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1 Procedimiento Específico (PE 05) Elaborado por: Pablo Medel Jefe Dpto. de Prevención de Riesgos Revisado por: Felipe Boetsch Gerente técnico Aprobado por: Gonzalo Lira Gerente general Firma: Firma: Firma:

2 Página 2 de 10 ÍNDICE 1. OBJETIVO ALCANCE DOCUMENTOS DE REFERENCIA DEFINICIONES DESARROLLO POLÍTICA DE SEGURIDAD PROGRAMA DE SEGURIDAD EN OBRAS OPERACIÓN EN CASO DE ACCIDENTES EN OBRA RESPONSABILIDADES REGISTROS ANEXOS... 10

3 Página 3 de OBJETIVO El objetivo del presente procedimiento es establecer las pautas y metodologías de operación que Constructora Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda., aplica para la prevención de riesgos y salud ocupacional y actuación en caso de ocurrir un accidente, considerando el cumplimiento integral de las obligaciones que en materia de prevención de riesgos le impone la legislación vigente. De esta manera, se contribuye a: Mejorar la calidad de vida de los trabajadores y el funcionamiento global de la organización, mediante la participación activa del personal de las empresas, dimensionando la importancia que tiene el asumir un papel preventivo al interior de la empresa. Minimizar las pérdidas con daño a la propiedad y lesiones a los trabajadores, otorgando, entre otras cosas, un adecuado proceder a los lesionados de acuerdo a lo indicado en el presente procedimiento. 2. ALCANCE Este procedimiento es aplicable al desarrollo de todas las actividades de trabajo que contemplen la protección de la integridad física del personal que labora en Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda., considerando además la protección de los trabajadores de subcontratistas y/o proveedores que participan en la realización de las obras. 3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA Manual de Gestión de Calidad de Constructoras Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda., NCh 9001.Of2001 ISO 9001: 2000 Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos. NCh 9000.Of2001 ISO 9000: 2000 Sistemas de gestión de la calidad. Fundamentos y Vocabulario. Ley Nº de Accidentes y Enfermedades Profesionales. Reglamento Interno de Higiene, Orden y Seguridad de Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda. Código del trabajo. Ley de Subcontratación. Circular 2345 SUSESO. Las normas chilenas referidas a Prevención de riesgos. 4. DEFINICIONES Accidente de trabajo: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad temporal, permanente o muerte. Accidente de trayecto: Es todo accidente ocurrido en el trayecto directo de ida o regreso entre la casa y el lugar de trabajo. Accidente de trabajo fatal: Aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial. Accidente del trabajo grave: Cualquier accidente del trabajo que obligue a realizar maniobras de reanimación, maniobras de rescate, que ocurra por caída de altura de más de 2 metros, provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, o involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada. Accidentes leves: Aquel en que se puede trasladar el trabajador por sus medios y el dolor es soportable.

4 Página 4 de 10 DIAT: Denuncia individual de accidentes del trabajo, que se envía al organismo administrador del seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales como constancia de un accidente, previa aprobación del mismo. DEP: Denuncia individual de enfermedad laboral, que se envía al organismo administrador del seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales como constancia de un enfermedad profesional adquirida en el trabajo, previa aprobación del mismo. Investigación de accidente: Análisis de lo ocurrido de tal manera de llegar a determinar las causas básicas que originaron el siniestro. El objetivo de realizarlo es evitar la ocurrencia en el futuro de eventos similares. Incidente: Es un acontecimiento no deseado que interrumpe o interfiere el proceso normal de trabajo y que tiene el potencial de llevar a un accidente. En algunas circunstancias, puede resultar en daño físico a las personas y/o daño a la propiedad. Mutual de Seguridad: Es el organismo que administra el seguro contra accidentes del trabajo, y enfermedades laborales, Ley DESARROLLO 5.1 POLÍTICA DE SEGURIDAD BOETSCH S.A., BLC LTDA., TASCO LTDA., manifiestan su voluntad de mantener un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional que permita proteger la vida y la salud de sus trabajadores, para lo cual ha formulado su Política de Seguridad y Salud Ocupacional en la cual se establece que: Las empresas Señalan que el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional: Es una función de la administración de las obras. Quien asuma la dirección y control de una obra, tiene la responsabilidad de resguardar a las personas, así como conservar los equipos y el medio ambiente laboral. Es obligación de cada uno de los trabajadores llevar a cabo una conducta de autocuidado, resguardando su salud y las de sus compañeros de trabajo. Todo el personal debe cumplir y velar por que se cumplan las reglamentaciones, procedimientos y normas de trabajo. Establece que todas las acciones que se lleven a cabo en nuestras obras tendientes a identificar los peligros, evaluar y controlar los riesgos operacionales, son de obligatorio cumplimiento para el personal de la empresa, Contratistas y Subcontratistas, a los cuales debemos comprometer con nuestra Política de Seguridad y Salud Ocupacional. Las empresas Consideran que el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional será efectivo, solamente Sí: Se cumple con la Legislación vigente sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, se respeta el Medio Ambiente y se trabaja con la mayor eficiencia operacional. Se cumple con los planes de acción estipulados en nuestro Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo por cada uno de los niveles de organización. Existe un compromiso y convencimiento cabal por parte de todo el personal de la Constructora, Contratista y Subcontratista, sin excepción, que para lograr los objetivos estipulados en nuestra Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, se requiere de un trabajo de equipo y de estrecha cooperación de todos quienes participan en nuestras obras.

5 Página 5 de PROGRAMA DE SEGURIDAD EN OBRAS Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda., establece para cada una de sus obras un Programa de Seguridad, elaborado por el Encargado del Departamento de seguridad. El Programa de seguridad de obra cuenta con actividades tanto de índole administrativa como de aspectos técnicos. Entre las actividades administrativas cabe considerar: Designar un Experto en seguridad o visitador de obra. Entrega y puesta en práctica del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Formación de Comités Paritarios en todas las obras de la empresa. Control estadístico mensual. Programación y evaluación de las actividades del Programa de seguridad. Reuniones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Reuniones una vez por año, como mínimo, con Profesionales de terreno. Control administrativo de los accidentes. Control de los subcontratistas en materias preventivas. (Ley de Subcontratación) Entre las actividades técnicas que deben ser abordadas en el Programa de seguridad se tiene: Inspecciones programadas de seguridad. Investigación de accidentes e incidentes. Elaboración de Procedimientos seguros de trabajo. Capacitación a todos los niveles de trabajadores, especialmente a supervisores (jefes de obra, capataces) de la empresa por medio de seminarios, cursos y charlas. Inducción en Prevención de riesgos a los trabajadores al momento de su ingreso a la empresa Actividades técnicas del Programa de seguridad en obra En cada obra, el Experto en seguridad de obra debe velar y realizar las siguientes actividades del programa: Inspección programada: Serán efectuadas como mínimo una vez al mes, bajo un calendario. Charlas operacionales: Serán charlas o reuniones de trabajo dictadas por las jefaturas de las obras (jefe de obra, capataz) al personal a su cargo y los temas serán orientados principalmente al análisis de los trabajos u operaciones a desarrollar en los días siguientes, incorporando las medidas de seguridad para ejecutarlos. El registro de charlas será mantenido al día por el Experto de seguridad en Obra. Estas charlas se realizarán, a lo menos, tres veces por semana, en los días programados, antes del inicio de los trabajos, debiendo registrarse obligatoriamente lo siguiente: - Nombre completo, Rut y firma de los trabajadores. Este registro de charla, deberá estar disponible para consulta, en el archivador de. Inducción en : Al momento del ingreso de cada trabajador nuevo a la obra, el Experto en seguridad asignado a ella, cuando tenga permanencia a tiempo completo; o el Administrativo, si el Experto en seguridad se encuentra a tiempo parcial, deberá realizarle la inducción en prevención de riesgos a personal nuevo, en cumplimiento al D.S. N 40 Art. 21, además de entregarle el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y haciéndole notar los aspectos más importantes de su contenido y la obligación de acatar todas las indicaciones y normas de seguridad establecidas por la empresa Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda. A los trabajadores subcontratistas de igual forma el experto asignado a la

6 Página 6 de 10 obra realizara la Inducción en prevención de riesgos y el reglamento especial para subcontratistas. En ambos casos los trabajadores deberán firmar el certificado respectivo. Los registros de inducción deberán ser llevados y archivados por el Experto en prevención en obra o por el administrativo cuando corresponda. Antes de iniciar un trabajo especial o de alto riesgo, la jefatura responsable tendrá que determinar el análisis de riesgos críticos para valorar si la tarea necesita de algún control efectivo. Programación de capacitación: Se elaborará un Programa de capacitación al inicio de la obra para todo el periodo de la misma, destinado a las jefaturas de obra y miembros del Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Se destinarán las que sean necesarias de acuerdo a las necesidades imperantes, como Primeros auxilios, Planes de emergencia, Orientación en Prevención, entre otros. Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (CPHS): En aquellas obras que superen los 25 trabajadores se deberá conformar el CPHS de acuerdo a lo establecido el D.S N 54. Igualmente se destinará un día al mes para convocar a reunión de CPHS. Los acuerdos y observaciones tendientes a mejorar la higiene y seguridad en los lugares de trabajo, así como el tratamiento de otros temas relacionados (accidentes ocurridos, entre otros). Plan de contingencia: De acuerdo a las particularidades de cada obra, se elaborará un Plan de contingencia, en el cual se deberán identificar los principales riesgos en caso de incendios, fuerza extraña de la naturaleza etc. Realización de visitas semanales a terreno de acuerdo a un programa: De esta visita se emite un Informe de Inspección semanal o mensual en el cual se registra el estado en que se encuentra la obra, los problemas detectados, las soluciones dadas y el control que se realizará. Esta inspección se realiza basándose en: - Inspección de las condiciones: detectar, analizar, evaluar y controlar los riesgos que existen en el ambiente, materiales y equipos, como también observar las acciones inseguras. Control Elementos de Protección Personal (EPP): Se controlará provisión, registro de entrega, registro de mantención y uso de los E.P.P. Esta actividad se realizará una vez al mes, mediante este control se pretende, mantener una existencia en obra de E.P.P, específicos y de uso general, para así evitar incidentes por falta de éstos (Registro entrega y devolución de EPP) Control de empresas subcontratistas (Reglamento especial para subcontratistas): 1.- Cumplimiento de Obligaciones Legales a) Copia del Contrato de trabajo de cada miembro de su personal que mantenga en obra, conforme con la nómina que entregará a La Empresa al inicio de la Obra y que actualizará cada vez que se produzca algún cambio en ella. Se deberá entregar una copia de los referidos contratos a la persona que La Empresa designe para estos efectos, en adelante el Administrativo empresa o personal definido para este efecto. b) Pagar Leyes Sociales de sus Trabajadores AFP, Fonasa o Isapre y acreditarlo a La Empresa entregando los comprobantes y/o planillas de pago al Administrativo, todos los meses dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de pago. c) Afiliación a una de las Mutualidades de Empleadores o INP y pago de las respectivas cuotas periódicas, debiendo acreditarlo entregando las planillas de afiliación y comprobantes de pago correspondientes al Administrativo, así como certificado de afiliación a la Mutualidad de Empleadores a que pertenece. d) Control de Asistencia diario del personal. En este caso, el Contratista (Subcontratista) entregará al Administrativo una copia del libro de asistencia (o tarjeta de reloj control) en forma mensual. e) Presentar copia de las liquidaciones de sueldo pagadas o el correspondiente depósito en cuenta corriente o vista de sus trabajadores.

7 Página 7 de 10 f) Presentar certificado de la Inspección del Trabajo con estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de la empresa contratista o subcontratista u otro medio idóneo que garantice la veracidad del estado de cumplimiento. g) Existencia de Contratos entre La Empresa y empresas Contratistas/ Subcontratistas en obra. 2.- Cumplimiento de Obligaciones Reglamentarias a) Poseer su propio Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad que debe haber sido entregado al SEREMI e Inspección del Trabajo correspondiente. Entregar registro con firma de los trabajadores que están en la obra y que recibieron el Reglamento Interno al Administrativo, actualizando los datos periódicamente. Entregar Copia del Reglamento Interno (Manual) actualizado con los cambios a la legislación. b) Deben cumplir con La Obligación de Informar a sus Trabajadores los Riesgos Laborales a los cuales se encuentran expuestos, Artículo 21 y sgtes. Del Decreto Supremo Nº 40. Entregar al Administrativo un documento firmado por cada trabajador que fue instruido en la forma exigida por la legislación, con respecto a los riesgos laborales, actualizando los datos periódicamente. Los trabajadores deberán, antes de entrar a trabajar a nuestras obras, recibir instrucción sobre video corporativo de inducción sobre los peligros, los riesgos y las medidas preventivas que entreguen a Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda. c) Constituir el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, si la masa de la empresa contratista y subcontratista en la obra es de más de 25 trabajadores. Se deberá entregar una copia al Administrativo del acta de constitución y de las reuniones efectuadas mensualmente del Comité Paritario Propio de cada contratista y subcontratista cuando corresponda. d) Si El Contratista (Subcontratista) posee más de 100 trabajadores en la obra o faena durante un período de 30 días corridos, deberá constituir el Departamento de Prevención de Riesgos de faena de la empresa Contratista o Subcontratista, según corresponda, y cumplir todas las exigencias definidas en el Título V del Reglamento de Aplicación del artículo 66 bis de la ley 16744, sobre Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional. En caso de no tener una masa laboral de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior, pero si la empresa posee más de 100 trabajadores, corresponderá organizar un Departamento de (Título III del DS N 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social) con un Profesional a cargo, el cual deberá visitar la obra una vez al mes. Entregar al Administrativo de Boetsch S.A., Tasco Ltda., BLC Ltda., los antecedentes del Experto en y un informe de cada visita que éste haga, con detalle de su gestión. En ambos casos deberá tener un plan de gestión y un programa de acciones e) Proveer de elementos de protección individual a cada trabajador, de acuerdo a la ocupación y el riesgo a cubrir en forma obligatoria desde el momento que ingresan a la obra. Entregar al Administrativo un documento (copia de registro) firmado por el trabajador que recibió los elementos de protección personal, indicando la función del mismo y los elementos recibidos, el cual debe estar actualizado en forma permanente. 5.3 OPERACIÓN EN CASO DE ACCIDENTES EN OBRA Ocurrencia del accidente El Administrador de obra catalogará el tipo de accidente, previa consulta al Departamento de seguridad en el caso que tenga dudas, de lo contrario deberá proceder como se indica en el presente procedimiento. Si al momento del accidente, no se encuentra el Administrador de obra, decidirá la persona de mayor nivel jerárquico presente (prevención de riesgos faena, jefe de obra, administrativo, bodeguero, trazador).

8 Página 8 de 10 Accidente del trabajo grave o fatal (Circular 2345 SUSESO): Prestar la asistencia al trabajador, solicitando ambulancia. Avisar vía telefónica al Jefe del Departamento de. Suspender en forma inmediata las faenas afectadas. De ser necesario, permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo. Informar inmediatamente de lo ocurrido a la inspección del trabajo y a la SEREMI de Salud, vía telefónica, a los números indicados en la Hoja de Seguridad. Enviar la Notificación Inmediata de accidente del trabajo fatal o grave anexo N 1. Accidente leve (Con Envió a Mutual de Seguridad): Prestar la asistencia al trabajador, con atención del botiquín de obra. Avisar al Departamento de seguridad de faena y al Dpto. de prevención de Riesgos. Enviar a Mutual de Seguridad más cercana (DIAT Enviar en un plazo no superior a 24 Hrs) El capataz directo y presidente del CPHS realizaran la investigación accidente, dentro de las 24 Hrs de ocurrido el accidente. En caso de accidentes graves lo realizara el Dpto. de Prevención de Riesgos. anexo N 2. En caso de denuncias de accidentes dudosos, el Administrador de Obras o el encargado de prevención de riesgos dará aviso al Jefe de, para que solicite el procedimiento de investigación a Mutual de Seguridad Investigación de accidente De todo accidente ocurrido debe hacerse una investigación y analizar sus causas: En caso de un accidente grave será el Administrador de la obra con el Departamento de seguridad los que en forma inmediata harán la Investigación del accidente en formulario de anexo N 2. Además, se hará una reunión con todos los mandos superiores de la obra desde el Administrador hasta los capataces. Además el comité paritario también realizará una investigación de lo ocurrido. En caso de un accidente leve lo investigará el Jefe directo, según el formulario del anexo N 2 y será enviado al día siguiente al Departamento de seguridad. El Departamento de seguridad enviará copia de la investigación a la gerencia. Seguimiento del accidentado: Cada vez que ocurre un accidente el Administrativo de obra deberá llevar el seguimiento del mismo, informando cuando corresponda al Departamento de seguridad, los controles, altas o cualquier otro dato. Mensualmente, el Departamento de seguridad subirá a intranet el informe Estadístico mensual previo visado en reunión de directorio. 6. RESPONSABILIDADES Gerente General Aprobar la Política de Seguridad de la empresa. Informar a toda la organización la Política de Seguridad. Proporcionar los recursos para cumplir el presente procedimiento.

9 Página 9 de 10 Gerente Técnico Velar que se aplique fielmente el presente procedimiento y sea de conocimiento de los administradores y profesionales de las obras. Administrador de obra Informar y aplicar en su obra el presente procedimiento. Profesional de Obra Aplicar en terreno del presente procedimiento. Exigir en terreno el uso de elementos de seguridad, tanto del personal de la empresa como de contratistas y/o subcontratistas. Administrativo de Obra Aplicar el presente procedimiento, especialmente en cuanto a la charla de inducción y entrega del reglamento interno. En caso de accidente actuar según lo mencionado en el presente documento. Solicitara la documentación legal a toda empresa Contratista o Subcontratista, según lo estipulado en la ley de subcontratación. Bodeguero Entregar, a petición de la supervisión de la obra, los elementos de protección personal de acuerdo al riesgo. Jefe del Departamento seguridad Elaborar y asesorar a las obras en la correcta aplicación del presente procedimiento y capacitar a los usuarios del mismo. Hacer seguimiento de los accidentados en los organismos pertinentes. Cumplir con las disposiciones descritas en el programa de seguridad en obras. Experto en seguridad de obra Elaborar y asesorar a las obras en la correcta aplicación del presente procedimiento y capacitar a los usuarios del mismo. Exigir en terreno el uso de elementos de protección personal, tanto del personal de la empresa como de contratistas y/o subcontratistas. Cumplir con las disposiciones descritas en el programa de seguridad en obras. Responsables del contacto con la familia del accidentado, una vez finalizada la obra. 7. REGISTROS Lista de chequeo. Formato de Inspección. Registro de charlas Registro de inducción. Programa de capacitación de prevención. Libro de Actas de CPHS. Plan de contingencia. Formato de entrega y devolución de EPP. Formulario investigación de accidente/incidente Notificación Inmediata de accidente del trabajo fatal o grave DIAT

10 Página 10 de ANEXOS No aplica

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