RH-PO-01: Procedimiento para la planeación y control del disfrute de vacaciones
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- Arturo Álvarez Soler
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1 RH-PO-01: Procedimiento para la planeación y control del disfrute de 1. Propósito Establecer las actividades necesarias para de los funcionarios. la planificación y el control del disfrute anual de las 2. Alcance Este procedimiento es de aplicación obligatoria para todas las dependencias y funcionarios de la institución y sus órganos desconcentrados. Alcanza los dos regímenes salariales que operan en la Aresep (Salario Global y Salario por Componentes) y se aplica a todos sus funcionarios (as). 3. Documentos relacionados Política de disfrute de de los funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y de los funcionarios de su órgano desconcentrado (Sutel), aprobada por la Junta Directiva en Sesión Extraordinaria , celebrada el 13 de octubre del 2014, con carácter de firme. Reglamento Autónomo de las relaciones de servicio entre la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, su órgano desconcentrado y sus funcionarios. RAS. 4. Responsabilidades Es responsabilidad del Regulador General y el Director General de Operaciones aprobar lo estipulado en este documento. Es responsabilidad de las áreas de de la ARESEP y SUTEL velar por el correcto cumplimiento de este procedimiento. Es responsabilidad de todas las jefaturas s y superiores, y de todos los funcionarios de la institución, cumplir lo establecido en este documento. 5. Términos Salario: Remuneración periódica que se otorga por el desempeño de un cargo, con la intensidad, cuidado, esmero y forma que éste requiera, durante la jornada laboral. Versión 1 20 de abril del 2015 p.1/7
2 Salario Global: Será un único monto, en el cual se entienden incorporados pero no desglosados el pago de salario base, anualidades, la prohibición o la función especializada y la carrera profesional, cuando corresponda. Salario por componentes: Salario que reconoce un salario base, anualidades y/o beneficios de carrera profesional, prohibición para el ejercicio de la profesión y cualquier plus salarial que jurídicamente corresponda, pudiéndose diferenciar el monto por cada uno de esos componentes. Subsidio por : hacer referencia al artículo 36 del RAS Cálculo para el pago por concepto de plus por disfrutadas Vacaciones: Consisten en un descanso anual pagado que tienen por finalidad, permitirle al trabajador restituir las energías físicas y mentales desgastadas por el trabajo. 6. Abreviaturas y acrónimos ARESEP: Autoridad Reguladora de Servicios Públicos. RAS: Reglamento Autónomo de las relaciones de servicio entre la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, su órgano desconcentrado y sus funcionarios : Dirección de (ARESEP) o (SUTEL) 7. Descripción del procedimiento 7.1 Escala de otorgamiento de De acuerdo con el artículo 33 del RAS, la determinación de la cantidad días de que anualmente tiene derecho cada funcionario se rige por la aplicación de las siguientes escalas: a) Los(as) funcionarios(as) que ingresaron a la Institución estando en vigencia el Estatuto de Servidores del Servicio Nacional de Electricidad, publicado en La Gaceta Nº 77, del 22 de abril de 1988, tendrán derecho a disfrutar de remuneradas por el trabajo efectivo prestado anualmente, así: 1. De uno a cuatro años de servicio, quince días hábiles. 2. De cinco a nueve años de servicio, veinte días hábiles. 3. Diez años o más de servicio, treinta días hábiles. b) Los(as) funcionarios(as) que ingresaron a la Institución estando en vigencia el Estatuto de Trabajo de la Autoridad Reguladora, publicado en La Gaceta Nº 93 del 15 de mayo de 1998, tendrán derecho a disfrutar de remuneradas por el trabajo efectivo prestado anualmente, así: 1. De uno a cuatro años de servicio, quince días naturales. 2. De cinco a seis años de servicio, dieciocho días naturales. 3. De siete a ocho años de servicio tendrá veintiún días naturales. 4. En el noveno año de servicio tendrá veintidós días naturales. 5. Diez años o más de servicio tendrá treinta días naturales. c) Para efectos de reconocimiento de según la escala anterior, se aplicarán los períodos efectivamente laborados en otras instituciones públicas. El (la) interesado(a) aportará las certificaciones o constancias correspondientes a. Versión 1 20 de abril del 2015 p.2/7
3 d) Los(as) funcionarios(as) que sean remunerados(as) bajo el sistema de salario global, tendrán derecho a disfrutar de remuneradas de 20 días hábiles por el trabajo efectivo prestado anualmente. (Así reformado mediante sesión N 080 del 17 de diciembre de 2009, Publicado en La Gaceta número 55 del ) 7.2 Planeación del disfrute de Actividad Responsable Registro 1. La jefatura en conjunto con cada funcionario programará en el mes de diciembre de cada año el disfrute de sus del siguiente año, de tal manera que no se vea afectado el servicio de la dependencia y de la institución. En dicha programación se deben considerar los períodos de vencidos, a fin de obtener un saldo igual a cero en el mes de diciembre del siguiente año. 2. La jefatura elaborará en la primera semana de diciembre de cada año, el plan de del año siguiente para cada funcionario, de acuerdo con la programación señalada en la actividad No.1. Esto se debe indicar en el registro (Anexo 1), del cual enviará copia electrónica a para su información y control. 3. El encargado de la Dirección de que reciba los planes de los funcionarios, deberá revisar el registro enviado por la jefatura, y en caso de detectar alguna inconsistencia en la planeación realizada, solicitará a la jefatura la corrección, situación que debe ser comunicada también al funcionario al que corresponde el plan de. 4. Cada vez que se acerque un período de disfrute de programado, el funcionario informará a su jefatura, con una semana de antelación, el estado en que se encuentran las tareas asignadas recientemente. La planeación de por sí misma, no le otorga ningún derecho al funcionario de retirarse de sus labores y responsabilidades sin dar aviso previo a su jefatura. 5. El funcionario realiza la solicitud formal de las según el plan de aprobado, las cuales son revisadas y aprobadas por la jefatura, ambas acciones se realizan en el módulo Sistema de Gestión de Vacaciones, ubicado en la dirección electrónica s 7.3 Control del disfrute de Versión 1 20 de abril del 2015 p.3/7
4 Actividad Responsable Registro 1. Emite reportes trimestrales sobre las por vencer de los funcionarios y alertará, a la jefatura, de los casos de períodos vencidos de cada funcionario de su dependencia, en el registro RH- RE-02 Reporte de estado de (Anexo 2). Estos reportes servirán de insumo a las jefaturas, a fin de que tomen las acciones necesarias para asegurar o reprogramar de inmediato el disfrute de de sus funcionarios. 2. La jefatura reprogramará en conjunto con el funcionario respectivo el disfrute de los días de correspondiente a períodos vencidos previamente planeados y no cumplidos (en caso que aplique) y remitirá a vía correo electrónico la nueva programación en el registro RH-RE- 01 (Anexo 1). 3. La jefatura superior es la responsable de controlar el cumplimiento de la programación anual de disfrute de de los funcionarios (as) a su cargo de acuerdo con lo indicado en los registros originales. s superior RH-RE-02 Reporte de estado de 7.4 Pago de subsidio por Actividad Responsable Registro 1. Lleva el control quincenal del disfrute de de los funcionarios, de acuerdo con la información de las solicitadas y aprobadas en el módulo Sistema de Gestión de Vacaciones. 2. Verifica que efectivamente las fueron tomadas y no se presentó alguna situación que impidió su disfrute (incapacidades, anulaciones o fechas especiales que impidieran que tomara sus ). En caso que sea necesario, puede consultar a los funcionarios de relacionados con estos temas o a la jefatura. Área de Planillas Una vez que ha confirmado que el funcionario efectivamente disfrutó de las solicitadas, remitirá al Área de Planillas de la Dirección de Finanzas (DF) la información correspondiente, para el pago del subsidio por. Dicho pago del subsidio se realizará de la siguiente manera: 1. Vacaciones disfrutadas en la primera quincena del mes se paga en la planilla de la primera quincena del mes siguiente. 2. Vacaciones disfrutadas en la segunda quincena del mes se paga en la planilla de la segunda quincena del mes siguiente. 3. En caso de que las hayan sido aprobadas, pero el funcionario no las disfrutó total o parcialmente por las situaciones Comprobante del depósito Versión 1 20 de abril del 2015 p.4/7
5 Actividad Responsable Registro descritas en el punto 2, y el subsidio correspondiente sí se hubiese cancelado, es responsabilidad del funcionario realizar el reintegro del subsidio recibido que no le corresponde. El Área de Planillas le indicará al funcionario los medios por los cuales puede hacer el reintegro. Una vez que se presente el Comprobante del depósito, que fue corroborado por el Área de Planillas de la Dirección de Finanzas (DF), procederá con la corrección en el módulo Sistema de Gestión de Vacaciones. Área de Planillas 8. Control de cambios Fecha Apartado Descripción Justificación Versión 1 20 de abril del 2015 p.5/7
6 9. Aprobaciones Preparado por: Revisado por: Aprobado por: Mayela Sequeira Castillo Directora Dirección de Rodolfo González Blanco Director General Dirección General de Operaciones Angélica Arguedas Ceciliano Profesional Dirección de Paolo Varela Brenes Especialista Dirección General de Estrategia y Evaluación Ricardo Matarrita Venegas Director General Dirección General de Estrategia y Evaluación Dennis Meléndez Howell Regulador General Versión 1 20 de abril del 2015 p.6/7
7 10. Anexos Anexo 1: general de Anexo 2: RH-RE-02 Reporte trimestral del estado de Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos Dirección de Area de Vacaciones REPORTE DE VACACIONES FECHA DE CORTE NO. CÉDULA APELLIDO 1 APELLIDO 2 NOMBRE DEPENDENCIA PERÍODO PERIODO DÍAS DÍAS SALDO POR INICIAL FINAL ACUMULADOS DISFRUTADO PERÍODO Versión 1 20 de abril del 2015 p.7/7
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