REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

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1 GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN LA LIBERTAD UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE OTUZCO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES R.O.F OTUZCO - PERÚ Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 1 -

2 INTRODUCCIÓN La, como organismo desconcentrado del Gobierno Regional La Libertad, tiene la responsabilidad de conducir la gestión pública local, referido al proceso del desarrollo educativo integral en el ámbito jurisdiccional. La Dirección de Gestión Institucional a través del Equipo de Planificación y Presupuesto ha formula el presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con la finalidad de establecer los fines y objetivos, que le permita plantear las funciones de las Unidades Orgánicas de la Unidad de Gestión Educativa Local Otuzco. El presente documento se elabora en el marco de la modernización educativa y el fortalecimiento de las instituciones y programas educativos públicos, de calidad, equidad y eficiencia en el servicio educativo de conformidad a los lineamientos de la política educativa regional y nacional. El Reglamento de Organización y Funciones, es un instrumento técnico normativo de gestión institucional que define la naturaleza jurídica, dependencia, jurisdicción, funciones, base legal, estructura orgánica, relaciones institucionales, régimen económico y régimen laboral de la Unidad de Gestión Educativa Local Otuzco, el mimo que ponemos a vuestra consideración en el marco de la modernización del sistema de gestión educativa. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 2 -

3 INDICE INTRODUCCIÓN INDICE TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I: De la Naturaleza Jurídica, Dependencia y Jurisdicción CAPÍTULO II: De las Funciones Generales y Base Legal Funciones Generales Base Legal TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPITULO I : DE LA ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA CAPITULO II : DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS Órgano de Dirección Órgano de Control Institucional Órgano de Asesoramiento Órgano de Apoyo Órganos de Línea Órgano de Participación TÍTULO III RELACIONES INSTITUCIONALES TÍTULO IV REGIMEN ECONOMICO Y LABORAL TÍTULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y/O FINALES Anexo Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 3 -

4 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I De la Naturaleza Jurídica, Dependencia y Jurisdicción Artículo 1º. Naturaleza Jurídica: El presente Reglamento de Organización y Funciones constituye un instrumento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades. Artículo 2º. Dependencia: La, es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional La Libertad, con autonomía en el ámbito de su competencia responsable de brindar el soporte técnico-pedagógico, institucional y administrativo de las Instituciones Educativas y Programas Educativos del ámbito jurisdiccional, para asegurar un servicio adecuado de calidad con equidad. Artículo 3º. Jurisdicción: El ámbito jurisdiccional de la comprende a la provincia de Otuzco, excepto los distritos de Paranday, La Cuesta y Sinsicap, además los centros poblados de Plazapampa, Pagash Alto, Pagash Bajo del distrito de Salpo y el centro poblado de Samne del distrito de Otuzco. CAPÍTULO II De las Funciones Generales y Base Legal Artículo 4º. Funciones Generales: Son funciones de la las siguientes: a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar dentro del ámbito de la jurisdicción la aplicación de la política y normatividad en materia de educación, cultura y Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 4 -

5 recreación de las instituciones y programas educativos, adecuándolo a las necesidades locales en concordancia con el interés regional y nacional. b) Asegurar y supervisar la prestación de los servicios educativos formales y no formales, que prestan las instituciones y programas educativos en las zonas urbano y rural. c) Coordinar con los gobiernos municipales, instituciones educativas y otras instituciones especializadas públicas y privadas, el establecimiento de programas de prevención y atención integral; así como, programas de bienestar social dirigidos especialmente a la población estudiantil pobre y en extrema pobreza. d) Desarrollar actividades culturales, recreativas y deportivas en instituciones y programas educativos con participación de la comunidad y de instituciones especializadas. e) Asesorar los procesos de diversificar y desarrollo curricular en las instituciones y programas educativos de su ámbito jurisdiccional. f) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica que aporten al mejoramiento de la calidad del servicio educativo. g) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa que ejecuta la Gerencia Regional de Educación La Libertad y la Sede Central del Ministerio de Educación. h) Elaborar, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco con participación de la comunidad organizada. i) Formular proyectos de desarrollo educativo para captar recursos de cooperación local, regional, nacional e internacional. j) Identificar las necesidades de capacitación de personal docente y administrativo y desarrollar programas de capacitación continua; así como evaluar sus resultados y seguimiento continuo. k) Asesorar, supervisar y evaluar la gestión institucional de la Sede de la UGEL Otuzco y de las instituciones y programas educativos del ámbito jurisdiccional. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 5 -

6 l) Modernizar los sistemas de información y comunicaciones, introduciendo tecnologías y la cultura digital en las instituciones y programas educativos a su cargo, con la cooperación de la comunidad organizada. m) Organizar e implementar el funcionamiento del Consejo de Participación Educativa Local a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y control ciudadano. n) Identificar prioridades de inversión que propendan a un desarrollo armónico y equitativo de la infraestructura educativa en su ámbito jurisdiccional y gestionar su financiamiento. o) Formular el presupuesto de la, en coordinación con las instituciones y programas educativos públicos y gestionar su financiamiento local, regional y nacional. p) Administrar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los respectivos sistemas administrativos. Artículo 5º. Base Legal: El Reglamento de Organización de Funciones está sustentado en las siguientes normas legales vigentes: Constitución Política del Perú. Ley N 28044, Ley General de Educación. Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto D.L. Nº 19039, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control. D.S. Nº ED, Creación de las Unidades de Servicios Educativos. D.S. N ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. D.S. Nº ED Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa. D.S. Nº ED que aprueba el Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 6 -

7 D.S. N ED, Adecuase las Unidades de Servicios Educativos, bajo la denominación de Unidades de Gestión Educativa Local. D.S. N PCM, lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública. D.S. N PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPÍTULO I DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA Artículo 6º. La, tiene la siguiente Estructura Orgánica Interna: 01. ORGANO DE DIRECCION Dirección de la 03. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Oficina de Control Institucional 04. ORGANO DE ASESORAMIENTO Oficina de Asesoría Jurídica 05. ORGANO DE APOYO Área de Gestión Administrativa 06. ÓRGANOS DE LÍNEA Área de Gestión Pedagógica Área de Gestión Institucional 08. ORGANO DE PARTICIPACION Consejo Participativo Local de Educación Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 7 -

8 CAPITULO II DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN Artículo 7º. El Órgano de Dirección de la Unidad de Gestión Educativa de Otuzco es la responsable de dirigir, orientar, coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las actividades educativas que le corresponda en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con los lineamientos de política sectorial, hacia el logro de los fines institucionales. Artículo 8º. El Órgano de Dirección está representado por el Director, responsable de dirigir y orientar la aplicación de la política y planes educativos en la jurisdicción. Artículo 9º. El Director de la, es el funcionario de más alto nivel jerárquico en su ámbito jurisdiccional, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a Ley. Sus funciones son las siguientes: a) Dirigir y evaluar la adecuación y aplicación de la política y normatividad del Sector en su ámbito jurisdiccional y liderar el proceso de mejoramiento contínuo de la calidad, equidad y democratización del servicio educativo. b) Conducir y orientar la formulación, implementación y evaluación del Proyecto Educativo Local en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación. c) Conducir e incrementar la productividad y eficiencia de la gestión pedagógica institucional y administrativa de las instituciones educativas de su Jurisdicción. d) Fortalecer el proceso de descentralización de la gestión de las instituciones educativas garantizando su autonomía y participación. e) Coordinar, sobre asuntos de su competencia, con las entidades públicas y privadas que trabajan a favor de la educación, ciencia y tecnología, la cultura, la recreación y el deporte en el ámbito jurisdiccional, mediante la celebración de convenios y/o contratos. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 8 -

9 f) Aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir drásticamente el analfabetismo y apoyar los programas de organización multisectorial de alfabetización. g) Impulsar el funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educación en la, en coordinación con el Gobierno Local a fin de generar acuerdos concertados y promover la participación, vigilancia y el control ciudadano. h) Orientar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto en el ámbito jurisdiccional, en coordinación con las instituciones y programas educativos. i) Evaluar la Gestión Educativa del ámbito, adoptando las acciones preventivas y correctivas pertinentes y presentar los informes de gestión a las instancias correspondientes. j) Promover y realizar acciones de mejoramiento profesional del personal docente y administrativo de su dependencia y de las instituciones y programas educativos. k) Actualizar permanentemente la información sobre la realidad de los estudiantes y corregir situaciones de inequidad educativa por razones de cultura, género, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. l) Identificar prioridades de inversión que propendan a un desarrollo armónico y equitativo de la infraestructura educativa en su ámbito y gestionar su financiamiento. m) Delegar funciones y atribuciones que faciliten y flexibilicen la descentralización de la gestión educativa. DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 10º. La Oficina de Control Institucional es el Órgano de Control de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco, responsable de ejecutar el control gubernamental interno posterior en las diferentes Unidades Orgánicas de la Sede de la Unidad de Gestión Educativa Local y de las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional; cautelando la legalidad, eficiencia, eficacia y economía de sus Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA - 9 -

10 actos y operaciones; así como el logro de sus resultados para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales. Sus funciones son las siguientes: a). Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el Artículo 7 de la Ley y el control externo a que se refiere el Artículo 8 de la Ley, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. b). Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas, que señale la Controlaría General. Alternativamente, estas auditorias podrán ser contratadas por la Entidad con Sociedades de Auditoria Externa, con sujeción al Reglamento sobre la materia. c). Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la Entidad, que disponga la Contraloría General, así como, los que sean requeridas por el Titular de la entidad. Cuando estas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General por el Jefe del Órgano de Control Interno Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones. d). Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de la Entidad con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior. e). Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como, al Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. f). Actuar de oficio, cuando en actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

11 razonables de ilegalidad, de omisión o de cumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes. g). Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y los servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva. h). Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto. i). Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control. j). Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de la entidad. Asimismo, el Jefe del Órgano de Control Institucional y el personal de dicho Órgano colaborarán, por disposición de Contraloría General, en otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad. k). Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de la conforman. l). Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente por la entidad. m). Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General de la República. n). Otras que establezca la Contraloría General de la República. Adicionalmente al cumplimiento de las funciones asignadas, el Órgano de Control Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

12 Institucional ejercerá las atribuciones que le confiere el Artículo 15 de la Ley N 27785, Ley del Sistema Nacional de Control. DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 11º. El órgano de asesoramiento es el Área de Asesoría Jurídica y cumple las siguientes funciones: a) Asesorar y asumir las defensas judiciales preliminares y por delegación del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación. b) Emitir dictamen u opinión legal sobre los recursos de impugnación en asuntos relacionados al servicio del Sector como instancia administrativa, incluyendo la formulación del proyecto de resolución. c) Sistematizar y difundir la legislación educativa en coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica de la Gerencia Regional de Educación. d) Participar en la formulación de proyectos de resoluciones, disposiciones, contratos, convenios y otros actos jurídicos de competencia de la Unidad de Gestión Educativa. e) Absolver consultas de carácter jurídico legal formuladas por las dependencias de la Institución y los usuarios. f) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. DEL ORGANO DE APOYO Artículo 12º. El Área de Gestión Administrativa tiene la responsabilidad de planificar, organizar, dirigir acciones de gestión administrativa, ejecutar el presupuesto y brindar el apoyo administrativo a los órganos de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco. Tiene las siguientes funciones: Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

13 a) Proporcionar oportunamente, los recursos económicos, bienes y servicios que demanden las Instituciones y Programas Educativos a su cargo, en un marco de equidad y transparencia. b) Ejecutar el presupuesto de la de conformidad con las normas legales vigentes. c) Participar en las modificaciones presupuéstales necesarias, en coordinación con el Área de Gestión Institucional. d) Asesorar la gestión administrativa de las Instituciones y Programas Educativos, bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional. e) Elaborar y presentar al Pliego correspondiente el requerimiento presupuestal en los diferentes grupos genéricos de gasto de la Unidad de Gestión Educativa Local para garantizar la disponibilidad oportuna de los recursos presupuéstales. f) Administrar, controlar y evaluar los procesos técnicos de los Sistemas de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal, así como lo relacionado al Equipamiento y Control Patrimonial en la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco. g) Conducir el proceso de evaluación y de ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de la Instituciones o Programa Educativos, en coordinación con la Gerencia Regional de Educación La Libertad. h) Mantener actualizados la base de datos del registro escalafonarios, planillas, el inventario de bienes patrimoniales y el acuerdo documental de la entidad. i) Mantener actualizado el margen de bienes inmuebles, efectuando el saneamiento físico - legal de las Instituciones Educativas de su Jurisdicción que lo requieran. j) Reportar información mensual de los servidores activos y cesantes de sus remuneraciones afectos para su atención en EsSalud a través del Programa de Declaración Telemática (PDT), a cargo de la Unidad de Gestión Educativa Local Otuzco. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

14 k) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. DE LOS ÓRGANOS DE LINEA Artículo 13º. ORGANOS DE LINEA Los Órganos de Línea son los responsables del cumplimiento de las funciones sustantivas de la, están conformadas por el Área de Gestión Pedagógica y el Área de Gestión Institucional. Artículo 14º. DEL AREA DE GESTION PEDAGÓGICA El Área de Gestión Pedagógica es responsable de planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar las acciones técnico-pedagógicas y las relacionadas con el desarrollo de la cultura, la ciencia y la tecnología el deporte y la recreación en el ámbito de su Jurisdicción. Tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa, regional, y nacionales materia de gestión pedagógica en las instituciones educativas, así como evaluar sus resultados. b) Promover y facilitar los procesos de diversificación, desarrollo curricular y uso de materiales educativos. c) Ejecutar programas de actualización y formación continua del personal directivo, docente y administrativo de las instituciones educativas del ámbito jurisdiccional de la. d) Desarrollar y adoptar nuevas tecnologías de comunicación e información para fortalecer el sistema educativo y los procesos del aprendizaje. e) Ejecutar programas y proyectos de inversión experimentación e innovación pedagógica y evaluar su impacto en la comunidad. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

15 f) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa que ejecuta la Gerencia Regional Educación y el Ministerio de Educación. g) Implementar la formación y funcionamiento de Redes Educativas como forma de cooperación entre Instituciones y Programas Educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad. h) Promover y ejecutar en coordinación con las instituciones educativas, estrategias de alfabetización la educación intercultural y programas educativos estratégicos. i) Desarrollar programas de prevención y atención integral de bienestar social para los estudiantes en coordinación con los gobiernos locales e instituciones públicas y privadas, especializadas, dirigidos a la población situación de pobreza y extrema pobreza. j) Formular proyectos de desarrollo educativo para captar recursos de cooperación técnica y financiera de la comunidad local, regional, nacional e internacional. k) Promover y fortalecer centros culturales, bibliotecas, teatros, talleres de arte, deporte, recreación en coordinación con los gobiernos locales y los organismos públicos descentralizados, propiciando la participación de la comunidad. l) Orientar, promover y supervisar que las instituciones educativas de la educación básica y técnico productiva brindan servicios que tengan relación con los requerimientos del desarrollo local y del mercado laboral. m) Cumplir en lo que corresponda con la aplicación de la normatividad educativa teniendo como marco orientador la mejora permanente de la calidad del servicio educativo. n) Monitorear la organización y funcionamiento de los Consejos Educativos Institucionales y las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones y Programas Educativos. o) Asesorar y apoyar la implantación e implementación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

16 p) Emitir opinión técnica en aspecto técnico pedagógico. q) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. Artículo 15º. ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL El Área de Gestión Institucional es responsable de planificar, organizar, dirigir y evaluar los documentos relacionados con la formulación de proyectos, planes estratégicos y presupuesto de la, así como con aspectos de gestión, fortalecimiento institucional y estadística. Tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional, en materia de gestión institucional, así como evaluar sus resultados. b) Formular y evaluar el Proyecto Educativo Local de Otuzco en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación. c) Emitir opinión técnica sobre la creación, ampliación, modificación, traslado, suspensión, reapertura, cambios de nominación de las instituciones educativas y coordinar en los casos de traslado de local, cambio de denominación, transparencia de propiedad de las instituciones educativas privadas. d) Formular, programar y evaluar el presupuesto anual de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco y de las instituciones educativas y gestionar financiamiento en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación. e) Elaborar el calendario de compromisos para garantizar la disponibilidad de fondos. f) Formular, aplicar y evaluar los instrumentos de gestión institucional: Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Manual de Procedimiento Administrativos y otros. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

17 g) Monitorear, asesorar y supervisar a las instituciones educativas en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno y los informes de gestión. h) Promover y proponer en los casos que corresponda la creación y funcionamiento de redes educativas como estrategias de organización y gestión. i) Evaluar el funcionamiento de las Instituciones Educativas con criterios de calidad y pertinencia del servicio. j) Identificar la necesidad real de plazas docentes y administrativas en función a la demanda de la población escolar y sustentarla ante el Órgano Regional competente, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas. k) Racionalizar personal, materiales físicos y tecnológicos en la Unidad de Gestión Educativa Local Otuzco y en las Instituciones Educativas Públicas. l) Organizar, ejecutar y evaluar programas de formación continua en gestión Institucional del personal directivo, profesional, técnico y auxiliar de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco y de las Instituciones Educativas. m) Elaborar y difundir la estadística educativa local construyendo indicadores que definan la calidad y pertinencia del servicio, utilizando modernos sistemas de información. n) Formular, asesorar y concluir proyectos de modernización para el desarrollo educativo, equipamiento y gestionarlos antes las Instituciones de Cooperación Local, Nacional e Internacional. o) Elaborar perfiles de inversión publica de las Instituciones del ámbito de la UGEL Otuzco. p) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento así como participar en su construcción y mantenimiento con el apoyo del Gobierno Local y del Gobierno Regional. q) Identificar y sistematizar las necesidades de infraestructura, mobiliario y equipo de las instituciones educativas del ámbito jurisdiccional. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

18 r) Supervisar la ejecución del plan de mantenimiento de infraestructura, mobiliario y equipo de las Instituciones Educativas e informar semestralmente los avances a la Gerencia Regional de Educación y al Ministerio de Educación. s) Programar y coordinar con la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco, la supervisión de las actividades destinadas a la construcción de infraestructura escolar. t) Formular los perfiles técnicos y realizar el saneamiento legal del terreno e las Instituciones y Programas Educativos. u) Elaborar los perfiles técnicos de las Instituciones Educativas de su jurisdicción y gestionar la viabilidad ante la Oficina de Proyectos de Inversión (OPI) del Gobierno Regional. v) Mantener actualizados la base de datos de los Sistemas encargados (SIRA SIEMED SIED). w) Elaborar y actualizar el Libro de Registros de Inscripción de los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional x) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Artículo 16º. El Órgano de Participación está conformado por el Consejo Participativo Local de Educación (COPALE). Artículo 17º. El Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, en el ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local, así como contribuir a una gestión educativa transparente, ética, moral y democrática. Artículo 18º. El Consejo Participativo Local de Educación es presidido por el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local, e integrado por los representantes de los Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

19 estamentos que conforman la comunidad educativa, de los sectores económicos productivos, de las Municipalidades y de las Instituciones Públicas y Privadas. La Unidad de Gestión Educativa Local realiza la conformación y convocatoria del Consejo Participativo Local de Educación en coordinación con el Gobierno Local. La elección de los miembros del Consejo Participativo Local de Educación se sujeta a las normas emitidas por el Ministerio de Educación. Artículo 19º. Son funciones del Consejo Participativo Local de Educación: a). Canalizar la participación de la comunidad local en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, dentro del marco del Proyecto Educativo Regional. b). Participar en la elaboración y rendición de cuentas del presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, cuidando la transparencia de la gestión educativa. c). Establecer canales permanentes de información y diálogo en materia educativa entre la población y las autoridades educativas locales. d). Apoyar al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local en la promoción y ejecución de políticas de incentivos que promuevan la mejora de la eficiencia en la gestión pedagógica e institucional. e). Cooperar con el desarrollo de los Consejos Educativos Institucionales, de las Instituciones y Programas Educativos en su jurisdicción, favoreciendo sus intercambios y coordinar con el Consejo Local de Educación. f). Opinar sobre las políticas, estrategias de desarrollo local y medidas en favor de la universalidad, equidad y calidad de la educación en su jurisdicción y velar por el cumplimiento de las mismas. g). Promover convenios entre la Unidad de Gestión Educativa Local y las organizaciones locales en beneficio del servicio educativo. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

20 TITULO III DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES Artículo 20º. La para el cumplimiento de sus fines y objetivos, coordina con el Ministerio de Educación, Gobierno Regional La Libertad, Gobiernos Locales, y otros Sectores Públicos y Privados. Artículo 21º. La promueve la cooperación de entidades públicas o privadas locales, regional, nacional o internacional, Organismos No Gubernamentales y otros, para realizar acciones que contribuyan al cumplimiento de sus fines establecidos. TITULO IV DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL Artículo 22º. REGIMEN ECONOMICO Son recursos económicos de la. a). Los montos que les son asignados en cada ejercicio presupuestal conforme a la Ley del Presupuesto de la República y normas reglamentarias. b). Las rentas que producen sus bienes y el monto que le corresponde a los servicios públicos que presta. c). Las donaciones y legados que recibe. d). Cualquier otra fuente que le corresponda conforme a Ley. Artículo 23º. Los bienes de la Unidad de Gestión Educativa Local son: a). Los bienes muebles e inmuebles de la Unidad de Gestión Educativa Local y de las Instituciones y Programas Educativos Públicos del ámbito jurisdiccional. b). Los activos provenientes de inversiones efectuadas con recursos propios. Artículo 24º. REGIMEN LABORAL Los Funcionarios y Servidores de la estarán sujetos al Régimen Laboral y beneficios establecidos en las siguientes normas: Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

21 a). Ley del Profesorado Nº y su modificatoria Ley Nº b). Reglamento de la Ley del Profesorado D.S. Nº ED. c). Ley de bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Decreto Legislativo Nº 276. d). Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones D.S. Nº PCM. TÍTULO V DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y/O FINALES Primero. La, una vez aprobada el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) por el Gobierno Regional La Libertad, queda facultada de implementar la asignación nominal del personal que sea necesario previa evaluación correspondiente y de reubicar al personal que resulte excedente. Segundo. La Derogatoria y/o modificatoria del presente reglamento es potestad del Gobierno Central y/o del Gobierno Regional siempre y cuando la entidad sea declarada en Reorganización o Desactivación. Tercero. Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación a los confortantes de la Unidad de Gestión Educativa Local de Otuzco. Cuarto. El presente documento tendrá vigencia 02 años, pudiendo ser modificado dentro de este periodo de acuerdo a las normas vigentes. Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

22 Anexo 01 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE OTUZCO DIRECCION CONSEJO PARTICIPATIVO DE EDUCACION AUDITORÍA INTERNA ASESORÍA JURÍDICA AREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS CONEI Centro Base EBA Referencias Legales DS. N ED RS. N ED EBR EBE Calle. Bolívar N º 767 Barrio LA ERMITA Ciudad de Otuzco PÁGINA

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