Factura electrónica, factura digital, factura telemática, son diferentes

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Factura electrónica, factura digital, factura telemática, son diferentes"

Transcripción

1 Concepto Básico Factura electrónica, factura digital, factura telemática, son diferentes denominaciones para las facturas remitidas por medios electrónicos (Artículo 18 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación RD.1496/2003) Factura Electrónica es el documento tributario generado por medios informáticos en formato electrónico, que reemplaza al documento físico en papel conservando su mismo valor legal y que puede ser almacenado electrónicamente La facturación electrónica consiste en la transmisión de las facturas (justificante fiscal de entrega de producto o servicio) o documentos análogos entre emisor y receptor por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), con garantías de autenticidad e integridad, que permiten dar la misma validez legal que las facturas emitidas en papel. La facturación telemática se basa en la aplicación de mecanismos que permiten garantizar los principios básicos exigibles a la facturación: Page 1 La autenticidad del origen de las facturas La integridad de su contenido Firma Electrónica

2 Marco Regulatorio Directiva 2001/115/CE Factura Directiva 2006/112/CE Ley de IVA 37/92 Reglamento IVA RD 1624/1992 Firma Electrónica Directiva 1999/93/CE Factura Electrónica Regl. Factur. RD 1496/2003 noviembre RD 87/2005 Digitalización Certificada Orden EHA 962/2007 Orden HAC 1181/2003 julio RDL Firma Electrónica 14/1999 (derogado) Ley de Firma Electrónica 59/2003 diciembre Ley 56/2007, de 28 de diciembre (LMISI) LEY 30/2007, de 30 de octubre (LCSP)

3 Marco Legal Factura Normativa comunitaria de facturación electrónica: Sexta Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 77/388/CEE, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios. Sistema común del IVA: Base imponible uniforme. Directiva 2001/115/CE, del consejo, de 20 de diciembre de 2001 por la que se modifica la Directiva 77/388/CEE con objeto de simplificar, modernizar y armonizar las condiciones impuestas a la facturación en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido. Directiva 2006/112/CE del consejo de 28 de noviembre de 2006 relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido modificada por la Directiva 2006/138/CE del consejo de 19 de diciembre de 2006 (Refundición de la VI Directiva)

4 Marco Legal Factura Normativa española de facturación electrónica: LEY 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común LEY 37/1992 del 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido LEY 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido Real Decreto 87/2005, de 31 de enero, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el artículo 1 del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el artículo único del Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el artículo primero del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre Orden HAC/1181/2003, de 12 de mayo por la que se establecen normas específicas sobre el uso de la firma electrónica en las relaciones tributarias por medios electrónicos. RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2003 de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento a seguir para la admisión de certificados de entidades prestadoras de servicios de certificación electrónica. Orden EHA/962/2007 de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, deroga parcialmente a la Orden HAC 3134/2002 ORDEN PRE/2971/2007, de 5 de octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla y sobre la presentación ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes de facturas expedidas entre particulares. (BOE n. 247 de 15/10/2007) RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007.

5 Normativa Relacionada Firma Electrónica Marco Europeo Directiva 1999/93/CE, de 13 diciembre, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica Marco Español Ley 34/2002 de Servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico Ley 59/2003 de 19 de diciembre de Firma Electrónica Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica. Normalización Directiva 2000/31/CE, de 8 junio, sobre el comercio electrónico Iniciativa Europea de Normalización de la Firma Electrónica (EESSI) Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) Comité Europeo de Normalización (CEN) Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

6 Documentación complementaria

7 Delegación Se puede delegar el acto de expedir factura/tique No se delega la obligación de expedirla y de hacerlo con arreglo a la normativa que le afecte. En el caso de que sea el Destinatario de la operación el autorizado a la expedición (autofactura) Estados Miembros Acuerdo escrito y previo firmado por las partes, con expresión de los documentos que se van a emitir Obligación de aceptación (Plazo 15 días) por el sujeto pasivo de cada documento expedido (El rechazo tendrá que ser expreso) Remisión de copia al empresario que hace las operaciones Serán expedidos a nombre y por cuenta del empresario Estados NO Miembros Regla general: En el resto debe ser autorizada por la AEAT Art. 5. Reglamento de Facturación

8 Contenido de la factura Datos obligatorios 1º.Número y serie. Cada serie Numeración correlativa. Series separadas hay razones que lo justifican. Obligatoria expedición en series específicas: Autofacturas, Destinatarios/terceros, Rectificativas, ejecución forzosa, judicial o administrativa. 2º.Fecha de expedición 3º.Nombre y apellidos, razón o denominación social completa obligado a expedirla y del destinatario. 4º.NIF 5º.Domicilio obligado expedición / destinatario.. 6º.Descripción operaciones: Precio unitario sin IVA Base Imponible Descuentos o rebajas Importe operación 7º.Tipo o tipos impositivos aplicados. 8º.Cuota tributaria, en su caso. 9º.Fecha operaciones / p. anticipado, si distinta a la de expedición. Art. 6 Reglamento de Facturación

9 Medios de expedición Las facturas o documentos sustitutivos podrán expedirse por cualquier medio, en papel o soporte electrónico, que permita la constatación de su fecha de expedición, su consignación en el libro de registro de facturas expedidas (art. 63 Reglamento del IVA) y su adecuada conservación Art. 8. Reglamento de Facturación

10 Facturas rectificativas Excepciones Pueden recogerse como descuentos en una factura normal, sin necesidad de emitir factura rectificativa: Devolución de mercancías Devolución de envases y embalajes Descuentos o bonificaciones por volumen de operaciones (y otros casos que se autoricen por el Departamento de Gestión) En este caso no es necesario especificar las facturas a las que corresponden. Basta determinar período. Art. 13. Reglamento de Facturación modificado por RD 87/2005

11 Obligaciones Específicas de la e-factura Para el Receptor Para el Emisor 2. Contar con la aceptación por parte del receptor respecto al uso de esta modalidad de facturación. 3. Firmar electrónicamente las facturas emitidas con un certificado reconocido o delegar esta acción en un tercero (subfacturación) o en el receptor (autofacturación) 4. Velar porque se conserve copia o matriz de las facturas emitidas 5. Asegurar legibilidad en formato original 6. Garantizar acceso completo a las facturas: visualización, búsqueda selectiva, copia o descarga en línea e impresión 2. Disponer de herramientas que permitan verificar la firma y la identidad del emisor, así como el estado del certificado con el cual ha sido firmada la factura electrónica 3. Conservar las facturas recibidas en su formato original (electrónico), incluso aunque hayan sido necesarias transformaciones de datos internos o delegar esta función en un tercero. 4. Opcionalmente puede conservar la factura impresa con marcas gráficas PDF Asegurar legibilidad en formato original 6. Garantizar acceso completo a las facturas: visualización, búsqueda selectiva, copia o descarga en línea e impresión RD 1496/2003 Orden EHA 962/2007

12 Remisión de la Factura Si se remite papel Remisión: Obligatoria del original Plazo: Si el destinatario es empresario o profesional: Un mes En el momento de la expedición Además, si la remisión es Telemática: Obligación 1 Consentimiento expreso del destinatario Que la transmisión, o puesta a disposición, garanticen: la autenticidad del origen la integridad de su contenido Obligación 2 Art. 18. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

13 Remisión Factura electrónica: Consentimiento Ø Contar con la aceptación por parte del receptor respecto al uso de esta modalidad de facturación. Obligación 1 El consentimiento podrá formularse de forma expresa por cualquier medio, verbal o escrito. (Orden EHA/962/2007) En cualquier momento el destinatario que esté recibiendo facturas o documentos sustitutivos electrónicos podrá comunicar al proveedor su deseo de recibirlos en papel. En tal caso, el proveedor deberá respetar el derecho de su cliente y proceder en el sentido solicitado a partir de la recepción de dicho comunicado. La expedición de documentos en un soporte dado, en papel o electrónico, no condicionará el medio por el que deban remitirse en un momento ulterior al mismo destinatario, o el medio por el que se deban remitir las facturas rectificativas relacionadas con aquellos, o los duplicados de facturas remitidas con anterioridad. Art. 17. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

14 Factura electrónica: Acreditación de Autenticidad e Integridad Obligación 2 1. Firmar electrónicamente las facturas emitidas con un certificado reconocido o delegar esta acción en un tercero (subfacturación) o en el receptor (autofacturación) Firma electrónica avanzada art. 2.2 Directiva 1999/93/CE, basada en certificado reconocido/creada mediante un dispositivo seguro de creación de firmas, art. 2.6 y Intercambio electrónico de datos (EDI) art. 2 de la Recomendación 1994/820/CE de la Comisión, si el acuerdo sobre intercambio prevé utilización de procedimientos que garanticen autenticidad origen / integridad datos. Elementos propuestos por interesados y autorizados por la AEAT La solicitud deberá indicar los elementos que permitan garantizar la autenticidad del origen e integridad del contenido.

15 Facturas electrónicas: Conservación del Emisor Los empresarios o profesionales deberán conservar, durante el plazo que resulte de lo dispuesto por la Ley General Tributaria, 4 AÑOS las facturas originales recibidas y copia o matriz de las emitidas Obligaciones 3 y 4 Delegación: Esta obligación podrá ser realizada directamente por el propio obligado tributario o por un tercero, actuando este último en nombre y por cuenta del primero, con quien deberá tener el correspondiente acuerdo de prestación de servicios. Gestión de la conservación de las copias o matrices Debe hacerse ordenadamente, de modo que se garantice la legibilidad de tales copias o matrices, debiendo el obligado tributario facilitar, en su caso, a requerimiento de la Administración Tributaria, el descifrado y la decodificación de datos no auto explicativos. Obligación 5 Art. 19. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

16 Facturas electrónicas: Conservación del Emisor Copia: Se entiende por copia de una factura o documento sustitutivo un documento que tenga el mismo soporte, formato y contenido que el original, debiendo contener algún distintivo que así lo indique, como es la expresión "copia". En las facturas electrónicas la copia es un fichero idéntico al original. Matriz: Se entiende por matriz de una factura o documento sustitutivo o conjunto de facturas o documentos sustitutivos expedidos un conjunto estructurado de datos, tablas, base de datos o sistema de ficheros que contienen todos los datos reflejados en las facturas o documentos sustitutivos junto a los programas o aplicaciones que permitieron la generación de las facturas o documentos sustitutivos y que, en su caso, permiten al expedidor la reproducción de copias y de duplicados. Art. 19. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

17 Facturas electrónicas: Conservación de copia/matriz El obligado tributario deberá facilitar el acceso completo y sin demora injustificada a tales copias o matrices de las facturas, entendiéndose por tal aquél que permite la consulta directa de todas y cada una de las copias o matrices conservadas, cualquiera que sea su soporte. Cuando se utilice un sistema informático tanto en un sistema de almacenamiento local como remoto, el acceso completo debe entenderse como aquél que posibilite una consulta en línea a los datos que permita la visualización de las facturas con todo el detalle de su contenido, la búsqueda selectiva por cualquiera de los datos que deban reflejarse en los libros registro regulados en el artículo 62 y siguientes del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, la copia o descarga en línea en los formatos originales y la impresión a papel de aquellas facturas que sea necesario a los efectos de la verificación o documentación de las actuación es de control fiscal. Art. 19. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

18 Recepción de Facturas electrónicas: Validación 1. Validar la firma electrónica el destinatario deberá proceder a la verificación de la firma, para lo cual deberá disponer de un Obligación 1 procedimiento de validación Disponer de los dispositivos de verificación de firma, modo que se adviertan aquellos certificados que pudieran estar caducados, revocados o suspendidos en el momento de la expedición. A los efectos de verificar la validez de los certificados electrónicos reconocidos, las entidades expedidoras de certificados reconocidos quedan obligadas a facilitar las consultas de las listas de certificados revocados y suspendidos a los destinatarios de las facturas y a las Administraciones Públicas en el ejercicio de su función de control, debiendo conservar accesibles sus bases de datos durante el plazo previsto en el artículo 20 f) de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. No obstante, en los supuestos en que el expedidor de la factura electrónica realice una firma electrónica avanzada acompañada de un sello de tiempo de la entidad expedidora del certificado utilizado en la firma que acredite la validez de dicho certificado, el destinatario no quedará obligado a verificar su validez por acceso y consulta de las listas de certificados revocados llevada por la entidad prestadora de los servicios de certificación, aunque debe verificar la firma del sello. Las facturas expedidas electrónicamente firmadas con certificados caducados, revocados o suspendidos en el momento de su expedición no se considerarán válidamente remitidas a sus destinatarios ni recibidas por éstos. Art. 19. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

19 Facturas electrónicas conservación del Receptor Conservación: garantiza acceso sin demora a la Administración tributaria, salvo causa justificada. Cabe la conservación por medios electrónicos. Obligaciones 2 y 3 Medios electrónicos: la efectuada por medio de equipos electrónicos de tratamiento, incluida la compresión numérica, y almacenamiento de datos, utilizando medios ópticos u otros medios electromagnéticos. La obligación de conservación de las facturas recibidas en el formato y soporte original en el que éstas hubieran sido remitidas, salvo que el destinatario opte por alguna de las formas alternativas de conversión autorizadas, contempladas en los apartados Séptimo y Octavo de esta Orden, en cuyo caso la conservación se referirá a dichos formatos y soportes. Conservación en Papel en Formato PDF 417. art. 8 de Orden EHA/962/2007 DIGITALIZACIÓN CERTIFICADA. Art. 7 de Orden EHA/962/2007 Art. 20. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

20 Facturación electrónica: Almacenamiento por receptor Obligaciones 4 y 5 Legibilidad en formato original recibido / remitido, datos asociados y mecanismos de verificación de firma o elementos: garantía autenticidad origen/integridad contenido. Posibilidad exigir transformación en lenguaje legible Conservar de forma ordenada las facturas electrónicas recibidas, las firmas electrónicas asociadas a cada una de ellas, cuando no vengan incluidas en el propio fichero que contenga cada factura. Asimismo, La gestión de la conservación de las facturas recibidas debe hacerse ordenadamente, de modo que cualquiera que sea su formato y soporte, y en especial cuando este sea electrónico, se garantice su legibilidad, debiendo el obligado tributario facilitar, en su caso, a requerimiento de la Administración tributaria, el descifrado y la decodificación de los datos no auto explicativos. Garantía acceso en línea a datos + carga remota y utilización por Administración tributaria sin demora injustificada. El obligado tributario debe facilitar sin demora injustificada un acceso completo a las facturas o documentos sustitutivos, entendiéndose por tal aquél que permita la consulta directa de todas y cada una de ellas, cualquiera que sea su soporte. Art. 21, 22 y 23. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

21 Delegación de la conservación de facturas electrónicas Cuando el emisor y/o receptor de facturas electrónicas sea un tercero que actúa en nombre y por cuenta de los obligados tributarios, deberá cumplir con los requisitos expresados anteriormente. Podrán poner a disposición de sus clientes aplicaciones informáticas que gestionen un repositorio de facturas emitidas o recibidas, según corresponda, junto con la firma electrónica generada o verificada, proporcionando un código de autenticación de mensajes asociado a cada factura. Orden EHA/962/2007 Este código permitirá el acceso al documento asociado existente en el repositorio y garantizará, al que accede, que la factura cumple con los requisitos contemplados en esta Orden. Art. 21, 22 y 23. Reglamento de Facturación (RD 1496/2003)

22 Conservación por medios electrónicos de facturas recibidas en Papel La Orden Ministerial EHA 962/2007, permite e indica la forma de digitalizar el archivo histórico de facturas. Al proceso de obtención de las copias electrónicas que dan derecho a eliminar el original en papel se le denomina digitalización certificada El software utilizado debe generar un fichero firmado electrónicamente de forma semejante a la remisión electrónica de facturas El certificado debe ser el de la entidad que digitaliza las facturas, que puede ser el obligado tributario receptor o un tercero. El Software utilizado debe estar homologado (para lo que es necesario un informe pericial del funcionamiento del sistema) La Homologación se solicita ante el Departamento de Inspección Tributaria Los procedimientos de obtención de las copias deben de estar auditados, para garantizar que no hay manipulaciones Las facturas digitalizadas deben estar disponibles de forma libre para la inspección tributaria

23 Conservación en papel de facturas recibidas electrónicamente La Orden Ministerial EHA 962/2007, amplia la forma de almacenamiento PDF 417 que podrá ir en 2 códigos (factura por un lado y firma por otro, como en la HAC-3134) o un solo código que contenga todo el fichero firmado, cuando la firma va embebida en el formato de fichero. Permite además la impresión de facturas con códigos de referencia de autenticación, cuando el uso del papel facilite determinados trámites, de forma que tales referencias permitan obtener del obligado tributario o de un tercero las facturas electrónicas originales, incluyendo su firma electrónica

24 Tratamiento y modos de conservación de las Facturas B.D (Matriz) Papel = Papel Convservación Factura Papel Procesos Internos Obtención de Datos Procesos Internos Digitalización EDIFACT XML PDF Papel = Electrónico Scanner + OCR Preparación del formato de intercambio Almacenaje AUTACK XAdES CAdES Firma PDF Firma electrónica Envío o Almacenamiento y aviso Recepción (Web service), , descarga Verificación de firma Sistema de acceso on-line a la factura (Obtención evidencia) Electrónica = Electrónico Impresión PDF 417 Electrónica = Papel (CRL, OCSP, LDAP,...)

25 Truco: Factura papel impresa a distancia Una factura generada por medios electrónicos, que no incorpore ningún mecanismo de autenticación e integridad de datos (firma electrónica), no se considera factura electrónica: Es la factura de siempre En vez de correo ordinario (correos, mensajería..) se emplea correo electrónico ( ) Tiene casi los mismos ahorros que la factura electrónica Más sencilla de utilizar No admite el almacenamiento electrónico: siempre se ha de imprimir y gestionar como factura de papel No requiere firma No es legal Según consulta vinculante nº V a la AEAT, no se conciben como facturas electrónicas las remitidas a través de correo electrónico, ya que dicho sistema no permite garantizar la autenticidad del origen y la integridad del contenido de las mismas.

26 La Firma Electrónica Artilugio legal que busca la equivalencia de la firma manuscrita Normativa Básica: Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Existe otra normativa de carácter sectorial o autonómico.

27 IE LI F La indicación de que se expiden como tales. El código identificativo único del certificado. La identificación del PSC que expide el certificado y su domicilio. La firma electrónica avanzada del PSC que expide el certificado. La identificación del firmante Los datos de verificación de firma (la clave pública) El comienzo y el fin del período de validez del certificado. Los límites de uso del certificado, si se establecen. U A Certificados Cualificados (Reconocidos) Incluirán, al menos, los siguientes datos: Q D Certificados Cualificados Los PSC deberán: Comprobar la identidad y circunstancias Verificar que la información del certificado es exacta. Asegurarse que el firmante está en posesión de los datos de creación de firma (la clave privada). Directiva 1999/93/CE y Ley 59/2003 de firma electrónica

28 Titulares de los Certificados Cualificados Conforme a la Directiva 1999/93 solo pueden ser firmantes las personas físicas, actuando en nombre propio o en representación de una entidad. Conforme a la Ley 59/2003, de firma electrónica: Las personas físicas, actuando en nombre propio o en representación de una entidad. Las personas jurídicas Las entidades carentes de personalidad jurídica a las que se refiere el actual artículo 35.4 LGT

29 Prestadores Registrados Registros de PSCs que emiten certificados cualificados España: Unión Europea: rity/esignatures/index_en.htm

30 Entidades de Certificación Prestadores de Servicios de Certificación

31 Prestadores Registrados MITyC ESTADO DE TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD RECIBIDOS HASTA LA FECHA A EFECTOS DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 30.2 DE LA LEY 59/2003 Actualizado a 6 de septiembre de 2007 ANF-AC - publicada información del prestador. CERES - publicada información del prestador. CAMERFIRMA - publicada información del prestador. FIRMAPROFESIONAL - publicada información del prestador. ACCV - publicada información del prestador. AC ABOGACÍA - publicada información del prestador. CICCP - publicada información del prestador. ANCERT- - publicada información del prestador. BANESTO - publicada información del prestador. IZENPE - publicada información del prestador. CATCERT - publicada información del prestador. IPSCA - publicada información del prestador. TELEFONICA EMPRESAS - publicada información del prestador. SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE LOS REGISTRADORES (SCR) - en estudio información adicional aportada. NETFOCUS - solicitada información adicional. Dirección General de la Policía (DGP) - publicada información del prestador. Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla (COAS) - solicitada información adicional. Banco Santander Central Hispano (BSCH) - en estudio información inicial aportada.

32 PSC en Europa Directiva 1999/93/CE de Firma Electrónica Artículo 11. Notificación 1. Los Estados miembros interesados notificarán a la Comisión y a los demás Estados miembros lo siguiente: a) información sobre los sistemas voluntarios de acreditación de ámbito nacional, incluidos cualesquiera requisitos adicionales con arreglo al apartado 7 del artículo 3; b) el nombre y dirección de los organismos nacionales competentes en materia de acreditación y supervisión, así como de los organismos a que se refiere el apartado 4 del artículo 3; y c) el nombre y dirección de todos los proveedores nacionales de servicios de certificación acreditados. 2. Toda la información facilitada en virtud del apartado 1 y cualquier modificación de su contenido serán notificadas por los Estados miembros a la mayor brevedad. ll_about/security/esignatures/index_en.htm

33 DNI Electronico El documento nacional de identidad electrónico es el documento nacional de identidad que acredita electrónicamente la identidad personal de su titular y permite la firma electrónica de documentos. Calendario previsto para el despliegue Marzo de Inicio de la Emisión en Burgos Emisión subsecuente en provincias distintas de Madrid y Barcelona Año Emisión de tarjetas. Año emisión de tarjetas. Año emisión de tarjetas. Año emisión de tarjetas.

34 Dispositivos de creación de Firma Tarjeta Criptográfica Token USB Criptográfico Software HSM Hardware Security Modules

35 Dispositivo Seguro de Creación de Firma Ofrece al menos las siguientes garantías: Que los datos utilizados para la generación de firma pueden producirse sólo una vez y asegura razonablemente su secreto. Que existe una seguridad razonable de que los datos utilizados para la generación de firma no pueden ser derivados de los de verificación de firma o de la propia firma y de que la firma está protegida contra la falsificación con la tecnología existente en cada momento. Que los datos de creación de firma pueden ser protegidos de forma fiable por el firmante contra su utilización por terceros. Que el dispositivo utilizado no altera los datos o el documento que deba firmarse ni impide que éste se muestre al firmante antes del proceso de firma. Un dispositivo de creación de firma basado en software no debe considerarse un dispositivo seguro de creación de firma.

36 Tipos de Firma Electrónica Tipos de Firma Electrónica Simple Avanzada conjunto de datos que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante (Art 3.1 Ley 59/2003) Simple + y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control (Art 3.2 Ley 59/2003) FIRMA DIGITAL Cualificada(Reconocida) Avanzada + basada en un certificado reconocido (cualificado) y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma (Art 3.3 Ley 59/2003) EQUIVALENTE A LA FIRMA MANUSCRITA

37 Q U A LI F IE D Firma Electrónica Cualificada Certificado Cualificado Firma Digital Dispositivo Seguro de Creación de Firma Firma Electrónica Cualificada La firma electrónica cualificada (reconocida) tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel (Art 3.4 Ley 59/2003)

38 Los Certificados Revocados Para que una firma digital sea válida, debe comprobarse además que el certificado era válido en el momento de la firma. Que el certificado sea confiable. Que se encuentre dentro del periodo de validez. Que no se encuentre suspendido ni revocado.

39 Los Certificados Revocados CRL OCSP Certificate Revocation List Online Certificate Status Protocol Incluye toda la lista de certificados no válidos de una Autoridad de Certificación. En local debe comprobarse que el certificado de firma no esté en la lista.? Es una consulta en línea sobre el estado de un certificado. Responde si el certificado es valido en este momento.

40 El Sello de Tiempo El Sello de Tiempo (TimeStamping) Garantiza la existencia de un documento antes de un momento de tiempo Calcular Hash Solicitar Sello Fuente Segura de Tiempo Reloj Atómico GPS NTP Respuesta TSA

41 Formatos Avanzados de Firma Firma Completa Mensaje Mensaje Certificado De Firma Sello de Tiempo El mensaje puede ir por separado (Detached) o anexado (Attached). Datos de Revocación XAdES Certificado De Firma Hash Cifrado CAdES Hash Cifrado XMLDsig PKCS#7 / CMS Firma Sencilla

42 Generación de firma completa CRL OCSP CA1 CRL CA2 CRL OCSP CAn MÓDULO DE FIRMA PETICION VERIFICACIÓN CERTIFICADO TSA PETICION SELLO TIEMPO XADES-XL Sinc. UTC VA GENERACIÓN FIRMA XML DSIG GENERACIÓN HASH DATOS A FIRMAR Se debe incluir en la firma electrónica como atributo la indicación de la referencia de homologación del software APLICACIÓN 42 XML DSIG ADQUISICIÓN CLAVE PRIVADA HSM

43 Usos de la Firma Electrónica Relacionarse con la Administración SEGURIDAD SOCIAL RECETA ELECTRÓNICA FACTURA ELECTRÓNICA Atención a las novedades legislativas: Ley para el Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas Ley de Impulso de la Sociedad de la Información Ley de Contratos del Sector Público

44 Usos de la firma electrónica Relacionarse con otras Empresas CONTRATOS PEDIDOS ALBARANES FACTURA ELECTRÓNICA BANCA ELECTRÓNICA SEGURA Como impulsor del resto de documentos electrónicos

45 Usos de la firma electrónica Procesos Internos Flujos de Aprobación Notas de Gastos Solicitudes de Compras Solicitudes de Permisos. Voto Electrónico Digitalización Certificada

46 Certificados adecuados para Facturación Electrónica Son válidos los certificados (cualificados o reconocidos) utilizados por el representante de la empresa que emite la factura. Los de Persona Física Representante Los de Persona Física si consta vinculación con la empresa Los de Persona Jurídica (certificado cuasi reconocido) Son válidos los certificados utilizados por el representante de la empresa que RECIBE la factura, cuando se utiliza un procedimiento de Autofacturación, aceptado por el emisor, y en el que existe su conformidad antes de la emisión de la factura. Son válidos los certificados utilizados por el representante de UN TERCERO cuando la empresa que EMITE la factura utiliza servicios de facturación externos, en los que es posible comprobar su voluntad de emisión de facturas. Los certificados de Persona Física son adecuados en la Facturación de Profesionales y Autónomos. Pueden serlo en otros casos, si puede establecerse alguna vinculación entre el firmante y la entidad obligada a emitir la factura.

47 Factura Normalizada La factura normalizada es una plantilla que facilita la emisión de facturas en papel. Existen 3 niveles de facturas normalizadas, dependiendo de la complejidad de la factura y del tipo de contenido. A, B, C La variante C coincide con la UNeDocs La factura normalizada facilita la acción del OCR cuando se digitaliza por parte del obligado tributario receptor Una variante D de la factura normalizada incluye un código PDF-417 de la factura en formato UBL en la última hoja de la factura, para facilitar la digitalización. No lleva firma electrónica, puesto que es una factura expedida en papel. Otras modalidades de formatos bidimensionales son posibles

48 Formatos internacionales UNeDocs UNeDocs (United Nations electronic Trade Documents) es un proyecto de la Comisión Económica de Europa de las Naciones Unidas (UNECE: United Nations Economic Commission of Europe) para desarrollar e implementar un conjunto de documentos alineados en formato papel y electrónico. Ambos enfoques se basan en estándares documentarios internacionales y en las mejores prácticas de negocios y comparten el Modelo de Datos. El Modelo de Datos Común asegura que los documentos en papel y los desmaterializados son diferentes formas de poner en práctica un concepto de documento común. De esta forma es posible seleccionar la tecnología de gestión de documentos más apropiada a las necesidades de negocio o a la capacidad tecnológica

49 Factura Factura Normalizada (A)

50 Formatos electrónicos con carácter probatorio A entregar a la inspección tributaria, si lo solicita PKCS#7 Formato universal (semejante al ZIP) Utilizable con cualquier software compatible Permite que el documento viaje en el interior o en el exterior EDIFACT Muy extendido en el sector de la Distribución Muy compacto y estandarizado XML Transporta firmas y certificados Fácil de entender para personas poco expertas en informática Añade semántica al formato, independiente del aspecto visual Es interpretable por ordenador en origen y destino Permite firmar trozos del documento PDF Las firmas y certificados viajan en el interior del fichero Puede incluir XML En versiones anteriores a la 6 necesita un Plug-In de Firma y Verificación

51 Formatos internacionales UBL UBL representa la sexta generación de lenguaje B2B-XML y 9 años de esfuerzo estandarizador: G1 (1Q 1998): CBL 1.0 (Veo/NIST) G2 (2Q 1999): CBL 2.0 (Commerce One) G3 (4Q 2000): xcbl 3.0 (Commerce One and SAP) G4 (1Q 2003): UBL 0.7 (OASIS) G5 (4Q 2004): UBL 1.0 (OASIS) G6 (4Q 2006): UBL 2.0 (OASIS)

52 Formatos electrónicos recomendados: Formato XML Facturae

53 Formatos electrónicos recomendados: CCI-AEAT -> Facturae Política de Firma del formato Facturae Se definen dos formatos de firma electrónica, en los dos primeros apartados del documento de política de firma. Formato de firma electrónica avanzada básico Contiene los elementos mínimos y necesarios para que la firma se considere firma electrónica avanzada acorde con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Este perfil se corresponde con una firma XADES-EPES del estándar XADES ETSI TS v A su vez de acuerdo con el CWA se corresponde con el perfil de Firma Básico, al que se le ha añadido información sobre la Política de Firma. Formato de firma electrónica avanzada con información de validación Se incorporan propiedades de firma del estándar XADES al formato básico con objeto de proporcionar evidencias suficientes que garanticen la validez de la firma de la factura ante terceros. Este perfil se corresponde con una firma XADES-XL del estándar XADES ETSI v Se correspondería con el perfil de Firma de Larga Duración dado por el CWA

54 Formatos electrónicos recomendados: CCI-AEAT -> Facturae Orden PRE/2971/2007, de 5 de octubre Sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado Disposición final primera. Habilitación para la modificación o establecimiento del formato de factura y de firma electrónica. Se atribuye al Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y al Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, la facultad de modificar, mediante resolución conjunta, previo informe del Consejo Superior de Administración Electrónica y de la Dirección General del Patrimonio del Estado, el formato de factura y de firma electrónica o establecer otro u otros, que se incluirán como anexo a esta orden y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web Disposición final segunda. Evolución del formato de la factura electrónica. El formato de la factura electrónica establecido en el anexo se adecuará, transcurrido dos años desde la entrada en vigor de la presente orden, al formato UBL (Universal Business Language) o, en su caso, al formato que establezcan los organismos de normalización de la Unión Europea CEN (Comité Europeo de Normalización) o CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica), de forma que se permita la interoperabilidad de las facturas emitidas por cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

55 Digitalización de facturas Digitalización certificada BD PLATAFORMA DE FIRMA FIRMA VALIDACION TIEMPO

56 einvoicing Workshop

57 Objetivos del Proyecto de Facturación Búsqueda de reducción de costes directos a través de la eliminación de impresión, gestión manual de la factura y correos. En la emisión: En la recepción: Mayor eficacia de la gestión de envío Mejor gestión de tesorería. Mejor relación con clientes: mayor eficiencia, menores errores y una mejor valoración de cada cliente. Mayor eficiencia del back office RRHH: un mejor aprovechamiento de su formación y menores costes Mejora en los recursos físicos y financieros Permite competir en servicio.

58 Proyectos Ajuste a las necesidades Análisis de Situación y Necesidades Desarrollo del proyecto Dictamen Jurídico Conversores y Plataforma Generación y Verificación de Firma Equipo de consultoría de Interactiva Despliegue y formación Fase Piloto Despliegue

59 Pasos de un proyecto Ø Ø Ø Ø Valoración de las aportaciones del proyecto Identificación del Impulsor y del Sponsor Selección de rol (emisor/receptor) y de interlocutor Consultoría para determinar la mejor solución Ø Ø Ø Ø Ø Ø Selección de formatos (de factura y de firma) Selección de los certificados de firma electrónica Selección de entorno (propio o plataforma de terceros) Informe jurídico para justificar la solución Conversión de salida y firma para emisión Multifirma en lotes, con soporte de Hardware Criptográfico

60 Pasos de un proyecto Ø Ø Ø Ø Ø Ø Ø Ø Ø Ø Ø Gestión de envío Gestión de recepción Selección de sistema de Validación Verificación, almacenamiento, conversión de formatos, tratamiento de excepciones Integración con escáner y OCR para homogenización con facturas recibidas en papel Adaptación de sistemas de conciliación Colaboración con interlocutor. Supervisión de despliegue inicial Formación al personal Selección de interlocutores del despliegue reducido Planificación del despliegue Soporte a Clientes y Proveedores

61 Retos para Implementar un Modelo de Facturación electrónica

62 Modelos de facturación electrónica MODELO DESCRIPCIÓN Peer-to-peer (P2P) Envío simple de facturas electrónicas de origen a destino. Habitualmente datos de la factura no estructurados, no integrables con ERP de destino. Ejemplo: Envío de factura en PDF (firrmada) a través de Hub (B2B) Plataformas Envío de facturas electrónicas entre empresas, con formatos estructurados e integrables con sistemas propios. Se trata de compañías que bien ya se intercambiaban documentos electrónicos vía EDI, bien han surgido de los entornos Marketplace (Internet), o bien han sido impulsadas por entidades financieras. Este modelo permitirá solucionar el problema de la interoperabilidad (distintos formatos de factura electrónica, de firma y distintos métodos de envío/recepción) Portal de clientes (B2C) Los grandes proveedores disponen de portal emisor de facturas electrónicas a sus clientes finales (consumidores) Modelo válido para grandes compañías con gran número de clientes (típicamente Utilities o Comunicaciones) Ejemplo: Telefónica, Endesa, Ya.com Portal de proveedores Los grandes clientes disponen de portal donde sus proveedores dan de alta las facturas (a través de formulario web, por ejemplo) El modelo sólo es válido para aquellos empresas que dispone nde suficiente capacidad de influencia en sus proveedores Ejemplo: Sanitas, Seat, Ministerio de Fomento,... Page 62

63 Firma Electrónica Para aquellas empresas que ya disponen de capacidad de generar documentos electrónicos con el contenido de las facturas con formatos ya aceptados por sus clientes (P.e. PDF, EDI, etc ) Deben centrarse en: Escoger las herramientas de firma electrónica que les permita convertir dichos documentos electrónicos en facturas electrónicas mediante los formatos de firma adecuados. Escoger los certificados electrónicos adecuados para la firma de las facturas y la validación de los mismos por sus clientes.

64 Herramienta de firma AEAT

65 Ejemplo Peer-to-peer: Firmar el

66 Ejemplo Peer to-peer: Factura en PDF La factura en PDF puede firmarse desde el interior (mediante las funciones de Acrobat 6.0, o mediante un plug-in de firma en versiones anteriores) ó desde el exterior (en formato PKCS#7, añadiendo la extensión recomendada.fir ) Campo de firma

67 Las plataformas de Facturación Electrónica Servicios básicos Firma de efacturas y verificación de firma: El prestador puede utilizar su propia firma (firma delegada) en la emisión de efacturas. La firma y validación quedan como servicios delegados, de los cuáles no debe preocuparse la empresa que emite las facturas (simplificación). Transmisión y seguimiento: Pueden establecerse circuitos de recepción, aceptación, rechazo... de efacturas que faciliten la gestión de las mismas. Otros servicios de valor añadido Transformación de formatos: La plataforma debe permitir la interoperabilidad entre estándares distintos de efactura. Traducción XML PDF, facturae UBL, etc. Custodia: El receptor está obligado a almacenar las efacturas durante el tiempo establecido por la Ley, custodia que puede llevarse a cabo por el prestador. Circuito único para la facturación electrónica y en papel Digitalización de facturas: Servicio de recepción de facturas en papel y conversión a formato electrónico válido (mediante digitalización certificada). Impresión de facturas: Servicio de impresión en papel de facturas, ensobrado y envío a destinatario. Page 67

68 Las plataformas de Facturación Electrónica Sistema Facturación Proveedor 1 (emite) Sistema Facturación 1 Proveedor 2 (emite) Sistema Facturación Proveedor 3 (emite) Sistema Facturación Verificación de firma Firma de facturas 2 Transformación de formatos Almacenamiento y custodia Se genera una factura en formato electrónico (pdf, xml, doc, html, etc.) 2 Se firma electrónicamente 4 3 Proveedor n (emite) 1 Seguimiento: gestión de facturas e-invoicing hub 3 Se almacenan los documentos (factura y firma) tal y como fueron emitidos Cliente 1 (recibe) Sistema Contabilidad Cliente 2 (recibe) Sistema Contabilidad Cliente 3 (recibe) 5 Sistema Contabilidad Cliente m (recibe) Sistema Contabilidad 4 Se valida la firma electrónica y la factura 5 Se lee y se integra la factura recibida en el ERP

69 Las plataformas de Facturación Electrónica

70 Por qué se implantará la facturación electrónica La facturación electrónica ya es una realidad en España, se inicia el proceso de Apagón de la factura en papel en las Administraciones Públicas A partir del cuarto trimestre de 2009 las grandes empresas deberán facturar electrónicamente a las entidades del sector público estatal y en el 2011 todas las empresas tendrán la misma obligación (La LEY 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público) Fomento de la factura electrónica por parte del Gobierno a través del programa AVANZA-PYME (aprox. 32 M ) enfocado a... Programas de divulgación, en su mayoría gestionados por las agrupaciones sectoriales de informática y comunicaciones Subvenciones de proyectos de adopción, en su mayoría gestionados por agrupaciones sectoriales de empresas Las grandes empresas actúan como catalizadores de la factura electrónica La adopción de la facturación electrónica por parte de una gran empresa forzará su adopción en las empresas vinculadas a ésta. Factura Dificulta Ahorro en impresión, papelaporta y franqueo la falsificación del documento La Electrónica grandes beneficios y ahorros a las empresas Agiliza la localización de información Mayor seguridad almacenamiento y control Elimina archivos físicos para almacenamiento de en facturas Eficacia y rapidez en procesos administrativos Facilita los procesos de auditoría Page 70

71 Herramientas de Firma Herramientas ofimáticas Librerías de Firma Digital Herramientas de integración The Legion of the Bouncy Castle TrustedX U-Sign

72 Certificados de prueba

73 Software de Firma Software de Firma de Albalia Disponible sin coste

74 Software de Firma Firma de ficheros PDF múltiples

75 Faccil Gratuito durante 2008

76 Guía efactura Es el Directorio de empresas receptoras de factura electrónica La guía efactura es un directorio de empresas que admiten la recepción de facturas en formato electrónico. Proporciona al emisor de facturas electrónicas la información sobre el consentimiento del receptor para recibir este tipo de facturas. La guía efactura pone a disposición del emisor la siguiente información relativa a cada opción de facturación escogida por las empresas receptoras: Dirección de envío. Formato de factura. Formato de firma. Protocolo de envío Sólo los usuarios registrados pueden modificar y borrar la información sobre los estándares de factura que aceptan.

77 Guía efactura. Tipos de consulta En la guía efactura se pueden realizar tres operaciones fundamentalmente: a. b. c. Emisor. Consulta mediante formulario web. Receptor. Actualización de los datos de su empresa. Emisor. Consulta mediante formulario web. Emisor. Consulta mediante web service. Para realizar esta operación no necesita ser un usuario registrado. En la página principal de guía efactura ( se accede a un formulario de búsqueda, en el cual se introduce el CIF de la empresa que se desea consultar, y la guía le mostrará los datos de esta empresa. Emisor. Consulta mediante web service. La comunicación podrá hacerse con los protocolos SOAP o XML-RPC. El cliente se generará a partir del WSDL publicado en Se pueden consultar ejemplos de peticiones y respuestas en ambos protocolos en la dirección method=findreceivers&service=backend

78 Guía efactura. Emisor. Consulta mediante formulario web.

79 Grupo de Trabajo efactura

80 LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Disposición final novena. Habilitación normativa en materia de uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, y uso de factura electrónica. 1. Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para aprobar, previo dictamen del Consejo de Estado, las normas de desarrollo de la disposición adicional decimonovena que puedan ser necesarias para hacer plenamente efectivo el uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en los procedimientos regulados en esta Ley. 2. Igualmente, el Ministro de Economía y Hacienda, mediante Orden, definirá las especificaciones técnicas de las comunicaciones de datos que deban efectuarse en cumplimiento de la presente Ley y establecerá los modelos que deban utilizarse. 3. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, el Ministro de Economía y Hacienda aprobará las normas de desarrollo necesarias para hacer posible el uso de las facturas electrónicas en los contratos que se celebren por las entidades del sector público estatal. 4. Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior la presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. Por Orden conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, se extenderá progresivamente la obligatoriedad del uso de las facturas electrónicas para otras personas físicas y jurídicas en función de sus características y el volumen de su cifra de negocios. En todo caso, transcurridos dieciocho meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior, el uso de la factura electrónica será obligatorio en todos los contratos del sector público estatal; no obstante, en los contratos menores, la utilización de la factura electrónica será obligatoria cuando así se establezca expresamente en estas Órdenes de extensión. 5. El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, adoptará las medidas necesarias para facilitar la emisión de facturas electrónicas por las personas y entidades que contraten con el sector público estatal, garantizando la gratuidad de los servicios de apoyo que se establezcan para las empresas cuya cifra de negocios en el año inmediatamente anterior y para el conjunto de sus actividades sea inferior al umbral que se fije en la Orden a que se refiere el párrafo anterior.

81 Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información Artículo 1. Medidas de impulso de la factura electrónica y del uso de medios electrónicos en otras fases de los procesos de contratación. 1. La facturación electrónica en el marco de la contratación con el sector público estatal será obligatoria en los términos que se establezcan en la Ley reguladora de la contratación en el sector público y en su normativa de desarrollo. A estos efectos, se entenderá que la factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que impide el repudio de la factura por su emisor. 2. El Gobierno determinará el órgano competente de la Administración General del Estado que impulsará el empleo de la factura electrónica entre empresarios, profesionales y demás agentes del mercado, en particular, entre las pequeñas y medianas empresas y en las denominadas microempresas, con el fin de fomentar el desarrollo del comercio electrónico. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con las competencias que tengan reconocidas por sus Estatutos, colaborarán en coordinación con la Administración del Estado en el impulso del empleo de la factura electrónica. El Gobierno, o en su caso las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, establecerán, en un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta Ley -o en el plazo que en su lugar establezca la Administración competente-, en coordinación con las Comunidades Autónomas -cuando no les corresponda la elaboración propia- y previa consulta a las asociaciones relevantes representativas de las entidades proveedoras de soluciones técnicas de facturación electrónica, a las asociaciones relevantes de usuarios de las mismas y a los colegios profesionales que agrupen a técnicos del sector de la Sociedad de la Información y de las Telecomunicaciones, un plan para la generalización del uso de la factura electrónica en España. El citado Plan contendrá, entre otros, los criterios de accesibilidad y promoverá la interoperabilidad de las distintas soluciones de facturación electrónica. El Plan de la Administración General del Estado establecerá esquemas específicos de ayudas económicas para la implantación de la factura electrónica, en los cuales se contemplarán unos fondos generales para las Comunidades Autónomas que desarrollen su propio Plan para la generalización del uso de la factura electrónica, y serán estas últimas las que precisarán los destinos y condiciones de tramitación y concesión de las ayudas derivadas de estos fondos. 3. Los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta las competencias reconocidas a las Comunidades Autónomas, aprobarán, en un plazo máximo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta Ley, las normas sobre formatos estructurados estándar de facturas electrónicas que sean necesarias para facilitar la interoperabilidad del sector público con el sector privado y favorecer y potenciar el tratamiento automatizado de las mismas. Estas normas no serán restrictivas y fomentarán que el sector público adopte los formatos de amplia implantación definidos por las organizaciones de estandarización globales pertinentes. Los formatos estructurados de las facturas electrónicas permitirán su visualización y emisión en las distintas lenguas oficiales existentes, con la finalidad de garantizar los derechos de los usuarios. 4. Además, las diversas Administraciones Públicas promoverán en el ámbito de sus competencias y según su criterio la incorporación de la factura electrónica en las diferentes actuaciones públicas distintas de la contratación, en particular, en materia de justificación de ayudas y subvenciones. 5. Será de aplicación al tratamiento y conservación de los datos necesarios para la facturación electrónica lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y sus normas de desarrollo.

82 Conclusiones Contamos con la normativa de factura electrónica adecuada y tiene alcance europeo. Contamos con soluciones al alcance de cualquier tipo de empresa. El Plan Avanza ofrece ayudas a las PYMES para la implementación de Factura Electrónica. Se inicia el proceso de Apagón de la factura en papel en las Administraciones Públicas

83 Webs de interés

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir

Más detalles

Peña Abogados y Asesores Tributarios, S.L.

Peña Abogados y Asesores Tributarios, S.L. Peña Abogados y Asesores Tributarios, S.L. Claudio Coello 18-28001 Madrid Tel. 913440534 Fax 914582764 www.penaasesores.com Diciembre 2012 CIRCULAR INFORMATIVO FISCAL Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,

Más detalles

Proyecto Implantación Factura Electrónica. Ayuntamiento de Bilbao

Proyecto Implantación Factura Electrónica. Ayuntamiento de Bilbao Proyecto Implantación Factura Electrónica Proyecto Implantación Factura Electrónica ÍNDICE DE CONTENIDOS 1. INFORMACIÓN SOBRE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA... 2 1.1. INTRODUCCIÓN... 2 1.2. QUÉ ES LA FACTURA

Más detalles

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN Febrero 2013 SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN A continuación se acompaña un resumen sobre cuales son las obligaciones de facturación por parte de las empresas una vez aprobado

Más detalles

Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación Con efectos desde el uno de enero de 2013, se ha aprobado un nuevo Reglamento (Real Decreto 1619/2012, B.O.E. 1 de

Más detalles

Impulso de la FACTURA ELECTRÓNICA en Asturias. [ Obligaciones y soluciones para la puesta en marcha de la facturación electrónica ]

Impulso de la FACTURA ELECTRÓNICA en Asturias. [ Obligaciones y soluciones para la puesta en marcha de la facturación electrónica ] Impulso de la FACTURA ELECTRÓNICA en Asturias [ Obligaciones y soluciones para la puesta en marcha de la facturación electrónica ] Edita: Federación Asturiana de Empresarios (FADE). Maquetación: Leaders

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Art. 59.1.c) Ley 20/1991 Art. 28.1.b y c), 28.5 y 28.6 Decreto 182/1992

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Art. 59.1.c) Ley 20/1991 Art. 28.1.b y c), 28.5 y 28.6 Decreto 182/1992 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA: NORMATIVA APLICABLE Art. 59.1.c) Ley 20/1991 Art. 28.1.b y c), 28.5 y 28.6 Decreto 182/1992

Más detalles

Qué es la factura electrónica?... 2. Cuáles son las ventajas de la factura electrónica?... 3. Requisitos de todas las facturas...

Qué es la factura electrónica?... 2. Cuáles son las ventajas de la factura electrónica?... 3. Requisitos de todas las facturas... Facturación Electrónica Documento tributario generado por medios informáticos en formato electrónico, que reemplaza al documento físico en papel, pero que conserva el mismo valor legal con unas condiciones

Más detalles

El marco legal de la facturación electrónica. XVII jornadas bancarias 15-4-2008

El marco legal de la facturación electrónica. XVII jornadas bancarias 15-4-2008 El marco legal de la facturación electrónica XVII jornadas bancarias 15-4-2008 1 1. Situación inicial 2. Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos 3. OM PRE 2971/2007

Más detalles

OBLIGACION DE CONSERVACIÓN DE FACTURAS Y DOCUMENTACIÓN

OBLIGACION DE CONSERVACIÓN DE FACTURAS Y DOCUMENTACIÓN OBLIGACION DE CONSERVACIÓN DE FACTURAS Y DOCUMENTACIÓN 1º.- El artículo 29 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), con referencia a las obligaciones tributarias formales, señala que: La obligación

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA.

ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA. ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA. (Publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 82 del día 2 de mayo de 2011) EXPOSICIÓN

Más detalles

La factura, firma electrónica y digitalización certificada. Martes, 5 de Abril

La factura, firma electrónica y digitalización certificada. Martes, 5 de Abril La factura, firma electrónica y digitalización certificada Martes, 5 de Abril La Firma electrónica El mundo de la firma electrónica. Ventajas de su uso y principales aplicaciones. Aspectos más destacados

Más detalles

La Oficina Sin Papeles. Recursos legales, técnicos y funcionales para eliminar los costes que genera el papel en las empresas

La Oficina Sin Papeles. Recursos legales, técnicos y funcionales para eliminar los costes que genera el papel en las empresas La Oficina Sin Papeles Recursos legales, técnicos y funcionales para eliminar los costes que genera el papel en las empresas Índice Introducción La clave del éxito La firma electrónica Interoperabilidad

Más detalles

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario.

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. ÍNDICE 1. OBJETO DE DOCUMENTO... 3 2. ÁMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES EN PAPEL... 4 3. MARCO LEGAL PARA

Más detalles

Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013

Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013 C/ Taboada Leal, nº 23 bajo 36203 Vigo Telf. 986482727 Fax 986481704 e-mail: asesoriag5@asesoriag5.com Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013 CONTENIDO: 1.- OBLIGACION DE EXPEDIR FACTURA 2.- DOS

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Unidad o Servicio: Unidad de Gestión de Compras TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Aprobación inicial por acuerdo pleno de

Más detalles

Ayuntamiento de Tarancón

Ayuntamiento de Tarancón ORDENANZA MUNICIPAL Nº 39 REGULADORA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Artículo 1. Ámbito objetivo. En base a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación

Más detalles

Resolución del rector de 17 de febrero sobre facturación electrónica en la Universidad Pompeu Fabra

Resolución del rector de 17 de febrero sobre facturación electrónica en la Universidad Pompeu Fabra Resolución del rector de 17 de febrero sobre facturación electrónica en la Universidad Pompeu Fabra (Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)

Más detalles

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2013

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2013 FEDERACIÓN REGIONAL DE EMPRESARIOS DEL METAL DE MURCIA NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2013 (REAL DECRETO 1619/2012, BOE 1-12-2012) 1 ORIGEN DIRECTIVA 2010/45/UE que modifica

Más detalles

Nuevas obligaciones de facturación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Nuevas obligaciones de facturación en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Nuevas obligaciones de facturación en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Ricardo Álvarez Arroyo Inspector de Hacienda del Estado Madrid, 15 de enero de 2013 El nuevo Reglamento de Facturación. La Directiva

Más detalles

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario.

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. ÍNDICE 1. OBJETO DE DOCUMENTO...3 2. ÁMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES EN PAPEL...4 3. MARCO LEGAL PARA LA

Más detalles

Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación Obligación de facturar La obligación de facturar de los empresarios y profesionales se recoge en el artículo 29.2.e) de la Ley 58/2003,

Más detalles

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACION A EFECTOS DEL IVA

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACION A EFECTOS DEL IVA Madrid, 18 de diciembre de 2012 A los Titulares de Escuelas Católicas Directores/as de centros EXCEPTO PAIS VASCO, NAVARRA, CANARIAS, CEUTA Y MELILLA EC05668 NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACION A EFECTOS DEL

Más detalles

MEMORÁNDUM. 2.2 Según la exposición de motivos del Decreto 1619/2012, las principales novedades de dicho reglamento de facturación son las siguientes:

MEMORÁNDUM. 2.2 Según la exposición de motivos del Decreto 1619/2012, las principales novedades de dicho reglamento de facturación son las siguientes: NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN Real Decreto 1619/2012 29 de diciembre de 2012 MEMORÁNDUM 1. Objeto 1.1 El objeto de este memo es revisar el nuevo reglamento de facturación (el Reglamento en lo sucesivo),

Más detalles

DGMAPIAE MINHAP / Pablo de Amil. Factura electrónica

DGMAPIAE MINHAP / Pablo de Amil. Factura electrónica Factura electrónica Qué es una factura electrónica? Documento electrónico que sustituye a la factura tradicional y que tiene un valor legal idéntico al de esta. Ley 56/2007 de medidas de impulso de la

Más detalles

O30/4/2015. Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que

O30/4/2015. Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que ADMININSTRACIÓN ELECTRÓNICA: POLÍTICA DE IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN O30/4/2015 Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba la política

Más detalles

Facturación electrónica Ventajas e implantación

Facturación electrónica Ventajas e implantación Facturación electrónica Ventajas e implantación Índice 1 e.factura y Digitalización Certificada: Introducción 2 e.factura: Una aplicación de la firma electrónica 3 La firma electrónica en el ámbito mercantil:

Más detalles

Manual teórico de Factura Electrónica Trabajar de una manera sencilla con las facturas electrónicas

Manual teórico de Factura Electrónica Trabajar de una manera sencilla con las facturas electrónicas Manual teórico de Factura Electrónica Trabajar de una manera sencilla con las facturas electrónicas... Facturación Electrónica En este tema vamos a ver cuáles son los requisitos básicos que debemos tener

Más detalles

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Remisión de facturas y documentos sustitutivos.

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Remisión de facturas y documentos sustitutivos. ORDEN EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de

Más detalles

Boletín Oficial de Gipuzkoa. Número 158 Fecha 13-08-2007 Página 21967

Boletín Oficial de Gipuzkoa. Número 158 Fecha 13-08-2007 Página 21967 Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 158 Fecha 13-08-2007 Página 21967 3 DISPOSICIONES GENERALES DEL T.H. DE GIPUZKOA DFG-HACIENDA Y FINANZAS OF 865/07, de 02-08, que desarrolla determinadas disposiciones

Más detalles

Artículo 2. Remisión de facturas y documentos sustitutivos.

Artículo 2. Remisión de facturas y documentos sustitutivos. ORDEN EHA/962/2007, DE 10 DE ABRIL, POR LA QUE SE DESARROLLAN DETERMINADAS DISPOSICIONES SOBRE FACTURACIÓN TELEMÁTICA Y CONSERVACIÓN ELECTRÓNICA DE FACTURAS, CONTENIDAS EN EL REAL DECRETO 1496/2003, DE

Más detalles

Facturación Electrónica. Normativa y Medidas de Impulso

Facturación Electrónica. Normativa y Medidas de Impulso Facturación Electrónica. Normativa y Medidas de Impulso Abril de 2013 Parte I Medidas de Impulso Medidas de impulso de la Facturación Electrónica Comisión Europea: Comunicación de 2/12/2010 Aprovechar

Más detalles

Digitalización Certificada

Digitalización Certificada Digitalización Certificada Alfonso Martín Coscolla Jefe de la Dependencia Regional de Informática Tributaria Delegación Especial de Aragón de la AEAT Índice La Digitalización Certificada. 1- Marco legal

Más detalles

LA FACTURA ELECTRÓNICA

LA FACTURA ELECTRÓNICA CIRCULAR 19/2013 LA FACTURA ELECTRÓNICA Una de las principales novedades introducidas por el nuevo Reglamento de Facturación, aprobado mediante R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, es la plena equiparación

Más detalles

Facturar electrónicamente a las Administraciones Públicas

Facturar electrónicamente a las Administraciones Públicas Facturar electrónicamente a las Administraciones Públicas 1 Aviso 15 de enero de 2015 A partir de esta fecha las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas deberán ser electrónicas. Si usted es

Más detalles

Análisis de la implantación de Facturación Electrónica en una empresa ASPECTOS LEGALES Uno de los aspectos principales para la implantación de la factura electrónica en la empresa es el cumplimiento de

Más detalles

Para obtener información más detallada, conviene dirigirse a www.facturae.es.

Para obtener información más detallada, conviene dirigirse a www.facturae.es. 1. Introducción Con el fin de facilitar la tarea a los proveedores y mejorar la gestión interna de las facturas que recibe la Diputación, se ha habilitado un nuevo módulo de Registro de facturas, compatible

Más detalles

LA FACTURA ELECTRÓNICA JORNADA SOBRE LA FACTURA ELECTRÓNICA

LA FACTURA ELECTRÓNICA JORNADA SOBRE LA FACTURA ELECTRÓNICA JORNADA SOBRE LA FACTURA ELECTRÓNICA Sabadell, 15 de Enero de 2008 Índice: Marco normativo de la Factura Electrónica Web Facturae Jornada sobre la Factura Electrónica. Sabadell, Enero 2008 2 Marco Normativo

Más detalles

LA AGENCIA TRIBUTARIA ANTE LA FACTURACION ELECTRÓNICA

LA AGENCIA TRIBUTARIA ANTE LA FACTURACION ELECTRÓNICA LA AGENCIA TRIBUTARIA ANTE LA FACTURACION ELECTRÓNICA Madrid 24 de Abril de 2008 NORMAS. EFICACIA TEMPORAL Y PLAZOS NORMA ÁMBITO 2007 2008 2009 2010 ORDEN 962/2007 de 10 de Abril Factura Electrónica (BOE

Más detalles

LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AMBITO ESTATAL

LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AMBITO ESTATAL LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AMBITO ESTATAL Madrid 1 de abril de 2009 NORMAS. EFICACIA TEMPORAL Y PLAZOS NORMA ÁMBITO 2007 2008 2009 2010 ORDEN 962/2007 de 10 de Abril Factura (BOE 14/4) General 15/4 EN

Más detalles

Factura Electrónica NIVEL BÁSICO. Centro Guadalinfo de Cenes de la Vega 1

Factura Electrónica NIVEL BÁSICO. Centro Guadalinfo de Cenes de la Vega 1 NIVEL BÁSICO 1 INDICE 1. Qué es una factura electrónica? 2. Requisitos de todas las facturas 3. Tipos de facturas 4. Por qué elegir la factura electrónica? 5. Cómo funciona la facturación electrónica?

Más detalles

Como implantar la Facturación n y Firma Electrónica en su empresa.

Como implantar la Facturación n y Firma Electrónica en su empresa. Como implantar la Facturación n y Firma Electrónica en su empresa. Hacia la Facturación Electrónica Julián Inza, Presidente Albalia Interactiva julian.inza@interactiva.com.es 1 Gestión de Facturas 2 Fuente:

Más detalles

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas Número 30 / Viernes 13 de Febrero de 2015 Página 40 Madroñera ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable de Facturas Reglamento del Registro Contable de Facturas El Pleno de este

Más detalles

CIRCULAR I-94 1. NOVEDADES EN LOS MODELOS DE DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2. NUEVAS MEDIDAS CONTRA LA CRISIS ECONÓMICA

CIRCULAR I-94 1. NOVEDADES EN LOS MODELOS DE DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2. NUEVAS MEDIDAS CONTRA LA CRISIS ECONÓMICA CIRCULAR I-94 1. NOVEDADES EN LOS MODELOS DE DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2. NUEVAS MEDIDAS CONTRA LA CRISIS ECONÓMICA 3. COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS. PRESCRIPCIÓN 4. ALGUNAS

Más detalles

INDICE. 1 Introducción... 3. 1.1 Referencias legales básicas relacionadas con la factura... 3 1.2 Tipos de facturas, consideraciones generales...

INDICE. 1 Introducción... 3. 1.1 Referencias legales básicas relacionadas con la factura... 3 1.2 Tipos de facturas, consideraciones generales... w w w. j g g o m e z. e u P á g i n a 1 Sobre la Factura Ordinaria y Simplificada Cuestiones generales a considerar. Factura ordinaria y simplificada (antiguo ticket) Jose Ignacio González Gómez Departamento

Más detalles

PeFAC. Punto de entrada de Facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma Canaria

PeFAC. Punto de entrada de Facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma Canaria PeFAC Punto de entrada de Facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma Canaria Índice de contenido 1 INTRODUCCIÓN...4 2 FORMATO DE FACTURA ADMITIDO...8 3 REMITIR FACTURAS...11 4 CONSULTAR FACTURAS...14

Más detalles

efactura Documentación Página 1/ 13

efactura Documentación Página 1/ 13 efactura Documentación Página 1/ 13 SITUACIÓN ACTUAL QUÉ ES UNA FACTURA? Una factura es un documento que refleja la entrega de un producto o la provisión de servicios, junto a la fecha de devengo, además

Más detalles

01/13 MODIFICACIÓN EN EL REGLAMENTO DE FACTURACIÓN DE APLICACIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2.013 CIRCULAR INFORMATIVA FISCAL

01/13 MODIFICACIÓN EN EL REGLAMENTO DE FACTURACIÓN DE APLICACIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2.013 CIRCULAR INFORMATIVA FISCAL 01/13 CIRCULAR INFORMATIVA FISCAL Enero de 2013 Pau Claris 194-196, 6ª planta 08037 Barcelona Tel. 93 241 39 70 Fax 93 414 77 38 General Castaños 15, 5º izquierda 28004 Madrid Tel. 91 319 71 31 Fax 91

Más detalles

Gerència de Recursos Direcció del Sistema Municipal d Arxius POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Gerència de Recursos Direcció del Sistema Municipal d Arxius POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA 19 de Noviembre de 2015 INSTRUCCIÓN DE POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA Preámbulo En los últimos años, la gestión

Más detalles

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) Artículo 140.- Concepto de oro de inversión. TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES CAPITULO V RÉGIMEN ESPECIAL DEL

Más detalles

la factura electrónica y la protección de datos

la factura electrónica y la protección de datos ORGANIZA FINANCIAN CICLO FORMATIVO la factura electrónica y la protección de datos Redondela Cangas Caldas de Reis Mos Vigo A Estrada CONTENIDOS Objetivos > Qué es la factura electrónica? > Ventajas, beneficios

Más detalles

FACTURAE: EL PROYECTO DE FACTURA ELECTRÓNICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FACTURAE: EL PROYECTO DE FACTURA ELECTRÓNICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

FACTURAE: EL PROYECTO DE FACTURA ELECTRÓNICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FACTURAE: EL PROYECTO DE FACTURA ELECTRÓNICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FACTURAE: EL PROYECTO DE FACTURA ELECTRÓNICA EN LA 18 Jornadas Bancarias Madrid, 17 de Junio de 2009 Índice: Iniciativas desde el sector público para impulsar la factura electrónica Marco legal Formato

Más detalles

Firma Electrónica Parte I

Firma Electrónica Parte I Firma Electrónica Parte I Legislación nacional y europea Jornadas de Administración CONFER 12 de Febrero de 2016 ÍNDICE 1. Directiva Comunitaria y otras iniciativas europeas 2. Ley de Firma Electrónica.

Más detalles

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN REAL DECRETO 1619/2012 ENTRADA EN VIGOR: 1 DE ENERO DE 2013

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN REAL DECRETO 1619/2012 ENTRADA EN VIGOR: 1 DE ENERO DE 2013 info Publicación de actualidad normativa NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN REAL DECRETO 1619/2012 ENTRADA EN VIGOR: 1 DE ENERO DE 2013 El nuevo Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012, regula las

Más detalles

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos Misión.- - Reducir los costos para la ciudadanía en la gestión de los procesos de facturación.

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 9.9.2015 L 235/37 DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1506 DE LA COMISIÓN de 8 de septiembre de 2015 por la que se establecen las especificaciones relativas a los formatos de las firmas electrónicas avanzadas

Más detalles

RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 086/2004

RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 086/2004 RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 086/2004 ASUNTO: GERENCIA GENERAL APRUEBA REGLAMENTO DE FIRMA DIGITAL. VISTOS: La Ley N 1670 del 31 de octubre de 1995. La Ley N 1488 de 14 de abril de 1993, de Bancos y Entidades

Más detalles

FACTURA ELECTRÓNICA. Facturación electrónica en la empresa POR SERGIO RUIZ SIERRA. 56 boletic

FACTURA ELECTRÓNICA. Facturación electrónica en la empresa POR SERGIO RUIZ SIERRA. 56 boletic Facturación electrónica en la empresa POR SERGIO RUIZ SIERRA 56 boletic La facturación electrónica es uno de los próximos retos que han de afrontar las empresas españolas dentro del plan propuesto por

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA BOE núm. 90 Sábado 14 abril 2007 16451 cede. El período de tramitación de una disposición legal ordinaria provocaría que la situación descrita se agravara considerablemente, dando lugar a dos posibilidades

Más detalles

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

electrónica de las competencias de control de la Seguridad Privada que le corresponden a la Administración General del Estado.

electrónica de las competencias de control de la Seguridad Privada que le corresponden a la Administración General del Estado. Borrador de Proyecto de Orden INT/. de. de., sobre Sede Electrónica y Registro Electrónico de Notificaciones de Resoluciones Sancionadoras en el ámbito de la seguridad privada. La Ley 30/1992, de 26 de

Más detalles

Nota informativa respecto al tratamiento de las facturas electrónicas que puedan recibirse por los centros gestores que utilizan SOROLLA2

Nota informativa respecto al tratamiento de las facturas electrónicas que puedan recibirse por los centros gestores que utilizan SOROLLA2 I.G.A.E. Subdirección General de Aplicaciones de Contabilidad y Control * * * Subdirección General de Planificación y Dirección de la Contabilidad Sorolla 2 Nota Informativa 28 de abril de 2014 Nota informativa

Más detalles

Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136. Toril

Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136. Toril Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136 Toril EDICTO. Aprobación definitiva del Reglamento municipal regulador del registro contable de facturas Al no haberse presentado reclamaciones durante

Más detalles

DOCUMENTOS MERCANTILES I

DOCUMENTOS MERCANTILES I 1. EL ALBARÁN DOCUMENTOS MERCANTILES I El albarán (palabra procedente del árabe hispano albará y este del árabe clásico barā'ah) 1, es un documento mercantil que acredita la entrega de un pedido. El receptor

Más detalles

En virtud de lo anterior, esta Dirección resuelve:

En virtud de lo anterior, esta Dirección resuelve: RESOLUCIÓN DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015 DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES PARA ACTUAR COMO OFICINA DE REGISTRO PRESENCIAL DEL

Más detalles

REAL DECRETO 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULAN LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN

REAL DECRETO 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULAN LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN 2-2012 Diciembre, 2012 REAL DECRETO 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULAN LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN Como anticipábamos en boletines anteriores,

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

DE SU TENOR SE DESPRENDE QUE SOLO PODRÁ OBTENERSE LA REDUCCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE, SI SE DAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

DE SU TENOR SE DESPRENDE QUE SOLO PODRÁ OBTENERSE LA REDUCCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE, SI SE DAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS: MODIFICACION DE LA BASE IMPONIBLE EN LOS SUPUESTOS DE DECLARACION DE CONCURSO DEL DESTINATARIO DE LAS OPERACIONES SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO El artículo 80 párrafo Tercero de la Ley37/1992

Más detalles

Digitalización y carga de documentación electrónica por Entidades Colaboradas. Normas

Digitalización y carga de documentación electrónica por Entidades Colaboradas. Normas Digitalización y carga de documentación electrónica por Entidades Colaboradas Normas Dirección General del Catastro Julio de 2014 Página 1 HOJA DE CONTROL DEL DOCUMENTO TÍTULO SUBDIRECCIÓN FECHA CREACIÓN

Más detalles

1 de 22 20/04/2015 12:33

1 de 22 20/04/2015 12:33 1 de 22 20/04/2015 12:33 2 de 22 20/04/2015 12:33 3 de 22 20/04/2015 12:33 4 de 22 20/04/2015 12:33 5 de 22 20/04/2015 12:33 6 de 22 20/04/2015 12:33 7 de 22 20/04/2015 12:33 Artículo 2. Obligación de

Más detalles

ENFOQUE GLOBAL DE SISTEMAS DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y CERTIFICADA. 5 marzo de 2009

ENFOQUE GLOBAL DE SISTEMAS DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y CERTIFICADA. 5 marzo de 2009 ENFOQUE GLOBAL DE SISTEMAS DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y CERTIFICADA 5 marzo de 2009 INDICE 01 Factura Electrónica y Certificada Definiciones y Ventajas. Datos de uso. Ámbito Legal Requerimientos de emisión

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA Nº 503/2015

CIRCULAR INFORMATIVA Nº 503/2015 ASUNTO: ORDEN HAP/1650/2015 DE 31 DE JULIO. DONDE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS HOMOGENEIZADORES RESPECTO A LA VALIDACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA. I.- INTRODUCCIÓN Con fecha 6 de Agosto de 2015, se publica

Más detalles

Aviso Legal, Política de Privacidad y Protección de Datos, para incluir en las páginas Web.

Aviso Legal, Política de Privacidad y Protección de Datos, para incluir en las páginas Web. Aviso Legal, Política de Privacidad y Protección de Datos, para incluir en las páginas Web. En lo relacionado con esta cuestión, el cliente debe hacer entrega del siguiente clausulado a su gestor de páginas

Más detalles

www.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555

www.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555 MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MADRID Expediente nº: 4/12 Aplicación Presupuestaria: 223/251 M HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

Más detalles

1M. HRC 1ENDR V RDI10NES. PUBLI CRS I INTERlJENClotj GHIERRL I I 11 jun 2014, 09:15:16 I I SALIDR 00565.005.2014.5.003645

1M. HRC 1ENDR V RDI10NES. PUBLI CRS I INTERlJENClotj GHIERRL I I 11 jun 2014, 09:15:16 I I SALIDR 00565.005.2014.5.003645 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS y GASTOS INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACiÓN DEL ESTADO Nº Rgtº: IRIS: 2014/00410 1M. HRC 1ENDR V RDI10NES.

Más detalles

REGLAMENTO DE FACTURACIÓN 2013 (resumen) BOE Real Decreto 1619/2012 del 30/11/12 que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación

REGLAMENTO DE FACTURACIÓN 2013 (resumen) BOE Real Decreto 1619/2012 del 30/11/12 que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación REGLAMENTO DE FACTURACIÓN 2013 (resumen) BOE Real Decreto 1619/2012 del 30/11/12 que aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación TÍTULO PRELIMINAR Obligación de documentación de las

Más detalles

RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE

RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE REGLAMENTO DE FACTURACIÓN TEXTO LEGAL El Reglamento se divide en un título preliminar, dos títulos, 6 disposiciones adicionales y 2 transitorias. Su entrada en vigor es

Más detalles

Presentación: Sesión del miércoles 19 de Enero del 2011

Presentación: Sesión del miércoles 19 de Enero del 2011 Presentación: Sesión del miércoles 19 de Enero del 2011 Presentación y objetivo de GESISA. Qué es la factura electrónica?. Obligaciones del emisor y del receptor Objetivo de la implantación Por qué implementar

Más detalles

ÍNDICE DE CONTENIDOS

ÍNDICE DE CONTENIDOS ÍNDICE DE CONTENIDOS 1. INTRODUCCIÓN... 2 1.1. MOTIVACIÓN... 2 2. INTRODUCCIÓN A LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA... 2 2.1. QUÉ ES LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA?... 2 2.2. QUÉ ES UNA FACTURA ELECTRÓNICA?... 2 2.3.

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN efactura RED ELÉCTRICA

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN efactura RED ELÉCTRICA efactura Red Eléctrica Condiciones Generales de Contratación 5 de mayo de 2014 CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN efactura RED ELÉCTRICA Las presentes Condiciones Generales regulan la relación contractual

Más detalles

Sistemas de Emisión Electrónica (SEE)

Sistemas de Emisión Electrónica (SEE) Sistemas de Emisión Electrónica (SEE) PARTE TEÓRICA Sistema de Emisión Electrónica Sistema de Emisión Electrónica SEE Del Contribuyente R.S. 097-2012/SUNAT Facturas Boletas de Venta Notas de crédito Notas

Más detalles

Resumen de preguntas frecuentes ante la AEAT referidas al Reglamento de Facturación

Resumen de preguntas frecuentes ante la AEAT referidas al Reglamento de Facturación Resumen de preguntas frecuentes ante la AEAT referidas al Reglamento de Facturación Resumen realizado en septiembre de 2004 Albalia Interaciva, S.L. http://www.interactiva.com.es 1. CUESTION: Los empresarios

Más detalles

LA GESTION DE LAFACTURACIÓN ELECTRÓNICA EN LAS ENTIDADES LOCALES

LA GESTION DE LAFACTURACIÓN ELECTRÓNICA EN LAS ENTIDADES LOCALES OBJETIVOS DE LA FACTURACION ELECTRÓNICA: EL MARCO EUROPEO LA GESTION DE LAFACTURACIÓN ELECTRÓNICA EN LAS ENTIDADES LOCALES Antonio Villaescusa Soriano Noviembre 2014 1 La transición a una administración

Más detalles

CONSULTAS AEAT NUEVAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN DESDE 01.01.13

CONSULTAS AEAT NUEVAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN DESDE 01.01.13 CONSULTAS AEAT NUEVAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN DESDE 01.01.13 Fuente: https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc04f/ TITULO: IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO CAPITULO: OBLIGACIONES DE LOS

Más detalles

Se plantean diversas cuestiones relativas a la facturación electrónica que, por su extensión, se plasman en el cuerpo de la presente contestación.

Se plantean diversas cuestiones relativas a la facturación electrónica que, por su extensión, se plasman en el cuerpo de la presente contestación. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC050605 DGT: 28-03-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0861/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: IVA. Obligaciones formales. Deber de expedir y entregar factura. Conservación.

Más detalles

REGLAMENTO METROLÓGICO DE SISTEMAS DE ASIGNACIÓN Y REGISTRO DEL CONSUMO DE TELEFONIA FIJA Y MOVIL.

REGLAMENTO METROLÓGICO DE SISTEMAS DE ASIGNACIÓN Y REGISTRO DEL CONSUMO DE TELEFONIA FIJA Y MOVIL. 1 REGLAMENTO METROLÓGICO DE SISTEMAS DE ASIGNACIÓN Y REGISTRO DEL CONSUMO DE TELEFONIA FIJA Y MOVIL. SUMARIO 1.- CAMPO DE APLICACIÓN. 2.- REQUISITOS DE LOS SISTEMAS DE MEDICIÓN Y REGISTRO DEL SERVICIO

Más detalles

Certific@2 (Periodos de actividad): guía para las empresas

Certific@2 (Periodos de actividad): guía para las empresas Certific@2 (Periodos de actividad): guía para las empresas Servicio Público de Empleo Estatal Madrid, Octubre - 2011 Índice Qué es la comunicación de periodos de actividad Acceso a la transmisión de periodos

Más detalles

PLAN DE IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA en LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

PLAN DE IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA en LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. GOBIERNO DE ESPAÑA SUBDELEGACIO DEL GOVERN A ALACANT SECRETARIA GENERAL SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ALICANTE SECRETARIA GENERAL PLAN DE IMPULSO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA en LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Más detalles

APUNTES SOBRE EL RD 1073/2014, DE 19 DE DICIEMBRE

APUNTES SOBRE EL RD 1073/2014, DE 19 DE DICIEMBRE APUNTES SOBRE EL RD 1073/2014, DE 19 DE DICIEMBRE Por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección

Más detalles

SOLARIA ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE, S.A. CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.

SOLARIA ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE, S.A. CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. SOLARIA ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE, S.A. CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. De conformidad con el acuerdo del Consejo de Administración celebrado el pasado 19 de mayo de 2009, se

Más detalles

?Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas.

?Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas. Jurisdicción: Vía administrativa Consulta vinculante. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (LIVA/1992): Gestión: expedición de factura compresiva de varias operaciones efectuadas con anterioridad y previamente

Más detalles

REGLAMENTO DE REGISTRO ELECTRONICO

REGLAMENTO DE REGISTRO ELECTRONICO REGLAMENTO DE REGISTRO ELECTRONICO El avance de la llamada Sociedad de la Información ha traído consigo una reorientación de las expectativas ciudadanas respecto a las administraciones públicas y ha provocado

Más detalles

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS 30.11.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 323/1 I (Resoluciones, recomendaciones y dictámenes) DICTÁMENES SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de

Más detalles

ESQUEMA DE CONTENIDOS A INCLUIR EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.

ESQUEMA DE CONTENIDOS A INCLUIR EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA ESQUEMA DE CONTENIDOS A INCLUIR EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. 0. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 163 Martes 6 de julio de 2010 Sec. I. Pág. 59700 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 10711 Resolución de 23 de junio de 2010, de la Oficina Española de Patentes

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 185 Sábado 3 de agosto de 2013 Sec. I. Pág. 56722 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 8560 Orden ESS/1490/2013, de 29 de julio, por la que se regula el Tablón Edictal

Más detalles

RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA SUBSIDIARIA

RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA SUBSIDIARIA Madrid, 25 de Septiembre de 2.013 Muy Sres. nuestros: Nos dirigimos a Ustedes para recordarles un asunto de gran importancia del que les venimos informando de manera recurrente y que debe revisarse cada

Más detalles