Decreto 110/2006, de 17 octubre Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha
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- Inés Medina Crespo
- hace 8 años
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1 D. Julián ESCRIBANO CASTELLANOS con DNI W en representación de la Sección Sindical de Albacete del Sindicato Profesional de Policías Locales de Castilla-La Mancha (SPL C-LM/CSL), con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Rosario nº 6, piso 2º puerta 14, de Albacete, por medio del presente documento EXPONE: En relación con la ADQUISICIÓN de medios materiales y uniformidad, que se tiene prevista abordar próximamente, según se desprende de los presupuestos aprobados por el Ayuntamiento de Albacete para el año 2014, así como de alguna de las conversaciones mantenidas con el SELLO Concejal y la Jefatura de la Policía Local, por parte del SPL C-LM siguiendo la línea de participación y aportación de propuestas que entendemos influyen en las condiciones laborales de la plantilla de Policía Local, y por tanto al menos esperamos sean estudiadas y valoradas, queremos trasladar: PRIMERO: Entendemos que la utilización de medios materiales y uniformidad son situaciones que afectan de manera indudable a las condiciones de trabajo de los agentes policiales y por lo tanto su adquisición (más concretamente sus condiciones técnicas) entran dentro de las materias de negociación establecidas en la Ley 7/2007 EBEP y la Ley 4/2011 del Empleo Público de C- LM, y de la propia legislación específica de Policía Local (Ley de Coordinación, Reglamento y otras disposiciones) incluso en el hipotético caso de que por parte de la Administración no se entendiera así, el sentido común y la práctica nos llevan de forma indudable a que aquellos que tienen que utilizar finalmente los medios materiales tengan opinión y participación sobre los mismos, evidentemente dentro de la capacidad presupuestaria existente en cada momento; además de cumplir con las especificaciones técnicas, homologaciones y calibraciones a las que obliguen las normas vigentes. Decreto 110/2006, de 17 octubre Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha Artículo 97. Derechos Los derechos de los miembros de los Cuerpos de Policía Local son los recogidos en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como los establecidos, con carácter general, para los funcionarios de la Administración local y, en especial, los siguientes: j) Al vestuario y equipo adecuado al puesto de trabajo que desempeñen, que deberán ser proporcionados por el Ayuntamiento. k) A la información y participación en temas profesionales, con las limitaciones que la acción policial requiere y la seguridad y reserva que el servicio imponga. l) A prestar el servicio en las condiciones de seguridad e higiene adecuadas. m) A la representación y negociación colectiva, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. o) A la prestación del servicio en condiciones dignas. 1
2 Todo ello, independientemente de los controles en materia de prevención de riesgos y salud laboral que también han de pasar. Ver art. 32 del Acuerdo Marco del Ayuntamiento de Albacete vigente. SEGUNDO: En relación con lo anteriormente apuntado, el Acuerdo Marco del Ayuntamiento de Albacete vigente, establece una serie de mecanismos de participación que desde el SPL C-LM queremos remarcar para su efectivo cumplimiento. En su anexo VI Condiciones Policía Local, artículo 22 establece: 22. MEDIOS MATERIALES Para la dotación de material y medios materiales se contará con la representación unitaria para el estudio de las necesidades existentes y la planificación de las prioridades su asignación, así como la composición y elección de los medios materiales y las prendas de uniformidad, todo ello de forma anual, antes de la redacción del anteproyecto de presupuestos de material. Aprovechar este escrito para trasladar nuestro malestar por no haberse respetado este procedimiento acordado entre las partes para la confección del presupuesto 2014, situación que esperamos sea corregida en lo sucesivo, con el cumplimiento de esta y otras disposiciones contendidas en el Acuerdo Marco y demás legislación de aplicación. No obstante esperamos que la participación de la representación sindical en lo que queda de proceso sea abierta, trasparente y efectiva. Resaltar que en otros periodos anteriores cercanos la Jefatura del momento consultó y dio una participación a la representación sindical tanto en estudio de las necesidades existentes y la planificación de las prioridades su asignación, así como la composición y elección de los medios materiales y las prendas de uniformidad, (cascos de motoristas, defensas extensibles, calzado, etc ) lo que significó una mayor opinión y valoración a la hora de elegir finalmente las características técnicas de los equipos. En cambio recordar que en la adquisición de la última adquisición de vehículos patrulla y de las motocicletas no existió ese proceso de consulta, siendo al menos cuestionable el resultado final y efectivo de su adquisición con el importante coste económico que supuso (por ejemplo, las nuevas motocicletas apenas son utilizadas ante su incomodidad en la conducción e inadecuadas características técnicas para su conducción en el servicio policial por ciudad). VEHÍCULOS Entendemos que compartimos todas las partes que la situación a la que hemos llegado de desgaste y deterioro del parque móvil de la Policía Local de Albacete es insostenible y además de abordar de forma urgente su renovación, hay que estudiar y profundizar en los motivos que nos han llevado a esta situación (para intentar que no vuelva a ocurrir), en la que los vehículos patrulla especialmente sufren averías que originan por un lado su indisposición para el servicio y en otros casos situaciones de peligro e incluso accidentes para los agentes que los utilizan (con algún reventón de rueda, fallos en los frenos, averías constantes de luces, puente de luces de emergencia, incluso no pasar la ITV, etc ). Tenemos un parque móvil obsoleto y desgastado, con vehículos con miles y miles de kilómetros 2
3 en ciudad principalmente, que pasan por distintas manos las 24 horas del día, los 365 días al año. Entendemos que los vehículos patrulla debe estar en PERFECTO ESTADO, más allá de cumplir con la legalidad de pasar periódicamente la correspondiente ITV, todo ello debido a que cuando es necesario se llevan a situaciones de extremas donde es necesario que las medidas de seguridad activas y pasivas funcionen a la perfección, para ello el sistema de frenado, neumáticos, dirección, abs, airbag, etc deben estar no solo legalmente adaptadas, sino adaptadas a esas situaciones extremas que es cuando realmente son necesarias para proteger la integridad físicas de los agentes. Decreto 110/2006, de 17 octubre Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha Artículo 35. Vehículos 4. Todos los vehículos deberán contar, además de las adecuadas medidas de seguridad desde el punto de vista de seguridad vial y conducción, aquellas medidas de protección adicionales que resulten necesarias para garantizar la seguridad personal de los miembros de los Cuerpos de Policía Local en el desempeño cotidiano de su labor policial. En base a lo anterior, creemos oportuno confeccionar un PLAN CONSTANTE DE RENOVACIÓN DE VEHÍCULOS PATRULLA en los que cada año se vaya renovando una parte de los vehículos patrulla, y como máximo un vehículo patrulla tenga cuatro años de antigüedad o kms. y por lo tanto se tenga previsto presupuestariamente esta situación. Alargar más la vida de estos vehículos, además de suponer un detrimento en la seguridad de los agentes, supone un importante coste en mantenimiento y reparación de averías. Entendemos oportuno valorar el sistema de RENTING que es utilizado en una gran parte de cuerpos policiales de España, que aunque inicialmente pudiera suponer un mayor coste económico, creemos comparativamente el coste real de una adquisición directa y el posterior mantenimiento es similar al renting, con la diferencia que éste último debe de garantizar el perfecto estado de los vehículos. No queremos con ello elegir entre una opción u otra, lo único que pretendemos es que todos los años presupuestariamente se tenga prevista la renovación y mantenimiento de los vehículos para que estén en perfectas condiciones y se renueven con los parámetros anteriormente indicados, solo que el renting te asegura (al menos por contrato) esa situación, salvando evidentemente las situaciones de reposición de vehículos para lo que la empresa se tiene que comprometer a tener vehículos policiales de las mismas características preparados de forma automática. En cuanto a las necesidades existentes, entendemos necesaria la renovación urgente de los vehículos patrulla, especialmente los equipados con mampara de detenidos al llevar más kilómetros y presentar un mayor deterioro, incluso si fuera oportuno, modificar los dos vehículos uniformados sin mampara actualmente y equiparlos con una mampara para el traslado de detenidos y darles servicio efectivo durante todos los turnos. No compartimos que estos dos vehículos (de mandos) estén parados en el sótano y los agentes tengan que utilizar otros vehículos más antiguos o en perores condiciones (aunque hay que reconocer, que últimamente ante la preocupante carencia de medios el resto de vehículos que quedan activos están en funcionamiento). Es conveniente que el modelo sea el mismo en la mayor parte de las unidades, con el fin de homologar el manejo del mismo por parte de los agentes, así como su mantenimiento. 3
4 Desde nuestra opinión, deberían ser marcas y modelos entre los 5 más vendidos en el parque automovilístico español, con carrocería MONOVOLUMEN de forma prioritaria, al ser vehículo de mayor amplitud, así como de altura en carrocería que facilita la subida y bajada del mismo de forma habitual por parte de los agentes, o en todo caso tipo sportwagon, que permita el montaje del kit de detenidos sin restar espacio a las plazas delanteras, garantizando un espacio suficiente en el maletero para trasladar los útiles policiales. También la amplitud de las plazas interiores deberá ser lo mayor posible y su adaptación del puesto de conducción, permitirá el desplazamiento y regulación de los asientos delanteros en todo el recorrido original montado en el vehículo de serie. El portón trasero debe ser con apertura hacia la parte superior (vehículos de 5 puertas). En todo caso debe tener unas dimensiones de altura, largo y ancho útiles para la labor policial. Espacioso, ágil y potente. Otra opinión que al menos genera debate, es la adquisición de vehículos con caja de cambio automático que debido al número de veces que hay que utilizar el cambio en patrullaje en la ciudad es recomendable este tipo de cambio, aunque se hace necesaria una correcta adaptación de los agentes, más habituados a vehículos con cambio manual. No obstante es una opción a evaluar. Respecto al motor, ya sean de gasoil o gasolina, debe de garantizar una potencia necesaria para conducción en situaciones de máxima exigencia, compatible con el patrullaje diario, valorando la posibilidad de la tendencia de vehículos híbridos compatibles con un aporte ecológico, pero siempre que garanticen el resto de condicionantes exigibles en los vehículos policiales. Batería y alternador: Deberán tener capacidad de carga y almacenamiento suficiente para la alimentación del equipo policial instalado en adición al equipamiento eléctrico del vehículo. Se instalará una segunda batería para alimentación de los equipos auxiliares de dotación policial. El licitador debería realizar y aportar un estudio técnico que justifique el adecuado suministro eléctrico para atender los consumos adicionales producidos por el equipamiento de carácter policial como prioritarios, emisora, linternas, etc. Tener en cuenta que este extremo ha sido un problema evidente y constante en la adquisición de los últimos vehículos patrulla (Peugeot). Sistemas de seguridad activa y pasiva: ABS, EPS, ASR, Control de tracción y estabilidad, sistema antideslizamiento. Sistema de asistencia a la frenada de emergencia. Airbags frontales, laterales y de cortina y cabeza conductor y pasajeros. Climatizador bizona. Cristales: Laminación de seguridad antivandálico. Oscurecimiento máximo en Puertas traseras, ventanillas laterales traseras y portón. Deberán ser cristales tintados preferentemente. El grado de oscurecimiento será el máximo que permita la legislación vigente. Vehículos con mampara y celda de detenidos. Se procederá al bloqueo de los elevalunas de las puertas traseras. Mando de luces y sirenas del puente. Deberán existir dos teclas de mando en el volante para el accionamiento de la sirena y luces prioritarias del puente, para facilitar su uso por parte del 4
5 conductor. Dicho sistema de accionamiento deberá estar conmutado con el mando de luces de control de todo el puente para permitir el accionamiento del puente mediante uno u otro mando. El funcionamiento de las luces prioritarias quedará reflejado por medio de una lámpara colocada en sitio visible por el conductor. Sistema de iluminación de lectura. 1 flexos o lector de mapas de Leds con la suficiente potencia en función de su ubicación que permitan la visión para la realización de informes por escrito. Sistema portadocumentos. Asientos con tapizado reforzado en sus laterales que resistan la abrasión y el roce de las porras y pistolas. Plafón de iluminación de techo orientado hacia la zona de detenidos que permita la iluminación de dicho habitáculo. Interruptor de accionamiento ubicado en el salpicadero. Doble espejo retrovisor interior para control del detenido desde las dos plazas delanteras. Doble espejo retrovisor exterior en cada uno de los costados del vehículo para control del perímetro del vehículo tanto por parte del conductor como del acompañante. Las paredes y el suelo del habitáculo de detenidos serán de material resistente, impermeables y fácilmente lavables. El suelo del habitáculo de detenidos deberá contar con sendos desagües. Las puertas de acceso a este habitáculo estarán paneladas en un material resistente y fácilmente lavable. Se anulará y ocultará tras un panel el sistema de apertura de las puertas así como el de los elevalunas. La apertura de las puertas de este habitáculo sólo se podrá realizar desde el exterior. La composición de los materiales de la celda, al objeto de facilitar su lavado, será de acabados lisos y plastificados, las sujeciones atornilladas deberán ocultarse. Todos los elementos para los anclajes del compartimiento y sujeciones deberán estar ocultos a la vista. Dispondrá de un sistema de ventilación de paso de aire forzado ubicado en el techo del vehículo con accionamiento desde la parte delantera del vehículo por medio de un interruptor ubicado en el salpicadero. (Para la calefacción de la parte trasera pueden aprovecharse las conducciones de aire de cabina a parte trasera). Control del detenido. Dispondrá de una mampara transparente de separación de la zona de conducción y traslado de detenidos. Precisará de un sistema de apertura, cierre y bloqueo, así como un sistema mecánico de apertura de emergencia de la puerta del detenido. El bloqueo de las puertas de la celda de detenidos consistirá en: Un dispositivo conectado al cierre electromagnético, que permita el bloqueo de las mismas y consecuentemente impida su apertura, tanto desde el interior como del exterior del vehículo. 5
6 El interruptor de funcionamiento de dichas puertas se situará en una zona accesible para conductor y acompañante y deberá disponer de indicador del estado en que se encuentran la puerta (bloqueada color rojo o no bloqueada color verde). Dispondrá de un sistema mecánico de apertura de emergencia en caso de pérdida de energía eléctrica de apertura. Sistema de apertura de emergencia de puertas traseras mecánico. Se instalará un sistema de apertura de emergencia de puertas mecánico que actúe directamente sobre la cerradura del mismo. El sistema irá montado en ambas puertas traseras. El tirador de este sistema mecánico deberá estar oculto-protegido, con protector que solamente permita su uso mediante desmontaje de la protección. A tener en cuenta que el sistema actual por defecto mantiene las puertas cerradas y es necesario abrir el vehículo, conectar el contacto y manipular la apertura, con lo que un agente que no tenga las llaves del vehículo no podrá abrir la puerta. Por ello es recomendable que el sistema por defecto se encuentre abierto, e incluso que se pueda cerrar desde fuera del vehículo con el mando a distancia del vehículo. También es importante que el habitáculo de detenidos no tenga acceso a la parte trasera del vehículo como sucede en la actualidad, ya que el detenido puede acceder y golpear el porton trasero de menor resistencia, o acceder a los medios materiales del maletero como extintor, botiquín, etc En cuanto al sistema de comunicaciones, sistema informático. El sistema de comunicaciones, además de la correspondiente emisora, contará con un sistema informático con conexión directa a los equipos de la central de comunicaciones, tanto Gespol como acceso al registro de vehículos y conductores de la DGT, que facilitará la labor policial descongestionando la Central de Comunicaciones. Pueden ser en consola central o en tipo notebook con brazo móvil integrado en la guantera del vehículo (el sistema actual, que nunca ha podido ser puesto en funcionamiento no es funcional, además de ser equipos de mayor fragilidad no pensados para el manejo por distinto personal). Respecto al Puente de Luces de Emergencia y sistema acústico, deben ser de alta luminosidad tanto en estático como en emergencia, de sistema led de última generación, halógenos y Estroboscopico, con opciones complementarias de señalización frontal, lateral y posterior (con posible panel abatible con mensajes de texto y voz), luces de posición y emergencia complementarias en el frontal y laterales del vehículo. Luces en portón abierto. 6
7 Luces de escena y de área Sirenas con de múltiples funciones como TAP II (sistema de cambio de tono a través de claxon) o peak-andhold (que mantienen el tono agudo de cualquiera de los tonos) y megafonía con control de volumen. El micrófono para megafonía con sistema de eliminación de interferencias que proporciona una reproducción de voz de alta calidad. Cámara de lectura de matrículas (OCR) y de circuito cerrado de televisión Vehículos policiales con cámara para grabar cualquier incidente culosocrenpmm.pdf OTRO EQUIPAMIENTO DE DOTACIÓN Decreto 110/2006, de 17 octubre Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha Artículo 35. Vehículos 2. Los vehículos automóviles de Policía Local, como mínimo incluirán entre su dotación un extintor de capacidad suficiente para prestar ayuda a terceros en condiciones de uso inmediato, un botiquín homologado con material para primeros auxilios sanitarios, mantas isotérmicas, linternas, conos y cintas de señalización, chalecos antibalas y anticorte, que proporcionen el máximo nivel de protección a los policías, y aerosoles de defensa homologados. Además de esta equipación mínima establecida se propone que sea completada entre otros con: Balizas destellantes, se habilitará espacio y sistema de sujeción. Tetrápodos de señalización. Señales de tráfico de con sus bastidores de 82cm. Martillo de emergencia para rotura de lunas y con cuchilla. para corte de cinturones de seguridad. Red elástica y contenedor para recogida de material. (agujas, etc.) Bote y sujección de jabón líquido autosecante. Red elástica para sujeción para bolsas de pertenencias. Guantes antisépticos. Equipo semiautomático DESA. 7
8 La ROTULACIÓN de los vehículos se estará a lo establecido en la Orden de 11/05/2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha. DOCM nº 96 de 19 de mayo 2011 Estas especificaciones son trasladables al resto de la flota, adaptado al servicio policial específico destinado. OTROS VEHÍCULOS: Respecto de los vehículos de ATESTADOS, sería conveniente regularizar su situación y disponer de al menos dos vehículos más operativos que los actuales, tanto en sus dimensiones como en su equipamiento, disponiendo de al menos un vehículo equipado con etilómetro evidencial dispuesto para cualquier salida, además del resto de medios técnicos para la confección completa de un atestado en el lugar de los hechos. Los dos furgones de TRASLADOS también entendemos que no tienen unas condiciones deseables de conservación y mantenimiento, que hacen necesaria su renovación aunque no de forma prioritaria, pero si progresiva (al menos uno de forma inmediata y otro en años sucesivos) siendo su carencia de renovación distinta a la indicada para los vehículos patrulla. Los furgones de traslado de personal, además deben ser compatibles con el patrullaje en caso necesario. En cuanto a las MOTOCICLETAS, es necesario renovar la flota más vieja por modelos con mayores medidas de seguridad, aunque de las mismas características, tipo trail, al ser más versátiles en cuanto a su posición y conducción policial en la ciudad que las últimas adquiridas (mas adaptadas para carretera), siendo cuestionable o al menos de debate las opiniones que apuntan a motocicletas tipo maxi-scooter como más operativas policialmente hablando, opinión a priori no compartida desde nuestra experiencia profesional. Una motocicleta tipo trail de cilindrada media (unos 650 cc como la BMW G650 GS), por su altura y posibilidad de superación de obstáculos y hasta presencia ofrece en nuestra opinión una mayor condición policial que una maxi-scooter, pensada para otro tipo de servicios menos operativos. Incluso a nivel de presencia policial tiene mayor prestación las tipo trail actuales, eso sí, equipadas con otras medidas de seguridad más modernas. Además es conveniente mantener un parque móvil homogéneo en su utilización y manejo que no se expongan a situaciones diferentes de conducción a corto plazo a los agentes. Para ello entendemos que la opinión de los agentes que prestan servicio en motocicleta es imprescindible. Señalización de emergencia de leds de última generación. Igualmente se solicita, de nuevo (ver escritos del SPL C-LM de 8
9 09 de julio de 2013 registro de entrada 1064, sin contestación oficial hasta el momento y de 11 de abril de 2008 sobre el mismo asunto) que se realicen las gestiones oportunas para estudiar la adquisición de equipos de MANOS LIBRES para los motoristas, que no interfieran en la conducción de las motocicletas, ya que en la actualidad tiene que soltar el manillar para poder intentar la comunicación, con el consiguiente peligro, sobre todo en intervenciones de emergencia. Las BICICLETAS también son una parte del parque móvil que necesita una renovación. Desde su creación inicial no se han renovado las bicicletas, incluso tras un periodo de prueba habría que contar la opinión de los agentes que diariamente prestan servicio en bicicleta para estudiar un modelo más adaptado a las necesidades policiales. También sería oportuno estudiar la posibilidad de adquisición de algún VEHÍCULO TIPO TODO- CAMINO, con tracción a las cuatro ruedas, que sea compatible con el patrullaje normal con la conducción en situaciones ambientales de nieve, hielo, lluvia, etc terrenos con barro u otras zonas de difícil acceso. La opción de todo-terreno atiende a necesidades más específicas que en nuestra ciudad no se da de forma habitual, y además tiene una mayor incompatibilidad con el servicio diario, que debido al mayor coste se hace aconsejable en más de una unidad. UNIFORMIDAD En cuanto a la UNIFORMIDAD, se deberá estar a lo establecido en la citada Orden de 11/05/2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha. DOCM nº 96 de 19 de mayo 2011 Disposición transitoria. Plazo de adaptación a la presente Orden. 1. Los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha deberán adaptar su uniformidad a lo establecido en la presente Orden, con ocasión del suministro de nuevas prendas, y en todo caso transcurridos cinco años desde la entrada en vigor de la misma. 2. Las características de rotulación de los vehículos utilizados por la Policía Local, deberán de aplicarse a los adquiridos o puestos en servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden. Disposición final. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el 15 de junio de Por lo tanto antes del 15 de junio de 2016 los Cuerpos de Policía Local de C-LM deben adaptar su uniformidad a lo establecido en la referida orden. 9
10 En base a lo anterior, se deberá abordar de forma progresiva su dotación, teniendo en cuenta que en la actualidad, prácticamente todas las prendas superan los criterios orientativos de renovación establecidos en la Orden y que la primera adquisición en alguna de las prendas (polo de manga corta y manga larga, pantalón de verano e invierno, pantalón de motorista), deberá contar, al menos, de dos prendas de cada tipo para su utilización diaria. Por ello, creemos oportuno la realización de un estudio de las prendas actuales y sus fechas de dotación, y según la partida presupuestaria existente, establecer un orden de prioridades (contando con la participación sindical) para la adquisición de las nuevas prendas de uniformidad, siendo recomendable que el cambio de uniformidad y por tanto de imagen se adopte para todos los componentes del cuerpo al mismo tiempo. Del mismo modo entendemos necesario un estudio sobre los medios materiales tanto de uso individual como colectivo, y establecer igualmente un orden de prioridades. Como por ejemplo Linternas individual compactas de LEDs ULTRA y COMPLET de alta intensidad lumínica. Recordar de nuevo que el Acuerdo Marco del Ayuntamiento de Albacete vigente, en su anexo VI Condiciones Policía Local, artículo 22 establece: 22. MEDIOS MATERIALES Para la dotación de material y medios materiales se contará con la representación unitaria para el estudio de las necesidades existentes y la planificación de las prioridades su asignación, así como la composición y elección de los medios materiales y las prendas de uniformidad, todo ello de forma anual, antes de la redacción del anteproyecto de presupuestos de material. En base a todo lo anterior, se solicita que sean estudiados y valorados los puntos expuestos. Agradeciendo de nuevo su colaboración, eciba un cordial saludo. SR. INTENDENTE JEFE DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE ALBACETE EXCMA. SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE 10
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