REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD ESPECIAL DE TITULACIÓN UTE-LVT

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1 REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD ESPECIAL DE TITULACIÓN CONSIDERANDO Que, La Constitución de la República del, en su Artículo 26, establece que la educación es un derecho de las personas mientras tengan vida y es un deber inevitable e inexcusable del Estado hacer cumplir el mismo. Constituyéndose esto en un área prioritaria de la política pública y del pago a la deuda social. Que, Esta misma Constitución en el Artículo 350 establece: El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional, con visión científica y humanista; investigación científica y tecnológica; propendiendo a la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país. Que, El Artículo 355 de la Constitución, entre sus principios, establece que el Estado reconocerá a las Universidades y Escuelas Politécnicas autonomía académica y administrativa, financiera y orgánica, que estén acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Carta Magna. A las Universidades y Escuelas Politécnicas se les reconoce el derecho a la autonomía, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsable. Esta autonomía garantiza la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad sin restricciones. La autonomía no exime a las instituciones del sistema el ser fiscalizadas, de la responsabilidad social, rendición de cuentas y participación en la planificación nacional. Que, La Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), en su Artículo 160, establece Fines de las Universidades y Escuelas Politécnicas. Corresponde a las Universidades y escuelas Politécnicas producir propuestas y planteamientos para buscar la solución de los problemas del país; propiciar el diálogo entre las culturas nacionales y de esta con la cultura universal; la difusión y sus valores en la sociedad ecuatoriana; la formación profesional, técnica y científica de sus estudiantes; profesores o profesoras investigadores o investigadoras contribuyendo al logro de una sociedad más justa, equitativa y solidaria, en colaboración con los organismos del estado y la sociedad 1

2 Que, El Consejo de Educación Superior (CES) amparado en el Artículo 169 literal u), de la LOES, determina como atribución y deberes: aprobar la normativa reglamentaria para el ejercicio de sus competencias. Que, Este mismo Artículo en el literal m), numeral 3, de la Ley en referencia, establece como atribución y deber del CES, aprobar al menos los siguientes reglamentos: 3.- De régimen académico y títulos, y de régimen de posgrado; y de las modalidades de estudios: presencial, semi-presencial, a distancia, en línea y otros. Que, En la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas, desde su creación, el mecanismo para graduación fue la Tesis de Grado. El Consejo Académico Superior Universitario, en uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto Orgánico de la. RESUELVE Expedir la normativa de la Unidad de Titulación Especial del nivel de educación superior de grado y para el nivel de postgrado de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas. Capítulo I Fundamentación Según lo expresado en el Reglamento de Régimen Académico (RRA), en el Art. 12 Numeral 3, la Unidad de Titulación incluye las asignaturas, cursos o sus equivalentes, que permiten la validación académica de los conocimientos, habilidades y desempeños adquiridos en la carrera para la resolución de problemas, dilemas o desafíos de una profesión. Su resultado fundamental es el desarrollo de un trabajo de titulación, basado en procesos de investigación e intervención, o la preparación y aprobación de un examen de grado. El trabajo de titulación es el resultado investigativo, académico o artístico, en el cual el estudiante demuestra el manejo integral de los conocimientos adquiridos a lo largo de su formación profesional; deberá ser entregado y evaluado cuando se complete la totalidad de horas establecidas en el currículo de la carrera, incluidas las prácticas pre profesionales. 2

3 Para el desarrollo del trabajo de titulación, se asignarán 400 horas en la educación superior de grado. Estas horas podrán extenderse hasta por un máximo del 10% del número total de las horas, dependiendo de la complejidad de su metodología, del contenido y tiempo necesario para su realización. El programa en cada carrera debe cumplir con las 400 horas estipuladas en el Reglamento de Régimen Académico del CES para el desarrollo de la Unidad Curricular de Titulación. Capítulo II Ámbito, Objeto y Objetivo Art. 1.- Ámbito: el presente reglamento regula y orienta mediante normativa que establece los procesos de cumplimiento obligatorio que rigen la Unidad de Titulación Especial de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas. Considerando que: la organización de la Unidad de Titulación se realiza con la finalidad de generar oportunidades para que los estudiantes que no han concluido sus trabajos de titulación puedan realizarlos para su graduación, garantizando el perfil de egreso. Art. 2.- Objeto: la Unidad Especial de Titulación (UET) es una unidad de organización curricular que tiene como objetivo fundamental orientar el proceso de titulación de los estudiantes a través del desarrollo de un trabajo y/o examen de grado con carácter complexivo por medio del cual el estudiante demuestra la actualización de conocimientos, habilidades y/o destrezas en el ámbito de su carrera. Art. 3.- Objetivos: a través de la UET se logra que los estudiantes sean capaces de: - Aplicar los conocimientos adquiridos en la carrera para plantear soluciones a problemas específicos. - Emplear métodos y técnicas de investigación de acuerdo con su área de formación. - Demostrar la capacidad creativa e investigativa para dar solución a un problema relacionado con su profesión. 3

4 Art. 4.- La normativa contenida en este reglamento se aplica a los estudiantes del nivel de Educación Superior de grado y posgrado de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas, que hayan culminado la malla curricular y que se graduarán como profesionales de la República del, considerando: a) Estudiantes que finalizaron la malla curricular a partir del 21 de noviembre del 2008, pudiendo optar por la titulación bajo la modalidad actual de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas, y/o por la presente normativa. b) Estudiantes que cumplieron con la malla curricular en su totalidad, antes del 21 de noviembre del 2008, debiendo aprobar el examen complexivo. Estos estudiantes, a partir del 21 de mayo de 2015, se acogerán a la disposición general cuarta del Reglamento de Régimen Académico (RRA). Asimismo, el RRA (2013) sostiene en la Disposición General Cuarta, que: - Cuando el estudiante no concluya el trabajo de titulación dentro del plazo establecido en el segundo inciso, de la Disposición General Tercera, y hayan transcurrido entre 18 meses y 10 años, contados a partir del período académico de culminación de estudios, deberá matricularse en la respectiva carrera o programa; además, deberá tomar los cursos, asignaturas o equivalentes para la actualización de conocimientos, pagando el valor establecido en el Reglamento de Aranceles para las IES particulares y la Normativa para el pago de colegiatura, tasas y aranceles en caso de pérdida de gratuidad de las IES públicas. Adicionalmente, deberá rendir y aprobar una evaluación de conocimientos actualizados para las asignaturas, cursos o sus equivalentes que las IES consideren necesarias, así como culminar y aprobar el trabajo de titulación o aprobar el correspondiente examen de grado de carácter complexivo, el que deberá ser distinto al examen de conocimientos. - En caso de que un estudiante no concluya y apruebe el trabajo de titulación luego de transcurridos los 10 años, contados a partir del período académico de culminación de estudios, no podrá titularse en la carrera o programa en la misma IES, pudiendo hacerlo en otra institución de educación superior previo el proceso de homologación correspondiente (Reglamento de Régimen Académico CES, 2013). 4

5 - En el mismo Reglamento, la Disposición Transitoria Quinta referida a las normas de titulación hasta que se constituyan las unidades de titulación dispone lo siguiente: a) Desde la entrada en vigencia del presente reglamento, las IES tienen un plazo máximo de 18 meses para organizar e implementar una UET para todas las carreras y programas vigentes, cuyo diseño deberá poner en conocimiento del CES. Esta unidad además del examen complexivo de grado contemplará al menos una opción de trabajo de titulación de aquellas contempladas en el presente Reglamento. En el caso de optar por el examen complexivo, la asistencia a las asignaturas o cursos que incluya esta UET, será opcional para los estudiantes. b) Quienes finalizaron sus estudios a partir del 21 de noviembre de 2008 podrán titularse bajo las modalidades que actualmente ofertan las IES, en el plazo máximo de 18 meses a partir de la vigencia del presente Reglamento. Las IES deberán garantizar la calidad académica del trabajo presentado y que el estudiante culmine su proceso de titulación en el plazo indicado. No se podrán agregar requisitos adicionales de graduación que no hubiesen sido contemplados en el plan de estudios de la carrera o programa, al momento del ingreso del estudiante (RRA, CES, 2013). Art. 5.- Sobre la Educación Superior de grado o de tercer nivel.- Esta proporciona una información general orientada a una carrera profesional y académica en correspondencia con los campos amplios y específicos de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE), de la Organización de las Nacionales Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Los profesionales de grado tendrán capacidad para incorporar en su ejercicio profesional los aportes científicos, tecnológicos, metodológicos, saberes ancestrales y globales, de acuerdo a los tipos de formación con que se organizan las carreras. Art. 6.- Sobre la Educación Superior de posgrado o de cuarto nivel.- Permite competencias muy especializadas, que son disciplinarias, multi, inter y transdisciplinarias en el ejercicio profesional, en la investigación, en los campos de la ciencia, saberes y la 5

6 tecnología. Este nivel se organizará mediante programas establecidos de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9 del RRA. Capítulo III Disposiciones para la organización del proceso de graduación Art. 7.- Para optar por el título profesional de tercer nivel los estudiantes deben cumplir los siguientes requisitos: - Aprobar la malla curricular de la carrera correspondiente; - Cumplir las prácticas y/o pasantías pre-profesionales y de vinculación con la sociedad (400 h totales), de acuerdo con los artículos 87 y 88 de la LOES y los artículos 88 y 93 (1-7) del RRA (CES, 2013). - Elaborar, exponer y sustentar (defender) un trabajo de titulación dependiendo de la modalidad seleccionada y de acuerdo con la guía de titulación. - Los egresados que no aprueben su trabajo de titulación en dos años, deben presentar el certificado de actualización de conocimientos. Art. 8.- Los informes para trabajos de titulación se redactarán en pasado y en tercera persona. Se deben considerar las normas de estructura, ortografía y puntuación del idioma castellano. El trabajo de titulación deberá presentarse con escritura nítida y editarse conforme a los protocolos establecidos universalmente. Redactar las citas de acuerdo con las normas APA (última edición), excepto carreras de perfil de salud, que utilizarán las normas Vancouver. Se recomienda el uso de algún gestor bibliográfico (ej.: Endnote, Mendeley). Art. 9.- El trabajo de titulación deberá ser entregado por el estudiante al coordinador de carrera, quien lo remitirá para su evaluación a la Comisión Académica de Titulación de la carrera, que trabajará en conjunto con el Consejo Científico de la Facultad y el jefe de la línea de investigación que corresponda. La Comisión Académica de Titulación de la carrera emitirá un informe al Consejo de Facultad, que aprobará y enviará al Vicerrectorado Académico. Los detalles en cuanto a cronograma de ejecución y formatos se precisan en la guía de titulación Capítulo IV Modalidades y especificaciones 6

7 Art Los estudiantes de la pueden optar por cualquiera de las siguientes modalidades de titulación: a) Examen de grado o fin de carrera b) Proyecto de Investigación (cualquier tipo) c) Proyecto de producción o tecnológico d) Trabajo Experimental e) Tópicos de graduación (ensayo) f) Proyecto integrador (metanálisis, trabajo de revisión, artículo científico) g) Tesis Lo expresado en los literales b al g deberá estar en correspondencia con las líneas de investigación de cada carrera. a) Examen de grado con enfoque complexivo: esta es una evaluación que permite evidenciar el nivel de conocimientos de los estudiantes atendiendo a las competencias de su perfil de egreso. El término complexivo hace referencia a la complejidad que debe implicar una ruta de salida a los procesos de formación. Es un examen teórico -práctico que debe guardar correspondencia con los resultados de aprendizaje definidos en el perfil de egreso de los estudiantes. La finalidad del examen es la demostración de las capacidades para resolver problemas haciendo uso creativo y crítico del conocimiento, por tanto el examen no debe convertirse en una medición del nivel de memorización del estudiante. Está conformado por todos los campos del conocimiento que componen el perfil de cada una de las carreras y programas de posgrado vigentes y no vigentes de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas, que se encuentran habilitados para el registro de títulos. Al realizar este examen, el estudiante debe demostrar que puede hacer uso de sus conocimientos teóricos metodológicos y prácticos para formular propuestas de resolución de problemas de la ciencia y de su profesión. En este sentido, el examen complexivo consiste en el desarrollo de casos o problemas básicos de la profesión, por lo que es necesario definir cuáles son los núcleos o campos de estudio fundamentales de la profesión y cuáles son los ejes, dilemas y tensiones principales que van a enfrentar los estudiantes en el mundo laboral y que constituyen la base para la determinación del perfil de egreso. De manera general dicho examen cumple con las siguientes características: 7

8 Es de carácter teórico-práctico. Durante su desarrollo los estudiantes demostrarán dominio metodológico para la resolución creativa e innovadora de los problemas abordados desde la profesión. Es presentado ante un tribunal que calificará el desempeño de los estudiantes con el rigor académico correspondiente al campo del conocimiento en el que está inserta la profesión. Guarda correspondencia con los resultados de competencias adquiridas en la carrera. Directrices generales para el examen complexivo Para el desarrollo del examen complexivo es necesario realizar el siguiente proceso: a) Definir cuáles son los núcleos del conocimiento teórico, metodológico y técnico instrumental, básicos en el perfil de egreso en el ámbito de las competencias. b) Determinar los problemas fundamentales que resuelve la profesión y/o la ciencia, según sea el caso, estableciendo los modelos de intervención y los modos de actuación para la resolución de los mismos, que están contenidos en el Ser y el Saber Hacer del perfil de egreso. c) Diseñar el modelo metodológico de evaluación, con sus medios e instrumentos que deberá contener: - La determinación del problema, que deberá ser definido a partir de la presentación de un caso, situación, dilema, u otro, entregado por la IES. - Las preguntas guías para la generación de trayectorias de indagación y resolución del problema seleccionado. - El marco referencial que define las capacidades cognitivas del estudiante para integrar el conocimiento pertinente y relevante en la resolución del problema. - La explicación e interpretación de la información o la data definiendo modelos metodológicos para su realización. - La definición de los modelos, protocolos, procedimientos de actuación o intervención profesional y los modos de actuación en términos de valores, actitudes y compromisos del futuro profesional. - La propuesta de resolución del problema con sus respectivas conclusiones. 8

9 - Definir la modalidad, medios e instrumentos de evaluación y calificación. El examen complexivo se realizará en dos etapas: Etapa 1: los estudiantes solucionan un problema o caso de estudio donde demuestran la utilización de los conocimientos teóricos y prácticos fundamentales para el ejercicio de su profesión por medio de la aplicación de técnicas, metodologías o normas actuales. Etapa 2: los estudiantes son evaluados de forma escrita y oral. Se deben entregar los temas a cada estudiante que opte por esta modalidad desde el inicio de su matrícula en la Unidad de Titulación. En cada carrera, atendiendo a las asignaturas profesionalizantes que más tributan al perfil de egreso, se prepararán los temas de estudio. Las preguntas del examen tienen un carácter integrador. Observaciones generales Los Directores de Carrera deben coordinar y supervisar la preparación de los temarios de acuerdo al perfil de la profesión, a las líneas de investigación y a las asignaturas que tienen pertinencia con la carrera. Las áreas contempladas para rendir los exámenes complexivos son determinadas en cada carrera. El Consejo Científico de la Facultad, aprobará los temas para ser entregados a los estudiantes egresados. Se nombrará un Tribunal Calificador conformado por tres docentes del área, a fin de que valoren la exposición. El estudiante tendrá tres meses para prepararse (solo por esta ocasión), en el examen complexivo, que será teórico-práctico. El egresado se presentará en la hora y fecha para la exposición sobre el tema seleccionado. b) Proyecto de investigación.- Consiste en la presentación de una propuesta que presente resultados de un proyecto de investigación previamente formulado, que dé respuesta a un problema de investigación; esta opción puede hacer uso de cualquiera de los métodos y tipos de investigación existentes, que apliquen al tema motivo de la propuesta. Persigue la generación de conocimientos a través 9

10 de la aplicación de metodologías apropiadas para solucionar directa o indirectamente un problema en un área específica del conocimiento. El proyecto es de carácter individual, solo si el tema que se desarrolla lo amerita será aprobado un equipo máximo de tres estudiantes. Puede desarrollarse un tema con carácter multidisciplinario, donde participen estudiantes de diferentes carreras. La evaluación en cualquier caso será individual. La estructura del proyecto y sus requerimientos se encuentran descritas en el anexo correspondiente al igual que la estructura de presentación del informe de resultados (Anexo I, guía de titulación). Se podrán presentar cualquiera de estas modalidades de proyecto: - Proyecto de investigación básica: Proyecto dirigido a adquirir nuevos conocimientos sobre los fundamentos de fenómenos y hechos observables en la naturaleza, la sociedad y el pensamiento. Tiene carácter estratégico para el desarrollo científico y pudiera tenerlo también para la economía, la sociedad y el ambiente. - Proyecto de investigación y desarrollo: Proyecto encaminado a la obtención de nuevos productos, servicios, procesos o sistemas, o a la mejora sustancial de los ya existentes a partir de un conocimiento adquirido mediante investigaciones o experiencias prácticas. Persigue beneficios prácticos a corto o mediano plazo. Los proyectos de desarrollo aproximan los resultados obtenidos a escala de laboratorio a los de escala de producción o servicios, mediante la utilización de plantas pilotos, la fabricación de maquetas prototipos o la realización de pruebas de pilotaje social. - Proyecto de innovación: Proyecto dirigido a mejorar un producto, un servicio, un proceso, un sistema u otro resultado obtenido en la fase de desarrollo, con el objetivo de introducirlo en el mercado o en una aplicación social o medio ambiental. - Proyecto de investigación aplicada: Proyecto dirigido a adquirir nuevos conocimientos orientados a un objetivo práctico bien definido o a la profundización de los conocimientos existentes derivados de la investigación y/o de la experiencia práctica. Puede incluir: sistematizaciones de experiencias prácticas de investigación y/o 10

11 intervención, análisis de casos, estudios comparados, propuestas tecnológicas, modelos de negocios, emprendimientos y proyectos técnicos. Ej. Sistematización de experiencias.- Esta opción de trabajo de titulación consiste en la elaboración de un documento que contenga rigor científico sobre una experiencia del postulante obtenida durante su ejercicio laboral, de por lo menos dos años; y, que demuestre, mediante datos, su aporte al desarrollo de la profesión, experiencia que deberá estar relacionada con las áreas de formación de la carrera del o la postulante. Ej. Modelos de Negocios.- Esta opción de trabajo de titulación consiste en el diseño de esquemas de trabajo basado en procesos, considerando la administración efectiva de los recursos para desarrollar productos y/o brindar servicios. Ej. Emprendimiento.- Esta opción de trabajo de titulación consiste en el desarrollo de algún producto, servicio o metodología, teniendo como componente principal la innovación. En todos los casos se deben presentar tanto la formulación del proyecto como el informe de resultados según la modalidad seleccionada. Los cronogramas de presentación del anteproyecto, y el proyecto y sus resultados serán ajustados en cada carrera. c) Proyectos de Producción o tecnológico.- Esta propuesta de titulación contiene el diseño de un proceso productivo sustentable basado en escenarios reales que deben ser descritos detalladamente para su aprobación. Debe incluir el uso de software especializados, mostrando habilidades técnicas que contribuyan al perfeccionamiento de su desempeño profesional. d) Trabajo Experimental.- Esta opción de titulación consiste en desarrollar un trabajo experimental riguroso, ya sea en el laboratorio o en el campo. El análisis de los resultados deben ser presentados en un informe técnico, el que será sometido a evaluación por un tribunal competente. El proceso evaluativo culmina con la presentación y discusión de dicho informe o un artículo científico al menos arbitrado. En ambos casos debe detallarse la metodología, debe explicarse y 11

12 fundamentarse el diseño experimental y debe mostrar dominio de software especializados o paquetes estadísticos y/ o utilitarios para el análisis de la data experimental. e) Tópicos de graduación.- Estas son materias que aparecen en el plan de estudio a partir de un semestre determinado que persiguen la especialización, es válido también para revalidación de materias en forma conjunta con programas internacionales. Como opción de titulación es exclusiva para algunas carreras; consiste en la oferta de módulos acerca de temas relacionados con los campos de dichas carreras, que fortalezcan y perfeccionen la formación de los estudiantes, con una duración de por lo menos un crédito (40 horas) para cada módulo. Los módulos se distribuirán en función de las actividades de aprendizaje descritas en el Art. 21 del RRA, que para el caso de las carreras serán 4 módulos (160 horas) en componente docencia, 3 módulos (120 horas) en el componente de prácticas de aplicación y experimentación de los aprendizajes y 3 módulos (120 horas) en el componente horas autónomas; total 400 horas. Se orientará un trabajo final (ensayo) cuyos requisitos mínimos serán: tener una extensión entre 10 y 20 páginas, usando las normas de citación APA (última edición) y Vancouver para las carreras de salud. La evaluación incluye la defensa del ensayo. f) Proyecto Integrador de saberes: El proyecto integrador es un trabajo con carácter metodológico e investigativo que tiene como objetivo fundamental evaluar los conocimientos, habilidades y competencias adquiridas por los estudiantes durante su proceso de formación. Este trabajo consiste en una serie de actividades articuladas entre sí, que le permiten identificar un problema enmarcado en su ejercicio profesional, para luego describirlo, analizarlo y resolverlo. A través del desarrollo del proyecto, los estudiantes refuerzan la habilidad de integrar distintos conocimientos. Es un trabajo de generación de conocimientos a partir de análisis que conlleven una propuesta de acciones innovadoras en el ámbito profesional. El proyecto debe ser desarrollado a partir de las materias comprendidas en la Unidad de Titulación. La estructura del proyecto y sus requerimientos se encuentran descritos en el anexo correspondiente de la guía de titulación. El proyecto integrador puede materializarse en una tesis, un metanálisis, un trabajo de revisión en un tema de gran actualidad o específico, de interés para la 12

13 ciencia, estos llevan formatos diferentes que se especifican en la guía de titulación. Puede incluir además la escritura y publicación de un artículo científico en una revista indexada como coautor en caso de pregrado y autor principal para postgrado. Capítulo V Campos de formación de la Educación Superior para fines evaluativos Art Las evaluaciones de los trabajos de titulación se realizarán considerando los siguientes campos de acuerdo al artículo 28 y 29 del RRA, CES (2013). Art Educación Superior de grado o Tercer Nivel de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas.- Se definen los siguientes porcentajes por campo de conocimiento en términos de evaluación: Campo de formación Valoración Fundamentos teóricos 30% Praxis profesional 30% Epistemología y metodología de la investigación 30% Integración de saberes, contextos y cultura 10% 1. Fundamentos teóricos.- Integra el conocimiento de los contextos, principios, lenguajes, métodos de la o las disciplinas que sustentan la profesión, estableciendo posibles integraciones de carácter multi e inter disciplinarias. 2. Praxis profesional.- Integra conocimientos teóricos metodológicos y técnico-instrumentales de la formación profesional, e incluyen las prácticas pre-profesionales, los sistemas de supervisión y sistematización de las mismas. 3. Epistemología y metodología de la investigación.- Integra los procesos de indagación, exploración y organización del conocimiento profesional cuyo estudio está distribuido a lo largo de la carrera. Este campo genera competencias investigativas que se desarrollan en los contextos de práctica de una profesión. En este campo formativo se incluirá el trabajo de titulación. 13

14 4. Integración de saberes, contextos y cultura.- Comprende las diversas perspectivas teóricas, culturales y de saberes que complementan la formación profesional, la educación en valores y en derechos ciudadanos, así como el estudio de la realidad socioeconómica, cultural y ecológica del país y el mundo. En este campo formativo se incluirán además los itinerarios multi profesionales, multi disciplinares e interculturales. Art Educación Superior de posgrado o Cuarto Nivel de la Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas.- Para este nivel se definen los siguientes porcentajes por campo de conocimiento en términos evaluativos: Campo de formación Valoración Formación profesional avanzada 40% Investigación avanzada 30% Formación epistemológica 30% 1. Formación profesional avanzada.- Comprende la profundización e integración del conocimiento metodológico y tecnológico de un campo científico y/o profesional específico. 2. Investigación avanzada.- Comprende el desarrollo de la investigación básica o aplicada, vinculada a las líneas de investigación, utilizando métodos de carácter disciplinar, multi, inter o transdisciplinarios, según sea el caso. En este campo formativo se incluirá el trabajo de titulación. 3. Formación epistemológica.- Supone la integración de diversas perspectivas epistemológicas teóricas y culturas en ámbitos inter y/o transdisciplinarios, a fin de lograr la integradas de la formación del estudiante. Este campo deberá estar articulado con el campo de investigación avanzada. Capítulo VI Matrícula y presentación de trabajos y/o documentación Art Los estudiantes egresados o que se encuentran cursando el último semestre pueden matricular en la UET, a partir de la convocatoria que realiza cada carrera a inicios de semestre. Para la inscripción deben presentar los siguientes documentos: 14

15 a) Ficha de matrícula que se encuentra disponible en la página Web de la universidad. b) Copia a color de los documentos personales. c) Récord académico. Art Los estudiantes deben presentar previamente un anteproyecto o protocolo de investigación de su trabajo de titulación de acuerdo con el cronograma establecido para estos fines en cada carrera. Deben atender de manera especial su alineación con las líneas de investigación y definir claramente la modalidad de titulación seleccionada. Art Los estudiantes deben entregar dos ejemplares impresos de su trabajo final de titulación para fines evaluativos, adecuadamente organizado, y copia en formato electrónico (CD, DVD o memoria), un mes antes de la fecha señalada por la carrera para el desarrollo del acto de defensa. Las normas de presentación en detalle para cada modalidad de titulación están disponibles en la guía elaborada para estos fines, adjunta al presente reglamento. Capítulo VII Sobre los tutores, tribunales y el acto de sustentación Art La Comisión o unidad de titulación de la carrera, debe publicar y notificar los tribunales y el calendario, quince días antes a la fecha que se asigne para el desarrollo de los actos de sustentación de los estudiantes. Art Los tribunales de sustentación estarán conformados por tres miembros, (un presidente, un secretario y un vocal). Al menos dos deben poseer un título afín con el tema de investigación que se ha investigado por parte del estudiante, o probada experiencia en el tema. Art El acto de sustentación debe realizarse con la solemnidad y rigor que exige la academia. Art El tutor debe ser especialista en el tema de investigación que se desarrolla, debe estar desarrollando proyectos de investigación afines, debe estar vinculado directa o indirectamente a la línea de investigación en la que se inscribe el trabajo de titulación, y en su CV debe constar su experiencia en la temática de la investigación. En estos mismos términos se define el oponente. 15

16 Es de carácter obligatorio que el tutor de los trabajos de investigación y de los Proyectos integradores esté presente en el desarrollo del acto y entregue al tribunal por escrito su opinión sobre el estudiante y el trabajo realizado. Art Si la unidad académica considera, pueden ser invitados como miembros del tribunal otros docentes especialistas en el área que el estudiante ha investigado. Art Todo trabajo debe tener al menos una oponencia la que será realizada durante el acto de sustentación; el oponente entregará su opinión y consideraciones por escrito y las hará públicas durante la sustentación. Esta debe ser de conocimiento del estudiante con el que se conciliará al menos con 5 días de antelación al acto de sustentación. Art El calendario de sustentaciones se hará público y debe informarse al vicerrectorado académico para el seguimiento y control. Art El tribunal debe recibir los trabajos al menos 10 días antes de la fecha de sustentación. Art Cada estudiante dispondrá de 30 minutos para la defensa oral de su trabajo de titulación. Los detalles del acto aparecen en la guía de titulación. Art La defensa del trabajo de titulación, a menos que se decida lo contrario por las autoridades competentes, es un acto público. Art Todos los informes y actas de sustentación se realizan de acuerdo con los formatos que aparecen en la guía correspondiente. Art Todos los trabajos de titulación serán sometidos al sistema anti-plagio. 16

17 Capítulo IX DISPOSICIÓN GENERAL PRIMERA.- Si un estudiante reprueba el examen complexivo tendrá derecho a rendir por una sola vez otro examen complexivo de gracia. SEGUNDO.- Si un estudiante reprueba cualquier otra modalidad seleccionada tiene derecho solo por una vez a presentar en la misma modalidad su trabajo mejorado, todo ello en el tiempo comprendido para el proceso de titulación según el RRA. TERCERO.-La Unidad de Titulación de carrera estará formada por al menos tres miembros, los que deben ser seleccionados de acuerdo a su experiencia docente, metodológica y científica. Seleccionarán entre ellos al presidente y dos secretarios, los que se distribuirán las tareas a desarrollar de mutuo acuerdo y en conciliación con el coordinador de carrera. Su función será la de organizar todo el proceso de titulación. CUARTO.- Los trabajos de titulación están en correspondencia con el nivel de formación y con lo estipulado en los artículos correspondiente del RRA, CES (2013). QUINTO.- Todos los trabajos de titulación, excepto el examen complexivo, llevarán un resumen de 250 palabras en idioma inglés, con sus correspondientes palabras clave y título en este idioma, el que debe presentarse en hoja y/o documento aparte, bajo el acápite de: Abstract. TRANSITORIAS PRIMERA. Los estudiantes que hasta la finalización del Término Académico ordinario iniciaron una modalidad de graduación de acuerdo al Reglamento de Régimen Académico anterior, deberán titularse hasta el 20 de mayo del 2015, caso contrario deben acogerse a las modalidades del presente documento. SEGUNDA. Los estudiantes que culminen su malla curricular y se titulen hasta el 20 de mayo del 2015 no están obligados a cursar la(s) materia(s) integradora(s) de la UET. 17

18 TERCERA. Los estudiantes que finalizaron su malla curricular antes del 21 de noviembre del 2008 y que deseen titularse, deberán hacerlo únicamente por examen de grado (complexivo) hasta el 20 de mayo del 2015, luego de esta fecha deberán acogerse a la Disposición General Cuarta del Reglamento de Régimen Académico. CERTIFICO: Que el presente reglamento fue Elaborado por: Dra.C. Liliana Gomez Luna, Dr. Roger Montaño, Ing. MSc. Alfredo Lajones, Ing. Víctor Reynel Chila., Ing. MSc. Marcos Ortega Ojeda; revisado y aprobado por el Consejo Científico Universitario en sesiones de trabajo realizadas los días 20, 21 y 22 de abril de Este documento se pone a disposición del Consejo Académico Superior para los fines pertinentes. Título del Documento REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD ESPECIAL DE TITULACIÓN UTE- LVT Total de páginas 18 Firmas Elaborado por: DraC. Liliana Gomez Luna Dirección de Investigación y Desarrollo Conciliado con: Directores de procesos VRA Socializado con: Aprobado por PhDs Coordinadores de Carrera Líderes de proyectos Consejo de Investigación Científica, Innovación y Desarrollo (CICID) Vicerrector Académico 18

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