I. INTRODUCCIÓN. informal es un fenómeno presente en casi todos los departamentos del Perú

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1 1 I. INTRODUCCIÓN Según la DREMH - JUNIN (2011) menciona que la minería ilegal e informal es un fenómeno presente en casi todos los departamentos del Perú aunque con diferente intensidad en cada caso, generando graves impactos ambientales, sociales y económicos. Esta situación se debe, en parte, a que la regulación de la minería artesanal y pequeña minería se ha visto debilitada por la ausencia de procesos claros, efectivos de formalización. Por otro lado a la escasez de recursos y capacidades para hacer frente y poner freno a la expansión de la actividad que se realiza fuera de la ley, sin contar con medidas de protección ambiental o que permitan garantizar el respeto de los derechos de terceros Según MINAM (2007) menciona que en el marco del proceso de descentralización en curso y desde el año 2004, el ministerio de energía y minas viene transfiriendo facultades a los gobiernos regionales. Estas facultades están referidas al ejercicio de funciones en el área de minería, energía e hidrocarburos, tal como contempla la ley orgánica de gobiernos regionales Esta práctica se realizó en la unidad técnica de asuntos ambientales y Unidad Técnica Minera de la dirección regional de energía

2 2 minas e hidrocarburos de Huánuco. Estas unidades técnicas son encargadas de la revisión en gabinete y constatación en campo de los instrumentos de gestión ambiental de proyectos mineros metálicos y no metálicos entre otras funciones dentro del departamento de Huánuco. Este informe contribuye a la comprensión del cómo se revisa los instrumentos de gestión ambiental que presentan los titulares mineros y los marcos legales que rigen este procedimiento y como el Gobierno Regional al fijar las políticas de protección del ambiente privilegia y promueve la adopción de prácticas de prevención de la contaminación Objetivo general Revisar los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS e inspección de la concesión minera LUYANDO 10 en Huánuco Objetivos específicos - Determinar el cumplimiento de los requisitos para el proceso de formalización de los proyectos mineros TERRAZAS III, CANTERA VITORS y LUYANDO 10 - Revisar los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS - Inspeccionar la concesión minera no metálica del proyecto de exploración LUYANDO 10

3 3 II. REVISIÓN DE LITERATURA 2.1. Aspectos generales de la dirección regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Huánuco Misión Desarrollar nuestras actividades mineras guiados por los más altos principios y valores, protegiendo la salud de nuestros trabajadores, la integridad y el medio ambiente, Ser un sector energético y minero competitivo a nivel Regional, Nacional e Internacional que contribuye al desarrollo sostenible de la Región y por ende del país, basado, fundamentalmente, en la iniciativa privada para una Región promotora, moderna, eficiente y descentralizada (DREMH- Huánuco, 2014) Visión Promover el desarrollo sostenible de las actividades energéticas y mineras, impulsando la inversión privada en un marco global competitivo, preservando el medio ambiente y facilitando las relaciones armoniosas del sector (DREMH-Huánuco, 2014)

4 Formalización Según MINAM (2007) menciona que la formalización es el proceso que permite desarrollar cualquier actividad económica dentro del marco legal que la regula.en el caso de pequeña minería y minería artesanal, se busca que los titulares de esta actividad - Cuenten con un derecho minero que respalde sus actividades. - Puedan gozar de los beneficios que otorga la ley de formalización y promoción de la pequeña minería y minería artesanal. - Desarrollen actividades mineras seguras y en condiciones necesarias para el crecimiento y desarrollo de las mismas. - Sean conscientes de la necesidad de mitigar los impactos negativos que genera el desarrollo de sus operaciones. - Protejan el medio ambiente, buscando el desarrollo de una minería sostenible Ventajas de formalización Según el MINAM (2007) las ventajas son: - Le permite permanecer en el área, sin tener que abandonarla antes de tiempo. - Genera derechos incuestionables, que eliminan los conflictos que pudieran surgir con la comunidad y terceros.

5 5 - Incentiva la inversión.la garantía de que no será desalojado, permite invertir en su actividad sin tener ningún riesgo de pérdida. - Le permite adquirir los insumos que utiliza en sus labores mineras a precio de mercado, sin tener que pagar sobreprecios. - Son aplicables los beneficios mínimos que otorga la ley, tanto en el aspecto laboral, como de salud y seguridad. - Logra acceso a crédito y financiamientos, pues puede utilizar el derecho minero como garantía de pago. - programas de capacitación en el área legal, técnica y de gestión ambiental Desventajas de la informalidad Según el MINAM (2007), las desventajas son: - Genera inestabilidad laboral, al no contar con un área permanente de trabajo. - Lo expone a constantes conflictos, dentro de la comunidad y frente a terceros. - Le impide realizar inversiones que permitan mejorar sus operaciones, ya que tiene el constante peligro de ser desalojado - Obliga a pagar sobreprecios en los llamados mercados negros al momento de comprar los insumos que utiliza en sus labores mineras.

6 6 - No le permite acceder a los beneficios mínimos que otorga la ley, tanto en el aspecto laboral, como de salud y seguridad. - Le dificulta ser sujeto de crédito o tener acceso a fuentes de financiamiento que permitan el desarrollo de sus actividades. - No accede a las medidas adicionales de apoyo al sector, tales como capacitaciones legales, tecnológicas, operativas, administrativas y de gestión ambiental Diferencias entre minería informal e ilegal Minería ilegal Según Decreto legislativo N MINEM, menciona que la minería ilegal es la Actividad minera ejercida por persona natural o jurídica, o grupo de personas organizadas, usando equipo y maquinaria que no corresponde a las características de la actividad minera que desarrolla (pequeño productor minero o productor minero artesanal) o sin cumplir con las exigencias de las normas de carácter administrativo, técnico, social y medioambiental que rigen dichas actividades, o que se realiza en zonas en las que esté prohibido su ejercicio Minería informal Según Decreto legislativo N MINEM, menciona que la Actividad minera ejercida por persona natural o jurídica, o grupo de personas organizadas, usando equipo y maquinaria que no corresponde a las

7 7 características de la actividad minera que desarrolla (pequeño productor minero o productor minero artesanal) o sin cumplir con las exigencias delas normas de carácter administrativo,técnico,social y medioambiental,en zonas no prohibidas para la actividad minera y por persona natural o jurídica,o grupo de personas organizadas para ejercer dicha actividad que hayan iniciado un proceso de formalización conforme se establece en el presente dispositivo Puntos críticos que influyen en la formalización de la minería artesanal Según Comisión técnica multisectorial (2011), la problemática de la minería artesanal informal confluye con los temas de la informalidad y de la ilegalidad. Por un lado, los mineros artesanales se encuentran en una situación de informalidad debido a que realizan una actividad sin ajustarse a la legislación vigente que la regula. Asimismo, la gran mayoría de ellos también se encuentran en una situación de ilegalidad porque realizan esta actividad violando los derechos de propiedad de terceros. Según Comisión técnica multisectorial (2011), nos menciona que es necesario señalar que la informalidad viene acompañada de un serio deterioro ambiental. A pesar de que la formalización de la minería artesanal informal es un tema que ha estado en la agenda del Sector Energía y Minas desde la década de los noventa, los esfuerzos hechos no han sido consistentes ni han tenido un enfoque integral Según Comisión técnica multisectorial (2011), el tema de la minería artesanal informal siempre se ha visto desde la perspectiva de cómo erradicar

8 8 o regular a los mineros artesanales informales. En este sentido, el problema se centra en la regulación de agentes sumamente atomizados y dispersos a los cuales es imposible llegar y mucho menos controlar y fiscalizar. El traslado de la competencia de su fiscalización hacia los gobiernos regionales (GORE) ha sido un factor de freno en el proceso de formalización que no ha logrado facilitar la presencia del Estado porque, por un lado, los mineros se encuentran en zonas sumamente remotas y, por otro lado, porque los GORE no han asignado los recursos necesarios a las DREM para que asuman adecuadamente su competencia de fiscalización de esta actividad Concesión minera Según Decreto Supremo Nº MINEM, menciona que se clasifican en metálicas y no metálicas, según la clase de sustancia. La concesión minera es considerada como un bien inmueble distinto y separado del predio donde se encuentra ubicada. Los recursos naturales, renovables o no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento y lo ejerce vía concesión Etapas de la actividades minera Según MINAM (2007), las actividades de exploración, explotación, beneficio, labor general y transporte minero, necesitan de una autorización

9 9 previa para ser desarrolladas. En el caso de pequeña minería y minería artesanal las principales actividades que se desarrollan son las exploración, explotación y beneficio Cateo y prospección Según MINAM (2007), las actividades de cateo y prospección en áreas libres no requieren de permiso o autorización previa. No se puede realizar cateo y prospección en zonas urbanas, zonas reservadas, áreas naturales protegidas, áreas donde existen concesiones mineras salvo permiso previo En esta etapa se buscan zonas en las que se presume existe un yacimiento minero, vale decir, zonas geológicas susceptibles de ser explotadas (vetas, diseminados, lavaderos) durante el cateo se recogen rocas del suelo o se cavan zanjas para obtener muestras y analizarlas físicamente (ver color, dureza, etc.); mientras que en la prospección se aplican análisis químicos y estudios geofísicos Exploración Según MINAM (2007), esta actividad se realiza con el fin de demostrar las dimensiones, posición, características mineras, reservas y valores de los yacimientos minerales Explotación Según MINAM (2007), menciona que es la Etapa en la que se extraen los minerales contenidos en un yacimiento.en el caso de la minería

10 10 subterránea, es común la perforación, voladura, acarreo y transporte fuera de la mina (rieles o rueda).cuando se trata de minas superficiales, el proceso comprende la perforación, voladura, carguío y transporte Beneficio Según MINAM (2007), esta etapa consiste en extraer o concentrar la parte valiosa de un agregado de minerales desarraigado y/o fundir, purificar o refinar metales, ya sea mediante un conjunto de procesos físicos, químicos y/o fisicoquímicos. En otras palabras el mineral que sale de la mina se somete a un proceso metalúrgico llamado concentración para mejorar su ley Clasificación de la minera en el Perú Según el Decreto legislativo N MINEM, establece parámetros para distinguir a la pequeña minería y minería artesanal. Cuadro 1.Clasificación de la minería en el Perú Estrato Tamaño de concesiones Capacidad productiva Gran minería Más de 2000 Ha Más de 5000 TM/día Mediana minería Más de 2000 Ha Hasta 5000 TM/día Pequeña minería(1) Hasta de 2000 Ha Hasta 350 TM/día Minería artesanal(2) Hasta de 1000 Ha Hasta 25 TM/día Decreto legislativo N MINEM Caso: Materiales de construcción arenas gravas auríferas de placer, metales pesados Detríticos. (1)Hasta 3000 m3 / día. (2)Hasta 200 m3 / día.

11 Declaración de compromisos Según Decreto legislativo N MINEM, menciona que es un documento que deberá presentar la persona, natural o jurídica, ante el Gobierno Regional correspondiente, en un plazo de sesenta 60 días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma 2.9. Instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC) Según Decreto legislativo N MINEM, menciona que el instrumento de gestión ambiental permite la formalización de la actividad minera de la pequeña minería y de la minería artesanal en curso. El IGAC tiene como objetivo adecuar las actividades de la pequeña minería y de la minería artesanal en curso a las obligaciones legales ambientales vigentes. Mediante el IGAC, el sujeto de formalización adopta las medidas ambientales para prevenir, controlar, mitigar y remediar los impactos ambientales de su actividad, según correspondan Según Decreto legislativo N MINEM, menciona que el IGAC contiene las metas graduales, cronograma de inversiones, y resultados ambientales los que son objeto de fiscalización y sanción. El incumplimiento del IGAC podrá conducir a la cancelación de su inscripción en el correspondiente registro de Declaraciones de Compromisos previsto en el. Esta situación determina que el sujeto adquiere la condición de ilegal y, a su vez, es pasible de la aplicación de las medidas de interdicción

12 Estudio de impacto ambiental Según CONESA (1997), menciona que es el documento técnico que debe presentar el titular del proyecto, y sobre la base del que se produce la Declaración o Estimación de Impacto Ambiental. Este estudio deberá identificar, describir y valorar de manera apropiada, y en función de las particularidades de cada caso concreto, los efectos notables previsibles que la realización del proyecto produciría sobre los distintos aspectos ambientales. Se trata de presentar la realidad objetiva, para conocer en qué medida repercutirá sobre el entorno la puesta en marcha de un proyecto, obra o actividad y con ello, la magnitud del sacrificio que aquél deberá soportar Pronostico y análisis de impactos ambientales Según CONESA (1997), menciona que el análisis se hace sobre la base de evaluar el carácter significativo de los impactos, poniendo especial atención en aquellos que presentan un nivel crítico o irreversible. Una vez conocidos y evaluados los impactos se toma decisiones en relación con sus ventajas y desventajas desde el punto de vista ambiental. Lo que se busca con el estudio es una comparación de los condiciones iniciales del medio ambiente, con aquellas que pueden causar los diferentes elementos de la acción propuestas Plan de manejo ambiental Según Decreto supremo N MINAM, menciona que es el

13 13 instrumento de gestión ambiental cuya función es restablecer las medidas de prevención, control, minimización, corrección y recuperación de los potenciales impactos ambientales que los proyectos pudieran originar en el desarrollo del mismo. - Describir las medidas de mitigación ambiental que serán implementadas para mitigar los impactos ambientales negativos. - Describir los programas de manejo ambiental que serán implementados para controlar los impactos ambientales negativos. - Describir los programas de monitoreo ambiental que serán implementados para medir la eficiencia de los programas de mitigación y manejo. - Planes de respuesta ante emergencias y de limpieza de derrames y planes de remediación alternativos para cuando el monitoreo indique que los planes de mitigación no están obteniendo los objetivos deseados. - Describir los planes de contingencia para emergencias y rehabilitación identificados, según sea requerido. - Describir los planes de contingencia frente a desastres naturales Plan de cierre Según DÍEZ (2005), menciona que es el conjunto de actividades que deben realizar los titulares de actividades mineras para rehabilitar las áreas en que realizaron dichas actividades. Consisten en una serie de compromisos económicos y técnicos, tanto durante la ejecución del proyecto minero como

14 14 después de su finalización, para lo cual se establece la obligación de presentar garantías económicas Plan de monitoreo Según DELLAVEDOVA (2010), menciona que es el plan que verifica la efectividad de aplicación de las medidas propuestas, detecta desviaciones, identifica las causas y propone medidas correctivas. Este plan debe tener una frecuencia de ejecución programada y consensuada con los responsables intervinientes. Los parámetros a medir son efluentes, residuos, contaminación, etc. - Grado de eficacia de las medidas precautorias, protectoras, correctoras y compensatorias. - Medida de los impactos residuales cuya total corrección no sea posible ni esperada. - Medida de otros impactos no previstos y de posterior aparición a la ejecución Propuesta de clasificación Según Decreto supremo N MINAM, menciona que la propuesta general de la clasificación ambiental es cumplir con los principios y lineamientos establecidos, a fin de que los proyectos puedan ser clasificados en la Categoría I o II y que presenten los respectivos estudios (DIA o EIAsd), considerando la magnitud de los impactos generados por las actividades del

15 15 proyecto y la extensión de estos impactos en el área de influencia Evaluación preliminar (EP) Según Decreto supremo N MINAM, menciona que es el proceso inicial de Evaluación de Impacto Ambiental donde el titular presenta a la autoridad competente, las características de la acción que se proyecta ejecutar; los antecedentes de los aspectos ambientales que conforman el área de influencia de la misma; los posibles impactos ambientales que pudieran producirse; y, en el caso de la Categoría I, las medidas de prevención, mitigación o corrección previstas. Para el caso de las Categorías I y II, la Evaluación Preliminar sustenta la propuesta de clasificación de conformidad con las categorías establecidas y de términos de referencia para el estudio de impacto ambiental correspondiente Clasificación ambiental Según Decreto supremo N MINAM, menciona que la clasificación de los proyectos se basa en los resultados de su Evaluación Preliminar (EP). Los proyectos pueden ser clasificados en tres categorías diferentes de acuerdo a la significancia de sus impactos: - Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental. - Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado. - Categoría III- Estudio de impacto ambiental detallado. La Clasificación ambiental es otorgada por la autoridad competente una vez que la evaluación preliminar ha sido revisada de acuerdo al

16 16 mecanismo establecido por el reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental Declaración de impacto ambiental (DIA) Según Decreto supremo N MINAM, es el estudio cuyo propósito es evaluar los impactos ambientales y sociales causados por proyectos clasificados como Categoría I, es decir proyectos que no involucran potenciales impactos ambientales y sociales significativos Certificación ambiental Según Decreto supremo N MINAM, menciona que es la resolución emitida por la autoridad competente a través de la cual se aprueba el instrumento de gestión ambiental (DIA, EIA-sd o EIA-d), certificando que el proyecto propuesto ha cumplido con los requisitos de forma y fondo establecidos en el marco del SEIA. Asimismo, la certificación ambiental establece las obligaciones que debe cumplir el titular para prevenir, mitigar, corregir, compensar y manejar los impactos ambientales negativos generados Entidad fiscalización ambiental Según Decreto Legislativo Nº MINEM, menciona que son entidades de fiscalización ambiental comprendidas en el ámbito de la presente norma, los gobiernos regionales que han recibido la transferencia de tales funciones en el marco del proceso de descentralización, en lo relacionado

17 17 a la fiscalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal Entidad facultada para desarrollar funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental a nivel nacional, regional o local, con independencia funcional del OEFA Estructura legal Generalidades La actividad minera se desarrolla dentro del marco legal vigente de la Constitución Política del Perú, Ley General del Ambiente, Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería y sus reglamentos, que garantizan las responsabilidades de cada una de las partes a lo largo de sus gestiones Base legal Norma jerárquica nacional - Constitución política del Perú (1993) Articulo N 2. Toda persona tiene derecho a la paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso así como gozar en un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida. Articulo N 66. Establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, siendo el Estado el que debe promover el uso sostenible de estos; así como, la conservación de la diversidad biológica de las áreas naturales protegidas.

18 Normas relacionadas con la preservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible - Ley 28611: Ley general del ambiente, aprobado por el congreso de la república el 13 octubre 2005 Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente y a sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país también menciona que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo; están sujetos a Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental SNEIA y los proyectos o actividades que no están comprendidos en la mencionada ley, deben desarrollarse de conformidad con las normas de protección ambiental específicas de la materia. - Decreto supremo Nº reglamento de la ley del sistema nacional de evaluación del impacto ambiental. Con objetivo de identificar, prevenir, supervisar, controlar y corregir anticipadamente los impactos ambientales negativos de los proyectos de inversión, así como de las políticas, planes y programas públicos. Se ha

19 19 establecido a través del reglamento, diversas modalidades de gestión de la evaluación de impacto ambiental, para que sean aplicables a los diversos proyectos de inversión que están comprendidos en el SEIA, desde grandes proyectos de minería o hidrocarburos, hasta proyectos más pequeños o dispersos como los de industria, pesquería, de servicios, entre otros, que puedan presentar impactos ambientales negativos. Establece diversas categorías en función del riesgo ambiental. Dicha categorías son las siguientes: categoría I - Declaración de Impacto Ambiental; categoría II - Estudio de impacto Ambiental Semidetallado, categoría III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado. Asimismo establece que el contenido del Estudio de Impacto Ambiental debe incluir el Plan de Abandono o Cierre. Artículo 6º.- Procedimiento para la certificación ambiental: El procedimiento para la certificación ambiental constará de las etapas siguientes: - Presentación de la solicitud - Clasificación de la acción - Revisión del estudio de impacto ambiental - Resolución - Seguimiento y control. Artículo 11.- El proponente deberá presentar el estudio de impacto ambiental a la autoridad competente para su revisión. Asimismo la autoridad competente, en los casos establecidos mediante decreto supremo, solicitará la opinión de otros organismos públicos e instituciones.

20 20 Articulo 12.- Culminada la revisión del estudio de impacto ambiental, la autoridad competente emitirá la resolución que aprueba o desaprueba dicho estudio indicando las consideraciones técnicas y legales que apoyan la decisión, así como las condiciones adicionales surgidas de la revisión del estudio de impacto ambiental si las hubiera. La resolución que aprueba el estudio de impacto ambiental constituirá la certificación ambiental, quedando así autorizada la ejecución de la acción o proyecto propuesto. Artículo 22.- No podrán otorgarse licencias, derechos, autorizaciones, ni cualquier otro título habilitante para el inicio de la ejecución de proyectos de inversión sujetos al SEIA, sin contar con la Certificación Ambiental expedida por la Autoridad Competente. Cuadro 2. Términos de referencia para elaboración de la declaración de impacto ambiental. I. Resumen ejecutivo Deberá contener los antecedentes y aspectos técnicos sobresalientes del proyecto; características más relevantes de las condiciones de línea base del medio físico, biológico y social; breve descripción de los impactos positivos y negativos que serán originados por el proyecto. Asimismo, se presentará una breve descripción del Plan de Manejo Ambiental y Social 1.1.Requisitos de Información para el Resumen Ejecutivo son: -Descripción del proyecto -Descripción del área -Descripción de los resultados de las consultas efectuadas hasta la fecha. -Descripción de los principales impactos ambientales identificados -Descripción de los planes o las estrategias de manejo ambiental y social que serán aplicados en el proyecto II. Descripción del proyecto de inversión (que incluirá todos los componentes del

21 21 proyecto incluyendo aquellos con potencial para generar impactos ambientales o sociales) indicando: características principales; actividades en las etapas de planificación, construcción, operación y abandono; aspectos involucrados en cuanto a infraestructura y proceso productivo; y tamaño Requerimientos de información para la descripción del proyecto son: Recursos minerales y geología -Geología regional y del área del proyecto -Estimación de recursos y reservas minerales Mina -Tipo (tajo abierto, subterráneo, dragado, etc.) -Ubicación -Rutas de acarreo relacionadas -Estimados de producción -Generación de subproductos -Vida esperada de la mina Instalaciones de procesamiento -Tipo (flotación, gravimetría, lixiviación en pilas, etc.) -Ubicación -Estimados de producción, capacidad de producción de las instalaciones y capacidad para expansión -Uso de reactivos y generación de subproductos Instalaciones de manejo de residuos Tipo de depósitos, capacidad, capacidad para expansión, ubicaciones de alternativas y estabilidad física para: - Depósitos de relaves -Botaderos de rocas de desmonte -Pilas de almacenamiento de suelo orgánico -Rellenos sanitarios -Infraestructura para el manejo de residuos peligrosos Instalaciones de manejo de agua Infraestructura y requerimientos estimados para: - Suministro de agua - Tratamiento de agua y manejo de aguas de lluvia - Manejo de aguas limpias

22 22 - Identificación de las fuentes de agua y volumen requerido - Balance de aguas y efluentes de la operación Otras infraestructuras relacionadas con el proyecto - Instalaciones Auxiliares (mantenimiento, almacenamiento de productos químicos, edificios administrativos, etc.) - Consumo y almacenamiento de combustibles (tipo, infraestructura de almacenamiento, medios de transporte, consumo, manejo de residuos de hidrocarburos) - Suministro de energía (tipo y requerimientos estimados) - Acceso (accesos existentes y propuestos, incluyendo alternativas) - Transporte y manipuleo de productos y materiales (tipo de vía, vía férrea, tuberías, estimados preliminares de volúmenes, instalaciones para transferencia de carga) - Descripción de las rutas de transporte Viviendas y servicios para el personal -Campamentos (durante la construcción, operación y cierre) -Servicios de vivienda alternativos (durante la construcción, operación y cierre) -Servicios que serán proporcionados tales como salud y educación, instalaciones diseñadas para la diferencia de género (durante la construcción, operación y cierre) - Generación y manejo de residuos domésticos III. Descripción del área de implementación del proyecto (información de Línea Base), indicando: características de los componentes del ambiente involucrado; ubicación geográfica; tipo de paisaje, elementos y valores naturales y humanos existentes; y grado de intervención humana existente Los requerimientos de información para esta sección incluyen: Ambiente físico - Fisiografía (descripción de aspectos principales del terreno) -Geología (información geológica general) - Suelos (tipos de suelos, edafología, capacidad de uso mayor, erosión, etc.) - Riesgos Naturales (sismología, riesgo sísmico, deslizamiento de tierras, inundaciones, etc.) - Clima/Meteorología (viento, precipitación, temperatura, humedad, etc.) - Calidad de Aire y Ruido

23 23 - Recursos de Agua Superficial (condiciones hidrológicas incluyendo caudal y calidad del agua) - Recursos de Aguas Subterránea (condiciones hidrogeológicas incluyendo flujo y calidad del agua) - Sedimentos Acuáticos Ambiente biológico - Ecoregiones y Hábitats (mapa del área de influencia del proyecto con una descripción general de las ecoregiones y hábitats identificados) - Flora Terrestre (cobertura vegetal, especies amenazadas, especies endémicas, etc.) - Fauna Terrestre (mamíferos, aves, anfibios y reptiles incluyendo especies amenazadas, endémicas, de hábitats restringidos, etc.) - Recursos Acuáticos (información sobre hábitat y presencia de peces y organismos bentónicos) Ambiente social, económico y cultural - Demografía: Descripción de las comunidades y tipo (urbano, rural, étnico o de otra identidad, colonización, migración). Proporcionar información sobre población y densidad de población, crecimiento poblacional, tasas de nacimiento y muerte, distribución por edad y sexo. - Infraestructura Social y Física: Proporcionar información sobre el acceso a asistencia médica, educación, agua y saneamiento. Proporcionar información sobre el acceso a electricidad, mercados, transporte, comunicaciones y bancos. - Acceso y Uso de Recursos: Proporcionar información sobre los diferentes tipos de tenencia y acceso a tierras, al agua y a otros recursos según sea relevante. Proporcionar información sobre sistemas de producción agrícola, pesquera, cultivos y ganado, producción, consumo y mercados. - Empleo y Educación: Proporcionar información sobre empleo, ingresos, mercados de trabajo, incidencia de pobreza. - Economía y Negocios: Proporcionar información sobre estructura económica local, tipos de negocios, formales e informales, mercados. - Educación y Alfabetismo: Proporcionar información sobre el nivel de educación y alfabetismo de la población. - Salud Pública: Proporcionar información sobre la incidencia de enfermedades, bienestar, salud materno-infantil, nutrición.

24 24 - Organizaciones Políticas, Sociales y Culturales: Proporcionar información sobre liderazgo, participación, toma de decisiones, grupos de la comunidad, etc. - Percepciones de la población - Recursos Culturales, Paleontológicos y Patrimoniales - Proporcionar información sobre recursos arqueológicos y paleontológicos y áreas protegidas. IV. Descripción de los impactos ambientales y sociales potenciales del proyecto Requerimientos de información para esta sección incluyen: Identificación y evaluación de impactos. - Descripción de cada uno de los impactos potenciales identificados. - Identificación del componente del proyecto que origina impactos potenciales - Identificación de componentes ambientales o sociales potencialmente afectados. - Evaluación cualitativa de los impactos como insignificante, moderado o significativo V. Medidas de prevención, mitigación, corrección, compensación, en su caso, y control de aquellos impactos ambientales que pudieran originarse, incluyendo el abandono o cierre de la actividad. VI. Plan de cierre Fuente: MINEM. Guía para la formulación de declaración de impacto ambiental en las actividades desarrolladas por los pequeños productores mineros y mineros artesanales (2002). - Decreto supremo N EM. Reglamento de la ley N ley de formalización y promoción de la pequeña minería y la minería artesanal Tiene por objeto regular los requisitos, límites y procedimientos para acreditar y renovar la acreditación de la condición de Pequeño Productor Minero y Productor Minero Artesanal y las causales de pérdida de tal condición; norma la conformación y contenido de los registros administrativos de Pequeños Productores Mineros y de Productores Mineros Artesanales; regula los acuerdos o contratos de explotación y derecho de preferencia para la

25 25 formulación de petitorios mineros; regula las medidas excepcionales sobre medio ambiente; establece las medidas de apoyo especial a la Minería Artesanal; y señala los procedimientos de fiscalización de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal. Artículo 39º.- Solicitud de Certificación Ambiental y documentación requerida: El pequeño productor minero o el productor minero artesanal, presentará ante la Dirección General de Asuntos Ambientales, una solicitud de Certificación Ambiental, indicando en ella su propuesta de clasificación de Categoría I o II del proyecto. La información contenida en la solicitud deberá ser suscrita por el solicitante y tendrá carácter de declaración jurada. La solicitud de Certificación Ambiental se presentará con la siguiente documentación: Recurso. Datos generales del pequeño productor minero o productor minero artesanal solicitante; nombre del proyecto o actividad que desea desarrollar; tipo de documento presentado según se trate de DIA para la Categoría I o EIASd para la Categoría II; fecha de presentación, la que será formalmente establecida por la Oficina de Trámite Documentario del Ministerio de Energía y Minas una vez presentado el documento; y pago por derecho de trámite. Evaluación Preliminar, la cual contendrá: - Descripción del proyecto de inversión indicando: características principales; actividades en las etapas de planificación, construcción, operación y abandono; aspectos involucrados en cuanto a

26 26 infraestructura y proceso productivo; y tamaño. - Descripción del área de implementación del proyecto, indicando: características de los componentes del ambiente involucrado; ubicación geográfica; tipo de paisaje, elementos y valores naturales y humanos existentes; y grado de intervención humana existente. - Descripción de los impactos ambientales potenciales y de las medidas de prevención, mitigación, corrección, compensación, en su caso, y control de aquellos impactos ambientales que pudieran originarse, incluyendo el abandono o cierre de la actividad. - Plan de Cierre. - Resumen ejecutivo. Propuesta de la Categoría I o II de clasificación ambiental del proyecto, basada en la recopilación de información precedente y un análisis de los posibles impactos ambientales y las medidas de mitigación, seguimiento y control aplicables. De ser el caso, propuesta de términos de referencia del EIASd: La documentación deberá incluir tablas, cuadros, mapas, esquemas, flujogramas, planos, así como cualquier otra documentación que pueda complementar el estudio del proyecto propuesto. Artículo 40º.- Plazo para resolver sobre la solicitud: Presentada la solicitud de Calificación Ambiental con la propuesta de categoría de estudio ambiental, la Dirección General de Asuntos Ambientales deberá ratificar o

27 27 modificar la propuesta de clasificación realizada, lo cual comunicará al titular en un plazo definido. Artículo 43º.- Reclasificación de la solicitud por la Dirección General de Asuntos Ambientales: En caso que la solicitud no corresponda a la Categoría I a criterio de la Dirección General de Asuntos Ambientales, ésta clasificará el proyecto como de Categoría II y solicitará al proponente la presentación de los Términos de Referencia del EIASd correspondiente. - Decreto supremo N MINAM, aprueban disposiciones complementarias para el instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC), para la formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal en curso Tiene como objeto regular el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo IGAC, aplicable en los procesos de formalización de las actividades en curso de pequeña minería y minería artesanal, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº Articulo N 8.- Etapas del procedimiento del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo IGAC Según el decreto supremo N MINAM las etapas son: - Elaboración. - Revisión. - Aprobación. - Seguimiento y control.

28 28 SUJETO DE FORMALIZACION DE LA PEQUEÑA MINERIA Y MINERIA GOBIERNO REGIONAL CORRESPONDIENTE SUJETO DE FORMALIZACION DE LA PEQUEÑA MINERIA Y GOBIERNO REGIONAL CORRESPONDIENTE ELABORACION DEL IGAC REVISION DEL IGAC, ENVIO DE OBSERVACIONES ABSOLUCION DE OBSERVACION ES DEL IGAC REVISION FINAL DE IGAC EMISION DE LA RESOLUCION DE APROBACION DEL IGAC SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIO N DEL IGAC PLAZO: 05 MESES PLAZO: 45DIAS PLAZO: 45DIAS PLAZO: 25DIAS PLAZO: 10 DIAS ETAPA DE ELABORACION Y PRESENTACION DEL IGAC ETAPA DE REVISION DEL IGAC ETAPA DE APROBACION DEL IGAC Figura Etapa Elaboración del procedimiento del IGAC del instrumento de gestión ambiental correctivo El IGAC será elaborado de acuerdo al contenido mínimo establecido en el Anexo Nº 01 del presente Decreto supremo. Cuadro 3.terminos de referencia para los instrumentos de gestión ambiental. I. Resumen ejecutivo El Resumen Ejecutivo del IGAC es una síntesis del describa las condiciones ambientales actuales, las actividades realizadas, el tipo de procesamiento utilizado, prestándole particular atención a las medidas sugeridas para controlar y remediar los impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso. Contenido de dicho instrumento. II. Objetivo El IGAC tiene como objetivo eliminar, controlar y remediar progresivamente, en plazos definidos claramente, los impactos ambientales negativos que viene causando la actividad de pequeña minería y minera artesanal, aplicando prioritariamente actividades de prevención, control, remediación y compensación ambiental. III. Marco legal Este capítulo debe incluir las normas legales actualizadas que deben ser consideradas y sustentan el IGAC.

29 29 IV. Análisis de la actividad El sujeto de formalización debe proporcionar información respecto de la infraestructura, equipos y procesos con los que viene ejecutando sus actividades. Tales como: 4.1. Ubicación - Mapa general de distribución de las instalaciones y áreas de trabajo. (Escala 1:5000) Descripción de la actividad - Descripción de los procesos productivos, equipos, maquinarias y sus formas de uso. - Materias primas e insumos (tipos y cantidades incluyendo combustibles). - Requerimientos de energía. - Requerimientos de agua. - Productos generados (tipos y cantidades). - Emisiones de gases, olores y otros. - Vertido de aguas residuales. - Gestión de los Residuos generados. (Incluyendo relaves, desmontes y tipos de residuos). - Derrames accidentales. - Otros que se consideren pertinentes. V. Descripción del área de influencia de la actividad en curso Facilitar datos e información suficiente sobre el ambiente y la calidad ambiental, que permita el Gobierno Regional disponga de una visión clara sobre los componentes del entorno, de acuerdo al esquema siguiente: 5.1. Descripción del Medio Físico - Tipo de suelo - Cobertura vegetal existente - Calidad de Agua y sedimentos, así como su disponibilidad. - Presencia de sustancias contaminantes. - Zona impactada Se debe adjuntar material fotográfico del área impactada 5.2. Descripción del Medio Biológico 5.3. Descripción del Medio Socio Económico y Cultural VII. Propuesta de Plan de Manejo Ambiental (PMA) El PMA contendrá las siguientes acciones:

30 30 - Acción en Prevención y Mitigación Ambiental El Gobierno Regional al fijar las políticas de protección del ambiente privilegia y promueve la adopción de prácticas de prevención de la contaminación. Las medidas de prevención se orientan principalmente a evitar y/o mitigar los impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso. Los objetivos de estas acciones son: -Mitigar o corregir a niveles aceptables los impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso en el área de influencia. -Prevenir la generación de nuevos impactos ambientales negativos. -Establecer las consideraciones ambientales para la realización de los diversos trabajos y actividades que se desarrollan durante el ciclo de vida de la actividad. -Conservar los recursos naturales ubicados en el área de influencia. - Acción en Monitoreo Ambiental. Debe tener bajo permanente observación algunos de los contaminantes que el Gobierno Regional considere básicos para controlar los eventuales impactos ambientales de una determinada actividad tales como el mercurio, cianuro entre otros. Dentro de las acciones tiene especial valor el monitoreo de la calidad ambiental (agua, aire y suelo) porque es la base para la adopción de las medidas que se requiere implementar integralmente en el PMA; así mismo será vital que periódicamente permita analizar las condiciones ambientales en la zona de operaciones, y en general mantener bajo vigilancia la evolución de condiciones ambientales en la calidad del aire, ruido, olores entre otros. (Incluyendo el mercurio, hidrocarburos totales de petróleo, entre otros). - Acción de Contingencia Incluirá procedimientos, equipos, comunicaciones y personal especialmente asignado a estos eventos y capacitación por especialistas externos. - Acción de Cierre y Post Cierre Considerando que todo titular de actividad minera está obligado a realizar el cierre de las áreas, labores e instalaciones, a través del Plan de Cierre de Minas, regulado por la normativa vigente, el Plan de Manejo Ambiental (PMA) deberá incluir la descripción general de las acciones que se seguirán cuando se produzca el cierre la actividad minera, con el fi n de que el área donde está ubicada, no constituya un posible pasivo o un peligro posterior de contaminación del ambiente o de daño a la salud y la vida de las poblaciones vecinas, por lo que contemplará, entre otras medidas:

31 31 - La protección o remoción, según sea el caso, de infraestructuras y demás equipos. - La descontaminación del suelo - La nivelación y revegetación del área afectada. - El control de deslizamientos y escorrentías. -El monitoreo, y - Otros que establezca el Gobierno Regional, en concordancia con la normativa vigente VIII. Cronogramas de implementación y de inversión El IGAC debe establecer un programa de trabajo para implementar las medidas de prevención y/o mitigación con las metas a alcanzar, acompañado de un cronograma de inversión detallado con metas graduales y objetivos a corto y mediano plazo, donde se detallen las actividades y los presupuestos que se asignarán para el cabal cumplimiento de lo propuesto. Todos los compromisos son sujetos a fiscalización y sanción correspondiente. Anexo 1 del decreto supremo N MINAM El IGAC debe estar suscrito por un profesional, como mínimo; quién debe estar inscrito en el registro de consultoras regionales autorizadas para elaborar IGAC o estudios ambientales a cargo del Gobierno Regional, en cuya jurisdicción se realiza la actividad, o del Registro de consultoras autorizadas del Ministerio de Energía y Minas o por el Ministerio del Ambiente. 2. Presentación del IGAC Los requisitos para la presentación del IGAC son los siguientes: - Solicitud de aprobación del IGAC dirigida al Gobierno Regional. - Dos (02) ejemplares (original y copia) impresos y en formato electrónico del IGAC. - Recibo de pago por derecho de trámite, de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional correspondiente.

32 32 - Copia del cargo o registro vigente de la Declaración de Compromiso prevista en el Anexo Nº 01 del Decreto Legislativo Nº 1105 o, de corresponder, en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº EM. 3. Revisión del IGAC La revisión del IGAC se llevará a cabo por el Gobierno Regional, el cual aplicará el principio de Ventanilla Única. Copia del IGAC presentado será remitida a las autoridades que deban emitir opinión técnica, en un plazo no mayor de cinco (05) días calendario de admitida la solicitud de revisión, entidades que deberán pronunciarse en un plazo no mayor de 30 días, contados a partir de la recepción de la solicitud. El Gobierno Regional podrá solicitar opinión técnica de otras autoridades en los casos que se requiera, de acuerdo con las materias objeto de evaluación. En caso de existir observaciones o comentarios de cualquiera de las entidades antes mencionadas, así como de las obtenidas en el proceso de participación ciudadana; el Gobierno Regional las comunicará, por única vez, al solicitante, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados desde la admisión de la solicitud de revisión del IGAC. El sujeto de formalización tendrá un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la comunicación del Gobierno Regional para presentar la subsanación de todas las observaciones efectuadas al IGAC.

33 33 Luego de presentadas las subsanaciones por parte del sujeto de formalización, estas deberán ser remitidas por el Gobierno Regional a las autoridades que efectuaron las observaciones, las deberán pronunciarse, bajo responsabilidad, sobre las mismas en un plazo máximo de quince (15) días calendario contados a partir de su recepción. El Gobierno Regional verificará la subsanación de las observaciones en un plazo no mayor de veinte y cinco (25) días calendario, contados a partir de la recepción de las mismas por parte del sujeto de formalización dicha subsanación. - Emisión de observaciones - Absolución de observaciones del IGAC - Revisión final de IGAC 4. Aprobación del IGAC En un plazo no mayor de cinco (05) días calendario de verificada la subsanación de observaciones conforme a lo establecido en el artículo precedente, el Gobierno Regional respectivo deberá emitir la Resolución de aprobación o desaprobación del IGAC. La Resolución deberá ser notificada al sujeto de formalización en un plazo máximo de cinco (05) días calendario de emitida. Dicha Resolución deberá estar acompañada de un informe técnico legal que sustente lo resuelto. 5. Emisión de la resolución de aprobación del IGAC

34 34 6. Seguimiento y fiscalización del IGAC El plazo para la culminación de la implementación de las medidas correctivas establecidas en el IGAC no podrá ser mayor de tres (03) años, contados a partir de la fecha de la Resolución emitida por el Gobierno Regional que aprueba el IGAC. El sujeto de formalización deberá implementar las medidas permanentes durante todo el ciclo de vida de la actividad. El incumplimiento de las medidas correctivas y medidas permanentes, precisadas en el IGAC, determina que el sujeto adquiere la condición de ilegal y, en consecuencia, es pasible de la aplicación de las medidas de interdicción. 7. Obligaciones del sujeto de formalización con IGAC aprobado - Ejecutar todas las medidas dispuestas y compromisos incluidos en el IGAC correspondiente, en los plazos y términos aprobados por el Gobierno Regional. - Adoptar medidas para prevenir, controlar, monitorear, mitigar, restaurar, rehabilitar o reparar, según corresponda, los impactos y efectos ambientales negativos generados por su actividad. - Ejecutar las medidas de cierre y post cierre correspondientes. - Obtener la autorización de inicio/reinicio de operación minera, prevista en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1100 y artículos 10º y 12º del Decreto Legislativo Nº 1105.

35 35 - Decreto legislativo Nº Decreto legislativo que establece disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal Artículo 4º.- Pasos para la Formalización de la Actividad Minera de la Pequeña Minería y Minería Artesanal: La formalización podrá ser iniciada o continuada, según sea el caso, por aquéllos que realizan la actividad cumpliendo con los pasos siguientes: - Presentación de Declaración de Compromisos. - Acreditación de Titularidad, Contrato de Cesión, Acuerdo o Contrato de Explotación sobre la Concesión Minera. - Acreditación de Propiedad o Autorización de Uso del Terreno Superficial. - Autorización de Uso de Aguas. - Aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo. - Autorización para Inicio/Reinicio de Actividades de Exploración, Explotación y/o Beneficio de Minerales. Las personas naturales o jurídicas que se someten al proceso de formalización deben cumplir con todos los pasos y sus requisitos a efecto de ser considerada su actividad como formal. - Resolución suprema Nº ED - Reglamento de investigaciones arqueológica. Esta normativa contiene un mandato con respecto a los proyectos de obras públicas y privadas que de un modo u otro se relacionen con un bien

36 36 cultural inmueble, señalándose que en tales casos se debe contar con la autorización previa del INC. El objetivo es proteger aquéllas áreas en las cuales se pueda sospechar que existen restos correspondientes al patrimonio cultural de la nación, con el fin de que en este caso se obtenga la evaluación técnica del INC para lograr tal determinación. De no encontrar tales evidencias, el INC dictamina la liberación de la zona. De esta manera, el artículo 65 del Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, Resolución Suprema ED, ha previsto que el titular de una actividad que pueda ocasionar un daño al patrimonio arqueológico obtenga un certificado de inexistencia de restos arqueológicos (CIRA). - Reglamento de la ley de recursos hídricos Nº Derechos de aguas La ley recursos hídricos, establece que los recursos de agua pertenecen a la nación. El gobierno peruano no otorga derechos de propiedad privada para el agua de la nación. El Autoridad Nacional del Agua a través de entes descentralizados (ALA) otorga derechos para el uso del agua. Las solicitudes para el uso del agua serán aprobadas tomando en cuenta la disponibilidad del recurso agua, la necesidad actual y el uso dado al recurso de agua. Las prioridades en el uso del agua son también aplicables según lo siguiente: - Necesidades primarias y consumo de agua por la población - Fines agrícolas - Generación de energía, fines industriales y mineros y Otros usos.

37 37 - Decreto Supremo EM - Derechos de superficie Según el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, Decreto Supremo EM, la concesión minera es un inmueble distinto y separado del predio donde se encuentre ubicada. En este sentido, el titular de la concesión minera requiere del derecho de acceso al suelo con el fin de realizar las actividades mineras en la propiedad de terceros. - Decreto Supremo N EM - Reglamento para el cierre de minas Reglamenta la Ley que regula el Cierre de minas y tiene por objeto la prevención, minimización y el control de los riesgos y efectos sobre la salud, la seguridad de las personas, el ambiente, el ecosistema circundante y la propiedad, que pudieran derivarse del cese de las operaciones de una unidad minera. Establece que el Plan de Cierre de Minas deberá ser elaborado a nivel de factibilidad, deberá incluir las medidas y presupuesto necesarios para rehabilitar el lugar en el que han desarrollado las actividades mineras, asegurar la estabilidad física y química de los residuos y componentes mineros susceptibles de generar impactos negativos, estimado del presupuesto, el cronograma anualizado y las garantías del Plan de Cierre y que deberá ser actualizado luego de tres años desde su aprobación y posteriormente cada cinco años desde la última modificación o actualización aprobada por la autoridad competente. El Reglamento índica que el plan de cierre, debe ser objeto de revisión y modificación sobre la base de los cambios que ocurran en los

38 38 años siguientes de operación minera o a las innovaciones tecnológicas en el sector. Estos aspectos son contemplados en la normatividad ambiental y, por tanto, incluidos en el diseño del presente Plan de Cierre de tal forma que permita el aprovechamiento e incorporación de nuevas tecnologías que permitan una mejor recuperación ambiental. - Decreto supremo N PCM. Reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental del aire Para proteger la salud, la norma establece los estándares nacionales de calidad ambiental del aire y los lineamientos de estrategia para alcanzarlos progresivamente. Con el propósito de promover que las políticas públicas e inversiones públicas y privadas contribuyan al mejoramiento de la calidad del aire se tomarán en cuenta las disposiciones del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, así como los siguientes principios: - La protección de la calidad del aire es obligación de todos - Las medidas de mejoramiento de la calidad del aire se basan en análisis costo beneficio. - Decreto supremo N PCM. Reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental para ruido Establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la

39 39 salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. - Decreto supremo N PCM. Reglamento de la Ley N 27314, ley general de residuos sólidos Reglamenta la Ley de Residuos Sólidos y tiene por objeto asegurar que la gestión y el manejo de los residuos sólidos sean apropiados para prevenir riesgos sanitarios, proteger. Y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana. Establece que el almacenamiento, tratamiento y disposición final de los residuos generados por la actividad minera, deberá ceñirse a la normatividad y especificaciones técnicas que disponga la autoridad competente, cuando estos procesos son realizados al interior de las áreas de la concesión minera y que queda prohibida la alimentación de animales con residuos orgánicos que no hayan recibido previamente el tratamiento establecido en las normas vigentes. - Decreto supremo Nº MINAM. Estándares nacionales de calidad ambiental para agua Aprobar los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua, contenidos en su Anexo I, con el objetivo de establecer el nivel de concentración o el grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos presentes en el agua, en su condición de cuerpo receptor

40 40 y componente básico de los ecosistemas acuáticos, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni para el ambiente. Los Estándares aprobados son aplicables a los cuerpos de agua del territorio nacional en su estado natural y son obligatorios en el diseño de las normas legales y las políticas públicas siendo un referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental. - Decreto supremo N AG. Categorización de especies amenazadas de fauna silvestre y prohíben su caza, captura, tenencia, transporte o exportación con fines comerciales Este Decreto Supremo N AG, aprueba la categorización de especies de fauna silvestres, que requieren de medidas especiales para lograr su supervivencia, prohibiendo su caza, captura,tenencia o exportación para fines comerciales, siendo sólo autorizados con fines de investigación que contribuyan a la conservación de dichas especies y cuando sea de interés y Beneficio y beneficio de la Nación, y para lo cual deberá contar con la opinión favorable del INRENA e instituciones científicas nacionales e internacionales reconocidas. - Resolución Ministerial N AG. Aprueban categorización de especies amenazadas de flora silvestre Contiene el listado de 777 especies, distribuidas en las categorías de peligro crítico, en peligro, vulnerable y casi amenazado, prohibiéndose su extracción, colecta, tenencia, transporte y exportación de todos los

41 41 especímenes, productos y subproductos, exceptuándose los procedentes de planes de manejo in situ y ex situ aprobados por la autoridad competente o los de uso y subsistencia de comunidades nativas y campesinas. - Decreto supremo N EM- Modificación del reglamento de procedimientos mineros, aprobado por decreto supremo EM, a fin de uniformizar criterios para la evaluación y otorgamiento de autorización de beneficio, concesión de beneficio e inicio de actividad de exploración y/o explotación, para la minería artesanal, pequeña minería, mediana minería y gran minería Articulo N 75. Indica que para iniciar actividades de exploración en un área determinada debe presentar las siguientes documentaciones. - Resolución que aprueba el Instrumento ambiental respectivo, aprobado y consentido por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros o gobierno regional correspondiente. - Programa de trabajo. - Documento que acredite que el solicitante es propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las acciones y derechos del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial (es) donde se realizará la actividad de exploración, debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP o, en su defecto, el testimonio de escritura pública. En ambos casos, dichos documentos deberán contener las coordenadas UTM WGS 84 de los vértices de la poligonal que encierra cada terreno superficial.

42 42 - Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio certificado o empresa con laboratorio certificado, acreditado por INDECOPI. - Una vez cumplido con lo señalado en el presente numeral, la Dirección general de minería o gobierno regional correspondiente, previo informe técnico favorable del ministerio de energía y minas, a través de la dirección general de minería, autorizará el inicio de la actividad de exploración.

43 43 III. MATERIALES Y MÉTODOS 3.1. Lugar de ejecución Ubicación política fase de gabinete La presente práctica tuvo como ámbito las instalaciones de la dirección regional de energía, minas e hidrocarburos de Huánuco órgano descentralizado con dependencia de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Huánuco, dependencia funcional, técnica y normativa del Ministerio de Energía y Minas; ubicado en el departamento de Huánuco, Provincia Huánuco en las siguientes coordenadas N, E ver anexo (Apéndice 2) Ubicación política fase de campo Se realizó las inspecciones en el departamento de Huánuco en la provincia de Leoncio prado en la concesión LUYANDO 10 y CANTERA VITORS que se encuentran ubicadas en las siguientes coordenadas (ANEXO 2): La inspección a la concesión minera LUYANDO 10 fue el 23 de enero del presente año.

44 44 Cuadro 4. Coordenadas UTM de la concesión minera LUYANDO 10 VERTICE Coordenadas UTM Sistema PSAD 56 Norte Este V V V V V V de abril del presente año La inspección a la concesión minera CANTERA VITORS fue el 20 Cuadro 5. Coordenadas UTM de la Concesión Minera CANTERA VITORS Vértices Coordenadas U.T.M. PSAD 56 Norte Este V V V V Clima e hidrografía El departamento cuenta con climas muy variados, lo que posibilita la explotación de múltiples productos agrícolas y pecuarios. Es cálido en la cuenca del Pachitea y en el norte (zona de Tingo María), mientras que en los márgenes de los ríos Marañón y Huallaga es templado, registrándose bajas temperaturas en la provincia de Dos de Mayo (entre los y m.s.n.m).

45 45 Posee importantes recursos hídricos por la existencia de gran cantidad de ríos, riachuelos, lagos y lagunas. Existen dos cuencas hidrográficas que integran longitudinalmente al departamento; la cuenca del Marañón, la cuenca del Huallaga Materiales y equipos y equipos: Para la realización del trabajo se utilizaron los siguientes materiales Materiales - Lapicero - Libreta de campo - Tablero - Chaleco - Casco de protección - USB 16 GB - Portapapeles - Formatos de registro de datos del INGEMET - Formatos de términos de referencias. - Formatos de requisitos para formalización Equipos - GPS

46 46 - Cámara digital - Laptop Toshiba CORE I Metodología Determinación del cumplimiento de los requisitos de formalización de los proyectos TERRAZAS III, CANTERA VITORS y LUYANDO 10 - Se determinó los requisitos para la certificación ambiental de los proyectos TERRAZAS III y CANTERA VITORS - Se determinó los requisitos para el inicio de actividades de exploración para el proyecto de exploración LUYANDO Determinación del cumplimiento de los requisitos para obtener la certificación ambiental del proyecto de explotación TERRAZAS III Según Decreto Supremo Nº MINEM, menciona que para obtener la certificación ambiental se debe cumplir con los siguientes requisitos. - Título de concesión minera terrazas III. - Autorización de uso superficial - Solicitud de aprobación del instrumento de gestión ambiental. - INFORME: Evaluación preliminar de la propuesta de clasificación ambiental. - RESOLUCION: Ratificación de la propuesta ambiental de la categoría I. - Recibo de pago por evaluación del estudio.

47 47 - Opinión técnica de la autoridad nacional del agua. Autorización para uso de agua - Certificación de inexistencia de restos arqueológicos. Se revisó los requisitos antes mencionados y se realizó gráficos para el análisis cuantitativo del cumplimiento Determinación del cumplimiento de los requisitos para la certificación ambiental de la concesión minera no metálica CANTERA VITORS Como señala el Decreto legislativo N MINEM, que uno de los documentos para que pueda darse la formalización es tener la aprobación del instrumento de gestión ambiental correctivo. Para la revisión del instrumento de gestión ambiental correctivo se procedió a revisar los siguientes requisitos. - Declaración de compromisos. - Acreditación de Titularidad de concesión minera - Autorización de uso del terreno superficial - Autorización para uso de agua. - Solicitud de aprobación del instrumento de gestión ambiental correctivo - Certificación de inexistencia de restos arqueológicos. - Recibo de pago para revisión del estudio.

48 Determinación del cumplimiento de los requisitos para el inicio de actividades de exploración del proyecto LUYANDO 10 Se revisó los antecedentes del proyecto de exploración LUYANDO 10 y verifico el cumplimiento de los requisitos para el Inicio de actividades de exploración (Decreto Supremo N MINEM): - Resolución que aprueba el Instrumento ambiental respectivo, aprobado y consentido por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros o gobierno regional correspondiente. - Programa de trabajo. - Documento que acredite que el solicitante es propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las acciones y derechos del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial (es) donde se realizará la actividad de exploración, debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP o, en su defecto, el testimonio de escritura pública. En ambos casos, dichos documentos deberán contener las coordenadas UTM WGS 84 de los vértices de la poligonal que encierra cada terreno superficial. - Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio certificado o empresa con laboratorio certificado, acreditado por INDECOPI. - Autorización para inicio de actividades de exploración.

49 Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS - Para la revisión de la declaración de impacto nos basamos de la Guía para la formulación de declaración de impacto ambiental en las actividades desarrolladas por los pequeños productores mineros y mineros artesanales (Decreto supremo N MINEM). - Para la revisión del instrumento de gestión ambiental se basó del (Decreto Supremo N MINAM), en el cual mencionan las disposiciones Complementarias para el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC), para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal en curso. - También en los proyectos TERRAZAS III y CANTERA VITORS usamos las normas relacionadas con la preservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible Revisión de la declaración de impacto ambiental TERRAZAS III Ya categorizado el proyecto de explotación TERRAZAS III se procedió a revisar la declaración de impacto ambiental. Para la revisión del estudio de impacto ambiental de categoría I se realizó la verificación de los términos de referencia según la Guía para la formulación de declaración de impacto ambiental en las actividades desarrolladas por los pequeños productores mineros y mineros artesanales (Decreto supremo N MINEM).

50 50 Se analizó cada capítulo de la declaración de impacto ambiental con el fin de la elaboración del INFORME Nº G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL, prestando atención al plan de manejo ambiental, plan de monitoreo y plan de cierre. El informe Nº G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL consto de las siguientes capítulos: I. Resultado de la evaluación II. Antecedentes. III. Contenido de la declaración de impacto ambiental. IV. Análisis V. Conclusión VI. Recomendaciones Emisión de observaciones: Al titular de la concesión se le hizo llegar el informe. Absolución de observaciones: El titular después de un periodo de tiempo detallado en (Decreto Supremo Nº 013, 2002) presento el estudio del subsanación de observaciones Teniendo la subsanación de observaciones, el informe N G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL,la declaración de impacto ambiental y las opiniones técnicas de otras autoridades solicitadas por la DREMH (ALA) se procedió a evaluar el levantamiento de Observaciones. El estudio de subsanación de observaciones también fue revisado se observó y analizo cada ítem del levantamiento de observaciones para ver si

51 51 es que la respuesta estaba bien formulada (ABSUELTA) o no estaba bien formulada (NO ABSUELTA) Revisión del instrumento de gestión ambiental correctivo del proyecto de explotación minera no metálica CANTERA VITORS Se procedió a verificar si el instrumento presentado por el titular concordaba con el término de referencia del anexo 1 del Decreto Supremo N MINAM. Ya que este proyecto minero se encuentra actualmente en actividad de explotación minera no metálica, ya viene generando impactos: Se examinó la matriz de Leopold y analizo como las actividades que se realizan y realizarían en cada etapa del proyecto influyen e influirían en los componentes ambientales. En los niveles más altos y negativos de impactos identificados en la matriz Leopold, se prestó atención el plan de manejo ambiental, Se analizó cada capítulo del estudio para elaborar el informe N G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL de asunto evaluación del instrumento de gestión ambiental correctivo del proyecto de explotación CANTERA VITORS constituyo de los siguientes capítulos: I. Resultados de la evaluación II. III. IV. Antecedentes Base Legal Evaluación

52 52 V. Conclusión VI. Recomendación En el capítulo I del informe se menciona si en el IGAC se encuentran observaciones (OBSERVADO) o si el IGAC se encuentra formulado correctamente (NO OBSERVADO). En el capítulo II del informe se detallan los antecedentes desde la obtención del título de la concesión minera hasta la presentación de solicitud para la evaluación del instrumento de gestión ambiental. En el capítulo III Se detalla la base legal a la que se rige este proceso de formalización extraordinario para la revisión del IGAC. En el capítulo IV se detalla la evaluación del proyecto tales como: datos generales tiempo de vida útil, objetivo del proyecto, ubicación, alcances del proyecto, análisis de actividades por etapa, vías de acceso, equipos a utilizar, volumen de extracción por día, impactos de la actividad. En el capítulo V se detalla las observaciones que se realizaron por algunas partes incoherentes dentro del estudio o vacíos que faltaban detallar En el capítulo VI se detalla algunas recomendaciones para la subsanación del estudio en un plazo detallado. le hizo llegar el informe. Emisión de informe de observaciones: Al titular de la concesión se

53 53 Absolución de observaciones El titular después de un periodo de tiempo detallado por el artículo 12 del Decreto Supremo MINAM. Presento el estudio de subsanación de observaciones para seguir con el trámite para llegar a obtener la certificación ambiental. Se observó y analizo cada ítem del levantamiento de observaciones para ver si es que la respuesta estaba bien formulada (ABSUELTA) o no estaba bien formulada (NO ABSUELTA) Constatación de la concesión minera LUYANDO 10 Se procedió a visitar el lugar de la concesión con representantes de las siguientes áreas de la dirección regional de energía, minas e hidrocarburos (Área Técnica de Asuntos Ambientales, Área Técnica de Minería y área legal) acompañándonos del fiscal en materia ambiental. Siendo a horas 11:50 horas del día 23 de enero de 2014 se comenzó a desarrollar la constatación, para lo cual como acto inicial se realizó la apertura correspondiente haciendo la presentación respectiva de los participantes e indicando la razón de la constatación. observaciones. Acto seguido los presentes expresaron sus opiniones, reclamos y Luego se hizo un recorrido por el área del proyecto minero, tomándose fotografías y haciéndose toma de coordenadas de los puntos de perforaciones diamantinas.

54 54 Nos trasladamos a las instalaciones de la empresa inspeccionada, en el que se hizo un pequeño debate y al respecto se orientó a los presentes sobre el tema del procedimiento de formalización de una empresa. Finalmente siendo a horas 15:05 horas del mismo día se concluyó la constatación pasando a firmar el acta de inspección. Se revisó los antecedentes del proyecto de exploración LUYANDO 10 y verifico el cumplimiento de los requisitos para el Inicio de actividades de exploración. Se apoyó en la elaboración del informe Nº GR- HUANUCO-DREMH/ATM-ATAA-AL en el cual se detalla las actividades encontradas con sus coordenadas correspondientes y también la multa impuesta.

55 55 IV. RESULTADOS 4.1. Determinación del cumplimiento de los requisitos para el proceso de formalización de los proyectos mineros - Proyecto de explotación de la concesión minera CANTERA VITORS - Proyecto de explotación de la concesión minera TERRAZAS III - Proyecto de exploración de la concesión minera LUYANDO Determinación del cumplimiento de los requisitos del proyecto de explotación CANTERA VITORS En el cuadro 6,7 y figura 2 se muestra los requisitos que cumple la concesión minera CANTERA VITORS y el porcentaje de requisitos faltantes para la emisión de la certificación ambiental. Cuadro 6. Requisitos para la certificación ambiental de CANTERA VITORS Requisitos Presencia/ Ausencia (cualitativo) Presencia/ ausencia (cuantitativo) Declaración de compromisos. Si (Anexo) 1 Título de concesión minera Si (Anexo) 1 Autorización de uso superficial No 0 Autorización de aguas. Si (Anexo) 1 Certificado de inexistencia de restos arqueológicos No 0 Solicitud para la aprobación del IGAC Si (Anexo) 1 Recibo de pago por evaluación del estudio Si (Anexo) 1 Fuente: Elaboración propia

56 56 Cuadro 7. Porcentaje de requisitos para la certificación ambiental de CANTERA VITORS Presencia cualitativa Cantidad de requisitos Porcentaje (%) Si 5 71 No 2 29 Fuente: Elaboración propia 29% Si 71% No Figura 2. Proporción de cumplimiento de requisitos para la emisión de certificación ambiental de CANTERA VITORS Determinación del cumplimiento de los requisitos para el proceso de formalización del proyecto minero de explotación TERRAZAS III En el cuadro 8, 9 y figura 3 se muestra los requisitos que deben cumplir para la certificación ambiental y los porcentajes de cumplimiento e incumplimiento de la concesión TERRAZAS III.

57 57 Cuadro 8. Requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III Requisitos Presencia/ Ausencia Presencia/ ausencia (cualitativo) (cuantitativo) Título de concesión minera terrazas III. Si (Anexo) 1 Autorización de uso superficial Si (Anexo) 1 Solicitud con asunto de aprobación del DIA Si (Anexo) 1 INFORME: Evaluación preliminar de la propuesta de clasificación ambiental. Si (Anexo) 1 RESOLUCION: Ratificación de la propuesta 1 ambiental de la categoría I. Si (Anexo) Recibo de pago por evaluación del estudio. Si (Anexo) 1 Certificado de inexistencia de restos arqueológicos Si (Anexo) 1 Opinión técnica de la autoridad nacional del agua. Si (Anexo) 1 Fuente: Elaboración propia Cuadro 9.Porcentaje de requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III Presencia cualitativa de requisitos Cantidad de requisitos Porcentaje (%) Si No 0 0 Fuente: Elaboración propia 100% SI NO Figura 3. Proporción de cumplimiento de requisitos para la certificación ambiental de TERRAZAS III

58 Determinación del cumplimiento de los requisitos para el inicio de exploración del proyecto de exploración LUYANDO 10 En el cuadro 10, 11 y figura 4 se muestra los requisitos para la emisión de autorización de inicio de actividades de exploración, porcentaje de cumplimiento e incumplimiento de los requisitos de la concesión LUYANDO 10. Cuadro 10. Requisitos para el inicio de actividades de exploración Requisitos Título de concesión minera LUYANDO 10 Autorización de uso superficial Aprobación de la declaración de impacto ambiental Programa de trabajo Monitoreo ambiental actualizado, efectuado por un laboratorio certificado o acreditado por INDECOPI. Autorización de inicio de actividad de exploración Fuente: Elaboración propia Presencia/ ausencia (cualitativo) Si (Anexo) Si (Anexo) Si (Anexo) No Si (Anexo) No Cuadro 11. Porcentaje de requisitos que cumple para el proceso de formalización. Presencia/ ausencia (cuantitativo) de requisitos Fuente: Elaboración propia Cantidad de requisitos Porcentaje (%) Si 4 67 No 2 33

59 59 33% Si 67% No Figura 4. Proporción de cumplimiento de requisitos para el inicio de actividades de exploración LUYANDO Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS - Revisión de la declaración de impacto del proyecto de explotación de la concesión minera metálica TERRAZAS III - Revisión del instrumento de gestión ambiental correctivo del proyecto de explotación de la concesión minera no metálica CANTERA VITORS Revisión del instrumento de gestión ambiental del proyecto de explotación minera TERRAZAS III En el cuadro 12 se muestra las 18 observaciones realizadas a la declaración de impacto ambiental de la concesión TERRAZAS III la importancia por cada observación y el incumplimiento en el término de referencia (Tdr).

60 60 Cuadro 12. Observaciones realizadas de la revisión de la declaración de impacto ambiental de TERRAZAS III Observaciones realizadas en el informe Mencionar criterios técnicos para la demarcación del área de influencia directa (AID) e indirecta (AII). Elaborar el plano de uso actual del suelo y capacidad de uso mayor a escala adecuada. Presentar datos meteorológicos tales como precipitaciones, temperatura, humedad relativa, nubosidad, dirección del viento. Elaborar un plano donde se muestre la estación meteorológica con la concesión minera. Importancia de la observación Permitirán conocer la delimitación del área real del estudio, también los criterios para su demarcación esto permitirá poder mitigar y prevenir los impactos en los espacios físicos dentro del área real de estudio. Ayuda a describir las características del área de influencia del estudio y se afecte lo menos posible las importantes áreas que existen. Para usarlas en el diseño del proyecto y para determinar. El comportamiento de gases, material particulado y otros. Para la verificación de datos y también para determinar si los datos son representativos. Incumplimiento del Tdr Descripción del área de influencia de la actividad en curso Descripción del área de influencia de la actividad en curso(cobertura vegetal existente y tipo de suelo) Descripción del área de influencia de la actividad. Propuesta de plan de manejo ambiental (Acción en monitoreo ambiental).

61 61 Observaciones realizadas en el informe En hidrología menciona una quebrada llamada Libertad, se solicita adjuntar caudales en épocas de lluvia y estiaje. Precisar el número de puntos de evaluación de flora y fauna, así como el número de días que se tomó la evaluación en cada punto. Además presentar la ubicación en coordenadas PSAD 56 y el plano respectivo. Indicar el tamaño de muestra y sustentar el número de días que tomo la evaluación biológica, considerar que esto dependerá de la heterogeneidad del hábitat y el número de réplicas necesarias, debida a que la información debe ser confiable para identificar especies indicadoras del estado del ambiente. Adjuntar un catálogo fotográfico de las zonas evaluadas, personal en campo, especies determinadas tanto en flora como en fauna. Importancia de la observación Necesario ya que se menciona que la quebrada será fuente de agua para los campamentos y demás utilidades en el proyecto, tener en cuenta el caudal ecológico. Es necesario indicar el número de puntos o metodología de muestreo, los días de evaluación, tamaño de muestra, adjuntar fotografías ya que permitirá la representatividad del estudio biológico. Incumplimiento del Tdr Descripción del área de influencia de la actividad (disponibilidad de agua) Descripción del área de influencia de la actividad en curso (Descripción del Medio Biológico)

62 62 Observaciones realizadas en el informe Se debe indicar el número de individuos que se encontraron por cada especie de mamífero, ave, anfibio y reptil. Asimismo se deberá presentar un panel fotográfico de los avistamientos directos (especies avistadas) así como los avistamientos indirectos (huellos, pelos, madrigueras, etc.). Se solicita Indicar el diagrama de flujo de recuperación de oro aluvial. Se solicita adjuntar un plano delimitando el área efectiva del proyecto con sus respectivos componentes mencionados, así mismo deberá mostrar las fuentes de recursos hídricos, Quebradas, Aguajales, Cochas, Etc. El titular deberá describir las medidas para el tratamiento y disposición de las aguas acumuladas dentro del tajo de explotación y demás componentes durante la época de precipitaciones. Similar observación para las aguas de escorrentía captadas de los sistemas de drenaje externo, debiendo indicar hacia donde se realizara la disposición de dichas aguas tratadas y manejo de sedimentos. Importancia de la observación Es importante indicar el número de individuos por especie de fauna encontrada ya que permitirá conocer el grado de abundancia de dichas especies, para ver el grado de afectación del medio biológico y para poder mitigar impactos en la fauna. Permitirá conocer los procesos que se realizaran y cuáles son los flujos. Permitirá conocer los componentes del proyecto y la ubicación de cada uno de ellos también la superficie del área de la concesión, las fuentes de agua que están dentro de la concesión. Es importante indicar en el estudio el cuerpo receptor para la disposición final de las aguas residuales del proyecto para los posteriores muestreos también que tratamiento se darán a estas aguas para cumplir con los límites máximos permisibles. Incumplimiento del Tdr Descripción del área de influencia de la actividad en curso (Descripción del Medio Biológico) Análisis de la actividad (Descripción de la actividad) Análisis de la actividad (Mapa general de distribución de las instalaciones y áreas de trabajo). Plan de manejo ambiental

63 63 Observaciones realizadas en el informe No determina ninguna propuesta de manejo ambiental para los suelos, al respecto se solicita al titular adjuntar las propuestas, asimismo describir las medidas a tomar relacionado a la topografía y el paisaje, la información es demasiada genérica. En relación a la cancha de Top soil, hace mención que los suelos retirados de su origen natural serán embolsados y almacenados en un lugar apropiado, al respecto se solicita que justifique técnicamente y su ubicación con coordenadas UTM. Menciona que utilizan agua con fines industriales, al respecto se solicita al titular adjuntar información del balance de aguas a ser utilizada con fines domésticos e industriales indicando los volúmenes por día, semana, mes y año con los respectivos volúmenes de generación de aguas residuales durante todas las etapas del proyecto. Importancia de la observación Es necesario proponer actividades para el manejo de suelos y de que estas actividades estén dentro del plan de manejo ambiental para poder mitigar y prevenir impactos. Para saber la ubicación en coordenadas y que dicho componente se ubique dentro del área de la concesión. Es necesario saber cuál es la demanda de agua del proyecto ya que la fuente de agua es una quebrada hay que tener en cuenta también el caudal ecológico la oferta hídrica de la quebrada. Incumplimiento del Tdr Plan de manejo ambiental Análisis de la actividad (Mapa general de distribución de las instalaciones) Descripción del área de influencia de la actividad en curso (disponibilidad de agua, descripción del medio físico). Mencionar el tipo de rotulado que llevara cada residuo que se generara, asimismo deberá mencionar los cilindros con sus respectivos colores y su ubicación dentro de los componentes del proyecto, plasmado mediante un plano. El reglamento de residuos es de cumplimiento obligatorio para toda persona natural o Jurídica, pública o privada dentro del territorio nacional. Plan de manejo ambiental, Descripción de la actividad (gestión de residuos generados).

64 64 Observaciones realizadas en el informe Deberá mejorar el plan de contingencias, especificando la organización, formación de brigadas, el antes, durante y después de cualquier evento, la información reportada en muy genérica. Presentar el reporte de monitoreo de agua la original y/o copia legalizada. (donde indique las coordenadas de los puntos monitoreados) El reporte de monitoreo del Aire faltan las coordenadas del punto de monitoreo. (Presentar una copia legalizada). Considerar en todo los planos del 1 al 12 la proyección y/o el sistema en que se ha graficado. Fuente: Elaboración propia Importancia de la observación Permitirá una respuesta rápida en caso de incidentes, accidentes o estados de emergencia. Para tener como línea base se pide legalizada ya que se requiere la veracidad del muestreo y análisis. Las coordenadas permitirán saber la distancia a la cual se realizara el monitoreo. Se debe especificar el sistema de proyección de los planos ya que permitirá saber la precisión de las coordenadas. Incumplimiento del Tdr Plan de manejo ambiental (acción de contingencia) Descripción del área de influencia de la actividad en curso Descripción del área de influencia de la actividad (Descripción del medio físico). Análisis de la actividad (ubicación) Revisión del instrumento de gestión ambiental del proyecto de explotación minera CANTERA VITORS En el cuadro 13 se muestra las 9 observaciones realizadas al instrumento de gestión ambiental correctivo de la concesión CANTERA VITORS la importancia por cada observación y el incumplimiento en el término de referencia.

65 65 Cuadro 13. Los resultados del informe de evaluación y la importancia de que levanten estas observaciones PROYECTO CANTERA VITORS Observaciones realizadas Importancia Incumplimiento del termino de referencia En el Ítem Personal, se menciona el personal que viene trabajando en el proyecto, considerar un jefe de planta, el cual debe ser un ingeniero, quien estará a cargo de la explotación En el Ítem Afectación a la Calidad de Aire, debe dar mayores alcances del control de las partículas en suspensión como producto de la ejecución del proyecto de explotación de la Concesión Minera. En el Ítem Sistema de Manejo, se menciona que La técnica de extracción altera el paisaje y produce erosión, además que una vez que se termina la extracción la superficie queda desnuda y estéril, y se recupera y restaura. Al respecto, debe dar mayores especificaciones técnicas de la cancha de top-soil a considerar como parte del proyecto y de la recuperación y restauración de la zona mencionada. Es importante tener un personal calificado para dirigir, organizar, planificar y controlarlas actividades a realizarse en las distintas etapas. Es importante detallar más acerca del plan de mitigación y prevención de la calidad de aire en el plan de manejo ambiental ya que en la explotación a tajo abierto el material particulado es fácilmente esparcir Es necesario detallar como es que se insertara el material del top soil para la restauración y recuperación del suelo también cómo será el manejo del top soil para la obtención de mejores resultados. Descripción del área de implementación del proyecto(requerimi entos de personal, empleo) Descripción del área de implementación del proyecto(ambiente físico),plan de manejo ambiental Plan de cierre

66 66 Observaciones realizadas Se menciona que: Se utilizará el área estrictamente definida para el proyecto minero, procurando en la medida de lo posible, una afectación mínima de las otras zonas localizadas dentro de la propiedad. En lo posible, se realizará un mínimo de movimiento de tierras. Debe especificar de qué dependerá que se realice un mínimo de movimiento de tierras y de qué forma se producirá una afectación mínima. Debe brindar mayores especificaciones técnicas. Debe mencionar las medidas técnicas para el manejo de aguas de lluvia en toda la zona del proyecto. En el Ítem Mitigación de Impactos Ambientales a la Atmósfera Afectación a la Calidad de Aire, se menciona que Durante la época seca, se procederá al humedecimiento del material en el sitio de la extracción, a fin de que no se levanten nubes de polvo, sebe mencionar de qué manera se abastecerá de agua para realizar esta medida de mitigación. Debe adjuntar un Plano, debidamente georreferenciado, donde se pueda apreciar la distancia existente entre la Asociación de viviendas mártires de Mapresa, los componentes del proyecto y el área de explotación. El Plano debe estar firmado por el profesional de la especialidad. Importancia Es necesario que se detalle cuáles son las actividades que se realizaran para un menor movimiento de tierras para mejorar la explicación de este inciso ya que ayudara a contribuir en la prevención de impactos en el componente suelo. Ya que permitirá mejorar los drenajes y aprovechar esta agua para posteriores usos. Se debe saber cuánto es el volumen de agua que se utilizara también cual será la fuente de agua. También la distancia permitirá saber si es que se encuentra dentro de la concesión minera y también como es que se debe mitigar para no afectar a la población aledaña de dicha asociación. Incumplimiento del termino de referencia Análisis de actividad (estimados de producción) y plan de manejo ambiental. Plan de manejo ambiental Análisis de actividad (Requerimiento de agua) Mina (ubicación),instalaciones (ubicación).

67 67 Observaciones realizadas Importancia Incumplimiento del termino de referencia Determinar la cantidad de agua para consumo que será requerida por el personal del proyecto diariamente. Debe adjuntar la ficha de inscripción en la DIGESA de la Empresa Prestadora de Servicios a la que se entregará los Residuos Industriales originados. Fuente: Elaboración propia Debe detallarse la cantidad de agua para saber el balance de materia dentro de la concesión. Es importante detallar cual será la empresa prestadora de servicios de recojo de residuos sólidos. Instalaciones de manejo de agua Plan de manejo ambiental Inspección de la concesión minera no metálica del proyecto de exploración LUYANDO 10 En el cuadro 14 se muestra las 3 observaciones realizadas producto de la inspección a la concesión LUYANDO 10 también se muestra la sanción por incumplimiento del proceso de formalización. Cuadro 14. Observaciones realizadas durante la constatación de la concesión LUYANDO 10 Observaciones Realizadas Observación Nº 1: En las coordenadas E y N se evidenció que hubo movimiento de tierras con un área aproximada de 2 hectáreas. Observación Nº 2: A la margen derecha del río Tulumayo se empezó inspeccionando que la empresa había realizado perforaciones diamantinas (4 verticales y 4 horizontales), a la fecha tales perforaciones ya fueron tapadas con cemento. Observación Nº 3: En las instalaciones del proyecto se evidenció equipos inactivos estacionados (1 Motoniveladora, 1 Rodillo, 1 Cargador Frontal, 2 Volquete, 1 excavadora. Multa 2 UIT Fuente: INFORME Nº GR-HUANUCO-DREMH/ATM-ATAA-AL

68 68 V. DISCUSIÓN 5.1. Cumplimiento de los requisitos del proyecto TERRAZAS III, CANTERA VITORS y LUYANDO 10 Según Decreto Supremo N 004 (2012) menciona que para la obtención y gestión de la certificación ambiental en el proceso de formalización extraordinario se debe presentar los siguientes requisitos: Declaración de compromisos, Título de concesión minera, Autorización de uso superficial, Autorización de aguas., Solicitud de aprobación del instrumento de gestión ambiental correctivo y Recibo de pago por evaluación del estudio. Según la verificación de los requisitos para la revisión del instrumento de gestión ambiental correctivo, se logró determinar que la concesión minera CANTERA VITORS como muestra la figura 2 cumple con el 71 % de los requisitos antes mencionados. Según Decreto Supremo Nº 013 (2002) menciona que los documentos para la obtención y gestión de la certificación ambiental del proceso de formalización ordinaria son: Título de concesión minera TERRAZAS III, Autorización de uso superficial, Solicitud de aprobación del instrumento de gestión ambiental, INFORME: Evaluación preliminar de la propuesta de clasificación ambiental, RESOLUCION: Ratificación de la

69 69 propuesta ambiental de la categoría I, Recibo de pago por evaluación del estudio, Opinión técnica de la autoridad nacional del agua, Certificación de inexistencia de restos arqueológicos. Según la verificación de los requisitos antes mencionados se logró determinar que la concesión minera TERRAZAS III como muestra la figura 3 cumple con el 100 % de los requisitos estando apto que después de la revisión se emita la certificación ambiental. Según Decreto Supremo N 020 (2012) indica que para iniciar actividades de exploración en un área determinada debe presentar las siguientes documentaciones: Resolución que aprueba el Instrumento ambiental respectivo, Programa de trabajo, autorización superficial, Monitoreo ambiental actualizado efectuado por un laboratorio acreditado por INDECOPI, autorización para inicio de actividades. Según la verificación realizada de los requisitos para el inicio de actividades de exploración, se determinó que la concesión minera LUYANDO 10 como muestra la figura 4 cumple con el 67 % de los requisitos antes mencionados estando no apto para iniciar labores en la concesión minera Revisión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos TERRAZAS II y CANTERA VITORS Según Decreto supremo N 019 (2009) menciona que el procedimiento para la obtención de la certificación ambiental consta de varias etapas entre ellas la Revisión del estudio de impacto ambiental. Según la revisión realizada del instrumento de gestión ambiental correctivo del proyecto

70 70 de explotación CANTERA VITORS se obtuvo 9 observaciones que el titular debe subsanar en un plazo de 45 días según el Decreto Supremo N 004 (2012). Asimismo de la revisión de la declaración de impacto ambiental del proyecto de explotación minera TERRAZAS se realizó 18 observaciones que el titular debe subsanar en un plazo de 30 días Según Decreto supremo N 019 (2009) para seguir con los tramites respectivos para la certificación ambiental Inspección del proyecto minero no metálico LUYANDO 10 Según Decreto Legislativo Nº 1101 (2012) menciona que son entidades de fiscalización ambiental los gobiernos regionales que han recibido la transferencia de tales funciones en el marco del proceso de descentralización, en lo relacionado a la fiscalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal también es una entidad facultada para desarrollar funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental a nivel nacional, regional o local, con independencia funcional del OEFA. Según la inspección realizada por el equipo técnico de la dirección regional de energía minas e hidrocarburos se realizaron 3 observaciones como muestra el cuadro 13 cuya sanción económica fue de 2 UIT por no contar con la autorización para inicio de actividades de exploración.

71 71 VI. CONCLUSIÓN 1. Se determinó que la concesión minera TERRAZAS III cumple con el 100% de los requisitos para la certificación ambiental. Mientras la concesión minera no metálica CANTERA VITORS cumple con el 71 % de los requisitos para la certificación ambiental.la concesión minera no metálica LUYANDO 10 cumple con el 67 % de los requisitos para el inicio de actividades de exploración. 2. Se revisó los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de explotación minera TERRAZAS III y CANTERA VITORS resultado de estas evaluaciones son los informes Nº G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL del proyecto TERRAZAS III con 18 observaciones y el informe N G.R.HUANUCO/DREMH/NEEL del proyecto de explotación CANTERA VITORS con 9 observaciones también se analizó la importancia de que el titular levante estas observaciones para mejorar la formulación del estudio de impacto ambiental. 3. Se inspecciono la concesión minera LUYANDO 10 encontrando actividad de exploración y movimiento de tierras sin autorización de inicio de actividades de exploración, se elaboró un informe con las observaciones realizadas sancionando con una multa de 2 Unidad impositiva tributaria (UIT) al titular de dicha concesión.

72 72 VII. RECOMENDACIONES 1. La dirección regional debería contar con un presupuesto razonable para hacer frente y poner freno a la expansión de la actividad que se realiza fuera de la ley, sin contar con medidas de protección ambiental o que permitan garantizar el respeto de los derechos de terceros ya que el gobierno regional recibió 1, 043,267 nuevos soles por transferencias del canon minero en el Se recomienda a los titulares de las concesiones mineras a dar inicio a actividades de exploración o explotación cuando obtengan su autorización de inicio o reinicio de actividades y certificación de operaciones mineras. 3. También se recomienda brindar todos los requisitos y documentaciones para la agilización del trámite y para la obtención de su certificación ambiental. 4. Continuar motivando y concientizando a las personas que quieren emprender actividad minera pero con responsabilidad social y desarrollo sostenible 5. Se recomienda a los titulares de derechos mineros poner en marcha el plan de manejo ambiental de los instrumentos de gestión ambiental correctivos a partir del momento en el que este se aprueba y no esperar a los 3 años de plazo para la implementación.

73 73 6. Los encargados de la elaboración de los estudios de impacto ambiental deberían formular y detallar las acciones que se realizaran en el plan de manejo ambiental ya que este documento es como una declaración jurada que si el titular no cumple lo que está manifestado en el instrumento de gestión ambiental puede recibir multas u otras sanciones. 7. Se recomienda a los titulares dejar hacer el trabajo de constatación sin intervención o intromisión para que la autoridad pueda ser imparcial en las observaciones.

74 74 VIII. REFERENCIA BIBLIOGRAFICA Comisión técnica multisectorial Plan Nacional para la Formalización de la Minería Artesanal. 33p. [En línea]: MINEM (http: // plan_nacional_para_la_formalizacion_de_la_mineria_artesanal%20%2 0%20.pdf, documento, 16 enero. 2014) CONESA, F Guía metodológica para la evaluación de impacto ambiental. 2 ed. España, Editorial Acribia.98 p. Decreto legislativo N Decreto legislativo que modifica la ley Nº Lima, Perú.3p. Decreto legislativo Nº Decreto que establece medidas para el fortalecimiento de la fiscalización ambiental como mecanismo de lucha contra la minería ilegal. MINEM. 4p Decreto legislativo N Disposiciones para el proceso de Formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal. Lima, Perú. 10p. Decreto supremo N Texto único ordenado de la ley general de minería. Lima, Perú. MINEM. 85p.

75 75 Decreto supremo N Reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental del aire. Lima, Perú. MINEM. 16p. Decreto supremo Nº Reglamento de la ley de formalización y promoción de la pequeña minería y la minería artesanal. Lima, Perú. MINEM.17p. Decreto supremo Nº Reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental para ruido. Lima, Perú. MINAM.11p. Decreto supremo Nº Reglamento de la ley general de residuos sólidos.. Lima, Perú. MINAM. 101p. Decreto supremo N Categorización de especies amenazadas de fauna silvestre y prohíben su caza, captura, tenencia, transporte o exportación con fines comerciales.. Lima, Perú. MINAM.9p. Decreto supremo N Reglamento para el cierre de minas. Lima, Perú. 31p. Decreto supremo Nº Reglamento de estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua.. Lima, Perú. MINAM. 21p. Decreto supremo N Reglamento de ley del sistema nacional de evaluación de impacto ambiental. Lima, Perú. MINAM. 17p. Decreto supremo N Aprueban disposiciones complementarias para el instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC), para la formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal en curso. Lima, Perú. MINAM. 7p.

76 76 Decreto supremo N Modificación del reglamento de procedimientos mineros, aprobado por decreto supremo em, a fin de uniformizar criterios para la evaluación y otorgamiento de autorización de beneficio, concesión de beneficio e inicio de actividad de exploración y/o explotación, para la minería artesanal, pequeña minería, mediana minería y gran minería.. Lima, Perú. MINEM. 4p. DELLAVEDOVA, M Guía metodológica para la elaboración de una evaluación de impacto ambiental. Universidad de la plata. 1ed. Buenos Aires, Argentina, Editorial espacio. 38 p. DÍEZ, S Guía para la elaboración de planes de mejora en las administraciones públicas. 1 ed. Madrid, Editorial Instituto Nacional de Administración Pública. 54p. DREMH (Dirección regional de energía y minas Junín) Plan regional de formalización de la pequeña minería y minería artesanal en la región JUNIN. [En línea]: DREM JUNIN, ( GESTION2013/ formalizacion.pdf, documento, 02 de feb. 2014) Ley N Ley general del ambiente. Lima, Perú. MINAM.168p. MINAM (Ministerio del ambiente) Proyecto de reforma del sector de recursos minerales del Perú. Guía para los pequeños mineros y mineros artesanales. [En línea]: MINAM ( gob.pe:8080/bitstream/ /1238/1/ pdf, documento, 05 feb. 2014)

77 77 Resolución ministerial N Aprueban categorización de especies amenazadas de flora silvestre. Lima, Perú. MINAG.13p. Reglamento N Ley de recursos hídricos. Lima.Perú. ANA.81p. Resolución Suprema Nº Reglamento de investigaciones arqueológica. Lima, Perú. MINEM. 19p.

78 78 ANEXOS APENDICE 1: Panel fotográfico a. Constatación a la concesión LUYANDO 10 en la provincia de Leoncio Prado Figura 5.Movimiento de tierras con un área aproximada de 2 hectáreas. Figura 6. Perforación Diamantina Horizontal sellado con concreto.

79 79 Figura 7. Toma de coordenadas del punto de la perforación diamantina vertical Figura 8. Dentro de la zona del proyecto se encuentran plantaciones de plátano y otros.

80 80 b. Constatación a la concesión CANTERA VITORS Figura 9. Los ingenieros a cargo de la elaboración del IGAC nos están explicando donde será el punto 1 de monitoreo de agua. Figura 10. Subiendo para la constatación de algunos componentes del proyecto.

81 Figura 11. El ingeniero se encuentra mostrándonos el plano que identifica las coordenadas de los componentes de la concesión 81

82 APENDICE 2: Mapa de ubicación de trabajo en gabinete y campo 82

83 83

84 84

85 85

86 86 APENDICE 3: Requisitos para el proceso de formalización Requisitos para la certificación ambiental de la concesión minera metálica TERRAZAS III. - Título de la concesión minera - Autorización para uso de terreno superficial

87 87 - Certificado de inexistencia de restos arqueológicos - Autorización para uso de agua industrial - Ratificación de la propuesta de clasificación

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