10- CLASIFICACION DE PERSONAS NATURALES art 329 ET para efectos TRIBUTARIOS o Fiscales. Empleados. Trabajadores cuenta propia
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- María Luisa Segura Rodríguez
- hace 7 años
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1 10- CLASIFICACION DE PERSONAS NATURALES art 329 ET para efectos TRIBUTARIOS o Fiscales a- Empleados b- Trabajadores cuenta propia Parágrafo Régimen ordinario general GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
2 10.1 Qué se entiende por empleado según el ET? Persona natural Residente en Col. Ingresos son por art 329 ET Inc 2 y 3 a- Prestación personal de su servicio o 80% o más b- hacer actividad x cta y riesgo del patrono o contratante de sus Quién MAS se considera empleado según el ET? ingresos Persona natural Residente en Col. Ingresos son por a- Prestación de un servicio personal en ejercicio de son de esas una Profesion Liberal o la b- Prestación de Servicios Técnicos actividades que NO requieran de la utilización de : materiales, insumos, maquinaria o equipos especializados GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
3 10.1 Qué se entiende por empleado según el ET? art 2 DR 3032/13 Una persona natural residente en Colombia si en el respectivo año gravable cumple con uno de los tres conjuntos siguientes : GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
4 Conjunto 1 : Conjunto 2 : Sus ingresos brutos provienen en un 80% o más de una vinculación laboral o legal y reglamentaria independientemente de su denominación a- b- Sus ingresos brutos provienen en un 80% o más de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica, mediante una vinculación de cualquier naturaleza independientemente de su denominación y NO presta el servicio, o NO realiza la actividad económica, por su cuenta y riesgo GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
5 Conjunto 3 : a- b- c- d- Sus ingresos brutos provienen en un 80% o más de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica, mediante una vinculación de cualquier naturaleza independientemente de su denominación y Presta el servicio, o realiza la actividad económica, por su cuenta y riesgo y No presta servicios técnicos que requieren de materiales o insumos especializados, o maquinaria o equipo especializado y El desarrollo de ninguna de las actividades del art 340 ET le genera más del 20% de sus ingresos brutos y GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
6 e- Que si tiene ingresos por expendio, compraventa o distribución de bienes y mercancías, al por mayor o al por menor producción, extracción, fabricación, confección, preparación, transformación, manufactura y ensamblaje de cualquier bien NO supere el 20% de sus ingresos brutos Parágrafo 1 Para establecer el 80%, se deben sumar : Ingresos de la relación laboral o legal y reglamentaria Ingresos del ejercicio de profesiones liberales Ingresos de prestación de servicios técnicos en el evento de ser percibidos por un mismo contribuyente Parágrafo 1 Para efectos del art 329, se deben sumar : Ingresos directos e indirectos de la relación contractual, laboral, legal o reglamentaria independientemente de la denominación o fuente que se le atribuya a dichos pagos
7 Conceptos claves enunciados y definidos : art 1 DR 3032/13 Servicio personal Toda actividad, labor o trabajo, prestado directamente por una persona natural, que se concreta en una obligación de hacer, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual, y que genera una contraprestación en dinero o en especie, independientemente de su denominación o forma de remuneración. GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
8 Profesión liberal Toda actividad personal en la cual predomina el intelecto, reconocida por el Estado, y para cuyo ejercicio se requiere : 1- Habilitación mediante título académico de estudios y grado de educación superior ; o habilitación estatal para las personas que sin título profesional, fueron autorizadas para ejercer 2- Inscripción en el registro nacional que las autoridades estatales de vigilancia, control y disciplinarias lleven conforme con la ley que regula la profesion liberal de que se trate, cuando la misma esté oficialmente reglada. Una persona ejerce una profesión liberal cuando : realiza labores propias de tal profesión, independientemente de si tiene las habilitaciones o registros establecidos en las normas vigentes.
9 Servicio técnico Toda actividad, labor o trabajo, prestado directamente por una persona natural, mediante contrato de prestación de servicios personales para la utilización de conocimientos aplicados por medio del ejercicio de un arte, oficio o técnica, sin transferencia de dicho conocimiento. Los servicios prestados en ejercicio de una profesión liberal, NO se consideran servicios técnicos GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
10 Insumos o materiales especializados Aquellos elementos tangibles y consumibles, adquiridos y utilizados únicamente para la prestación del servicio o la realización de la actividad económica que es fuente principal de su ingreso y no con otros fines personales, comerciales o de otra índole, y para cuya utilización, manipulación o aplicación, se requiere un específico conocimiento técnico ó tecnológico. Maquinaria o equipo especializado El conjunto de instrumentos, aparatos o dispositivos tangibles, adquiridos y utilizados únicamente para el desempeño del servicio, o la realización de la actividad económica que es fuente principal de su ingreso y no con otros fines personales, comerciales o de otra índole, y para cuya utilización, manipulación o aplicación, se requiere un específico conocimiento técnico ó tecnológico.
11 10.2 Qué se entiende x Trabajador Cuenta propia s/et? art 329 ET Inc 4 Persona natural Residente en Col. Ingresos son por 80% o + de la realización siguientes actividad económicas 1- Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento 2- Agropecuaria, silvicultura y pesca 3- Comercio al por mayor 4- Comercio al por menor 5- Ccio vehículos automotores, accesorios y productos conexos 6- Construcción 7- Electricidad, gas y vapor 8- Fabricacion de productos minerales y otros 9- Fabricacion de sustancias quimicas 10- Industria de la madera, corcho y papel 11- Manufactura de alimentos 12- Manufactura de textiles, prendas de vestir y cuero 13- Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones 14- Servicios de hoteles, restaurantes y similares 15- Mineria 16- Servicios financieros
12 10.2 Qué se entiende x Trabajador Cuenta propia s/et? art 2 DR 3032/13 Toda persona natural, residente en Col, si en el año gravable cumple " todas " las siguientes condiciones : 1- Sus ingresos en un 80% o + provienen de la realización de " solo una " de las actividades económicas del art 340 ET 2- Presta el servicio por su cuenta y riesgo 3- Su RGA Renta gravable alternativa es inferior a UVT.2013 $ $ El patrimonio líquido declarado en año anterior,??? es inferior a UVT.2013 $ $ GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
13 10.3 Qué se entiende x PN Régimen Ordinario de Renta? Persona natural Residente en Col. art 329 ET Parág a- Que NO se encuentre clasificada como empleado o trabajador cta propia b- Las reguladas en Dec 960/70 : Los Notarios c- Las que se clasifiquen como Cuenta Propia, pero cuya actividad no corresponda a ninguna de las mencionadas en art 340 ET d- Las que se clasifiquen como Cuenta Propia y superiores a UVT.2013 $ $ e- Los ingresos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales Num 5 art 206 ET
14 10.3 Qué se entiende x PN Régimen Ordinario de Renta? art 329 ET Parág 1- Las PN que prestan el servicio público de notariado 2- Las PN nacionales o extranjeras, residentes en Colombia con ingresos únicamente correspondientes a pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales. 3- Las PN que son servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del MinExteriores, s/art ET 4- Las sucesiones ilíquidas de causantes nacionales ó extranjeros, residentes en el país al momento de su muerte. Los bienes destinados a fines especiales por donaciones o asignaciones modales excepto cuando se entrega el usufructo. 5- Las demás PN nacionales o extranjeras residentes en Col, que NO clasifiquen como Empleado o Trabajador Cuenta Propia.
15 10. 4 Sistema de Determinación del Impuesto de Renta para EMPLEADOS art 330 ET 1- Determinar el impuesto de renta por el Sistema Ordinario 2- Comparar este impuesto obtenido contra el IMAN 3- Declarar como impuesto a cargo el que resulte mayor 4- El cálculo no incluye lo recibido como Ganancia Ocasional 5- Cuando la Renta Gravable Alternativa RGA, sea inferior a UVT.2013 $ El impuesto será CERO No significa que no deba presentar declaraciòn de renta 6- Los factores que sirven p/depurar el impto de renta ordinaria, NO son aplicables para determinar el IMAN ó el IMAS, salvo que estén expresamente autorizados por la ley. 7- NO admite depuraciones, deducciones, ni amonoraciones estructurales salvo las del art 332 ET
16 8- Las Sucesiones Ilíquidas de causantes residentes en Col, de bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones, ó asignaciones modales, determinan el impto de renta por : el Sistema Ordinario ó por Renta Presuntiva. Observaciones : 1- Si la PN obtuvo ingresos inferiores a UVT.2013 $ podrá determinar el imporenta por el IMAS Efectos : 1.1 En este caso no estará obligado a determinar el impto a cargo, por el Sistema Ordinario NI por el IMAN La declaración de renta queda en firme a los 6 meses, a partir de la fecha de presentación, siempre que la Dian, no tenga prueba sumaria sobre : * fraude en ingresos * pagos catastróficos * aportes a la seguridad social * pérdidas x calamidades u otro
17 10.5 Impuesto Mínimo Alternativo - IMAN - para EMPLEADOS art 331 y 333 ET Qué es el IMAN? Es un sistema presuntivo y obligatorio para determinar, la base gravable y el impuesto a cargo. A quiénes aplica el IMAN? UNICAMENTE a Personas Naturales, que : 1- Sean residentes en Colombia 2- Estén clasificadas en la categoría de EMPLEADOS 80% o + son por prestacion personal de su servicio o ingresos hacer actividad x cta y riesgo del patrono o contratante 80% o + de sus ingresos son de : Prestacion servicios personales ejerciendo Profesiones Liberales Prestacion Servicios Tecnicos que NO requieran utilizacion de : materiales, insumos, maquinaria o equipos especializados
18 Qué grava el IMAN? Sumatoria ingresos de cualquier orígen Ver tope del art 329 ET Menos : Ganancias ocasionales Menos : Conceptos autorizados en art 332 ET Igual : Base Gravable para IMAN ó RGA A qué equivale el impto de renta por el IMAS? Es el valor que resulta de aplicar a la RGA, la tabla del art 333 ET GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
19 10.6 Determinación de la Renta Gravable Alternativa RGA para la aplicación del IMAN art 332 ET Sumatoria ingresos del período gravable Menos : art ET 1- Dividendos y participaciones recibidos como no gravados 48/49 2- Indemnizaciones en dinero ó especie x seguros de daño en lo que corresponde al daño emergente Aportes obligatorios al SGSS a cargo del empleado 4- Gastos de representación considerados exentos Num 7 art 206 Num 7 art 206 ET GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
20 5- Pagos catastróficos en salud, no cubiertos por el POS de cualquier régimen, ó por los planes complmtarios de medicina prepagada, siempre que superen el 30% del ingreso bruto del contribuyente en el año gravable. Requisitos y limitantes : a- La deducción anual está limitada al menor valor entre : 60% del ingreso del año ó UVT.2013 $ b- Certificación de la entidad beneficiaria de los pagos c- Conservar los soportes documentales idóneos d- Idem requisitos si éstos pagos son en el exterior. 6- Valor pérdidas en el año por desastres ó calamidades públicas 7- Aportes al SGSS sobre el salario pagado a empleada del servicio Condición : No puede ser contratada por una empresa temporal 8- El costo fiscal de los bienes enajenados, ( Cap 2 Tit 1 Lib 1 ET ) siempre y cuando no formen parte del giro ordinario de negocios
21 9- Indemnización por seguros de vida 10- Exceso del salario básico, miembros de seguro x muerte y compensación x muerte, FFMM y PoliNal 11- Indemnización por accidente de trabajo ó enfermedad 12- Licencia de maternidad 13- Gastos funerarios 14- Retiros de Fondos de Cesantías de beneficiarios ó partícipes, sobre los aportes efectuados por los patronos a título de cesantía de conformidad con art 56-2 ET Importante : Retiros no sujetos a Retefte a título de imporenta Igual : Renta Gravable Alternativa RGA
22 10. 7 Impuesto Mínimo Alternativo Simple IMAS de EMPLEADOS art 334 y 335 ET Qué es el IMAS? Es un sistema de determinación simplificado del impuesto de renta A quiénes aplica el IMAS? UNICAMENTE a Personas Naturales, que : 1- Sean residentes en Colombia 2- Estén clasificadas en la categoría de EMPLEADOS 3- Su RGA en el año gravable sea inferior a UVT UVT.2013 $ A qué equivale el impto de renta por el IMAS? Es el valor que resulta de aplicar la tabla del art 334 ET a la RGA Cuál es la Renta Gravable Alternativa RGA para el IMAS? La misma que se depura para el IMAN
23 Efectos de utilizar VOLUNTARIAMENTE el IMAS 1- La liquidación privada quedará en firme después de 6 meses contados a partir del momento de la presentación, con el lleno de los siguientes requisitos : a- Presentación oportuna b- El pago se realice en los plazos fijados c- Que la DIAN no tenga prueba sumaria sobre la ocurrencia de fraude mediante la utilización de documentos ó información falsa en los siguientes conceptos : * ingresos ** aportes a la seguridad social *** pagos catastróficos **** pérdidas por calamidades u otros. 2- Los contribuyentes NO ESTARAN OBLIGADOS a presentar la Declaración de Renta establecida en el Régimen Ordinario
24 10.8 Sistema de Determinación del Impuesto de Renta para Trabajadores x cta Propia art 336 ET 1- Determinan el impuesto de renta por el Sistema Ordinario ó 2- Determinan el impuesto de renta por el IMAS Si desarrollan las actividades económicas del art 340 ET y Si su RGA del año gravable está dentro de los rangos 3- El cálculo del imporenta por el Sistema Ordinario, No incluye lo recibido como Ganancia Ocasional 4- Los factores para depurar el impto de renta ordinaria NO son aplicables para determinar el IMAS, salvo que estén expresamente autorizados por la ley. GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
25 10.8 Sistema de Determinación del Impuesto de Renta para Trabajadores x cta Propia art 336 ET 7- Las Sucesiones Ilíquidas de causantes residentes en Col, de bienes destinados a fines especiales por donaciones ó ó asignaciones modales, determinan el impto de renta por : el Sistema Ordinario ó por Renta Presuntiva. 8- Los TxCP no obligados a llevar libros de contabilidad, art deberán manejar un sistema de registros que establezca DIAN 338 El incumplimiento ó la omisión de ésta obligación, ET será sancionada s/art 655 ET (Irregularidades en contabilidad) Efecto al futuro 1- Libro Fiscal de Operaciones (Reg simplificado) 2- Contabilidad tributaria 9- Las actividades económicas señaladas en el art 340 ET corresponden a la clasificación registrada en el RUT
26 10.9 Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado - IMAS - p/trabajdores x Cta Propia art 337, 338 y 340 ET Qué es el IMAS p/trabajadores x Cta Propia? Es un sistema simplificado y cedular para determinar, la base gravable y la alícuota del impuesto a cargo. A quiénes aplica IMAS p/txcp? UNICAMENTE a personas naturales residentes en Colombia, clasificadas en la categoría de Trabajadores x Cuenta Propia, que desarrollen las actividades económicas del art 340 ET, y cuya Renta Gravable Alternativa RGA en el año, resulte superior al rango mínimo determinado para cada actividad económica del art 340 ET e inferior a UVT
27 A qué equivale el impto de renta por el IMAS p/txcp? Es el valor que resulta de aplicar la tabla del art 340 ET a la RGA Qué grava el IMAS p/txcp? Sumatoria ingresos de cualquier orígen Menos : Ganancias ocasionales Menos : Devoluciones, rebajas y descuentos Menos : Conceptos autorizados en art 339 ET Igual : Base Gravable para IMAS ó RGA Ver tope del art 329 ET Cuáles son los topes de ingresos p/txcp? Ing brutos iguales o sup a UVT.2013 $ en el año e inferiores a UVT.2013 $ GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
28 10.10 Determinación de la Renta Gravable Alternativa RGA para aplicación del IMAS de TxCP art 339 ET Sumatoria ingresos del período gravable Menos : art ET 1- Devoluciones, rebajas y descuentos 2- Dividendos y participaciones recibidos como no gravados 48/49 3- Indemnizaciones en dinero ó especie x seguros de daño en lo que corresponde al daño emergente Aportes obligatorios al SGSS a cargo del empleado GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
29 5- Pagos catastróficos en salud, no cubiertos por el POS de cualquier régimen, ó por los planes complmtarios de medicina prepagada, siempre que superen el 30% del ingreso bruto del contribuyente en el año gravable. Requisitos y limitantes : a- La deducción anual está limitada al menor valor entre : 60% del ingreso del año ó UVT.2013 $ b- Certificación de la entidad beneficiaria de los pagos c- Conservar los soportes documentales idóneos d- Idem requisitos si éstos pagos son en el exterior. 6- Valor pérdidas en el año por desastres ó calamidades públicas 7- Aportes al SGSS sobre el salario pagado a empleada del servicio Condición : No puede ser contratada por una empresa temporal GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
30 8- El costo fiscal de los bienes enajenados, ( Cap 2 Tit 1 Lib 1 ET ) siempre y cuando no formen parte del giro ordinario de negocios 9- Retiros de Fondos de Cesantías de beneficiarios ó partícipes, sobre los aportes efectuados por los patronos a título de cesantía de conformidad con art 56-2 ET Importante : Retiros no sujetos a Retefte a título de imporenta Igual : Renta Gravable Alternativa RGA GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
31 Clasificación de las Personas Naturales GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES S.A. Preparado por : GILDARDO HOYOS GIRALDO
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ARTÍCULO 10. Adiciónese el Título V del Libro I del Estatuto Tributario con el siguiente Capítulo:
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