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1 "oseñlo de l s P.Mnat@r olsapac d d en élperú" 'año de I. cónsolldación Ecorómic v s Glal del Perú" CONCURSO PÚBLICO PROCESO DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA PARA LA-EJECU-CIÓN.DE LOS ''--iñóvlóióéi;seivrcro DE BANDA ancha RURAL san GÁBÁN---19^EIJo MALDoNADo" y rsenvtcp oe alr{óá ÁÑóiÁ nun u ul-t c - san GABaN" 9 Glrcular No De conformidad con lo estabtecido en ol NumeÉl 31 3'! de las BASES'.el Com té de íáorñüeriéióñ - iroyéáos oe Teb;omunicaciones, Energla e Hidrocarburos - PRo b'oñéb;]vidád p;;" en'conocimiento de los PosroREs e interesados la absolución de las consultas formuladas a las BASES. consulta No I Numerales Y 12.4 de las Baags el Comité Podé. ;;;;il";'" cancelar el concuéo on cualquier T"1',1t1-11f:f:t:;"olic tamos prec sar q"éij" l ó p" r '""erse hasta antes de la adiud cación de la buena pro Por lo anter ormente expuesto, solicitamos efectuar la siguieñte modificación en los nurneéles bajo comentario: Nirmeral 1.5.1: 'El COMITE pued mod ñcar y prorrogar los plazos señalados en est'as BAsEs El olé"án-ü c-oircunso po ser siipen <io o cancelado hasta. a te.s de la ijii,'ó'icnéióñ óiü bue rn pno'iiáii io e;üm;; convenie te er comlré sin ñit:-'d; ;; ;;p " ón de causa y sin incunir en responsab l dad alguna como consecuenc a de ello " Numeral12.4: 'El CONCURSO podé ser suspendido o cánc lado o dejado sin efecto en cualquier momento v sin necesidad de expresaii""t,rj á'ió'":i á"e'ánles de la ADJUDICAOIÓN ije ' ü* iué l -i'li5lii -asl' ro estimare cónveniente el comrté' sin incurrir en üpo-n". ñoia "lsun". Esta decisión no es impugnable " Ceñirse a lo establec do en las BASES' Consulta No 2 Numeral2.2.1 de las Ba6ea ultades otoqadas a cada ííjij ril-ntén-esñiáñies lec -es "berán ser ro sufic entemery3ipl3-*,:t?: :l: Hji""ililü;i-d]'iijill-ni'",'i" -n1 - t presentación de su poderdanta todos ros H,H;iis';;;;;<ián ias e ses -Ái-residito soticrtamos nos conrirmen que el ;;;;;i;;t"e"i; una sociedad constituida Ln el extranjero que es el representante lesai ;;;;;;;l;';;-é *""rsal e dicna soc eáád en el Peru v'que cuenta con amplios poderes #:;#;;i;.-";ñ;r ante en to a Jáie e procedi; éntos admin strativos incluvendo ];;:i;;;;;lj p"ttitip"" on en liciüi onéi' puede acluar como REPRESENTANTE I EGAL de la sociedad extranjeé en el presente proceso'

2 "Decenio de l.r Dlspacidad en elperú" "Año de la consolidac ón EconómicaySocialdel Perú" Dependerá de las facultades otorgadas por el POSTOR al Representante Legal. Consult No 3 NumeÉ 4.3 de las Baseg El numeral4.3 de las Bases establece que los documentos que integren los Sobres No. 1, 2 y 3 deberán ser presentados en original y dos copias. As mismo, prcc sa que sólo en cáso de copias presentadas en reemplazo del origina, se requerirá legalizac ón notarial o consular y, en este últ mo caso. el refrendo del Ministerio de Relaciones Exleriores. Acorde con lo antedor, sol citamos nos confrrmen que los documentos qligdalgg que ntegren los Sobres No. 1, 2 y 3 9 requerirán de legalización notar al o vla consular, aun cuando se trate de docurñentos emit dos por una persona jurfdica o autoridad extranjera, salvo que las Bases no dispongan expresamente lo conlrar o. Corecto. Conaulta No 4 Literal b) dol Numeral de las Ba8e6 El l teral b) del numera de las Bases esteblece que los las Declarac ones JuÉdas contenidas en los Formularios No. 1 y 2 del Anexo 4 deberán contar con la frma del REPRESENTANTE LEGAL del POSTOR deb dameng legalizada notar al o consular. Sin embargo, dicha exigenc a no se repite dé rnaner r genererl paia el resto de formularios. S endo asf, solicitramos noa confirmen que los formular os!9 requer Éñ de firma legalizadá del REPRESENTANTE LEGAL del POSTOR, a menos que las Bases nd quen expresamente lo cont ado, como es el caso de los Formu arios No. 1 y 2 delanexo 4. Correcto. Consulta No 5 Numeral 5.6 de las B sos De acuerdo con el numelirl 5.6, el Postor puede eximirse de presentar documentación que haya presentado en otros procesos admin strados por PRoINVERSION. Para ello, el Postor deberá obtenerde esta entidad un "Cert ficado de V genc a de Documentos d6 Precalificación / Caedenc ales", el mismo que no será exped do respecto de aquella documentac ón qué obrare en poder del Comité con más de d993!99!9!d qqc!eg. Al respecto, cons deramos que Ia expedic ón del "Certificado de Vigencia de Documentos de Procal ficac ón / Credenciales", debe hacerse respecto de todos los documentos que por su naturaleza se mantengan vigentes (s n considerar su fecha de presentación) y que obren en poder de cualquiera de los órganos de PROINVERSIÓN (no sólo del Comité). Eso, en cumpfim ento de lo dispuesto por el artlculo 40" de la Ley No , Ley del Proced miento Adm n strativo General (LPAG) que señala:

3 "oeeñio de lás Per$.ascon o úpacldad en él Perú" "Año de la conol dac ón Econónla vsoc aldelperú" Eñic-ulo 4o.- Documentación proh bida de sol c t r Para el nicio, prosecución o conclus ón de un procod miento, las entidades quedan prohibidás de sol citar a los administr dos la presentac ón de la s gu ente rnformación o la documentac ón que la contenga: Aquella que la entidad sol c tante posea o deba poseer en.virtud de algún trám te re;l zado anter ormente por el admln strado en cualouiera de sus deoendencias' o por haber s do fiscal zado por ellas, dur nte cinco 15) añ9 iiemore oue los datos no hubieren aufído vadac ón ni hava venc do la v oenc a dol documento enkeoado." (Subrayado agregado) En coñsecuenc a, sugedmos que el texto del numeral de las Bases bajo comentario' sea modificado por el s guiente: "Mecanismo de SimPlificac ón" es ei mecan smo oor el cual los POSTORES que hubieren precahficado en algún prcceso Guá ó á ü o poi, pnolnverslón durante los últ mos doscinco (25) años a la feche de oi""*tj"ün dé bs documentos de precalificación al presente concurso' pueden!ól "itáili "is"""i" de los clocumentos que hub eren presentado pa su precalificación iéóñe n' 1-) en cualquiera de dichos procesos y que' de acuerdo con su naturaleza' se L-antengan vigentes i la fecha cle presen ación del sobre N" l del presente CoNCURSO." (sre, Ceñirse a lo establecido en las BASES. Consulta No 6 Numeral 12.2 de las Ia mpugnación de Ia Buená Pro Jeniuentra cona cionada a la presentac ón de la Garantla de lmpugnación Ei áóüá.iir"t" de una garantia de impugnación como requisito de validez del Gcurso de ;;;;:r;,fi;a nionst túc onal Solicitámós suprimir este punto La inexigibilidad de dicho reór.riiito obedece a que se tteta de un requislto ábiertamente nconst tuoonal Al specto el Tr bunal Consütucional ha señalado lo siguientel "... En consecuenc a, también desde esla perspectiva' el establecim ento del pago de un i"i."i,io-o"o mpuqnar una dec sión de la ádministración es atentator o del principio "."!i t""i5""i Oé lii 'r *ión de ta arb trariedad en et ejerc c o del poder público y, además, i"ü" i-"á p"[p""ti"" más general estimula comportani entos contrarios al espkitu que debe inspkar uná prácüca adminlstrativa democráüca (. ) En la STC AAITC, este fribunal decláró que elderechode acceso la jur sdicc ón iáim-aoa oarte et contenido ;sencial del derecho a a tutela jurisdiccional' reconocido por el i""il"]ij u.ti*fo 139'de la constituc ón. Si bien este aspecto no ha s do invocado por el,üir-ü J i *"1 est ma necesario hácer notar que a la luz de la conf gurac ón del sistemaiurfdicoconle acióna atute ajudicia de osderechos'e establec mientodeunpago.iri á"i"", á""t"oi ú vla admin súativa se convierte' en la prácüca' en un obstáculo ;;;i;rl; ;;#;;ilstitucional de toda persona de acceder s n condic onamientos a la tutela judic al. Debe recordarse, a modo de precedente jurisprudenc al' que en la sentencia 3548_2003- náñc,-"* *álion de declarar que el pr ncipio solve et repete éra conkario al derccho d '"Li il" "r " iü 0", JáLita l&io qué er óndic onam ento del pago prev o p ra mpugnar,"á-j"á,orij" u Áo.inistración Tribuiaria constitula una restricc ón desproporc onada que la 3

4 "Decen ó de l.r D spacldad e. elperú" "año de la cóñsolid.c ón Económic y scial del Ped" hacla contraria a la Coñst tución. Hoy, con gual fuerza, debe afimarse que tamb én el pago, ya no de la multa como ocurrla en el caso del "pague primero y reclame después", s no de la tasa para enerva. la multa, med ante el recurso mpugnativo respect vo, consütuye gualmente una interferenc a económ ca del derecho de a@eso a la jurisd cción oue como derecho constituc onalmente reconocido no ouede ser condic onado baio ninoún suouesto (resaltado agregado). Por lo anteriomente mencionado, sol c tamos eliminar la garañtla de impugnación como requ sito prev o para presentar las reclamac ones y apelacionos. Ceñirse a lo eetablecido en las BASES. Coñsulta No 7 Introducción delanexo No 9 (Espec ficac ones Técnicas) de las Bases En la "lntroducc ón" al"anexo I Espec ficaciones Técn cás" del proyecto se indicá: El proyecto atenderá a 370 localidades de las regiones de Puno y Madre de Dios donde se prestará Serv cio Telefónico en la modalidad de Abonados y Teléfonos Públicos Füos o Móviles,... Según el párrafo, el Servicio Tolofónica puede ser: a) en la modalidad de Abonados y Teléfonos Púbicos Fijos, o b) en la modalidad de Abonados y feléfonos Públicos Móviles. (sic) Conf rmar que el Servic o Telefónico que se puéde proveer puede ser Telefonfa Fija o Telefonla Móvilo Telefonla Fija con Acceso Móv. R""or"sL Se mod fica la Inhoducc ó del Anexo No I (Texto Único Ordenado de les Especif caciones Técnicas) de las BASES, en los s gu entes términos: lntroducción t...1 El PROYECTO atenderá a 370 localidades de las regiones de Puno y Madre de Dfos donde se prestará Serv cio Telefón co F o en las modalidades de Abonados y de Teléfonos Públ cos F io6-o-llóvil66; Sery c os Portadores en la modalidad de conmutados y no conmutados para los senic os de portador local, nac onal e internacional, y Serv c os de Valor Añadido, en particular el Serv cio de Conmutación de Datos por Paquetes (en adelante Acceso a Intemet) y Mensajerla Interpersonal en sus diferentes modal dádes (Correo Electrónico, Transm s ón E ectrónica de Documentos, Transferencia Electrón ca de Foñdos y Coneo Electrónico de Voz), beneficiando a más de 120,000 pobladores, sin p 4uicio que pueda br ndar otros sen c os públ cos d tolecomunicaciones. Co aulta No 8 Numeral 8.4 del Anexo Nó 9 (Especil cacionés Técd caa) de las Bases En el numerál 8.4 de las Especificaciones Técnicas" del proyecto se hace referenc a al sistema de acceso inalámbrico. Solicitamos confimamos en detalle la d sponib lidad del espectro de frecuencie en lá banda 450M y sus resp ct vas sub-bandas. De la m sma manera, la d spon b lidad del espectro de frccuencia 2.5GHz, 2.6GHz y 3.5GHz y sus respectivas subbandas. Sol citamos que tales vedficac ones se realicen en todas las local dades comorend das en el asl como en las an como alternat vas. 4

5 'De.en óde las Pé.sn t.ór Dl*apacid d en el Petú" 9ño de la Coniolidá. óñ Económi4 V S.c. del Penl" Solic tamos nos confirmen que en c lso algunas de las bandas nd cadas este en poses ón de ábun operador en algunas úcal dades pe ó que no estén s endo explotadas' éstas puedán ser usláas en el proyéc,to sigu endo la nomativa existente relaüva al uso del espeotro radioeléctrico. Es responsabilidad de cada POSTOR obtener la nformación materia de la consulta *li"iu,idotu a la D rección Genera do Conces ones en Comun cac'ones del M n gter o de Transportes y comun caciones. Consulta No I Numer l 2.2 delanexo No 9 (Especftlcac onos Técn cas) de las en e acáp te e) se exige ""tá"i,"j p ptlblic para fines'de uso público gratuito. Se.solic ta elim nar e tá sol citud ;Ñ ;; ; il ;so'áeiserv cio de Inérnet e;mavor grado será de uso público el cual "l "n"-rn iap"'ao en costos pare el nversioñista. En todo caso' sugerimos un costo flterenciat én casos ae uso púü co que deberá con el Adjt d ca ario Respuesta Ceñ.se a lo establec do en la Circulár No 32. Consult No l0 Anexo No 9 (Especifcac ones fécnicas) de las (lnternet, Telefonla de Áoóni os y puulica), oeberán flexibrlizarse según se sugiere a continuac ón: e) Debido al caécter rural de los servicios a brindar' sol citamos permit r que el Correo ' gr""t,oni"oi"",n" altemativa formal alacta de Interupoón delservicio el cual debe inárlr "*pii""" on, testimon os y la Ézón de la interrupción con inúormación de fácil probación por el supervisor (FITEL u Os ptel) b) Mrnim zar el uso cle testimonio o declaración impresa con c rácter legal para probar la ' ná álspon Uit ao de un servicio por razones de t empo (ejm: generar un.documento on"áiln aon"" rurales toma más tiempo que en zonas urbanas el simple hecho de apogonarse alcenko poblado es muy d st nto al de una c udad donde se cuenta con niáyores facilidades de lranspode, etc, usos y costumbres (ejm: en los pobládos,uééj "" a"o"tutbra "paga; continuamente el servicio por las noches por áhoro dé energfa, entre otros casos), clima, etc. bl seoun las meiores DÉcticas del mercado, se sugiere t pif car los casos en ' ioó nación con el organismo regulador/supenisor y permitir métodos más fexibles para discriminar los cagos de ind spon bilidad de los servicios sustentados por ;étodos electrónicos como los correos electrónicos registro de casos en pla aforma de atención al cliente, entre otros que fexibil cen lá sustentación de la d spon bil ded de los servic os en los términos exig dos por las bases Ceñirse a lo establecido en las BASES

6 "Decénio de lar Dlepacidad en el Pen1" "Año de la Cotuolida.ión Econóni.aysocialde P n " Conaulta No ll NumerBl 5.2 de las Ba6es De acuerdo con el Numeral de las Bases, es necesario prcsentar en dioma español o en otro id oña, requiriendo traducc ón en este últ mo caso, los Estados Financieros Aud tados del POSTOR o de la EMPRESA VINCULADA al POSTOR, de los años 2008 y Al respecto sol cilamos nos confirmen que, tratándose de emprcsa constitu das én el exkanjero y cuyos valores representativos de c pitálse coticén en la bo s de válores del pafs de origen, es posible acreditar d chos estados f nancieros con una cop a simple de los mismos, s émpre que la empresa en cuest ón se encuentre por mandato de la ley, sujeta a la supervisión de la autoridad estatál de supervisora de empresas y valores correspondiente- Debe tenerse presente que tratándose de empresas que cotizan en bolsa, por mandato de la ley su információn financiera auditada es pública y se reg stra tanto en la propia página web de la compañla, como en a pág na web de la autoridad estatal supetu sora de empresas y valores del pafs de origen. Hechos que pueden ser demostrados por el postor y verificados directarnente por el Com té. Sobre la bese de lo anterior, suger mos que el numeral c tado de las Bases, sea modificado de la s gu ente manerai '5.2 Requ sitosfinancieros. (... ) Para acreditar lo ind cado én los numerales precedentes el POSTOR incluirá adiciona mente dentro del Sobre N" 1, los siguientes documentos Estádos Financieros aud tiados del POSTOR o de la EMPRESA VINCULADA al POSTOR de los años 2008 y En caso que el POSTOR o la EMPRESA VINCUIADA al POSTOR cuya nformación finánc er se présente, sea una empresa que tenga valores inscr tos en un mecanismo centralizado de negoc ac ón (bolsa de valores) y que, en consecuenc a, su informac ón financ era sea públ ca, el POSTOR podrá acreditar el presente requ s to, a havés d una cop a s mple de los Egtados Financ eros aud tados y una declaración jurada garantizando la validez de la nformac ón proporc onada En el caso que el POSTOR no cuente con Estados F nancieros se podrá presentar una copia legal zada de la Declaración Jurada de lmpuesto a la Rentá presentada a la autoridad tributaria competente de los dos últimos ejercicios de act v dad económica del POSTOR o de la E \4PRESA VINCULADA al POSTOR cuya cifras se estén utiléando- Esta informac ón podé ser pgsentada en idioma español o en oho dioma, requ r endo traducción en este último caso. Ceñrrse a lo establec do en la Circular N'31. Corcult No 12 Numeral 5.3 de as B ses De acuerdo con el literal a) del Numeral de las Bases, el POSTOR deberá presentar copia autenticada de sus normas de func onamiento (contrato social, estatutos) legalmente inscritos y sus modificaciones, si las hub era.

7 'Décén ode 18 PeÉonas con Dkc oacld d en elperú' "año d lá consl v 5@l l del una empresa constituida en el ertranle.o i que conforme a las normás del pals de origen no está obl gal?-?-í, "g-.?-l "ii"iuiá",'oti"" no-as de tunc onam ento inscritas en el registro pliblico peéinente' bastará con oresentar el documento de constitución y una declaración juradá garantzando que no cuenta con estiatutos o normas de funcionámiento nscdtas. Sobre la base de lo anterior, sugerimos la sigu ente mod ficac ón al numeral bajo comentario: '5.3 Requ sitoslegáles El POSTOR deberá acred tar el cumplimiento ds los sigú entes Requ s tos Legales: Que el POSTOR sea una PERSONA o un CONSORCIO' deb endo acreditar este requ s to a través de la presentación de lo siguiente: a. (... ) Respuesta Ad cionalmente, el POSTOR deberá acompañar copia autent cada del initirmento qu; b constituye y de sus normas, de.tuncionamiento (contrato ioii"i é"t"tudo"), l"g"rmenté iníritos y sus modif cac ones' si las hubiere s el posion " "r iáieg;ante det consoirclo es una da en el ""tán ",o i qu" "oirorme a las normas del pals de origen no está obl gada a ónta/ con'estatutos u otras normas de funcionam ento inscritas n el registro búblico Dert nente bastará con presentar el documento ón y una i!iüá":io"-i"áilá g"ántizando que no cuenta con estatutos o normas de funcionam ento nscritas." Ceñirse a lo establec do en la C.cular No 31' Consulta No 13 ÑJr"i"r r.á.f.s "f nexo No I (Especificaclones Tócnicas) de las Base6 lo " Debe decir Se ndicá "...REP ésta as gnar otros espi i].rieif sáñ'énááñ y Ét-se asisnar n okos espac os sim lares al ADJUDIcATARIo v asumirán...". ResDuesta Ceñirse a lo establecido en las BASES. Con$ulta No l Ñuruiál l.ó.2. "rnnexo No I (Espoc f caciorea Técnicab) de las Bases ü;;"-;;;;i" ;;á respecto. No de f bra óqt ca Y,sobre eslo-s áctp"iio" de tánsm s on de á canales (Els) Dar más detalle al 7

8 "Decen ode la! Pe6onas con Olscapacidad en elpenl" "Año de lá conelidaclór tconórie v soc aldelpenl" Conaulta No l5 Numeral ' delanexo No 9 (Especmcac ones Técn caa) de las Bases El objet vo de la faja de seru dumbre es prol ger do daños por el tendido de la llnea de tensm s ón eléctr ca. El ADJUDICATARIO usará f bra óptica la cual no causa n ngún daño extemo, por lo que no 6e deberfa asumircosto alguno. Respuesta Ceñirse a lo establecido en las BASES. Consult. No 16 Numeml ' delanexo N' 9 (Especificac ones Técn cas) de las Bases Solicitamos se just fique el pago de esta contraprestación económ ca, asf como ae detalle en las especif cac ones técn ca8 y elcontrato de financiamiento este valor. Ceñ rse a lo establec do en los Contratos ADJUDICATARIO - EMPRESAS ELECTRICAS. Consulta No l7 Numera del An xo No 9 (E6pecificac one8 Técn cas) de las Báses Los dos (02) pares de fibrá óptica on el tramo Jul aca - Azángaro á ser enhegados a REP solo deben aer para uso oxclus vo de ellos y no pueden ser ced dos a otra empresa. Ceñ rse a lo establec do en las BASES. Con6ulta No l8 Numeral 2.1.c) delanexo N'9 (Especificac ones Técn cas) de las Bases Se debe el minar todo lo rcferente a la hora pico, ya que la velocidad mlnima garant zada puede suceder hmbién por otros factores, tiales como cambios climáticos, sobrecaigas de los equ pos y otros exlernos no contemplados. Además en el nciso (d) indica que se debe mantener la sobresuscripc ón de 'l r10 o mejor y con este ftem se está cubriendo lo anteaior. Ceñ rse a lo establec do en las BASES. Consulta N'19 Numeral 3.5 delanexo No I (Espec flcac onea lécn caa) de las Bases Se establece la contraprestac ón para el EMPRENDEDOR; solicitemos que se aclare que el porcentaje establec do que ncluye llamadas con tarjeta8, sea sobre ta4elas de EL ADJUDICATARIO. Rosouesta Ceñirse a lo eslablecido en la Circular No 32.

9 "teceniode lai Pe6onas con DtÉp.cidad en elpen " "Año de l Consl y Soc l del Pe.ú' Consulta No 20 Numeral 4.5 del Anexo No 9 (Espéc f cac onos Técnicas) de las a comercializar_ Debé dec r il..éi-i"r " á e Gretonta en b módal dad de abonados se debe comercial zar en la modal dad de postpago o llnea con llmite de consumo o prepago' Respuesta Cañirse a lo establec do en las BASES. Consulta No 2l Ñumiral 2.a.1 Oel Anexo No 9 (Espec f caclonee Técnicas) de las Bases S debe aareqar el siguiente párrafo: ;er r-""t",i-é"t" *ií portal ;omo página web de in c o en todos los term nales de cómputo "té ""r-,""pón""uil oád del EMPRÉNbEDoR" Ya que se puede var ar en forma manual' por virus, o luego de fomatear. Respuesta Semodificae Numera 7,3'1'de AnexoNog(TextoÚn coordenadode asespec f caciones Técnicas) de las BASES, en los s guientes términos: EL ADJUOICATARIO es el responsable del diseño e implementación de un FoüiJá ln cio e un mlnimo de 5Oo Mbytes' que contenga ácceso a sitios de intemet o información especlfica' con el cual queden satisfechos los-princ pales,"i ii".."i"t de infcmiac ón del poblsdor rurat.du ante las instataclon'o' ar'j o g e e porta será eseblecido como página Web de inicio p-or.defécto e ijoi los term nates de cómputo de las cáblnas y cablnas INTERNET OBLIGATORIA. EL ADJUDICATARIO es el responsable del mantenim ento y actualizac ó del Fiti"iirár't" ü " é"nó " o"t collalto DE FINANcIAMIENTo l Portal i*iiá rn áot n o pl'óp o, costo que será asum do por ei ADJUDIGATARIo Consult No 22 ÑiÁ"á]"i lal v l.2 el Anexo No 9 (Especificac o e Técnicas) de las Bases ffiles de interrupción 8e conirad cción on elpunto 14 7 que hablade los siguientes reportes mensuaes:. El reporte mensualde nterrupción delacceso a Intemet - Apéndice N' 13. El üpott" mensual de inteirupción del senicio de telefonla fta en la modal dad de teléfonos públicos - Apéndice N" 14. ill r"oo,t l mensual de intenupc ón del serv c o de te efonla fija en la modal ded de tebfo;la de abonados - Apéndice N 15 Se p de se aclare si los rcportes de intenupc ón de cadá s rv cio son trimestrales o mensuales. I

10 "Decen o de 18 PéÉñ i@ñ oispacidadén élpé ú" "Año de la coñsolida. ór E oñóñicaysociálde Perú' Respuesta Se mod fica el l teral d) del Numeral del Anexo No I (Texto Ún co Ordeñádo de las Especificac ones Técnicas) de las BASES, en lo9 s gu entes términos: Con el propós to de superuisar la continuidad y calidad de los servicios, e ADJUDICATARIO presentará coordinando con FITEL y/o el SUPERVISOR en formato digital (hojas de cálculo, baa* de datos, etc.), los siguientes reportes: t...1 d) Reporte tr me {cal mensual de interupción de cada serv c o por LOCALIDAD geneficiaria. Conaulta No 23 Numerales delanexo No I (Espec f cac ones Técn cas) de las Bases Se solicita agregar que si la cáusa de a nterrupción es ocesionada por el emprendedor, a nterupc ón no será atribuida al ADJUOICATARIO; por tianto el tiempo conespondiente asl como el que requiera al Adjudicatario pa tomar las med das coffect vas necesarias para subsanar las causas de esas nterrupc ones, ncluyendo el reemplazo del EMPRENDEOOR o asum r directamente el funcionañiento de le CABINA, no serán conside dos como interupciones delserv c o para fnes delélculo de d sponib l dad. Ceñirse a lo establecido en les Beses. Consulta N' 24 Anexo No I (Especif cac oneo Técnlcas) de las Bases Se sol c tia anular la mod ficac ón respecto al retardo de 500 milisegundos (ms) ya que va en contra los numerales y 8.4 delanexo N' 13 ESPECIFICACIONES TECNICAS que indica lo s gu ente "...los POSTORES t enen libertad de util zar las tecnologlas y aquitectugs de red más efic entes". Se han rcalizado estudios intemos en el área de Plánificác ón de Red de Acceso y se contéto a la PUCP p ra el desárrollo de una consultorfa, ambos realizeron él diseño de una Red de Acceso a las local dades benef c arias del proyecto llegando a a conclusión que es necesaria una solución mixta (satel tal e inalámbricá) para poder atender a dichas local dades de una maneé técn camente v able, eficiente y minim zando el r esgo de indisponib lidad. Es por ello que recomiendan la util zac ón de la tecnologla satelita en c ertas local dades que debido a su poca acces b lidad es compl cado, desgoso e neficiente utilizar tecnologlas nalámbrices, lo cualsejustifica en elanexo adjun o. En su defecto, se sol c ta que se fije un porcentaje máx mo para la nstalac ón de local dades con tecnologf a satelital. Ce6irse a lo establecido en las Bases. 10

11 "Decen o de lar Persnas con Dkcepac dad er el Penl" "año de r coñsolidacióñ E@nóñ.a yso.ieldelpenl" Consull No 25 Numerales , , y Anexo No 14 de las B.sog No. 28, se comun ca a los postores la modiñcación de los numerales f.3.47; , 14, y el Anexo N' 14 de las Bases del proceso de selección, a fin de elim nar la obligación de emit r la GARANTIA DE PAGO ADELANTADO Como se puede apreciar la f nal dad de la Circular No 28 es elim nar la GARANTIA DE PAGO ADELANTADO, cuyo objet vo era garantizar el buen uso del PAGO ADELANTADO En su lugar se esta supeditando la entaega del primer desembolso al cumpl m ento de nueve I Métas, a las cuales se les ha impuesto penalidades en la cláusulá v gésimo primera del contrato de financiamiento, aumentando desproporcionadámente las obligaciones de log postores. En ese sentido requerimos se reinstituya la GARANTIA DE PAGO ADELANTADO y se elim nen por lo tanto las modificac ones al Anexo 8 - Propuesta Económica Ceñirse a lo establecido en la Circular N'32. Lima,.3Q... de... de 201O. h L5r.kV,v4,-cc ll...:...--.::--...: -.- /Roxena Barenlo3 Cácerea Pres dente delcomité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomun caciones, Enorgla e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD 't'l

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