POLITICAS DE RIESGO DE MERCADO

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1 DE RIESGO DE MERCADO

2 Tipo de Cambio Los depósitos y retiros en moneda extranjera siempre deberán mantener un balance entre sus posiciones activas y pasivas, a fin de evitar fluctuaciones. Con un margen de tolerancia de 15% sobre elsaldo total. POLITICAS Política Anterior La Unión deberá de mantener siempre una posición equilibrada entre sus Activos y Pasivos denominados en divisas extranjeras, siguiendo con los principios de buenas prácticas financieras marcados por las autoridades financieras del país. En ningún momento la posición en divisas de la Unión podrá tener un diferencial mayor o menor entre sus activos y sus Pasivos en divisas extranjeras de un quince por ciento del valor de sucapital contable.

3 Riesgo de Precio de Valores Los excedentes de Tesorería se deberán de invertir únicamente en Acciones u obligaciones emitidas por instituciones bancarias con calificación mínima de A+ y en instrumentos emitidos por el Gobierno Federal (CETES, BONDES), empresas paraestatales, descentralizadas, etc. También podrá invertir en acciones de fondos de inversión que estén integrados con instrumentos bancarios o gubernamentales en un porcentaje mínimo de un 60% y el resto en instrumentos emitidos por empresas que coticen en la Bolsa Mexicana de Valores con un calificación mínima de A+. De preferencia las inversiones en los instrumentos arriba mencionados no deberán de exceder de 30 días. La Dirección General podrá tomar la decisión de invertir en cualquier otro instrumento emitido por empresas con calificación mínima A+ que cotice en la Bolsa Mexicana de Valores hasta un máximo del 15% de su tesorería, cualquier excedente deberá ser autorizado por el Consejo de Administración.

4 Riesgo de Precio de Valores POLITICAS Política anterior La Unión debe mantener una posición de por lo menos el equivalente al 10 por ciento de sus pasivos a corto plazo, invertidos en Instituciones bancarias reguladas y calificadas con cierto grado de inversión en depósitos a la vista, títulos bancarios y valores gubernamentales, con plazos menores a 30 días.

5 Riesgo Común Para un socio en lo individual o grupo no podrá exceder una concentración de más del 30% del capital contable, incluyendo los créditos con garantía liquida, en el sector agropecuario, de la industria de la construcción, textil e intermediarios financieros no bancarios no deberá de exceder del 10% del capital contable, a excepción de los créditos con garantía liquida, las excepciones a este 10% deberán ser consultadas con el Consejo de Administración. POLITICAS En el caso de socios que pertenezcan al Consejo de Administración, además de cumplir con lo arriba mencionado, se deberán apegar a lo establecido en el Art. 62 párrafo sexto de la Ley de Uniones de Crédito (100% del Capital contable) Riesgos Operacionales La Unión de Crédito permanentemente deberá de estar pendiente y analizar cualquier nuevo sistema que salga al mercado relacionado con uniones de crédito con el propósito de mejorar su control interno y estar siempre actualizados.

6 El Área de Contraloría de la Unión de Crédito deberá llevar un registro de los problemas operacionales recurrentes con el propósito de prevenirlos y solucionarlos e identificar si son ocasionados por el sistema o por fallas del personal, así mismo la Unión de crédito deberá proporcionarle a todo el personal el Código de Ética y mantener la constancia de recibido en su expediente. La Unión de Crédito por ningún motivo deberá recibir dinero en efectivo de sus socios. Todos los depósitos que se realicen a favor de la Institución deberán ser referenciados y realizarse por conducto de los Bancos que maneja la Unión.

7 Riesgos Estratégicos La Unión para atenuar el riesgo de toma de decisiones erróneas y para garantizar la gestión y supervisión deberá de contar un plan estratégico avalado por los órganos intermedios del Consejo de Administración, conforme a las sanas prácticas de Gobierno Corporativo. El Director deberá de informar sobre su gestión a los miembros del Consejo de Administración. Riesgo Biológico El Área de Crédito de la Unión deberá de tener siempre presente en su análisis de crédito la presencia de fenómenos biológicos y climatológicos en todos los proyectos agropecuarios que se puedan presentar y dificultar la recuperación delmismo.

8 Riesgo Climatológico La Unión al igual que en el caso de riesgo biológico, deberá de considerar el riesgo climatológico, tomando en consideración el lugar geográfico, y la época del año, donde se ubica el centro productivo del socio, evaluando la parte histórica en esa región, y los riesgos que señalan las instancias dedicadas a proporcionar los pronósticos de clima, y el periodo en que se pueden presentar. Riesgo Social La Unión de Crédito General no deberá invertir u otorgar créditos en zonas donde se presuma que existe riesgo social que ponga en riesgo la recuperación del financiamiento.

9 Inversiones Financieras Temporales Cuando la Unión de Crédito tenga excedentes de Tesorería en primer lugar deberá mantener éstos a la vista (máximo 7 días), en segundo lugar prepagar créditos.

10 Inversiones en Instituciones Financieras del Exterior La Unión de Crédito tiene prohibido invertir en Instituciones Financieras del Exterior.

11 Asociaciones en Participación Cualquier Asociación en participación que se presente no deberá contravenir las disposiciones legales que nos rija, se deberá presentar al Comité de Planeación y Finanzas para su análisis y evaluación y posteriormente al Consejo de Administración para su aprobación o rechazo.

12 Inversiones en Subsidiarias y Sucursales Las Inversiones en Subsidiarias y Sucursales se deberán analizar, evaluar y revisar que no contravengan las disposiciones legales que nos rigen, presentarse al Comité de Planeación y Finanzas para su análisis y evaluación y posteriormente al Consejo de Administración para su aprobación o rechazo.

13 Operaciones a Futuro con Moneda Extranjera El Director General podrá realizar operaciones a Futuro en moneda extranjera únicamente por el déficit o superávit que se tenga en su balanza en moneda extranjera tomando en consideración que este déficit no puede exceder del 15% del saldo en moneda extranjera, cualquier excedente se deberá proponer al Comité de Planeación y Finanzas para su análisis y evaluación y posteriormente al Consejo de Administración para su aprobación o rechazo.

14 Operaciones con Opciones de Moneda Extranjera El Director General podrá realizar operaciones de moneda extranjera únicamente por el déficit o superávit que se tenga en su balanza en moneda extranjera tomando en consideración que este déficit no puede exceder del 15%, cualquier excedente se deberá proponer al Comité de Planeación y Finanzas para su análisis y evaluación y posteriormente al Consejo de Administración para su aprobación o rechazo.

15 Operaciones con Derivados de Tasas de Interés POLITICAS La unión podrá invertir en derivados de tasas de interés con el fin de garantizar las tasas de interés de la unión, sujetas a fluctuaciones, solo previa autorización del Consejo de Administración.

16 Otros Productos Financieros Derivados La unión podrá tener como opción de inversión otros productos financieros derivados con el fin de garantizar los intereses de la unión, solo previa autorización del consejo de administración.

17 Administración de los Riesgos de Mercado Organización La unión deberá contar con una estructura organizacional que sea funcional y operativa, para lo cual, deberá tener implementado los manuales de procedimientos para cada una de las áreas que conforman la unión, para la cual es importante distinguir las áreas de negocio, de las áreas de apoyo.

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