Núm. 160 Lunes, 27 de agosto de 2012 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS

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1 Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 sumario boltín oficial d la provincia cv: BOPBUR I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS OFICINA DE EXTRANJEROS Rsolución d xpdints n matria d xtranjría 4 SECRETARÍA GENERAL Notificacions pndints 5 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Comisaría d Aguas Concsión d un aprovchaminto d aguas subtrránas con dstino a rigo n l término municipal d Villalba d Duro (Burgos) 6 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE BURGOS Notificación d actas d liquidación infracción 7 Sancions Notificación d rsolucions sancionadoras 9 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Oficina Trritorial d Trabajo Convnio colctivo para la actividad d comrcio d alimntación mayoristas d colonials, dtallistas d ultramarinos, suprmrcados y autosrvicios 10 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

2 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 sumario III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA Y TURISMO Aprobación d la Mustra Provincial d Coros Burgalss Aprobación d la Mustra Provincial d Coros Parroquials Aprobación d las bass d la Mustra d Art AYUNTAMIENTO DE BURGOS SERVICIO DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL, SANIDAD Y MEDIO AMBIENTE Notificación d los pligos d cargos d xpdints sancionadors 47 AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE ARANDA Aprobación inicial dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación provisional d modificación d las ordnanzas rguladoras dl impusto d bins d naturalza rústica, d la tasa d abastciminto d agua y dl IVTM 50 Cunta gnral dl jrcicio d AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO Dlgación d funcions d la Alcaldía 52 AYUNTAMIENTO DE ROYUELA DE RÍO FRANCO Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d AYUNTAMIENTO DE SOTILLO DE LA RIBERA Aprobación provisional d la ordnanza fiscal rguladora d la tasa por utilización privativa o l aprovchaminto spcial d los bins d dominio público municipal 55 AYUNTAMIENTO DE VILLANGÓMEZ Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d AYUNTAMIENTO DE VILLAVERDE DEL MONTE Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d JUNTA VECINAL DE VIVAR DEL CID Subasta para la adjudicación d varios lots d fincas rústicas 60 MANCOMUNIDAD RÍOS ARLANZÓN Y VENA Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

3 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 sumario VI. ANUNCIOS PARTICULARES NOTARÍA DE DON JESÚS SÁNCHEZ VIGIL DE LA VILLA Iniciación d acta d notoridad por dfcto d cabida d una finca sita n Punt Arnas - Mrindad d Valdivilso (Burgos) 63 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

4 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS OFICINA DE EXTRANJEROS cv: BOPBUR A tnor d lo dispusto por l artículo 59.5 d la Ly 30/92, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común («Boltín Oficial dl Estado» dl 27) y para qu sirva d notificación a los intrsados rlacionados, ant l rsultado ngativo d la practicada n l domicilio rsñado, s hac público qu sta Subdlgación dl Gobirno dictó rsolución n l xpdint qu s sigu y obra n la Oficina d Extranjros, call Vitoria 34, n la qu pud comparcr, por sí o por mdio d rprsntant, para conociminto d su contnido íntgro. Al mismo timpo s advirt a los intrsados dl drcho qu ls asist a formular rcurso n l plazo d dos mss ant l Juzgado d lo Contncioso-Administrativo d Burgos. INTERESADO EXPTE. RESOLUCIÓN EXTRANJERÍA LYNDA CHINEDU PHILLIPS EXPEDIENTE SANCIONADOR EXTRANJERÍA MULTA HILDA CARMEN GONZÁLEZ GONZÁLEZ EXPEDIENTE SANCIONADOR EXTRANJERÍA MULTA IMANE BOUAZDAYENE EXPEDIENTE SANCIONADOR EXTRANJERÍA MULTA APOLIANA CORDEIRO CAVALCANTE EXPEDIENTE SANCIONADOR EXTRANJERÍA MULTA Burgos, a 7 d agosto d El Subdlgado dl Gobirno, José María Arribas Andrés diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

5 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS SECRETARÍA GENERAL cv: BOPBUR Habindo rsultado imposibl fctuar las prsnts notificacions n l domicilio d los intrsados, s procd conform a lo dispusto n los artículos 58, 59, 60 y 61 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común, a fctuar las mismas a través d dictos n l «Boltín Oficial» d la provincia, pudindo formular algacions o proponr prubas, si lo stiman convnint, n l plazo d quinc días a contar dsd la publicación dl prsnt anuncio. S notifica la fas dl procdiminto sancionador qu s indica, l cual s ncuntra n l Dpartamnto d Sancions d la Subdlgación dl Gobirno. N.º xpt. Fas Nombr y apllidos Idntif. Domicilio/Localidad Prcpto infringido Sanción propusta 1335/2012 Acurdo d iniciación Iván Ajo Marquina D C/ Grupo Jardín d Zorroza 6 3 C Éibar (Guipúzcoa) Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana Incautación y dstrucción d sustancia 1479/2012 Acurdo d iniciación Evaristo Pérz Ramos S C/ Santiago 60 7 D Burgos Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana 330,57 y dstrucción d sustancia 1485/2012 Acurdo d iniciación Rubén Borja Lobato G C/ Orfón Arandino 6 3.º 4.º D Aranda d Duro (Burgos) Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana Incautación y dstrucción d sustancia 1486/2012 Acurdo d iniciación Albrto Ondro Pamparacuatro Z C/ Humildad 10 Villafranca d Duro (Valladolid) Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana Incautación y dstrucción d sustancia 1496/2012 Acurdo d iniciación Danil Molinro Romro M C/ Doña Brngula 10 4 A Burgos Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana 60,10 y dstrucción d sustancia Burgos, a 8 d agosto d El Subdlgado dl Gobirno, José María Arribas Andrés diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

6 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO cv: BOPBUR MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Comisaría d Aguas Rsolución dl xpdint d concsión d un aprovchaminto d aguas subtrránas, d rfrncia CP-673/2011-BU (Albrca-INY), con dstino a rigo n l término municipal d Villalba d Duro (Burgos). Examinado l xpdint incoado a instancia d don Ignacio Olalla Caballro ( R) y doña Batriz Olalla Caballro ( Z) solicitando la concsión d un aprovchaminto d aguas subtrránas procdnts d la Unidad Hidrogológica 02.09: Burgos-Aranda, n l término municipal d Villalba d Duro (Burgos), por un volumn máximo anual d 1.897,48 m 3, un caudal máximo instantáno d 0,55 l/s, y un caudal mdio quivalnt d 0,18 l/s, con dstino a rigo, sta Confdración Hidrográfica dl Duro, n virtud d la comptncia otorgada por l Ral Dcrto Lgislativo 1/2001, d 20 d julio, por l qu s apruba l txto rfundido d la Ly d Aguas, y d acurdo con l vignt Rglamnto dl Dominio Público Hidráulico, ha rsulto, con fcha 30/07/12, l otorgaminto d la concsión d aguas subtrránas, con las caractrísticas principals qu s rsñan a continuación: Otorgar la concsión d aguas subtrránas, d acurdo con las caractrísticas y condicions qu figuran n la rsolución dl xpdint rfrnciado, y cuyas caractrísticas dl drcho son: Titulars: D. Ignacio Olalla Caballro ( R) y D.ª Batriz Olalla Caballro ( Z). Tipo d uso: Rigo (0,3227 hctáras d cultivos hrbácos). Uso consuntivo: Sí. Volumn máximo anual (m 3 ): 1.897,48. Caudal máximo instantáno (l/s): 0,55. Caudal mdio quivalnt (l/s): 0,18. Procdncia d las aguas: Unidad Hidrogológica 02.09: Burgos-Aranda. Plazo por l qu s otorga: 50 años dsd la rsolución d concsión. Título qu ampara l drcho: Rsolución d concsión administrativa. El contnido íntgro d la rsolución d concsión pud conocrs accdindo al corrspondint xpdint concsional qu s ncuntra archivado n las oficinas d sta Confdración Hidrográfica, o a través d la página wb (Inicio/Tramitación/Rsolucions d concsión). Valladolid, a 30 d julio d El Jf d Ára d Gstión dl D.P.H., Roglio Anta Otorl diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

7 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE BURGOS cv: BOPBUR En sta Inspcción Provincial d Trabajo y Sguridad Social han sido dvultas por l Srvicio d Corros, por divrsas causas, las notificacions d las actas más adlant rsñadas, cursadas mdiant crtificado con aviso d rcibo. D conformidad con lo dispusto n l art d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común (B.O.E. d ), y para qu sirva d notificación a los fctos lgals, s rlacionan a continuación para su insrción n l «Boltín Oficial» d la provincia, figurando númro dl acta, nombr dl/los sujto/s intrsado/s, domicilio import n uros. D liquidación d cuotas infracción coordinada. ACTA/S SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN DISLA GUZMÁN, RAFAEL - CALLE VITORIA, 202, PISO 10, PUERTA B, BURGOS 156, METALÚRGICA TOGAR, S.L. - POLÍGONO EL CLAVILLO, CARRETERA VILLARIEZO, NAVE 35, VILLARIEZO 1.699,59 I ,00 - Sanción no pcuniaria INVERSIONES INMOBILIARIAS GESTEMAD, S.L. - CALLE VITORIA, 196, BURGOS 1.711,25 I ,00 - Sanción no pcuniaria ELEMENTOS PRECONSTRUIDOS, S.L. - POLÍGONO INDUSTRIAL EL CLAVILLO, NAVE 1, 2.056,06 I C/ RÍO OCA, 6, VILLARIEZO 3.126,00 - Sanción no pcuniaria TSVETANOVA LILOVA, POLINA - CALLE CANTARES, 2, BLOQUE A, PISO 1, PUERTA B, 204,40 I ARANDA DE DUERO 102,20 D infracción n matria d mplo y xtranjros. ACTA/S SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN I AHMED, IMRAN - AVENIDA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, 46, PISO 1, PUERTA A, BURGOS ,06 D infracción n matria d Sguridad Social. ACTA/S SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN I AHIDAR, ABDELGHAFOUR - CALLE MARÍA DE LA TORRE, 3, PISO 3, COLMENAR VIEJO Sanción no pcuniaria I BAALI, RACHID - CALLE AMPARO, 50, PISO 2, PUERTA E, MADRID Sanción no pcuniaria I EL MEZIANI TACHFINT, RACHID - PASEO DELICIAS, 123, PISO 2, PUERTA F, MADRID Sanción no pcuniaria diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

8 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 ACTA/S SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN I AGLILAH MARZOUK, SAIDI - CALLE CHILE, 2, PISO 2, PUERTA D, SOTO DEL REAL Sanción no pcuniaria I DISLA GUZMÁN, RAFAEL - CALLE VITORIA, 202, PISO 10, PUERTA B, BURGOS Sanción no pcuniaria I LORENZO MONTERO, JOSÉ MANUEL - CALLE CAMINO DEL MOLINO, 26, PISO BJ., CASTAÑARES 3.126,00 - Sanción no pcuniaria I GONZÁLEZ SÁNCHEZ, ÁNGEL - AVENIDA DEL ARLANZÓN, 40, PISO 6, PUERTA B, BURGOS 626,00 I CUBIERTAS Y FACHADAS VENTILADAS SOTO, S.L.U. - CALLE VELA ZANETTI, 26, PISO 1, PUERTA A, BURGOS 1.250,00 I NETO CARVALHO, HUMBERTO JESÚS - CALLE GREGORIO SOLABARRIETA, 3, PISO 3, PUERTA IZDA. Sanción no MIRANDA DE EBRO pcuniaria I CARVALHO, FIDEL DOS ANJOS - CALLE GREGORIO SOLABARRIETA, 3, PISO 3, PUERTA IZDA ,00 - Sanción MIRANDA DE EBRO no pcuniaria D infracción por obstrucción n matria d rlacions laborals. ACTA/S SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN I MUEBLES ORDUNTE, S.L. - CARRETERA BILBAO REINOSA, KM. 44, VALLE DE MENA 626,00 D infracción por obstrucción n matria d Sguridad Social. ACTA/S SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN I TSVETANOVA LILOVA, POLINA - CALLE CANTARES, 2, BLOQUE A, PISO 1, PUERTA B, ARANDA DE DUERO 626,00 I CARVALHO, FIDEL DOS ANJOS - CALLE GREGORIO SOLABARRIETA, 3, PISO 3, PUERTA IZDA. 626,00 MIRANDA DE EBRO Frnt a las rfridas actas, y n los plazos lgalmnt stablcidos, los intrsados podrán formular, ant l órgano comptnt para ralizar los actos d instrucción y ordnación dl procdiminto sancionador, las algacions qu stimn prtinnts n dfnsa d su drcho, para lo cual s ncuntran a la vista d los intrsados n la sd d sta Inspcción Provincial d Trabajo y Sguridad Social, Avda. d la Paz, Burgos. Burgos, a 8 d agosto d La Jfa d la Inspcción Provincial d Trabajo y Sguridad Social, Btina Ruiz Valdizán diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

9 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE BURGOS Sancions cv: BOPBUR D acurdo con lo dispusto n l númro 4 dl artículo 59 d la Ly 30/92, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común (B.O.E ), s hac sabr a los intrsados abajo rlacionados qu s han dictado rsolucions sancionadoras n los xpdints qu s sñalan y qu no han podido sr comunicadas por ausncia, ignorado paradro o rhusado. El import d las sancions pud hacrs fctivo por los mdios lgalmnt stablcidos o bin intrponr los rcursos procdnts, para lo cual los xpdints s ncuntran a la vista d los intrsados n la sd d sta Inspcción Provincial d Trabajo y Sguridad Social, Scción d Sancions, sita n la avnida La Paz, 24 C, Burgos, n l plazo d un ms contado a partir dl día siguint a la fcha d sta publicación, con la advrtncia d qu, transcurrido dicho plazo sin habrs fctuado l pago o intrpusto l corrspondint rcurso, las rsolucions srán rmitidas para su cobro por vía jcutiva. Emprsa Domicilio N.º acta infr. Infracción Import José Luis Méndz Abián C/ Luis Crnuda, 9-3.º Izd (Burgos) I Obst. 626,00 Blázquz Ubirna, S.L. C/ Frnando d Rojas, 6, (Burgos) I Obst. 626,00 José Ignacio Pláz Bartolomé C/ Arriba, 25, Quintanapalla (Burgos) I S. Social 6.251,00 Burgos, a 7 d agosto d La Jfa d la Inspcción Provincial d Trabajo y Sguridad Social, Btina Ruiz Valdizán diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

10 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Oficina Trritorial d Trabajo cv: BOPBUR Rsolución d fcha 7 d agosto d 2012 dl Jf d la Oficina Trritorial d Trabajo d Burgos, por la qu s dispon l rgistro y publicación dl convnio colctivo provincial d Burgos, para la actividad d comrcio d alimntación mayoristas d colonials, dtallistas d ultramarinos, suprmrcados y autosrvicios. Código Convnio Visto l txto dl convnio colctivo provincial d Burgos, para la actividad d comrcio d alimntación mayoristas d colonials, dtallistas d ultramarinos, suprmrcados y autosrvicios suscrito l día 21 d junio d 2012, d una part, por rprsntants d los mprsarios d la Fdración d Emprsarios d Comrcio d Burgos, y d otra, por rprsntants d las Cntrals Sindicals CC.OO. y U.G.T., prsntado n sta Oficina Trritorial, por mdios lctrónicos, l día 6 d julio d 2012, d conformidad con lo dispusto n l art y 3 dl R.D. Lgislativo 1/1995, d 24 d marzo, qu apruba l txto rfundido d la Ly dl Estatuto d los Trabajadors, n rdacción dada por la Ly 3/2012, d 6 d junio, d mdidas urgnts para la rforma dl mrcado laboral, n l R.D. 713/2010, d 28 d mayo, sobr Rgistro y Dpósito d Convnios y Acurdos Colctivos d Trabajo (B.O.E. 12/06/2010), R.D. 831/95, d 30 d mayo, sobr traspaso d funcions y srvicios d la Administración dl Estado a la Comunidad d Castilla y Lón n matria d Trabajo y Ordn d 21 d novimbr d 1996 (BOCyL 22/11/1996) d las Consjrías d Prsidncia y Administración Trritorial y d Industria, Comrcio y Turismo, por la qu s dfinn las funcions d las Oficinas Trritorials d Trabajo. Esta Oficina Trritorial d Trabajo acurda: Primro: Ordnar su inscripción n l Rgistro d Convnios d st Organismo, con notificación a la Comisión Ngociadora. Sgundo: Disponr su publicación n l «Boltín Oficial» d la provincia d Burgos. Burgos, a 7 d agosto d El Jf d la Oficina Trritorial d Trabajo, Antonio Corbí Echvarrita * * * diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

11 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA ACTIVIDAD DE COMERCIO DE ALIMENTACIÓN CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.º Parts contratants. El prsnt convnio s concirta dntro d la normativa vignt, ntr las rprsntacions d los mprsarios prtncints a la Fdración d Emprsarios d Comrcio d Burgos y d los trabajadors prtncints a las cntrals sindicals CC.OO. y U.G.T., sindicatos más rprsntativos a nivl provincial. Artículo 2.º Ámbito trritorial. Est convnio colctivo d trabajo obliga a todas las mprsas, prsnts y futuras, cuyos cntros d trabajo radiqun n Burgos capital y provincia, aun cuando las mprsas tuviran su domicilio social n otra provincia. Artículo 3.º Ámbito funcional. Los prcptos d st convnio obligan xclusivamnt a las mprsas cuya actividad xclusiva, principal o prdominant sa la d comrcio al por mayor o mnor d todo tipo d productos dstinados a la alimntación d las prsonas, con xcpción d aqullas qu tngan convnio stablcido, cualquira qu sa su ámbito y vigncia. Sin ánimo d xhaustividad a continuación s rlacionan algunas d las actividads incluidas dntro dl ámbito d aplicación dl prsnt convnio colctivo: Ultramarinos, autosrvicio, pquño suprmrcado, frutría, carnicría, pscadría, pollría, huvría, charcutría, lchría, qusría, ncurtidos, frutos scos, golosinas y conglados. Artículo 4.º Ámbito prsonal. El prsnt convnio afctará a la totalidad dl prsonal qu durant su vigncia trabaj bajo la dpndncia d las mprsas ncuadradas dntro dl ámbito trritorial y funcional sin más xcpcions qu las qu sñala l artículo 1 dl R.D. Lgislativo 1/95, d 24 d marzo, por l qu s apruba l txto rfundido dl Estatuto d los Trabajadors. Artículo 5.º Vigncia y duración. El prsnt convnio ntrará n vigor tras su publicación n l «Boltín Oficial» d la provincia y surtirá fctos conómicos dsd l 1 d nro d Su duración srá d cuatro años, finalizando l 31 d dicimbr d El prsnt convnio s ntndrá tácitamnt dnunciado a su vnciminto, lo qu s pacta a los fctos prvistos n l artículo 85.3.d) dl R.D. Lgislativo 1/95, d 24 d marzo, por l qu s apruba l txto rfundido dl Estatuto d los Trabajadors. Est convnio mantndrá su vigncia mintras no sa sustituido por otro. Artículo 6.º Compnsación y absorción. Todas las mjoras pactadas n st convnio sobr las strictamnt rglamntarias, podrán sr absorbidas y compnsadas hasta dond alcancn por las rtribucions d cualquir clas qu tuviran stablcidas las mprsas, así como los incrmntos futuros d caráctr global qu s stablzcan, todo llo sin prjuicio d lo dispusto n la disposición transitoria sgunda. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

12 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Artículo 7.º Garantía «ad prsonam». S rsptarán, asimismo, las situacions prsonals qu con caráctr global xcdan dl pacto, mantniéndos strictamnt «ad prsonam», todo llo sin prjuicio d lo dispusto n la disposición transitoria sgunda. Artículo 8.º Vinculación a la totalidad. Las condicions pactadas forman un todo orgánico indivisibl, y a fctos d su aplicación práctica y posibl absorción, srán considradas globalmnt n su stimación conómica anual. CAPÍTULO II. RETRIBUCIONES Artículo 9.º Salarios y rvisión salarial. S abonarán mnsualmnt dntro d los cuatro días naturals siguints a su dvngo, n l modlo oficial. Para l año 2011 los salarios pactados son los qu s rfljan n las tablas salarials corrspondints al año 2010, ya qu la subida salarial para dicho año s dl 0%. S adjuntan a fctos informativos las tablas para l año Para los años 2012 y 2013 los salarios srán los qu figuran n las tablas salarials adjuntas y qu rsultan d aplicar una subida a cada uno d dichos jrcicios dl 1%. Sólo n caso d qu l IPC ral rgistrado n España, acumulado durant l priodo 1/1/2011 a 31/12/2013 sa suprior al 6%, las tablas dl año 2013 srán rvisadas incrmntadas n un 0,75%. Esta posibl rvisión, si finalmnt s llvas a fcto, srá tnida n cunta para dtrminar las tablas d En caso d qu procdira sta rvisión para l año 2013, s gnrarán atrasos pagadros dsd l 1/1/2013 al 31/12/2013. Las tablas salarials para l año 2014 srán l rsultado d aplicar a las tablas salarials d 2013, n su caso rvisadas, l porcntaj qu rsult sr l IPC ral dl año Así, una vz conocida sta magnitud y la posibl rvisión salarial dl párrafo antrior, s laborará la tabla salarial para 2014, la cual srá dfinitiva, sin qu qupa rvisión salarial alguna sobr la misma. Artículo 10.º Complmntos salarials. Complmnto prsonal d antigüdad consolidada: Est concpto qudó suprimido d forma dfinitiva, tanto n sus aspctos normativos como rtributivos, a partir dl 31 d dicimbr d 1998 «Boltín Oficial» d la provincia d 4 d junio d 1998 mdiant la oportuna compnsación conómica, qu s intgró n l rcibo d salarios bajo la dnominación d «antigüdad consolidada». Dicho concpto no s compnsabl o absorbibl, ni participa n los incrmntos salarials qu s pactn n convnio colctivo. En conscuncia, ningún incrmnto d la antigüdad consolidada, ni dvngo d nuvas antigüdads podrán drivars dl prsnt convnio. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

13 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Nocturnidad: Las horas trabajadas ntr las 22 horas y las 6 horas prcibirán un plus d nocturnidad, consistnt n l incrmnto dl 25% dl salario bas, salvo qu l trabajo sa nocturno por su propia naturalza. Dscunto n compras: Los trabajadors tndrán drcho a disfrutar d un dscunto d al mnos un 5% sobr las compras qu ralicn n los stablcimintos d la mprsa, qu ésta dsign. Plus d adaptación profsional: S stablc st plus, con objto d qu l prsonal mantnga una prmannt adaptación a los rqurimintos d su pusto d trabajo a nivl formativo. Para tnr drcho a prcibir st complmnto s ncsario qu l trabajador haya agotado sus posibilidads d promoción profsional, por ncontrars n l nivl profsional suprior al qu pud accdr por l transcurso dl timpo y la ralización d la formación ncsaria, la cual srá provista, por las mprsas, d acurdo con la promoción profsional stablcida n l prsnt convnio. Al margn d la prtnncia al nivl profsional qu s indica n l párrafo antrior, para gnrar l drcho a rcibir st plus srá ncsario acrditar documntalmnt habr rcibido al mnos 20 horas d formación prsncial n l año inmdiatamnt antrior. La formación rcibida dbrá tratar conocimintos y matrias rlacionadas con las actividads y habilidads propias dl pusto d trabajo. A fctos d dtrminar la formación hábil s stará a lo stablcido n los artículos rguladors d la formación y la promoción profsional. El cómputo dl plazo para rcibir dicha formación comnzará l 1 d nro d 2008, d manra qu srá ncsario rcibir 20 horas d formación ants dl 1 d nro d 2009 para prcibir l plus durant todo l año Est plus s tmporal y no consolidabl, d forma qu s prcibirá únicamnt durant l año inmdiatamnt postrior al qu s hayan rcibido las horas d formación rquridas, prdiéndos inxorablmnt al finalizar l año natural; todo llo sin prjuicio d la posibilidad d gnrar st plus todos los años d st convnio si s cumpln los rquisitos stablcidos. El import dl plus srá l 1% d su salario bas anual, prorratado n las 15 pagas. Nadi stará obligado a rcibir la formación ncsaria para la gnración d st plus. La formación qu haya sido mplada por l trabajador para obtnr una promoción profsional no srá válida a los fctos d gnrar st plus. Ditas: Todos aqullos trabajadors qu por ncsidads d srvicio y por ordn d la mprsa tngan qu fctuar viajs y dsplazamintos a poblacions distintas d aqullas a dond radiqu la mprsa dbrán prcibir una compnsación n concpto d ditas por un import d 45 uros cuando s trat d dita complta y d 25 uros por mdia dita. No incluy prnocta. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

14 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Plus d dsplazaminto: Los trabajadors qu prstn srvicios n polígonos industrials prcibirán como complmnto por st concpto la cantidad d 3,5 uros por día trabajado durant la vigncia dl convnio. Artículo 11.º Gratificacions xtraordinarias. Con l caráctr d complmnto salarial s abonarán trs gratificacions xtraordinarias n Navidad, Vrano y Bnficios, n la cantidad d una mnsualidad dl salario bas d st convnio más la antigüdad consolidada cada una d llas. La paga d Vrano srá abonada ants dl día 20 dl ms d julio, la d Navidad ants dl 20 d dicimbr d cada año y la d Bnficios ants dl 30 d marzo dl año siguint. Srán calculadas conform a los nuvos salarios pactados n st convnio, más los aumntos priódicos por años d srvicio. Estas pagas tndrán caráctr anual, salvo qu sus mprsas tngan stablcida una fórmula distinta d liquidación, corrspondindo a los trabajadors qu s incorporn o csn durant los años d vigncia d st convnio las parts proporcionals corrspondints a las mismas. CAPÍTULO III. JORNADA LABORAL Y VACACIONES Artículo 12.º Jornada laboral. La jornada máxima lgal d trabajo para l prsonal afctado por l prsnt convnio durant toda la vigncia dl convnio colctivo srá d horas anuals d trabajo fctivo, distribuidas d luns a sábado. Para los trabajadors qu ralicn jornada n la tard d los sábados, s stablc un sistma d dscansos complmntarios, n función d los siguints turnos, qu srán rotatorios, iniciándos l dscanso n cualquira d llos, pro garantizando la rotación n l ordn aquí dscrito, d la siguint manra: Primra tard d sábado trabajado, s dscansará l sábado complto d la siguint smana. Sgunda tard d sábado trabajado, s dscansará la mañana dl luns d la siguint smana. Trcra tard d sábado, s dscansará una mañana o una tard d cualquir otro día d la smana siguint, a opción d la mprsa. Cuando concurran dos días fstivos s guardarán ambos, salvo disposición suprior o gubrnativa. Artículo 13.º Vacacions. Las vacacions srán d 31 días naturals. Su disfrut s ralizará durant 21 días ntr l 1 d junio y l 30 d sptimbr y los rstants fura d dicho priodo d vrano, y n todo caso, d mutuo acurdo ntr mprsa y trabajador. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

15 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 El calndario vacacional rsptará ncsariamnt l mantniminto d la dbida atnción al público, para lo qu s fctuará una distribución racional ntr las distintas sccions d la mprsa para l mantniminto dl srvicio. Si a propusta dl mprsario, por ncsidads dl srvicio y/u organización dl trabajo, y simpr qu lo acpt l trabajador, ést no disfruta su priodo vacacional d vrano d 21 días dntro d las fchas xprsadas n l párrafo antrior, tndrá drcho a qu s l abon una indmnización d 135 uros. Las vacacions s iniciarán n luns si no s fstivo, salvo acurdo ntr mprsa y trabajador. Si prvio al inicio d las vacacions l trabajador s ncontras n situación d I.T. drivada d accidnt d trabajo o nfrmdad grav, s fijará d mutuo acurdo un nuvo priodo d disfrut. Si s produjra l alta durant l priodo vacacional, los días hasta su finalización s considrarán d fctivo disfrut. S ntndrá nfrmdad grav la stancia hospitalaria suprior a 48 horas o la intrvnción quirúrgica qu por prscripción facultativa rquira una convalcncia quivalnt. Si las vacacions no pudiran sr disfrutadas durant l año natural n l qu s gnran, podrán disfrutars durant l primr trimstr natural dl año siguint. Artículo 14.º Prmisos rtribuidos. CAPÍTULO IV. PERMISOS Y LICENCIAS 1. Los trabajadors/as disfrutarán d licncias rtribuidas n los casos y circunstancias qu dtrmina l acurdo para la sustitución d la ordnanza d comrcio, complmntada con lo qu stablc la Ly 1/95 dl Estatuto d los Trabajadors y dmás disposicions n vigor. Admás, los trabajadors/as dispondrán d un día libr rtribuido para asuntos propios. Su disfrut dbrá anunciars con una smana, al mnos, d antlación, salvo n casos d xtrma o prntoria ncsidad y no podrá sr utilizado para formar los dnominados «punts» ni podrá coincidir con otras solicituds dl prsonal por la misma causa, qu impliqun l disfrut d st día por un númro d trabajadors qu sobrpas l 10% d la plantilla d cada cntro d trabajo. En stos casos s disfrutará por quins hubirn prsntado ants su solicitud. Dos días por naciminto d hijo, d los cuals, uno al mnos, db sr laborabl, ampliándos a cuatro días cuando l trabajador tnga qu ralizar un dsplazaminto al fcto. Hasta doc horas al año para acompañar a familiars con los qu s conviva d hasta sgundo grado d afinidad o consanguinidad a consulta médica. Dbrá pravisars con al mnos 48 horas d antlación, simpr qu sa posibl, y dbrá acrditars la causa mdiant l oportuno crtificado médico. Dos días por fallciminto, accidnt o nfrmdad grav u hospitalización d parints hasta l sgundo grado d consanguinidad o afinidad, ampliabls a cuatro si diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

16 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 l trabajador hubira d ralizar un dsplazaminto al fcto. El prmiso por hospitalización s podrá utilizar mintras l familiar prmanzca n l hospital. En caso d fallciminto dl cónyug hijos, l trabajador/a tndrá drcho a un prmiso d cuatro días laborabls, ampliándos a cinco n caso d dsplazaminto al fcto. Únicamnt los prmisos rcogidos n los cuatro párrafos antriors s xtndrán y srán d aplicación n los mismos términos para las parjas d hcho lgalmnt constituidas. A tal fcto dbrá acrditars la condición d parja d hcho mdiant crtificación mitida por l rgistro corrspondint o n caso d no xistir tal rgistro n l municipio, mdiant crtificación d convivncia. 2. A tnor d lo dispusto n la Ly 31/95, d 8 d novimbr, las trabajadoras mbarazadas tndrán drcho a ausntars dl pusto d trabajo, con drcho a rmunración, para la ralización d xámns prnatals y técnicas d prparación al parto, prvio aviso al mprsario y justificación d la ncsidad d su ralización dntro d la jornada d trabajo. En l supusto d parto d la mujr trabajadora, la suspnsión dl contrato tndrá una duración d 16 smanas qu s disfrutarán d forma inintrrumpida, a distribuir ntr los cónyugs a opción d la intrsada, simpr qu las 6 primras smanas inmdiatamnt postriors al parto san disfrutadas por la madr. Igualmnt, por lactancia d un hijo mnor d 9 mss, tndrá drcho a una hora d ausncia al trabajo, qu podrá dividir n dos fraccions, pudindo sustituir st drcho por una rducción d la jornada n mdia hora, con la misma finalidad. Est prmiso d lactancia, qu podrá acumulars a la finalización d la baja por matrnidad, s prolongará durant los 12 días conscutivos siguints a la finalización dl priodo d matrnidad y/o vacacions si no hubiran sido disfrutadas. Artículo 15.º Incapacidad tmporal. CAPÍTULO V. MEJORAS SOCIALES Sin prjuicio d las condicions más favorabls qu tuvisn stablcidas las mprsas comprndidas n l acurdo d sustitución d la ordnanza d comrcio, n caso d nfrmdad común o profsional y d accidnts, san o no d trabajo, s obsrvarán las normas siguints: El prsonal comprndido n l régimn d asistncia d la Sguridad Social, admás d los bnficios otorgados por la misma, tndrá drcho a los siguints: 1. En caso d incapacidad laboral por nfrmdad o accidnt, dbidamnt acrditado por la Sguridad Social o Mutua, dl prsonal comprndido n l régimn d asistncia d la misma, la mprsa compltará las prstacions obligatorias hasta l import íntgro d sus rtribucions hasta l límit d doc mss aunqu l trabajador haya sido sustituido. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

17 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d Al prsonal qu n caso d nfrmdad común o accidnt no laboral no tnga cumplido un priodo d cotización d cinto ochnta días dntro d los cinco años inmdiatamnt antriors al hcho causant, la mprsa vndrá obligada a satisfacr la rtribución básica hasta qu sa cubirto dicho priodo d carncia. Artículo 16.º Plus d prmanncia n la mprsa. Los trabajadors, al cumplir cada dcnio d prmanncia n una misma mprsa, prcibirán por una sola vz una paga por import dl salario bas mnsual, qu podrá sr prorratada n los doc mss siguints a la fcha d gnración. S gnrará una sola paga por cada dcnio cumplido. Est plus s prcibirá únicamnt por los trabajadors qu cumplan dcnio a partir dl 1 d nro d Artículo 17.º Sguro d accidnts y rsponsabilidad civil. Las mprsas afctadas por l prsnt convnio qudan obligadas a suscribir a su cargo y n bnficio d sus trabajadors una póliza d sguros para cubrir las siguints contingncias, con indpndncia d las lgalmnt stablcidas y cuya cuantía s stablc: Fallciminto por accidnt laboral: Indmnización: uros a prcibir por los hrdros. Incapacidad prmannt total o absoluta por accidnt laboral o gran invalidz: Indmnización: uros, a prcibir por l inválido. La póliza stará simpr n vigor indpndintmnt d cómo s ncuntr l convnio. Los risgos a cubrir por l sguro aquí pactado srán al mnos los xprsamnt contmplados n la póliza tipo qu quda a disposición d mprsas y trabajadors n las Cntrals Sindicals y la Fdración d Emprsarios d Comrcio d Burgos para su consulta. Los mprsarios dbrán incluir n su póliza d rsponsabilidad civil los dtrioros, roturas o pérdidas d los bins matrials d sus mplados producidos n l dsarrollo d su actividad laboral. En caso d qu la mprsa s vira obligada a abonar al trabajador una indmnización por rsponsabilidad civil drivada d accidnt laboral qu dira lugar al prcibo d las cantidads asguradas, éstas srán dtraídas d la cantidad total a pagar por la mprsa. Artículo 18.º Conciliación d la vida familiar. Las parts asumn l contnido d la Ly 39/99, d 5 d novimbr, para promovr la conciliación d la vida familiar y laboral d los trabajadors, y n spcial n lo rfrnt a las modificacions introducidas n l Estatuto d los Trabajadors sobr suspnsión d contrato por matrnidad y prmiso d lactancia rcogidos n los artículos 48.4 y 37.4 dl citado Estatuto. Igualmnt las parts asumn la Ly d Igualdad n su intgridad. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

18 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Articulo 19.º Jubilación forzosa. Los trabajadors s jubilarán con caráctr forzoso al cumplir la dad ordinaria d jubilación a los 65 años, simpr qu s cumplan los siguints rquisitos: El trabajador afctado por la xtinción dl contrato d trabajo dbrá tnr cubirtos como mínimo los años ncsarios d cotización a la Sguridad Social, y cumplir los dmás rquisitos xigidos por la lgislación d Sguridad Social para tnr drcho a la pnsión d jubilación n su modalidad contributiva, al 100%. La mprsa dbrá contratar a otro trabajador para su plantilla con contrato indfinido. Artículo 20.º Jubilación parcial y contrato d rlvo. Al amparo dl artículo d la Ly d Sguridad Social y dl artículo 12.6 dl Estatuto d los Trabajadors, s rconoc a los trabajadors y trabajadoras l drcho subjtivo d solicitar d la mprsa la jubilación parcial y la rducción d jornada d ntr los límits lgals, cuando s rúnan los rquisitos lgalmnt stablcidos y, n spcial, l d la dad, qu no podrá sr infrior a 60 años. El trabajador podrá concrtar, prvio acurdo con su mprsa, un contrato a timpo parcial por l qu aquél rduzca su jornada d trabajo y su salario dntro d los porcntajs stablcidos. La concsión d la jubilación parcial srá obligatoria para la mprsa. La solicitud s dbrá rmitir a la mprsa o mprsas con una antlación mínima d sis mss a la fcha prvista d jubilación parcial. Cuando los trabajadors/as solicitn la jubilación parcial y la rducción d jornada n los límits máximos lgalmnt prvistos d la jornada qu corrspond d trabajo fctivo s podrá acumular n los mss inmdiatamnt siguints a la jubilación parcial y la jornada complta dntro d cada año natural rstant para la jubilación. Artículo 21.º Cláusula d no discriminación. Las part firmants d st convnio s compromtn a garantizar la no discriminación por razón d sxo, raza, dad, orign, nacionalidad, prtnncia étnica, orintación sxual, discapacidad o nfrmdad; por l contrario, vlar por qu la aplicación d las normas laborals no incurrira n supusto d infracción alguna qu pudira ponr n tla d juicio l cumpliminto stricto d los prcptos constitucionals. El ingrso d las y los trabajadors s ajustará a las normas lgals gnrals sobr la colocación y a las spcials para quins stén n colctivos d mayors d 45 años, jóvns, discapacitados, mujrs, tc. Todos los trabajadors tinn drcho a sr tratados con dignidad y no s prmitirá ni tolrará l acoso sxual n l ámbito laboral, asistiéndols l drcho d prsntar dnuncias. CAPÍTULO VI. RÉGIMEN DISCIPLINARIO Artículo 22.º Faltas muy gravs. Las conductas d acoso sxual n l trabajo srán considradas como ataqu a la librtad y a la dignidad d la prsona, tipificándos xprsamnt tal conducta como falta diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

19 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 muy grav, sindo sancionabl a tnor d lo prvisto para tals faltas n l acurdo d sustitución d la ordnanza d comrcio. Para l rsto d las faltas s stará a lo dispusto n l acurdo marco para la sustitución d la ordnanza d comrcio d 1996 y disposicions vignts d caráctr gnral. CAPÍTULO VII. SALUD LABORAL EN EL TRABAJO Artículo 23.º Salud laboral. Las parts firmants d st acurdo dclaran su voluntad d stablcr un adcuado nivl d protcción d la salud d los trabajadors frnt a los risgos drivados d las condicions d trabajo, con spcial atnción a la prvnción d risgos laborals, compromtiéndos a una puntual obsrvancia d las prscripcions contnidas n la Ly d Prvnción d Risgos Laborals 31/95, d 8 d novimbr. En concordancia con lo ants xpusto, todas las mprsas dl sctor dispondrán d la Evaluación d Risgos actualizada; un Plan d Prvnción. A los fctos dl Srvicio d Prvnción, s stará a la normativa vignt. Para llo, ambas parts convinn n colaborar para la información y formación d los trabajadors, rspcto d los concrtos y spcíficos risgos drivados dl trabajo n l comrcio. A tal fcto, los Dlgados d Prvnción, dsignados d ntr los rprsntants d los trabajadors, dispondrán d una hora adicional mnsual, qu habrán d ddicar ncsariamnt a la colaboración con la dircción d la mprsa y los trabajadors dl cntro, n la mjora d la acción prvntiva n l cntro d trabajo. El cambio d Mutua s consultará prviamnt a los rprsntants d los trabajadors. Artículo 24.º Ropa d trabajo. En los trabajos n qu l prsonal dsarroll su trabajo cara al público las mprsas proporcionarán a los trabajadors tantas prndas blancas cuantas san ncsarias para tnr trs n jugo. El prsonal obrro srá provisto d dos buzos o monos d trabajo y l prsonal administrativo tndrá una prnda (guardapolvo o chaquta) para l dsarrollo d su actividad. CAPÍTULO VIII. CONTRATACIÓN Artículo 25.º Contratos vntuals por circunstancias dl mrcado. La duración máxima d los contratos vntuals por circunstancias dl mrcado, acumulación d taras o xcso d pdidos, podrá sr d hasta 12 mss dntro d un priodo d 18. En caso d habrs concrtado para plazo infrior, podrá prorrogars, por una sola vz, sin sobrpasar la duración máxima convnida. Los contratos clbrados con antrioridad a la publicación dl convnio podrán prorrogars hasta los 12 mss n las condicions y forma dtalladas n l prsnt artículo. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

20 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 A la trminación dl contrato, la mprsa vndrá obligada a satisfacr al trabajador una indmnización quivalnt a doc días d salario por año trabajado, ncontrándos incluida dntro d dicha cantidad rsultant la indmnización lgal corrspondint contmplada n l Estatuto d los Trabajadors. Artículo 26.º Contratos tmporals d duración dtrminada y formativos. Los contratos n prácticas srán rtribuidos con un salario quivalnt al 80% l primr año y l 90% n l sgundo dl stablcido n st convnio para un trabajador qu dsmpñ l mismo pusto d trabajo o quivalnt. Dichos contratos llvarán consigo l drcho a una indmnización d dos días por ms n l supusto d qu l trabajador no siga prstando sus srvicios n la mprsa. A su finalización s ntrgará al trabajador l corrspondint crtificado n l qu const la duración d las prácticas, l pusto o pustos dsmpñados y las taras ralizadas. En los contratos para la formación, la rtribución no podrá sr infrior al Salario Mínimo intrprofsional, simpr qu l timpo d formación no supr l 15% dl total. Artículo 27.º Priodo d pruba. S stablc un priodo d pruba para las prsonas d nuvo ingrso n la mprsa d 3 mss para los dl Grupo I, 1 ms para los dl Grupo II y d 15 días para los dl Grupo III. Artículo 28.º Cs y praviso. En los contratos d duración suprior a 6 mss srá obligatorio tanto para la mprsa como para l trabajador pravisar por scrito con una antlación mínima a la finalización dl contrato d un ms si prtnc al Grupo Profsional I y con sit días d antlación, si prtnc al Grupo Profsional II o III; no obstant, si quin ds abandonar la mprsa fura l único vnddor adscrito a un stablciminto, l praviso dbrá sr d al mnos quinc días. El incumpliminto dl praviso stablcido, por cualquira d las parts, dará lugar a la otra a abonar o dscontar d la liquidación final l import dl salario d los días d praviso no rsptado. CAPÍTULO IX. FORMACIÓN Y CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Artículo 29.º Formación. Las parts firmants d st convnio asumn l contnido íntgro d los acurdos d formación continua, dclarando qu los mismos podrán dsarrollar sus fctos n su ámbito funcional. Las mprsas informarán y facilitarán a sus trabajadors la formación, no pudindo sr xigida fura d la jornada laboral. Las horas d formación rcibidas qu formn part d los módulos formativos tndnts a la conscución d unidads d comptncia d alguna d las cualificacions profsionals d la familia dl sctor dl comrcio, stablcidas por l Instituto Nacional d Cualificacions, srán considradas horas d formación válidas a todos los fctos. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

21 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Si l trabajador acudira d forma voluntaria fura d su jornada laboral a cursos d formación promovidos por la mprsa o n los qu ésta particip prtncints a: Plans formativos d las mprsas; accions bonificabls d las mprsas; accions d contratos programa n los qu ésta particip o aprub xprsamnt, s l compnsará con un dscanso quivalnt al 50% dl timpo ddicado, una vz acrditada su asistncia y aprovchaminto; tal compnsación podrá sr sustituida por una indmnización conómica, prvio acurdo ntr las parts. El trabajador no tndrá drcho a sta compnsación si la formación rcibida l sirvira para subir l nivl profsional o s aplicara a la xigncia prvista para disfrutar dl Plus d Adaptación Profsional; no obstant sí rcibirá compnsación por l xcso d horas stablcido n stos dos supustos. Con l fin d garantizar l accso a la formación y rciclaj por part d todos los trabajadors, la Fdración d Emprsarios d Comrcio prsntará anualmnt un Plan d Formación a la Comisión Paritaria para su conociminto y difusión. Si a lo largo d la vigncia dl convnio la ofrta formativa fus insuficint para atndr a la dmanda dl sctor, la Comisión Paritaria dtrminará la manra d garantizar st drcho fundamntal a los trabajadors. Artículo 30.º Clasificación profsional. Clasificación d pustos por Grupos Profsionals: Grupo I: Sus funcions suponn la ralización d taras técnicas compljas y htrogénas, con objtivos globals dfinidos y alto grado d xigncia n autonomía, iniciativa y rsponsabilidad. Tinn rsponsabilidad última dntro d su ára, rprsntando la autoridad última sobr l prsonal. Grupo II: Ralizan funcions qu xign habitualmnt iniciativas por part d los trabajadors ncargados d su jcución con autonomía complta. Funcions qu suponn intgración, coordinación y suprvisión d taras homogénas. Normalmnt supondrá corrsponsabilidad d mando. Grupo III: Ralizan taras qu consistn n la jcución d trabajos qu s ralizan bajo instruccions, con una autonomía limitada y un total grado d dpndncia jrárquica. Dntro d cada uno d stos grupos profsionals, s distingun los siguints pustos d trabajo, n función dl ára d actividad: Dntro dl Grupo I s ncuntran los siguints pustos d trabajo: Grnt: Es quin a las órdns inmdiatas d la mprsa y participando n la política d la misma dirig y coordina las actividads d gstión financira, compra d mrcadrías y contratación d prsonal. Encargado Gnral: Es quin asum la dircción d varios stablcimintos o sucursals, coordinando su actividad bajo la suprvisión d la Grncia. Encargado d Establciminto: Es l qu stá al frnt d un stablciminto, y asum la dircción suprior sobr l prsonal d dicho stablciminto, sindo posibl qu asuma la dircción d varios stablcimintos o sucursals dntro d la misma plaza. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

22 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Jf d Administración: Es l qu provisto o no d podr, asum con plnas facultads la dircción y vigilancia d todas las taras administrativas d una mprsa. Dntro dl Grupo II s ncuadran los siguints pustos d trabajo: Oficial d Administración: Es quin, n possión d los conocimintos técnicos y prácticos ncsarios para la vida mrcantil y/o comrcial, raliza trabajos qu rquiran propia iniciativa, tals como rdacción d corrspondncia o d contratos mrcantils corrints, laboración stadística con capacidad analítica, gstión d informs, llvanza d la contabilidad d la socidad, liquidación d salarios y sguros socials, tc. Vnddor «A»: Es l mplado ncargado d ralizar las vntas, con conocimintos prácticos d los artículos cuyo dspacho l stá confiado, n forma qu puda orintar al público n sus compras; dbrá cuidar l rcunto d mrcancías para solicitar su rposición n timpo oportuno y d xhibición d scaparats y vitrinas, posyndo admás los conocimintos lmntals dl cálculo mrcantil qu son ncsarios para fctuar las vntas. Tndrá ncsariamnt bajo su control al rsto d prsonal d vntas d los stablcimintos qu s ncuntrn a su cargo. En todo stablciminto dbrá habr al mnos una prsona dl Grupo I o dl Grupo II ddicada a la vnta durant al mnos l 50% d la jornada. Oficial d Srvicios Espcíficos: Es l qu dntro d las funcions qu auxilian, con un caráctr spcifico, a la actividad comrcial, como son la dcoración, scaparatismo, lctricidad, informática, almacén, montaj, tc., asum las funcions d dircción y gstión d las mismas, con rsponsabilidad y control sobr las prsonas d apoyo. Dntro dl Grupo III s ncuntran los siguints pustos d trabajo: Auxiliar d Administración «A» y «B»: Es l qu con conocimintos gnrals d índol administrativa, auxilia a los oficials n la jcución d trabajos propios d sta catgoría n las siguints funcions: Rdacción d corrspondncia d trámit, confcción d facturas y stados para la liquidación d intrss impustos, mcanografía, informática, tc. Vnddor «B» y «C»: Es l qu auxilia al Vnddor «A», Encargado d Establciminto o Grnt n sus funcions d vnta, facilitándols la labor, ralizando por sí opracions d vnta. Auxiliar d Srvicios Espcíficos y Gnéricos «A», «B» y «C»: Es l qu dntro d las funcions auxiliars d la mprsa, habindo ralizado aprndizaj y bajo la dircción dl prsonal técnico n caso d srvicios spcíficos, auxilia n las funcions básicas qu s l ncomindn rlativas a dichas actividads. En st grupo, dntro d los srvicios gnéricos s ncuntra l prsonal d limpiza, vigilancia y ordnanzas. El nivl «C» quda únicamnt rsrvado a los mnors d dad. S ntndrán incluidos dntro d los «srvicios spcíficos» a aqullos trabajadors qu ddiqun al mnos un 50% d su jornada al dsarrollo d una misma tara, salvo los rsñados n l párrafo antrior. En otro caso srán incluidos n la catgoría d «srvicios gnéricos». diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

23 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Artículo 31.º Promoción profsional. Para ascndr d Grupo Profsional s dbrá producir un cambio n las funcions dsmpñadas por l trabajador, d surt qu sus taras pasn a sr las propias dl grupo profsional suprior. Por tanto, la prmanncia n la mprsa y formación no srán suficints para l ascnso d grupo profsional, a xcpción d las salvdads qu s rcogn xprsamnt n st artículo. Los trabajadors subirán d nivl profsional tnindo n cunta su xprincia n l sctor d actividad al qu s d aplicación st convnio, y particularmnt la xprincia adquirida dntro d la propia mprsa, así como considrando los conocimintos adquiridos a través d accions formativas programadas por la mprsa o por la Fdración d Emprsarios d Comrcio d Burgos, rfrida inludiblmnt a los contnidos dl pusto d trabajo. Ambas circunstancias dbrán sr acrditadas documntalmnt. La subida d nivl profsional s producirá xclusivamnt dntro dl grupo profsional n l qu s ncuntr l trabajador, con las únicas xcpcions d las áras d vnta y administración, n las qu s podrá promocionar dl Grupo III al Grupo II, sin qu sa ncsario n st caso un cambio d las funcions dsmpñadas. Áras d Actividad SISTEMA DE PROMOCION GERENCIA VENTAS ADMINISTRACI ON G I Grnt Encargado Jf administración Encargado Gral. Establciminto G II Vnddor A Oficial Administración SERV.AUXILIARES ESPECIFICOS Oficial SERV.AUXILIARES GENERICOS G III Vnddor B Vnddor C Auxiliar A Auxiliar B Auxiliar A Auxiliar B Auxiliar A Auxiliar B Auxiliar C Ára d vntas: El nivl d accso al sctor para los trabajadors srá l d Vnddor «C». Para promocionar d Vnddor «C» a Vnddor «B» s rqurirá dos años d prmanncia n la mprsa y 40 horas d formación. Para promocionar d Vnddor «B» a Vnddor «A» s rqurirá trs años d prmanncia n la mprsa y 60 horas d formación. Ára administrativa: El nivl d accso al sctor srá l d Auxiliar «B» d Administración. Para promocionar a Auxiliar «A» s rqurirá dos años d prmanncia n la mprsa y 40 horas d formación. Para promocionar d Auxiliar «A» a Oficial: Trs años d prmanncia n la mprsa y 60 horas d formación. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

24 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Ára d srvicios spcíficos: El nivl d accso srá l d Auxiliar «B». Para promocionar a Auxiliar «A» s prcisará dos años d prmanncia y 40 horas d formación. Ára d srvicios gnéricos: El nivl d accso srá l d Auxiliar «B». Para promocionar d Auxiliar «B» a Auxiliar «A» s rqurirá dos años d prmanncia y 40 horas d formación. Aqullos trabajadors d nuvo ingrso qu hayan prstado sus srvicios n otra mprsa qu comrcialic la misma clas d productos durant al mnos 2 años, dntro d los 5 años antriors a la incorporación, vrán disminuida la obligación d prmanncia y las horas d formación a la mitad, para accdr a la primra promoción profsional. Los trabajadors qu inicin su prstación d srvicios sindo mnors d dad y hasta qu alcancn los 18 años prmancrán n l ára d srvicios auxiliars gnrals como Auxiliar «C». Una vz alcanzada la mayoría d dad s ncuadrarán n l ára qu corrsponda. La formación dbrá habr sido rcibida dntro d los últimos cinco años al momnto n l qu s prtnda subir d nivl y dbrá acrditars. La formación qu sa tnida n cunta para la subida d nivl no podrá sr considrada para la prcpción dl plus d adaptación profsional. Primra. Rsolución d conflictos. CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES La Comisión Paritaria dl convnio s l órgano d intrprtación, conciliación, arbitraj y vigilancia dl cumpliminto dl mismo, y stá intgrada por dos vocals dsignados por la Fdración d Emprsarios d Comrcio d Burgos y otros dos vocals dsignados por las Cntrals Sindicals, uno n rprsntación d U.G.T. y otro d CC.OO. Srá prcptivo somtr a dicha Comisión Paritaria, con caráctr prvio a cualquir rclamación judicial, cualquir conflicto qu surja con motivo d la intrprtación y aplicación d st convnio, spcialmnt los conflictos drivados d la rclasificación profsional y dl plus d adaptación profsional. A los fctos d la rsolución d los posibls conflictos qu pudan surgir n la no aplicación dl prsnt convnio al amparo d lo dispusto n l artículo 82.3 dl ET, s dbrá somtr con caráctr prvio la discrpancia a la Comisión Paritaria. Si no fura rsulta por ésta, s sguirán los trámits prvistos por l artículo 82.3 dl ET. Sgunda. A todos los fctos, para lo qu no sté prvisto n st convnio s stará a lo dispusto n l Estatuto d los Trabajadors y n l acurdo d sustitución d la ordnanza laboral d comrcio y otras disposicions qu l afctn. Trcra. A fctos d unificar la documntación acrditativa d la liquidación d cuntas por la xtinción d la rlación laboral, s stablc l modlo d finiquito siguint: diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

25 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 H rcibido d la mprsa, la cantidad d uros, n concpto d liquidación final, saldo y finiquito d cuntas ntr las parts, como conscuncia d la rsolución dl contrato d trabajo. Dicha cantidad s dsglosa d la forma siguint: Indmnización. Salarios pndints. Pluss. Parts proporcionals d xtraordinarias y bnficios. Vacacions. Otros concptos (rsñar los qu corrspondan). Con l pago d sta cantidad dclaro tnr prcibidas cuantas cantidads m han podido corrspondr durant la prstación d srvicios a la mprsa, rnunciando, n conscuncia, a cualquir rclamación postrior drivada dl contrato d trabajo rsulto. Y n pruba d conformidad, firmo l prsnt rcibo d finiquito n, a d d SÍ/NO dsa la asistncia d rprsntant lgal d los trabajadors. Fdo.: El trabajador Fdo.: La mprsa Por la rprsntación lgal dl trabajador, Fdo.: Con l pago d finiquito, cuya fcha srá la d su misión, srá pusto a disposición dl trabajador durant los diz siguints días para qu formul, si procdir, la rclamación oportuna ant la mprsa. Una vz firmado surtirá los fctos libratorios qu l son propios. La liquidación final d salarios db ntrgars y abonars dntro d los dos días hábils siguints a la finalización d la rlación laboral. Cada día d rtraso adicional gnrará una indmnización al trabajador d un día d salario hasta un máximo d 15 días d indmnización. Disposición transitoria. Dbido al xtnso priodo d vigncia, ambas parts manifistan su voluntad d stablcr runions durant la vigncia dl convnio para ir studiando una posibl mjor structuración d los ámbitos d aplicación d los convnios d comrcio y para podr adaptarlo a las posibls modificacions lgislativas qu pudiran dars n l ámbito d la contratación y d la ngociación colctiva. Burgos, julio * * * diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

26 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE ALIMENTACION 2011 GRUPO CATEGORIA Suprmrcados, Otros Carnicría GRUPO I Autosrvicios y Establcimintos Pscadría Dtallistas Dtallistas Frutos Scos d Alimntación d Alimntación Grncia Grnt 1.635, , , , , ,28 Encargado Gnral 1.474, , , , , ,70 Vntas Encargado Establciminto 1.162, , , , , ,00 Administración Jf d Administración 1.292, , , , , ,15 GRUPO II Vntas Vnddor A 1.052, , , , , ,95 Administración Oficial d Administración 1.134, , , , , ,40 Srvicios Auxiliars Espcíficos Oficial 1.162, , , , , ,10 GRUPO III Vntas Vnddor B 981, , , , , ,00 Vnddor C 929,14 943,12 949, , , ,80 Administración Auxiliar A 1.019, , , , , ,55 Auxiliar B 929,14 951,62 961, , , ,90 Srvicios Auxiliars Espcíficos Auxiliar A 981, , , , , ,05 Auxiliar B 929,14 994, , , , ,00 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

27 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Srvicios Auxiliars Gnricos Auxiliar A 938,97 997, , , , ,00 Auxiliar B 926,77 950,91 961, , , ,90 Auxiliar C 733,36 733,36 733, , , ,40 * * * diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

28 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE ALIMENTACION 2012 GRUPO CATEGORIA Suprmrcados, Otros Carnicría GRUPO I Autosrvicios y Establcimintos Pscadría Dtallistas Dtallistas Frutos Scos d Alimntación d Alimntación Grncia Grnt 1.651, , , , , ,46 Encargado Gnral 1.489, , , , , ,95 Vntas Encargado Establciminto 1.174, , , , , ,36 Administración Jf d Administración 1.305, , , , , ,81 GRUPO II Vntas Vnddor A 1.063, , , , , ,94 Administración Oficial d Administración 1.145, , , , , ,45 Srvicios Auxiliars Espcíficos Oficial 1.174, , , , , ,85 GRUPO III Vntas Vnddor B 991, , , , , ,48 Vnddor C 938,43 952,55 958, , , ,17 Administración Auxiliar A 1.029, , , , , ,46 Auxiliar B 938,43 961,14 970, , , ,09 Srvicios Auxiliars Espcíficos Auxiliar A 991, , , , , ,19 Auxiliar B 938, , , , , ,48 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

29 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Srvicios Auxiliars Gnricos Auxiliar A 948, , , , , ,48 Auxiliar B 936,04 960,42 970, , , ,09 Auxiliar C 740,69 740,69 740, , , ,40 * * * diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

30 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE ALIMENTACION 2013 GRUPO CATEGORIA Suprmrcados, Otros Carnicría GRUPO I Autosrvicios y Establcimintos Pscadría Dtallistas Dtallistas Frutos Scos d Alimntación d Alimntación Grncia Grnt 1.668, , , , , ,14 Encargado Gnral 1.504, , , , , ,41 Vntas Encargado Establciminto 1.186, , , , , ,67 Administración Jf d Administración 1.318, , , , , ,52 GRUPO II Vntas Vnddor A 1.073, , , , , ,61 Administración Oficial d Administración 1.156, , , , , ,37 Srvicios Auxiliars Espcíficos Oficial 1.186, , , , , ,37 GRUPO III Vntas Vnddor B 1.001, , , , , ,49 Vnddor C 947,82 962,08 968, , , ,96 Administración Auxiliar A 1.039, , , , , ,89 Auxiliar B 947,82 970,75 980, , , ,72 Srvicios Auxiliars Espcíficos Auxiliar A 1.001, , , , , ,91 Auxiliar B 947, , , , , ,49 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

31 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Srvicios Auxiliars Gnricos Auxiliar A 957, , , , , ,49 Auxiliar B 945,40 970,02 980, , , ,72 Auxiliar C 748,10 748,10 748, , , ,51 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

32 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA Y TURISMO cv: BOPBUR La Junta d Gobirno d sta Diputación Provincial, n ssión ordinaria clbrada l 27 d julio d 2012 adoptó, ntr otros, l siguint acurdo: «17. Aprobación d la Mustra Provincial d Coros Burgalss 2012». La Diputación Provincial d Burgos convoca la Mustra Provincial d Coros Burgalss 2012 d acurdo con las siguints BASES Primra. Dfinición dl objto d la Mustra. La Mustra Provincial d Coros Burgalss tin como objtivo fomntar y apoyar la labor ralizada por los coros d nustra provincia, mdiant la clbración d una Mustra, n la qu cada agrupación participant ralizará una o varias actuacions musicals. Sgunda. Bnficiarios Podrán participar todos los coros d la provincia d Burgos, qu stén lgalmnt constituidos, cuya sd social s ncuntr n Entidads Locals prtncints a municipios con población infrior a habitants Los coros tinn qu star constituidos al mnos por 20 componnts. Todos sus intgrants srán mayors d dad Los participants no podrán actuar n dos coros inscritos n la Mustra La Unidad d Cultura d la Diputación comunicará a los grupos d coros, con antlación al inicio d la Mustra, la rlación d participants No podrán obtnr la condición d bnficiarios aqullas agrupacions corals n las qu concurra alguna d las circunstancias stablcidas n l artículo 13.2 y 3 d la Ly Gnral d Subvncions y artículo 19 d la NOGS. Trcra. Programa a intrprtar por los participants Los coros participants intrprtarán una obra obligada proporcionada al fcto por la Diputación Apart d sta obra obligatoria, los participants intrprtarán dos obras d rprtorio libr, compustas obligatoriamnt para cuatro vocs mixtas. Éstas no podrán habrs intrprtado n l Concurso o Mustra d la Diputación n los trs últimos años. Cuarta. Solicituds (modlos disponibls n Las agrupacions qu dsn tomar part n sta Mustra dbrán formular su solicitud n l modlo normalizado qu figura como Anxo I, dirigida al Excmo. sñor Prsidnt d la Diputación, n l Rgistro Gnral d la Diputación Provincial, n l Rgistro Auxiliar d la Unidad d Cultura o n cualquira d los lugars stablcidos n l diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

33 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 artículo 38.4 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común Las solicituds irán acompañadas d la siguint documntación: Fotocopia dl documnto qu indiqu la constitución lgal dl coro (sólo n l caso d no habr sido aportado n pasadas dicions). Brv currículo d la agrupación (año d fundación, númro d componnts, tc.) y dl Dirctor d la misma. Partituras d dos obras musicals d libr lcción. Dclaración conform al modlo d Anxo II, d no incurrir n las prohibicions para sr bnficiario, así como d star al corrint con obligacions tributarias y d Sguridad Social Si la solicitud no rún los rquisitos stablcidos n la norma d la Convocatoria, s rqurirá al intrsado para qu los subsan n l plazo máximo improrrogabl d diz días, indicándol qu si no lo hicir s l tndrá por dsistido n su ptición n los términos prvistos n l artículo 71 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común, prvia rsolución dictada d conformidad con lo stablcido n l artículo 42 dl mismo txto lgal. Quinta. Plazo d prsntación d solicituds. Las solicituds s prsntarán n l plazo d vint días hábils a contar dsd l siguint al d la publicación d sta Convocatoria n l «Boltín Oficial» d la provincia. Sxta. Fcha d clbración d la Mustra. La Mustra s clbrará n una sola fas, y n l lugar y fcha qu dtrmin la Diputación. La ausncia d actuación n la fcha y hora indicada srá causa d liminación d la agrupación participant. En todo caso la Diputación podrá modificar las fchas d clbración d la Mustra si así lo aconsjara la buna marcha d la misma. Séptima. Cuantía d las ayudas. Cada coro participant rcibirá uros, simpr qu los gastos ocasionados por su participación furan supriors a dicha cantidad y no xcdiran dl total dl prsupusto d la mustra ( uros) considrando l númro d coros participants. En caso contrario, s distribuirá proporcionalmnt n ordn dcrcint, tomando como rfrncia aqul cuyo prsupusto d gastos sa mayor. Octava. Justificación d las ayudas. Srán rquisitos suficints para hacr fctivas a los participants las cuantías otorgadas d conformidad con la Bas séptima d la Mustra: Habr actuado durant l dsarrollo d la Mustra d conformidad con las prsnts Bass. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

34 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 A tal fcto, la Jfatura d la Unidad Administrativa d Cultura mitirá un inform n l qu s acrdit l cumpliminto d los fins prsguidos con l dsarrollo d la Mustra, así como la conformidad con las Bass qu, n su caso, rgulan su dsarrollo. Prsntar l rsponsabl dl coro participant una dclaración rsponsabl d la cuantía d los gastos ocasionados por la participación, fchada y firmada. Novna. Publicación institucional. En las actuacions corals qu s ralicn n l marco d sta Mustra s dbrá hacr constar la participación d la Diputación Provincial d Burgos, a través d la Unidad d Cultura y Turismo. Décima. Disposicions adicionals. Primra: La cuantía d los prmios n la prsnt Mustra no srá suscptibl d incrmnto y rvisión y n ningún caso originará drcho o constituirá prcdnt alguno para futuras concsions. Sgunda: En ningún caso podrán otorgars prmios por cuantía suprior a la qu s dtrmin n la prsnt Mustra. Trcra: Srá comptncia d la Prsidncia d la Diputación Provincial, prvio inform jurídico y/o técnico d la Unidad, o dictamn d la Comisión informativa corrspondint, la intrprtación d la normativa a qu s contra la prsnt Mustra, así como rsolvr las dudas qu plant su aplicación. Cuarta: La Unidad d Cultura y Turismo d la Diputación Provincial (tléfonos o ) prstará su assoraminto información n todo lo concrnint a la ralización y pusta n marcha d las actividads programadas n l marco d sta Mustra. Quinta: Las prsnts Bass d la Mustra s publicarán n l «Boltín Oficial» d la provincia y n l tablón d anuncios d la Diputación para gnral conociminto d los intrsados y n la página Disposición final. Contra l acurdo d aprobación d las prsnts Bass, qu ponn fin a la vía administrativa, cab intrponr rcurso d rposición potstativo, ant la Junta d Gobirno d la Corporación Provincial n l plazo d un ms, d conformidad con lo stablcido n l art. 116 d la Ly 4/1999 d 13 d nro, d modificación d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común; asimismo podrá sr impugnado dirctamnt ant l Juzgado d lo Contncioso-Administrativo d Burgos, n l plazo d dos mss a tnor d lo stablcido n l art. 8 d la Ly 29/1998, d 13 d julio, rguladora d la Jurisdicción Contncioso-Administrativa, tras la modificación introducida por la Ly Orgánica 19/2003, d 23 d dicimbr. Ambos plazos contados a partir dl día siguint a la publicación dl prsnt acurdo. Burgos, 9 d julio d El Prsidnt, César Rico Ruiz * * * El Scrtario Gnral, José Luis M.ª Gonzálz d Migul diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

35 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 DESARROLLO DE ACTIVIDADES A rllnar por la Administración n Diputación d Burgos Rgistro Tipo (1) ACTIVIDAD MUESTRA DE COROS BURGALESES 2012 Nombr dl Coro C.I.F. Solicitant (2) Call Númro Escalra Piso Purta C.P. Municipio Tléfono fijo d contacto Tléfono móvil d contacto Dircción d corro lctrónico Nombr N.I.F. Rprsntant nt (solo si procd) (3) Call Númro Escalra Piso Purta C.P. Municipio Documnto acrditativo d la rprsntación Domicilio notificacions (4) Si dsa rcibir información d su trámit mdiant alguno d los siguints mdios, marqu con un aspa la casilla corrspondint: Sí, dso rcibir información a través d CORREO R POSTAL y/o CORREO ELECTRÓNICO Dircción d corro lctrónico Call Númro Escalra Piso Purta C.P. Municipio SOLICITUD Qu, prvios los trámits oportunos, l sa admitida a trámit la solicitud prsntada. Firma (5) En, a d d Firma APD La prsntación d sta solicitud implica, ica, a los fctos prvistos n la Ly Orgánica 15/1999, d 13 d dicimbr d Protcción d datos d caráctr prsonal, l consntiminto d los afctados para su inclusión n l fichro corrspondint d sta Diputación, sindo tratados d forma totalmnt confidncial y únicamnt podrán sr tratados para l stricto cumpliminto d las funcions drivadas d la solicitud. El intrsado podrá jrcitar los drchos d accso, rctificación, canclación y oposición n cualquir momnto y n los términos prvistos n la lgislación vignt, y sindo rsponsabl dl fichro la Diputación. COMUNICA CIÓN 42.4 El plazo máximo para rsolvr la convocatoria s d 3 mss conform al artículo 42.3 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común. Mdios qu s podrán utilizar para obtnr información sobr l stado d tramitación dl procdiminto: [tléfono, dircción postal, fax, corro lctrónico, sd lctrónica, página wb, cualquir otro mdio lctrónico]. INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMENTACIÓN: (1) TIPO. Indiqu la actividad n la dsa participar. (2) SOLICITANTE.. Dbrá consignar sus datos prsonals. (3) REPRESENTANTE. NTE. En l caso d qu s actú por mdio d rprsntant, admás d rllnar todos los datos d idntificación prvistos, dbrá ajuntar los documntos qu acrditn la rprsntación confrida. (4) DOMICILIO DE NOTIFICACIONES.. Si dsa qu las notificacions qu s produzcan n rlación a st modlo s dirijan a un lugar distinto al d su domicilio padronal, dbrá indicar l domicilio al qu quira qu s dirijan, cumplimntando todos los datos qu s solicitan. También pud sr informado mdiant l nvío d corro postal o un corro lctrónico si marca la casilla corrspondint. (5) FIRMA.. El prsnt scrito dbrá sr suscrito por l intrsado o, n su caso, por su rprsntant, indicando l lugar y fcha qu s prsnta. * * * diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

36 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

37 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA Y TURISMO cv: BOPBUR La Junta d Gobirno d sta Diputación Provincial, n ssión ordinaria clbrada l 27 d julio d 2012 adoptó, ntr otros, l siguint acurdo: «16. Aprobación d la Mustra Provincial d Coros Parroquials 2012». La Diputación Provincial d Burgos convoca la Mustra Provincial d Coros Parroquials 2012 d acurdo con las siguints B A S E S Primra. Dfinición dl objto d la Mustra. La Mustra Provincial d coros parroquials tin como objtivo fomntar y apoyar la labor ralizada por los coros parroquials d nustra provincia, mdiant la clbración d una Mustra, n la qu cada agrupación participant ralizará una o varias actuacions musicals. Sgunda. Bnficiarios Podrán participar todos los coros parroquials d la provincia d Burgos, qu stén lgalmnt constituidos, cuya sd social s ncuntr n Entidads Locals prtncints a municipios con población infrior a habitants Los participants s clasificarán n dos catgorías: Coros infantils, cuyos componnts tndrán mnos d 15 años. Coros d adultos Los participants no podrán actuar n dos coros parroquials inscritos n la Mustra La Unidad d Cultura d la Diputación comunicará a los grupos d coros, con antlación al inicio d la Mustra, la rlación d participants y la catgoría n la qu participan cada uno d llos No podrán obtnr la condición d bnficiarios aqullas agrupacions corals n las qu concurra alguna d las circunstancias stablcidas n l artículo 13.2 y 3 d la Ly Gnral d Subvncions y artículo 19 d la NOGS. Trcra. Programa a intrprtar por los participants Los coros participants intrprtarán una obra obligada proporcionada al fcto por la Diputación. Esta srá difrnt sgún la catgoría n la qu sté inscrito l coro participant (Bas 2, apartado 2.2 d la Convocatoria) Apart d sta obra obligatoria, los participants intrprtarán una obra d rprtorio libr, a dos vocs. Estas no podrán habrs intrprtado n l Concurso o Mustra d la Diputación n los dos últimos años. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

38 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Cuarta. Solicituds (modlos disponibls n Las agrupacions qu dsn tomar part n st Concurso dbrán formular su solicitud n l modlo normalizado qu figura como Anxo I, dirigida al Excmo. sñor Prsidnt d la Diputación, n l Rgistro Gnral d la Diputación Provincial, n l Rgistro Auxiliar d la Unidad d Cultura o n cualquira d los lugars stablcidos n l art d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común Las solicituds irán acompañadas d la siguint documntación: Fotocopia dl documnto qu indiqu la constitución lgal dl grupo (sólo n l caso d no habr sido aportado n pasadas dicions). Brv currículo d la agrupación (año d fundación, númro d componnts, tc.) y dl Dirctor d la misma. Partitura d las obras musicals d libr lcción. Dclaración conform al modlo d Anxo II, d no incurrir n las prohibicions para sr bnficiario, así como d star al corrint con obligacions tributarias y d Sguridad Social Si la solicitud no rún los rquisitos stablcidos n la norma d la Convocatoria, s rqurirá al intrsado para qu los subsan n l plazo máximo improrrogabl d diz días, indicándol qu si no lo hicir s l tndrá por dsistido n su ptición n los términos prvistos n l artículo 71 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común, prvia rsolución dictada d conformidad con lo stablcido n l art. 42 dl mismo txto lgal. Quinta. Plazo d prsntación d solicituds. Las solicituds s prsntarán n l plazo d vint días hábils a contar dsd l siguint al d la publicación d sta Convocatoria n l «Boltín Oficial» d la provincia. Sxta. Fcha d clbración d la Mustra. La Mustra s clbrará n una sola fas, y n l lugar y fcha qu dtrmin la Diputación. La ausncia d actuación n la fcha y hora indicada srá causa d liminación d la agrupación participant. En todo caso la Diputación podrá modificar las fchas d clbración d la Mustra si así lo aconsjara la buna marcha d la misma. Séptima. Cuantía d la ayuda. Cada coro participant rcibirá 700 uros, simpr qu los gastos ocasionados por su participación furan supriors a dicha cantidad y no xcdiran dl total dl prsupusto d la Mustra ( uros) considrando l númro d coros participants. En caso contrario, s distribuirá proporcionalmnt n ordn dcrcint, tomando como rfrncia aqul cuyo prsupusto d gastos sa mayor. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

39 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 Octava. Justificación d la ayuda. Srán rquisitos suficints para hacr fctivas a los participants las cuantías otorgadas d conformidad con la Bas séptima d la Mustra: Habr actuado durant l dsarrollo d la Mustra d conformidad con las prsnts Bass. A tal fcto, la Jfatura d la Unidad Administrativa d Cultura mitirá un inform n l qu s acrdit l cumpliminto d los fins prsguidos con l dsarrollo d la Mustra, así como la conformidad con las Bass qu, n su caso, rgulan su dsarrollo. Prsntar l rsponsabl dl coro participant una dclaración rsponsabl d la cuantía d los gastos ocasionados por la participación, fchada y firmada. Novna. Publicación institucional. En las actuacions corals qu s ralicn n l marco d sta Mustra s dbrá hacr constar la participación d la Diputación Provincial d Burgos, a través d la Unidad d Cultura y Turismo. Décima. Disposicions adicionals. Primra: La cuantía d los prmios n la prsnt Mustra no srá suscptibl d incrmnto y rvisión y n ningún caso originará drcho o constituirá prcdnt alguno para futuras concsions. Sgunda: En ningún caso podrán otorgars prmios por cuantía suprior a la qu s dtrmin n la prsnt Mustra. Trcra: Srá comptncia d la Prsidncia d la Diputación Provincial, prvio inform jurídico y/o técnico d la Unidad, o dictamn d la Comisión informativa corrspondint, la intrprtación d la normativa a qu s contra la prsnt Mustra, así como rsolvr las dudas qu plant su aplicación. Cuarta: La Unidad d Cultura y Turismo d la Diputación Provincial (tléfonos o ) prstará su assoraminto información n todo lo concrnint a la ralización y pusta n marcha d las actividads programadas n l marco d sta Mustra. Quinta: Las prsnts Bass s publicarán n l «Boltín Oficial» d la provincia y n l tablón d anuncios d la Diputación para gnral conociminto d los intrsados y n la página Disposición final. Contra l acurdo d aprobación d las prsnts Bass, qu ponn fin a la vía administrativa, cab intrponr rcurso d rposición potstativo, ant la Junta d Gobirno d la Corporación Provincial n l plazo d un ms, d conformidad con lo stablcido n l art. 116 d la Ly 4/1999 d 13 d nro, d modificación d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común; asimismo podrá sr impugnado dirctamnt ant l Juzgado d lo Contncioso-Administrativo d Burgos, n l plazo d dos mss a diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

40 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 tnor d lo stablcido n l art. 8 d la Ly 29/1998, d 13 d julio, rguladora d la Jurisdicción Contncioso-Administrativa, tras la modificación introducida por la Ly Orgánica 19/2003, d 23 d dicimbr. Ambos plazos contados a partir dl día siguint a la publicación dl prsnt acurdo. Burgos, 9 d julio d El Prsidnt, César Rico Ruiz * * * El Scrtario Gnral, José Luis M.ª Gonzálz d Migul diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

41 t boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 DESARROLLO DE ACTIVIDADES A rllnar l por la Administración Diputación d Burgos Rgistro Tipo (1) ACTIVIDAD MUESTRA DE COROS PARROQUIALES ROQUIALE 2012 Nombr dl Coro C.I.F. Solicitant (2) Call Númro Escalra Piso Purta C.P. Municipio Tléfono fijo d contacto Tléfono móvil d contacto Dircción d corro lctrónico Nombr N.I.F. Rprsntant nt (solo si procd) (3) Call Númro Escalra Piso Purta C.P. Municipio Documnto acrditativo d la rprsntación Domicilio notificacions (4) Si dsa rcibir información d su trámit mdiant alguno d los siguints mdios, marqu con un aspa la casilla corrspondint: Sí, dso rcibir información a través d CORREO R POSTAL y/o CORREO ELECTRÓNICO Dircción d corro lctrónico Call Númro Escalra Piso Purta C.P. Municipio SOLICITUD Qu, prvios los trámits oportunos, l sa admitida a trámit la solicitud prsntada. Firma (5) En, a d d Firma APD La prsntación d sta solicitud implica, a los fctos prvistos n la Ly Orgánica 15/1999, d 13 d dicimbr d Protcción d datos d caráctr prsonal, l consntiminto d los afctados para su inclusión n l fichro corrspondint d sta Diputación, sindo tratados d forma totalmnt confidncial y únicamnt podrán sr tratados para l stricto cumpliminto d las funcions drivadas d la solicitud. El intrsado podrá jrcitar los drchos d accso, rctificación, canclación y oposición n cualquir momnto y n los términos prvistos n la lgislación vignt, y sindo rsponsabl dl fichro la Diputación. COMUNICA CIÓN 42.4 El plazo máximo para rsolvr la convocatoria s d 3 mss conform al artículo 42.3 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común. Mdios qu s podrán utilizar para obtnr información sobr l stado d tramitación dl procdiminto: [tléfono, dircción postal, fax, corro lctrónico, sd lctrónica, página wb, cualquir otro mdio lctrónico]. INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMENTACIÓN: (1) TIPO. Indiqu la actividad n la dsa participar. (2) SOLICITANTE.. Dbrá consignar sus datos prsonals. (3) REPRESENTANTE. NTE. En l caso d qu s actú por mdio d rprsntant, admás d rllnar todos los datos d idntificación prvistos, dbrá ajuntar los documntos qu acrditn la rprsntación confrida. (4) DOMICILIO DE NOTIFICACIONES.. Si dsa qu las notificacions qu s produzcan n rlación a st modlo s dirijan a un lugar distinto al d su domicilio padronal, dbrá indicar l domicilio al qu quira qu s dirijan, cumplimntando todos los datos qu s solicitan. También pud sr informado mdiant l nvío d corro postal o un corro lctrónico si marca la casilla corrspondint. (5) FIRMA.. El prsnt scrito dbrá sr suscrito por l intrsado o, n su caso, por su rprsntant, indicando l lugar y fcha qu s prsnta. * * * diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

42 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

43 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA Y TURISMO cv: BOPBUR La Junta d Gobirno d sta Diputación Provincial, n ssión ordinaria clbrada l 27 d julio d 2012 adoptó, ntr otros, l siguint acurdo: «18. Aprobación d las bass d la Mustra d Art 2012». La Diputación Provincial d Burgos convoca la Mustra d Art 2012 d acurdo con las siguints: B A S E S Primra. Dfinición dl objto d la Mustra. La Mustra d Art tin como objtivo promocionar a los artistas burgalss, spcialmnt a los jóvns qu inician su carrra artística, y facilitar un cauc qu ls prmita la difusión d su obra. La Mustra d Art consistirá n la slcción d los proyctos artísticos qu prsntn los artistas o colctivos artísticos burgalss, con l fin d sr xpustos n la Sala d Exposicions dl Consulado dl Mar, durant l año 2013, con un caráctr d promoción y difusión artística y no comrcial. Sgunda. Bnficiarios Podrán participar todos los artistas o colctivos d artistas, qu hayan nacido n Burgos o su provincia o qu tngan actualmnt rsidncia n lla No podrán participar n la prsnt Mustra los artistas o colctivos qu hayan xpusto n la Sala dl Consulado dl Mar durant los años 2011 y Trcra. Solicituds (modlos disponibls n Los artistas o colctivos qu dsn tomar part n sta Mustra dbrán formular su solicitud n l modlo normalizado qu figura como Anxo I, dirigida al Excmo. Sr. Prsidnt d la Diputación n l Rgistro Gnral d la Diputación Provincial, n l Rgistro Auxiliar d la Unidad d Cultura o n cualquira d los lugars stablcidos n l art d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común Las solicituds irán acompañadas d la siguint documntación: Inform gráfico d la obra con la qu s prtnd participar n la Mustra (fotografías rcints y catálogos d sus últimas xposicions, si los hubir). Currículo dl artista o colctivo Si la solicitud no rún los rquisitos stablcidos n la norma d la convocatoria s rqurirá al intrsado para qu los subsan n l plazo máximo improrrogabl d diz días, indicándol qu si no lo hicir s l tndrá por dsistido n su ptición n diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

44 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 los términos prvistos n l art. 71 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común, prvia rsolución dictada d conformidad con lo stablcido n l artículo 42 dl mismo txto lgal. Cuarta. Plazo d prsntación d solicituds. Las solicituds s prsntarán n l plazo d 20 días naturals a contar dsd l siguint al d la publicación d sta convocatoria n l «Boltín Oficial» d la provincia. Quinta. Compromisos d la Diputación Provincial y d los artistas o colctivos slccionados n l concurso Conform a lo stablcido n sta convocatoria, la Diputación Provincial d Burgos s compromt a lo siguint: Corrr con los gastos d confcción d cartls y catálogos d cada una d las xposicions slccionadas. Las caractrísticas técnicas d st matrial (númro d fotografías por catálogo y tipo d papl) s dtrminarán por la Unidad d Cultura d la Diputación Exponr n la Sala d Exposicions dl Consulado dl Mar la obra d los artistas slccionados, dntro d la programación dl año 2013 y n l priodo librmnt dtrminado por l órgano comptnt, tras la consulta al intrsado Los artistas o colctivos artísticos n su calidad d slccionados s compromtn a lo siguint: Prstar su obra, para sr xpusta n la Sala d Exposicions dl Consulado dl Mar dntro d la programación dl año 2013, y n l priodo librmnt dtrminado por la Diputación Provincial, tras la consulta al intrsado Donar a los fondos artísticos d la Diputación Provincial una d sus obras, slccionada d mutuo acurdo por ambas parts. Sxta. Critrios objtivos d slcción. La slcción d los artistas o colctivos artísticos qu xpondrán n la Sala dl Consulado dl Mar durant l año 2013 s fctuará tnindo n cunta los siguints critrios por ordn dcrcint d importancia y por la pondración qu s ls atribuy, sobr un barmo d 10 puntos: 1. El proycto artístico prsntado como xposición: Pintura, scultura, crámica, fotografía o cualquir otra manifstación artística: Hasta 7 puntos. 2. La trayctoria artística y currículo dl solicitant: Hasta 3 puntos. Séptima. Comisión d Valoración La valoración d los montajs artísticos prsntados n l concurso s ralizará por la Comisión d Valoración, constituida al fcto Esta Comisión stará compusta por los diputados provincials qu intgran la Comisión d Cultura y Turismo. diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

45 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d La propusta d rsolución qu ralizará la Comisión d Valoración stará fundamntada n un inform qu mitirá prcptivamnt un jurado técnico nombrado al fcto por la Comisión d Valoración, qu s atndrá a los critrios stablcidos n la Bas sxta d la Mustra El jurado técnico stará formado por trs spcialistas n art, hacindo d Scrtario l Jf d la Unidad d Cultura o prsona n quin dlgu. Octava. Publicación institucional. En las actuacions qu s ralicn n l marco d sta Mustra, s dbrá hacr constar la participación d la Diputación Provincial d Burgos, a través d la Unidad d Cultura y Turismo. Novna. Disposicions adicionals. Primra: Srá comptncia d la Prsidncia d la Diputación Provincial, prvio inform jurídico y/o técnico d la Unidad, o dictamn d la Comisión informativa corrspondint, la intrprtación d la normativa a qu s contra la prsnt Mustra, así como rsolvr las dudas qu plant su aplicación. Sgunda: La Unidad d Cultura y Turismo d la Diputación Provincial (tléfonos ó ) prstará su assoraminto información n todo lo concrnint a la ralización y pusta n marcha d las actividads programadas n l marco d sta Mustra. Trcra: Las prsnts Bass s publicarán n l «Boltín Oficial» d la provincia y n l Tablón d Anuncios d la Diputación para gnral conociminto d los intrsados y n la página Disposición final. Contra l acurdo d aprobación d las prsnts Bass d la Mustra, qu ponn fin a la vía administrativa, cab intrponr rcurso d rposición potstativo, ant la Junta d Gobirno d la Corporación Provincial n l plazo d un ms, d conformidad con lo stablcido n l art. 116 d la Ly 4/1999 d 13 d nro d modificación d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común; asimismo podrá sr impugnado dirctamnt ant l Juzgado d lo Contncioso-Administrativo d Burgos, n l plazo d dos mss a tnor d lo stablcido n l art. 8 d la Ly 29/1998, d 13 d julio, rguladora d la Jurisdicción Contncioso-Administrativa, tras la modificación introducida por la Ly Orgánica 19/2003, d 23 d dicimbr. Ambos plazos contados a partir dl día siguint a la publicación dl prsnt acurdo. Burgos, a 9 d julio d El Prsidnt, César Rico Ruiz * * * El Scrtario Gnral, José Luis M.ª Gonzálz d Migul diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

46 boltín oficial d la provincia Núm. 160 Luns, 27 d agosto d 2012 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU

Núm. 160 Lunes, 27 de agosto de 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Núm. 160 Lunes, 27 de agosto de 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Oficina Trritorial d Trabajo cv: BOPBUR-2012-04790 Rsolución d fcha 7 d agosto d 2012 dl Jf d la Oficina Trritorial

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