LIBRO BLANCO. Licitación de Fibra Obscura COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN LICITACIÓN DE FIBRA OBSCURA 12/10/2012

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1 LIBRO BLANCO Licitación de Fibra Obscura

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3 Presentación. Conforme a lo establecido en el Artículo Sexto del Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal , publicado el 19 de diciembre de 2011 y a lo previsto en el lineamiento SEGUNDO, inciso III y lineamiento TERCERO Incisos I, II y IV, de los LINEAMIENTOS para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2011, se ha considerado conveniente dejar constancia documental de los eventos relevantes y resultados alcanzados durante el proceso de Licitación de Fibra Obscura. En este contexto me permito presentar el Libro Blanco que describe hechos y estrategias implementadas en el desarrollo del proyecto, señalando con precisión y trasparencia las acciones que permitieron la ejecución de los trabajos El presente Libro Blanco se integra al Acta de Entrega-Recepción del que suscribe, a fin de cumplir con los Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales. Asimismo, se deja asentado que la información y documentación que se integra fue revisada y avalada por los servidores públicos que participaron en las diferentes etapas de ejecución del proyecto que se está documentando.

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5 Índice I.- Presentación del Proyecto I.1 Nombre I.2 Objetivo I.3 Periodo de vigencia que se documenta I.4 Ubicación geográfica I.5 Principales características técnicas del proyecto I.6 Unidades Administrativas participantes II.- Fundamento Legal y Objetivo del Libro Blanco II.1. Fundamento legal II.2. Objetivo III.- Antecedentes IV.- Marco Normativo Aplicable a las Acciones Realizadas Durante la Ejecución del Proyecto V.- Vinculación del Proyecto con el Plan Nacional de Desarrollo y de la Prospectiva del Sector Eléctrico V.1 Plan Nacional de Desarrollo V.2 Programa Sectorial de Energía VI.- Síntesis Ejecutiva del Proyecto VII.- Acciones Realizadas VII.1 Programa de trabajo VII.2 Presupuesto y calendario de gasto autorizado VII.3 Integración de expedientes y/o de proyectos ejecutivos VII.3.1 Definición VII.3.2 Concursal VII.3.3 Contratación VII.3.4 Ejecución VII.4 Documentación soporte de la aplicación de los recursos

6 VIII.- Seguimiento y Control IX.- Resultados y Beneficios Alcanzados X.- Informe Final del Servidor Público de la Entidad, Responsable de la Ejecución del Proyecto XI.- ANEXOS XI.1 Acuerdos Junta de Gobierno XI.2 Convenio de Colaboración SCT - CFE XI.3 Anexo Técnico XI.4 Avalúo INDAABIN XI.5 Oficios XI.6 Minutas de Reuniones SCT y CFE XI.7 Contrato CFE y Grupo de Telecomunicaciones de Alta Capacidad, S.A.P.I. de C.V XI.8 Respuestas y precisión a preguntas de Auditoria Superior de la Federación

7 I.- Presentación del Proyecto.

8 I. Presentación del proyecto. En los últimos años, derivado del constante crecimiento de la demanda de energía eléctrica en el país y el correspondiente fortalecimiento de los procesos del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), la CFE ha implementado una red de telecomunicaciones con fibra óptica instalada sobre la red troncal de potencia, cuyo objeto principal es incrementar la seguridad de dicho sistema al permitir su operación en tiempo real La Ley Federal de Telecomunicaciones, en su artículo 7, dispone que tiene como objetivos promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones; ejercer la rectoría del Estado en la materia, para garantizar la soberanía nacional; fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones a fin de que éstos se presten con mejores precios, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios, y promover una adecuada cobertura social. Siendo evidente el impacto que tiene la industria de las telecomunicaciones en la vida moderna del país, se considera que este servicio debe garantizarse a través de nuevas tecnologías e infraestructura necesaria en la medida de los requerimientos de los distintos sectores de la sociedad. La CFE, con base en el marco jurídico vigente, determina sus proyectos de infraestructura tecnológica para años futuros, con una planeación integral de mediano y largo plazo, en los cuales es indispensable mantener una red de telecomunicaciones con fibra óptica instalada sobre la red troncal de potencia, ejerciendo los recursos materiales con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. Adicionalmente la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás legislaciones aplicables, convocó a los interesados a licitación pública para seleccionar al o a los participantes ganadores con quienes la CFE celebrará el o los contratos de uso y 8

9 aprovechamiento accesorio y temporal de un par de hilos de fibra óptica oscura de su red, con una vigencia de 20 años, en su caso, prorrogables a efecto de que el o los participantes ganadores puedan operar el par de hilos de fibra óptica oscura como una red pública de telecomunicaciones, para prestar por sí, o por medio de terceros, los servicios autorizados en las mismas. El contenido o índice en que se enmarca el desarrollo del presente Libro Blanco y la estructuración del mismo, se llevó a cabo mediante la participación de la Dirección de Modernización, sin perder el objetivo de resaltar las acciones realizadas y en atención a los Lineamientos para la Formulación del Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal , así como para la Elaboración e Integración de Libros Blancos, publicados en el DOF el 10 de octubre de

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11 I.1 Nombre. La denominación del proyecto que es materia del presente Libro Blanco es Licitación de Fibra Obscura, el cual, a lo largo de su desarrollo, ha sido referido con diferentes nombres en los documentos que integran este libro, entre los cuales se encuentran: Colaboración en la Licitación de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura Uso y aprovechamiento accesorio y temporal de un par de hilos de fibra óptica oscura. Uso y aprovechamiento de un par de hilos de fibra óptica oscura

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13 I.2 Objetivo. De la licitación convocada por la SCT, establecer las condiciones técnicas y legales bajo las cuales el licitante que resultara ganador pudiera hacer uso de un par de hilos de fibra óptica oscura de la red de fibra óptica de la CFE

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15 I.3 Periodo de vigencia que se documenta. En este documento se refieren las acciones relevantes realizadas para establecer las condiciones técnicas y legales para el uso y aprovechamiento de un par de hilos de fibra óptica oscura, durante el periodo comprendido a partir del 18 de mayo de 2009, fecha en la que es aprobado el proyecto por la Junta de Gobierno (Anexo XI.1), y hasta el 21 de julio de Cabe mencionar que el contrato se suscribió con una vigencia de 20 años y en su caso, prorrogables. 15

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17 I.4 Ubicación geográfica. El presente proyecto aplica respecto del Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura de la Red de Fibra Óptica de la CFE que fue objeto de la licitación, la cual está dividida en rutas y que cubre todo el territorio Nacional

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19 I.5 Principales características técnicas del proyecto. En atención a las mejores prácticas utilizadas internacionalmente en proyectos similares en el mercado de telecomunicaciones la información que se especifica a continuación contiene lo necesario para diseñar una red de telecomunicaciones utilizando fibra óptica. La CFE, pone a disposición un par de hilos de fibra óptica oscura para ser otorgada en uso, garantizando la continuidad y seguridad en la prestación del servicio público de energía eléctrica en todo el territorio nacional, para el aprovechamiento de la infraestructura y de los servicios disponibles, a fin de diversificar las fuentes de ingreso en la entidad La estructura de la red está conformada por segmentos de Red de Fibra Óptica con una distancia de aproximadamente 19,000 kilómetros y por segmentos complementarios que estarán disponibles conforme el usuario lo solicite para incrementar a más de 20,000 kilómetros. La Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) definirá las modalidades en las que dichos segmentos se ponen a disposición del mercado, de acuerdo con la política de telecomunicaciones que mejor convenga al país. Las características técnicas de la fibra óptica de CFE, está constituida en su mayor parte de cable de guarda y dieléctrico con fibras ópticas, ambos tipos de cable cumplen con la recomendación G.652 del sector de estandarización de la unión internacional de telecomunicaciones conforme al apéndice No. 1: Los cables que contienen el par de hilos de fibra óptica oscura están instalados en las estructuras de la red de transmisión de energía eléctrica. Los principales parámetros de la fibra óptica de la red de la CFE deben entenderse como valores de referencia. Los valores reales del par de hilos a disposición del usuario en cada segmento se obtendrán durante el proceso de Entrega-Recepción. Los segmentos de fibra óptica de la CFE se constituyen instalando varios tramos de cable con longitudes promedio de 4 kilómetros, uniendo las fibras de los tramos contiguos 19

20 mediante empalmes por fusión. Las condiciones para la utilización del par de hilos en los segmentos de fibra óptica serán las que determine la CFE. La identificación de los segmentos que conforman la red a licitar corresponde al igual número de enlaces del SEN de acuerdo con los requerimientos del mismo y para efectos de interpretación se integraron en rutas que enlazan diversas poblaciones indicando origen y destino, así como sus longitudes, las cuales son de referencia para efectos del dimensionamiento de los enlaces de telecomunicaciones del usuario El punto de demarcación es el lugar específico donde se lleva a cabo la unión física de las redes de fibra óptica del usuario y de la CFE. El punto de demarcación delimita la propiedad de los activos y la responsabilidad operativa de la CFE y del usuario, donde cabe señalar que CFE puso a disposición alternativas para la instalación de dicho punto de demarcación. Para que el par de hilos pueda enlazar dos puntos de presencia de la CFE, requiere del uso de infraestructura adicional, misma que es necesaria mantener en condiciones óptimas. La infraestructura relacionada al soporte del cable de fibra óptica se compone de estructuras, hilos de guarda, herrajes y cajas de empalme mientras que las líneas de transmisión están integradas por estructuras de transmisión, conductores eléctricos y cable de guarda. La CFE cuenta con infraestructura que comprende postes y canalizaciones de media y baja tensión cuyo diseño y disposición admite en la mayoría de los casos la instalación de las redes de telecomunicaciones sin menoscabo de su función eléctrica; esto, cumpliendo invariablemente con las disposiciones técnicas y legales que establece la normatividad oficial vigente y los requerimientos específicos solicitados por la CFE, por lo que, la convivencia entre ambas instalaciones no presenta ningún riesgo. El mantenimiento es la actividad a desarrollar para conservar en condiciones óptimas de confiablidad la infraestructura de la red de fibra óptica, puede darse a la red de la CFE o al enlace de acceso al usuario y debe considerarse en todo momento garantizar la continuidad y seguridad de la prestación del servicio público de energía eléctrica. Para la operación y mantenimiento del par de hilos el usuario será responsable de iluminar y operar el par de hilos, para los cuales la CFE no proporcionará ningún tipo de señal óptica o dispositivo para su iluminación, de igual manera, el monitoreo de la continuidad del par de hilos que se define como la supervisión de la continuidad física de dichos hilos será total y exclusiva responsabilidad del usuario. En caso de que la CFE reciba órdenes de una autoridad competente, o que por emergencia o desastre natural, tenga necesidad de cambiar de lugar, reconstruir o retirar definitivamente alguna de las partes o elementos de su infraestructura, el usuario deberá tomar las previsiones a que haya lugar en sus instalaciones, en el entendido que todos los gastos y materiales necesarios para ello serán por su cuenta y cargo. CFE proporcionará el servicio de instalación del punto de demarcación en poste y en los sitios de alojamiento así como el de mantenimiento que consiste en los trabajos que realiza 20

21 la CFE a la red de fibra óptica incluidos los relativos a la inspección y reparaciones menores al cable de fibra óptica que contiene el par de hilos. La CFE realizará las pruebas y mediciones del estado del par de hilos, pruebas punto a punto para que el usuario conozca el comportamiento de los principales parámetros de dichas fibras y para que los tome como referencia para el diseño de sus enlaces. La caracterización técnica del par de hilos integra los parámetros de atenuación óptica, prueba de reflexión óptica, dispersión cromática y dispersión por modo de polarización, lo cual, estará en los puntos de demarcación en los extremos de cada segmento a entregar; cabe mencionar que los parámetros anteriores fueron medidos por la CFE bajo las recomendaciones internacionales aplicables y con instrumentos de medición de alta precisión que a su vez cumplen con las recomendaciones del sector de estandarización de las telecomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones aplicables

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23 I.6 Unidades Administrativas participantes. Para llevar a cabo la colaboración en el proceso de Licitación de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura se contó con la participación de las siguientes unidades administrativas:

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25 II.- Fundamento Legal y Objetivo del Libro Blanco.

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27 II. Fundamento Legal y Objetivo del Libro Blanco. II.1. Fundamento legal. El fundamento legal que sustenta la elaboración e integración del presente Libro Blanco está basado en los siguientes ordenamientos: La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que dispone proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los poderes de la Unión; los Órganos Constitucionales Autónomos o con Autonomía Legal y cualquier otra Entidad Federal. El DECRETO para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión publicado en el DOF del 14 de septiembre de El Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal , publicado el 19 de diciembre de 2011, que en su Artículo Sexto establece Cuando las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal consideren necesario resaltar las acciones de algún programa o proyecto de gobierno, se procederá a la elaboración de un Libro Blanco o de una Memoria Documental al respecto, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública. Lineamientos para la Elaboración e Integración de Libros Blancos y Memorias Documentales publicados en el DOF el lunes 10 de octubre de 2011, Numeral Tercero que señala: Las dependencias y entidades elaborarán un Libro Blanco, cuando consideren necesario dejar constancia documental del desarrollo de programas o proyectos de gobierno, así como de otros asuntos que se estimen relevantes y lo autorice su titular, previa opinión de la Secretaría. Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción , publicado en el DOF el 11 de diciembre de Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal , donde se señala en el numeral II Lineamientos específicos. Tercera etapa, inciso 15. Adicionalmente, los titulares de las dependencias y entidades deberán incluir como anexo de EL INFORME, un ejemplar en medio digital o electrónico de los Libros Blancos y de las Memorias Documentales que, en su caso, se hayan elaborado de conformidad con lo previsto en los Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales, publicados en el DOF el 10 de octubre de

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29 II.2. Objetivo. El Libro Blanco es el documento público gubernamental que tiene por objeto dejar constancia de las acciones realizadas, así como los resultados alcanzados conforme a lo dispuesto en el Artículo Sexto del Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal , publicado el 19 de diciembre de 2011, que indica Cuando las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal consideren necesario resaltar las acciones de algún programa o proyecto de gobierno, se procederá a la elaboración de un Libro Blanco o Memoria Documental al respecto, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública, describiendo con criterios de transparencia y precisión los eventos más relevantes, integrando la documentación que sustenta las principales acciones que se llevaron a cabo durante el desarrollo del proyecto Conforme a los Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales, publicados en el DOF el 10 de octubre de 2011, y considerando la obligación que la CFE tiene de rendir cuentas para reportar o explicar sus acciones y transparentarse para mostrar su funcionamiento a la sociedad, contribuyendo así al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad, a la ética y a la responsabilidad pública, resulta necesario dejar constancia de las acciones y resultados obtenidos de programas, proyectos o asuntos relevantes y trascendentes de la Administración Pública Federal, el contenido en que se enmarca el desarrollo del presente Libro Blanco y la estructuración del mismo, se elaboró sin perder el objetivo fundamental de transparentar y resaltar las acciones realizadas. Es por lo expuesto, basado en el Lineamiento TERCERO Fracción IV y tomando en cuenta la importancia del Proyecto, que la Dirección General de la CFE consideró conveniente plasmar en un Libro Blanco la: Colaboración en el proceso de Licitación de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura Para tal efecto, la CFE envió mediante oficio DG/045/2012 a la Secretaría de la Función Pública, la relación de los Libros Blancos que la entidad pretende elaborar, recibiendo respuesta favorable mediante oficio número UCGP/2009/829/2012, para llevar a cabo el presente Libro Blanco. 29

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31 III.- Antecedentes.

32 III. Antecedentes. En toda sociedad, la comunicación es uno de los procesos sociales humanos más importantes, es una necesidad humana básica. Se trata de una herramienta social que permite a los miembros que la integran comunicarse entre sí, de tal forma que pueden proveerse e intercambiar educación, conocimientos, servicios, trabajo, esparcimiento, cultura, lenguaje e información. Su importancia radica en que las comunicaciones hacen posible que los seres humanos puedan desplegar su personalidad y ejercer sus derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de tránsito, derecho de acceso al conocimiento y a la información, libertad de creencia, libertad de comercio y profesión, libertad económica, derecho a la educación, a la igualdad, entre otros En este sentido, y por sus inmensas repercusiones en prácticamente todos los aspectos de la vida del ser humano, las comunicaciones son el fundamento de toda organización social y son esenciales para el progreso y bienestar. El papel de la infraestructura de las comunicaciones consiste en poner a disposición de la sociedad, la capacidad para conectarse y tener acceso a la información, a fin de que la población pueda apropiarla, procesarla e intercambiarla. Es por eso, que la conectividad se convierte en el factor habilitador para insertar a la población en la transición a la sociedad de la información. Sin embargo, dicho factor está condicionado al tamaño y capacidad de la infraestructura de las comunicaciones de los países. El Estado tiene la obligación de promover, facilitar y agilizar la construcción, despliegue y expansión de las redes de telecomunicaciones, ya que ello permitirá la penetración de las comunicaciones a todos los niveles de la sociedad, con el consecuente impacto en el desarrollo nacional. Asimismo, es necesario desarrollar, utilizar y promover el uso eficiente de la infraestructura que tenga el país, tendiente a aumentar la capacidad para las comunicaciones que la población en general requiere en la actualidad y requerirá en el futuro. Tomando en cuenta lo anterior y que dentro de la infraestructura del Estado (considerada como un recurso económico), la CFE instaló un cable de guarda en su red troncal de transmisión eléctrica que tiene hilos de fibra óptica, susceptibles de explotarse como una importante red de telecomunicaciones a nivel nacional, el Ejecutivo Federal determinó, conforme a las consideraciones establecidas en las Bases, poner a disposición de la industria un par de hilos de dicha infraestructura, correspondiendo a la SCT en términos del convenio (Anexo XI.2) de colaboración celebrado con CFE, emitir la convocatoria y las bases para la licitación de dicho par de hilos, así como conducir el proceso de la Licitación, a efecto de seleccionar al participante ganador que, contando con la capacidad jurídica, económica y técnica, pudiera usar, aprovechar y explotar dicha infraestructura de comunicaciones de manera eficiente. De esta manera se buscan realizar acciones que coadyuven a satisfacer las necesidades actuales y futuras de comunicación que requiere el país, con los consecuentes beneficios de progreso y bienestar para los mexicanos, en estricto apego a la normatividad aplicable. 32

33 Por las razones expuestas, es incuestionable el interés público que representa que un par de hilos de dicha infraestructura de comunicación se ponga a disposición de los interesados, de conformidad con los términos de lo establecido en el Programa de Actividades de la Licitación. En este contexto, en los considerandos de las Bases se advierten expresamente las razones, las necesidades, las metas y el interés público que el Ejecutivo Federal buscó atender y cubrir con la participación voluntaria de los particulares en la Licitación y consecuente celebración de contratos y otorgamientos de títulos, lo cual se cumple y culmina a través del Fallo de la Licitación que nos ocupa Entre esas razones destacan, la necesidad de la sociedad de: a. Fomentar el desarrollo nacional. b. Apoyar al sector telecomunicaciones en su beneficio. c. Garantizar a la población el acceso a los servicios de telecomunicaciones (ya sean servicios fijos y/o móviles). d. Incrementar la competencia entre concesionarios. e. Aumentar la cobertura de los servicios e incidir en las tarifas para el acceso de un mayor número de usuarios. f. Alcanzar una penetración superior al 60 por ciento de la población. g. Incentivar la inversión en infraestructura. En mayo de 2009, el Presidente de la República anunció que el Gobierno Federal, a través de la SCT determinará las condiciones y formas de la licitación de un par de hilos de fibra óptica oscura, en rutas con capacidad disponible de la red de la CFE y que ésta, en un plazo no mayor a 90 días, establecerá las condiciones técnicas para instalar, operar, y dar mantenimiento a dicho par de hilos de fibra oscura, de manera que se garantice la seguridad e integridad del SEN. La Ley Federal de Telecomunicaciones, en su artículo 7, dispone que tiene como objetivos promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones; ejercer la rectoría del Estado en la materia, para garantizar la soberanía nacional, fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones a fin de que éstos se presten con mejores precios, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios y promover una adecuada cobertura social. Para el logro de tales objetivos dicho artículo, en su fracción I, faculta a la SCT para regular el desarrollo de las telecomunicaciones, con base en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y los programas sectoriales correspondientes. La SCT una vez que determinó las condiciones y formas para licitar, estipuló que se tiene por objeto seleccionar al o a los participantes ganadores con quienes la CFE celebrará el o los contratos de uso y aprovechamiento accesorio y temporal de un par de hilos de fibra óptica oscura de su red, para cada una de las rutas, con una vigencia de 20 años prorrogable y en consecuencia el otorgamiento de concesiones para instalar, operar y explotar redes públicas 33

34 de telecomunicaciones, para prestar por sí, o por medio de terceros, los servicios autorizados en las mismas

35 IV.- Marco Normativo Aplicable a las Acciones Realizadas Durante la Ejecución del Proyecto.

36 IV. Marco normativo aplicable a las acciones realizadas durante la ejecución del proyecto. El marco legal y reglamentario que facultó la actuación de la CFE, a través de la Dirección de Operación es el siguiente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Ley Federal de Telecomunicaciones. Ley General de Bienes Nacionales. Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Reglamentos: Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Otras disposiciones: Código Civil Federal. Acuerdos de la Junta de Gobierno de CFE. Normas para la Enajenación y el Aprovechamiento Accesorio y Compatible de los Inmuebles de la CFE. Convenio de Colaboración, de fecha 16 de julio de 2009, celebrado entre la SCT y la CFE. 36

37 V. Vinculación del Proyecto con el Plan Nacional de Desarrollo y de la Prospectiva del Sector Eléctrico V.1. Plan Nacional de Desarrollo V.2. Programa Sectorial de Energía

38 V. Vinculación del proyecto con el Plan Nacional de Desarrollo y de la Prospectiva del Sector Eléctrico Las acciones que son materia del contenido del Libro Blanco, quedan comprendidas en el Plan Nacional de Desarrollo (PND), como parte de los objetivos en materia de las líneas estratégicas para alcanzar el crecimiento económico del país, así como, en la Prospectiva del Sector Eléctrico (PSE) Dichas acciones iniciaron durante la administración , sin embargo, los proyectos de crecimiento para el país están íntimamente ligados al sector eléctrico, razón por la cual su vinculación quedó plasmada en documentos que involucran a más de una administración gubernamental. 38

39 V.1 Plan Nacional de Desarrollo El PND , en su Eje 2 de la Economía Competitiva y Generadora de Empleos, inciso 2.10 de Telecomunicaciones y Transportes, Objetivo 14, establece como Estrategia 14.1: Incrementar la competencia entre concesionarios con la finalidad de aumentar la cobertura de los servicios en el país y a contribuir a que las tarifas permitan el acceso y un mayor número de usuarios al servicio

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41 V.2 Programa Sectorial de Energía El sector energético y, en particular, las telecomunicaciones son indispensables para apoyar el funcionamiento de la planta productiva y para mejorar la calidad de vida de la población. Debido a que las telecomunicaciones son un medio importante para obtener señales económicas, en su determinación es prioritario considerar el efecto no sólo en el desarrollo y crecimiento de los organismos públicos del sector y el fortalecimiento de las finanzas públicas, sino también en las decisiones de los demás agentes económicos Uno de los retos que destacan es el de las mejoras en eficiencia que alcancen los organismos que prestan servicios públicos y que reduzcan el nivel actual de sus tarifas que les compete, a fin de coadyuvar al desarrollo económico del país y al impulso de la competitividad nacional. El presente proyecto se vincula con el Objetivo Estratégico 4 de la Planeación Estratégica de la CFE, denominado Participar en Nuevas Áreas de Oportunidad, lo cual se traduce en: Incrementar los beneficios de la CFE a través de proyectos que permitan aprovechar la infraestructura y el capital intelectual, para la provisión de otros servicios relacionados no eléctricos. (Considera servicios de telecomunicaciones, de ingeniería, de laboratorio, renta de infraestructura, y cualquier otro servicio que genere beneficios distintos al servicio eléctrico.) De esta forma, se aprobó el convenio de colaboración para licitar Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura de la red de CFE. 41

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43 VI.- Síntesis Ejecutiva del Proyecto.

44 VI. Síntesis ejecutiva del proyecto. En los últimos años, derivado del constante crecimiento de la demanda de energía eléctrica en el país y el correspondiente fortalecimiento de los procesos del SEN, la CFE ha implementado una red de telecomunicaciones con fibra óptica instalada sobre la red troncal de potencia, cuyo objeto principal es incrementar la seguridad de dicho sistema al permitir su operación en tiempo real En sesión celebrada el 18 de mayo de 2009, el entonces Director General de la CFE, presentó a la Junta de Gobierno de la Entidad lo siguiente: Con el fin de aumentar la conectividad en el país y ampliar así la cobertura del servicio de telecomunicación de banda ancha y la competencia dentro del sector de Telecomunicaciones para fomentar la competitividad, se ha dispuesto que CFE arriende un par de fibras oscuras dentro de su red de fibra óptica. En la citada sesión, la Junta de Gobierno emitió el Acuerdo 34/2009, por el cual se autoriza a la Entidad para que realice las gestiones necesarias, a efecto de que se liciten un par de hilos de fibra oscura en aquellas rutas en que CFE tenga capacidad disponible y que la SCT será quien determine las condiciones y forma de la licitación, con las modalidades que dicte la política nacional de telecomunicaciones El 19 mayo de 2009, el Presidente de la República anunció durante el evento Conectividad para la Competitividad que el Gobierno Federal, a través de la SCT determinará las condiciones y formas de la licitación de un par de hilos de fibra óptica oscura, en rutas con capacidad disponible de la red de la CFE y que ésta, en un plazo no mayor a 90 días, establecerá las condiciones técnicas para instalar, operar y dar mantenimiento a dicho par de hilos de fibra oscura, de manera que se garantice la seguridad e integridad del SEN. Con base en el anuncio realizado por el Presidente de la República, el 16 de julio de 2009, la SCT y la CFE firmaron un Convenio de Colaboración en el cual se establecieron las bases de colaboración, a efecto de que la SCT determinara las condiciones y condujera la licitación para el aprovechamiento accesorio y temporal de un par de hilos de fibra óptica oscura, en rutas con capacidad disponible de la red de la CFE, de acuerdo con la política nacional de telecomunicaciones de la SCT. De conformidad con el Convenio de Colaboración señalado en el párrafo que antecede, era compromiso de la SCT: Realizar los trámites correspondientes a efecto de cumplir con lo establecido en la Ley General de Bienes Nacionales, en particular con las justipreciaciones que corresponda determinar al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) y cualquier otra autoridad competente. Por tal razón, la SCT realizó las gestiones necesarias ante el INDAABIN, para que éste elaborara el dictamen valuatorio que indicara el monto mínimo a cobrar por el uso del Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura materia de la licitación. El INDAABIN, además de solicitar información a la SCT, también requirió de manera directa a la CFE alguna información necesaria para la elaboración del dictamen y ésta fue proporcionada también de manera directa por CFE al INDAABIN. 44

45 En observancia al Convenio de Colaboración, la licitación de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura de la Red de Fibra Óptica de la CFE, fue realizada y conducida en todo momento por la SCT, conforme al siguiente Programa de Actividades: ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE Periodo para la obtención de las Bases y los Anexos a los Interesados. Periodo de la recepción de las Preguntas o Aclaraciones de los Interesados. Sesión de Respuestas y Aclaraciones Periodo de Recepción de las Preguntas o Aclaraciones Adicionales. Obtención del Instructivo para presentar solicitud de opinión por los Interesados a la Comisión Federal de Competencia (COFECO). Periodo de presentación de solicitud de opinión por los Interesados a la COFECO. Presentación y recepción de documentación. Entrega de Constancias de Participación y Constancias de No Participación a cada Interesado. Acto de Presentación de Propuestas Económicas de la primera fase. Desde el día de la publicación de la Convocatoria en el DOF y hasta el 11 de febrero de Desde el Día Hábil siguiente de la publicación de la Convocatoria en el DOF y hasta el 12 de febrero de SCT SCT 1 de marzo de 2010 SCT 1 de marzo de 2010 SCT A partir del 4 de febrero de 2010 SCT 22 y 23 de marzo de 2010 SCT 5 de abril de 2010 SCT 14 de mayo de 2010 SCT 25 de mayo de 2010 SCT Entrega de opinión de COFECO 26 de mayo de 2010 SCT Entrega a la Secretaría de la opinión de COFECO. Acto de Apertura de Propuestas Económicas de la primera fase 27 de mayo de 2010 SCT 28 de mayo de 2010 SCT

46 ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE Acto de Presentación de Propuestas Económicas de la segunda fase. Acto de Apertura de Propuestas Económicas de la primera fase. 7 de junio de 2010 SCT 7 de junio de 2010 SCT Fallo de la licitación. 9 de junio de 2010 SCT Periodo de Constitución de Sociedades en caso de Grupo de Inversionistas. Periodo para el Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de Concesión de Red Pública. Firma de contratos y otorgamiento de Títulos de Concesión de Red Pública. 10 al 24 de junio de 2010 SCT 25 de junio al 2 de julio de 2010 SCT 5 de julio de 2010 CFE Dentro del Programa de Actividades de la licitación, la CFE únicamente intervino de manera directa en la firma del Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura y de Prestación de Servicios (Contrato), esto de conformidad con lo establecido en el punto 3 de la Cláusula Tercera del Convenio de Colaboración. Por lo que se refiere a la actividad Sesión de Respuestas y Aclaraciones de las Preguntas realizadas por los Interesados, la CFE participó de manera indirecta en la contestación de las mismas, esto en virtud de que, con fecha 12 de febrero de 2010, se recibieron, vía correo electrónico, de Adrián Plata Monroy de Nacional Financiera, S.N.C., institución de banca de desarrollo, misma que fue contratada por la SCT para los servicios de asesoría y coordinación de la licitación, las preguntas realizadas por los Interesados, por lo que se refiere al ámbito de competencia de la CFE, esto es, anexo técnico (Anexo XI.3) y modelo de contrato. Con fecha 23 de febrero de 2010, la SCT y la CFE se reunieron para revisar las preguntas y comentar las respuestas que emitiría la CFE. Mediante oficio No. SMNAO/0010/2010 de 24 de febrero de 2010, signado por el entonces Subdirector de Modernización y Nuevas Áreas de Oportunidad, se entregaron en CD, al Dr. Pascual García Alba Iduñate, asesor de la SCT, las respuestas a las preguntas y aclaraciones realizadas por los interesados. 46

47 Por lo que se refiere a la actividad Sesión de Respuestas y Aclaraciones de las Preguntas y Aclaraciones Adicionales Realizadas por los Interesados, la CFE participó de manera indirecta en la contestación de las mismas, esto en virtud de que, con fecha 1 de marzo de 2010 se recibieron, vía correo electrónico, de Adrián Plata Monroy de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, misma que fue contratada por la SCT para proporcionar a la SCT los servicios de asesoría y coordinación de la licitación, las preguntas y aclaraciones adicionales realizadas por los interesados, por lo que se refiere al ámbito de competencia de la CFE, esto es, Anexo Técnico y modelo de Contrato. Con fecha 3 de marzo de 2010, mediante oficio No. SMNAO/0011/2010, signado por el entonces Subdirector de Modernización y Nuevas Áreas de Oportunidad, se pusieron a consideración de la SCT las respuestas a las preguntas y aclaraciones adicionales realizadas por los Interesados De conformidad con el Programa de Actividades de la licitación, con fecha 9 de junio de 2010, la SCT emitió el fallo de la licitación, en el cual se declaró como ganador al Grupo de Inversionistas integrado por Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V., Editora Factum, S.A. de C.V., y Mega Cable, S.A. de C.V. El 5 de julio de 2010, con la comparecencia de la SCT, la CFE representada por el Ing. Noé Peña Silva, Subdirector de Transmisión, firmó el Contrato con la empresa Grupo de Telecomunicaciones de Alta Capacidad, S.A.P.I. de C.V., sociedad esta última constituida por el Grupo de Inversionistas que fue declarado por la SCT como ganador de la licitación. La actuación de la Gerencia de Proyectos de Modernización (GPM) en el presente proyecto fue principalmente el apoyo prestado a la Coordinación de Operación de Fibra Óptica en la elaboración del documento denominado Anexo Técnico y culminó con la firma, por parte de Grupo de Telecomunicaciones de Alta Capacidad, S.A.P.I. de C.V., del Contrato. Con base en las facultades de la Coordinación de Operación de Fibra Óptica (COFO), establecidas en el artículo 40 Bis del Estatuto Orgánico de la CFE, se determinó que el Contrato fuera administrado por la Subdirección de Transmisión a través de la mencionada Coordinación. Posterior a la firma del Contrato, y ya siendo administrado por COFO, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) abrió la auditoría 749 Explotación de particulares de la Red de Fibra Óptica Oscura de la CFE. La ASF hizo requerimientos de información a COFO. De manera directa, la GPM dio respuesta el día 1 de julio de 2011 a cuestionario incluido en el oficio número SA C1.1 /749/004/11. COFO, en forma conjunta con la GPM dio respuesta, mediante Nota, el 7 de julio de 2011 a cuestionario incluido en el oficio número SA C1.1 /749/005/11. Finalmente, y de manera directa, la GPM dio respuesta con fecha 21 de julio de 2011, a precisión solicitada por la ASF, en relación con la respuesta emitida el 1 de julio de

48 000048

49 VII.- Acciones Realizadas. VII.1. Programa de trabajo. VII.2. Presupuesto y calendario de gasto autorizado. VII.3. Integración de expedientes y/o de proyectos ejecutivos. VII.3.1. Definición. VII.3.2. Concursal. VII.3.3. Contratación. VII.3.4. Ejecución. VII.4. Documentación soporte de la aplicación de los recursos.

50 VII. Acciones realizadas. En observancia al Convenio de Colaboración, la licitación de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura de la Red de Fibra Óptica de la CFE, fue realizada y conducida en todo momento por la SCT

51 VII.1 Programa de trabajo. El Programa de Trabajo del proyecto ha sido el siguiente: Año Plan Logro Definición del alcance del Convenio de Colaboración con SCT Elaboración de Anexo Técnico Elaboración de Contrato de Uso del Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura Entrega de Anexo Técnico y de Contrato de Uso del Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura Firma del Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura y de Prestación de Servicios Se firmó el Convenio de Colaboración con SCT y se elaboraron los documentos Se entregaron a la SCT los documentos y se firmó el Contrato

52 000052

53 VII.2 Presupuesto y calendario de gasto autorizado. No aplica

54 000054

55 VII.3 Integración de expedientes y/o de proyectos ejecutivos. Se llevó a cabo la revisión integral de los documentos que integran el expediente, dividiéndolo en apartados que conceptualmente involucran las diferentes etapas de la obra, desde su concepción y hasta la terminación de la misma, incluyéndose en cada punto su sustento jurídico, los apartados se desglosan a continuación: VII.3.1 Definición. Dentro del Programa de Actividades de la licitación, la CFE únicamente intervino de manera directa en la firma del Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura y de Prestación de Servicios (Contrato), esto de conformidad con lo establecido en el punto 3 de la Cláusula Tercera del Convenio de Colaboración. Por lo que se refiere a la actividad Sesión de Respuestas y Aclaraciones de las Preguntas realizadas por los interesados, la CFE participó de manera indirecta en la contestación de las mismas, esto en virtud de que, con fecha 12 de febrero de 2010 se recibieron, vía correo electrónico, de Adrián Plata Monroy de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, misma que fue contratada por la SCT para proporcionar a la SCT los servicios de asesoría y coordinación de la licitación, las preguntas realizadas por los Interesados, por lo que se refiere al ámbito de competencia de la CFE, esto es, Anexo Técnico y modelo de Contrato. Con fecha 23 de febrero de 2010, la SCT y la CFE se reunieron para revisar las preguntas y comentar las respuestas que emitiría la CFE. Mediante oficio No. SMNAO/0010/2010, de 24 de febrero de 2010, signado por el entonces Subdirector de Modernización y Nuevas Áreas de Oportunidad, se entregaron en CD, al Dr. Pascual García Alba Iduñate, asesor de la SCT, las contestaciones a las preguntas y aclaraciones realizadas por los interesados. Por lo que se refiere a la actividad sesión de respuestas y aclaraciones de las preguntas y aclaraciones adicionales realizadas por los Interesados, la CFE participó de manera indirecta en la contestación de las mismas, esto en virtud de que, con fecha 1 de marzo de 2010 se recibieron, vía correo electrónico, de Adrián Plata Monroy de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, misma que fue contratada por la SCT para proporcionar a la SCT los servicios de asesoría y coordinación de la licitación, las preguntas y aclaraciones adicionales realizadas por los Interesados, por lo que se refiere al ámbito de competencia de la CFE, esto es, Anexo Técnico y modelo de Contrato. Con fecha 3 de marzo de 2010, mediante oficio No. SMNAO/0011/2010, signado por el entonces Subdirector de Modernización y Nuevas Áreas de Oportunidad, se pusieron a consideración de la SCT las respuestas a las preguntas y aclaraciones adicionales realizadas por los Interesados. 55

56 VII.3.2 Concursal. De conformidad con el Programa de Actividades de la licitación, con fecha 9 de junio de 2010, la SCT emitió el fallo de la licitación en el cual se declaró como ganador al Grupo de Inversionistas integrado por Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V., Editora Factum, S.A. de C.V., y Mega Cable, S.A. de C.V. Mediante oficio No , de fecha 15 de junio de 2010, el entonces Secretario de Comunicaciones y Transportes, Mtro. Juan Francisco Molinar Horcasitas, informó al entonces Director General de la CFE., Ing. Alfredo Elías Ayub, que la SCT había emitido el fallo de la licitación en el que declaraba como ganador al Grupo de Inversionistas conformado por Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V., Editora Factum, S.A. de C.V., y Mega Cable, S.A. de C.V., y de igual forma solicitaba instruir a quien correspondiera para que se tomaran las providencias necesarias para que el ganador pudiera hacer el pago de la contraprestación ofrecida Por oficio CA.-50, de 22 de junio de 2010, el Coordinador de Organismos Descentralizados de la Subsecretaria de Comunicaciones, informa al entonces Director de Modernización de la CFE, que el Grupo de Inversionistas declarado como ganador se constituyó en una persona moral denominada Grupo de Telecomunicaciones de Alta Capacidad, S.A.P.I. de C.V., de la cual envió información para tramitar la suscripción del Contrato y la recepción del pago de la contraprestación ofrecida. Mediante oficio , de 25 de junio de 2010, el entonces Secretario de Comunicaciones y Transportes, ratifica al entonces Director General de la CFE, que el monto de la contraprestación ofrecida es de $883,815, más el Impuesto al Valor Agregado, igualmente informa que de conformidad con las bases de la licitación el plazo para el pago comprende del 25 de junio al 2 de julio de 2010 y que la firma del Contrato debe realizarse el 5 de julio de VII.3.3 Contratación. El 5 de julio de 2010, con la comparecencia de la SCT, la CFE, representada por el Ing. Noé Peña Silva, Subdirector de Transmisión, firmó el Contrato (Anexo XI.7) de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura y de Prestación de Servicios (Contrato), con la empresa Grupo de Telecomunicaciones de Alta Capacidad, S.A.P.I. de C.V. Con base en las facultades de la Coordinación de Operación de Fibra Óptica, establecidas en el artículo 40 Bis del Estatuto Orgánico de la CFE, se determinó que el Contrato fuera administrado por la Subdirección de Transmisión a través de la mencionada Coordinación. Posterior a la firma del Contrato, y ya siendo administrado por COFO, la Auditoría Superior de la Federación abrió la auditoría 749 Explotación de particulares de la Red de Fibra Óptica Oscura de la CFE. 56

57 VII.3.4 Ejecución. Se obtuvo un Avalúo (Anexo XI.4) del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) para determinar la contraprestación por el Uso del Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura. Este avalúo fue gestionado por la SCT y ésta proporcionó a la CFE copia del mismo para que estuviera enterada de la contraprestación que percibiría. Con el desarrollo del proyecto se generaron diversos oficios durante los años 2009 y 2010 (Anexo XI.5) entre las unidades administrativas de la CFE participantes, así como de comunicados con la SCT De igual manera se elaboraron minutas de las reuniones celebradas entre la SCT y la CFE (Anexo XI.6) donde se establecieron compromisos a cumplir por cada una de las partes. La SCT proporcionó el expediente integrado de la licitación realizada a CFE para efectos de conocimiento ya que como se ha mencionado fue la SCT quien llevó a cabo la licitación y la condujo. De igual manera se proporcionó a CFE la demanda de amparo promovido por Iusatel, S.A. de C.V. que dentro del proceso de licitación promovió y en el que se señaló, entre otros, como autoridad responsable a la CFE. 57

58 000058

59 VII.4 Documentación soporte de la aplicación de los recursos. No aplica

60 000060

61 VIII.- Seguimiento y Control.

62 VIII. Seguimiento y Control. El seguimiento y control que se llevó a cabo del proyecto fue en coordinación con la Subdirección de Transmisión a través de la Coordinación de Operación de Fibra Óptica y con la Oficina del Abogado General de la CFE. Este seguimiento y control se implementó a través de la participación en la elaboración del documento denominado Anexo Técnico y del Contrato por el cual se otorgó en uso el Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura de la Red de Fibra Óptica de la CFE De igual forma, personal de la Gerencia de Proyectos de Modernización participó en las diversas reuniones celebradas con la SCT, Oficina del Abogado así como con el INDAABIN, reuniones en las que se trataron temas de carácter técnico y legal. Es importante recalcar que fue la SCT quien convocó y quien condujo la licitación, y que la actuación de la CFE se traduce en la firma del Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal de Un Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura y de Prestación de Servicios, firma que se llevó a cabo con el licitante que la SCT declaró como ganador y que en su momento así lo informó a la CFE. Auditoría. Posterior a la firma del Contrato, y ya siendo administrado por COFO, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) abrió la auditoría 749 Explotación de particulares de la Red de Fibra Óptica Oscura de la CFE. La ASF hizo requerimientos de información a CFE. De manera directa, la GPM dio respuesta el día 1 de julio de 2011 a cuestionario (Anexo XI.8) incluido en el oficio número SA C1.1 /749/004/11, por el cual se solicitó la siguiente información: a) Información proporcionada al INDAABIN, así como propósito de la misma, detallando sus aspectos técnicos, en lo relativo al avalúo de la red de fibra óptica obscura b) Aspectos técnicos que la CFE prestaría en el Convenio de Colaboración con la SCT, para el proceso de licitación de los dos hilos de fibra óptica oscura c) Aspectos técnicos que la CFE prestaría en el contrato de $400, más IVA a NAFIN d) Aspectos técnicos en los que asesorarían Otto Kemberg, S.A. de C.V., Mexsemi, S.A. de C.V. (mediciones del 24 al 27 de agosto de 2009) y Swagger, S.A. de C.V. (mediciones del 18 al 29 de enero de 2010), a la CFE. COFO, en forma conjunta con la GPM dio respuesta, mediante nota, el 7 de julio de 2011, a cuestionario incluido en el oficio número SA C1.1 /749/005/11, por el cual se solicitó la siguiente información: 62

63 1. Base de datos de los asesores de la SCT para el proyecto de arrendamiento de la red de fibra óptica obscura de la CFE en materia de: a) Reconstrucción del costo de inversión en el cable de fibra óptica obscura de la CFE. b) Información relativa a cotizaciones de mercado para arrendamiento de fibra obscura en México, EUA y otros países. c) Información detallada y por tramos de la red de la CFE, capacidad de transmisión de información, estado físico, grado de obsolescencia, edad, vida útil remanente, especificaciones técnicas, condiciones de accesibilidad para la instalación de equipos de iluminación Detalle de condiciones del Contrato de arrendamiento a firmarse entre la CFE y el arrendatario de la red de fibra óptica obscura. 3. Documento oficial definiendo las políticas públicas que se persiguen con el arrendamiento de la red de fibra óptica obscura de la CFE en cuanto a: i) Recuperación de inversiones en derecho de vía. ii) Recuperación del costo de inversión en la restante infraestructura de transmisión de la que penden los cables de fibra óptica obscura de la CFE. iii) Otras que hayan sido definidas para el manejo del proyecto. 4. Documentación estratégica y presentaciones oficiales que hayan sido preparadas para el proyecto por la CFE y sus asesores, así como por la SCT y sus asesores. 5. Estatus de autorizaciones necesarias. 6. Condiciones y alcances del soporte de la SCT a la CFE. 7. Prebases de licitación emitidas en el portal de internet de la propia SCT. Finalmente, y de manera directa, la GPM dio respuesta con fecha 21 de julio de 2011, a precisión solicitada por la ASF, en relación con la respuesta emitida el 1 de julio de La precisión consistía en: En la nota que se entregó el 7 de julio, se dice que la información solicitada en su requerimiento se encuentra en poder de la SCT. El grupo auditor considera que la información sí debe estar en poder de CFE, ya que fue quien se la proporcionó en su momento a la Secretaría. En el informe final de la ASF, se emitió la siguiente Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para la CFE: TOQ Ante el Órgano Interno de Control en la CFE, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron se realizara la adjudicación aún y cuando su negocio en marcha en CFE Telecom, durante los próximos 20 años le brindará mayores beneficios económicos. Mediante oficio AECF/564/2012, de 11 de julio de 2012, el C.P. Juan Javier Pérez Saavedra, informó el Lic. Francisco J. Santoyo Vargas, Director de Finanzas de la CFE, que del examen de la documentación recibida mediante oficio número DF:-0083 del 22 de junio de 2012, se 63

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