IVA. Cartilla Impuesto al Valor Agregado. Cartilla 2015 Impuesto al Valor Agregado. Cartilla Impuesto al Valor Agregado 2015
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- Catalina Redondo Sáez
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1 Con la expedición de la Ley 1739 de 2014, no fueron muchos los cambios que se establecieron para el Impuesto al Valor Agregado, por lo cual no será necesaria la expedición de normas reglamentarias a la Ley; en el transcurso del año 2014 el Gobierno Nacional expidió varios Decretos que modificaron especialmente apartes del procedimiento en las solicitudes de devolución general y las de carácter especial como a turistas extranjeros y diplomáticos. La cartilla nuevamente recoge todos los temas inherentes y relacionados como el Impuesto al consumo, el procedimiento de las devoluciones y compensaciones de saldos a favor, pagos en exceso y de lo no debido, la facturación y como siempre se muestran casos prácticos desarrollados y minuciosamente explicados. Colección: Ciencias empresariales Área: Auditoría ISBN e-isbn Hernán Zuluaga Cartilla Impuesto al Valor Agregado 2015 Cartilla 2015 Impuesto al Valor Agregado Actualización online permanente hasta el 31 de diciembre de 2015 Cartilla Impuesto al Valor Agregado 2015 IVA Incluye: Impuesto al Valor Agregado Actualizado con Ley 1739 de 2014 Impuesto al consumo Devoluciones y compensaciones Devoluciones especiales Retenciòn en IVA Facturaciòn Jorge Hernán Zuluaga Potes
2 Cartilla impuesto al valor agregado 2015 Jorge Hernán Zuluaga Potes
3 Tabla de contenido Presentación... IX Primera parte Impuesto al valor agregado Impuesto nacional al consumo...1 Responsables del impuesto...3 Régimen del impuesto sobre las ventas...7 Hecho generador...9 Causación Causación en la venta de bienes corporales muebles Causación en la prestación de servicios Casos especiales Clasificación de los bienes y servicios Bienes exentos Servicios exentos Bienes exentos Servicios exentos prestados en el territorio nacional Bienes excluidos del impuesto Tarifa de IVA para maíz y arroz Pan y arepa excluidos del impuesto sobre las ventas Servicios excluidos del impuesto Exclusiones tributarias para fondos, o recursos en dinero originados en auxilios o donaciones destinados a programas de utilidad común en Colombia Exención de impuestos, tasas o contribuciones Exención del impuesto sobre las ventas (IVA) y del gravamen a los movimientos financieros, GMR Requisitos generales de la exención Base gravable V
4 Cartilla Impuesto al Valor Agregado Jorge Hernán Zuluaga Potes Ejercicios aplicando la base gravable Base gravable en importaciones Importaciones gravadas Importaciones excluidas del impuesto Tarifa del impuesto Tarifa general del impuesto sobre las ventas Bienes gravados a la tarifa del 5% Servicios gravados a la tarifa del 5% Impuesto descontable Determinación del impuesto al valor agregado Determinación del impuesto Retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas Causación de la Retención en la Fuente por IVA Agentes de Retención en el impuesto sobre las ventas Retención de IVA en la venta de tabaco Tarifa de retención Tarifas únicas de retención del Impuesto sobre las ventas Cuantías mínimas sujetas a retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas Obligaciones de los agentes retenedores Contenido del certificado de retención por IVA Designación como agente de retención del impuesto sobre las ventas Caso propuesto Desarrollo Análisis Determinación del impuesto Obligaciones formales Registro Único Tributario, RUT Obligación de informar el cese de actividades Corrección de las declaraciones Plazo para declarar y pagar el impuesto sobre las ventas Declaración y pago bimestral del impuesto sobre las ventas Declaración y pago cuatrimestral del Impuesto sobre las Ventas Declaración anual y pago del Impuesto sobre las Ventas Plazo para el pago de los anticipos Plazo para declarar y pagar la última cuota Formulario declaración del impuesto sobre las ventas Año gravable Obligación de presentar declaración Datos generales Sección de ingresos brutos Secciones de compras Compras por importaciones Compras nacionales Liquidación privada VI
5 Tabla de contenido Impuesto generado Impuesto descontable Control de saldos Exceso descontable Retención de IVA Impuesto nacional al consumo Impuesto nacional al consumo Hecho generador Base gravable Tarifa del impuesto nacional al consumo Bienes gravados a la tarifa del 8% Bienes gravados a la tarifa del 16% Definiciones para el impuesto nacional al consumo Exclusiones del impuesto nacional al consumo Plazo para declarar y pagar el impuesto nacional al consumo Declaración y pago bimestral del impuesto nacional al consumo Declaración simplificada del impuesto nacional al consumo Plazos declaración simplificada del impuesto nacional al consumo año gravable Segunda parte Devoluciones y compensaciones en el impuesto sobre las ventas Origen de los saldos a favor Derecho de imputación, compensación devolución de los saldos a favor Requisito de las solicitudes de devolución y/o compensación Requisitos especiales en el impuesto sobre las ventas Requisitos especiales para los productores de leche, carne y huevos, que realicen operaciones exentas Procedimiento para las devoluciones y/o compensaciones Devolución de pagos en exceso y de lo no debido Aspectos generales Devoluciones Especiales Devolución de IVA a las instituciones estatales u oficiales de educación superior Organismos internacionales y misiones diplomáticas y consulares Devolución por compra de materiales para construcción de vivienda de interés social Requisitos de la contabilidad Solicitud de devolución o compensación Devolución de IVA a turistas extranjeros Tercera parte Obligación de facturar Regla general de la obligación Definición Casos especiales Documentos equivalentes y sustitutivos a la factura Documentos equivalentes VII
6 Cartilla Impuesto al Valor Agregado Jorge Hernán Zuluaga Potes Casos especiales Casos en los cuales no se requiere emitir factura o documento equivalente Requisitos de la factura Requisitos de los documentos equivalentes La obligación de facturar para el régimen simplificado Controles técnicos y fiscales Autorización de la numeración Controles a las ventas a través de máquinas registradoras y por computador Facturación electrónica Definiciones Principios básicos de autenticidad e integridad Qué procedimientos y requisitos debemos seguir para aplicar la factura electrónica? Cese de operaciones con factura electrónica VIII
7 Presentación Para el año 2014 el Impuesto al Valor Agregado no experimentó cambios normativos de gran relevancia; solo el procedimiento de solicitud de devoluciones del impuesto fue modificado o más bien ajustado con el fin de implemetar mejores controles para así asegurar que los valores que soliciten los responsables sean los correspondientes a los que verdaderamente tienen derecho. Esta cartilla desarrolla todos los elementos del impuesto de una manera sencilla, explicados con casos prácticos. Al final se incluye un ejercicio llevado a la declaración. Adicionalmente, se abordan dos temas relacionados con el impuesto: uno referente a las devoluciones del impuesto, el procedimiento general y los diferentes casos especiales contemplados en la norma; y el segundo, el de facturación, que es una obligación formal de todos los responsables y característica importante en la identificación de los elementos del impuesto. IX
8 Primera parte Impuesto al valor agregado Impuesto nacional al consumo
9 Son responsables del impuesto: Responsables en la venta de bienes: Responsables del impuesto Los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que actúen, ejecutan habitualmente actos similares a los de las ventas de bienes. Artículo 437 E.T. Lit. a). Los productores de bienes exentos y los exportadores son responsables del impuesto. En las ventas de aerodinos son responsables los comerciantes y los vendedores ocasionales. Artículo 437 E.T. Lit.b) En la venta de productos derivados del petróleo, son responsables del impuesto los productores, los importadores y los vinculados económicos de estos. Artículo 444 E.T. Los importadores de combustibles para consumo propio, o venta dentro del territorio nacional, son responsables del impuesto por las importaciones que realicen. Artículo 3, Decreto 1082/94. En la venta de limonadas, aguas y gaseosas aromatizadas. En la venta de estos productos (incluidas las aguas minerales y otras bebidas no alcohólicas, con exclusión de los jugos de frutas, de legumbres y hortalizas de la partida 20.09), son responsables el productor, el importador, o el vinculado económico de estos. Artículo 446 E.T. En la venta de cervezas. Es responsable el productor, importador. Artículo 430 E.T. En la venta de refajos o mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, son responsables el productor, el importador, o el vinculado económico de estos. Artículo 26, Decreto 380/96. En las ventas fuera del giro ordinario de los negocios es responsable quien venda bienes corporales muebles, aunque no se enajenen dentro del giro ordinario del negocio, pero de cuya adquisición o importación se haya generado derecho al descuento. Artículo 437 E.T. Lit. e) No responsables en la venta de bienes Los comerciantes de bienes exentos no son responsables, ni están sometidos al régimen del impuesto sobre las ventas, de las ventas de bienes exentos. Artículo 439 E.T. No son responsables del impuesto quienes vendan bienes que expresamente se encuentren excluidos por definición o destinación del impuesto sobre las ventas. Responsables en la prestación servicios Los prestadores de servicios gravados son responsables por los servicios prestados. Artículo 437 E.T. Lit c). Definición de servicio. Se considera servicio a toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona natural o jurídica, o por una sociedad de hecho, sin relación laboral con quien contrata la ejecución, la cual se concreta en una obligación de hacer, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual. Dicha actividad genera una contraprestación en dinero o en especie, independientemente de su denominación o forma de remuneración. Artículo 1, Decreto 1372/92. Los clubes sociales o deportivos, y las personas jurídicas que tienen sede social para la reunión, recreo o práctica de deporte de sus asociados son responsables del impuesto. La sede social puede ser propia o ajena. Artículo 441 E.T. Servicios notariales. Serán responsables del impuesto sobre las ventas, las notarias; las cuales cumplirán las diferentes obligaciones tributarias derivadas de tal calidad, con el número de identificación 3
10 Con la expedición de la Ley 1739 de 2014, no fueron muchos los cambios que se establecieron para el Impuesto al Valor Agregado, por lo cual no será necesaria la expedición de normas reglamentarias a la Ley; en el transcurso del año 2014 el Gobierno Nacional expidió varios Decretos que modificaron especialmente apartes del procedimiento en las solicitudes de devolución general y las de carácter especial como a turistas extranjeros y diplomáticos. La cartilla nuevamente recoge todos los temas inherentes y relacionados como el Impuesto al consumo, el procedimiento de las devoluciones y compensaciones de saldos a favor, pagos en exceso y de lo no debido, la facturación y como siempre se muestran casos prácticos desarrollados y minuciosamente explicados. Colección: Ciencias empresariales Área: Auditoría ISBN e-isbn Hernán Zuluaga Cartilla Impuesto al Valor Agregado 2015 Cartilla 2015 Impuesto al Valor Agregado Actualización online permanente hasta el 31 de diciembre de 2015 Cartilla Impuesto al Valor Agregado 2015 IVA Incluye: Impuesto al Valor Agregado Actualizado con Ley 1739 de 2014 Impuesto al consumo Devoluciones y compensaciones Devoluciones especiales Retenciòn en IVA Facturaciòn Jorge Hernán Zuluaga Potes
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