Córdoba, 20 de mayo de Autores: Nadin Argañaraz Sofía Devalle Pablo Costamagna Marianela Marcó

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1 LA CARGA TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA SOBRE EL SECTOR DE RESTAURANTES Y HOTELES. Análisis del Impuesto a los Ingresos Brutos en relación a otras provincias y sectores económicos. Evolución Autores: Nadin Argañaraz Sofía Devalle Pablo Costamagna Marianela Marcó, 20 de mayo de 2015 Juan Cruz Varela 2255 (5009) Ciudad de - Tel contacto@iaraf.org

2 Contenidos ASPECTOS CLAVES DEL ESTUDIO.. 2 A. INTRODUCCIÓN B. ANÁLISIS DESCRIPTIVO- LEGAL DEL IIBB SOBRE RESTAURANTES Y HOTELES I. Marco legal y situación actual de la provincia de II. Situación actual de las jurisdicciones provinciales en Argentina C. INDICADOR DE CARGA TRIBUTARIA LEGAL SOBRE RESTAURANTES y HOTELES I. Aspectos metodológicos del estudio II. La carga tributaria provincial sobre Restaurantes y Hoteles III. Evolución de la presión tributaria provincial sobre la actividad de restaurantes y hoteles desde IV. Mapas tributarios sobre restaurantes y hoteles. Años 2004 y D. LA CARGA TRIBUTARIA LEGAL SOBRE OTROS SECTORES ECONOMICOS I. Ranking para Industria Local II. Ranking para Industria de extraña jurisdicción III. Ranking para Telefonía Fija IV. Ranking para comercio por menor V. Bancos VI. Ranking para servicios en general E. ANEXO

3 ASPECTOS CLAVES DEL ESTUDIO FUNDAMENTOS Durante la última década se ha registrado en Argentina un incremento en la presión tributaria consolidada sin precedentes. A nivel provincial, en prácticamente todas las jurisdicciones, se registró una considerable suba en la presión tributaria que ejerce el Impuesto a los Ingresos Brutos sobre la actividad económica. Dicho crecimiento se dio debido a cambios combinados: eliminación de exenciones; aumento de alícuotas, creación de sobretasas, ampliación de bases imponibles y aumentos indirectos por no actualizar parámetros de cálculo del impuesto a la inflación, entre otros. Lo más grave de esta tendencia es, no sólo que aumentan las alícuotas de un impuesto cuya recaudación se actualiza al mismo ritmo que la inflación, sino fundamentalmente que está aumentando la presión de un impuesto sumamente distorsivo (uno de los peores que existen en la tributación), con múltiples efectos nocivos sobre la economía, y que prácticamente no existe en otros países del mundo. Frente a este contexto, el presente estudio analiza cómo se ha comportado la provincia de en cuanto a la carga tributaria que ejerce el Impuesto a los Ingresos Brutos, detallando la situación del sector de Restaurantes y Hotelería, en términos relativos al resto de jurisdicciones provinciales. Se busca brindar un marco general que demuestre la necesidad de adoptar alguna medida tendiente a reducir la carga tributaria del IIBB sobre el sector en esta provincia. CARGA TRIBUTARIA LEGAL DEL IIBB SOBRE RESTAURANTES Y HOTELES Actualmente, el rango de alícuotas aplicables sobre el sector de Restaurantes y Hotelería en se encuentra entre un 3% y un 5% sobre las ventas totales- netas de IVA-, dependiendo del tipo de actividad, su facturación y su grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias. Debido a la gran heterogeneidad de alícuotas y formas de gravar al sector que existe entre provincias, para poder comparar la situación relativa de frente al resto, es necesario construir un indicador que reúna los diferentes elementos tributarios presentes en la normativa (alícuotas generales, diferenciales por tramo de facturación, descuentos, sobretasas) y que se aplique sobre ciertos modelos de establecimientos, habiéndose definido aquí 4 tamaños (Micro, Pequeña, Mediana y Grande). A continuación se presentan los principales resultados obtenidos en el trabajo. Un detalle mayor de los mismos se encuentran en el cuerpo principal del estudio. La carga tributaria legal sobre los restaurantes y hoteles, en promedio para las 24 jurisdicciones provinciales y los cuatro tamaños de unidades económicas considerados, asciende a un 3,2% de la facturación total, neta de IVA, elevándose a mayores niveles de facturación. En torno a esos valores promedio para todo el país, existe una importante disparidad entre jurisdicciones. 2

4 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,9 2,7 2,4 4,0 3,9 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 5,0 5,0 4,99% Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,9 2,7 2,4 3,9 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 5,0 5,0 5,0 4,99% Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño GRANDE 6, 5, 4, Promedio: 3,47% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño GRANDE 6, 5, 4, Promedio: 3,43% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

5 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,7 2,7 2,4 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 4,99% Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,7 2,7 2,4 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 4,5 4,99% Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño MEDIANO 6, 5, 4, Promedio: 3,25% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño MEDIANO 6, 5, 4, Promedio: 3,21% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

6 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,0 1,98% 2,4 4,2 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 2,7 2,7 2,55% Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,0 1,98% 2,55% 2,4 4,2 4,0 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 2,7 2,7 Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño PEQUEÑO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 3,11% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño PEQUEÑO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 3,07% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

7 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,25% 2,0 2,0 1,98% 3,64% 3,6 3,33% 3,31% 2,94% 2,9 2,7 2,7 2,4 2,4 4,0 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,4 2,4 2,25% 2,0 2,0 1,98% 3,64% 3,6 3,33% 3,31% 2,94% 2,9 2,7 2,7 4,0 4,0 Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño MICRO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 2,99% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño MICRO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 2,94% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

8 integra el grupo de las provincias de mayor carga tributaria para todos los tamaños analizados en el sector Restaurantes, mientras que en el sector Hotelero, tiene alícuotas cercanas al promedio, salvo en el caso de los grandes contribuyentes, para los cuales nuevamente lidera el ranking de presión tributaria, en conjunto con provincias como, Buenos Aires y. EVOLUCIÓN DE LA CARGA TRIBUTARIA LEGAL DEL IIBB SOBRE RyH DESDE 2004 La carga tributaria del IIBB de la Provincia de ha evidenciado fuertes subas a lo largo de la última década: en el caso del sector de Restaurantes y Hotelería se incrementó entre un 33% y un 167%, dependiendo del rubro y el nivel de facturación. Si bien el crecimiento de la carga tributaria también se verificó en gran parte de las provincias argentinas, en el caso particular de se observa un incremento de las alícuotas superior al promedio de las 24 jurisdicciones en los cuatro tamaños de empresas y para ambos sectores. 6,0 5,0 4,0 2,0 1,0 Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño GRANDE) 2,81% 3,47% 5,0 Año 2004 Año ,0 5,0 4,0 2,0 1,0 2,75% 3,43% 1,5 4,0 Año 2004 Año ,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias 6,0 Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño MEDIANO) 6,0 5,0 4,5 5,0 4,0 2,81% 3,25% Año 2004 Año ,0 2,75% 3,21% Año 2004 Año ,0 2,0 1,5 1,0 1,0 0,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias 7

9 6,0 Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño PEQUEÑO) 6,0 5,0 4,0 +14% 2,72% 3,11% 4,0 Año 2004 Año ,0 4,0 +15% 2,7 3,11% Año 2004 Año ,0 2,0 1,5 1,0 1,0 0,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias 6,0 Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño MICRO) 6,0 5,0 4,0 +12% 4,0 5,0 4,0 +13% 2,67% 2,99% Año 2004 Año ,63% 2,97% Año 2004 Año ,0 2,0 1,5 1,0 1,0 0,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Comparando con cada una de las 24 jurisdicciones, en el caso de Hotelería, es la jurisdicción que mayores incrementos aplicó, encabezando el ranking de variación porcentual acumulada para los 4 tamaños de unidades económicas consideradas. En efecto, en el año 2004 la provincia se destacaba por ser la de menor carga tributaria sobre este sector. Para Restaurantes, la Provincia de vuelve a ubicarse con las mayores variaciones en los tamaños grande y mediano, mientras que se sitúa en subas intermedias para pequeñas y micro empresas. 8

10 Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño GRANDE de establecimiento (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Nivel de carga tributaria en cada año 1,5 2,0 1,98% 1,98% 2,4 2,9 2,4 2,4 2,7 3,33% 3,6 3,85% 3,31% Año ,0 3,9 Año , 1, 2, 3, 4, 5, 5,0 5,0 5,0 4,99% Variación % acumulada año (hoteles) 167% (restaurant) 67% 67% 5 Buenos Aires 43% 43% % 31% 3 26% % 16% Tierra del Fuego 1 5% Santiago del Estero -23% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004y

11 Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño MEDIANO de establecimiento (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Nivel de carga tributaria en cada año 1,5 2,0 1,98% 1,98% 2,9 2,7 2,4 2,7 2,4 2,4 2,7 3,6 3,31% 3,33% 4,0 3,85% Año 2015 Año ,5 0, 1, 2, 3, 4, 5, 4,99% Variación % acumulada año (hoteles) 133% (restaurant) % % % 16% Buenos Aires 14% 13% Tierra del Fuego 1 8% 5% Santiago del Estero -23% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

12 Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño PEQUEÑO de establecimiento (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Nivel de carga tributaria en cada año 1,5 2,0 1,98% 1,98% 2,0 2,0 2,9 2,7 2,4 2,7 2,55% 2,4 2,4 2,4 2,7 3,6 3,31% 3,33% 4,0 3,85% 4,0 Año 2015 Año ,2 0, 1, 2, 3, 4, 5, Variación % acumulada año (hoteles) (restaurant) 33% 33% % 16% Buenos Aires 14% 13% Tierra del Fuego 1 8% 6% 5% Santiago del Estero -23% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

13 (hoteles) Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño MICRO de establecimiento Nivel de carga tributaria en cada año Variación % acumulada (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero 1,5 2,0 2,0 1,98% 1,98% 2,0 2,0 2,94% 2,45% 2,25% 2,1 2,9 2,7 2,4 2,4 2,4 2,4 2,7 3,31% 3,33% 3,6 4,0 3,64% 4,0 Año 2015 Año , 1, 2, 3, 4, 5, (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero -23% año 5% 4% 8% 7% % 16% 14% % 33% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y La anterior información puede ser sintetizada en los siguientes Mapas tributarios, que ilustran la carga tributaria sobre el sector, según el año y el tamaño del establecimiento. 12

14 Mapas de la carga tributaria provincial sobre Restaurantes y hoteles. Año Tamaños Año 2004 Año 2015 GRANDE MEDIANA PEQUEÑA MICRO Alta carga tributaria Baja carga tributaria Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 Y

15 LA CARGA TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA SOBRE EL SECTOR DE RESTAURANTES Y HOTELES. A. INTRODUCCIÓN. Durante la última década se ha registrado en Argentina un incremento en la presión tributaria sin precedentes. Los tres niveles de gobierno, Nación, Provincias y Municipios, han aumentado la carga que ejercen los tributos sobre personas físicas y empresas, tanto debido a cambios legales en los tributos como a subas indirectas, derivadas de la no actualización de los parámetros de cálculo de ciertos impuestos. En efecto, la recaudación consolidada argentina (incluidos los ingresos por seguridad social), habría alcanzado en el año 2014 un 34.3% del PIB, sin considerar el impuesto inflacionario, evidenciando un crecimiento del 43% respecto a los valores de una década atrás. Gráfico 1: Evolución de la carga tributaria argentina. Recaudación consolidada (Nación + Provincias + Municipios), en porcentaje del PBI 35% 3 25% 2 15% 24,1% 24,2% 24,3% 25,1% 1,1% 1,1% 1,1% 1,1% 1,2% 1,2% 1,2% 1,2% 3,3% 3,4% 3,4% 3,4% 2,4% 2,5% 2,9% 3,4% 28, 27, 1,3% 1,2% 1,4% 1,3% 3,5% 3,8% 4, 5,4% 29, 1,2% 1,3% 3,8% 5,5% 30,3% 1,3% 1,5% 4, 5,8% 34,3% 34,3% 32,4% 1,7% 1,6% 1,6% 1,7% 1,6% 1,6% 4,4% 5,2% 5,3% 4,9% 6,9% 6,6% 1 5% 16, 15,9% 15,6% 16, 17, 16,2% 17,1% 17,6% 19,9% 18,8% 19,2% Nacion neto de SS Seguridad Social Nación Provincias neto de SS Seguridad Social Provincias Municipios Fuente: IARAF en base a MECON, DNCFP y estimaciones propias. Las provincias argentinas no han resultado ajenas a esta tendencia a nivel consolidado (y en algunos casos los resultados en cuanto a presión tributaria legal se amplifican). Durante la última década, se ha registrado en prácticamente todas las provincias argentinas un importante crecimiento en la presión tributaria que ejerce el Impuesto a los Ingresos Brutos sobre la actividad económica. 14

16 Dicho crecimiento en la presión tributaria se dio debido a diversos cambios combinados, a saber: eliminación de exenciones a sectores como la industria o el agro; aumento de alícuotas generales y específicas, creación de sobretasas, ampliación de bases imponibles y también aumentos indirectos derivados de la no actualización de los parámetros de cálculo del impuesto a la inflación, entre los más destacables. Lo más preocupante de esta tendencia a nivel provincial es, no sólo que aumentan las alícuotas de un impuesto cuya recaudación (por su modo de funcionar- % de las ventas totales-) se actualiza al mismo ritmo que la inflación, sino fundamentalmente que está aumentando la presión de un impuesto sumamente distorsivo (uno de los peores que existen en la tributación), que genera múltiples efectos nocivos sobre la economía, y que prácticamente no existe en otros países del mundo. Vale decir, que está ganando cada vez más trascendencia en las fuentes de recursos de las provincias un impuesto del cual siempre se ha debatido acerca de su eliminación/ modificación. En este contexto de subas generalizadas en la presión tributaria, interesa analizar cómo se ha comportado la provincia de en cuanto a la carga tributaria que ejerce el Impuesto a los Ingresos Brutos. El objetivo del presente informe es, entonces, brindar un análisis exhaustivo y detallado de la presión tributaria actual en la Provincia de sobre el sector de Restaurantes y Hotelería, mediante un análisis de la normativa tributaria vigente. Se busca brindar mediante el análisis un marco general que sirva para demostrar la necesidad de adoptar algún tipo de medida tendiente a reducir la carga tributaria del IIBB en esta provincia. Para ello, se analiza el posicionamiento relativo actual frente al resto de las jurisdicciones, para las principales actividades económicas, y también el mapa tributario vigente hace una década, a los fines de detectar los principales cambios relativos ocurridos en la provincia de. El informe se estructura de la siguiente manera: - En primer lugar, se detalle el modo de tributar al sector de restaurantes y hotelería en cada una de las provincias argentinas, mediante un análisis legal de la normativa. - En una segunda sección, se construye un indicador de carga tributaria que englobe la mayor cantidad posible de los elementos tributarios detectados en la sección anterior y que permitan establecer una comparación homogénea entre jurisdicciones y realizar un seguimiento a lo largo del tiempo. Se elabora dicho indicador tanto para el sector de restaurantes y hoteles como para el resto de las actividades económicas más representativas, y contempla dos períodos de análisis: el año 2004 y el año

17 B. ANÁLISIS DESCRIPTIVO- LEGAL DEL IIBB SOBRE RESTAURANTES Y HOTELES I. Marco legal y situación actual de la provincia de La normativa aplicable en materia de Ingresos Brutos para la Provincia de, es la Ley Ley Impositiva 2015, la cual remite a algunos artículos de la Ley 4362-Código Fiscal. En dicha legislación, se determina que las actividades de Servicio de expendio de comidas y bebidas en restaurant y parrilla (Código ), en sandwicherías y pizzerías (631027), en cafés y bares (631035) y de gastronomía en establecimientos vitivinícolas (631078) estarán alcanzadas por una alícuota general del 4%. En el caso de la actividad hotelera, la alícuota general también es del 4%, pero se aplica una alícuota del 3% para buenos contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos: No registrar deuda vencida en los impuestos recaudados por la Administración Tributaria. Tener radicados en la Provincia todos los vehículos afectados al desarrollo de la actividad que se trate. Presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se encuentren vencidas al momento de la solicitud y/o validación. No poseer antecedentes de sanciones efectivas de clausura (Art. 314 del Código Fiscal) en el ejercicio en que se solicita el beneficio y en los 2 años anteriores. No producir despidos colectivos o suspensiones masivas de personal, sin justa causa, durante el ejercicio. No encontrarse dentro de los supuestos de la ley 8374 en lo que respecta a trabajo esclavo o infantil. Por su parte, las alícuotas anteriores, considerando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de sus actividades ya sean dentro o fuera de la Provincia de, se incrementarán en: 0,5 cuando dicho nivel de ingresos se sitúe entre los $ y $ ,75% cuando los ingresos se sitúen entre los $ y $ ,0 cuando el nivel de ingresos supere los $ Vale decir que el rango de alícuotas aplicables sobre el sector de Restaurantes y Hotelería en se encuentra entre un 3% y un 5% sobre las ventas totales- netas de IVA-, dependiendo del tipo de actividad, su facturación y su grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias. 16

18 Cabe destacar que los niveles de facturación que marcan los tramos para los incrementos de alícuotas son fijos y no se han ajustado desde el año de su implementación (2013). Esta situación puede generar a lo largo del tiempo un incremento en la carga tributaria implícito o indirecto, debido a que una empresa puede cambiar de tramo de alícuota y terminar pagando consecuentemente una alícuota más elevada por el mero ajuste de sus facturaciones a la inflación. II. Situación actual de las jurisdicciones provinciales en Argentina. El siguiente cuadro sintetiza los principales aspectos tributarios del IIBB que aplican sobre el sector de restaurantes y hoteles en cada provincia: alícuotas, adicionales o sobretasas y descuentos o bonificaciones. El aspecto de los montos mínimos, generales o específicos sobre el sector se detallan en el Anexo al final del informe, debido a la gran heterogeneidad existente entre provincias en el modo de aplicarlos. Cuadro 1: Alícuotas legales según tramos de facturación, adicionales y descuentos- 24 jurisdicciones argentinas. PROVINCIAS FACTURACIÓN ANUAL ALÍCUOTA LEGAL 2015 HOTELES RESTAURANTES ADICIONALES DESCUENTOS Hasta $ BUENOS AIRES Entre $ y $ ,0 4,0 Más de $ ,0 5,0 CATAMARCA Hasta $ Más de $ ,0 Hasta $ Entre $ y $ Entre $ y $ Entre $ y $ Entre $ y $ Entre $ y $ Entre $ y $ % (6% con espectáculo) 5% (6% con espectáculo) $ mínimo no imponible- (Mni) $ mni +35% de descuento $ mni +3 de descuento $ mni +25% de descuento $ mni +2 de descuento $ mni +15% de descuento Más de $

19 CHACO 1 Hasta el 2 CHUBUT CÓRDOBA Hasta $ ,8 2,8 Entre $ y $ ,0 4,0 Más de $ ,75% 4,75% 5% (FOFISE) CORRIENTES 2,9 2,9 6% ENTRE RÍOS FORMOSA 2 JUJUY Hasta $ Más de $ Hasta $ % ( por LA PAMPA fuera de Más de $ ,25% 3,25% término) LA RIOJA 21% MENDOZA Hasta $ ,0 Entre $ y $ ,5 Entre $ y $ ,75% 4,75% Más de $ ,0 5,0 MISIONES 5% NEUQUÉN RÍO NEGRO Hasta $ ,0 2,0 Entre $ y $ Más de $ Hasta $ Entre $ y $ Entre $ y $ Más de $ ,8 3,8 1 SALTA 3,6 3,6 SAN JUAN 2 15% SAN LUIS SANTA CRUZ SANTA FE Hasta $ ,0 2,0 Buen contribuyente Alícuota general 4,2 4,2 ( contribuyentes de extraña jurisdicción) 3,6 (4,5 contribuyentes de extraña jurisdicción) ( contribuyentes de extraña jurisdicción) 3,6 (4,5 contribuyentes de extraña jurisdicción) SGO DEL ESTERO 1 TIERRA DEL FUEGO Hasta $ % (pp) 12% Más de $ % (pp) 5% TUCUMÁN Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

20 Otras consideraciones para el sector hoteles y restaurantes: : Exención para Pymes cuyos titulares tengan entre 18 y 40 años, total durante el primer año y del 75% para el segundo año, comenzando a abonarse el 10 del tributo al tercer año de vida de la empresa. Exención por 10 años, con porcentaje decreciente, para aquellas empresas que hagan nuevas inversiones o ampliación de las ya existentes. : Régimen de promoción para empresas del sector turismo que cumplan con los requisitos de la ley, consistente en una exención en el impuesto a los Ingresos Brutos, entre otros, del 10 durante el primer año (contado a partir de la notificación del acto administrativo que otorgue el beneficio), del 75% durante el segundo año de permanencia en el régimen, y 5 durante el tercer año. También para empresas de índole familiar o radicadas en los departamentos de Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischillín, Cruz del Eje, Minas, Pocho, San Alberto o San Javier. : Se tomará como pago a cuenta del tributo el 5 del monto de donaciones para proyectos culturales. : Descuento del 2 de la alícuota que corresponda, siempre que se trate de actividades realizadas en interés social o que sea preciso proteger, promover o reconvertir. : Aplica una alícuota diferencial del 6% para actividades conexas desarrolladas en los centros de ski, durante los meses de junio a octubre. : Los servicios prestados por hoteles, restaurantes, y actividades conexas (turísticas), desarrolladas en el Municipio de Puerto Iguazú, tendrán una alícuota del. : Descuento del 5 por tener personal discapacitado. 19

21 C. INDICADOR DE CARGA TRIBUTARIA LEGAL SOBRE RESTAURANTES y HOTELES I. Aspectos metodológicos del estudio. A continuación se presenta un estudio que parte del análisis de la normativa tributaria vigente al 2015 (y su comparación con la de años anteriores), compuesta por los códigos tributarios y las leyes impositivas de cada una de las 23 jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- -. En el análisis se toman los diferentes elementos que conforman el costo impositivo sobre el sector de restaurantes y hoteles, entre los cuales se pueden mencionar: alícuotas generales y/o específicas, alícuotas diferenciales por tramo de facturación, descuentos o bonificaciones, y sobretasas o incrementos, entre otros aspectos. El análisis también distingue la carga tributaria diferenciada que puede existir sobre diferentes tamaños de empresas, con distintos niveles de facturación, quedando definidos cuatro tipos de unidades económicas: Micro, Pequeña, Mediana y Grande. Los modelos considerados son los mismos a lo largo de todo el país, de manera tal de hacer objetiva la comparación de carga tributaria entre jurisdicciones. Para la construcción de estos modelos, se utilizaron los rangos de tamaños de empresas que define la Resolución 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa (Sepyme), complementando el análisis con información proveniente del Censo Nacional Económico del 2005 y estadísticas varias de la actividad económica, actualizándose los niveles de facturación hasta al año Los modelos de facturación considerados en el trabajo han sido los siguientes: Cuadro 2: Casos de facturación anual considerados- Sector de restaurantes y hoteles. Micro $ Pequeña $ Mediana $ Grande $ A partir de dichos modelos, se calculan índices de carga tributaria sobre el sector de restaurantes y hotelería, teniendo en cuenta los variados elementos tributarios vigentes en las respectivas normativas tributarias. Estos indicadores muestran la carga tributaria legal que se ejerce 20

22 sobre una actividad, expresada como un porcentaje de las ventas totales netas de IVA, y son comparables entre las diferentes jurisdicciones consideradas. II. La carga tributaria provincial sobre Restaurantes y Hoteles II. 1 Carga tributaria provincial actual A continuación se analiza el mapa tributario para el sector de los restaurantes y hoteles, realizando primero un análisis promedio para el sector y luego detallando por jurisdicción. La carga tributaria legal sobre los restaurantes y hoteles, en promedio para las 24 jurisdicciones provinciales y los cuatro tamaños de unidades económicas considerados, asciende a un 3,2% de la facturación total, neta de IVA. Debido a la existencia en ciertas provincias de alícuotas diferenciales (o incrementos de alícuotas) a mayores niveles de facturación, se aprecia que la carga tributaria promedio tiende a ser más elevada para los modelos de facturación más grandes, variando desde un 3% en promedio para las empresas micro, hasta un 3,45% para las unidades grandes. Seguidamente se detallará cuáles son las provincias que aplican estos tratamientos diferenciales. Gráfico 2: Carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. En % sobre las ventas totales, netas de IVA. Promedio 23 provincias +. Año , 3,5% 3, Promedio: 3,2% 3, 3,1% 3,2% 3,4% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, MICRO PEQUEÑA MEDIANA GRANDE Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

23 En torno a los anteriores valores promedio, existe una importante disparidad entre jurisdicciones, variando entre un 2% y un 5%, dependiendo de la provincia y el tamaño de la unidad económica. En los gráficos a continuación se exponen los rankings para los cuatro tamaños de establecimientos considerados, comenzando desde el más grande. También es importante aclarar que a nivel provincial no se detectan diferencias marcadas en el modo de tributar a la actividad de restaurantes y a la de hotelería, salvo en el caso particular de la provincia de, en la cual se grava con una alícuota general del 3% a hoteles- en el caso de encuadrar como contribuyentes cumplidores- y del 4% a restaurantes (existiendo sobretasas a mayor facturación), por lo cual a lo largo del presente trabajo, se abordará a ambos sectores de manera separada. 22

24 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,9 2,7 2,4 4,0 3,9 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 5,0 5,0 4,99% Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,9 2,7 2,4 3,9 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 5,0 5,0 5,0 4,99% Gráfico 3: Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño GRANDE 6, 5, 4, Promedio: 3,47% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Gráfico 4: Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño GRANDE 6, 5, 4, Promedio: 3,43% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

25 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,7 2,7 2,4 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 4,99% Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 1,98% 2,7 2,7 2,4 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 4,5 4,99% Gráfico 5: Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño MEDIANO 6, 5, 4, Promedio: 3,25% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Gráfico 6: Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño MEDIANO 6, 5, 4, Promedio: 3,21% 3, 2, 1, 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

26 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,0 1,98% 2,4 4,2 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 2,7 2,7 2,55% Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,0 1,98% 2,55% 2,4 4,2 4,0 4,0 3,85% 3,6 3,33% 3,31% 2,9 2,7 2,7 2,7 Gráfico 7: Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño PEQUEÑO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 3,11% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Gráfico 8: Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño PEQUEÑO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 3,07% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

27 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,25% 2,0 2,0 1,98% 3,64% 3,6 3,33% 3,31% 2,94% 2,9 2,7 2,7 2,4 2,4 4,0 Bs.As. T.del Fuego Sgo.del Estero 2,4 2,4 2,25% 2,0 2,0 1,98% 3,64% 3,6 3,33% 3,31% 2,94% 2,9 2,7 2,7 4,0 4,0 Gráfico 9: Ranking provincial de carga tributaria sobre RESTAURANTES. Año Tamaño MICRO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 2,99% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Gráfico 10: Ranking provincial de carga tributaria sobre HOTELES. Año Tamaño MICRO 4,5% 4, 3,5% 3, Promedio: 2,94% 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% 0, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

28 En primer lugar, se aprecia que los rankings varían de acuerdo al tamaño de establecimiento considerado. Si bien no siempre es la misma provincia la que se ubica en el tope del ranking de carga tributaria, los lugares de mayor carga los ocupan el mismo grupo de jurisdicciones, con valores que van cambiando según la facturación. En el caso de unidades económicas de tamaño grande, Buenos Aires,, y son las jurisdicciones que ejercen la mayor carga tributaria sobre los restaurantes y hoteles, aplicando alícuotas entre el 4% y 5% sobre las ventas totales, netas de IVA. En los tamaños mediano y pequeño, es la que lidera el ranking de presión impositiva en ambas actividades, con el 4,99% y el 4,2, respectivamente, seguida por (4,5%) y Buenos Aires (4%) en el caso restaurantes medianos. En el rubro hoteles, se encuentra en segundo lugar Buenos Aires (4%) y Tierra del Fuego (3,85%). grava con una alícuota del 3,5% a los hoteles de tamaño mediano, un valor que si bien la ubica en una posición intermedia en el ranking, está por encima de la media de las 24 jurisdicciones. En el caso de los pequeños restaurantes, Buenos Aires y se ubican en la segunda posición con alícuotas del 4%. En hoteles pequeños, Buenos Aires se ubica en el segundo (4%) y Tierra del Fuego en tercer lugar (3,85%). se ubica en una posición intermedia del ranking, con una alícuota del 3%. Si se considera una empresa micro del sector restaurantes, las provincias de Buenos Aires y son las de mayor carga tributaria sobre el sector, con un 4% sobre las ventas. A continuación se ubica Tierra del Fuego (3,64%). Si se observa el sector hotelero para el tamaño micro, el primer lugar es ocupado por Buenos Aires, con una alícuota efectiva del 4%, le sigue a continuación Tierra del Fuego (3,64%) y en tercer lugar se observa a la provincia de con el 3,6. nuevamente se ubica en una posición intermedia, levemente por encima de la media de los casos analizados, con una alícuota del 3%. Las diferencias de posiciones en el ranking según sectores, se deben a que la provincia de, en contraposición a las demás, grava con alícuotas diferentes a la actividad hotelera y restaurantes. En el otro extremo del ranking, la provincia de es la que se sitúa en la menor posición en todos los tamaños en ambos sectores, con un 1,98%. Por su parte, cuando se trata de empresas de tamaño pequeño y micro, es la jurisdicción que se ubica en segunda posición con una carga 27

29 tributaria efectiva del 2%, también con igual porcentaje en el caso de tamaño micro. Mientras tanto, en el caso de los tamaños mediano y grande, esta posición es ocupada por la provincia de, con un. Sintetizando el análisis, integra el grupo de las provincias de mayor carga tributaria para todos los tamaños analizados en el sector Restaurantes, mientras que en el sector Hotelero, tiene alícuotas cercanas al promedio, salvo en el caso de los grandes contribuyentes, para los cuales nuevamente lidera el ranking de presión tributaria, en conjunto con provincias como, Buenos Aires y. Además de la variabilidad en la carga tributaria entre jurisdicciones, otro aspecto a destacar es la carga tributaria diferencial dentro de una misma provincia, para distintos tamaños de establecimientos. Ilustración 1: Tipos de alícuotas en las 24 jurisdicciones argentinas Algunas jurisdicciones aplican descuentos o sobretasas sobre la alícuota general, según la facturación de las empresas, resultando en la práctica un efecto sobre la presión tributaria similar al de aplicar una alícuota por tramos, que es la situación de otras provincias. Alícuota diferenciada según la facturación. Alícuota constante. A continuación se exponen dos gráficos que contienen la misma información que los anteriores, pero presentada de otra manera. 28

30 Gráfico 11: Carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Año Provincias que diferencian la carga tributaria según facturación. 6, 5, 4, Buenos Aires 3, (Hoteles) (Restaurantes) 2, 1, T.del Fuego 0, MICRO PEQUEÑA MEDIANA GRANDE Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2015 Gráfico 12: Carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Año Provincias que no diferencian la carga tributaria según facturación. 4, 3,5% 3, 2,5% 2, 1,5% 1, 0,5% Sgo.del Estero 0, MICRO PEQUEÑA MEDIANA GRANDE Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

31 Analizando los gráficos anteriores, se observa que 10 de las 24 jurisdicciones aplican diferente presión tributaria a la actividad de restaurantes y hoteles, dependiendo de la facturación de los establecimientos (en todos los casos, mayor carga a mayor tamaño), al mismo tiempo que en las 14 provincias restantes, se aplica igual presión, variando las alícuotas entre un 1,98% y un 3,6%, según el caso. II. 2 La carga tributaria provincial sobre R y H versus el resto de actividades económicas. En comparación con otros sectores económicos, la carga tributaria sobre el sector de restaurantes y hoteles se encuentra en un nivel intermedio, por debajo de sectores como el de actividades financieras, y servicios públicos, al mismo nivel que la industria de extraña jurisdicción y por encima de la carga tributaria sobre el sector agropecuario, la industria local, comercio, y servicios empresariales. Gráfico 13: La carga tributaria promedio sobre las principales actividades económicas. Año Tamaño Grande de establecimiento. Actividades financieras 5,2% Servicios Públicos 3,7% Restaurantes 3,5% Hoteles 3,4% Industria de extraña jurisdicción 3,4% Servicios empresariales 3,3% Comercio 3,3% Industria local 1,1% Sector Agropecuario 0,5% 0, 2, 4, 6, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

32 Este escalonamiento en las alícuotas, que parte desde niveles más bajos en los primeros eslabones de la cadena productiva (como agro, industria), y va ascendiendo en las etapas intermedias y finales, va en línea con lo sugerido por la teoría de la tributación, en el sentido que para evitar una mayor acumulación de la carga tributaria en tributos de las características del Impuesto a los Ingresos Brutos, se debe gravar con menor presión a las primeras etapas del proceso de producción y comercialización. III. Evolución de la presión tributaria provincial sobre la actividad de restaurantes y hoteles desde III. 1. Evolución en la provincia de. La carga tributaria del IIBB de la Provincia de ha evidenciado fuertes subas a lo largo de la última década. Concretamente en el año 2004, las alícuotas vigentes eran del 1.5% para el sector hotelero y del 3% para los restaurantes. Luego de sucesivas subas en los años 2012 y 2013, la presión tributaria sobre el sector se ubica entre un 3% y un 4% para el sector hotelero y entre 4% y un 5% para los restaurantes, según cuál sea la facturación anual. Vale decir que en una década la presión tributaria de la Provincia de al sector se incrementó entre un 33% y un 167%, dependiendo del rubro y el nivel de facturación. Gráfico 14: Evolución alícuotas Impuesto a los Ingresos Brutos sobre Restaurantes y Hoteles. 6% 6% 5% Más de $ % Más de $ % Entre $ y $ % Entre $ y $ % Entre $ y $ Hasta $ % Entre $ y $ Hasta $ % 2% 1% 1% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial. 31

33 Más aún, cabe recordar que a comienzos de la década de los noventa, el sector turismo gozaba con el beneficio de la alícuota cero, con lo cual de ampliarse el análisis a un período mayor, se aprecia que los incrementos tenderían a ser infinitos, al pasar la presión tributaria desde niveles nulos, hasta valores de entre el 4%- 5% de las ventas. III. 2. Evolución en versus las 23 jurisdicciones y Analizando la evolución de la presión tributaria provincial promedio sobre los restaurantes y hoteles durante el período para las 23 provincias argentinas y, también se puede apreciar un crecimiento significativo en la misma, especialmente en el caso de empresas de mayor tamaño. Evidentemente que esta situación fue dispar entre jurisdicciones, con algunas de ellas que incrementaron la presión hasta 167% en el período analizado, hasta otras que no la modificaron e inclusive algunas que la redujeron. En el caso particular de la provincia de, se observa un incremento de las alícuotas superior al promedio de las 24 jurisdicciones en los cuatro tamaños de empresas para ambos sectores analizados en el presente estudio, siendo este incremento de mayor consideración según la facturación. Concretamente, en la provincia cuyana, entre los años 2004 y 2015, la carga tributaria ejercida por el impuesto a los ingresos brutos sobre el sector de restaurantes se incrementó entre un 33% y un 67%, según los diferentes tamaños de empresas, frente a un incremento promedio para las 24 jurisdicciones de entre el 12% y el 23%. En el caso de los hoteles, los incrementos son de mayor proporción, ya que en la Provincia de van entre un 10 (para el caso de micro y pequeñas empresas) y un 167% para grandes empresas, mientras que a nivel promedio de todo el país las subas oscilaron entre un 13% y un 25%, respectivamente para los mismos tamaños. Los gráficos a continuación sintetizan la evolución de la presión tributaria para y el promedio de las 24 jurisdicciones, para cada uno de los 4 tamaños de unidades económicas considerados. 32

34 6,0 5,0 4,0 2,0 1,0 Gráfico 15: Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño GRANDE) 2,81% 3,47% 5,0 Año 2004 Año ,0 5,0 4,0 2,0 1,0 2,75% 3,43% 1,5 4,0 Año 2004 Año ,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias 6,0 Gráfico 16: Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño MEDIANO) 6,0 5,0 4,5 5,0 4,0 2,81% 3,25% Año 2004 Año ,0 2,75% 3,21% Año 2004 Año ,0 2,0 1,5 1,0 1,0 0,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias 6,0 Gráfico 17: Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño PEQUEÑO) 6,0 5,0 4,0 +14% 2,72% 3,11% 4,0 Año 2004 Año ,0 4,0 +15% 2,7 3,11% Año 2004 Año ,0 2,0 1,5 1,0 1,0 0,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias 6,0 Gráfico 18: Evolución acumulada del indicador de carga tributaria provincial sobre RESTAURANTES Y HOTELES Promedio 24 jurisdicciones (Tamaño MICRO) 6,0 5,0 4,0 +12% 4,0 5,0 4,0 +13% 2,67% 2,99% Año 2004 Año ,63% 2,97% Año 2004 Año ,0 2,0 1,5 1,0 1,0 0,0 Promedio Provincias 0,0 Promedio Provincias Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

35 Al desagregar el análisis por provincia, se observa que 18 de las 24 jurisdicciones provinciales aplicaron algún tipo de incremento de la carga tributaria sobre el sector Restaurantes y Hoteles a lo largo de la última década, mientras que 5 provincias la mantuvieron constante en todos los tamaños analizados y sólo una redujo la presión tributaria en todos los tamaños. En los gráficos a continuación se expone la situación por provincia para ambos años y la magnitud porcentual de la variación acumulada. Se analiza conjuntamente la actividad hotelera y de restaurantes porque todas las jurisdicciones les otorgan igual tratamiento, salvo. En el caso de esta última, se desdobla el análisis en dos a los fines de detectar el tratamiento diferencial sobre ambos sectores. En el caso de Hotelería, se observa que es la jurisdicción que mayores incrementos aplicó, encabezando el ranking de variación porcentual acumulada para los 4 tamaños de unidades económicas consideradas. En efecto, en el año 2004 la provincia se destacaba por ser la de menor carga tributaria sobre este sector. Para Restaurantes, la Provincia de vuelve a ubicarse con las mayores variaciones en los tamaños grande y mediano, mientras que se sitúa en subas intermedias para pequeñas y micro empresas. También se encuentran encabezando el ranking de variaciones, dentro de las primeras posiciones,,, Buenos Aires y, en las situaciones de grandes empresas. En el caso de establecimientos medianos, luego de, se ubica en segunda posición la provincia de y en tercer lugar,. Si se observa el caso de los pequeños establecimientos, el sector hotelero mendocino está en primera posición, secundado por las provincias de,, y. Luego, se sitúa sobre restaurantes. En el tamaño micro, la situación es similar, luego de la actividad hotelera en, se encuentran,, y. A continuación, los servicios de restaurantes en la provincia cuyana. Por otro lado, las provincias de,,, y, no variaron su presión fiscal sobre los sectores analizados a lo largo del periodo , mientras que Santiago del Estero redujo su presión tributaria para ambos sectores. 34

36 Cabe destacar que en el caso de la provincia de, si bien no se incrementó la presión fiscal para los buenos contribuyentes, desde el año 2014, se legisló una alícuota superior aplicable a los contribuyentes que no cumplen con las obligaciones fiscales. (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Gráfico 19: Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño GRANDE de establecimiento Nivel de carga tributaria en cada año 1,5 2,0 1,98% 1,98% 2,4 2,9 2,4 2,4 2,7 3,33% 3,6 3,85% 3,31% Año ,0 3,9 Año , 1, 2, 3, 4, 5, 5,0 5,0 5,0 4,99% (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Variación % acumulada -23% año 5% 17% 16% 1 26% % 31% 3 43% 43% % 67% % Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004y

37 (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Gráfico 20: Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño MEDIANO de establecimiento Nivel de carga tributaria en cada año 1,5 2,0 1,98% 1,98% 2,9 2,7 2,4 2,7 2,4 2,4 2,7 3,31% 3,33% 3,6 4,0 3,85% Año 2015 Año ,5 0, 1, 2, 3, 4, 5, 4,99% (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Variación % acumulada -23% año 5% 13% 1 8% % 16% 14% % % 133% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

38 (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Gráfico 21: Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño PEQUEÑO de establecimiento Nivel de carga tributaria en cada año Variación % acumulada 1,5 2,0 1,98% 1,98% 2,0 2,0 2,9 2,7 2,4 2,7 2,55% 2,4 2,4 2,4 2,7 3,31% 3,33% 3,6 4,0 3,85% 4,0 Año 2015 Año ,2 0, 1, 2, 3, 4, 5, (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero -23% año 6% 5% 13% 1 8% % 16% 14% % 33% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

39 Gráfico 22: Evolución de la carga tributaria sobre RESTAURANTES Y HOTELES. Tamaño MICRO de establecimiento (hoteles) (restaurant) Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero Nivel de carga tributaria en cada año 1,5 2,25% 2,1 2,0 2,0 1,98% 1,98% 2,0 2,0 2,94% 2,45% 2,9 2,7 2,4 2,4 2,4 2,4 2,7 3,6 3,31% 3,33% 4,0 3,64% 4,0 Año 2015 Año , 1, 2, 3, 4, 5, (hoteles) Variación % acumulada año (restaurant) 33% 33% % 16% Buenos Aires 14% 8% 7% 5% Tierra del Fuego 4% Santiago del Estero -23% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

40 IV. Mapas tributarios sobre restaurantes y hoteles. Años 2004 y 2015 A continuación se muestran mapas que ilustran (y sintetizan) la situación de la carga tributaria sobre el sector de restaurantes y hoteles que se expuso en las secciones anteriores. Se han considerado los cuatro tamaños de establecimientos, y su comparación temporal, mostrando la situación en el año 2004 y actual. Las provincias han sido clasificadas y coloreadas según su nivel de carga tributaria, que muestra los diferentes niveles de presión impositiva, desde las alícuotas más altas a las más bajas. Se aprecia, en primer lugar, que los mapas en 2004 son similares aunque varíen los tamaños de establecimiento. En ese año, se destacaban las provincias de,,, La Pampa,, y entre las que gravaban con menor presión impositiva al sector. Cuando se analizan los mapas del año 2015, se observan subas generalizadas en gran parte de las provincias, siendo la situación más marcada para tamaño grande de establecimiento, para el cual, las provincias con mayor presión impositiva sobre el sector son,, Buenos Aires y. En contraposición, las provincias de, y se mantienen entre las que gravan con menor intensidad al sector en todos los niveles de facturación analizados. 39

41 Ilustración 2: Mapa de la carga tributaria provincial sobre Restaurantes y hoteles. Año Tamaños Año 2004 Año 2015 GRANDE MEDIANA PEQUEÑA MICRO Alta carga tributaria Baja carga tributaria Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 Y

42 D. LA CARGA TRIBUTARIA LEGAL SOBRE OTROS SECTORES ECONOMICOS En la presente sección del informe se detalla el posicionamiento relativo de frente al resto de las jurisdicciones provinciales, en cuanto a la carga tributaria sobre determinados sectores de la economía. Puntualmente, las ramas que se analizan son las siguientes: Bancos Telefonía fija Comercio por menor Servicios Industria Local Industria de Extraña Jurisdicción El análisis se realiza teniendo en cuenta la normativa tributaria de cada una de las provincias argentinas para los años 2004 y 2015, mostrando la evolución de la presión tributaria en el lapso de tiempo indicado, para los principales agregados económicos. Se destaca particularmente la evolución de la provincia de en comparación con la del resto del las jurisdicciones. También se construyen indicadores de presión tributaria para 4 tamaños de establecimientos, variando los niveles de facturación considerados según cada sector. Cabe aclarar que algunos valores pueden diferir de los presentados en el apartado II.2 debido a que en aquel análisis se tomaron valores promedio para rubros en general, mientras que en el actual se consideran ramas puntuales de actividad económica. Por ejemplo, en el anterior apartado se consideran las actividades financieras en general, mientras que acá se analiza puntualmente la presión tributaria sobre los bancos. En el presente apartado se adopta esta mecánica puesto que facilita el análisis de la evolución sectorial. 41

43 INDUSTRIA LOCAL TELEFONIA FIJA RESTAURANTES SERVICIOS BANCOS COMERCIO POR MENOR HOTELES INDUSTRIA CONVENIO Gráfico 23: Carga tributaria sobre ciertas ramas económicas. Año Nivel de carga tributaria promedio Nivel de carga tributaria BANCOS 5,32% BANCOS 6,75% TELEFONIA FIJA 4,39% TELEFONIA FIJA 7,0 COMERCIO POR MENOR 3,6 COMERCIO POR MENOR 4,5 SERVICIOS SERVICIOS 4,75% RESTAURANTES 3,47% RESTAURANTES 5,0 HOTELES 3,43% HOTELES 4,0 INDUSTRIA CONVENIO 3,31% INDUSTRIA CONVENIO INDUSTRIA LOCAL 1,08% INDUSTRIA LOCAL 2,0 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 7,0 8,0 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 7,0 8,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial En el grafico anterior se muestra la alícuota promedio provincial de los distintos sectores y el caso especifico de. Las alícuotas aplicadas por en todos los casos superan el promedio provincial del sector entre un 6% y un 85% dependiendo del sector que se esté analizando. Gráfico 24: Diferencial de alícuotas aplicadas por en relación al promedio provincial, según sectores % 59% 44% 36% 27% 25% 17% 6% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial

44 I. Ranking para Industria Local Gráfico 25: Alícuotas industria local- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. 3,33% Tierra del Fuego 2,43% 2,0 1,95% 1,75% Buenos Aires 1,75% 1,62% 1,62% 1,5 Santiago del Estero 1,35% 1,2 1,0 0,53% 0,0 0,0 0,46% PROMEDIO 1,08% 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,5 1,0 1,5 2,0 4,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial En el ranking nacional, la provincia de está ubicada en el tramo superior de la pirámide, siendo una de las provincias con mayor carga tributaria sobre la industria local, con una alícuota del 2%, sólo superada por la provincia de Tierra del Fuego (2,43%), y con 3,33% y respectivamente. La alícuota que grava al sector en la provincia cuyana es un 85% superior al promedio provincial que está ubicado en torno al 1,08%. 43

45 Gráfico 26: Industria local- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Variaciones Nivel de carga tributaria Variación porcentual de la carga tributaria 2,0 0,0 Buenos Aires 1,75% 0,0 1,5 0,0 1,0 0,0 0,53% 0,0 0,46% 0,0 1,8 1,62% 0,99% 3,33% 1,95% 1,5 Tierra del Fuego 2,43% 1,93% 1,75% 1,5 1,2 1,2 0,0 0,0 0, , ,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 Santiago del Estero 1,35% 1,35% 1,62% 1,62% 0, 0,5% 1, 1,5% 2, 2,5% 3, 3,5% 4, 4,5% 5, Buenos Aires INFINITO INFINITO INFINITO INFINITO 64% 4 3 Tierra del Fuego 26% 17% Santiago del Estero 15% 3 45% 6 75% 9 94% Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Analizando el periodo para el sector y considerando que en el año 2004 la industria local estaba exenta en gran parte de las provincias en virtud al pacto Fiscal, junto, Cordoba,, y Buenos Aires, presentan una variación infinita. 44

46 Gráfico 27: Industria local- Tamaño grande- Variación porcentual ,0 6,0 5,0 4,0 82% ,0 1,0 0,0 0,59% 1,08% Promedio 0,0 2,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y La variación porcentual del periodo de análisis en la provincia de es superior a la del promedio de las provincias, el cual se incremento en un 82% en el lapso , mientras que en el caso de ese incremento es infinito, al pasar de una alícuota igual a cero, a un valor determinado. II. Ranking para Industria de extraña jurisdicción En el caso de la industria de extraña jurisdicción, se ubica en la parte intermedia del ranking, con una alícuota sobre el sector de, siendo un 6% superior al promedio nacional ubicado en torno al 3,31%. El rango de alícuotas sobre el sector es amplio, con jurisdicciones como que aplican un 1,95% en la base del ranking, llegando a un 5% en el caso de. 45

47 Gráfico 28: Industria de extraña jurisdicción- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Buenos Aires Santiago del Estero Tierra del Fuego 1,95% 2,4 2,25% 2,9 2,7 3,33% 3,3 3,8 3,6 4,14% 4,0 4,0 4,0 PROMEDIO 3,31% 5,0 4,99% 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

48 Gráfico 29: Industria de extraña jurisdicción- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Nivel de carga tributaria Variación porcentual de la carga tributaria 4,99% 1,5 1,5 3,8 1,8 Buenos Aires 4,0 1,95% 5,0 3,3 1,65% 1,5 1,5 1,8 2,9 1,5 Tierra del Fuego 1,5 1,5 1,5 4,0 2,25% 1, ,33% 4,0 4,14% 3,6 2,4 2,4 1,95% 1,95% Santiago del Estero 2,7 2,7 0, 1, 2, 3, 4, 5, 233% 133% 111% Buenos Aires 105% % 93% Tierra del Fuego 67% 67% 67% % 31% 2 Santiago del Estero Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y Durante el período comprendido entre los años 2004 y 2015 existen jurisdicciones que no incrementaron la carga sobre la industria sujeta a convenio multilateral, tales son los casos de,, Santiago del Estero y. En las restantes provincias se incremento la carga sobre el sector entre un 2 en el caso de, llegando a un 233% en el caso de la provincia de. En este contexto, la provincia de se encuentra entre las que más 47

49 incrementaron la presión fiscal sobre la industria sujeta a convenio sólo superada por la provincia de. Puntualmente la jurisdicción mendocina paso de una alícuota del 1,5 en 2004 a en 2015, lo que implica una variación de un 133% en el periodo de análisis. Gráfico 30: Industria de extraña jurisdicción- Tamaño grande- Variación porcentual ,0 6,0 5,0 4,0 59% 133% 3,31% ,0 2,08% 1,5 1,0 0,0 Promedio Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y La carga fiscal sobre la industria de extraña jurisdicción, se incremento para el promedio de las jurisdicciones un 59% en el periodo de análisis, pasando de un 2,08% en 2004 a un 3,31% en Por su parte, la provincia de en idéntico periodo de tiempo elevo el peso de la imposición en un 133% pasando de 1,5 en 2004 a en

50 III. Ranking para Telefonía Fija Gráfico 31: Alícuotas telefonía fija- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero 2,7 2,4 3,42% 3,9 3,85% 4,6 4,5 4,5 5,36% 5,0 5,0 5,0 5,5 6,0 PROMEDIO 4,39% 7,04% 7,0 8,03% 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 7,0 8,0 9,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y La provincia de cuyana se encuentra en el tramo superior del ranking en el sector que comprende la telefonía fija, siendo una de las 3 provincias que mayor presión tributaria ejercen sobre la actividad, con una alícuota del 7%, sólo superada por y con 7,04% y 8,03% respectivamente. Cabe destacar que la carga tributaria mendocina es un 6 superior a la carga promedio que se encuentra en torno al 4.39%. Si se observa el tramo inferior del ranking, la provincia de es la que menor alícuota presenta con un 2,4 seguida por y con respectivamente. 49

51 Gráfico 32: Telefonía fija- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Nivel de carga tributaria Variación porcentual de la carga tributaria 221% 8,03% 5,0 2,0 7,0 5,36% 4,5 2,25% 5,0 4,6 5,0 3,42% 2,4 Tierra del Fuego 3,85% 2,85% 3,9 4,5 6,0 5,0 Buenos Aires 5,5 4,6 7,04% 6,0 Año 2015 Año ,4 2,4 Santiago del Estero 2,7 2,7 0, 2, 4, 6, 8, 221% % 126% 10 67% 46% 43% 43% 4 4 Tierra del Fuego 35% 3 29% 2 2 Buenos Aires 2 17% 17% Santiago del Estero Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y La variación porcentual de las alícuotas aplicadas por las provincias sobre el sector para el período es muy dispar. Existen provincias que no han variado la presión tributaria como el caso de,,, Santiago del Estero y. Entre las provincias que si 50

52 incrementaron la alícuota en el periodo analizado, las variaciones parten de un 17% en el caso de y llegan a un 221% en el caso de la provincia de. En cuanto a la posición relativa de, se encuentra entre las tres provincias que mas incrementaron la alícuota, sólo superada por y. En el año 2004 aplicaba una alícuota del, y en el año 2015 dicha alícuota es del 7,0, lo cual implica un incremento del 133% con respecto al año Gráfico 33: Telefonía fija-tamaño grande- Variación porcentual ,0 6,0 45% 133% 7,0 5,0 4,0 2,0 4,39% 3,04% ,0 0,0 Promedio Sector Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y Durante se observa que el promedio de alícuotas provinciales sobre la actividad se incremento en un 45% mientras que por su parte en igual período de tiempo elevo la presión sobre la actividad en un 133%. 51

53 IV. Ranking para comercio por menor Gráfico 34: Alícuotas comercio por menor- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Buenos Aires Tierra del Fuego Santiago del Estero 2,4 2,9 2,7 3,42% 3,31% 3,85% 3,6 3,9 4,75% 4,5 4,5 5,0 5,0 4,99% PROMEDIO 3,6 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Las alícuotas aplicables sobre comercio al por menor para el año 2015 varían entre el y el 5,0. La provincia de se encuentra en el tramo superior dentro del ranking con una alícuota del 4,5 superada solo por (4,75%),, Buenos Aires, y con alícuotas del 5,0. En el extremo opuesto encontramos a la provincia de, y la Rioja con alícuotas del, 2,4 y respectivamente. Cabe destacar que la presión ejercida por la provincia mendocina sobre la actividad es un 25% superior al promedio nacional ubicado en torno al 3,6. 52

54 Gráfico 35: Comercio por menor- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Nivel de carga tributaria Variación porcentual de la carga tributaria 2,0 75% 5,0 67% Buenos Aires 5,0 Buenos Aires 67% 4,5 5 3,23% 4,75% 47% 4,99% 43% 3,42% 2,4 43% 4 4 2,25% 4 Tierra del Fuego 3,85% 2,85% Tierra del Fuego 35% 3,9 3 4,5 29% 3, ,9 16% 3,3 6% 3,31% 3,22% 3% Año 2015 Año ,4 2,4 Santiago del Estero 2,7 Santiago del Estero -14% 0, 2, 4, 6, 8, -2 5% 3 55% 8 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y En el periodo ha sido heterogénea la evolución de la presión ejercida por las distintas jurisdicciones provinciales sobre la actividad.,,, y La Pampa no han incrementado la presión. Santiago del Estero fue la única jurisdicción que ha disminuido la carga sobre el sector como consecuencia de la disminución de la alícuota general aplicable a la actividad. Por otro lado existen provincias que elevaron la carga entre un 3% () 53

55 y un 75% (). Puntualmente ha incrementado la presión un 5 en el periodo de tiempo analizado, pasando de una alícuota del aplicada en el 2004 a una alícuota del 4,5 en 2015, razón por la cual, forma parte del grupo que más incremento la magnitud de la imposición sobre la actividad. Gráfico 36: Comercio por menor- Tamaño grande- Variación porcentual ,0 6,0 5,0 27% 5 4,5 4,0 2,85% 3, ,0 1,0 0,0 Promedio Sector Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y Durante el periodo la provincia de elevó la magnitud de la carga sobre el comercio al por menor un 5, siendo superior al incremento experimentado por el promedio del sector para todas las jurisdicciones, el cual se ubico en torno al 27%. 54

56 V. Bancos. Gráfico 37: Alícuota bancos- 24 jurisdicciones. Buenos Aires 8,4 8,0 8,0 7,41% 7,0 6,75% 6,5 6,0 5,31% 5,0 5,0 5,0 4,7 4,62% 4,62% Tierra del Fuego 4,62% 4,5 4,4 4,28% 4,23% 4,2 4,15% 4,02% PROMEDIO 5,32% Santiago del Estero 1,04% 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 7,0 8,0 9,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial En el sector de Bancos se observa una gran disparidad con respecto a las alícuotas aplicadas durante el Santiago del Estero es la jurisdicción que menor alícuota aplica con 1,04% mientras que en el extremo opuesto del ranking se ubica con 8,4. La provincia de se ubica en el tramo superior, que mayores alícuotas aplica sobre la actividad con 6,75% ubicándose un 1 por encima del promedio del sector que se ubica en un 5,32%. Cabe destacar que en el periodo de tiempo analizado, la actividad bancaria mantuvo la base imponible de intermediación que surge 55

57 de la diferencia que resulta entre el total de la suma del haber de la cuenta de resultados y los intereses y actualizaciones pasivas. Gráfico 38: Bancos- 24 jurisdicciones. Nivel de carga tributaria Variación porcentual de la carga tributaria Buenos Aires 1,92% 4,4 1,85% 3,54% 3,08% 4,23% 3,47% 4,0 5,31% 8,4 7,41% 8,0 6,75% 8,0 6,5 7,0 Buenos Aires 147% 138% 126% 119% 89% 87% 75% 68% 337% 5,0 59% 5,0 59% 3,85% 6,0 56% 3,08% 4,62% 5 4,7 49% 4,62% 4,28% 4,23% Año 2015 Año % 43% 34% 4,2 3,23% 3 3,85% 5,0 3 Tierra del Fuego 4,02% 3,29% Tierra del Fuego 22% 4,15% 3,46% 2 4,62% 3,85% 2 4,5 3,85% 17% Santiago del Estero 1,04% 1,04% Santiago del Estero -1, 1, 3, 5, 7, 9, Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

58 Durante el periodo a excepción de Santiago del Estero, las restantes jurisdicciones han incrementado el peso de la carga tributaria sobre el sector bancario entre un 17% () y un 337% (). En este contexto la provincia de se ubica entre las 5 que mayor variación porcentual presentan en el lapso de tiempo analizado. Concretamente incremento un 119% la alícuota sobre el sector sólo superada por el caso de ya mencionado anteriormente y por (126% de variación), (138% de variación) y (147% de variación). Gráfico 39: Bancos- Variación porcentual ,0 6,75% 6,0 5,0 67% 5,32% 119% 4,0 2,0 3,19% 3,08% ,0 0,0 Promedio Sector Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y Durante el incremento de la presión tributaria aplicada al sector bancario en (119%) es superior al experimentado por el promedio del sector, que se ubico en un 67%. 57

59 VI. Ranking para servicios en general. Gráfico 40: Alícuotas servicios en general- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Buenos Aires 5,0 4,99% 4,75% 4,75% 4,5 Tierra del Fuego 3,9 3,85% 3,6 3,31% Santiago del Estero 2,9 2,7 2,4 PROMEDIO 0,0 1,0 2,0 4,0 5,0 6,0 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial Con respecto al sector de servicios en general, en el año 2015 nuevamente se ubica entre las provincias con mayor presión dentro del ranking, con una alícuota del 4,75% que comparte con la provincia de, y sólo es superada por y Buenos Aires con 4,99% y 5,0. 58

60 respectivamente. La carga impositiva impuesta por en este sector es un 36% superior a la carga promedio de todas las jurisdicciones sobre la actividad. Gráfico 41: Servicios en general- Tamaño grande- 24 jurisdicciones. Nivel de carga tributaria Variación porcentual de la carga tributaria 4,75% 58% 3,23% 4,75% 47% Buenos Aires 5,0 Buenos Aires 43% 4,99% 43% 4 4 2,25% 4 Tierra del Fuego 3,85% 2,85% Tierra del Fuego 35% 2,4 31% 3,9 3 4,5 29% 3, ,9 16% 3,3 6% 3,31% 5% Año 2015 Año ,4 2,4 Santiago del Estero 2,7 Santiago del Estero -14% 0, 2, 4, 6, 8, -2 5% 3 55% 8 Fuente: IARAF en base a normativa tributaria provincial 2004 y

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