XXII Seminario Internacional de la CNSF Incentivos Fiscales en el Sector Asegurador para su desarrollo. Dr. Fernando Solís Soberón
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- Diego Muñoz Tebar
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1 XXII Seminario Internacional de la CNSF Incentivos Fiscales en el Sector Asegurador para su desarrollo Dr. Fernando Solís Soberón Noviembre 25, 2011
2 Contenido 1 Antecedentes 2 Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vida
3 Antecedentes Sector Asegurador como porcentaje del PIB (países seleccionados) Prim mas / PIB (% %) 10% 9% 8% 7% 8.0% 73% 7.3% EUA Canada 6% 5% España 5.0% 4% 4.1% Chile 3% 2% 1% Año 2.4% 2.0% 1.8% Brasil Colombia Argentina México 3 Fuente: Seguro Iberoamericano FIDES /AMIS y Swiss Re.
4 Antecedentes Penetración de la industria aseguradora % 5.0% % 2.3% 2.3% 2.2% 2.3% 2.2% 2.3% 2.4% 2.5% 2.7% 4.0% 3.0% % 1.6% 1.9% 1.5% 1.7% 1.6% 1.6% 1.8% 1.8% 2.0% 20% 2.0% 1.0% USD % -1.0% % -3.0% -4.0% % México: Primas Per Capita Región: Primas Per Capita México: Primas Totales vs PIB Región: Primas Totales vs PIB 4 Fuente: Análisis del Sector Asegurador Mexicano. Latinoinsurance
5 Antecedentes México, último lugar en escala de incentivos fiscales para el retiro Fuente: Antolín, P. y E.R. Whitehouse (2009), Filling the Pension Gap: Covergage and Value of Voluntary Retirement Savings, OECD 5
6 Tratamiento fiscal internacional del Seguro de Vida (1/3) País / Concepto Deducibilidad de primas Indemnización sobre muerte Acumulación de intereses Diferimiento Argentina Con límites Exenta No acumulable 5 años posteriores Austria Con límites. (Extensivo para esposa y familias con más de 3 hijos) No acumulable No acumulable Sin fecha de caducidad, con un límite del 75% de los ingresos anuales Bélgica Cumpliendo requisitos Puede aplicar impuesto a la herencia No especifica Todas las pérdidas fiscales deben ser diferidas sin límite de tiempo Se considera Brasil No indemnización y no es acumulable Sin restricción No acumulable temporal. Se limita al 30% del ingreso acumulable Canadá No Generalmente no acumulable No acumulable 10 años para pérdidas entre 2004 y 2005, 20 años para después de Chile Con excepciones No acumulable al cumplir ciertos requisitos No acumulable al cumplir ciertos requisitos Finlandia Con limites No acumulables No acumulables 10 años Francia Limitado a ciertas primas Se acumula al rebasar cierto nivel en euros No acumulable durante la vigencia del contrato Sin periodo de tiempo definido Pérdidas netas de largo plazo por 10 años
7 Tratamiento fiscal internacional del Seguro de Vida (2/3) 7 País / Concepto Alemania Deducibilidad de primas Limitado a ciertos montos Indemnización sobre muerte Puede aplicar impuesto a la herencia Acumulación de intereses No especifica India Hasta cierto límite No acumulables No acumulables Irlanda Con ciertos requisitos Italia Sin exceder cierto límite. Exenta Japón Corea Con límites en monto. Con límites en monto. Generalmente no acumulables en los nuevos negocios Aplica impuesto a la herencia Aplica impuesto a la herencia Sin impuesto para los nuevos negocios Diferimiento Restringido a ciertas cantidades en euros 8 años, sujeto a cumplir ciertas condiciones Sin restricción Temporal Ingresos de capital 5 años para tienen una tasa del impuestos 12.50% corporativos No acumulable No acumulable Holanda Anual limitado en monto. No acumulable No especifica Portugal Turquía Hasta ciertos límites Hasta ciertos límites Aplican ciertos impuestos Acumulables luego de exceder ciertos topes No acumulables No acumulables durante la vigencia de la póliza 7 años de manera prospectiva 5 años de manera prospectiva p 9 años hacia adelante No especifica 5 años consecutivos
8 Tratamiento fiscal internacional del Seguro de Vida (3/3) 8 País / Deducibilidad de primas Indemnización sobre Acumulación de intereses Diferimiento Concepto muerte Rusia Si No acumulable bajo ciertos Acumulable al pagar al 10 años requisitos asegurado Singapur Con ciertos límites Diferentes reglas aplican según la situación No acumulable Ilimitado prospectivamente con requisitos Sudáfrica No acumulable Cumpliendo reglas De manera No acumulable para el específicas prospectiva asegurado España No Sujeto al No acumulables impuesto a la hasta el pago herencia 15 años Acumulables Suiza Hasta cierto límite con tasas especiales No acumulables No especifica Impuesto a la Sin límite Gran Exento para No herencia puede temporal Bretaña ciertos casos aplicar prospectivo Uruguay No se acumulan los ingresos Personales No se acumulan los ingresos personales No se acumulan los ingresos personales No especifica Acumulable uabesoloo No acumulableu ab Prospectivamente e te Estados No Unidos México No. (Seguro individual) Si. (Empresas) hasta recuperar la totalidad de la inversión cumpliendo requisitos hasta por 15 años Exento con ciertas reglas. Si, en términos reales. Sí, solo en PPR s.
9 Incentivos Fiscales Impuesto sobre la Renta Deducción Deducción Gastos que permiten disminuir la base gravable sobre la cual se determina el impuesto. Exención Exención Aquellos ingresos que no están sujetos al pago de impuestos. Dife erimiento Diferimiento Ingresos por los cuales no se retiene un impuesto o se efectúa el pago de manera posterior. 9
10 Incentivos Fiscales Impuesto al Consumo Exento IVA Exento IVA No se cobra el Impuesto al Valor Agregado, no pudiendo acreditarse Tasa Cero Tasa Cero Se aplica la tasa cero porciento pudiendo acreditarse. 10
11 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto sobre la Renta Morales Físicas Físicas con actividad empresarial Aplicable al interés Art 20 frac VII LISR Son acumulables los recursos por los pagos que haga la Aseguradora para indemnizar al asegurado por la pérdida de sus bienes. Art 31 frac XII LISR Serán deducibles las primas de seguro de vida que otorguen a sus trabajadores siempre que se den a la muerte de éste o por invalidez o incapacidad. De igual forma los seguros de gastos médicos en beneficio de los trabajadores. 11 Art 31 frac XIII LISR Por las primas que se paguen por los seguros que se encuentren obligados a contratar siempre que no existan prestamos que se otorguen bajo su vigencia utilizando como garantía la suma asegurada, las primas pagadas o las reservas matemáticas.
12 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto sobre la Renta Morales Físicas Físicas con actividad empresarial Aplicable al interés Art 109 frac III LISR Art 109 frac IV LISR Pagos por jubilaciones, pensiones o retiros siempre que no excedan de 9 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, por el excedente se pagará el impuesto. Los percibidos por reembolsos de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral. 12 Art 109 Los pagos que efectúen las Aseguradoras respecto al riesgo frac XVII amparado por pólizas contratadas y siempre que no se trate de LISR seguros relacionados con activos fijos, así mismo en caso de que el riesgo amparado sea la supervivencia del asegurado no se pagará el impuesto siempre que la indemnización se de cuando éste llegue a la edad de 60 años y además hubieren transcurrido al menos cinco años desde su contratación.
13 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto sobre la Renta Morales Físicas Físicas con actividad empresarial Aplicable al interés Art 109 frac XVII LISR Así mismo las indemnizaciones por concepto del seguro de vida, siempre que se den por muerte, invalidez o incapacidad del asegurado para realizar un trabajo personal siempre que la prima sea pagada por el patrón a sus trabajadores. Los beneficiarios tendrán que ser cónyuge, concubina, ascendiente o descendiente. Art 176 frac VI LISR Serán deducibles las primas por seguros de gastos médicos siempre que sea el beneficiario el contribuyente, su cónyuge o con quien viva en concubinato, ascendientes y descendientes en línea recta. 13
14 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto sobre la Renta Morales Físicas Físicas con actividad empresarial Aplicable al interés Art 121 frac III LISR Las cantidades que se recuperen por pérdida de bienes afectos a la actividad. Art 125 Primas pagadas por conceptos deducibles en la Ley y que no frac V se obtengan préstamos con garantía de la suma asegurada, LISR primas pagadas por reservas matemáticas. Art 142 frac V LISR físicas con ingresos por arrendamiento Prima por seguro respecto al bien materia del arrendamiento 14
15 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto sobre la Renta Morales Físicas Físicas con actividad empresarial Aplicable al interés Art 176 frac V LISR Tratamiento aplicable al interés que se genera en productos de seguros Se hace una reinversión del interés y se hace una retención al pago siempre que se cumpla con lo previsto en la Ley, en retiros anticipados se hace una retención tanto de la inversión como de su interés de un 20% En los seguros de vida con componente de ahorro la retención por éste último concepto se hará al momento del retiro. 15 Las modificaciones respecto al tratamiento de éste tipo de interés proveniente de algún concepto de seguro se hará hasta el 1º de enero del 2013
16 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto al Valor Agregado Exento IVA Tasa Cero Art 15 Frac IX LIVA Seguros contra riesgos agropecuarios Seguros que cubran el incumplimiento i de deudores d de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria respecto a la ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación Seguro de garantía financiera por incumplimientos de emisores de valores relacionados con casa habitación 16 Seguros de vida que cubran riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones así como las comisiones a los agentes que los hayan intermediado.
17 Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y retenciones de seguros Ley de Impuesto al Valor Agregado Exento IVA Tasa Cero Art 29 Frac IV Inciso e LIVA El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país por concepto de seguros y reaseguros. 17
18 Incertidumbre y riesgos de la reforma a los intereses devengados Antecedente Implicaciones Propuesta de modificación al cálculo, retención y entero de los intereses devengados que impactan al sector asegurador versus Bancos y empresas del sector financiero. Existe una Imposibilidad técnica, práctica y operativa para su aplicación en particular para el sector asegurador, ya que plantea un nuevo esquema de retención para que aplique a cierto componente de los seguros de vida (componente de ahorro de las primas), sin que éste pueda identificarse legalmente. Modifica totalmente el esquema actual previsto en la LISR para los seguros de supervivencia que está basado en los principios contingentes relacionados con la mutualidad (artículo 158 LISR). iesgo Ri Riesgo Impacto desfavorable al estímulo de ahorro a largo plazo previsto por el artículo 218, al eliminar los beneficios de diferimiento de impuestos en la parte correspondiente a los intereses. 18
19 Contenido 1 Antecedentes 2 Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vida
20 Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vida Deducibilidad de primas de seguro de vida De: Las primas de seguro que cubren el fallecimiento de las personas no son deducibles para las personas físicas (en personas morales sí como previsión social). A: Reforma que permita la deducción de las primas de seguro de vida individuales para las personas físicas que cubran el riesgo de fallecimiento. Incentivar el ahorro a largo plazo. Beneficios Fomentar el crecimiento, estabilidad y fortalecimiento del sector asegurador y de la economía del país. Beneficios Apoyo al Gobierno Federal en el cumplimiento de sus obligaciones de previsión social. 20
21 Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vida Planes Personales de Retiro (PPR) De: Se otorga una deducción general para las aportaciones a PPR. A: Elevar los montos de deducción que anualmente se pueden establecer. Limitado en cuanto a monto. Limitado respecto a las personas que pueden hacer uso de la deducción (personas que presentan declaración anual). Crear mecanismos para que las personas que no presenten declaración anual puedan tener acceso a este tipo de incentivos. 21
22 Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vida Ahorro a largo plazo/planes privados de pensiones De: Los estímulos actuales están ligados al diferimiento de impuestos y son limitados en cuanto a su monto (artículo 218 LISR). La reforma propuesta los elimina. A: Establecer incentivos de deducción de impuestos para planes de seguros ligados a objetivos de ahorro a largo plazo. Elevar los límites de inversión que pueden estar sujetos al estímulo que se plantea. Hacer extensivo el estímulo para personas que no presentan declaración anual. 22 Castigar la salida de recursos con anterioridad a la llegada de la edad de retiro.
23 XXII Seminario Internacional de la CNSF Incentivos Fiscales en el Sector Asegurador para su desarrollo Dr. Fernando Solís Soberón Noviembre 25, 2011
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