MiFID. La armonización de los mercados financieros
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- María Rosa Marín Quintana
- hace 8 años
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1 La armonización de los mercados financieros
2 MiFID o Directiva de Mercados e Instrmentos Financieros, persige como objetivo fndamental la armonización de los mercados financieros, introdciendo n régimen reglatorio común para los servicios financieros en los 27 estados miembros de la Unión Eropea y en otros 3 estados del área Económica Eropea (Islandia, Norega y Liechtenstein), así como la protección de los inversores. Consiste en n reglamento y dos directivas de aplicación desde el 1 de noviembre de 2007 en el seno de la Unión Eropea, directivas qe feron transpestas al ordenamiento jrídico español mediante la Ley 47/2007 de 19 de diciembre por la qe se modifica la Ley 24/1988, de 28 de jlio, del Mercado de Valores, y por el Real Decreto 217/2008 de 15 de febrero, sobre el régimen jrídico de las empresas de servicios de inversión. El presente folleto contiene na scinta explicación sobre las novedades qe dicha normativa ha introdcido en ss relaciones con RBC Investor & Treasry Services (RBC I&TS) en el crso de la prestación de servicios o actividades de inversión. Contenido Qé implica la MiFID 3 Campo de aplicación 3 Clasificación de clientes 4 Evalación de la conveniencia y adecación 5 Organización 5 Mejor ejección 5 Información a clientes 6
3 3 1 Qé implica la MiFID La MiFID tiene por objetivo prioritario mejorar la protección de los inversores mediante la aplicación de tres principios generales qe deben regir la condcta de las empresas de inversión: Deber de actar honesta, jsta y profesionalmente de acerdo con el mejor interés de ss clientes. Deber de proporcionar información imparcial, clara y no engañosa a ss clientes. Prestar servicios y ofrecer prodctos teniendo en centa las circnstancias personales de los clientes. La MiFID proporciona n marco de reglación amplio y armonizado, ampliando prodctos y servicios de inversión cbiertos, reconociendo nevos sistemas de negociación poniendo fin al principio de concentración y permitiendo a las empresas de inversión ofrecer ss servicios en todo el mercado eropeo. Incrementa la transparencia y el control en los mercados mediante la imposición de n elenco de reqisitos mínimos de organización y control interno con qe deben contar las empresas de servicios de inversión. 2 Campo de aplicación La normativa MiFID se aplica a na gran gama de instrmentos financieros, siendo las principales categorías las sigientes: Acciones. Obligaciones. Participaciones de organismos de inversión colectiva. Aqellos instrmentos negociados en el mercado monetario, tales como Letras y Bonos del Tesoro, certificados de depósito y papel comercial. Acerdos de tipo de interés a plazo. Los prodctos derivados (opciones, ftros, swaps, etc) sobre títlos, tipos de interés, acerdos de tipo de interés, divisas, acciones, índices, inflación, cesión del riesgo de crédito, materias primas, etc. MiFID se aplica a los servicios/actividades sigientes: La recepción, la transmisión y la ejección de órdenes relativas a instrmentos financieros. La gestión de cartera. La administración y cstodia de instrmentos financieros. El asesoramiento en materia de inversión. La negociación por centa propia. El asegramiento de instrmentos financieros o colocación sobre la base de n compromiso firme. La colocación de instrmentos financieros sin base a n compromiso firme.
4 4 3 Clasificación de clientes La Directiva MiFID asegra na protección a los clientes en los servicios prestados por las empresas de inversión, pero de forma modlada, de modo qe se clasifican a los clientes en tres categorías distintas, a los cales, las empresas deben ofrecer distintos niveles de protección: contrapartes elegibles, clientes profesionales, clientes minoristas. Dicha clasificación está basada en parámetros como el estatto de entidad reglada, la experiencia inversora, los conocimientos y la capacidad financiera. Contrapartes elegibles Destinatarios del menor nivel de protección y a las cales RBC I&TS pede prestar servicios y actividades de inversión sin obligación de segir las reglas de mejor ejección, según se define en la directiva 2004/39/CE. Empresas de inversión, entidades de crédito y compañías de segros. Institciones de inversión colectiva y sociedades de gestión. Fondos de pensiones y sociedades de gestión. Entidades financieras atorizadas o regladas. Administraciones, bancos centrales y organizaciones internacionales. Clientes profesionales Son clientes experimentados en los mercados financieros con conocimientos necesarios para adoptar ss propias decisiones de inversión y de valorar adecada y sficientemente los riesgos asociados a las mismas. Entidades regladas de los mercados financieros. Grandes empresas qe cmplan dos de tres condiciones: Balance > 20 mill. eros. Cifra negocios > 40 mill. eros. Fondos propios > 2 mill. eros. Gobiernos y organizaciones internacionales. Inversores institcionales cya actividad principal consiste en invertir en instrmentos financieros. Operadores en materias primas y qe contratan en nombre propio. Clientes minoristas : clientes no profesionales Estos clientes tienen derecho a solicitar a la empresa de inversión la re-categorización como clientes profesionales, pero únicamente podrán rennciar a la protección de las normas de condcta qe, el hecho de ser cliente minorista le ofrece, si observan el sigiente procedimiento: Deben solicitarlo por escrito. Deben declarar qe son conscientes de las consecencias de s renncia a las protecciones. Deben someterse a na evalación sobre la competencia, experiencia y conocimientos a fin de conclir si el cliente pede tomar ss propias decisiones de inversión fndamentadas y qe comprende los riesgos qe conllevan.
5 5 4 Evalación de conveniencia y adecación Con el objetivo de asegrar la idoneidad del prodcto o servicio ofrecido con las condiciones de cada cliente en canto a s experiencia y conocimientos, capacidad financiera y objetivos de inversión, las entidades deben recabar la información necesaria para comprobar la adecación del servicio de inversión prestado al cliente y mantener esta información actalizada. Cando se preste el servicio de asesoramiento o de gestión discrecional de cartera, el test debe ser completo y cando se trate de la mera ejección o recepción y transmisión de órdenes de prodctos, la evalación debe tener en centa el nivel de experiencia y conocimientos del cliente y, en determinados casos, realizar las oportnas advertencias sobre riesgos, an cando la venta del prodcto no incorpore asesoramiento. En caso de qe el prodcto, de acerdo a la información sministrada, no se adece al cliente, o en caso de qe el cliente se niege a sministrar la información, la entidad debe advertir expresamente de la falta de adecación del prodcto o de la imposibilidad de realizar la evalación. 5 Organización En el marco de la protección de los clientes, MiFID impone a las empresas de Inversión, determinadas normas de organización y gestión interna como las sigientes: Asnción de responsabilidades por la alta dirección. Establecimiento de las fnciones de control: riesgo, cmplimiento y aditoría. Políticas y procedimientos de identificación y gestión de conflictos de interés qe pedan casar perjicio a cliente o potencial cliente. Reqisitos y gestión del riesgo operacional derivado de la externalización de fnciones operativas esenciales. Salvagarda de los derechos de propiedad sobre los activos y fondos de clientes. Adopciones de planes de contingencia y recperación de actividad, salvagardia de sistemas informáticos. Registro de operaciones facilitando labores spervisoras. 6 Mejor ejección Uno de los pilares básicos de la neva reglación es el principio de mejor ejección qe se encadra dentro de las normas de condcta y qe consiste en qe la empresa de inversión debe, al ejectar órdenes de ss clientes, adoptar todas las medidas razonables a fin de obtener el mejor resltado posible para el mismo, teniendo en centa factores como el precio, los costes, la probabilidad de la ejección y la liqidación, el volmen, la natraleza o calqier otra consideración pertinente. La importancia de cada no de estos factores, deberá determinarse en la política de mejor ejección de la entidad, la cal será comnicada a los clientes. Asimismo dicha política describirá los procedimientos y los sistemas de negociación qe permiten lograrla de manera consistente, teniendo en centa las características del cliente, las características del instrmento financiero y las de los centros de negociación en los qe estas órdenes peden ser dirigidas.
6 6 Este deber se aplica a todo el proceso comprendido entre el momento en qe se origina na orden hasta qe se ejecta y, por tanto, se extiende a todos los intermediarios qe intervienen en la cadena de ejección, desde los gestores de carteras, hasta las entidades qe ejectan de manera efectiva la orden en n mercado, pasando por aqellas qe la reciben y transmiten a s vez para s ejección posterior. 7 Información a clientes MiFID impone la obligación a las entidades de servicios de inversión de proveer determinada información a ss clientes. Esta obligación mejora la calidad de la información aportada a los clientes, tanto pre-contractal como contractal y post-contractal. Canto más elevada es la protección qe la MiFID otorga en virtd de la clasificación del cliente, existe na mayor necesidad de información y de explicación sobre los posibles riesgos de los instrmentos financieros. Esta protección se amplía al concepto de cliente potencial, de modo qe se regla la información qe se sministra a los clientes, previo a la prestación de servicio. En resmen: aplicación de diferencias entre los inversores minoristas y profesionales en el seno de RBC Investor Services España, S.A.U. Inversores minoristas Inversores profesionales Información al cliente RBC I&TS no hace ningna distinción entre no profesionales / profesionales Oferta de servicios asesoramiento o gestión de cartera Oferta de servicios RBC I&TS no provee servicio de asesoramiento en materia de inversión o gestión de cartera La oferta de servicios es evalada en relación con el conocimiento y la experiencia del cliente. Si es necesario se emitirán las advertencias necesarias No existen restricciones Mejor ejección RBC I&TS no hace ningna distinción entre no profesionales / profesionales Exigencias en materia de organización RBC I&TS no hace ningna distinción entre no profesionales / profesionales Este folleto no sirve a otro propósito qe el de brindar na información resmida a los clientes en relación con la reglamentación derivada de la Directiva MiFID en s relación con RBC I&TS. No es, por tanto exhastiva, ni contiene todos los detalles de las Directivas MiFID, s reglamento de desarrollo, gías o s transposición en la normativa española. Es posible qe las definiciones o expresiones tilizados no lo estén en términos perfectamente jrídicos o completos.
7 Si desea ampliar la información, pede ponerse en contacto con el departamento de Cmplimiento normativo en el o por mail a compliance.es@rbc.com. RBC Investor Services España, S.A.U. Fernando el Santo, 20 T contactar@rbc.com rbcits.com RBC Investor Services Activos, S.A.U. José Ortega y Gasset, 26 T activos.es@rbc.com rbcits.com
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