DECRETO DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA: En la ciudad de Algeciras, a cuatro de Septiembre de dos mil doce.

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1 DECRETO DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA: En la ciudad de Algeciras, a cuatro de Septiembre de dos mil doce. Visto que con fecha 20 de Diciembre de por la Responsable Administrativa de la Fundación Municipal de Igualdad y Bienestar Social de este Excmo. Ayuntamiento, se señaló e informó la necesidad de realizar la contratación de la gestión del servicio público de AYUDA A DOMICILIO mediante la modalidad de concesión, por los motivos siguientes: pprevención y protección de los ciudadanos, favoreciendo su atención y asistencia así como garantizar su bienestar, prestándoles la atención especializada que requieran, amparándolos específicamente para el disfrute de los derechos que el Titulo I de la Constitución Española otorga a todos los ciudadanos. Igualmente, se formuló propuesta por parte de la Sra. Delegada de Asuntos Sociales, Doña Paula Conesa Barón, de incoación y aprobación del correspondiente expediente. Visto que dada la característica de la gestión del servicio público que se pretende en este Ayuntamiento, señaladas por la Sra. Responsable Administrativa de la Fundación Municipal de Igualdad y Bienestar Social, se considera como procedimiento más adecuado el procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Visto que con fecha 17 de Enero de se dictó Providencia por esta Alcaldía Presidencia sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente. Visto que con fecha 17 de Enero de 2.012, se emitió Informe por la Responsable Administrativa del Departamento de Contratación, sobre la Legislación aplicable, el procedimiento a seguir y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que con fecha 17 de Enero de 2.012, por Resolución de Alcaldía se aprobó iniciar el expediente para la contratación referenciada motivando la necesidad e idoneidad de la contratación propuesta.

2 Visto la certificación emitida por el Sr. Interventor de Fondos, en el que se hace constar la existencia de consignación suficiente para atender el gasto por importe total de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS ( ,36 euros), con cargo a la partida (nº ) del Presupuesto Municipal para el ejercicio económico del año 2.012, así como la disposición del gasto por importe de ,36 euros, IVA incluido anuales, con cargo al Presupuesto Municipal del ejercicio económico para la Gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio. Visto que las Aportaciones que la Junta de Andalucía efectúe a favor del Ayuntamiento como consecuencia de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que en virtud de la última resolución aprobada en 2011 se estima en la cantidad de ,00 euros/anualesvisto que con fecha 9 de Febrero de 2.012, se redactó e incorporó al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir la adjudicación del contrato. Visto que con fecha 9 de Febrero de 2.012, se emitió informe jurídico favorable por el Sr. Secretario General. Visto que con fecha 5 de Marzo de 2012, se realizó por el Sr. Interventor de Fondos Informe de fiscalización del expediente. Visto que mediante Decreto de Alcaldía nº dictada con fecha 5 de Marzo de 2.012, se aprobó el expediente y el Pliego de Cláusulas Administrativas para la adjudicación del contrato de Gestión de Servicio Público de AYUDA A DOMICILIO mediante la modalidad de concesión y procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación, asimismo se procedió a la aprobación del Pliego de Condiciones Administrativas y de Prescripciones Técnicas que rige en el contrato. Se autorizó el gasto que supone la adjudicación, por importe de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS ( ,36 euros), el gasto que para este Ayuntamiento representa la contratación referenciada, con cargo a la partida (nº ) del estado de gastos del Presupuesto

3 Municipal de este Ayuntamiento para el ejercicio 2012, así como la disposición del gasto por importe de ,36 euros, IVA incluido anuales, con cargo al Presupuesto Municipal del ejercicio económico para la Gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio, igualmente se dispuso el gasto de las aportaciones que la Junta de Andalucía efectúe a favor del Ayuntamiento como consecuencia de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que en virtud de la última resolución aprobada en 2011 se estima en cuantía de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL EUROS ANUALES ( ,00 euros/anuales). Visto que con fecha 18 de Abril de 2012 se publicó anuncio de licitación por plazo de QUINCE DÍAS en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Perfil de contratante del órgano de contratación y en la Plataforma de Contratación del Estado, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones. Visto que durante la licitación se presentó las siguientes proposiciones que constan en el expediente: ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO E INNOVACIÓN SOCIOSANITARIA ADISA y D. RAFAEL LUQUE MOLINA. Visto que con fecha 10 de Mayo de 2012, se constituyó la Mesa de Contratación, y ésta, tras la recepción del informe de valoración técnica, realizó la siguiente propuesta de adjudicación: mil doce. En Algeciras, siendo las diez horas del día veintitrés de Mayo del año dos Reunidos, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, por delegación, la Sra. Tte. Alcalde Delegada de Contratación Dª. Eva Pajares Ruiz, que actuará como Presidente, la Sra. Concejal Delegada de Asuntos Sociales, Dª. Paula Conesa Barón, el Secretario de la Corporación, D. José Luis López Guío, el Interventor de la Corporación, D. Antonio Corrales Lara, Dª Gema Aranda Sagrario, Responsable Administrativa de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social, que actuarán como vocales y Dª. Isabel Mª Toba Paniagua que actuará como Secretaria de la Mesa de Contratación, y Asimismo, se cuenta igualmente con la asistencia de D. Antonio Vera Tapia, Técnico de Planificación, representantes del Grupo Municipal PSOE, D. Diego Sánchez Rull y D. Miguel Alberto Díaz Gil, representante del Grupo Municipal IU-CA, D. Antonio E. Delgado Benítez y representante del Grupo Municipal PA, D. José María España Núñez, para la apertura del sobre B Oferta Económica, presentadas para optar a

4 la adjudicación del servicio por procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación de AYUDA A DOMICILIO, con el siguiente resultado: Se reanuda la sesión de la Mesa de Contratación haciendo uso de la palabra la Secretaria de la Mesa, procediendo a la lectura y aprobación, si procede, del Acta de la sesión celebrada el pasado día 17 de Mayo de 2012, dándose por aprobada por unanimidad y continuándose con la celebración de la Mesa. Por parte de la Presidencia se da el turno de palabra a la Secretaria de la Mesa que da lectura al informe evacuado por técnicos municipales y que literalmente dice:... INFORME DE LA COMISIÓN TÉCNICA A continuación desarrollamos la valoración de las distintas proposiciones presentadas para la gestión del servicio de ayuda a domicilio A.D.I.S.A PUN ADL PUN...METODOLOGIA, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL SERVICIO, SISTEMA EVA. IMPLEMENTACIÓNES Desarrolla la ejecución del servicio, En su estructura organizativa no especifica la figura de dos Trabajadoras Sociales. 7 Extensa presentación técnica del desarrollo y ejecución del servicio, concreta y detalla los sistemas de evaluación e implementación, Dentro de la estructura organizativa especifica dos Trabajadores Sociales, requisitos del pliego 10 Sistemas de coordinación y organización con los usuarios, funciones No especifica el nº de usuarios por coordinador, según consta en el pliego 2 Presenta a los dos Diplomados en Trabajo social, una de ellas como responsable, haciendo cargo a cada una de 175 usuarios 5 Proyecto calidad Presenta procedimiento a seguir. 5 Presenta procedimiento a seguir. 5 Adecuación del proyecto al contexto social económico y geográfica de Algeciras Adecua el proyecto al contexto social 4 Estudio exhaustivo de la población de Algeciras datos estadísticos, adecuando el proyecto al contexto social 5 Elementos materiales, y humanos técnicos No refleja la creación de una sede social en la Ciudad, ni los medios informáticos y de 2 Refleja la creación y dotación la sede social, y los medios informáticos y de 5

5 comunicación con los que cuenta. comunicación. Plan de formación interna Presenta un Plan adecuado a la formación 5 Presenta un Plan adecuado a la formación 5 Código Deontológico Presenta el principio ético bien diseñado Mayor cobertura de la póliza de responsabilidad civil Presenta cobertura inferior comprometiéndose a su ampliación 5 Presenta el principio ético bien diseñado 4 Presenta cobertura superior 5 5 PROYECTO TECNICO TRABAJO... DE A la vista del informe presentado, piden la palabra los Sres. Representante del Grupo Municipal PSOE, D. Diego Sánchez Rull y D. Miguel Alberto, Díaz Gil manifestando que con respecto a Metodología, desarrollo y ejecución del servicio, sistema evaluación implementaciones, se ha tenido en cuenta a la hora de puntuar la figura de dos Trabajadoras Sociales, otorgándole 3 puntos menos a la Empresa ADISA y dado que dicho personal es requisito del pliego de condiciones, no debería considerarse y valorar dicho criterio del mismo modo a ambos licitadores. Asimismo en cuanto a la creación de Sede social preguntan a la Secretaria de la Mesa, si no consta la misma en la documentación aportada por la empresa ADISA, manifestado ésta que en la documentación administrativa refleja un domicilio social. La Presidenta de la Mesa da el turno de palabra a la Sra. responsable Administrativa de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social, Dª Gema Aranda Sagrario, manifiesta: 1º. Que la puntuación otorgada a las distintas empresas para Metodología, desarrollo y ejecución del servicio, sistema evaluación implementaciones, no se basa únicamente en los dos trabajadores sociales, sino también en el desarrollo y ejecución del servicio, en el detalle delos sistemas de evaluación e implementación, como así se expone en el informe. 2º. En cuanto a la Creación de Sede social, se reitera en el informe, ya que en la documentación presentada en los Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor sobre C, no consta la creación de la misma, no obstante, en cuanto a la puntuación de este criterio no sólo se ha tenido en cuenta la sede sino también los medios materiales, técnicos y humanos como informáticos, y de comunicación.

6 La Presidenta de la Mesa de común acuerdo con los miembros de la misma, teniendo en cuenta lo manifestado por los Sres. Representantes del Grupo Municipal PSOE y escuchado a los técnicos municipales, acuerdan incrementar la valoración del criterio Metodología, desarrollo y ejecución del servicio, sistema evaluación implementaciones en dos puntos a la empresa ADISA, quedando la puntuación total de dicho criterio de la siguiente forma: ADISA... 9 PUNTOS; ADL PUNTOS. En cuanto al criterio Elementos materiales, técnicos y humanos, los miembros de la mesa consideran que la puntación otorgada es acorde con lo documentado, por lo que se mantiene la valoración expuesta en el informe técnico. En consecuencia, la puntuación global de los Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor sobre C queda de la siguiente forma: TOTAL PUNTOS PROYECTO TÉCNICO DE TRABAJO ADISA ADL Vista la valoración de las propuestas técnicas, se procede a la apertura de los Sobres «Número B» (proposición económica y demás criterios cuantificables automáticamente), que arroja el siguiente resultado: PLICA Nº 1: D. ANTONIO MOYA ANDRADES, con D.N.I D, en nombre y representación de la entidad ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO E INNOVACIÓN SOCIOSANITARIA ADISA, con C.I.F. G , con domicilio en C/ Hércules, nº 4, (11207-ALGECIRAS), hace constar que conoce el pliego que sirve de base al contrato y lo acepta íntegramente, tomando parte de la licitación y se compromete a llevar a cabo el objeto del contrato por importe de DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL ERUSO ANUALES ( ,00 /anuales) exento de IVA. PLICA Nº 2: D. RAFAEL LUQUE MOLINA con D.N.I M, en su propio nombre y representación, con domicilio en C/ Molinos, nº 17, ( AGUILAR DE LA FRONTERA) (CÓRDOBA), hace constar que conoce el pliego que sirve de base al contrato y lo acepta íntegramente, tomando parte de la licitación y se compromete a llevar a cabo el objeto del contrato por importe de ONCE EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS DE EURO (11,40 ) Y CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILÉSIMAS DE EURO (0,456 ) correspondiente al Impuesto sobre el Valora Añadido (en su caso) y propone las siguiente mejoras cuantificables automáticamente: A.1- MEJORA DE AMPLIACIÓN anual.

7 1. Incremento dotación mínima de personal establecido en el Pliego de prescripciones Técnicas PROFESIONAL DE MANTENIMIENTO... 2 TRABAJADORES PODÓLOGO... 1 TRABAJADOR PELUQUERIA... 2 TRABAJADORES FISOTERAPEUTA/REHABILITADOR... 1 TRABAJADOR 2. Otras mejoras Nº de limpieza de choque gratuitas...10 HORAS GRATUITAS. Nº de horas anuales gratuitas a usuarios de bajo poder adquisitivo, realizado por la empresa... 5 HORAS GRATUITAS 3. CALIDAD DEL SERVICIO...CERTIFICADO DE CUMPLIR NORMAS ISO 9001:2008 Y 14001:2004. SE ADJUNTA DESPUÉS DE ESTOS FOLIOS, COMULSADAS. A la vista de las oferta presentada por D. Rafael Luque Molina, los Sres. Representante del Grupo Municipal PSOE, D. Diego Sánchez Rull y D. Miguel Alberto, Díaz Gil piden la palabra, manifestando que se haga constar en acta que se muestran en desacuerdo en admitir dicha oferta dada la inviabilidad de la misma debido al importe aplicado al servicio. A lo que el Sr. Secretario General manifiesta que efectivamente la oferta parece adolecer de error, no obstante, no considera que se debiera proceder a su no admisión, sino dar audiencia al licitador para que en el plazo improrrogable de tres días hábiles, justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. Suficientemente debatido el asunto, la Presidenta de la Mesa de común acuerdo con los miembros de la misma, acuerda que se actúe conforme a lo dictaminado por Sr. Secretario General, posponiéndose la mesa hasta nuevo aviso.... Visto que con fecha 23 de Mayo de 2012, se concede a D. Rafael Luque Molina, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81.2 y 84 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, un plazo de TRES DIAS HABILES, con el fin de subsanar los errores u omisiones observados en su oferta. Visto que en tiempo y forma D. Rafael Luque Molina, presenta escrito por el que justifica el error observado en su oferta.

8 Visto que con fecha 4 de Junio de 2012, mediante Decreto de la Alcaldía nº , se da audiencia a D. Rafael luque Molina, licitador que ha presentado oferta que incurre en valores anormales o desproporcionados, para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. Visto que con fecha 13 de Junio, D. Rafael Luque Molina, presenta estudio económico justificando la valoración de su oferta y precisando las condiciones de la misma. Visto que con fecha 10 y 13 de Julio de 2012, los Sres. Interventor de fondos y Responsable Administrativa de la Delegación de igualdad y Bienestar Social, respectivamente, emiten informe relativo al estudio económico justificativo de la valoración de la oferta presentado por D. Rafael Luque Molina. Visto que con fecha 17 de Julio de 2012, se reanuda de nuevo la sesión de la Mesa de Contratación, con el siguiente resultado: doce. En Algeciras, siendo las diez horas del día diecisiete de Julio del año dos mil Reunidos, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, por delegación, la Sra. Tte. Alcalde Delegada de Contratación Dª. Eva Pajares Ruiz, que actuará como Presidenta, la Concejal Delegada de Asuntos Sociales, Dª. Paula Conesa Barón, el Secretario de la Corporación, D. José Luis López Guío, el Viceinterventor de la Corporación, D. José Manuel Pérez Cruz, la Responsable Administrativa de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social, Dª Gema Aranda Sagrario, que actuarán como vocales y Dª. Isabel Mª Toba Paniagua que actuará como Secretaria de la Mesa de Contratación. Asimismo, se cuenta igualmente con la asistencia de Dña. Pilar Enriquez Burbano, Letrada de este Excmo. Ayuntamiento, D. Antonio Vera Tapia, Técnico de Planificación Económica, representantes del Grupo Municipal PSOE, D. Miguel Alberto Díaz Gil, Dña. Rocío Melgar Clavijo y Dña. Rocío Arrabal Higuera,

9 representante del Grupo Municipal IU-CA, D. Antonio E. Delgado Benítez y representante del Grupo Municipal PA, D. José María España Núñez. Se reanuda la sesión de la Mesa de Contratación haciendo uso de la palabra la Secretaria de la Mesa, procediendo a la lectura y aprobación, si procede, del Acta de la sesión celebrada el pasado día 23 de Mayo de 2012, dándose por aprobada por unanimidad y continuándose con la celebración de la Mesa, a fin de proceder a emitir propuesta de adjudicación, si procede, de la Gestión del Servicio Público de AYUDA A DOMICILIO, mediante la modalidad de concesión, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Por la Secretaria de la Mesa se hace constar de la petición formulada al Licitador D. RAFAEL LUQUE MOLINA, de conformidad con el Decreto dictado por la Alcaldía-Presidencia con fecha 4 de Junio de 2.012, a fin de que se procediera a justificar la valoración de la oferta y precisara las condiciones de la misma, tras observarse que incurría en valores anormales o desproporcionados, presentándose escrito justificativo con fecha 18 de Junio del actual, del siguiente tenor literal: RAFAEL LUQUE MOLINA, CON D.N.I M Y DOMICILIO EN C/ MOLINOS, 17, DE AGUILAR DE LA FRONTERA (CÓRDOBA) C.P EXPONE: Que habiendo tenido conocimiento de la remisión de escrito por la Mesa de Contratación del SAD de Algeciras, en la que se me requiere para que justifique la valoración de la oferta, y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponemos para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación. Para dar cumplimiento a la orden recibida, exponemos que el precio de 11,40 /hora, en la provincia de Córdoba, no es un precio que incurra en valores anormales o desproporcionados, puesto que las licitaciones de la provincia de Córdoba en municipios menores de habitantes parten del precio de 11,54 /hora más 0,46 de I.V.A., que en total suma 12 euros I.V.A. incluido. Para demostrarlo ponemos los siguientes ejemplos, de los que adjuntamos fotocopias de las cláusulas administrativas de las licitaciones de los siguientes municipios, en los que además se pide y se puntúa que el precio de 11,54 euros/hora se rebaje: Palenciana, Encinas Reales, Aguilar de la Frontera-Adjuntamos el contrato que tenemos firmado con el Ayuntamiento-, Hornachuelos, Castro del Río, Bélmez, Fuente Obejuna, y éstas son las licitaciones más recientes, por poner algunos ejemplos como defensa de nuestro precio para el servicio de Ayuda a Domicilio de Algeciras. También tenemos conocimiento de que en Málaga la Empresa CLECE gestiona la Ayuda a Domicilio municipal a 11 euros/hora más IVA, y así muchos más ejemplos por lo que creemos que nuestro precio en ningún momento es baja temeraria, si que rogaríamos que tuviesen en cuenta que quizás la valoración que ustedes puedan realizar del servicio quizás sea excesiva, por eso es el porque ustedes lo ven como bajada temeraria. SOLICITO: Se tenga por admitido este documento y los que se adjuntan a Él, para demostrar la veracidad y capacidad de esta Empresa para asumir el SAD de Algeciras en el

10 precio indicado, puesto que si en la provincia de Córdoba es admisible el precio de 11,54 euros/hora, incluso a la baja, como demostramos. Seguidamente, se pone en conocimiento de los miembros de la Mesa, de la petición de informe realizada por el Departamento de Contratación a los Servicios Económicos y Servicios Administrativos de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social de este Excmo. Ayuntamiento, a la vista del escrito presentado por la Empresa Licitadora, trascrito ut supra, procediéndose a dar cuenta de los mismos, que literalmente dicen: ANTONIO CORRALES LARA, FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL E INTERVENTOR DE FONDOS DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS, en cumplimiento de lo que preceptúan los artículos 214 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación a DAR AUDIENCIA A D. RAFAEL LUQUE MOLINA, LICITADOR QUE INCURRE EN VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN RELACIÓN A LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE AYUDA A DOMICILIO, informa lo siguiente: PRIMERO.- En base al estudio económico presentado por D. Rafael Luque Molina, se deduce que el precio ofertado para la prestación del Servicio Público de Ayuda a Domicilio es de euros. Este precio resulta de un número total de horas de servicios de horas. Este número de horas en principio no aparece en el expediente administrativo por lo cual el precio ofertado derivaría de un parámetro del propio ofertante. SEGUNDO.- Por otra parte, del estudio económico podría deducirse otro número de horas totales del servicio resultado de multiplicar el número de horas anuales de un auxiliar (1915 horas) por el número de auxiliares (114 aux.) es decir, horas. En tal caso, el coste total para el licitador del Servicio sería de No obstante, se deduce que el precio ofertado es el primero, puesto que el beneficio neto anual ( se deriva de deducir a aquel el coste del servicio ( ). Es cuanto tiene el honor de informar el funcionario firmante, no obstante, el órgano competente con superior criterio resolverá cuanto estime procedente. DÑA. GEMA ARANDA SAGRARIO, Responsable Administrativa de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, tiene el honor de emitir el siguiente: INFORME Que en relación al Decreto dictado por la Alcaldía-Presidencia el día 4 de junio de 2012, por el que se dispone a dar audiencia a D. Rafael Luque Molina, para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en relación a la gestión del Servicio Público de Ayuda a Domicilio; y a la vista del estudio económico presentado por D. RAFAEL LUQUE MOLINA, licitador de la oferta para dicha gestión, así como, el Informe emitido por Sr. Interventor de Fondos, de 10 de Julio del actual, informo lo siguiente:

11 1º.- Que se estima desde este servicio que el nº de horas totales no se puede deducir de las horas de trabajo de los/as auxiliares, ya que no todos/as trabajan a jornada completa, hay auxiliares a media jornada y otros auxiliares contratados por horas. 2º.- Por otra parte, se informa desde esta Delegación que el nº total de horas del Servicio de Ayuda a Domicilio es estimativo, informándole desde este servicio que en este año 2012, desde el 1 de enero hasta la fecha de dicho informe se han realizado un total de ,5 horas del servicio de Ayuda a Domicilio. Es por lo expuesto que se considera factible la oferta presentada, no obstante el Organismo competente con superior criterio resolverá cuanto estime procedente. Toma la palabra el Representante del Grupo Municipal PSOE, D. Miguel Alberto Díaz, manifestando que considera que la Empresa ADL no ha justificado debidamente su oferta, que puede ser temeraria y que podría entenderse que se ha presentado una nueva oferta conociendo los datos de la anterior, lo que supondría un trato privilegiado. Igualmente muestra su preocupación respecto de las condiciones laborales de los trabajadores del servicio, que podrían verse mermadas en el caso de que se produjese un cambio de empresa con problemas sociales y laborales. El Secretario señala que en la Mesa de contratación anterior se dio audiencia a la empresa ADL para que justificara la valoración de la oferta y precisara las condiciones de la misma, sin que dicha oferta fuera rechazada por la Mesa de Contratación, lo que no le consta que fuese solicitado por medio. Por ello y a la vista de la justificación y de los informes emitidos considera que la oferta puede ser cumplida y no hay motivos para su rechazo. Seguidamente, la Concejal de Contratación Dña. Eva Pajares señala que tanto una empresa como otra tienen obligación, a través del Pliego de Condiciones, de subrogarse en los contratos laborales de los trabajadores del servicio, en las condiciones establecidas, recordando que la empress que prestaba el servicio no se han presentado en la licitación. Por otra parte, garantiza que la documentación ha sido custodiada en el Departamento de Contratación, y que ningún licitador ha tenido acceso a los datos de otros. D. Miguel Alberto Díaz, sigue manifestando su disconformidad con la aceptación de la oferta y señala que no descarta acciones judiciales, así como que vigilará de forma estricta el cumplimiento del Pliego y de las condiciones laborales. Por todo ello, vistas las proposiciones económicas presentadas y atendiendo a los informe técnicos transcritos, se efectúa el siguiente baremo conforme a la ponderación establecida en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares: Licitador 1.- ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO E INNOVACIÓN SOCIOSANITARIA ADISA : 36,53 puntos Licitador 2.- D. RAFAEL LUQUE MOLINA: 95,00 puntos Visto que con fecha 23 de Mayo de 2012,se efectuó requerimiento al candidato, para que en el plazo de diez días hábiles presentara la documentación

12 justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato y constituyera la garantía definitiva, así como el abono de los anuncios de licitación. Visto que con fecha 24 de Agosto en curso, D. RAFAEL LUQUE MOLINA, presenta en el Registro General de Entrada de este Excmo. Ayuntamiento, escrito por el que solicita se conceda un aplazamiento para la entrega del aval bancario. Visto que con fecha 24 de Agosto de 2012, mediante Decreto de la Alcaldía nº , se concede a D. Rafael Luque Molina, una ampliación de cinco días hábiles para la constitución de la Garantía Definitiva, a contar desde el día siguiente a la notificación al interesado del acuerdo de la ampliación del mencionado plazo finalizando el mismo el próximo día 30 de Agosto de Visto que con D. RAFAEL LUQUE MOLINA, abonó el anuncio de licitación por importe de SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON ONCE CÉNTIMOS (649,11 euros) y presentó los documentos justificativos exigidos. Visto el certificado emitido por D. José Rodríguez Brito en su calidad de Interventor de BBVA, con fecha 29 de agosto de 2012, que literalmente dice: CERTIFICA: Que D. José Antonio Ramos Díaz tiene solicitado en esta entidad un Aval por importe de ,55 euros, para el contrato de gestión de servicio público de ayuda a domicilio, dicho aval se encuentra en tramitación por parte del Banco, sin que existan problemas para su concesión, una vez que la Directora de la Oficina, que debe suscribir el mismo, se incorpore el día 3 de septiembre de 2012, por lo que se estima que dicho aval bancario por importe de ,55 euros, sería emitido en la primera quincena de Septiembre.. Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre,

13 DISPONGO PRIMERO. Adjudicar a D. RAFAEL LUQUE MOLINA, con D.N.I M, en su propio nombre y representación, con domicilio en C/ Molinos, nº 17, ( AGUILAR DE LA FRONTERA) (CÓRDOBA), el contrato de Gestión de Servicio Público de AYUDA A DOMICILIO, mediante la modalidad de concesión, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, cuyo expediente fue aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 5 de Marzo de SEGUNDO. Condicionar la adjudicación a que previo a la formalizacion del contrato deberá haberse ingresado en la Caja de este Excmo. Ayuntamiento el Aval del BBVA por importe de ,55 euros, todo ello a la vista del certificado emitido por el Sr. Interventor de BBVA, trascrito en el cuerpo del presente decreto. TERCERO. Disponer el gasto por importe de ONCE EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS/HORA (11,40 /hora) suponiendo el contrato un total de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS/AÑO ( /año) no sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido, con cargo a la partida (nº ) del presupuesto vigente de gastos. CUARTO. Notificar el presente Decreto a D. RAFAEL LUQUE MOLINA, adjudicatario del contrato y citarle para la firma del contrato en documento administrativo. QUINTO. Publicar la formalización del contrato de Gestión de Servicio Público de AYUDA A DOMICILIO, en el Perfil de contratante, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de conformidad con lo establecido en el artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. QUINTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

14 Así lo dijo, manda y firma EL ALCALDE Y PRESIDENTE Ante mi, que CERTIFICO EL SECRETARIO GENERAL Fdo. José I. Landaluce Calleja Fdo. José L. López Guío

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