caso de accidente Pautas fundamentales de actuación en FICHA TÉCNICA
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- Adolfo Ortiz de Zárate Ríos
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1 44-49 Actuacion accidente laboral.qxd 24/6/08 18:53 Página 44 > SEGURIDAD EN EL TRABAJO FICHA TÉCNICA AUTOR: ISERN, Mavia. TÍTULO: Pautas fundamentales de actuación en caso de accidente. FUENTE: Riesgos Laborales, nº 51, pág. 44, julio-agosto RESUMEN: Tanto el empresario como el trabajador deben conocer los procedimientos básicos que es preciso seguir en caso de un accidente laboral. debe garantizar una rápida y eficaz atención a la víctima, realizar los trámites documentales, además de llevar a cabo la correspondiente investigación para determinar sus causas; también debe revisar la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Asimismo, resulta conveniente elaborar un análisis estadístico de la accidentalidad en la compañía y de los costes que implica, que abarcan desde las horas perdidas por el trabajador accidentado a las posibles sanciones a las que se enfrenta la compañía. DESCRIPTORES: Accidente de trabajo Salud laboral Primeros auxilios Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 Evaluación de riesgos Pautas fundamentales de actuación en caso de accidente Cómo se comunican internamente los accidentes? Conviene informar de aquéllos que no han causado baja? Quién y cuándo debe hacer la investigación posterior? Muchas son las preguntas que surgen tras un accidente en un centro de trabajo. Con independencia del tamaño y actividad de la empresa, así como de la gravedad del suceso, se debe iniciar la investigación lo antes posible, recabar la máxima cantidad de información, además de evaluar y proponer medidas correctoras. Mavia Isern, responsable del Gabinete Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares (CAEB). 44 Riesgos Laborales
2 44-49 Actuacion accidente laboral.qxd 24/6/08 18:53 Página 45 El empresario debe conocer todas las obligaciones que le afectan en torno a los accidentes laborales, y el trabajador debe saber cómo actuar en tal caso. Desde luego, la primera obligación empresarial es intentar evitarlos. Pero una vez ocurren, la compañía debe garantizar una rápida y eficaz atención a la víctima, realizar el trámite documental del accidente, llevar a cabo la correspondiente investigación para determinar las causas que lo provocaron y revisar la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, con el fin de adoptar las medidas necesarias para evitar que vuelvan a ocurrir accidentes similares. Asimismo, resulta conveniente realizar un análisis estadístico de la accidentalidad en la empresa y de los costes derivados para valorar la posible rentabilidad económica de las medidas preventivas y de protección necesarias. En este artículo se repasa lo que debe hacer la empresa ante un accidente laboral. Atención al accidentado El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la compañía, deberá disponer del material adecuado de primeros auxilios, en función de su cantidad y características, del número de trabajadores, de los riesgos a los que estén expuestos y de las facilidades de acceso al centro más próximo de asistencia médica. Los lugares de trabajo de más de 50 personas deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias, y tendrá que haber, como mínimo, un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable, próximos a los puestos de trabajo y fácilmente accesibles para las camillas. En el caso de los botiquines de primeros auxilios deberán: > Ser adecuados al número de trabajadores. > Disponer del contenido apropiado, según la actividad. > Estar debidamente señalizados (señales de forma cuadrada o rectangular, fondo verde y pictograma blanco). > Estar ubicados en un lugar de fácil acceso y conocido por todos los trabajadores. > Al menos uno deberá ser portátil. > Revisarse periódicamente para garantizar que dispongan de todo el material necesario, y que éste no esté caducado. Atención al trabajador en caso de accidentes leves. En estas situaciones, éste debe disponer del material de primeros auxilios necesarios para hacerse una pequeña cura. Cuando la situación lo requiera, acudirá al centro médico de la mutua que la empresa tenga concertada, informando previamente de ello a su responsable directo. Es importante que se dé a conocer a los trabajadores dónde está ubicado para que sepan dónde ir. Si es necesaria la baja laboral, el médico de la mutua emitirá el correspondiente parte, que el trabajador deberá entregar en la empresa. A partir de ahí, la empresa efectuará la gestión documental del accidente. Atención al trabajador en caso de accidentes graves y muy graves. Cuando en la empresa ocurra un hecho de este tipo, el personal que haya recibido la formación necesaria en materia de primeros auxilios prestará una primera atención al accidentado, hasta que llegue la ambulancia y/o los servicios de emergencia. El herido debe ser trasladado en un vehículo adaptado y la empresa debe informarse del hospital o centro sanitario al que le dirigen. Es importante que los trabajadores hayan sido informados y formados acerca de los pasos a dar en caso de producirse un accidente: teléfonos de emergencia, avisos, etc. La formación en materia de primeros auxilios deberá: > Ser impartida por personal cualificado. > Ser teórico práctica. > Evaluarse. > Abordar la forma de actuar ante distintos tipos de accidente: Hemorragias. Cortes, heridas. Quemaduras. Esguinces, torceduras. Reanimación cardio-pulmonar. Tratamiento documental de los accidentes de trabajo La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece en su artículo 23 la obligación empresarial de tener la documentación correspondiente a la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo. La falta de notificación por la empresa de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales está tipificada como falta administrativa leve (sanción de 30,05 a 1.502,53 euros) o grave (sanción de 1.502,54 a , 61 euros) en los arts y 12.3 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social 5/2000, de 4 de agosto, según la calificación del accidente de leve, grave, muy grave o mortal. Con objeto de armonizar las Estadísticas Europeas de Accidentes de Trabajo y homogeneizar los datos facilitados por todos los Estados miembros de la UE, desde el 1 de enero de 2003 se encuentran en vigor los modelos oficiales correspondientes a: > Parte de accidente de trabajo. > Relación de accidentes ocurridos sin baja médica. > Relación de altas o fallecimientos de accidentados. Asimismo, desde el 1 de enero de 2004 es obligatorio el uso del sistema informático Delta 1, Sistema de Declaración Electrónica de los Accidentes de Trabajo. > El parte de accidente de trabajo. Debe cumplimentarse para todos aquellos accidentes o recaídas que supongan, como mínimo, un día de baja laboral, sin tener en cuenta el día que ocurrió el accidente. El nuevo parte de accidente de trabajo presenta algunas novedades con respecto al tradicional, como la obligatoriedad de indicar la modalidad preventiva adoptada por la empresa, la existencia de la evaluación de riesgos del puesto de trabajo, o la de relación con otras empresas (contratistas, subcontratistas, empresas de trabajo temporal ETT s u otras). El parte debe ser cumplimentado por aquellas empresas que tengan trabajadores por 1 Más información en Riesgos Laborales 45
3 44-49 Actuacion accidente laboral.qxd 24/6/08 18:53 Página 46 > SEGURIDAD EN EL TRABAJO cuenta ajena y por los autónomos que tengan cubierta esta contingencia. Y hay que remitirlo a la entidad gestora o colaboradora en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha del accidente o baja médica. Una copia será para la empresa y otra para el trabajador accidentado. > Relación mensual de accidentes sin baja. Deben relacionarse una vez al mes todos los accidentes sufridos por los trabajadores en el centro de trabajo o in itinere que, como máximo, hayan causado únicamente baja el día del accidente. Hay que remitirlo a la entidad gestora en los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al de referencia de los datos, y se debe facilitar una copia a cada uno de los trabajadores afectados. La entidad gestora deberá presentar el documento en un plazo máximo de 10 días desde su recepción ante la autoridad laboral. Ésta, a su vez, dará traslado de una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de otra al Ministerio de Trabajo e Inmigración. > Relación de altas y fallecimientos. Es elaborada por la entidad gestora o colaboradora, quien lo comunica al Ministerio de Trabajo e Inmigración, a la Subdirección General de Estadísticas Sociales y Laborales y a la autoridad laboral competente antes del día 10 del mes siguiente al de referencia de los datos. > Comunicado interno de accidente de trabajo. deberá recoger, a través de una notificación interna, la mayor cantidad posible de información relativa al accidente ocurrido, de forma que después se facilite la correspondiente investigación. Lo recomendable es que esta tarea la realice el mando directo del trabajador accidentado o el responsable de su área o departamento. Esta información deberá darse a conocer a los delegados de prevención o representantes de los trabajadores, al Comité de Seguridad y Salud Laboral (si hubiera), así como al servicio de prevención. Es importante que se dé este tratamiento a todos los accidentes (incluidos los leves) e incidentes (accidentes sin que se haya producido lesión alguna), ya que conocer las causas de todos ellos permitirá adoptar las medidas necesarias para evitar que ocurran otros similares. Conocer la causa no sólo de los accidentes, sino también de los incidentes, permitirá adoptar las medidas necesarias para evitar que ocurran otros similares > Coordinación de actividades empresariales. Cuando se produzca un accidente laboral en un centro de trabajo donde concurran varias empresas, si éste puede ser derivado de la concurrencia de actividades y/o afecta, o puede afectar, a trabajadores de otras empresas, la compañía a la que pertenezca el trabajador accidentado deberá informar al resto acerca del accidente ocurrido. > Comunicación a la autoridad laboral de accidentes graves, muy graves, mortales o leves que afecten a más de cuatro trabajadores. En esta situación (pertenezcan o no los trabajadores afectados a la plantilla de la empresa), se deberá, además de remitir el debido parte de accidente de trabajo a la entidad aseguradora, comunicarlo a la autoridad laboral en el plazo de 24 horas, por telegrama o similar, e indicando los siguientes datos: razón social, domicilio y teléfono de la empresa, nombre del accidentado, dirección completa donde ocurrió el accidente, y una breve descripción de éste. Por su parte, la autoridad laboral tiene que enviar una copia del documento a la Unidad Provincial de la Inspección de Trabajo, que abrirá la correspondiente investigación para determinar las causas que lo originaron (Tabla 1, página 51). Investigación interna de los accidentes de trabajo El art de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, establece la obligación del empresario de investigar todos los accidentes de trabajo que hayan dado lugar a lesiones. Esta indagación es independiente de la que realizarán las autoridades laborales competentes. Por su parte, el artículo 12.3 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera infracción grave (sanción de 1.502,54 a ,61 euros): No llevar a cabo una investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener indicios de que las medidas preventivas son insuficientes. Si la empresa quiere hacer una auténtica prevención, deberá también investigar los incidentes, es decir, aquellos accidentes que no hayan llegado a causar lesión al trabajador. El objetivo de la investigación del accidente laboral es averiguar las causas que lo produjeron e identificar las 46 Riesgos Laborales
4 44-49 Actuacion accidente laboral.qxd 24/6/08 18:53 Página 47 situaciones de riesgo para implantar medidas correctoras que eviten accidentes similares. Las reglas básicas para realizar la investigación son: > Realizarla lo antes posible. > Limitarse a contemplar solamente los hechos reales, concretos y objetivos, evitando hacer interpretaciones o juicios de valor. cantidad de información posible referente al accidente a través de las siguientes técnicas: Entrevista con el trabajador accidentado: debe efectuarse, cuando sea posible, en el mismo puesto de trabajo y mediante preguntas para lograr una descripción exacta de las circunstancias en que ocurrió el accidente. Entrevista con los testigos presenciales, mandos intermedios, etc. Observación in situ: anotación de la situación de los elementos materiales, los movimientos de los trabajadores, etc. Croquis, fotografías, gráficos y todo aquello que permita averiguar lo ocurrido. > Recoger la máxima cantidad de información posible preguntando a testigos, mando directo del trabajador accidentado, etc. > Intentar reconstruir el accidente in situ mediante la disposición de los lugares y la organización del espacio de trabajo. > Recabar información acerca de los materiales, métodos de trabajo, proceso productivo, capacidad profesional de trabajador, formación, etc. > Evitar la búsqueda de responsabilidades: se buscan causas, no culpables. Quién debe hacer la investigación? Generalmente el encargado de la prevención en la empresa, en colaboración con el mando inmediato del trabajador accidentado. Si participa el servicio de prevención ajeno, deberá hacerlo siempre en colaboración con la empresa. Y, cuándo hay que realizarla? Lo más pronto posible, después del accidente/incidente, personándose en el lugar para recoger la máxima información sobre los hechos ocurridos. No existe una metodología única ni predeterminada para realizar la investigación. Cualquier método es válido si garantiza el logro de los objetivos, aunque existen instrumentos para llevarla a cabo como la NTP 274, de 1991, elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo 2. Etapas de la investigación > Recogida de información y descripción del accidente. El mando inmediato del trabajador accidentado y/o el técnico de prevención de la empresa recogerán la máxima 2 Más información en Relación mensual de accidentes sin baja Relación de altas y fallecimientos Comunicado interno de accidente de trabajo Coordinación de actividades empresariales Comunicado de accidentes graves, muy graves, mortales o leves que hayan afectado a cuatro o más trabajadores Investigación interna de los accidentes Esquema de comunicación de accidentes Entidad gestora o colaboradora (Mutua de Accidentes de Trabajo) TABLA 1 Quién A quién En qué plazo Modelo Parte de accidente de trabajo A la entidad gestora o colaboradora (Mutua de Accidentes En un máximo de cinco días hábiles A1 de Trabajo) Al Ministerio de Trabajo e Inmigración; a la Subdirección General de Estadísticas Sociales y Laborales y a la autoridad laboral competente A los delegados de prevención y Comité de Seguridad y Salud (si hubiera), así como al servicio de prevención ajeno o encargado de la prevención en la empresa Al resto de empresas concurrentes en el centro de trabajo A la autoridad laboral competente A disposición de los delegados de prevención y Comité de Seguridad y Salud (si hubiera) y del servicio de prevención En los cinco primeros días hábiles del mes siguiente Antes del día 10 del mes siguiente Lo antes posible Lo antes posible En las 24 horas posteriores al accidente Lo antes posible A2 A3 A4 A5 A6 B1 Riesgos Laborales 47
5 44-49 Actuacion accidente laboral.qxd 24/6/08 18:53 Página 48 > SEGURIDAD EN EL TRABAJO Tomas de muestras y análisis, cuando sea necesario determinar la incidencia de los agentes materiales, físicos o químicos en la generación de las lesiones. A partir de toda la información recogida, se deberán ordenar los hechos secuencialmente para reconstruir el siniestro. Además, hay que registrar los datos necesarios para cumplimentar el parte de investigación. > Análisis de causas. Se realizará un chequeo de todas las condiciones y circunstancias que puedan, en mayor o menor medida, haber influido en el accidente: actos inseguros y condiciones de instalaciones, máquinas, equipos, materiales, condiciones organizativas, procedimientos de trabajo, etc. Hay que tener en cuenta que el accidente siempre se produce debido a una suma de factores. Una vez relacionada la multiplicidad de causas que influyeron en el accidente, se puede utilizar la técnica del árbol de causas para realizar el análisis, desarrollada en la NTP Se trata de una técnica analítica a posteriori, que parte del accidente ocurrido y utiliza una lógica de razonamiento que sigue un camino hacia atrás en el tiempo para identificar y estudiar los problemas que lo han provocado y sus consecuencias. Se parte de la pregunta: Qué tuvo que ocurrir para que este hecho se produjera? > Evaluación y propuesta de medidas correctoras. Una vez detectados los factores desencadenantes del accidente, se deberán proponer las medidas preventivas y correctoras técnicas, humanas y organizativas. Técnicas: instalaciones, equipos y métodos de trabajo protegidos de los riesgos identificados. Humanas: capacidad del trabajador, formación, adiestramiento y adaptación al puesto de trabajo. Organizativas: sistema de prevención, métodos de trabajo, participación de los 3 Más información en A partir de toda la información recogida, se deberán ordenar los hechos secuencialmente para reconstruir el siniestro. trabajadores, motivación, ritmos de trabajo, turnos, etc. > Informe interno de investigación de accidentes. Deberá quedar registrada en un parte interno en el que hay que recoger la siguiente información: Datos del trabajador: nombre, apellidos, antigüedad en la empresa, puesto de trabajo ocupado, edad, tipo de contrato y categoría profesional. Información del suceso: fecha, hora, si se trataba del puesto habitual, forma en que se produjo, agente material causante, parte del cuerpo lesionada. Datos de la investigación: fecha en que se efectúa, personas entrevistadas y descripción del accidente. Causas del accidente: materiales, ambientales, individuales, organizacionales. Árbol de causas. Croquis, gráficos y fotografías, para la reproducción del suceso. Medidas preventivas propuestas. > Revisión de la evaluación de riesgos y de la planificación de la actividad preventiva. Una vez que se conozcan las causas que provocaron el accidente de trabajo, habrá que proceder a revisar la evaluación de riesgos para adoptar las medidas preventivas y de protección necesarias para evitar que vuelvan a ocurrir accidentes similares, no sólo en el puesto de trabajo en cuestión, sino aplicándolas a todo el centro de trabajo. Accidentes in itinere y sus consideraciones particulares Aquellos accidentes producidos al ir o volver del trabajo contribuyen de manera notable a aumentar las cifras de siniestralidad laboral; la mayoría son de tráfico. Al ser considerados como laborales, deben recibir el mismo tratamiento. Latin Stock 48 Riesgos Laborales
6 44-49 Actuacion accidente laboral.qxd 24/6/08 18:53 Página 49 Para que un accidente sea considerado in itinere debe producirse en el trayecto habitual que realiza el trabajador para dirigirse o volver del trabajo a su casa y dentro de la hora anterior al inicio de la jornada, o posterior a la finalización de ésta. Los que tienen lugar en el interior del domicilio no son considerados accidentes in itinere. Existe una amplia jurisprudencia al respecto, pero a menudo contradictoria. Reciben un tratamiento similar los accidentes en misión, producidos en los desplazamientos durante la realización del trabajo. Determinadas condiciones laborales, como el exceso de trabajo, los horarios, y otros factores, como el consumo de medicamentos, alcohol u otras drogas, pueden incrementar el riesgo de accidente. Es por ello que la empresa debe tener en cuenta este riesgo en su evaluación y en la planificación de la actividad preventiva. Además, es importante que se dé formación en seguridad vial y que los trabajadores realicen los reconocimientos médicos para detectar si existen enfermedades que interfieren en la conducción o la ingesta de sustancias tóxicas. En la investigación del accidente in itinere por parte de la empresa deberán tenerse en cuenta las condiciones en las que viajaba el trabajador para determinar en qué grado pueden haber influido; de este modo, la organización puede establecer las medidas preventivas y correctoras necesarias. Análisis de la accidentabilidad en la empresa y sus costes económicos Aunque no es una obligación empresarial, puede resultar muy útil llevar a cabo un análisis estadístico de los accidentes laborales ocurridos, tipo de lesiones, causas, puesto de trabajo, etc., porque los datos pueden ayudar a dar una orientación acerca de qué tipo de problemas de seguridad puede haber, y qué condiciones de trabajo hay que mejorar. Se trata de algo tan sencillo como un documento en forma de tabla en el que se recoja la siguiente información: > Fecha y hora del accidente > Trabajador accidentado > Puesto de trabajo y departamento > Tipo y gravedad de la lesión En la investigación del accidente in itinere deberán tenerse en cuenta las condiciones en las que viajaba el trabajador > Lugar del accidente > Agente material causante > Días de baja laboral > Cualquier otro tipo de datos que la empresa considere convenientes para extraer después posibles conclusiones Por otra parte, llevar a cabo un análisis de los costes que suponen los accidentes de trabajo puede ayudar a la empresa a valorar la rentabilidad de las medidas de prevención y protección. Éste puede abarcar los siguientes costes: > De personal: Horas perdidas por el trabajador accidentado, otros compañeros y los mandos intermedios, técnicos de prevención, etc. Mejoras voluntarias a la prestación por incapacidad temporal. Cotizaciones a la Seguridad Social. > De materiales: Edificios e instalaciones. Maquinaria, herramientas y equipos de trabajo. Materias primas, productos. Pérdidas de producción. Incremento de costes para mantener la producción. > Costes de prevención: De las medidas adoptadas para evitar la repetición del accidente. > Sanciones. Con toda la información detallada, tanto de los accidentes e incidentes, como de los costes económicos por recursos técnicos, materiales y humanos, la empresa puede valorar la efectividad de la medidas de seguridad y salud que haya puesto en marcha. Riesgos Laborales 49
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