La Responsabilidad Civil del Ingeniero Técnico Industrial El Seguro de Responsabilidad Civil
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- Estefania Herrero de la Fuente
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1 La Responsabilidad Civil del Ingeniero Técnico Industrial El Seguro de Responsabilidad Civil Marzo 2010
2 Sección I Introducción Responsabilidad Civil en el Ejercicio de la Ingeniería Técnica Industrial
3 Introducción: Consideraciones Generales Qué es la Responsabilidad Civil? Responsabilidad civil es la figura legal que permite indemnizar al tercero perjudicado los daños que ha sufrido como consecuencia de la conducta negligente de una persona física o jurídica. Basado en el principio El que la hace la paga : El que causa un daño a otro lo tiene reparar o resarcirle Requisitos de la Responsabilidad
4 Introducción: Consideraciones Generales Inversión de la carga de la Prueba? La Responsabilidad Civil Profesional se encuadra dentro de la responsabilidad civil extracontractual: Pueden ser daños a terceros ajenos a la actividad (pueden ser no clientes o no tener relación con el profesional.) Se trata de obligaciones genéricas hacia el cliente(no se recogen en ningún contrato..) OBRAR CON LA DILIGENCIA DEBIDA DE UN BUEN PROFESIONAL SI la RC Profesional esta encuadrada dentro de la RC Extracontractual: Requiere Probar Culpa o Negligencia????? Jurisprudencia Tribunal Supremo INVERSIÓN DE CARGA DE LA PRUEBA Presunción de culpa El causante debe probar el haber adoptado las medidas necesarias para evitar el daño DEMOSTRAR - DILIGENCIA DEBIDA
5 Introducción: Consideraciones Generales: Consecuencias del Error Profesional Negligencia: Error Profesional Daños materiales Daños personales ACCIDENTES DE TRABAJO Daños Patrimoniales Puros Responsabilidad Civil Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Responsabilidad Civil Indemnización Indemnización Pena Inhabilitación Indemnización
6 Sección 2 Responsabilidades que afectan al Ingeniero Responsabilidad Civil en el Ejercicio de la Ingeniería Técnica Industrial
7 Responsabilidades que afectan al Ingeniero: Ámbitos de aplicación (I) Tipos de Responsabilidades que afectan al Las Responsabilidades en que pueden incurrir el Ingenieros vienen derivadas de los incumplimientos de obligaciones DE FORMA CULPOSA definidas en los siguientes ámbitos: EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LOS ACTOS NEGLIGENTES COMETIDOS POR EL PROFESIONAL LEYESYNORMAS OBLIGACIONES DE AMBITO CIVIL Responsabilidad Civil: Durante la realización de sus actividad profesional es susceptible de incurrir en los siguientes tipos de responsabilidades dentro del ámbito civil: - Responsabilidades civiles contractuales (Contrato de Prestación de Servicios) -(art Código Civil): vulnerar un deber que tienen su origen en un contrato -Responsabilidades civiles extracontractuales: (Actos u omisiones culposas del Ingeniero en su actividad profesional) -Art 1902 C.C: en los casos de culpa o negligencia obligación de reparar- Infringir el deber de actuar de buena fe y diligentemente -Art 1903 C.C: no solo por actos propios sino por aquellas personas de las que deba responder (bajo nuestra dependencia o vigilancia)
8 Responsabilidades que afectan al Ingeniero: Ámbitos de aplicación (II) OBLIGACIONES DE AMBITO LEGAL El Ingeniero esta sometido a una serie de obligaciones legales y normativas que le imponen una serie de obligaciones cuyo incumplimiento puede generar: Responsabilidades Penales: Derivadas del incumplimiento se sus obligaciones legales. sanciones económicas, suspensión del ejercicio de la profesión(inhabilitación) o incluso la privación de libertad. Afecta esencialmente en lo que respecta a ACCIDENTES DE TRABAJO (DELITOS de homicidio y lesiones en diferentes grados, DELITOS de faltas, DELITOS de Imprudencias) Dentro del ámbito Administrativo: El incumplimiento de normativa por parte del Ingeniero puede incurrir en sanciones económicas por parte de la administración Responsabilidades civiles: El incumplimiento de la obligaciones legales puede implicar, además de las aspectos penales y administrativos comentados, pueden generar al Ingeniero responsabilidades civil tanto contractuales como extracontractuales
9 Responsabilidades que afectan al Ingeniero: El Ingeniero en la Construcción (I) Ley 38/1999 de 5 noviembre de Ordenación de la Edificación y Código Técnico de la Edificación OBJETO Regular el proceso de edificación, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso. ÁMBITO DE APLICACIÓN El proceso de edificaciónse incluyen : instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio AGENTES DE LA CONSTRUCCIÓN: Promotor Proyectista: redacción de proyecto conforme a normativa técnica y urbanística) Constructor Director de obra(control de que aspectos estéticos, urbanísticos, medioambientales etc se ajusten a proyecto, licencias, normativas etc) Director de ejecución de la obra (control cualitativo y cuantitativo de la construcción y calidad de lo edificado)
10 Responsabilidades que afectan al Ingeniero: El Ingeniero en la Construcción (II) Art. 17 LOE Responsabilidad de agentes frente a propietarios y terceros adquirientes (decenal:vicios o defectos que afecten a elementos estructurales; trienal: vicios o defectos que afecten a habitabilidad) Principio Responsabilidad personal e individualizada de los agentes Si no pudiera individualizarse: Responsabilidad solidaria: Siniestros complejos con dificultad de probar la existencia de un solo causante, existencia de varios informes periciales Varias víctimas graves o mortales Necesidad de indemnización suficiente y rápida. Notas importantes: Cuando el proyecto sea contratado conjuntamente con más de un proyectista los mismos responderán solidariamente. (en caso de subcontratación responsabilidad del proyectista sin perjuicio de acciones de repetición). El director de la obra y el director de la ejecución que emiten el certificado de final de obra serán los responsables de veracidad y exactitud a partir del momento de finalización. (sin perjuicio del acciones de repetición sino fueron los proyectistas)
11 Responsabilidades que afectan al Ingeniero: El Ingeniero en la Construcción (III) Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción -R.D /97 de 24 de octubre COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD Su figura es de obligada presencia tanto durante la elaboración del proyecto de la obra como durante la ejecución de la misma.(podrá recaer en la misma persona). Básicamente sus funciones son: Coordinar la aplicación de principios generales de prevención y de seguridad Control de acciones y funciones de la aplicación de principio durante la ejecución Coordinar las actividades de contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
12 Introducción: Situación Actual Qué puede hacer el Ingeniero para Protegerse? ELprofesionalhadeadoptareneldesempeñodesuactividad filosofíadegerenciaderiesgos GERENCIA DE RIESGOS: Identificar puntos críticos de su actividad y reforzar los procedimientos paraqueelerrornose produzca.conceptoligadoalacalidad. Documentar la actividad profesional realizada Procedimientos de archivo de la documentación Selección de colaboradores Comprobacióndecadaunadelasfases detrabajorealizadooproyectoaentregar etc Transferencia del Riesgo al Mercado Asegurador POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. ( A pesar de la Gerencia de Riesgos se producen siniestros) Coberturas y limites suficientes en función de proyectos y trabajos que se realizan. Programas de Seguro de Colegios Profesionales
13 Sección 3 Seguro de Responsabilidad Civil del COETICOR Responsabilidad Civil en el Ejercicio de la Ingeniería Técnica Industrial
14 Seguro de Responsabilidad Civil Profesional del COIN: Condiciones técnicas(i) Quién son los Asegurados? Ingenieros colegiados Activo Ingenieros Colegiados Inactivos Sociedades Unipersonales de Colegiados Asegurados Sociedades Ingeniería y Sociedades Profesionales de Ingeniería inscritas en el Tomador: siempre que sean Monodisciplinares y todos los técnicos (socios y empleados) que ejerzan la actividad asegurada estén dados de altaenelseguro Sociedades profesionales Multidisciplinares respecto de la actividad visada en el tomador realizada por un Ingenieroscolegiadoydadodealtaenelseguro Modalidades de Aseguramiento? Libre Ejercientes - Empresario(se incluyen sociedades integradas por un único patrimonio familiar y personal no técnico dependiente) Asalariados (incluye PRL como trabajador designado y acciones de repetición de la empresa contra el asegurado) Funcionarios(Art- 145,2 Ley 30/ Noviembre Régimen Jurídico de las Administraciones publicas) Libre Ejercientes Singulares(Peritaciones, Homologaciones, ITV ) Libre Ejerciente Prevencionistas Libre Ejerciente recién licenciado(24 meses desde su titulación)
15 Seguro de Responsabilidad Civil Profesional del COIN: Condiciones técnicas(ii) Cuál es la actividad cubierta por el Seguro? Ejercicio de la actividad de INGENIERIA TÉCNICA INDUSTRIAL para la que legalmente estén habilitados los asegurados. Se incluyen actividades como coordinadores de seguridad y salud y resto de funciones previstas en el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre sobre seguridad y salud en la construcción. actividades como Consejero de Seguridad previstas en el RD 1566/1999 de 8 de octubre, siempre y cuando el ingeniero técnico esté en posesión de la certificación y titulación necesaria para el desempeño de estas funciones. actividades de tramitación y gestión de documentos ante la Administración Pública, siempre y cuando dicha gestión forme parte del contrato de prestación de servicios y tenga relación directa con el desempeño de la actividad asegurada en la presente póliza. Actividad del Asegurado contemplada en el artículo 1591 del Código Civil, así como las contempladas en la Ley de Ordenación de la Edificación 38/99 de 5 de noviembre Clausula de Contaminación Súbita y Accidental
16 Seguro de Responsabilidad Civil Profesional del COIN: Condiciones técnicas(iii) Prestaciones del Seguro Pago de las indemnizaciones que civilmente fuese responsable el asegurado respecto de la actividad asegurada y derivados de: Daños materiales y personales y sus perjuicios consecuenciales Perjuicios patrimoniales puros o primarios Gastos de defensa y prestación de fianzas: con clausula de LIBERACIÓN DE GASTOS en tribunales Españoles Indemnización por inhabilitación profesional Sumas aseguradas Limite de indemnización por asegurado y año de (Recién Licenciados ) (Nota: existe la posibilidad de ampliar de forma voluntaria cada asegurado a ) Limite por siniestro en caso de varios asegurados involucrados de Limiteagregadoanualdelapólizade Indemnización por inhabilitación profesional hasta el limite de mensuales con un máximo de 12 meses Limite para Reclamación a Contrarios por anualidad
17 Seguro de Responsabilidad Civil Profesional del COIN: Condiciones técnicas(iv) Franquicia Franquicia de300 porsiniestro Ámbito Temporal Póliza en base a reclamaciones con RETROACTIVIDAD ILIMITADA: Cobertura para reclamaciones no conocidas de forma previa a la entrada en vigor del seguro y que sena formuladas contra el asegurado por primera vez durante el periodo de seguro independientemente de la fecha de realización/ejecución de los trabajos objeto de la reclamación Ámbito Geográfico MundialexceptoUSAyCanadá
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