CONSEJERÍA DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL

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1 BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL Orn GAN/19/2014, 7 abrl, por la que se aprueba la norma técnca para el uso la marca garantía CC Caldad Controlada para el arándano. El Decreto 166/ septembre, por el que se regula la marca garantía "CC Caldad Controlada" reglamenta el uso este dstntvo caldad en los productos almentaros. Este Decreto establece en su artículo 2 que los productos susceptbles ser ntfcados con la marca tenen que dsponer una norma técnca que especfque dstntos aspectos relaconados con la produccón, elaboracón y característcas los msmos. Elaborado el texto la norma técnca para la utlzacón la marca "CC Caldad Controlada" para el arándano, e nformado postvamente por la Comsón la Marca establecda en el artículo 4 l menconado Decreto, en uso las competencas que me confere el artículo 33f) la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, y en cumplmento lo dspuesto en el artculo 2.3 l referdo Decreto 166/2003, 25 septembre. DISPONGO Artículo únco. Aprobar la norma para el uso la marca garantía "CC Caldad Controlada" corresponnte a los arándanos que fgura como anexo a esta Orn. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA La presente Orn entrará en vgor el día sguente su publcacón en el BOC. Santanr, 7 abrl La consejera Ganaría, Pesca y Desarrollo Rural, Blanca Azucena Martínez Gómez. Pág /14

2 BOLETÍN OFICIAL DE ANEXO Norma técnca para el uso la marca garantía CC Caldad Controlada para el arándano Artículo 1.- Objeto la norma. La presente norma técnca tene por objeto fnr los requstos produccón y comercalzacón l arándano para su dstncón con la marca CC Caldad Controlada. Solamente obtendrá el dstntvo CC Caldad Controlada aquel producto que amás cumplr la normatva vgente, cumpla las condcones señaladas en esta norma técnca. Artículo 2-. Denomnacón y fncón l producto. La presente norma técnca establece los crteros para la dstncón bajo la marca CC Caldad Controlada los frutos azules procentes la planta Vaccnum Spp. stnados a ser entregados al consumdor en estado fresco. Solamente obtendrán el dstntvo CC Caldad Controlada aquellos arándanos que amás cumplr la normatva vgente, en especal las normas caldad, etquetado y límtes máxmos resduos cumplan las condcones señaladas en esta norma técnca. Artículo 3.- Característcas l fruto. Los arándanos amparados por la marca caldad CC Caldad Controlada berán ajustarse a las sguentes característcas caldad: Ser enteros, ben sarrollados y consstentes. Sanos y en partcular exentos mohos, podredumbres, nsectos y parástos. Con aspecto característco la varedad. Exentos olores y/o sabores extraños. Lmpos y sn materas extrañas vsbles. Lbre magulladuras, manchas, lesones o herdas. Estar en un estado madurez apropado según color, contendo en azucares y consstenca Morfológcas: 1. Tamaño los frutos: calbres según el máxmo dámetro ecuatoral (expresado en mm.) > 12 mm. Se admtrá como margen toleranca un 5% por banja frutos tamaños dspares y un +/- 5% l peso neto por envase, no admténdose mezcla varedas. 2. Madurez: Pág /14

3 BOLETÍN OFICIAL DE - Color exteror l fruto: berá ser el característco la varedad. No se admtrán coloracones verdosas. - Consstenca: condcón fruta frme al tacto (concnte con el estado coloracón Físco-químcas: Contendo en azúcares: mínmo 11º Brx, termnado refractométrcamente Vda útl l producto: 21 días entre la cosecha y la recepcón l producto por el clente. Artículo 4.- Descrpcón l método produccón. Se admte el cultvo en suelo y/o en maceta Labores preparatoras: 1. Correcta preparacón l terreno y/o sustrato 2. Optmzacón las propedas bofíscas l suelo y/o sustrato para evtar la gradacón l msmo (compactacón, erosón, pérdda nutrentes). 3. Realzar labores respetando al máxmo la estructura l suelo Evtar escorrentía y encharcamento. 4. Realzar un análss suelo y/o sustrato completo en caso ncar el cultvo en una parcela. 1. Utlzar sstemátcamente aperos que struyan la estructura l suelo y propcen la formacón suela labor. 2. Desnfectar el medo cultvo medante tratamentos químcos (salvo casos técncamente justfcados). 1. Realzar labores preparatoras acuadas que faclten el drenaje y areacón l terreno. 2. No voltear el suelo. 3. Elmnacón herbas adventcas preva plantacón medante métodos culturales o acolchados Plantacón: Utlzacón cultvares procentes productores autorzados. Utlzar materal vegetal que no esté sano o que tenga síntomas no estarlo. Pág /14

4 BOLETÍN OFICIAL DE 1. Conocer el grado susceptbldad a plagas y enfermedas. 2. Separacón entre líneas 0,50 a 1,5 m. y entre calles, al menos, 2,5 m. 3. La longtud las calles no superara los 100 m. 4. Realzar el trasplante con plantas con cepellón. 5. Utlzar varedas contrastadas y acuadas a la zona cultvo Mantenmento la plantacón Rego: 1. Dsponer las característcas analítcas la caldad l agua rego (químca y bacterológca), con objeto tomar csón sobre su utlzacón. 2. El agua rego se utlzará con crteros máxma efcenca. Por eso se ajustarán las doss rego a las necesdas los cultvos, a la textura y al drenaje l suelo. 3. El agua rego se dstrburá unformemente por las parcelas, lmtando las pérddas que puedan producrse por percolacón y escorrentía. 4. Revsar peródcamente la nstalacón rego para mantener un buen estado funconamento. 5. El materal utlzado en las nstalacones nuevas berá estar certfcado según normas UNE, sempre que éstas exstan para este tpo materal. 1. Utlzar aguas caracterzadas por parámetros caldad ntolerables para el cultvo, para el suelo o para la salud públca. 2. Utlzar aguas resduales sn preva puracón y superar los parámetros establecdos en la legslacón vgente. 3. Rego a manta. 1. Empleo sstemas rego por goteo auto-compensante. 2. Realzar análss agua con una perodcdad al menos 3 años. 3. S se sospecha la posbldad elevados contendo en sales o s se utlza agua que pueda recbr scargas urbanas o ndustrales, efectuar los análss con mayor perodcdad Fertlzacón y enmendas: Pág /14

5 BOLETÍN OFICIAL DE 1. Se establecerá un plan abonado, que fjará las cantdas fertlzante que berán aplcarse consrando las extraccones cultvo, el nvel fertldad l suelo. 2. Dsponer la analítca l suelo, para la elaboracón l plan abonado. 3. El abonado se fracconará acuadamente. 4. Las aportacones abonos folares sólo se utlzarán cuando esté plenamente justfcado. 5. Los olgoelementos se ntegrarán en los planes abonado, en funcón las necesdas y exgencas l cultvo. 1. Almacenamento estércol cerca las fuentes agua. 2. Acceso ganado a las aguas superfcales o a las zonas bombeo. 3. Realzar fertlzacón en suelos encharcados o con neve. 4. Utlzar materales con valor fertlzante, aportados al suelo, que estén contamnados por mcroorgansmos patógenos o que contengan materales no gradables. 1. Realzar enmendas acdfcantes cuando los suelos tengan un ph superor a 6 bdo a la mejor adaptabldad l cultvo a suelos ácdos (optmo 4-5,5) 2. Correccón la salndad y alcalndad l suelo medante azufre, yeso y regos abundantes antes la nueva plantacón. 3. Potencar el uso fertlzantes naturales, reducendo los químcos síntess. 4. Mantener alto contendo matera orgánca. 5. Realzar aplcacones localzadas. 6. Realzar análss fertldad l suelo con una perodcdad al menos 3 años. 7. Realzar análss folares y fruto cuando se evncen carencas o sequlbros elementos mnerales. 8. Utlzar abonado folar para corregr carencas o sequlbros nutrconales puntuales Gestón plagas y aplcacón productos ftosantaros: 1. Realzar una Gestón Integrada Plagas. Se antepondrán los métodos culturales, bológcos, físcos y genétcos a los métodos químcos 2. En el caso que sea necesaro realzar tratamentos con productos ftosantaros: a Utlzar productos ftosantaros autorzados en el Regstro productos y Materal Ftosantaro para el arándano y el agente patógeno a combatr. b Respetar las ndcacones la etqueta (plazos segurdad, doss empleo). Pág /14

6 BOLETÍN OFICIAL DE c Elegr el producto ftosantaro menor persstenca, toxcdad y eco-toxcdad. d Elmnacón los envases tratamentos ftosantaros utlzados a través centros recogda autorzados. e La maqunara utlzada en los tratamentos ftosantaros se encontrará en perfecto estado funconamento y perfectamente calbrada, bendo haber pasado, cuando corresponda, todas las nspeccones reglamentaras. f Señalar las áreas tratadas cuando lo prevea la legslacón vgente. g Llevar cuarno explotacón bdamente cumplmentado. 1. Establecer calendaros tratamentos y realzar aplcacones ndscrmnadas. 2. Utlzar productos ftosantaros no autorzados. 3. Sobrepasar los límtes máxmos resduos. 4. Abandonar el control ftosantaro antes la fnalzacón l cclo vegetatvo l cultvo 5. Emplear productos ftosantaros en los márgenes balsas y cauces agua. 1. Alternar famlas químcas los productos ftosantaros, no realzando más dos aplcacones segudas con la msma matera actva. 2. Establecer sstemas montorzacón plagas Poda. 1. Ejecutar la poda con un planteamento técnco que garantce que se realza manera equlbrada, basada en el comportamento varetal, en el sstema cultvo, en el índce fertldad y otros factores agronómcos. 2. Desnfectar peródcamente y máxme cuando exstan plantas afectadas por problemas santaros. 3. Elmnar los restos poda, forma acuada, aquellas plantas con sntomatología clara enfermedas. 1. Abandono restos poda sn trturado o troceado los msmos. 2. Queda ncontrolada restos poda. 1. Realzar poda rejuvenecmento, cuando exstan plantas envejecdas o afectadas por enfermedas Mantenmento l suelo Pág /14

7 BOLETÍN OFICIAL DE 1. S exste cuberta vegetal, mantener la flora espontánea cuando ésta sea mayortaramente gramíneas y legumnosas. 2. En los casos que sea necesaro la aplcacón herbcdas, las sustancas actvas se selecconarán con los msmos crteros ctados en el apartado control plagas y enfermedas. 3. Mantener lmpa la zona cultvo. 1. Utlzar aperos que struyan la estructura l suelo. 2. El laboreo en parcelas con pennte >10% y plantadas en el sentdo la msma. 1. Mantener cuberta vegetal 2. Acolchar la línea cultvo 3. Cuando se realcen labores, hacerlo en stuacones tempero. 4. Cuando se aplquen herbcdas, las materas actvas bera n rotarse para evtar resstencas o nversón flora. 5. No aplcar herbcdas en plantacones menores 2 años Otras práctcas agrícolas 1. Mantener lmpa la explotacón y su entorno b) RECOMENDADAS 1. Facltar la polnzacón medante la utlzacón abejorros o colmenas en parcelas dmensones superores a una hectárea a razón 4-5 colmenas por Ha, con una separacón entre ellas no superor a 100 metros 2. Fomentar la polnzacón cruzada entre dos o más varedas. 3. No jar el strío sn recolectar. 4. Recoger los frutos caídos en el suelo y elmnarlos forma acuada 5. Mantener el suelo ben drenado. 6. Elmnar forma acuada los frutos enfermos Recoleccón: 1. La recoleccón se ncará en el momento en que el fruto muestre su grado óptmo madurez. 2. Elmnar los frutos que presenten síntomas patógenos. 3. Asegurar la lmpeza y asepsa los elementos utlzados. 4. Emplear recpentes realzados con materales nertes que no puedan contamnar el fruto y que sean fácl lmpeza. 5. Mano obra con capactacón en buenas practcas cosecha: La recoleccón se realzara con los dos índce y pulgar, realzando una lgera torsón sn apretar para no dañar la fruta Pág /14

8 BOLETÍN OFICIAL DE 6. Cosechar úncamente las plantas. 7. Los lotes berán presentar una ntfcacón nequívoca, las varedas y las parcelas. 1. Coger frutos l suelo 2. Mezclar varedas, admténdose una toleranca hasta el 5%. 3. Cosechar frutos húmedos 1. Se establecerán zonas sombra en el campo para proteger la fruta hasta llevarla a la sala acondconamento y empacado. 2. Llevar el fruto en el menor tempo posble a la sala acondconamento. 3. Evtar cosechar a las horas más calor. Artículo 5.- Conservacón l entorno la parcela y gestón resduos 1. Se tomarán las meddas oportunas para proteger la fauna y flora en las áreas próxmas a la plantacón 2. Se efectuará trple enjuagado los envases que contengan ftosantaros. El agua lavado estos envases se añadrá al tanque aplcacón. 3. Dsponer un lugar almacenamento plagucdas y abonos, separado l materal vegetal y los productos frescos, forma que se evte cualquer contamnacón. 4. Los envoltoros, envases y recpentes productos uso agrícola se elmnarán por los cauces legalmente establecdos. 1. El vertdo a las acequas, lagunas y cauces agua, los restos productos o los caldos sobrantes los tratamentos, así como los líqudos sobrantes la lmpeza la maqunara.. 1. Se procurará la proteccón l entorno la plantacón. 2. En caso nstalacón cerres, proteccones o cortaventos, se ntegrará sempre que sea posble en el entorno; utlzándose preferentemente especes vegetales autóctonas. 3. No almacenar productos ftosantaros n fertlzantes en contacto con el suelo Artículo 6.-Transporte, manpulacón y envasado Transporte: 1. Mantener lmpo y en condcones acuadas el nteror los vehículos utlzados con el fn evtar contamnacón. Pág /14

9 BOLETÍN OFICIAL DE 2. Intfcar los lotes los productos la marca CC Caldad Controlada. Centro Manpulacón: 1. Realzar la lmpeza, snfeccón, snsectacón y sratzacón l msmo con métodos y productos autorzados o por una empresa autorzada al nco la temporada. 2. Separar claramente en los almacenes (separacón real, fnda y señalzada) los productos amparados bajo esta marca caldad aquellos que no lo sean. 3. Intfcar los lotes los productos CC Caldad Controlada. 4. El Centro Manpulacón berá estar dado alta en el Regstro Industras Agraras y en el regstro santaro, s proce. 5. El local estará lbre contamnantes físcos, químcos o mcrobológcos. Envasado: 1. Los arándanos se dspondrán en envases con formato 125 g, 150 g y 200g, almacenándolos en un lugar lmpo y protegdo. Para la autorzacón l empleo otros formatos berá solctarse a la Comsón la Marca C.C. Caldad Controlada 2. Efectuar las operacones envasado por seres completas, tratando evtar en todo momento cualquer posbldad mezcla con otros productos. Almacenamento: 1. Almacenar productos químcos y/o sechos en las msmas zonas don se ubcan los productos hortícolas. 2. Almacenar materales o productos secho en la zona manpulacón. 3. Sobrecargar los envases. 4. Dejar las banjas expuestas al sol. 1. Todas las técncas tenrán a mantener las característcas y caldad los productos. 2. Conservar en cámara frgorífca a una temperatura 0-1ºC. con regstradores contnuos temperatura. 3. Humedad: 90-95%. Almacenamento 1. Almacenar en cámaras frgorífcas con atmósfera controlada 2. El establecmento no berá superar los 18ºC temperatura durante el proceso envasado Pág /14

10 BOLETÍN OFICIAL DE Artículo 7. Etquetado. Se berá cumplr lo establecdo normatvamente para el etquetado, acompañado por el dstntvo gráfco establecdo en el Decreto 166/ septembre referente a la marca caldad CC Caldad Controlada. Artículo 8. Régmen control. El órgano control establecerá los sstemas control que se estmen necesaros en la cana proceso l producto en produccón, conservacón, almacenamento, manpulacón, envasado y comercalzacón a fn asegurar que el producto que llegue al mercado ntfcado con el dstntvo CC Caldad Controlada cumpla los requstos establecdos en la presente norma y más normatva aplcable. Los controles se efectuarán: a.- De forma habtual, peródca y programada. b.- En aquellos supuestos que haya ndco rregulardad. El control consstrá en una o varas las operacones sguentes: a) Inspeccón vsual b) Toma muestras y análss. c) Examen materal escrto y documental. Se realzará un plan nspeccón anual en el que se tendrán en cuenta los sguentes aspectos: Produccón 1.- Durante todas las fases l cclo vegetatvo se realzarán controles sobre el terreno para comprobar que las práctcas l cultvo se realzan según la presente norma técnca. 2 - Los agrcultores berán dsponer un cuarno explotacón en el que se reflejen las parcelas utlzadas, marcos plantacón, tratamentos utlzados, produccón y cuantas otras consracones estme necesaras el órgano control. 3.- Para facltar el control la caldad en arándanos amparados, se podrán establecer baremos produccón para cada campaña Manpulacón y envasado 1.- Se realzará una prmera vsta control para establecer un plan trazabldad (separacón en lotes, manpulacón l producto, envasado y almacenaje l msmo). 2.- Deberá dsponer un programa snfeccón nstalacones y maqunara para garantzar su lmpeza y sandad l producto, así como los cajones y recpentes utlzados en el transporte y almacenamento l producto. 3.- Las ndustras berán dsponer un cuarno control autorzado por el órgano control en el que se refleje la entrada frutos, número lote, varedad, peso y cuantas otras consracones se estmen necesaras. Pág /14

11 BOLETÍN OFICIAL DE Una vez realzados los controles expuestos en los apartados anterores se procerá a la entrega las etquetas CC Caldad Controlada, sempre que se haya cumpldo la norma satsfactoramente. Artículo 9. Oblgacones los operadores autorzados al uso la marca. Sn perjuco las oblgacones y responsabldas que se establecen en el Decreto 166/2003, 25 septembre, los operadores autorzados al uso la marca CC Caldad Controlada estarán oblgados a: a) Permtr y colaborar en los controles que, acuerdo con lo prevsto en el Decreto 166/2003, 25 septembre, se realcen sobre las explotacones o nstalacones almacenamento, dstrbucón o envasado o la actvdad que sarrollen. b) Cumplr la norma técnca y poseer un cuarno explotacón don se anoten todas las operacones y práctcas cultvo. c) Almacenar, manpular, comercalzar por separado, en el espaco o en el tempo, según el caso, las produccones obtendas bajo la norma técnca otras obtendas por métodos dferentes. d) Adoptar las meddas acuadas para asegurar que durante todas las fases produccón y comercalzacón no pueda haber susttucón los arándanos obtendos bajo esta norma técnca por otros. e) Intfcar el producto acuerdo con la norma técnca en las fases produccón y comercalzacón en que ntervengan. f) Hacer buen uso la ntfcacón garantía CC Caldad Controlada. g) Notfcar anualmente a la ODECA y con anterordad a la fecha que se termne, su programa produccón, tallándolo por parcelas; así como peródcamente, los volúmenes producdos y comercalzados. h) Adoptar meddas correctoras que resuelvan rregulardas tectadas por los órganos o entdas control en la produccón y comercalzacón. Artículo 10. Calfcacón no conformdas. Tendrán la consracón no conformdad el ncumplmento lo dspuesto en la presente norma, en el resto la normatva aplcable al producto y en el reglamento uso la marca. Las no conformdas se clasfcan en leves, graves y muy graves. 1. Tendrán la consracón no conformdas leves aquellos ncumplmentos que sean susceptbles regularzacón medante la corresponnte accón correctva en el plazo comuncado por la autordad o entdad control. Estas no conformdas son, en general, las nexacttus y omsones en las claracones, documentos comercales autorzados, asentos, lbros regstro, fchas control y más documentos y, especalmente, las sguentes: a) Inexacttus y omsones datos y comprobantes, en los casos en que sean necesaros para la nscrpcón en los dstntos regstros, sempre que no sean termnantes para la nscrpcón. Pág /14

12 BOLETÍN OFICIAL DE b) No comuncar cualquer varacón que afecte a los datos sumnstrados en el momento la nscrpcón en los regstros. c) La falta lbros regstro, fchas control o cuantos documentos sean oblgatoros conforme a la presente norma técnca. d) Los restantes ncumplmentos a la presente norma técnca en la matera a la que se refere el presente apartado. En el caso que se hayan tectado uno o más ncumplmentos consrados como no conformdas leves, se apercbrá al operador concedéndole un plazo para la correccón dcha no conformdad y en una nspeccón posteror se procerá a comprobar s se han corregdo o no las crcunstancas que ra lugar a la/s no conformdad/es. S la no conformdad no se ha corregdo en el plazo conceddo mplcará que se consre como grave y, por lo tanto, se procerá a la no calfcacón o scalfcacón las produccones, partdas o lotes afectados. 2. Tendrán la consracón no conformdas graves aquellos ncumplmentos que no sean susceptbles regularzacón medante accones correctvas. Son no conformdas graves los ncumplmentos sobre produccón, procesado, almacenaje, envasado y característcas l arándano: a) El ncumplmento las normas sobre práctcas produccón, procesado, almacenaje, transporte y envasado l producto. b) Emplear en el proceso produccón productos no autorzados. c) Incumplr las normas almacenaje y envasado contempladas en esta norma técnca y más normatva aplcable. d) Envasar arándanos bajo el amparo la marca garantía Caldad Controlada cuando no cumpla lo establecdo en esta norma técnca y más normatva vgente. e) La utlzacón práctcas expresamente prohbdas por la norma técnca. f) Las restantes faltas que se produzcan contra lo dspuesto en la norma técnca en la matera a que se refere este apartado. g) La rencnca en tres no conformdas leves en una msma campaña. Las no conformdas graves supondrán la no calfcacón o scalfcacón las produccones, partdas o lotes afectados y como consecuenca no podrán comercalzarse bajo la marca CC Caldad Controlada. 3. Tendrán la consracón no conformdas muy graves las faltas por el uso nbdo la Marca Garantía o por actos que puedan causar perjuco o sprestgo: a) El empleo razones socales, nombres comercales, marcas, símbolos o emblemas que hagan referenca a la Marca Garantía en la comercalzacón otros arándanos no protegdas o otros productos smlar espece. Pág /14

13 BOLETÍN OFICIAL DE b) El empleo la Marca Garantía en arándano que no fuese producdo, procesado, envasado, almacenado o comercalzado conforme a las normas establecdas en la legslacón vgente, en esta norma, o que no reúnan las condcones organoléptcas que le caracterzan. c) La nbda tenenca, negocacón o utlzacón documentos, precntos, etquetas, contraetquetas, sellos, etc., propos la Marca Garantía, así como su falsfcacón. d) La exstenca arándanos en nstalacones almacenaje y/o envasado nscrtas o autorzadas sn la preceptva documentacón que ampare su orgen y caldad para ser protegda por la Marca Garantía, o la presenca en estas nstalacones documentacón que acredte unas exstencas arándano protegdo por la marca sn la contrapartda ese producto. e) La expedcón arándanos al mercado cuando no correspondan las característcas caldad con las menconadas en sus medos comercalzacón. f) La expedcón, crculacón o comercalzacón productos amparados, en tpos formatos no autorzados. g) La expedcón, crculacón o comercalzacón productos amparados por la Marca Garantía sprovstos precntos, contraetquetas o carentes los medos control establecdos. h) Efectuar el envasado, etquetado o contraetquetado los productos amparados en nstalacones que no sean las nscrtas o autorzadas. ) Falsear u omtr en las claracones para la nscrpcón en los dferentes regstros los datos y/o comprobantes que en cada caso sean necesaros, sempre que sean termnantes para la nscrpcón. j) La obstruccón a las tareas l Organsmo Control. k) Envasar producto bajo el amparo la Marca Garantía cuando proceda productores o explotacones no nscrtos. l) Envasar producto scalfcado y que, por tanto, no pue comercalzarse bajo el amparo la Marca Garantía. m) En general, cualquer acto que contravenga lo dspuesto en la presente norma o en los acuerdos la Comsón la Marca y que sprestge o perjudque a la Marca Garantía o suponga un uso nbdo ella. n) La rencnca no conformdas graves en un perodo dos años. Las no conformdas muy graves supondrá la suspensón la autorzacón l uso la marca por un perodo ses meses. La rencnca en no conformdas muy graves supondrá la retrada la autorzacón uso la marca conforme a lo dspuesto en el título VI l Decreto 166/2003 por el que se regula el uso la marca CC Caldad Controlada. Artículo 11. Revsones. Pág /14

14 BOLETÍN OFICIAL DE Esta norma técnca, podrá ser modfcada a propuesta la Comsón la Marca. Artículo 12. Regstros. Por la ODECA se llevará a cabo el Regstro productos almentaros caldad en el que se nscrbrán productos con la marca garantía regulada en esta dsposcón y operadores autorzados para el uso la marca según lo establecdo en el artículo 3 l Decreto 166/2003, 25 septembre. En la nscrpcón se anotarán los datos l operador (razón socal y domclo), el producto y la marca o marcas comercales con que se presenten en el mercado. 2014/5486 Pág /14

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