MANUAL DE LA OFICINA DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN

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1 OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (OAI) MANUAL DE LA OFICINA DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN JULIO,

2 Introducción... 4 i. Objetivo del manual... 4 ii. Instrucciones de uso... 4 iii. Manejo de las revisiones... 5 iv. Nomenclaturas Utilizadas Organización de la Oficina de Acceso a la Información... 7 a) Misión de la OAI... 7 b) Visión:... 7 c) Organigrama... 7 d) Funciones de la Oficina de Acceso a la información (OAI) Descripciones de puestos de la Oficina de Acceso a la Información... 9 a) Responsable de Acceso a la Información Pública (RAI)... 9 i. Propósito del Puesto:... 9 ii. Deberes y Responsabilidades:... 9 iii. Funciones: iv. Conocimientos, Habilidades y Destrezas Requeridas: b) Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación i. Propósito del Puesto: ii. Deberes y Responsabilidades: iii. Conocimientos, Habilidades y Destrezas Requeridas: ) Procedimientos a) Atención al Ciudadano para la Recepción de Solicitudes de Acceso a la Información Pública i. Propósito: ii. Alcance: iv. Referencias v. Documentos vi. Normas vigentes b) Tramitación de Solicitud de Información Pública i. Propósito: ii. Alcance: iii. Operaciones: iv. Referencias v. Documentos vi. Normas vigentes c) Rechazo de la Gestión de Acceso a la Información Pública i. Propósito: ii. Alcance: iii. Operaciones iv. Referencias v. Documentos vi. Normas vigentes Plazos Establecidos por la Ley Anexos Formularios: a. OAI-FOR A Solicitud de Acceso a la Información Pública b. OAI-FOR A Rechazo de Solicitud de Acceso a la Información Pública

3 c. OAI-FOR A Demostración de Entrega de la Información Solicitada d. OAI-FOR A Prorroga Excepcional para Entrega Información Solicitada e. OAI-FOR A Volante sobre la Oficina de Acceso a la Información Pública. 21 3

4 Introducción La tramitación y procesamiento de las solicitudes de información realizadas bajo la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública (LGLAIP) No de fecha 28 de julio de 2004 y su Reglamento de Aplicación promulgado mediante Decreto No , de fecha 25 de febrero de 2005, requiere de una estructura funcional que funja como Oficina de Acceso a la Información, que se encargue de la orientación al interesado, del registro, canalización y control de las solicitudes dentro de los plazos estipulados en la mencionada Ley, a fin de velar por la transparencia de la gestión pública. Para cumplir con esta tarea, el INDOTEL cuenta en su página Web con una estructura disponible para el público en general, que contiene toda la información de sus actos actualizada constantemente y enriquecida con nuevos procesos de forma casi automática. Desde el año 2000, el INDOTEL se beneficia de un Software, creado internamente a fin de mantener el control de la documentación, la recibida, la de insumo interno y la enviada. Dicho sistema permite dar seguimiento a los procesos generados en este órgano. Al momento de la entrada en vigencia de la Ley , este sistema agregó el proceso de las solicitudes de información amparadas bajo la Ley de Libre Acceso a la Información a los procesos cotidianos del órgano. Basado en lo anteriormente mencionado, este Manual de Organización y Procedimientos, muestra la inclusión de los mandatos de la Ley y su Reglamento a la estructura funcional existente en el INDOTEL. i. Objetivo del manual Establecer la estructura funcional, los lineamientos, políticas y procedimientos para el manejo de las solicitudes de acceso a la información, los procesos que de ello se desprenden, y la publicación constante de las informaciones en medios de acceso públicos. Describir claramente las relaciones de las áreas y el personal que se involucrará en los procesos de la información pública, así como las relaciones de coordinación con otras áreas y entidades públicas. Formalizar la Estructura Orgánica y Funcional de la OAI dentro de la estructura existente del INDOTEL. ii. Instrucciones de uso El manual fue estructurado para su fácil manejo y para la administración efectiva de la Oficina de Acceso a la Información. Es una guía para los empleados vinculados a las funciones de la misma, así como para aquellos que en algún momento se vean involucrados con alguna solicitud de acceso a la información. 4

5 El manual se compone de tres partes: 1. Organización de la OAI, y 2. Descripción de Puestos y 3. Procedimientos. iii. Manejo de las revisiones El presente Manual permite su perfeccionamiento, renovación y modificación constante, teniendo en cuenta las experiencias adquiridas en el desempeño de las funciones de la Oficina de Acceso a la Información, así como el comportamiento dinámico que vaya pautando la organización. Cuando no se alcancen los resultados esperados se llevarán a cabo correcciones y se tomarán acciones correctivas, según sea conveniente, pudiendo resultar en modificaciones del presente manual. iv. Nomenclaturas Utilizadas Con la finalidad de identificar los documentos relacionados a los procesos vinculados con la Oficina de Acceso a la Información, las revisiones de las que puedan ser objeto los mismos y el presente manual, se tendrá en cuenta la siguiente nomenclatura: Todos los documentos del presente manual contarán con una identificación alfa numérica, la misma deberá ser incluida en el documento colocándose en la esquina superior derecha. a) Los primeros caracteres son alfabéticos, e identifican el área operativa de la empresa pudiendo ser dos o tres caracteres: OAI Oficina de Acceso a la Información b) Seguido de estos caracteres, se incluye un carácter alfabético que identifica el tipo de documento: POL Política PRO Procedimiento DPU Descripción de Puestos MAN Manual FOR Formulario DIF Diagrama de Flujo A continuación se disponen 4 caracteres numéricos que especifican el orden secuencial del documento a medida que se van generando. Por último se incluye un carácter alfabético que identifica la versión del documento y sus revisiones 5

6 A B primera versión del documento segunda versión, etc. Ejemplo: O A I P R A Caracteres alfabéticos, identifican el área operativa de la empresa pudiendo ser dos o tres caracteres Caracter alfabético que identifica el tipo de documento Caracteres numéricos que especifican el orden secuencial del documento Carácter alfabético que identifica la versión del documento y sus revisiones 6

7 1-Organización de la Oficina de Acceso a la Información a) Misión de la OAI b) Visión: Asegurar el libre acceso a la información sobre la gestión del INDOTEL, velando por la oportuna y veraz publicación de sus actos, con la finalidad de fomentar la transparencia administrativa y el fortalecimiento institucional. Ser ejemplo de transparencia mediante el desarrollo y el fortalecimiento de los valores de honestidad, integridad, eficiencia, eficacia, calidad y trabajo en equipo dentro del INDOTEL. c) Organigrama Presidente del Consejo Directivo Responsable de Acceso a la Información (OAI) Web Master Comisión de Acceso a la Información Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación 7

8 d) Funciones de la Oficina de Acceso a la información (OAI). La OAI cumplirá con las siguientes funciones: a) Recolectar, sistematizar y difundir la información a que se refiere los Servicios de información pública. b) Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información. c) Auxiliar en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientar a los solicitantes respecto de otros organismos, instituciones o entidades que pudieran tener la información que solicitan. d) Realizar los trámites dentro del INDOTEL, necesarios para entregar la información solicitada. e) Efectuar las notificaciones a los solicitantes. f) Proponer los procedimientos internos que pudieran asegurar una mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información. g) Llevar un archivo de las solicitudes de acceso a la información, sus antecedentes, tramitación, resultados y costos. h) Elaborar estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información. i) Poner a disposición de la ciudadanía, tanto en Internet como en un lugar visible en sus instalaciones, un listado de los principales derechos que, en materia de acceso a la información, asisten al ciudadano. j) Elaborar, actualizar y poner a disposición de la ciudadanía un índice que contenga la información bajo su resguardo y administración. k) Realizar las correspondientes tachas en caso de solicitarse un documento que contenga información parcialmente reservada. Las tachas se harán bajo la responsabilidad de la máxima autoridad del organismo, institución o entidad. l) Realizar las demás tareas necesarias que aseguren el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información, la mayor eficiencia en su misión y la mejor comunicación entre el INDOTEL y los particulares. 8

9 2- Descripciones de puestos de la Oficina de Acceso a la Información Las posiciones del personal encargado de mantener disponible, y hacer entrega de la información pública son las siguientes: a) Representante de Acceso a la Información (RAI) OAI-DPU A b) Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación OAI-DPU A a) Responsable de Acceso a la Información Pública (RAI) Código Título del Puesto: Reportar a: Supervisar a: Coordina con: OAI-DPU A Responsable de Acceso a la Información Pública (RAI) Presidente del INDOTEL Auxiliar de Recepción de Solicitudes Dirección Ejecutiva, Consultoría Jurídica, Gerencia Administrativa, Gerencia Financiera, Departamento de Comunicaciones, Gerencia de TICs, FDT, Gerencia Técnica. i. Propósito del Puesto: Organizar las actividades que posibiliten hacer efectivo el derecho a la información de los ciudadanos y la divulgación de la información contenida en los archivos y registros de la institución, relativa a presupuestos, cálculos de recursos y gastos aprobados, su ejecución, programas y proyectos, llamados a licitación, concursos, contratos, compras, beneficiarios de programas asistenciales, subsidios, becas, jubilaciones y pensiones, tal como lo establece la Ley. ii. Deberes y Responsabilidades: 1. Velar por la entrada permanente de la información a la página Web desde las diferentes áreas que se seleccionaron en el diseño para mantenerlas actualizadas y cumplan con la función del sistema de comunicación por Internet de libre acceso al público. 2. Supervisar que se entregue información a los ciudadanos de acuerdo a los trámites y procedimientos vigentes, por los medios adecuados. 3. Establecer relaciones con los funcionarios de la institución para lograr que entreguen las informaciones a tiempo y se eviten aplicación de las sanciones previstas en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. 9

10 4. Mantener actualizadas las tarifas fijas y tarifas diferenciadas cobradas por la institución para la reproducción o costo del suministro de la información y hacer que se cumplan de manera efectiva. 5. Ordenar un sistema de archivo de solicitudes tramitadas y rechazadas a los ciudadanos y medios de comunicación, como parte de los procedimientos de la Oficina de Acceso a la Información. iii. Funciones: a) Realizar las tareas encomendadas por la Ley de libre Acceso a la información y su Reglamento de aplicación, bajo la dirección de las autoridades máximas del INDOTEL, la Presidencia y la Dirección Ejecutiva, actuando de modo coordinado con dichas autoridades. b) Comunicarse periódicamente y coordinar su trabajo con los RAI de los demás organismos, instituciones y entidades descriptos en el Artículo 1 y en el Artículo 4, párrafo único, de la LGLAIP, a los fines de ampliar y mejorar las fuentes y bases de las informaciones, y de canalizar prontamente sus respectivas tramitaciones. c) Realizar las gestiones necesarias para localizar los documentos en los que conste la información solicitada. d) Enviar a la oficina pertinente aquellas solicitudes que fueran presentadas en una oficina no competente - en los términos de Artículo 7, párrafo II de la LGLAIP - bajo su dependencia, para que la solicitud de información sea respondida adecuadamente. e) Instituir los criterios, reglamentos y procedimientos para asegurar eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, elaborando un programa para facilitar la obtención de información del INDOTEL, que deberá ser actualizado periódicamente y que incluya las medidas necesarias para la organización de los archivos. f) Supervisar la aplicación de los criterios, reglamentos y procedimientos en el INDOTEL, en materia de clasificación y conservación de la documentación así como la organización de archivos. g) Impulsar la actualización permanente de la información descripta en el Capítulo IV del Reglamento de Aplicación de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública en el INDOTEL. h) Compilar las estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información, elaborados por las respectivas OAI, y 10

11 i) Confeccionar un informe anual respecto de su organismo, institución o entidad, que será publicado en las páginas de Internet oficiales y difundido por todos los medios posibles. j) Velar por la entrada permanente de la información a las páginas Web desde las diferentes áreas que se seleccionaron en el diseño para mantenerlas actualizadas y cumplan con la función del sistema de comunicación por Internet de libre acceso al público. k) Supervisar que se entregue información a los ciudadanos de acuerdo a los trámites y procedimientos vigentes, por los medios adecuados. l) Establecer relaciones con los funcionarios de la Institución para lograr que entreguen las informaciones a tiempo y se eviten aplicación de las sanciones previstas en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. m) Mantener actualizadas las tarifas fijas y tarifas diferenciadas cobradas por la Institución, en caso de que las hubiere, para la reproducción o costo del suministro de la información y hacer que se cumplan de manera efectiva. iv. Conocimientos, Habilidades y Destrezas Requeridas: Titulo de licenciatura de universidad reconocida Conocimientos sobre la estructura, organización, misión, funciones, actividades, procesos, documentación e información general del INDOTEL (Art. 9, Reg.) Conocimiento sobre la legislación relacionada con el derecho de acceso a la información. (Art. 9, Reg.) Manejo de programas de computación Manejo de Bases de Datos Capacidades de Servicio al Cliente Curso de entrenamiento especializado en el INAP Dos (2) años de ejercicio laboral en INDOTEL 11

12 b) Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación Código Titulo del Puesto: Reportar a: OAI-DPU A Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación Representante de Acceso a la Información (RAI) i. Propósito del Puesto: Recibir las solicitudes, ofreciendo una adecuada atención al ciudadano, acorde a las políticas y procedimientos estipulados por el órgano, teniendo en cuenta su satisfacción. Orientar y guiar adecuadamente a fin de facilitar el más amplio acceso a la información, tramitando las solicitudes adecuadamente. ii. Deberes y Responsabilidades: 1. Orientar a los ciudadanos respecto de las informaciones sistematizadas que se encuentran disponibles en la página Web del INDOTEL. 2. Explicar los procedimientos estipulados por la Ley de Libre Acceso a la Información y su Reglamento de aplicación, a fin de facilitar la tramitación adecuada de las solicitudes. 3. Colaborar con los ciudadanos, para aclarar, corregir o completar la solicitud de información de forma que se evite el rechazo e indicarle las causas establecidas del rechazo, cuando aplique. 4. Recibir las solicitudes de información, otorgando el correspondiente acuse, registrar las mismas en el sistema y enviarlas para ser procesada. 5. Colaborar con la elaboración de las estadísticas y registros de la atención a los ciudadanos y tramitación de sus solicitudes para que se prepare el Informe Anual y se analicen los resultados mensuales de la gestión de la Oficina. 6. Mantener el lugar de atención a los ciudadanos con las adecuadas condiciones de organización y presentación para que responda a las necesidades que demanda la obtención de la información. iii. Conocimientos, Habilidades y Destrezas Requeridas: Estudiante Universitario de tercer año en adelante Servicio al cliente Relaciones humanas Solución de conflictos Conocimientos de procesamiento electrónico de datos Un año de experiencia laboral 12

13 3) Procedimientos INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES Presentamos a continuación los procedimientos de: a) Atención al ciudadano para la recepción de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, (OAI-PRO-0001-A) b) Tramitación de Solicitud de Información Pública, y (OAI-PRO-0002-A) c) Prorroga para entrega de la información (OAI-PRO-0003-A) d) Rechazo de la gestión de acceso a la información (OAI-PRO-0004-A) La descripción de cada procedimiento comprende el propósito, alcance, operaciones y referencias. Además detallamos los documentos y normas relativos a cada uno de estos procedimientos. La finalidad del s es el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No y a su Reglamento de aplicación, por lo que los mismos se ha adecuado y ajustado a dichas disposiciones. 13

14 a) Atención al Ciudadano para la Recepción de Solicitudes de Acceso a la Información Pública Código: OAI-PRO-0001-A Titulo del Procedimiento: Atención al ciudadano para la recepción de Solicitudes de Acceso a la Información Pública i. Propósito: Organizar la forma de atender la consulta de información que formule cualquier persona en el INDOTEL y la manera de tramitar el formulario correspondiente. ii. Alcance: Comprende desde que se recibe al ciudadano con una solicitud de información en la Oficina de Acceso a la Información Pública (OAI), hasta el registro en el sistema para su tramitación. iii. Operaciones 1. El Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación atiende con cortesía al ciudadano que consulta o solicita el formulario de Acceso a la Información, OAI- FOR-0001-A y le explica que debe completar todas las informaciones requeridas. 2. Recibe la solicitud de información, revisa que tenga los datos completados correctamente y le entrega acuse de recibo. 3. Ofrece ayuda al ciudadano y le informa sobre los trámites y procedimientos, indicándole que la Ley establece hasta 15 días hábiles para satisfacer la solicitud de información. 3.1 Si se trata de información disponible al público le explica la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información, anota estos datos en la solicitud y la archiva en la carpeta de Solicitudes Atendidas. Culmina el proceso. 3.2 Si la información está en una página del portal de Internet, le entrega el volante, OAI-FOR-0005-A, con la dirección en que puede acceder a ese medio para obtener la información solicitada, anota estos datos en la solicitud y la archiva en la carpeta de Solicitudes Atendidas. Culmina el proceso. 3.3 Si se trata de una queja o reclamo sobre la prestación del servicio, le indica la persona con la autoridad jerárquica superior de la Institución a la que puede recurrir. 14

15 4. Explica que en caso de denegarse la información se hará por escrito con las razones legales de la denegatoria y se despide del ciudadano con amabilidad. (Ver procedimiento OAI-PRO A). 5. Registra en el sistema la solicitud de la información y anota en el formulario el número asignado en secuencia, por el sistema. 6. Al final del día el Responsable de la Oficina revisa la entrada de solicitudes de información para asegurar el cumplimiento de la Ley. iv. Referencias o Ley General No de Libre Acceso a la Información Pública. o Reglamento de Aplicación. v. Documentos o Formulario OAI-FOR-0001-A Solicitud de Información Pública. o Formulario OAI-FOR-0005-A Volante sobre la Oficina de Acceso a la Información Pública. vi. Normas vigentes 1. Las solicitudes de información pública se atenderán en la oficina de acceso a la información (OAI), de INDOTEL. 2. Cualquier conducta que violente, limite, impida, restrinja y obstaculice el derecho de acceso a la información constituirá para el funcionario una falta grave en el ejercicio de sus funciones. 3. Los funcionarios del INDOTEL tienen la obligación de proveer toda la información que se les requiera, en un plazo no mayor de 72 horas a partir de recibida la solicitud firmada por la Encargada de la Oficina. 4. Las informaciones solicitadas se ofrecen en forma personal, por medio de teléfono, facsímile, correo ordinario, certificado o también correo electrónico, o por medio de formatos disponibles en las páginas de Internet. 15

16 b) Tramitación de Solicitud de Información Pública Código: Titulo del Procedimiento: OAI-PRO-0002-A Tramitación de solicitud de información pública i. Propósito: Sistematizar el más amplio acceso de la solicitud de información del requeriente a la entidad o funcionario responsable de la información. ii. Alcance: Comprende desde la realización de las gestiones necesarias para localizar los documentos en los que conste la información solicitada hasta la producción y entrega de la información por el funcionario responsable de la información iii. Operaciones: 1. El Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación recibe las solicitudes registradas en el sistema, revisa los resúmenes de las solicitudes, determina si las informaciones que requieren están disponibles en el archivo de la OAI, en la página Web de la institución, en los archivos de la Institución o en publicaciones y hace las anotaciones debidas en el sistema. 1.1 Si las informaciones están disponibles en las páginas de Internet atiende de inmediato la solicitud, prepara el Volante con las indicaciones para localizarla y continúa con el procedimiento. 2. Compila las informaciones que estén disponibles en el archivo de la OAI para entregarlas al interesado en el plazo que establece la Ley, emite documento de entrega OAI-FORM-0003-A y requiere firma del superior autorizado para ello. 2.1 Si la información corresponde a otra dependencia, remite la solicitud de información al órgano, entidad o funcionario responsable de la información, indicándole la fecha límite de entrega de la misma. 2.2 Si el funcionario requiere más tiempo para reunir la información solicitada lo comunica por escrito antes del vencimiento del plazo de 15 días, en el formulario de Prórroga Excepcional para Entrega de Información Solicitada, OAI-FOR-0004-A. 2.3 Si hay limitación o excepción a la obligación de informar del estado aplica la Ley. (Ver el procedimiento OAI-PRO-03-A) 3. Da seguimiento para asegurar que el funcionario cumpla con lo establecido en la entrega de la información. 16

17 4. Entrega el formulario con la información y obtiene copia de la cédula firmada o cualquiera otra previsión técnica, de parte del solicitante o su representante. 5. Archiva expediente de solicitud con los documentos anexos en la carpeta de Solicitudes Tramitadas. iv. Referencias o Ley General No de Libre Acceso a la Información Pública o Reglamento de Aplicación v. Documentos o Formulario OAI-01 Solicitud de Información Pública o Volante con Dirección y menú de la página de Internet o Formulario Prorroga Excepcional para Entrega de Información Pública o Demostración de Entrega de la Información Solicitada. vi. Normas vigentes 1. Tienen obligación de proveer la información solicitada los Organismos y entidades de la administración pública o centralizada, autónomas o descentralizadas, autárquicas, empresas y sociedades comerciales propiedad del estado, sociedades o compañías anónimas o por acciones con participación estatal, de derecho privado que reciban recursos del Presupuesto Nacional, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. 2. Las informaciones solicitadas se ofrecen en forma personal, por medio de teléfono, facsímile, correo ordinario, certificado o también correo electrónico, o por medio de formatos disponibles en las páginas de Internet. 17

18 c) Rechazo de la Gestión de Acceso a la Información Pública Código: Titulo del procedimiento: OAI-PRO-0003-A Rechazo de la Gestión de Acceso a la Información Pública i. Propósito: Ordenar las denegaciones de informaciones clasificadas como reservadas, inexistentes o cuando estén incluidas dentro de las excepciones previstas en la Ley. ii. Alcance: Comprende desde la revisión de la solicitud de información hasta la comunicación del rechazo con las causales establecidas en la Ley. iii. Operaciones 1. EL Técnico de Atención Ciudadana y Tramitación Revisa las solicitudes presentadas en la OAI que están en tramitación 1.1 Si determina que la oficina no es competente para entregar la información o no es de su competencia, envía la solicitud dentro de los tres días laborables de recibida al organismo o entidad competente Si es una solicitud de cese de reserva legal de información o datos, envía a las autoridades responsables para el estudio de la clasificación. 1.3 Si el solicitante no corrige un error en su solicitud, después de habérsele orientado y comunicado se rechaza al décimo día hábil. 2. El funcionario responsable elabora comunicación de rechazo, Formulario FORM-OAI-04 explicando al solicitante, las razones previstas en la Ley que apliquen como excepciones al libre acceso de la información, en el plazo de cinco días hábiles, con la copia de la cédula firmada como demostración de entrega de la información. 3. Registra en el sistema el fin del trámite de la solicitud. 4. Archiva expediente de solicitud rechazada en la carpeta correspondiente. iv. Referencias o Ley General No de Libre Acceso a la Información Pública 18

19 o Reglamento de Aplicación v. Documentos INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES o Formulario OAI-FOR-0001-A Solicitud de Información Pública o Formulario OAI-FOR-0003-A Demostración de Entrega de la Información Solicitada o Formulario OAI-FOR-0004-A Rechazo de Solicitud de Acceso a la Información Pública vi. Normas vigentes 1. Las máximas autoridades en cada institución serán las responsables de clasificar la información que se elabore, posea, guarde o administre, así como denegar el acceso a la información. 2. En todos los casos en que el solicitante no esté conforme con decisión adoptada por el organismo requerido, tiene el derecho de recurrir ante la autoridad jerárquica superior de la entidad de acuerdo a los requisitos que establece la Ley y ante el Tribunal Superior Administrativo en el plazo de 15 días hábiles 19

20 4- Plazos Establecidos por la Ley Actividad Plazo Legislación Condiciones Responder la solicitud de información Prorroga para otorgar la información Rechazar la solicitud Informar que la solicitud está incompleta Rechazar una solicitud por no haber sido completada o aclarada Remitir solicitud al órgano competente para dar la información e informar al solicitante 15 días hábiles 10 días hábiles 5 días hábiles 3 días hábiles 10 días hábiles 3 días hábiles Artículo 8, de la LGLAIP Artículo 8, de la LGLAIP Artículo 16, Reglamento Artículo 17, Reglamento Artículo 17, Reglamento Artículo 16, Reglamento 1. Plazo es contado a partir del día siguiente. 2. El día del vencimiento se incluye. 1- Debe notificarse dentro del plazo para otorgar la información 1. Plazo es contado a partir del día siguiente. 2. El día del vencimiento se incluye. 1. Plazo es contado a partir del día siguiente. 2. El día del vencimiento se incluye. 1. Plazo es contado a partir del día siguiente a la fecha en que se informa de la falta 2. El día del vencimiento se incluye.. 1. Plazo es contado a partir del día siguiente. 2. El día del vencimiento se incluye.. 20

21 5- Anexos Formularios: a. OAI-FOR A Solicitud de Acceso a la Información Pública b. OAI-FOR A Rechazo de Solicitud de Acceso a la Información Pública c. OAI-FOR A Demostración de Entrega de la Información Solicitada d. OAI-FOR A Prorroga Excepcional para Entrega Información Solicitada e. OAI-FOR A Volante sobre la Oficina de Acceso a la Información Pública 21

22 Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 1. Entregue personalmente la solicitud de información 2. Presente un Poder Legal cuando actúe en nombre y representación de otra persona física o Jurídica. 3. Pida el acuse recibo de su solicitud de Información 4. El acceso público a la información es gratuito en tanto no se requiera la reproducción de la Información FECHA REF.: No. DE CORRESP NOMBRE DEL SOLICITANTE APELLIDO DEL SOLICITANTE CEDULA O PASAPORTE No. NOMBRE DE LA PERSONA FISICA O JURIDICA (anexar poder otorgado para hacer la solicitud de información) DIRECCIÓN TELÉFONO RESIDENCIAL CELULAR OFICINA CORREO ELECTRÓNICO INFORMACIONES O DATOS REQUERIDOS: (Especifique si son fotografías, grabaciones, soportes magnéticos, o digitales) MOTIVACIÓN DE LA SOLICITUD: AUTORIDAD PÚBLICA QUE POSEE LA INFORMACIÓN: LUGAR PARA RECIBIR LA INFORMACIÓN: (Debe Incluir la dirección y teléfonos del lugar seleccionado) MEDIO PARA RECIBIR LA INFORMACIÓN: (Seleccione un medio) 22

23 Correo Ordinario Correo Certificado Faccsímil Personal Página Internet Teléfono Correo Electrónico OBSERVACIONES: FIRMA DEL SOLICITANTE ESPACIO RESERVADO A LA OAI FECHA SOLICITUD REMITIDA A LA SIGUIENTE INSTITUCION COMPETENTE: COSTO POR LA EXPEDICION DE DOCUMENTOS RD$ 23

24 Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones VOLANTE DE LOCALIZACIÓN DE LA IFNFORMACIÓN EN LA PÁGINA WEB. OAI-PRO-0005-A FECHA REF.: No. DE CORRESP. NOMBRE DEL SOLICITANTE APELLIDO DEL SOLICITANTE CEDULA O PASAPORTE No. DIRECCIÓN TELÉFONO RESIDENCIAL CELULAR OFICINA CORREO ELECTRÓNICO LOCALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN: FIRMA DEL FUNCIONARIO 24

25 Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones PRORROGA EXCEPCIONAL PARA ENTREGA DE INFORMACIÓN OAI-FOR-0004-A FECHA REF.: No. DE CORRESP. NOMBRE DEL SOLICITANTE APELLIDO DEL SOLICITANTE CEDULA O PASAPORTE No. DIRECCIÓN TELÉFONO RESIDENCIAL CELULAR OFICINA CORREO ELECTRÓNICO INFORMACIONES O DATOS REQUERIDOS: (Especifique si son fotografías, grabaciones, soportes magnéticos, o digitales) De acuerdo a la Ley General no de libre acceso a la información pública, artículo 8, y 9, cumplimos informarles de que requerimos días adicionales para reunir la información solicitada por las siguientes razones: LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN SERÁ EN LA SIGUIENTE FECHA FIRMA DEL FUNCIONARIO 25

26 Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones DEMOSTRACION ENTREGA DE LA INFORMACIÓN OAI-FOR-0003-A INSTRUCCIONES: Agregar copia de la cedula firmada del que recibe la información en las entregas personales. FECHA REF.: No. DE CORRESP. NOMBRE DEL SOLICITANTE APELLIDO DEL SOLICITANTE CEDULA O PASAPORTE No. DIRECCIÓN TELÉFONO RESIDENCIAL CELULAR OFICINA CORREO ELECTRÓNICO INFORMACIONES O DATOS REQUERIDOS: (Especifique si son fotografías, grabaciones, soportes magnéticos, o digitales) DE ACUERDO A LA LEY GENERAL NO DE LIBRE ACCESO LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ARTÍCULO 12 y13, HACEMOS CONSTAR LO SIGUIENTE: LE HA SIDO ENTREGADA LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR MEDIO DE: Correo Ordinario Correo Certificado Faccsímil Personal Página Internet Teléfono Correo Electrónico Otro LA FUENTE DE LA INFORMACIÓN ESTA CONTENIDA EN: FIRMA DEL SOLICITANTE COMO ACUSE DE RECIBO FIRMA DEL FUNCIONARIO 26

27 Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones RECHAZO SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA OAI-FOR-0002-A FECHA REF.: No. DE CORRESP. NOMBRE DEL SOLICITANTE APELLIDO DEL SOLICITANTE CEDULA O PASAPORTE No. DIRECCIÓN TELÉFONO RESIDENCIAL CELULAR OFICINA CORREO ELECTRÓNICO INFORMACIONES O DATOS REQUERIDOS: (Especifique si son fotografías, grabaciones, soportes magnéticos, o digitales) De acuerdo a la Ley General no de libre acceso a la información pública, Artículo 7, iii, 17, 18, 19, 20, 21 cumplimos con informarle que la solicitud marcada en la referencia ha sido rechazada por las siguientes razones previstas en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública: FIRMA DE LA MAXIMA AUTORIDAD EJECUTORA 27

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