autoconsumo no deducible para efectos de IR que grava rentas de actividades económicas. CREDITCION DEL MES (Base legal: rtos. 9, 6, 7, 8 y Ley de Concertación Tributaria). Renglón Crédito Fiscal del mes por operaciones de Enajenación de Bienes con alícuota del 5%. note en este renglón el monto total del IV pagado durante el mes que le haya sido trasladado, por concepto de compra de bienes que se destinen a operaciones gravadas de la empresa con alícuota 5%. Renglón - Crédito fiscal del mes por operaciones de Importación de Bienes. note en este renglón el monto total del IV pagado durante el mes que declara, por las importaciones o internaciones de bienes y servicios con alícuota del 5%. Renglón - Crédito fiscal del mes por operaciones de Prestación de Servicios y uso o goce de bienes. note en este renglón el monto total del IV que le hubieren trasladado durante el mes que declara (pagado y no pagado) por el concepto de prestación de servicios y uso o goce de bienes, que se destinen a operaciones gravadas de la empresa con alícuota 5%. Renglón 4 Crédito Fiscal del mes para operaciones de distribución de energía eléctrica. note en este renglón el monto total del IV que le hubieren trasladado durante el mes que declara (pagado y no pagado). Renglón 5 Crédito Fiscal del mes para operaciones con alícuota del 0%. note en el renglón el monto total del IV que le hubieren trasladado durante el mes que declara (pagado y no pagado), por las compras de insumos, materias primas y servicios, necesarios para la producción de bienes destinados a la exportación con alícuota del 0%. Renglón 6 - Crédito proporcional del mes. note en este renglón el resultado de aplicar la proporción que corresponde a las operaciones gravadas del mes que declara, según se establece en el rto. de la Ley de Concertación Tributaria. Renglón 7 Subtotal de Crédito Fiscal del mes. note en este renglón el resultado de sumar los renglones,,, 4, 5 y 6. OTROS CREDITOS Renglón 8 Saldo a Favor del mes anterior. note el monto del saldo a favor, que a la fecha de presentación de esta declaración tiene en el mes anterior. Renglón 9 Otros Créditos autorizados por la DGI : note en este renglón, previa autorización de la DGI, los créditos o compensaciones derivados de pagos indebidos o en exceso de tributos administrados por la DGI. Renglón 0 Otras Deducciones: note el valor del IV acumulado del mes, producto de las Retenciones que le efectuaron las Instituciones Financieras por los ingresos pagados con tarjetas de Crédito y/o Débito. Renglón Pagos realizados por concepto de este impuesto: En este renglón deberá deducir los pagos efectuados a declaración (es) del mismo período, o los abonos o pagos parciales que se hayan hecho a cuenta de estas declaraciones, sin incluir los recargos o intereses pagados. Renglón Total de Crédito Fiscal más Otros creditamientos: note en este renglón el resultado de sumar las cantidades indicadas en los renglones 7,8, 9,0 y. SECCIÓN D: LIQUIDCIÓN Renglón - Saldo a pagar Restar del monto considerado como débito fiscal (renglón ) el total crédito fiscal (renglón ). Si el resultado es positivo o cero anotar la cantidad en el renglón. Renglón 4- utotraslaciòn: notar en este renglón el monto total autotrasladado por concepto de prestación de un servicio general o el uso o goce de un bien gravado a una persona natural residente o natural o jurídica no residente que no sean responsables recaudadores del IV rto. 5 de la Ley de Concertación Tributaras. El IV autotrasladado será considerado para el responsable recaudador como un debito en el mes que lo pague y un crédito fiscal para el mes siguiente. Renglón 5 Total Saldo a Pagar: note en este renglón el resultado de sumar las cantidades indicadas en los renglones y 4. En caso que no refleje valor en el renglón 4 detallara el valor reflejado en el renglón. Renglón 6- Saldo a Favor: Sumar al monto considerado como débito fiscal (renglón ) mas el monto reflejado en el (renglón 4), al resultado restar el total del crédito fiscal (renglón ). Si el resultado es negativo anotar la cantidad en el renglón 6 SLDO FVOR. SECCIÓN E: OTROS DTOS Si la empresa o negocio tuvo operaciones de venta y/o prestación de servicios y uso o goce de bienes transadas con tarjetas de crédito y/o débito, debe suministrar e indicar en este formulario la siguiente información:. Ingresos gravables transados con tarjetas de crédito y/o débito.. Ingresos exentos transados con tarjetas de crédito y/o débito.. Ingresos exonerados transados con tarjetas de crédito y/o débito. SECCIÓN F: FIRMS Esta declaración debe ser firmada por el declarante o su representante legal, en este último caso anotar los nombres y apellidos y el número de Cédula de Identidad o Residencia. SECCIÓN G: PGOS (PR USO DE L DGI). Renglón 7- Valor a Pagar: note el valor o monto del impuesto que se va a pagar por concepto de esta declaración. Renglón 8- Recargos por mora: Cuando el pago se realice con posterioridad a la fecha en que fue exigible, se le aplicará un recargo por mora de 0.7% diario, de acuerdo al arto. de Código Tributario. Renglón 9- Total a Pagar: Consigne en este renglón la sumatoria de las cantidades anotadas en los renglones 7 y 8.

5 D G I 0 Nº Dirección General de Ingresos Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECLRCION MENSUL DE PGO MINIMO DEFINITIVO DEL IR NTES DE LLENR ESTE FORMULRIO LE LS INSTRUCCIONES QUE PRECEN L DORSO FECH DE PRESENTCION DI MES ÑO Ñ O Marque con una "X" el mes al cual corresponde esta declaración ENE FEB MR BR 4 MY 5 JUN 6 JUL 7 GO 8 SEP 9 OCT NOV DIC TIPO DE DECLRCION: Marque "X" en el recuadro que corresponda (si marca sustitutiva indique el Nº de la declaración que se sustituye) ORIGINL SUSTITUTIV Número de la Declaracion que se sustituye. Número RUC. pellidos y Nombres o Razón Social DTOS GENERLES. Nombre Comercial 4. Teléfono / Fax 5. Correo electrónico 6. Detalle de la ctividad Económica Principal 7. Departamento 8. Municipio 9. Domicilio Tributario. Reparto / Barrio. Distrito VISITE O LLME L OFICIN DE SESORI L CONTRIBUYENTE EN L DMINISTRCION DE RENTS DE SU LOCLIDD B C D E BSE GRVBLE CLCULO DE NTICIPO PR EL PGO DEL PMDM CREDITO FISCL LIQUID- CION INFORMCION DICIONL.- Total de ingresos brutos gravables en el mes.- Total de ingresos brutos por comisión o margen de comercialización en el mes.- Utilidades del Mes (Unicamente para Instituciones Financieras y Grandes Recaudadores del ISC) Pago Mínimo Definitivo mensual sobre ingresos brutos (Renglón + X %) 5.- Pago Mínimo Difinitivo mensual sobre utilidades(renglón X 0%) 6.- Débito a pagar ( Renglón 4 vrs 5 el mayor) 7.- Crédito Tributario (.5%, Incentivo a la Exportación) 8.- Crédito por Combustible (Exportadores - Ley 8) 9.- Crédito Fiscal (Tasa.5% de Incentivo por Vivienda de Interés Social).- Crédito Fiscal Sector Turismo (CCF).- Subtotal de Créditos por Incentivos (Renglones ).- Retenciones sobre Venta de Bienes.- Retenciones sobre Prestación de Servicios Profesionales o Técnico Superior (%) 4.- Retenciones que le efecturon Inst. Financieras (Por afiliación de tarjeta de crédito/débito) 5.- Otras Retenciones deducibles del IR 6.- Subtotal de Retenciones del Mes (Renglones ++4+5) (Crédito fiscal del mes) 7.- Subtotal creditable (Renglones +6) 8.- Saldo a Favor del Mes nterior 9.- Otros Créditos utorizados por la DGI 0.- Pagos realizados por concepto de este impuesto.- Total del Crédito Fiscal mas otros creditamientos (Renglones ).- Saldo a Pagar (si el renglón (4) ó (6) -, es mayor que 0).- Saldo a Favor (si el renglón (4) ó (6) -, es menor que 0) 4.- Ingresos totales de los Grandes Contribuyentes Recaudadores del ISC 5.- Ingresos gravados con Retención Definitiva en el mes 6.- Ingresos por operaciones con tarjetas de Créditos/Débitos BSE LEGL: RTO.6 DE L LEY DE CONCERTCION TRIBUTRI DECLRO QUE LOS DTOS QUÍ CONTENIDOS CORRESPONDEN LS VERDDERS OPERCIONES EFECTUDS DURNTE EL MES SEÑLDO. G 7.- Valor a Pagar 8.- Recargos por mora PR USO DE L DGI 7 8 F FIRM Nombre: Declarante o Representante Legal 9.- Total a pagar PGOS EFECTIVO C$ CHEQUE C$ 9 Nº Código Banco Cédula de Identidad o Residencia OTROS C$ Firma: Versión Enero 0 Fecha, Firma y Sello del nalista PRECIO: C$.00 ORIGINL DMINISTRCION DE RENTS dvertencia: De comprobarse la falsedad de los datos reflejados en esta declaración, se procederá conforme lo establecido en los artos. 7 numeral 8 y 4 numeral 7 y 4 del Código Tributario.

6 INSTRUCTIVO PR LLENR L DECLRCION MENSUL DE PGO MINIMO DEFINITIVO DEL IR DEL PERIODO DECLRR: Este formulario debe contener la información de un solo mes, por lo que debe indicar el año vigente y marcar con una X el mes objeto de la declaración. La declaración y el entero correspondiente debe realizarse en los quince (5) días posteriores de finalizado el mes. TIPO DE DECLRCIÓN: Cuando se trate de la primera declaración del período, marque en el recuadro ORIGINL ; y si se trata de una declaración que rectifica una declaración anterior del mismo período, marque el recuadro SUSTITUTIV. En este último caso debe indicarse el número preimpreso ubicado en la parte superior izquierda del formulario de la declaración que se sustituye o modifica, seguidamente debe anotar todos los datos de la nueva declaración, incluso los que no cambian. Recuerde que la SUSTITUTIV es una declaración que reemplaza completamente la anterior. SECCIÓN : DTOS GENERLES. Número RUC: Consigne su número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) que le fue asignado en la DGI por motivo de su inscripción.. pellidos y Nombres o Razón Social: Si es persona natural anote primero sus apellidos y después los nombres, tal como aparece en su documento de inscripción en el RUC. Si se trata de persona jurídica consigne su razón social completa.. Nombre Comercial: note el nombre comercial con que se identifica el negocio. 6. Detalle la ctividad Económica Principal: note en forma resumida el nombre de la actividad que le genera mayores ingresos. 9. Domicilio Tributario: Señale en forma exacta su dirección, así como el departamento, municipio, teléfono, fax y correo electrónico. SECCIÓN B: BSE GRVBLE Y CLCULO DE NTICIPO DEL PMDM Renglón.- Total de Ingresos Brutos Gravables en el mes: note el total de Ingresos Brutos Gravables que comprenden todos los ingresos recibidos y los devengados por el contribuyente, en forma periódica, eventual u ocasional en el mes (rtículos de la Ley de Concertación Tributaria). Para el caso de los contribuyentes responsables Recaudadores del ISC que tengan operaciones gravadas y no gravadas con el ISC registrará en este renglón la proporcionalidad de los ingresos no gravados con el ISC; también aplica para los contribuyentes que transen en la bolsa gropecuaria y Bolsa de Valores la proporción de los Ingresos que no transen en las Bolsas de igual forma para los contribuyentes cuyas inversiones no están sujetas a un plazo de maduración anotará el total de sus ingresos. Renglón.- Total de Ingresos Brutos por Comisión o Margen de Comercialización en el mes: Este renglón deberá ser llenado por las personas naturales y jurídicas cuyos ingresos correspondan a operaciones bajo el concepto de comisiones sobre ventas o márgenes de comercialización de bienes y servicios, siendo éstas personas las que realicen actividades de corretaje de seguros, corretaje de bienes y raíces, agencias de viajes, casas y mesas de cambio de moneda extranjera, las distribuidoras minoristas de combustibles y los supermercados inscritos como grandes contribuyentes. Renglón.- Utilidades del Mes (Únicamente para los contribuyentes de la Industria Fiscal y/o Recaudadores de ISC): Este renglón deberá ser llenado únicamente por las personas naturales y jurídicas inscritas como Grandes Contribuyentes en la DGI de acuerdo a la Disposición Técnica No Para el caso de los contribuyentes Recaudadores del ISC que tengan operaciones gravadas y no gravadas con el ISC se registrará en este renglón la proporcionalidad de los ingresos gravados con el ISC. Para las Instituciones Financieras anote el monto mayor resultante de la comparación entre la utilidad mensual devengada y la utilidad mensual proyectada (anexar fotocopia de la proyección presentada a la SIBOIF). SECCION C: CLCULO DE NTICIPO PR EL PGO DEL PMDM DEL IR Renglón 4.- Pago Mínimo Definitivo Mensual sobre ingresos brutos (Renglón +x%): note en este renglón el resultado de sumar el renglón + por la tasa del % de conformidad al rto. 6 y 6 de la Ley de Concertación Tributaria. Para los contribuyentes que no son Instituciones Financieras ni Grandes Recaudadores del ISC, el valor digitado en este renglón será el debito fiscal. Renglón 5.-Pago Mínimo Definitivo Mensual sobre utilidades (Renglón x0%): note en este renglón el resultado de multiplicar el renglón por la alícuota del 0% de conformidad al numeral rto. 6 de la Ley Concertación Tributaria. Renglón 6.- Débito a Pagar (Renglón 4 vrs 5 el mayor): note en este renglón el valor mayor resultante de comparar el renglón Nº 4 y 5 para las Instituciones Financieras y Grandes Recaudadores del ISC. SECCION C: CREDITO FISCL Renglón 7.- Crédito Tributario (.5%, incentivo a la exportación): note en este renglón, el crédito por el.5% del valor FOB de las exportaciones que tienen derecho los exportadores de bienes de origen nicaragüense y los fabricantes o productores de esos bienes, según arto. 7 y 06 de la Ley de Concertación Tributaria. Renglón 8.- Crédito por Combustible (Exportadores Ley 8): Los exportadores acogidos a la Ley 8 Ley de dmisión Temporal para Perfeccionamiento ctivo y de Facilitación de las Exportaciones deben anotar en este renglón el 5% del IECC que le trasladaron por la compra de combustible utilizado como insumo directo en el proceso productivo de la exportación, de acuerdo a lo establecido en el rto. 7 de la Ley de Concertación Tributaria. últi Renglón 9.- Crédito Fiscal (Tasa.5% de incentivo por Vivienda de Interés Social): note en este renglón el crédito fiscal otorgado por la tasa de subsidio por viviendas de Interés Social, Ley 677 Ley especial para el fomento de la construcción de viviendas y de acceso a la vivienda de interés social y su reglamento, soportado con el documento que lo avala. Nota importante: Se le recuerda que para poder deducirse los créditos señalados en los renglones 8, 9 y, éstos deben ser autorizados previamente por la dministración Tributaria. Renglón.- Crédito Fiscal Sector Turismo (CCF): note el crédito correspondiente. Este no debe superar el 70% tal como lo establece el rto.6 de la Ley Nº 06 Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua. rto 94 Ley de Concertación Tributaria. Renglón.- Subtotal de Créditos por Incentivos (Reglones ): note la suma de los renglones 7, 8, 9 y. Renglón.- Retención sobre Venta de Bienes: note el monto que durante el mes le hayan retenido sus compradores por las ventas realizadas por la empresa, incluso las referidas a los productos agropecuarios. No deben considerarse como deducción las retenciones correspondientes a las enajenaciones o transferencias que constituyen beneficios o ganancias ocasionales. Renglón.- Retenciones que le efectuaron por prestación de servicios profesionales o técnico superior % (Solamente para personas naturales): note en este renglón las Retenciones que le efectuaron por prestación de servicios profesionales o técnico superior. Renglón 4.- Retenciones que le Efectuaron Instituciones Financieras (por afiliación de Tarjetas de Crédito/Débito): note en este renglón las Retenciones que le efectúan las Instituciones Financieras bajo el concepto de Retención por transacciones con tarjetas de crédito/débito. Se le recuerda que la dministración Tributaria reconocerá el valor señalado en este renglón, siempre y cuando, la Institución Financiera acredite de previo al número RUC que figura en esta declaración, el monto retenido. Renglón 5.- Otras Retenciones Deducibles del IR: note las Retenciones de deducibles no contempladas en los renglones, y 4. Recuerde que las Retenciones por Ganancias Ocasionales se deben deducir en la declaración del IR nual. Renglón 6.- Subtotal de Retenciones del Mes (Renglones ++4+5): note aquí el resultado de sumar los renglones,, 4 y 5. Renglón 7.- Subtotal creditable (Renglones +6): note la suma de los renglones y 6. Renglón 8.- Saldo a favor del mes anterior: note el monto del saldo a favor, que a la fecha de presentación de esta declaración tiene en el mes anterior. Renglón 9.- Otros Créditos autorizadas por la DGI: note en este renglón, previa autorización de la DGI, los créditos o compensaciones derivados de excesos de pagos correspondientes a tributos administrados por la DGI. Renglón 0.- Pagos realizados por concepto de este impuesto: note los pagos que se hayan hecho a cuenta de esta declaración. En caso que esta declaración sea sustitutiva anotar el monto pagado en la declaración original sin incluir los recargos o intereses pagados. Renglón.- Total de Crédito Fiscal más Otros creditamientos (Renglones ): note en este renglón el resultado de sumar las cantidades indicadas en los renglones 7, 8, 9 y 0. SECCION D: LIQUIDCION Renglones y.- Saldo a Pagar o Saldo a Favor: Restar del monto considerado como Débito Fiscal (Renglón 4 ó 6), el total de crédito fiscal más otros acreditamientos (renglón ). Si el resultado es mayor que cero anotar la cantidad en el renglón SLDO PGR y si es menor que cero anotar la cantidad en el renglón SLDO FVOR. SECCION E: INFORMCIÓN DICIONL Renglón 4- Ingresos Totales de los Grandes Contribuyentes recaudadores del ISC: Los Grandes Responsables Recaudadores del ISC deben anotar en este renglón, los Ingresos totales recibidos y/o devengados durante el mes. Renglón 5- Ingresos gravados con Retención Definitiva en el Mes: note en este renglón los ingresos devengados en el mes objeto de Retenciones Definitivas. Renglón 6- Ingresos por operaciones con Tarjetas de Créditos /Débitos: note en este renglón los ingresos devengados en el mes de transacciones con tarjetas de crédito/débito sin incluir el IV, base imponible para la aplicación de la retención. SECCION F: FIRM Esta declaración debe ser firmada por el declarante o su representante legal; en este último caso anotar los nombres y apellidos y el número de Cédula de Identidad o Residencia. SECCION G: PGOS (PR USO DE L DGI) Renglón 7.- Valor a pagar: note el valor o monto del impuesto que se va a pagar por concepto de esta declaración. Renglón 8-Recargos Moratorios: Cuando el pago se realice con posterioridad a la fecha en que fue exigible, se le aplicará un recargo por mora de 0.08% diario, de acuerdo al arto. de Código Tributario. Nota Importante: El Monto de la deuda principal será actualizado mensualmente para mantener la paridad monetaria en relación al dólar, segundo párrafo del rto. 5 del Código Tributario. Renglón 9.- Total a pagar: Consigne en este renglón la sumatoria de las cantidades anotadas en los renglones 7 y 8.

7 Nº D G I Dirección General de Ingresos Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECLRCION MENSUL DE RETENCION IR EN L FUENTE Y UTOTRSLCION NTES DE LLENR ESTE FORMULRIO LE LS INSTRUCCIONES QUE PRECEN L DORSO FECH DE PRESENTCION DI MES ÑO Ñ O Marque con una "X" el mes al cual corresponde esta declaración ENE FEB MR BR 4 MY 5 JUN 6 JUL 7 GO 8 SEP 9 OCT NOV DIC TIPO DE DECLRCION: Marque "X" en el recuadro que corresponda (si marca sustitutiva indique el número de la declaración que se sustituye) ORIGINL SUSTITUTIV Número de declaración que se sustituye DTOS GENERLES. Número RUC. Nombre Comercial 6. Detalle de la ctividad Económica Principal 9. Domicilio Tributario. pellidos y Nombres o Razón Social 4. Teléfono / Fax 5. Correo electrónico 7. Departamento 8. Minicipio. Reparto/Barrio/Distrito. Número patronal INSS. RETENCION POR RENT DEL TRBJO 0 VISITE O LLME L OFICIN DE SESORI L CONTRIBUYENTE EN L DMINISTRCION DE RENTS DE SU LOCLIDD B C D E RETENCIONES EN L FUENTE CUENT DEL IR LIQUIDCION CREDITMIENTO RETENCIONES DEFINITIVS. RETENCION ESTBLECIMIENTO FILIDOS INSTITUCIONES FINNCIERS (.5%) 0. RETENCION POR COMPR DE BIENES Y PRESTCION DE SERVICIOS EN GENERL (%) 0 4. RETENCION POR COMPRVENT DE BIENES GROPECURIOS (%) RETENCION DE MDER EN ROLLO (5%. Exclusivo para los aserrios) RETENCION POR SERVICIO PROFESIONL O TECNICO SUPERIOR PRESTDO POR PERSON NTURL (%) OTRS RENTENCIONES (%) TOTL RETENCIONES (Suma de los renglones al 7) RETENCION DEFINITIV POR RENTS DEL TRBJO (%,.5% y 0%) 09. RETENCION DEFINITIV SOBRE RENTS DE CPITL (5% y %). RETENCION DEFINITIV SOBRE GNNCIS DE CPITL ( %). RETENCION DEFINITIV DE RENTS DE CTIVIDD ECONOMIC EFECTUDS NO RESIDENTES (.5%, % ó 5%). RETENCION DEFINITIV POR TRNSCCIONES BURSTILES (0.5%, %,.5% y %) 4. RETENCION DEFINITIV POR L PROMOCION DE FONDOS DE INVERSION (5%) 4 5. RETENCION DEFINITIV POR OPERCIONES CON PRISOS FISCLES (7%) 5 6. TOTL RENTENCIONES DEFINITIVS (Renglón del 9 al 5) 6 7. PGOS RELIZDOS POR CONCEPTO DEL IMPUESTO "RETENCION POR RENTS DEL TRBJO" 7 8. PGOS RELIZDOS POR CONCEPTO DEL IMPUESTO "RETENCION IR OTROS" 8 9. PGOS RELIZDOS POR CONCEPTO DEL IMPUESTO "RETENCION FILIDOS TRJETS DE CREDITO" 9 0. PGOS RELIZDOS POR CONCEPTO DEL IMPUESTO "RETENCIONES DEFINITIVS" 0. SLDO PGR DE RETENCION EN L FUENTE (Renglón 8-7, 8 y 9). SLDO PGR DE RETENCION DEFINITIV (Renglón 6-0). SLDO PGR POR CONCEPTO DE UTOTRSLCION (rtículo 5 Ley de Concertación Tributaria) 4. SLDO TOTL PGR (Renglón + + ) 4 BSE LEGL : RTICULO 4 NUMERL 4 DE L LEY DE CONCERTCION TRIBUTRI DECLRO QUE LOS DTOS QUÍ CONTENIDOS CORRESPONDEN LS VERDDERS OPERCIONES EFECTUDS DURNTE EL MES SEÑLDO. Declarante o Representante Legal G 5. VLOR PGR 6. RECRGOS POR MOR 5 6 PR USO DE L DGI 7 F FIRM Nombre: PGOS 7. TOTL PGR EFECTIVO C$ CHEQUE C$ 7 Nº Código Banco Cédula de Identidad o Residencia OTROS C$ Firma: Fecha, Firma y Sello del nalista Versión Enero 0 PRECIO: C$.00 ORIGINL DMINISTRCION DE RENTS dvertencia: De comprobarse la falsedad de los datos reflejados en esta declaración, se procederá conforme lo establecido en los artos. 7 numeral 8 y 4 numeral 7 y 4 del Código Tributario.

8 INSTRUCTIVO PR LLENR L DECLRCION DE RETENCION IR EN L FUENTE Y UTOTRSLCION DEL PERIODO DECLRR. Este formulario debe contener la información de un solo mes, por lo que es obligatorio indicar el año vigente y marcar con una X el mes objeto de la declaración. La declaración y el entero del pago correspondiente deben realizarse dentro de los cinco días hábiles posteriores al mes finalizado. TIPO DE DECLRCIÓN. Cuando se trate de la primera declaración del período, marque en el recuadro ORIGINL ; y si se trata de una declaración que rectifica una declaración anterior del mismo período, marque el recuadro SUSTITUTIV. En este último caso debe indicarse el número preimpreso ubicado en la parte superior izquierda del formulario de la declaración que se sustituye o modifica, seguidamente debe anotar todos los datos de la nueva declaración, incluso los que no cambian. Recuerde que la SUSTITUTIV es una declaración que reemplaza completamente la anterior. SECCIÓN : DTOS GENERLES. Número RUC: Consigne su número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) que le fue asignado en la DGI por motivo de su inscripción.. pellidos y Nombres o Razón Social: Si es persona natural anote primero sus apellidos y después los nombres, tal como aparece en su documento de inscripción en el RUC. Si se trata de persona jurídica consigne su razón social completa.. Nombre Comercial: note el nombre comercial con que se identifica el negocio. 6. Detalle de la ctividad Económica Principal: note en forma resumida el nombre de la actividad que le genera mayores ingresos. 9. Domicilio Tributario: Señale en forma exacta su dirección, así como el departamento, municipio, reparto, barrio, teléfono, fax y correo electrónico. SECCION B: RETENCIONES EN L FUENTE CUENT DEL IR Renglón.- Retención por renta del trabajo: note las retenciones realizadas en el mes por salarios, remuneraciones y demás compensaciones de acuerdo a los conceptos indicados en los artículos y de la Ley de Concertación Tributaria (LCT). Renglón.- Retención a establecimientos afiliados a instituciones financieras (rto. 44,. del Reglamento LCT): Las Instituciones Financieras deben anotar las retenciones correspondientes al.5% efectuada en el pago a sus establecimientos afiliados por la venta de bienes, prestación de servicios y uso o goce de bienes canceladas con tarjetas de crédito y/o débito. Este renglón también debe ser llenado por los establecimientos autorizados por la dministración Tributaria a realizarse una auto retención en la fuente del.5% de las ventas, prestación de servicios y uso o goce de bienes que se haya utilizado como medio de pago tarjeta de crédito y/o débito. Renglón.- Retención por compra de bienes y prestación de servicios en general (rto. 44,. del Reglamento LCT): note las retenciones del % efectuadas por los conceptos de compra de bienes y prestación de servicios en general, incluyendo los servicios profesionales prestados por personas jurídicas, trabajos de construcción y arrendamiento o alquileres, siempre y cuando esa sea la actividad económicas principal del proveedor del servicio constituyéndose de esta forma como renta de actividad económica; caso contrario el arrendamiento o alquiler debe considerarse como renta de capital sujeta a retención definitiva del % de acuerdo a los artos. 5 numeral, 80 y 87 de la LCT, y reflejarse en el renglón. Renglón 4.- Retención por compraventa de bienes agropecuarios (rto. 44,. del Reglamento LCT): note las retenciones correspondientes al % efectuada por concepto de compraventa de productos agrícolas ( incluye café) y bienes pecuarios, que no sean transados a través de las bolsas agropecuarias. Renglón 5.- Retención de madera en rollo (rto. 44,.4 del Reglamento LCT): Este renglón debe ser llenado exclusivamente por los aserríos, aún cuando éstos sean también poseedores, tenedores y/o comercializadores de la madera. note las retenciones efectuadas sobre metro cúbico de madera en rollo, correspondiente al 5% sobre el precio, según Especie y Categoría determinado por el INFOR. Se le recuerda que es obligatorio para los aserríos que presten el servicio de procesamiento de madera, presentar junto a la declaración, el formato de Constancia de Retención IR Madera y el Reporte de retenciones IR madera. Renglón 6.- Retención por servicio profesional o técnico superior prestado por persona natural (rto. 44,.5 (a) del Reglamento LCT): note las retenciones correspondientes al % efectuadas a las personas naturales por el concepto de prestación de servicios profesionales o técnico superior. Renglón 7.- Otras Retenciones (rto. 44,.5 (e) del Reglamento LCT): note las retenciones del % aplicado sobre los montos generados en cualquier otra actividad no considerada en los renglones anteriores. Renglón 8.- Total Retenciones: note la suma de los montos consignados en los renglones del al 7. SECCION C: RETENCIONES DEFINITIVS Renglón 9.- Re t e n c i ó n D e f i n i t i v a p o r r e n t a s d e l t r a b a j o ( rto. 4 Nº, y LCT) : note en este renglón las retenciones definitivas sobre dietas y las realizadas a contribuyentes no residentes, aplicando las siguientes alícuotas: El % sobre el excedente de C$ 500, córdobas adicionales a los cinco meses de indemnización exenta estipulada en el numeral del artículo 9 de la LCT; El.5 % sobre las dietas que paguen las sociedades mercantiles, instituciones del Estado y gobiernos regionales y municipales a los directivos o miembros de dichas sociedades y entidades gubernamentales; El 0% a los contribuyentes no residentes. Renglón.- Re t e n c i ó n D e f i n i t i v a s o b r e r e n t a s d e c a p i t a l ( rto. 8 7 d e l a LC T) : note en este renglón las retenciones definitivas correspondiente al 5% sobre la transmisión de activos dispuesto en el Capítulo I, Título IX de la Ley 74 Ley sobre el contrato de Fideicomiso ; del % aplicado a las rentas de capital inmobiliario y mobiliario definidos en el artículo 5 I. y artículo 6 I. () y II. () de la LCT y devengadas o percibidas por residentes y no residentes. Renglón.- Retención Definitiva sobre ganancias de capital (rto. 87 LCT): note las retenciones definitivas correspondientes al % aplicado a las rentas de ganancias de capital definidos en el artículo 5 II. y artículo 6 I. (B) y II. (B) de la LCT y devengadas o percibidas por residentes y no residentes. En este renglón también deben anotarse las retenciones definitivas efectuadas por personas naturales o jurídicas a los premios en dinero o en especie de loterías (incluye Lotería Nacional), rifas, sorteos, bin gos y similares; así como, los premios y/o ganancias provenientes de todo tipo de juegos y apuestas realizados en casinos, salas, medios de comunicación y cualquier otra actividad situada en el país. Renglón.- Retención Definitiva de rentas de actividad económica efectuadas a personas naturales y jurídicas no residentes (rto. 5 LCT): note en este renglón las siguientes retenciones definitivas correspondiente a rentas de actividad económica: El.5% sobre la renta bruta de los reaseguros; el % sobre el monto bruto de primas de seguro y fianzas de cualquier tipo, transporte marítimo/aéreo, comunicaciones telefónicas y de internet internacionales; y el 5% sobre las demás actividades económicas. Renglón.- Retención Definitiva por transacciones bursátiles (rtos. 67 y 79 LCT): note las siguientes retenciones definitivas sobre el precio de venta de bienes autorizados a transarse en la bolsa agropecuaria: El % para el arroz y leche cruda; el.5% para los bienes agrícolas primarios; y el % para los demás bienes del sector agropecuario. En este renglón también debe reflejarse las retenciones definitivas de las transacciones bursátiles que se realicen a través de la bolsa de valores. Los títulos valores del Estado que no contengan cupones de interés explícito están sujetos a una retención definitiva del 0.5%, cuando sean adquiridos por personas exentas del IR de rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital. Renglón 4.- Retención Definitiva por la promoción de fondos de inversión (rto. 80 LCT): note en este renglón las retenciones definitivas por la promoción de fondos de inversión, aplicándose la alícuota del 5% sobre la renta bruta gravable del IR de las rentas de actividades económicas, y del 5% a las ganancias de capital generadas por la enajenación de cualquier tipo de activo a o de un fondo. Renglón 5.- Retención Definitiva por operaciones con paraísos fiscales (rto. 49 LCT) : note la retención definitiva del 7% sobre los gastos pagados o acreditados a una persona o entidad residente en un paraíso fiscal. Renglón 6.- Total Retenciones Definitivas: note la suma de los montos consignados en los renglones del 9 al 5. SECCION D: CREDITMIENTO Renglones 7, 8, 9 y 0.- Pagos realizados por concepto de los impuestos Retención por renta del trabajo, Retención IR Otros, Retención a afiliados tarjetas de crédito y Retenciones definitivas : note en el renglón que corresponda, los pagos que haya efectuado a cuenta de los impuestos Retención por renta del trabajo (Renglón 7), Retención IR Otros (Renglón 8), Retención a afiliados tarjetas de crédito (Renglón 9) y Retenciones definitivas (Renglón 0). Las Instituciones Financieras emisoras de tarjetas de crédito/débito anotarán en el renglón 9 la suma quincenal de pagos enterados diariamente a la DGI provenientes de las retenciones del.5% realizadas a sus afiliados. Los establecimientos autorizados por la dministración Tributaria a realizarse una auto retención del.5% de las ventas que se haya utilizado como medio de pago tarjeta de crédito/débito, reflejarán en este renglón los pagos realizados quincenalmente a la DGI. En caso que esta declaración sea sustitutiva, anotar también el monto pagado en las declaraciones anteriores sin incluir los recargos o intereses pagados. SECCION E: LIQUIDCION Renglón.- Saldo a pagar de retenciones en la fuente: note el resultado de restar al total de retenciones en al fuente (renglón 8), el monto de pagos realizados a cuenta de los impuestos Retención por renta del trabajo, Retención IR Otros y Retención a afiliados tarjetas de crédito ) reflejados en los renglones Nº 7, 8 y 9 respectivamente. Renglón.- Saldo a pagar de retenciones definitivas: note el resultado de restar al total de retenciones definitivas efectuadas (renglón 6), el monto de pagos realizados a cuenta del impuesto Retenciones definitivas reflejado en el renglón Nº 0. Renglón.- Saldo a pagar por concepto de autotraslación: Los contribuyentes no Responsables Recaudadores del IV que reciben servicios en general o hagan uso o goce de bienes de parte de personas que no sean responsables recaudadoras, deben anotar en este renglón el valor autotrasladado por el IV causado. La fecha límite para declarar y pagar las autotraslaciones reflejadas en este renglón será el quinto día hábil después de finalizado el mes declarado. De no existir autotraslaciones en el mes, debe escribir obligatoriamente cero, para efecto que nuestro sistema no refleje omisión en su cuenta. Renglón 4.- Saldo total a pagar: note la suma de los renglones Nº, y. SECCION F: FIRM Esta declaración debe ser firmada por el declarante o su representante legal, en este último caso, anotar los nombres y apellidos y el número de Cédula de Identidad o Residencia.

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