V WORKSHOP DE EVALUACIÓN DEL RIESGO EN LA CADENA ALIMENTARIA SEGURIDAD Y SOSTENIBILIDAD DE LOS MATERIALES EN CONTACTO CON ALIMENTOS
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- Víctor Manuel Sevilla Cortés
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1 Materiales en contacto con alimentos. Novedades legislativas V WORKSHOP DE EVALUACIÓN DEL RIESGO EN LA CADENA ALIMENTARIA SEGURIDAD Y SOSTENIBILIDAD DE LOS MATERIALES EN CONTACTO CON ALIMENTOS Victorio Teruel Muñoz Madrid, 16 de mayo de 2012
2 INTRODUCCIÓN PRODUCCIÓN PRIMARIA TRANSFORMACIÓN DISTRIBUCIÓN CADENA ALIMENTARIA
3 INTRODUCCIÓN El hombre ha ido utilizando los materiales que la naturaleza le proporcionaba como envases adaptándolos a sus necesidades Con el desarrollo de la industria química aparecen nuevos materiales que están fabricados con sustancias desconocidas en la naturaleza, procedentes del petróleo y sus derivados
4 REGLAMENTO MARCO Vidrio Barnices y revestimientos Materiales y objetos activos e inteligentes Metales y aleaciones Ceras Madera Adhesivos Celulosa regenerada del Parlamento Resinas Europeo de y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre los materiales intercambio y objetos iónico destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE Corcho Cerámica Papel y cartón Productos textiles Plásticos Caucho Siliconas Tintas de imprenta
5 FINALIDAD Garantizar mercado interior UE en la comercialización de envases y alimentos Proporcionar la base para garantizar un elevado nivel de protección Salud humana Intereses consumidores
6 AMBITO DE APLICACION Materiales y objetos terminados, incluidos los materiales y objetos activos e inteligentes, en contacto con alimentos Que estén destinados a entrar en contacto con alimentos Que estén ya en contacto con alimentos y estén destinados a tal efecto De los que quepa esperar razonablemente que entrarán en contacto con alimentos o que transferirán sus componentes a los alimentos en condiciones normales o previsibles de empleo
7 REQUISITOS GENERALES representar un peligro para la salud humana Requisitos generales (Art. 3) Los materiales y objetos, incluidos los materiales y objetos activos e inteligentes, habrán de estar fabricados de conformidad con las buenas prácticas de fabricación para que, en las condiciones normales o previsibles de empleo, no transfieran sus componentes a los alimentos en cantidades que puedan: provocar una modificación inaceptable de la composición de los alimentos provocar una alteración de las características organolépticas de los alimentos
8 REQUISITOS GENERALES representar un peligro para la salud humana Requisitos generales (Art. 3) Los materiales El etiquetado, y objetos, incluidos la publicidad los materiales y la y presentación objetos activos de e los inteligentes, materiales habrán u objetos de estar no deberán fabricados inducir de conformidad a error a los con consumidores. las buenas prácticas de fabricación para que, en las condiciones normales o previsibles de empleo, no transfieran sus componentes a los alimentos en cantidades que puedan: provocar una modificación inaceptable de la composición de los alimentos provocar una alteración de las características organolépticas de los alimentos
9 Reg 1935/2004 DISPOSICIONES
10 EVALUACIÓN Y AUTORIZACIÓN Solicitud AESAN EEMM Directrices CPCASA Grupo expertos Opinión científica (6+6 meses) Decisión específica
11 TRAZABILIDAD SUSTANCIAS DE DE PARTIDA FABRICANTE DEL DEL ENVASE INDUSTRIA ALIMENTARIA Reg. 178/2002 Reg. 1935/2004
12 Requisitos generales (Art. 3) Los materiales y objetos, incluidos los materiales y objetos activos e inteligentes, habrán de estar fabricados de conformidad con las buenas prácticas de fabricación para que, en las condiciones normales o previsibles de empleo, no transfieran sus componentes a los alimentos en cantidades que puedan:
13 BUENAS PRÁCTICAS DE FABRICACIÓN FABRICACION hasta la producción de sustancias primas, ésta no incluida! de 22 de PROCESAMIENTO Diciembre de 2006, de la Comisión, sobre DISTRIBUCION buenas prácticas de fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos
14 BPFs: DEFINICIÓN los aspectos de aseguramiento de la calidad que garantizan que los materiales y objetos se producen y controlan de forma coherente, para asegurarse de que: Sean conformes a las normas aplicables y los estándares de calidad adecuados para el uso previsto No pongan en peligro la salud humana o causen un cambio inaceptable en la composición de los alimentos o un deterioro de sus características organolépticas
15 BUENAS PRÁCTICAS DE FABRICACIÓN Los operadores de empresas se asegurarán de que las operaciones de fabricación se lleven a cabo de conformidad con: Normas detalladas sobre buenas prácticas Sistema de aseguramiento de fabricación de la calidad eficaz y documentado y garantizará su cumplimiento Selección materias primas Conformidad con las buenas prácticas de fabricación Conformidad operaciones con instrucciones y procedimientos preestablecidos Sistema eficaz de control de la calidad Documentación especificaciones, fórmulas y procesamientos para la conformidad y seguridad de los MCA acabados documentación a disposición de las autoridades competentes cuando éstas la soliciten Tintas de imprenta Sistema de aseguramiento de la calidad de los procesos de reciclado de plásticos seguimiento de la aplicación y consecución de BPFs medidas de corrección de cualquier fallo
16 MEDIDAS ESPECÍFICAS: Grupos de materiales Activos e inteligentes Reglamento 450/2009 Plásticos Reglamento 10/2011 Plásticos reciclados Reglamento 282/2008 Películas de celulosa regenerada Directiva 2007/42/CE Cerámica Directiva 84/500/CEE Reglamento 1935/2004 BPFs Reglamento 2023/2006 Nitrosaminas Directiva 93/11/CEE Epoxídicos Reglamento 1895/2005 Resto poliméricos RD 847/2011
17 LEGISLACIÓN PLÁSTICOS Reglamento 10/2011 sobre materiales y objetos plásticos Reglamento 282/2008 sobre materiales y objetos de plástico reciclado Real Decreto 866/2008 (plásticos) Real Decreto 846/2011 (plásticos reciclados) Real Decreto 847/2011 (Poliméricos)
18 REG 10/2011: cambios introducidos Consolidación Aplicación directa Amplía el ámbito (materiales y objetos multicapa multimaterial) Lista completa NIAS/PPAs/auxiliares de polimerización Declaración conformidad (todas las fases): Inclusión revestimientos, tintas y adhesivos Modificación pruebas migración y simulantes
19 REG 10/2011: excepciones Colorantes Disolventes PPAs Auxiliares de polimerización Adhesivos, tintas impresión y recubrimientos Otros materiales poliméricos (resinas de intercambio iónico, cauchos y siliconas)
20 SITUACIÓN ACTUAL Aplicación plena Reglamento 10/2011 (1/1/13-1/1/16) Preparación guía de aplicación del Reglamento Actualización continua lista de sustancias (Anexo I) EFSA Biocidas (nuevo Reglamento) Lista procesos reciclado ( 2014?) Actualización RD reciclados (bebidas refrescantes) Artículos plásticos cocina de poliamida y melamina de China y Hong-Kong (control importación) R284/2011 Migración plastificantes juntas de tapas
21 MATERIALES Y OBJETOS ACTIVOS Destinados a Prolongar la vida útil Mantener o mejorar el estado del alimento envasado Reglamento (CE) Nº 450/2009MATERIALES Y OBJETOS INTELIGENTES Controlan el estado de los Diseñados para alimentos envasados o el entorno Incorporar componentes que de ellos de transmitan la Comisión, sustancias de 29 de mayo de 2009, sobre materiales y objetos activos e Absorber inteligentes sustancias destinados a entrar en contacto con alimentos a/de los alimentos envasados o el entorno de éstos
22 DEFINICIONES Componente: sustancia individual o combinación de éstas que causan la función activa y/o inteligente de un material, incluyendo los productos de reacción in situ de estas sustancias. No incluyen las partes pasivas. Sustancias activas liberadas: las destinadas a ser liberadas en el alimento envasado, en su superficie o en su entorno por materiales y objetos activos liberadores y que cumplen un propósito en el alimento.
23 Sustancias incluidas en la lista de la Unión Sustancias activas liberadas (aditivos alimentarios) Sustancias añadidas o incorporadas (implantación o inmovilización) al material con efecto tecnológico en el alimento No existe contacto con el alimento ni el entorno y hay separación con barrera funcional (LME< 0,01 mg/kg alimento) COMPONENTES AUTORIZADOS
24 Sustancia activa liberada Se incorpora al alimento (interior o superficie) No se incorpora al alimento (actúa en el entorno) Sustancia autorizada en el ámbito alimentario (nacional o UE) Sustancia incluida en la lista de la Unión
25 ESTABLECIMIENTO LISTA INICIAL El plazo para la presentación de solicitudes finalizó en febrero 2011 La COM tiene que publicar un registro de las sustancias solicitadas EFSA encargada de la evaluación del riesgo (seguridad del uso propuesto) Guía Reglamento (adoptada el 23/11/2011) La lista de la UE será adoptada por la COM una vez que EFSA termine con la evaluación de TODAS las sustancias del registro.
26 FUTURO Revisión de los límites de migración de plomo y cadmio Plomo (EFSA 2010): IST 25 μg/kg (3,6/día) BMDL 01 0,50 (niños)-0,63 (adultos) Cadmio (EFSA 2009): ISTP 7 μg/kg IST 2,5 μg/kg Posibilidad de incorporar otros metales Posibilidad de ampliar el ámbito de aplicación a los recubrimientos cerámicos
27 REQUISITOS DE HIGIENE ENVASES FACILES DE LIMPIAR Y DESINFECTAR NO SEAN FUENTE DE CONTAMINACION REGLAMENTO 852/2004 (Anexo II, Capítulo X) APLICABLE EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA ALMACENAMIENTO NO EXPUESTO A CONTAMINACION EVITAR CONTAMINACION EN OPERACIONES DE ENVASADO Y EMBALAJE MATERIALES DE ENVASADO Y EMBALAJE
28 REQUISITOS DE HIGIENE Los envases no son alimentos No están incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento 852/2004 (higiene de los productos alimenticios) No aplicable a la fabricación de los envases Art. 3 Reglamento 1935/2004: Uso seguro FABRICACIÓN DE ENVASES INDUSTRIA ALIMENTARIA Reglamento 2023/2006 BPFs
29 RGSEAA Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero
30 RGSEAA Art Se inscribirán en el Registro cada uno de los establecimientos de las empresas alimentarias o, en el caso de que éstas no tengan establecimientos, las propias empresas, siempre que reúnan los siguientes requisitos: a) Que la sede del establecimiento o la sede o domicilio social de la empresa que no tenga establecimiento esté en territorio español. b) Que su actividad tenga por objeto: 1.º Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano. 2.º Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos. 3.º Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos. c) Que su actividad pueda clasificarse en alguna de las siguientes categorías: 1.º Producción, transformación, elaboración y/o envasado. 2.º Almacenamiento y/o distribución y/o transporte. 3.º Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.
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