Impuesto Predial Gasto Público con enfoque social.
|
|
- Elena Rivas Mendoza
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Impuesto Predial Gasto Público con enfoque social. Thairit Ortegón Gómez Practicante Dirección de Adquisiciones Bienes y Seguros INTORDUCCIÓN Teniendo en cuenta que el Impuesto Predial es parte esencial de la estrategia gubernamental de la recuperación de la sostenibilidad y viabilidad financiera de las entidades territoriales, y que está regulado por parámetros Constitucionales y legales, los cuales determinan que bienes inmuebles son considerados como sujetos pasivos del pago del Impuesto predial, es necesario que la Dirección de Adquisiciones Bienes y Seguros de la Gobernación de Antioquia, mediante un estudio de títulos determine cuales bienes inmuebles generan el pago de impuesto predial, cuales bienes inmuebles están exentos del pago de impuesto predial y cuales a partir de sus características y funciones sociales no convierten al Departamento en Sujeto pasivo del pago de impuesto predial. Lo anterior, se considera imprescindible para evitar un detrimento frente a la administración de los recursos públicos, los cuales deben garantizar la efectiva relevancia del interés público siendo considerado como un principio constitucional con enfoque social, del cual depende en gran parte la sostenibilidad de planes de desarrollo que garanticen la transparencia y eficiencia frente a las contingencias sociales que se convierten en retos de la presenta administración. OBJETIVOS Realizar estudio de títulos de los bienes inmuebles que pertenecen al Departamento para garantizar claridad y control de los mismos a partir de documentos jurídicos como las Escrituras Públicas, Certificados de Tradición Y Libertad y Cedulas Catastrales, los cuales determinaran la destinación del bien inmueble que para el caso seria de uso público o fiscal. Consultar las respectivas Fichas Prediales de los Bienes Inmuebles del Departamento, con el fin de determinar la ubicación, el área y al descripción actualizada del predio. Realizar las respectivas visitas técnicas las cuales mediante un informe determinen el Estado físico y Jurídico del bien inmueble. Solicitar a los Municipios del Departamento las respectivas facturas de Impuesto Predial de los bienes inmuebles del
2 mismo para realizar el respectivo control de los recursos públicos. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Estudio de Títulos Las herramientas básicas para garantizar el estudio de títulos son las Escrituras Publicas las cuales son consideradas como Instrumentos públicos que contienen las declaraciones o manifestaciones de voluntad de las personas que gozan de capacidad jurídica para celebrar actos o contratos de los cuales se genera un desplazamiento del patrimonio, puesto que nos garantiza la información relevante para determinar que bienes inmuebles son propiedad del Departamento y cuáles son los efectos jurídicos de los actos celebrados sobre estos, siendo que su efecto primordial es la afectación del dominio, uso y goce de la propiedad. Por otra parte, los Certificados de Tradición y Libertad que son requeridos a cada uno de los Círculos Registrales del Departamento, nos garantizan datos jurídicos de un predio y la posesión actual y anterior del mismo. Por su carácter de instrumento público, toda persona natural o jurídica puede solicitar la expedición del certificado de tradición y libertad de un inmueble en la No se debe desconocer que la ley 9 de 1989, en su articulo 52 dispone que El registrador no será responsable ante el propietario del inmueble o ante terceros si los interesados o el juez que solicitare el certificado de tradición referido, no aportaren los elementos de juicio indispensables para la expedición, tales como el número de matrícula inmobiliaria o título antecedente con sus respectivos datos de registro, nombre, dirección, ubicación y linderos que faciliten a la oficina la localización inequívoca del inmueble. Las sentencias que acojan las pretensiones de las demandas de pertenencia de viviendas de interés social no serán consultadas. Lo cual no hace extensiva la responsabilidad de los Registradores, si la respuesta al requerimiento de Certificados de Tradición y Libertad es negativa cuando no se garantizan las características mínimas de individualización de los inmuebles. Sin embargo frente al requerimiento que se realizo a todos los círculos registrales del Departamento referente al suministro de Certificados de Tradición y Libertad de los bienes inmuebles del Departamento, es claro que la respuesta a dicha solicitud se realizo de manera parcial, toda ves
3 que en la Registraduría no existe una base actualizada que garantice el acceso a tan detallada información que por la relevancia en el control y manejo de los recursos debería ser prioridad de todas las Registraduría del Departamento. Es por ello que no se puede dar una cifra exacta de los bienes inmuebles cuyo titular del derecho real de dominio es el Departamento, puesto que no se ha logrado una identificación e individualización plena de cada uno de estos en cada uno de los Círculos Registrales. Por lo anterior, resulta necesario que la Dirección de Adquisiciones Bienes y Seguros cuente con una herramienta capaz de garantizar el acceso a la información que brindan los anteriores instrumentos públicos de manera eficaz y actualizada, siendo que el requerimiento de los anteriores documentos retarda ciertos procesos y tramites, puesto que en su calidad de derechos de petición consagran constitucionalmente un plazo máximo de quince días para su contestación. partir de la clasificación de los bienes de uso público y de los bienes fiscales, puesto que su uso social, su disponibilidad y el gasto público generado varía de unos bienes a otros. Bienes de Uso Público son aquellos que están en cabeza de la nación o de otros entes estatales y cuyo uso pertenece a todos los habitantes, como las calles, plazas, puentes y caminos De esta manera los bienes de uso público deben pertenecer a una entidad de derecho público y deben ser destinados al uso común de los habitantes y por lo tanto deben ser construidos en terrenos pertenecientes a una entidad de derecho público. Características Uso Público de los Bienes de Clasificación de Bienes de Uso Público y Bienes Fiscales. La clasificación de los bienes inmuebles del Departamento a partir de su destinación resulta relevante a Su uso corresponde a todos los habitantes. Los habitantes tienen sobre tales bienes un uso general más frecuente y directo, lo que los diferencia de los bienes fiscales, cuyo uso es más restringido.
4 Son Bienes que están en cabeza de Estado. Para ello es necesario que el bien con destinación de uso publico decretado por la autoridad, este respaldado por un título de dominio sobre le bien y a favor de la Nación misma. Características de los Bienes Fiscales. Son enajenables Son imprescriptibles Son embargables. Su dominio es eminente del Estado. De esta manera el Estado ejerce el dominio sobre los bienes de su propiedad, pero a ello lo acompaña el hecho de ser imprescriptibles (sobre ellos no se admite posesión ya que ello interferiría en el servicio publico que prestan.) inalienables (no pueden venderse, donarse, permutarse, hipotecarse, darse en usufructo, ni constituir servidumbres pasivas en favor de particulares). Inembargables (su no comercialización y la perturbación que puede ocasionar en un servicio publico, impiden su embrago). Bienes Fiscales Son aquello que tiene el Estado, por intermedio de sus entes territoriales y su uso pertenece generalmente a todos los habitantes. La Constitución y la ley también establecen que bienes inmuebles no son objeto del pago del Impuesto Predial, como bien lo establece el artículo 63 Constitucional al determinar los bienes de uso público están exentos de dicho gasto Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Nuestro Código Civil hace mención a los bienes Públicos y de uso Común en su artículo 674 Se llaman bienes de la Unión aquéllos cuyo dominio pertenece a la República. Si además su uso pertenece a todos los habitantes de un territorio, como el de calles, plazas, puentes y caminos, se llaman bienes de la Unión de uso público o bienes públicos del territorio. Los bienes de la Unión cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes, se llaman bienes de la Unión o bienes fiscales.
5 Es claro que además de los Bienes de Uso Público que son inembargables, imprescriptibles e inalienables y que por su calidad no generan con el del Impuesto predial, existen los bienes Fiscales patrimoniales, los cuales, aunque imprescriptibles pertenecen a las entidades públicas y en consecuencia, son objeto de toda clase de actos jurídicos y respecto de los mismos las entidades tienen tanto derechos reales como personales y por lo tanto son objeto del pago del Impuesto Predial. En este punto es importante traer a colision el pronunciamiento del Consejo de Estado SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN CUARTA, Consejero Ponente: HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ. Referente al Impuesto Predial en donde conforme a los artículos 63 de la Constitución Política; 674 y 678 del Código Civil y 1811 del Código de Comercio, no procede ningún tributo sobre los bienes de uso público, como los aeropuertos, pues son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Según el artículo 13 de la Ley 3 de 1977, los aeropuertos pertenecen a la Nación y de acuerdo con el artículo 21 del Decreto 1226 de 1908, los bienes de la Nación no pueden ser gravados por los municipios. Por su parte, el artículo 61 de la Ley 55 de 1985, recogido en el artículo 194 del Decreto 1333 de 1986, sólo grava con el impuesto predial los inmuebles de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional. En consecuencia, los bienes de la Nación, los ministerios, los departamentos administrativos y las unidades administrativas especiales no son objeto de tributo municipal alguno. Según el artículo 194 del Decreto 1333 de 1986 los bienes de la Nación, como los aeropuertos, no pueden ser gravados con el impuesto predial. Además, en concepto 1469 de 5 de diciembre de 2002 de la Sala de Consulta y Servicio Civil, el Consejo de Estado precisó que la Nación no es sujeto pasivo del impuesto predial y que los aeropuertos y demás bienes que forman parte de la infraestructura aeronáutica de propiedad de la Nación - U.A.E. DE LA AERONÁUTICA CIVIL, son bienes de uso público, por lo que están excluidos de la contribución de valorización y del impuesto predial, a menos que estén en manos de los particulares y el Concejo los haya gravado expresamente. La Nación no requiere declaratoria alguna de exención como sujeto pasivo del impuesto predial, puesto que nunca ha tenido dicha calidad. Tampoco está obligada a pagar dicho tributo, respecto de los bienes de uso público, pues ello implica desconocer su posición en sus relaciones fiscales con los municipios. la facultad impositiva de los municipios es derivada, pues debe ejercerse de acuerdo con la Constitución y la ley; y, por ende, los municipios no pueden gravar los bienes públicos sin
6 expresa autorización legal el artículo 61 de la Ley 55 de 1985, que dispuso que los bienes inmuebles de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta del orden nacional podían ser gravados con el impuesto predial a favor del respectivo municipio. Por tanto, a partir de la vigencia de la Ley 55 de 1985 sólo ciertas entidades públicas eran sujetos pasivos del impuesto predial y dentro de las mismas no se incluyó a la Nación. Dado que AEROCIVIL es una unidad administrativa especial con personería jurídica, no es sujeto pasivo del impuesto predial, por cuanto las entidades públicas sólo son sujetos obligados a la declaración y pago del impuesto en mención si son establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional. No obstante, los aeropuertos públicos son bienes de uso público, que no se encuentran gravados con el impuesto predial, puesto que su uso pertenece a todos los habitantes del territorio (artículo 674 del Código Civil). Lo anterior, porque los aeródromos públicos, que son las superficies destinadas a la llegada y salida de aeronaves (artículo 1809 del Código de Comercio), son para uso público (artículo 1811 ibídem). Además, el transporte aéreo es un servicio público esencial (artículo 68 de la Ley 336 de 1996). Los bienes de uso público son aquellos de propiedad pública, administrados por el sujeto público titular del derecho de dominio para el uso y goce de la comunidad. Tales bienes están sometidos a un régimen jurídico especial, se encuentran por fuera del comercio en consideración a la utilidad que prestan en beneficio común, y son inalienables, inembargables e imprescriptibles por disposición constitucional (artículo 63 de la Carta). El ser inalienables se refiere a la imposibilidad de que exista alguna mutación del dominio o de sus elementos esenciales, pues tales bienes están destinados al uso público; y es natural que no puedan celebrarse actos que atenten contra ese uso común7. La inembargabilidad, que se desprende de la inalienabilidad, significa que los bienes de uso público no pueden ser objeto de embargos. Y, la imprescriptibilidad, por su parte, se debe a que la prescripción reposa en la posesión y ésta, a su vez, en la exclusividad. Y mal puede coexistir una posesión exclusiva de una persona con el uso común de todos. Además de los bienes de uso público, existen los fiscales o patrimoniales, que son aquellos que pertenecen a las entidades públicas como si fueran personas de derecho privado; en consecuencia, son objeto de toda clase de actos jurídicos y respecto de los mismos las entidades tienen tanto derechos reales como personales. Sin embargo, al igual que los bienes de uso público, los fiscales son imprescriptibles. A pesar de lo
7 anterior, siguen existiendo las dos categorías de bienes públicos, pues la imprescriptibilidad dejó de ser criterio de diferenciación, sin que por tal razón la disimilitud se haya esfumado. Dentro de los bienes de uso público pueden existir áreas que constituyen bienes fiscales de las entidades públicas. Tal es el caso, en los aeropuertos públicos, de las áreas destinadas al comercio y restaurantes, puesto que no corresponden al servicio público de transporte aéreo, a diferencia de los inmuebles donde se encuentran los hangares, talleres, terminales y muelles. Articulo 63 cp.: Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Código civil: ARTICULO 674. <BIENES PUBLICOS Y DE USO PÚBLICO>. Se llaman bienes de la Unión aquéllos cuyo dominio pertenece a la República. Si además su uso pertenece a todos los habitantes de un territorio, como el de calles, plazas, puentes y caminos, se llaman bienes de la Unión de uso público o bienes públicos del territorio. Los bienes de la Unión cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes, se llaman bienes de la Unión o bienes fiscales. ARTICULO 678. <USO Y GOCE DE BIENES DE USO PUBLICO>. El uso y goce que para el tránsito, riesgo, navegación y cualesquiera otros objetos lícitos, corresponden a los particulares en las calles, plazas, puentes y caminos públicos, en ríos y lagos, y generalmente en todos los bienes de la Unión de uso público, estarán sujetos a las disposiciones de este Código y a las demás que sobre la materia contengan las leyes. Por lo anterior es imprescindible tener un control e identificación de los bienes inmuebles que pertenecen al Departamento y consecuentemente realizar la respectiva clasificación de su destinación de uso publico o de bien fiscal pues de allí cobra gran relevancia la administración publica referente al pago de impuesto predial, el cual en ningún caso debe ser objeto de los bienes de uso publico que por su naturaleza no lo generan, y de ser así se causaría un menoscabo al control de los recursos públicos que deben garantizar la viabilidad y sostenibilidad de los bienes del Estado sin desconocer la prevalencia del interés general. Si la administración publica no conoce que esta bajo su dominio es imposible determinar un control de los recursos públicos y se corre el riesgo de que estos caigan en manos de terceros y desvirtúen su función social para efectivizar intereses particulares que en el peor de los
8 casos pueden ser objeto de actividades ilícitas que pondría en duda la función de control y transparencia de la administración, faltando de esta manera a preceptos constitucionales y legales en pro del bienestar social los cuales no causarían relevancia jurídica mas haya de su positivización. De esta manera es necesaria saber que se tiene (actualizando bases catastrales) y en que condiciones se tiene para causar una efectivizacion de los recursos dentro del marco de un plan de desarrollo que busque en la propiedad un objeto y función social.
MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI Dirección Jurídica de la Alcaldía
4141.05.01 Santiago de Cali, agosto de 2.005 Doctora ANDREA MARIA CASTRO LONDOÑO. Subdirectora de Bienes Inmuebles y Recurso Físico. Alcaldía de Santiago de Cali Presente. Ref: Solicitud de Concepto Jurídico
Más detallesEL PATRIMONIO MUNICIPAL EN LA LIGISLACION PERUANA. (Los bienes inmuebles: Concesión o Arrendamiento)
EL PATRIMONIO MUNICIPAL EN LA LIGISLACION PERUANA (Los bienes inmuebles: Concesión o Arrendamiento) 01. Patrimonio Municipal. El Patrimonio 1 Municipal se encuentra regulado en el Título IV Capitulo II
Más detallesDERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS. Sesión 8: Derecho de propiedad
DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS Sesión 8: Derecho de propiedad Contextualización La propiedad se revela como un derecho a disponer de una cosa, pero este derecho no es absoluto, tiene sus limitaciones establecidas
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CORDOBA MUNICIPIO DE CIENAGA DE ORO CONCEJO MUNICIPAL NIT
ACUERDO No.005 Por el cual se autoriza al Alcalde del Municipio de Ciénaga de Oro, para transferir a título gratuito la propiedad de un bien inmueble urbano, para el desarrollo del programa de vivienda
Más detallesGESTION DE BIENES E INVENTARIOS ALMACEN Y RECURSOS FISICOS
GESTION DE BIENES E INVENTARIOS ALMACEN Y RECURSOS FISICOS ANTECEDENTES Antes de la Constitución del 1991: El modelo de Control Fiscal ejercido y aplicado por la Contraloría General de la República-CGR
Más detallesOficialía mayor. Gobierno municipal de quitupan, jalisco. Manual de operaciones del departamento de Catastro. Diciembre del 2013.
Oficialía mayor. Gobierno municipal de quitupan, jalisco. Manual de operaciones del departamento de Catastro. Diciembre del 2013.. Índice Contenido Página 1. INTRODUCCION 3 2. OBJETIVO DEL MANUAL 3 3.
Más detallesTabla De Contenido. Régimen de Propiedad Horizontal Ley 675 de Agosto 3 de 2001 Por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal.
Tabla De Contenido Régimen de Propiedad Horizontal Ley 675 de Agosto 3 de 2001 Por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal. Título I Generalidades... 12 Capítulo I. Objeto y definiciones...
Más detallesPROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso
PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso 2016-2017 Lección 1. EL CONCEPTO DE DERECHO FINANCIERO Lección 2. EL PODER FINANCIERO. Lección
Más detallesPROYECTO DE ACUERDO 120 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO EXPOSICION DE MOTIVOS
PROYECTO DE ACUERDO 120 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO EXPOSICION DE MOTIVOS La JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO LOS HEROES del Municipio de Bucaramanga, con
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Fundamento legal
ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Fundamento legal Artículo 1º.- Este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 106.1 de la Ley 7/1985,
Más detallesAYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE PARAÍSO, TABASCO TRIENIO DIRECCIÓN: FINANZAS SUB-DIRECCION DE CATASTRO SERVICIOS QUE OFRECE
DIRECCIÓN: FINANZAS SUB-DIRECCION DE CATASTRO SERVICIOS QUE OFRECE Certificado de Valor Catastral - Solicitud de gestión catastral (original y 1 copia) - Boleta de pago de derechos (original y 1 copia)
Más detallesORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.
ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2
Más detallesREGISTRO AGRARIO NACIONAL MORELOS
REGISTRO AGRARIO NACIONAL MORELOS TENENCIA DE LA PROPIEDAD SOCIAL EN MÉXICO El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las bases para la regulación de la propiedad
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO
PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO A. IDENTIFICACION: ASIGNATURA CARÁCTER : Derecho Tributario : Obligatoria UBICACIÓN DENTRO DEL PLAN DE ESTUDIOS : Noveno semestre NÚMERO DE MÓDULOS POR SEMANA NÚMERO DE CRÉDITOS
Más detallesDuración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de
Técnico Superior en Dirección y Gestión Inmobiliaria Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de desarrollar
Más detallesRegistro Municipal de Trámites y Servicios.
Nombre del trámite o servicio: Constancia de Alineamiento y Número Oficial Dirección responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta. Área administrativa y servidor público responsable
Más detallesImpuesto sobre Bienes Inmuebles
1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos
Más detallesMINISTERIO ~E, JUSTIC~Yl>.EL DERECHO DECRETO NlJMEftO ".l;:) 3 ~ DE Y J L2014
I. REPUBLlCA DE COLOMBIA Libertad y Orden MINISTERIO ~E, JUSTIC~Yl>.EL DERECHO DECRETO NlJMEftO ".l;:) 3 ~ DE 2014 1Y J L2014 Por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de la Dirección Nacional
Más detallesGUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.
República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD
Más detallesORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO:
T ORDENANZA METROPOLITANA No. O U 3 U EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 265 de la Constitución de la República "el sistema público
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
Más detallesA continuación se establecen las características de la vivienda financiada con recursos del bono familiar de vivienda:
Unidad de Comunicaciones 2016 El Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (S.F.N.V.), creado en 1986 mediante la Ley N. 7052, abrió una gran esperanza para que muchas familias de escasos recursos económicos,
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ARTICULO 1.- FUNDAMENTO LEGAL El Ayuntamiento de Chiva, de conformidad con lo que establece el articulo
Más detallesLICENCIA DE USO DE SUELO
LICENCIA DE USO DE SUELO Datos Generales Nombre del trámite o servicio: Licencia de Uso de Suelo Nombre del Área Administrativa Plazo máximo de respuesta por parte de la autoridad: Dirección de Administración
Más detallesSan Cristóbal Casa de Gobierno San Cristóbal
San Cristóbal Casa de Gobierno San Cristóbal Carera 131 N 60-59 Parque Principal Tel: 385 68 40. Horario: lunes a jueves de 7:30 a.m. a 12:30 p.m. y 1:30 p.m. a 5:30 p.m. Viernes 7:30 a.m. a 12:30 p.m.
Más detallesDirección de Avalúos y Catastros
Dirección de Avalúos y Catastros Mantener permanentemente actualizado el catastro urbano y rural del Cantón Rumiñahui, a través del registro de toda la actualización en la base de datos gráficos y alfanuméricos.
Más detallesESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA MUNDIAL DEL HÁBITAT (3 DE OCTUBRE)
PÁGINA 1/4 ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA MUNDIAL DEL HÁBITAT (3 DE OCTUBRE) En México, el universo de registros en el padrón es de 37.1 millones de predios. De éstos, el 92.5% corresponden a privados.
Más detallesCONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
Más detallesSEGÚN DECRETO 1077 DE 2015
LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE AMPLICACIÓN Y MODIFICACIÓN SEGÚN DECRETO 1077 DE 2015 AMPLIACIÓN: Es la acción de adicionar áreas cubiertas a una edificación existente. MODIFICACIÓN: Cuando
Más detallesREGLAS DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
REGLAS DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES TITULARIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES Es una característica general que las Constituciones de los Estados Latinoamericanos acojan
Más detallesREQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO Documentos BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, INCLUSIVE LAS COMPAÑÍAS TENEDORAS DE ACCIONES O HOLDING, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO
REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO Que, la Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art. 240 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en sus Arts. 1
Más detalles5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA CAPITULO I. HECHO IMPONIBLE Artículo 1. 1. Constituye el hecho imponible del Impuesto el incremento
Más detallesDocumentos generales para solicitud de licencias urbanísticas. Documentos adicionales para la licencia de subdivisión rural y urbana
Documentos generales para solicitud de licencias urbanísticas Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, con fecha de expedición no superior a un mes.
Más detallesBASES CONSTITUCIONALES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL DEL ESTADO MEXICANO. Rafael Coello Cetina San José de Costa Rica Abril 2013
BASES CONSTITUCIONALES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL DEL ESTADO MEXICANO Rafael Coello Cetina San José de Costa Rica Abril 2013 1 Reconocimiento al Doctor Don Paulino Mora Mora I. Introducción. - La
Más detallesDESCRIPCIÓN DE LOS BENEFICIOS TIPO DE USUARIO Y/O POBLACIÓN OBJETIVO PARA EL USUARIO
TIPO DE ACTO ADMINISTRATI VO (TRÁMITE, SERVICIO O PROGRAMA) ORIGEN DEL PROGRAMA DENOMINACIÓ N DEL ACTO ADMINISTRATI VO TIPO DE USUARIO Y/O POBLACIÓN OBJETIVO DESCRIPCIÓN DE LOS BENEFICIOS PARA EL USUARIO
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN INSTITUTO DE SEGURIDAD JURÍDICA PATRIMONIAL DE YUCATÁN.
No Tipo trámite Observaciones Requisitos Tiempo Costo 1 2 Anotación Aviso Preventivo y Aviso Definitivo Anotaciones Marginales correcciones solicitadas parte interesada y Sub-inscripciones Inmuebles 1.-
Más detallesRequisitos para el registro y cancelación de sucursal de sociedad extranjera
Requisitos para el registro y cancelación de sucursal de sociedad extranjera Las sucursales de sociedades extranjeras son establecimientos de comercio abiertos en Colombia por una sociedad domiciliada
Más detallesPerito Judicial Inmobiliario. Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos
Perito Judicial Inmobiliario Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos Ficha Técnica Categoría Peritaciones Judiciales Referencia Precio Horas 8642-1301 86.00 Euros 360 Contenido del Pack - 4
Más detallesNORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016
NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016 Preguntas / apartados Qué es la Ley de Ingresos y cuál es su importancia? Consideraciones Es un instrumento
Más detallesDIRECTIVA Nº /SBN
DIRECTIVA Nº 007-2013/SBN PROCEDIMIENTOS PARA LA TRANSFERENCIA E INSCRIPCIÓN DE PREDIOS ESTATALES REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA EN EL MARCO DE LA LEY Nº 30025 I. FINALIDAD
Más detallesIntroducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Curso
Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 66013010 Curso 2015-2016 Programa de INTRODUCCION AL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO Facultad de
Más detallesTRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO
TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO Este departamento es el encargado de recaudar, concentrar y situar los fondos municipales y los conceptos que debe percibir el Ayuntamiento de acuerdo a la Ley
Más detallesVENTAJAS DE LA CONSTITUCIÓN DE COMUNIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA
VENTAJAS DE LA CONSTITUCIÓN DE COMUNIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA Relator: Gustavo Manríquez Lobos, Abogado Asesor jurídico de organizaciones de usuarios de agua en el país. Académico Escuela Derecho Universidad
Más detallesTERCERIZACION EN LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO
TERCERIZACION EN LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO ANTECEDENTES NORMATIVOS Y JURISPRUDENCIALES Artículo 59 de la Ley 1438 de 2011 Las Empresas Sociales del Estado podrán desarrollar sus funciones mediante
Más detallesDESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST.
9441-06 BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 362 Modifica la Ley de Rentas Municipales sancionando el incumplimiento de la obligación del contribuyente de declarar la cantidad de trabajadores
Más detallesComisión de Obras y Servicios Públicos
H. CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- La Comisión de Obras y Servicios Públicos, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración de este
Más detallesRESOLUCION No. 084 (Abril 16 de 2013) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCION Y ATENCION AL CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE TONA - SANTANDER
RESOLUCION No. 084 (Abril 16 de 2013) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCION Y ATENCION AL CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE TONA - SANTANDER El Alcalde del Municipio de Tona, en uso de las atribuciones
Más detallesILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Artículo 1. Naturaleza y hecho imponible. Supuestos de no sujeción. 1. El Impuesto sobre el Incremento
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa de decreto para adicionar el artículo 3 bis y un segundo párrafo al artículo 22 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación a adecuar y actualizar el marco jurídico
Más detalles/ NOTARÍA 19 DE BOGOTÁ D.C. REPÚBLICA DE COLOMBIA
/2.016-1 NOTARÍA 19 DE BOGOTÁ D.C. REPÚBLICA DE COLOMBIA ESCRITURA: --------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------
Más detallesVivienda bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, Ley para Propiciar y Flexibilizar el Desarrollo de Ley Núm de enero de 2012
Vivienda bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, Ley para Propiciar y Flexibilizar el Desarrollo de Ley Núm. 17-2012 13 de enero de 2012 (P. de la C. 2529) (Conferencia) Para establecer la Ley para Propiciar
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA Departamento de Boyacá Concejo Municipal Tibasosa
ACUERDO Nº. 009 (Mayo 18 de 2010) POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA A LA EJECUTIVA MUNICIPAL, PARA CELEBRAR CONTRATOS DE COMODATO DE BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO EL CONCEJO MUNICIPAL, EN USO
Más detallesACUERDO No.007 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ACUERDO No.007 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA A LA ALCALDESA MUNICIPAL PARA CEDER A MANERA DE DONACIÓN A LA POLICÍA NACIONAL EL AREA QUE OCUPAN LAS ESTACIONES DE POLICIA EN DOS BIENES
Más detallesPara efectos de aplicación de estas Políticas y Procedimientos, los Bienes Muebles se clasifican en: 1. Inventariables 2. Consumo
Irapuato, Gto.; Septiembre del 2004. NORMAS, POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS QUE HABRÁN DE OBSERVARSE EN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE PARA EL USO, CONTROL, AFECTACIÓN, BAJA Y DESTINO FINAL
Más detallesDISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL FACULTAD (ES) CARRERA (S) Ciencias Económicas y Sociales Administración y Contaduría Pública CÓDIGO HORAS TEÓRICAS HORAS PRÁCTICAS UNIDAS CRÉDITO SEMEST RE PRE-REQUISITO
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
ORNANZA FISCAL REGULADORA L IMPUESTO SOBRE ACTIVIDAS ECONÓMICAS. Artículo 1. El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo, obligatorio, municipal, de carácter real, cuyos elementos están
Más detallesAvalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo
Avalúos administrativos Son todas aquellas valoraciones que la Dirección General de Tributación realiza a solicitud de diferentes entes públicos, cuyo uso pretendido sea distinto a uno tributario. 1. Base
Más detallesEmpresas con Participación Estatal (EPE) y las funciones de la Superintendencia de Sociedades
Empresas con Participación Estatal (EPE) y las funciones de la Superintendencia de Sociedades Empresas con Participación Estatal (EPE) en Colombia: Cuáles son? Las empresas con participación estatal (EPE)
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO
GOBIERNO DEL ESTADO ACUERDO DE AJUSTE DE TARIFAS EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD DE URBANO Y SUBURBANO ( CAMIONES URBANOS ) ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador
Más detallesSubsecretaría de Planeación y Vinculación Social Dirección de Desarrollo de Infraestructura. Departamento de Regularización de Infraestructura
Subsecretaría de Planeación y Vinculación Social Dirección de Desarrollo de Infraestructura Departamento de Regularización de Infraestructura Octubre 2014 CERTEZA JURÍDICA DE LA INFRAESTRUCTURA EN SALUD
Más detallesMUNICIPIO DE TURBO CONCEJO MUNICIPAL. ACUERDO No. 013
ACUERDO No. 013 POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA ADJUDICACIÓN, VENTA Y TITULACIÓN DE PREDIOS BALDÍOS URBANOS DEL. EL HONORABLE DE TURBO -, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
Más detallesCentro de Estudios Fiscales IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS
IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.210 de fecha 30/12/2015 Decreto N 2.169, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza
Más detallesII.- HECHO IMPONIBLE.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EXTINCION DE INCENDIOS, DE PREVENCION DE RUINAS, DE CONSTRUCCIONES, DERRIBOS, SALVAMENTOS Y OTROS ANALOGOS I.- NATURALEZA, OBJETO
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección
Más detalles1.- SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE USO DE SUELO No. Magdalena, Sonora a de del 20. Nombre de la empresa. Nombre del Solicitante
1.- SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE USO DE SUELO No. Magdalena, Sonora a de del 20 ING. FCO. JAVIER MARTINEZ BOJORQUEZ DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPIO DE MAGDALENA, SON. PRESENTE.- Nombre del propietario
Más detallesP.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria
P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria Que son los tributos? Para que sirven? Quienes los deben pagar? Que es ARBA? Que son los tributos? Son los aportes que todos los ciudadanos realizamos
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA. Consejero Ponente: HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejero Ponente: HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ Bogotá D.C., veintiocho (28) de mayo de dos mil nueve (2009) Radicación: 76001233100020010574301
Más detallesCUADRO DE CLASIFICACION GENERAL DE SERIES Y SUBSERIES
CUADRO DE CLASIFICACION GENERAL DE SERIES Y SUBSERIES CODIGO SERIE CODIGO SUBSERIE 01 ACTAS 01 02 03 04 ACTAS DE ASAMBLEA ACTAS DE COMITES ACTAS DE CONSEJO ACTAS DE JUNTA 02 CIRCULARES 01 CIRCULARES 03
Más detallesAYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ)
AYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ) ORDENANZA Nº 30 REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICION DE DOCUMENTOS A INSTANCIA DE PARTE. Articulo 1º.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por
Más detallesDOCUMENTOS QUE EXPIDE LA OFICINA DEL PREDIAL Y CATASTRO EN FORMATO SIMPLE O CERTIFICADO
DOCUMENTOS QUE EXPIDE LA OFICINA DEL PREDIAL Y CATASTRO EN FORMATO SIMPLE O CERTIFICADO HISTORIAL CATASTRAL, INFORMES CATASTRALES, CERTIFICADO DE NO ADEUDO, CERTIFICADO DE NO PROPIEDAD O NO INSCRIPCION,LAMINA
Más detallesBloque I. Derecho Civil y Mercantil
Bloque I Derecho Civil y Mercantil 1. El Derecho Objetivo: concepto y divisiones. Distinción entre el Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo. Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil en España.
Más detallesDE TRÁMITES Y SERVICIOS
MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS EJERCICIO FISCAL 2011 P R E S E N T A C I Ó N EN CUMPLIMIENTO AL MARCO JURÍDICO Y NORMATIVO APLICABLE VIGENTE QUE DETERMINA LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA
Más detallesPERIODO 1 DE ENERO A 30 DE JUNIO DE
INFORME SEGUIMIENTO Y EVALUACION A LA ATENCION DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS, SUGERENCIAS, DENUNCIAS POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCION Y FELICITACIONES RECIBIDAS EN LA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
Más detallesAYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.
AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u
Más detallesSección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones
Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Artículo 14.- La definición del capítulo, conceptos, partidas genéricas y específicas de gasto correspondientes a inversiones financieras
Más detallesFotocopias autenticadas de las cédulas de ciudadanía o tarjetas de identidad.
REQUISITOS PARA MATRIMONIO CIVIL PERSONAS SOLTERAS Copia del folio del registro civil de nacimiento de los peticionarios con vigencia NO superior a tres (3) meses a partir de su fecha de expedición, con
Más detallesEDIFICIO. Los elementos constitutivos
EDIFICIO Los elementos constitutivos Recordando objetivos No es formación de juristas Conocimiento general del marco socio-jurídico y político institucional Conocimiento de los fenómenos jurídicos que
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS URBANOS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS URBANOS ARTICULO 1. 1.- De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15.1 y 60.2 de la Ley 39 / 1988, de 28 de diciembre,
Más detallesFICHA DE IDENTIFICACIÓN AÑO 2010 DEFINICIONES ESTRATÉGICAS
FICHA DE IDENTIFICACIÓN AÑO 00 DEFINICIONES ESTRATÉGICAS MINISTERIO MINISTERIO DE BIENES NACIONALES PARTIDA SERVICIO SUBSECRETARIA DE BIENES NACIONALES CAPÍTULO 0 Ley orgánica o Decreto que la rige Ley
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIAPAS LICENCIATURA EN CONTADURÍA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIAPAS LICENCIATURA EN CONTADURÍA Área de formación: Disciplinaria. Unidad académica: Derecho Fiscal. Ubicación: Cuarto Semestre. Clave: Horas semana-mes: 4 Horas Teoría: 4 Hora
Más detallesManual para el Funcionamiento Interno de La Oficina de Acceso a la Información Pública
Manual para el Funcionamiento Interno de La Oficina de Acceso a la Información Pública C O N T E N I D O I. Introducción 3 II. Funciones de la Oficina de Acceso a la Información Pública 4-5 III. Estructura
Más detallesVISTA HERMOSA META 2014
IMPUESTO PREDIAL IMPUESTO DE INDUSTRIA VISTA HERMOSA META 2014 SISTEMA DE INFORMACIÓN AL SERVICIO DEL CIUDADANO IMPUESTO PREDIAL E INDUSTRIA REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL META MUNICIPIO DE VISTA
Más detallesNORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB 24/05/2016)
Se han aprobado las normas forales correspondientes al Catastro Inmobiliario e IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) que tendrán ahora normas separadas lo que agilizará en el futuro cualquier cambio que
Más detallesORDENANZA Nº 5-I. IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Ejercicio 2006 (Pleno 30 de octubre de 2003)
ORDENANZA Nº 5-I IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Ejercicio 2006 (Pleno 30 de octubre de 2003) Artículo 1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos
Más detallesGUÍA DE CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE LAS ENTIDADES LOCALES DISPUESTA POR DECRETO FORAL 56/2015, DE 3 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL
GUÍA DE CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE LAS ENTIDADES LOCALES DISPUESTA POR DECRETO FORAL 56/2015, DE 3 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL NUEVO MARCO REGULATORIO CONTABLE DE LAS ENTIDADES LOCALES
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA
1 MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 54, Artículos 75,
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E
ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...
Más detallesPROYECTO DE ORDENANZA PROPUESTAS PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO DE TANDIL
PROYECTO DE ORDENANZA PROPUESTAS PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO DE TANDIL FUNDAMENTOS Antecedentes Dada la existencia en otros municipios de organismos mixtos y tripartitos para garantizar, regular y controlar
Más detallesTÍTULO: CONTABILIDAD 2000 Disponibilidad La empresa ente económico 2 Clasificación de las empresas 2 Clasificación de las empresas según su objetivo
TÍTULO: CONTABILIDAD 2000 Disponibilidad La empresa ente económico 2 Clasificación de las empresas 2 Clasificación de las empresas según su objetivo 2 Según su actividad económica 3 Empresas agropecuarias
Más detallesGobierno del Estado de Puebla
CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno
Más detallesRama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia
Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia ACUERDO No. PSAA14-10118 Marzo 4 de 2014 "Por el cual se crean y organizan los Registros Nacionales de
Más detallesAutoridad máxima catastral en el país. Expide las normas a seguir por las autoridades locales cuando les correspondan las funciones de formación,
Autoridad máxima catastral en el país. Expide las normas a seguir por las autoridades locales cuando les correspondan las funciones de formación, actualización y conservación catastrales (Ley 14 de 1983,
Más detallesSECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC
INVITACIÓN PÚBLICA SAMC 0156-2010 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS CUYO VALOR NO EXCEDA EL 10% DE LA MENOR CUANTÍA DE LA ENTIDAD. JUSTIFICACIÓN DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN En
Más detallesRÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN O PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ACTIVIDAD APROBADA
RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN O PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ACTIVIDAD APROBADA DATOS GENERALES DE LA EMPRESA 1. Nombre del Solicitante: 2. Número de Identificación:
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE
EL HONORABLE DE CAICEDONIA, VALLE DEL CAUCA, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN ESPECIAL LAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 18 DE LA LEY 1551 DE 2012, ARTICULO 95 DE LA LEY 388 DE 1997,
Más detallesSISTEMA DE INFORMACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
TALLER DE INFRAESTRUCTURA SISTEMA DE INFORMACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Levantamiento de Inventarios e Indicadores Básicos Junio 8 de 2006 AGENDA JUEVES 8 DE JUNIO 9:00 9:30 Organización de Bienes
Más detallesSEMINARIO LEGIS REFORMA TRIBUTARIA 2012
SEMINARIO LEGIS REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones en Fiducia Mercantil FELIPE AROCA Febrero de 2013 TRATAMIENTO PARA UTILIDADES Y PÉRDIDAS Régimen anterior. Artículo 102 del Estatuto Tributario (
Más detallesGOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Delegación. Solicitud de Registro de Obra Ejecutada
Para ser llenado por la autoridad GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Delegación FORMATO AU-16 FOLIO Solicitud de Registro de Obra Ejecutada México, D. F., a de de
Más detalles3. Cómo está ubicado el RNIG dentro del contexto del SNIEG? Página 2 de 5
Abril, 2014 1. Qué es el Registro Nacional de Información Geográfica (RNIG)? El Registro Nacional de Información Geográfica (RNIG) es un componente de la infraestructura del Sistema Nacional de Información
Más detalles