REQUERIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO ESTABLECIDOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES Y EL REGLAMENTO

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1 REQUERIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO ESTABLECIDOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES Y EL REGLAMENTO

2 SEGURO DE RIESGOS LABORALES (SRL)

3 Finalidad del SRL Beneficiarios del SRL Cobertura del SRL Contenido: Riesgos Excluidos y No Considerados Prestaciones Garantizadas Procedimientos de Acceso, reclamaciones y compensaciones.

4 Ley QUE CREA EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIAD SOCIAL Establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), para regular y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de Vejez, Discapacidad, Maternidad, Infancia y Riesgos Laborales. s Art. 1 Ley Objeto de la Ley.

5 Seguro de Riesgos Laborales LIBRO IV: Seguro de Riesgos Laborales Es el mecanismo financiero por medio del cual, con un aporte, por parte del empleador, Se garantiza que el trabajador que haya sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, que le haya ocasionado alguna lesión corporal o estado mórbido, reciba sus prestaciones.

6 Finalidad del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) Prevenir las causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Cubrir los daños por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Garantizar el sustento económico a los trabajadores que han tenido un riesgo laboral y padecen una incapacidad permanente. Reinsertar a la actividad productiva al trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

7 Beneficiarios del SRL a) El (la) afiliado (a); b) Los dependientes señalados a continuación, en caso de pensión de sobrevivencia; c) La (el) esposa (o) del afiliado y pensionado o, a falta de este la (el) compañero de vida marital durante los 3 años anteriores a su inscripción, o haya procreado hijos, siempre que ambos no tengan impedimento legal para el matrimonio. d) Los hijos menores de 18 años del afiliado. e) Los hijos menores de 21 años del afiliado que sean estudiantes; f) Los hijos discapacitados, independientemente de su edad, que dependan del afiliado o del pensionado. Ley Capitulo II Art. 187 De los Beneficiarios.

8 Cobertura del SRL a) Toda lesión corporal y todo estado mórbido que el trabajador o aprendiz sufra por consecuencia del trabajo que realiza. a) Las lesiones del trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo, salvo prueba de lo contrario. a) Los accidentes de trabajo ocurridos con conexión o por consecuencia de la tareas encomendadas por el empleador, aunque estas fuesen distintas de la categoría profesional del trabajador. Ley Art- 190 Riesgos que Cubre el Seguro de Riesgos Laborales

9 Cobertura del SRL d) Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo. e) Los accidentes de transito dentro de la ruta y de la jornada normal de trabajo. f) Las enfermedades cuya causa directa provenga del ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le ocasione discapacidad o muerte. Ley Art- 190 Riesgos que Cubre el Seguro de Riesgos Laborales

10 Riesgos Laborales Excluidos y No Considerados. a) Estado de embriaguez o bajo la acción de algún psicotrópico, narcótico droga enervante, salvo prescripción medica. b) Resultado de un daño intencional del propio trabajador o de acuerdo con otra persona, o del empleador. c) Fuerza mayor extraña al trabajo. d) Los accidentes de transito fuera de la ruta y de la jornada normal de trabajo. e) Los daños debido a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado. Ley Art- 191 Riesgos laborales excluidos y No considerados.

11 Prestaciones Garantizadas I. Prestaciones en especie a) Atención medica y asistencia odontológica. b) Prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación II. Prestaciones en dinero: a) Subsidio por discapacidad temporal, cuando el riesgo de trabajo hubiese ocasionado una discapacidad temporal para trabajar conforme a lo establecido en el código de trabajo. Ley Art- 192 Prestaciones Garantizadas b) Indemnización por discapacidad. c) Pensión por discapacidad.

12 Monto de las Prestaciones Económicas Para los efectos del calculo de las pensiones e indemnizaciones del SRL el salario base será el promedio de las remuneraciones sujetas a cotización de los últimos 6 meses al accidente y/o EP.

13 Monto de las Prestaciones Económicas Discapacidad Tipo de Beneficios Discapacidad superior de 15% e inferior al 50%. Indemnización Discapacidad superior al 50% e inferior al 67%. Pensión Monto Entre 5 y 10 veces el sueldo base. Pensión mensual equivalente al 50% de salario base Discapacidad Igual o superior al 67%. Pensión Pensión mensual equivalente al 70% de salario base Gran Discapacidad Pensión ****Tope para el Calculo de las pensiones 4 salarios mínimos cotizables**** Pensión mensual equivalente al 100% de salario base

14 Costo y Financiamiento del SRL Financiado con una contribución promedio del 1.2 % del salario cotizable, a cargo exclusivo del empleador. Ley Art- 199 Costo y financiamiento del Seguro de Riesgos Laborales.

15 Costo y Financiamiento del SRL 2 componentes: a) Una cuota fija de 1% de aplicación uniforme a todos los empleadores. a) Una cuota adicional variable establecida según la rama de actividad económica: Categoría de Riesgos % del Salario Cotizable I 0.10 II 0.15 III 0.20 IV 0.30 Ley Art- 199 Costo y financiamiento del Seguro de Riesgos Laborales.

16 Obligaciones del Empleador El empleador tiene la obligación del inscribir al afiliado, notificar los salarios efectivos a los cambios de estos y remitir las contribuciones a la entidad competente, en el tiempo establecido por a ley Art. 202 Ley 87-01

17 DINAMICA DE LA ARL SISALRIL SUPERVISION Y MONITOREO UNIPAGO TESORERIA SEGURIDAD SOCIAL DEMANDA Y ATENCION DE AFILIADOS DEMANDAS DE ATENCION EN SALUD DEMANDA DE PRESTACIONES ECONOMICAS ARL PAGO POR ATENCION PROVEEDORES

18 Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura (ARLSS) Es una institución de servicios, encargada de velar por la prevención de accidentes laborales en la República Dominicana y por el cumplimiento y cobertura del Seguro de Riesgos Laborales, con principios éticos, científicos, oportunos y de calidad.

19 REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO Los afiliados tienen derecho a los servicios que necesiten a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional inmediatamente ocurran, en el centro de salud mas cercano. El accidente del Trabajo debe ser comunicado inmediatamente al empleador por parte del trabajador (a) o de cualquier tercero que tenga conocimiento del mismo. El empleador debe notificarlo a la ARL a través del formulario ATR- 2, dentro de las 72 horas hábiles (tres días laborales) después de haber tenido conocimiento del mismo.

20 REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO Brinda acceso las 24 horas los 7 días de la semana, de una forma ágil, cómoda y segura. Acceso vía Web-Site:

21 REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO

22 Nos desplazamos hasta la opción de REPORTES de la barra de herramientas, luego hacemos clic con el botón izquierdo del Mouse sobre la opción ACCIDENTE DE TRABAJO o ENFERMEDAD PROFESIONAL según corresponda. REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO

23

24 Requisitos para pago de Incapacidad Temporal Llenar correctamente el formulario ATR-2 Certificado Médico Original Acta Policial certificada, legalizada y sellada debidamente. (Si es accidente en trayecto) Es aquella prestación económica que se le garantiza a todos aquellos trabajadores que han sufrido una incapacidad temporal para poder seguir trabajando en las empresas o instituciones como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. Este subsidio equivale hasta el 75% del salario medio base del afiliado/a; con una duración máxima de 52 semanas

25 Requisitos para Reembolso de Gastos Médicos Carta dirigida al Director Ejecutivo de la ARLSS, con la suma total de los gastos incurridos y a favor de quien será emitido el cheque. Facturas Originales, selladas y firmadas por las compras de las indicaciones medicas. Indicaciones/recetas medicas con el timbrado de la clínica, hospital o centro en el que fue atendido, adjunto a dichas facturas.

26 Carta dirigida al Director Ejecutivo de la ARLSS, solicitando pensión de sobreviviente. Copia del formulario ATR-2 Certificado de Defunción original. Acta de matrimonio Acta de notoriedad si no son casados Acta de nacimiento de hijos Procedimiento para solicitud de prestaciones de Sobreviviente

27 Prescripción y Caducidad El derecho a reclamar el goce de los beneficios establecidos por el SRL, prescribe a los cinco (5) años, contados a partir del día siguiente aquel en que ha tenido lugar el hecho causante dela prestación de que se trate.

28 Preguntas?

29 Gracias por su atención!

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