Cómo nos afecta la Reforma-Demolición Laboral?

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Cómo nos afecta la Reforma-Demolición Laboral?"

Transcripción

1 Cómo nos afecta la Reforma-Demolición Laboral? 1. Podrán realizar EREs las universidades? 2. Cómo está y seguirá afectando las retribuciones de los empleados públicos? 3. Se paralizan las oposiciones en las administraciones públicas? 4. Habrá incorporaciones de personal temporal o interino en las administraciones públicas? 5. Se cubrirán vacantes por jubilación en lasadministraciones públicas? 6. Afecta a la jornada laboral de los empleados públicos? 7. Se podrá realizar despidos colectivos y objetivos en el sector público? 8. Quién tiene que demostrar si el despido es procedente o improcedente? 9. Me afecta la reforma si tengo contrato en vigor? 10. Si firmé mi contrato antes de la reforma, qué indemnización tendré si me despiden? 11. Y si firmo un contrato nuevo, cual será mi indemnización? 12. Por qué me pueden despedir con 20 días por año trabajado? 13. Puedo negarme en caso de que mi empresa quiera trasladarme a un centro de trabajo en otra ciudad? 14. Puede la Empresa descolgarse del Convenio Colectivo en materia de Salario, Jornada de trabajo y Horario? 15. A la hora de contratar a jóvenes, quién va a tener realmente ventaja con esta reforma? 16. Pueden bajarme el sueldo? 17. Si cobro el paro y consigo un trabajo, puedo seguir cobrando la prestación? 18. Qué pasa con los Expedientes de Regulación de Empleo, los EREs? 19. Si tengo menos de 30 años y tengo la suerte de encontrar empleo, qué contrato me pueden hacer? 20. Cómo cambia el contrato de formación? 21. Se facilita el despido por enfermedad, accidente no laboral o absentismo? 22. Se hace más fácil cambiar sustancialmente las condiciones de trabajo (salarios, jornada, turno, funciones )? 23. Cómo me puede cambiar mi jefe las condiciones de trabajo (salarios, jornada, turno, funciones )? 24. Cómo afecta la reforma a mi convenio colectivo?

2 1. Podrán realizar EREs las universidades? La reforma pone más fácil a las administraciones u organismos públicos despedir a su personal laboral (no a los funcionarios, que no se rigen por el Estatuto de los Trabajadores) por causas económicas. En línea con lo dispuesto para los trabajadores fijos del sector privado, lo que se hace es definir con precisión cuándo se puede recurrir al despido de 20 días. Pero como en las administraciones, a diferencia de las empresas, no se puede hablar en sentido estricto de "pérdidas", "ventas" o "ingresos", la redacción que se da es la siguiente "se entenderá que concurren causas económicas cuando se produzca en las mismas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes. En todo caso, se entenderá que la insuficiencia presupuestaria es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos". 2. Cómo está y seguirá afectando las retribuciones de los empleados públicos? No experimentarán ningún incremento. Se han congelado las retribuciones y la masa salarial. 3. Se paralizan las oposiciones en las administraciones públicas? No se procederá a ninguna incorporación de nuevo personal, excepto que se deriven de procesos selectivos de OPE de años anteriores. 4. Habrá incorporaciones de personal temporal o interino en las administraciones públicas? Durante el año 2012 NO se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. 5. Se cubrirán vacantes por jubilación en lasadministraciones públicas? Se amortizarán las plazas de los jubilados. Durante el año 2012 serán objeto de amortización en Departamentos, Organismos autónomos, Agencias estatales, entidades públicas empresariales y resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, un número equivalente de plazas al de las jubilaciones que se produzcan. 6. Afecta a la jornada laboral de los empleados públicos? En el ámbito de la Administración del Estado, y para el conjunto del sector público estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos.distintas administraciones públicas fuera del ámbito de la Administración del Estado ya lo están aplicando. 7. Se podrá realizar despidos colectivos y objetivos en el sector público? Se podrán justificar dichos despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas a los organismos y entidades que forman parte del sector público para justificar la extinción de los contratos de trabajo, tanto por la vía del despido colectivo como del despido objetivo.

3 8. Quién tiene que demostrar si el despido es procedente o improcedente? Hasta ahora era el empresario el que tenía que demostrar que el despido era procedente. Con la reforma laboral, se invierte la carga de la prueba y es el trabajador el que tiene que demostrar que el despido es improcedente. 9. Me afecta la reforma si tengo contrato en vigor? Sí, pero solo para el periodo trabajado a partir de su publicación en el BOE. Es decir, si nos despiden se calculará la indemnización sobre la anterior ley laboral durante el tiempo que trabajamos antes de la reforma, y para el tiempo que trabajemos desde que entre en vigor esta nueva reforma, se aplicará la nueva normativa. Se hará un cómputo global con ambos procedimientos. 10. Si firmé mi contrato antes de la reforma, qué indemnización tendré si me despiden? Un contrato indefinido ordinario fija una indemnización de 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades, pero la reforma laboral de 2012 introduce que, aunque se mantendrá esa indemnización para el período trabajado antes de la reforma, para el período posterior se calcularía la indemnización con un máximo de 33 días por año trabajado. En cualquier caso, se mantendría una indemnización máxima de 42 mensualidades. 11. Y si firmo un contrato nuevo, cual será mi indemnización? A partir de ahora, todo contrato indefinido ordinario tendrá una indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, que era la que ya se fijaba para el contrato de fomento del empleo indefinido. 12. Por qué me pueden despedir con 20 días por año trabajado? Si una empresa tiene más pérdidas, menos ingresos o menos ventas durante tres trimestres seguidos,podrá recurrir al despido procedente, que solo establece una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Eso sí, a partir de ahora se invierte la carga de la prueba y todos los despidos son procedentes a no ser que el trabajador demuestre lo contrario. La legislación laboral ya incluía, entre otras, las causas económicas como causas objetivas de despido, aludiendo a la "existencia de pérdidas actuales o previstas". Ahora ya no se habla sólo de pérdidas, sino también de ingresos y ventas, y se precisa el plazo a esos tres trimestres. 13. Puedo negarme en caso de que mi empresa quiera trasladarme a un centro de trabajo en otra ciudad? No te puedes negar. En caso de disconformidad tendrás que impugnarla ante la jurisdicción social u optar entre el traslado, percibiendo una mínima compensación por gastos, o la extinción del contrato, que en este caso, la indemnización será de 20 días de salario por año trabajado.

4 14. Puede la Empresa descolgarse del Convenio Colectivo en materia de Salario, Jornada de trabajo y Horario? Sí, para ello puede alegar causas económicas, (no porque tenga pérdidas, sino sólo por el hecho de no tener el beneficio esperado) técnicas, organizativas o de producción. Tan solo tiene que comunicar este hecho a los representantes de los trabajadores y transcurridos 15 días aplicar la medida. Únicamente te queda como solución aceptar esta nueva modificación, que se aplicaría SÍ O SÍ, o rescindir tu contrato con 20 días por año trabajado de indemnización. Puedes impugnar la decisión patronal, pero tú tendrás que probar que las causas alegadas son inciertas 15. A la hora de contratar a jóvenes, quién va a tener realmente ventaja con esta reforma? Los empleados de menos edad en las pequeñas y medianas empresas van a tener ahora un periodo de prueba de 1 año, (antes era de 6 meses para los técnicos titulados y 2 para los demás trabajadores). Además, si se trata de un nuevo empresario, cuando contrate a su primer trabajador menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción de su cuenta fiscal de euros. Con ello: Se fomenta la precariedad laboral. Se menoscaba el fondo de la Seguridad Social. Este trabajo será rotatorio y temporal. 16. Pueden bajarme el sueldo? La respuesta es cruda y clara: sí. Dado que la reforma habla de "negociación por cambio en las circunstancias de producción", el empresario podrá negociar y posteriormente imponer si hace falta una bajada de sueldo o cambio en horarios, dietas o ayudas para todos sus empleados. Eso sí, nunca podremos cobrar por debajo del convenio que rija nuestra empresa, nuestro sector o el salario mínimo interprofesional. 17. Si cobro el paro y consigo un trabajo, puedo seguir cobrando la prestación? Por primera vez, se permite compatibilizar un trabajo con el cobro de la prestación de desempleo, pero solo en el caso concreto de un empleado contratado con el nuevo modelo de contrato para emprendedores. En ese caso, el trabajador puede percibirel 25% del paro que estaba cobrando durante su primer año empleado, mientras que la empresa se deduciría el 50% de lo que cobraba la persona a quien ha contratado. La reforma laboral no precisa si un trabajador que suscriba el nuevo contrato para emprendedores y que decida voluntariamente consumir un 25% de su paro para sumarlo al sueldo puede perder el 75% restante de la prestación que le quedara por percibir en el momento de la contratación. Esto supone un incentivo al empresario para pagar menos (contando con que el trabajador completará su salario) y además hace que el empleado esté consumiendo su derecho a la prestación, en vez de estar generando uno nuevo. 18. Qué pasa con los Expedientes de Regulación de Empleo, los EREs? El procedimiento para hacer un ERE se simplifica, al quitar el requisito que existía hasta ahora de que la administración tuviese que autorizar el Expediente. Este control propiciaba los acuerdos pactados, con indemnizaciones más elevadas. Al eliminarlo, el empresario puede plantear un despido colectivo de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades; si los trabajadores no están de acuerdo, se recurrirá al juez, que en todo caso se limitará a verificar si se cumplen los requisitos exigidos por el despido objetivo (la disminución del nivel de ingresos o ventas durante

5 tres trimestres seguidos). Por cierto, el control administrativo se retira no sólo a los EREs de despido, sino también a los de suspensión y reducción de jornada. 19. Si tengo menos de 30 años y tengo la suerte de encontrar empleo, qué contrato me pueden hacer? La reforma laboral ha creado un nuevo tipo de contrato para empresas pequeñas (menos de 50 trabajadores) que, además de estar fuertemente bonificado en caso de que un empresario contrate a un menor de 30 años como primer empleado, o a un parado (sea su primer empleado o no), presenta dos características especialmente notables: 20. Cómo cambia el contrato de formación? El contrato para la formación y el aprendizaje cambia en distintos aspectos: 1. La modificación principal es que se podrán encadenar contratos de formación, incluso en la misma empresa, siempre que cambie la "actividad laboral u ocupación" a desempeñar; esto antes estaba prohibido. 2. El contrato podrá durar un máximo de tres años (hasta ahora eran dos, prorrogables uno más) y se podrá celebrar con personas menores de 30 años hasta que la tasa de paro caiga por debajo del 15% (hasta ahora, ese límite de edad se aplicaba hasta finales de 2013) para luego volver al límite de edad ordinario de 25 años. 21. Se facilita el despido por enfermedad, accidente no laboral o absentismo? Sí. Hasta ahora, para echar a un trabajador por faltar al trabajo tenían que darse dos condiciones: faltas del propio trabajador ("el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses") y del conjunto de la plantilla (cuando el "índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo"). Ahora se suprime el requisito del absentismo colectivo, así que el despido por faltar al trabajo depende sólo de las ausencias del trabajador. Los despidos por este motivo pagan 20 días con un máximo de 12 mensualidades. Conviene recordar que las faltas por enfermedad o accidente no laboral que duren menos de veinte días cuentan como absentismo para esta forma de despido. 22. Se hace más fácil cambiar sustancialmente las condiciones de trabajo (salarios, jornada, turno, funciones )? Sí, al abrir al máximo las posibilidades por las que un empresario puede recurrir a esta práctica. Se dice que estas modificaciones estarán justificadas "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa". Como casi todo en una empresa se puede vincular con la "competitividad" o la "productividad", resulta fácil echar mano de estas causas. Las diferencias con el modelo anterior a la reforma son varias: primero, que antes las exigencias para recurrir a esta medida eran mayores ("se entenderá que concurren las causas a que se refiere este artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya a prevenir una evolución negativa de la empresa o a mejorar la situación y perspectivas de la misma a través de una más adecuada organización de sus recursos, que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda"). Además, antes los salarios

6 no estaban incluidos en las materias que podían ser objeto de modificación sustancial. Por último, la decisión se comunicaba a los trabajadores con al menos 30 días de antelación, no Cómo me puede cambiar mi jefe las condiciones de trabajo (salarios, jornada, turno, funciones )? El proceso para efectuar estas modificaciones queda como sigue: el empresario comunica sus intenciones al trabajador al menos 15 días antes de que se apliquen, y si el trabajador no está de acuerdo podrá rescindir su contrato (20 días de indemnización, máximo 9 mensualidades) o tendrá que recurrir a los tribunales. En el caso de que las modificaciones afecten a un grupo de trabajadores, se abre un periodo de consultas no vinculantes con los representantes de los trabajadores (no más de 15 días); si no hay acuerdo, se impone la voluntad del empresario (aunque los trabajadores pueden también rescindir su contrato o acudir a los tribunales, como en el caso de las modificaciones individuales). 24. Cómo afecta la reforma a mi convenio colectivo? Se establece un procedimiento para saltarse lo dispuesto en los convenios similar, pero más fácil, que el que se puede usar para el despido por causas económicas: se puede recurrir al descuelgue con dos trimestres seguidos de disminución de ingresos o ventas. Con la entrada en vigor de la reforma, lo pactado en un convenio de empresa se aplica con prioridad a lo dispuesto en otros convenios superiores en ciertas materias, de máximo interés para los trabajadores: salario base, complementos, horas extra, horarios, turnos... Esto se complementa con la posibilidad de abrir las negociaciones, en cualquier momento, para revisar el convenio en vigor. Con ambas piezas, se puede rehacer en cualquier momento un convenio de empresa "a medida" que rebaje lo pactado en niveles superiores (sectorial, provincial...).

FETE-UGT. - Sección Sindical Universidad de Murcia -

FETE-UGT. - Sección Sindical Universidad de Murcia - POR QUÉ DECIMOS NO? 1) PROVOCA ABARATAMIENTO DEL DESPIDO Cuál será la forma predominante de despido? Con la reforma laboral, la vía principal para despedir a un trabajador pasa a ser el llamado despido

Más detalles

LA REFORMA LABORAL 2012

LA REFORMA LABORAL 2012 LA REFORMA LABORAL 2012 1. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. NOTA: Características de los contratos TC(100) Indefinido ordinario. FD(300) Indefinido Fijo Discontinuo.

Más detalles

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. o la reforma del despido único

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. o la reforma del despido único Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral o la reforma del despido único ABARATAMIENTO DEL DESPIDO I DESPIDO IMPROCEDENTE Hasta ahora, un despido

Más detalles

REFORMA LABORAL 2012

REFORMA LABORAL 2012 REFORMA LABORAL 2012 Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral NOVEDADES MÁS DESTACADAS -1º) Medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores

Más detalles

Reforma Laboral Más Pobres y Menos Derechos

Reforma Laboral Más Pobres y Menos Derechos Reforma Laboral Más Pobres y Menos Derechos Real Decreto Ley 3/2012 de 10 de febrero www.solidari.es Despido más fácil y barato Facilita el despido por causas económicas, con indemnización de 20 días por

Más detalles

RESUMEN sobre la REFORMA LABORAL Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral.

RESUMEN sobre la REFORMA LABORAL Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral. 2012 RESUMEN sobre la REFORMA LABORAL Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral. Febrero de 2012 .- Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de

Más detalles

Urgencia de una reforma laboral sobre las indemnizaciones

Urgencia de una reforma laboral sobre las indemnizaciones OPINIÓN > Por Ley Urgencia de una reforma laboral sobre las indemnizaciones Ricardo De Lorenzo, socio-director en De Lorenzo Abogados Viernes, 13 de enero de 2017, a las 11:30 En el ámbito jurídico y especialmente

Más detalles

TE PLANTEAMOS UN PEQUEÑO TEST..

TE PLANTEAMOS UN PEQUEÑO TEST.. Conóces la nueva REFORMA LABORAL??? SI SI SI, todos sabemos que ahora te pueden despedir con sólo 20 días por año, pero.. qué sabes del resto de medidas???. TE PLANTEAMOS UN PEQUEÑO TEST.. 9 DÍAS de baja

Más detalles

El pasado 11 de febrero, se publicó en el BOE el RD-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

El pasado 11 de febrero, se publicó en el BOE el RD-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Estimado cliente: Valencia 13 febrero 2012 El pasado 11 de febrero, se publicó en el BOE el RD-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL La citada norma entró

Más detalles

CUADRO RESUMEN DEL REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

CUADRO RESUMEN DEL REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL CUADRO RESUMEN DEL REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL ÁREA OBJETIVO MEDIDA ADOPTADA Intermediación laboral Formación profesional Sumar esfuerzos

Más detalles

REFORMA LABORAL 2012 (REAL DECRETO LEY 10/2012 DE 10 FEBRERO)

REFORMA LABORAL 2012 (REAL DECRETO LEY 10/2012 DE 10 FEBRERO) REFORMA LABORAL 2012 (REAL DECRETO LEY 10/2012 DE 10 FEBRERO) Por su interés os informamos las notas más destacadas de la nueva reforma: 1- Se autoriza el uso de las ETT como agencias privadas de colocación,

Más detalles

Reforma Laboral y Formación Continua. Guía de Lectura Rápida

Reforma Laboral y Formación Continua. Guía de Lectura Rápida Reforma Laboral y Formación Continua Guía de Lectura Rápida ÍNDICE Ideas Generales del Real Decreto-Ley 3 del 10 de Febrero de 2012...3 Se sigue apoyando el modelo de Formación Bonificada...3 Cuenta de

Más detalles

RESÚMEN NUEVA REFORMA LABORAL 2012 1- NUEVO CONTRATO INDEFINIDO A JORNADA COMPLETA PARA EMPRESAS DE MENOS DE 50 TRABAJADORES

RESÚMEN NUEVA REFORMA LABORAL 2012 1- NUEVO CONTRATO INDEFINIDO A JORNADA COMPLETA PARA EMPRESAS DE MENOS DE 50 TRABAJADORES Febrero -2012 Estimado cliente, Recientemente se ha publicado el Real Decreto Ley 3/2012 por el que se regulan las medidas urgentes adoptadas por el Gobierno para reformar el mercado laboral, entrando

Más detalles

Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. 10 de Febrero de 2012

Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. 10 de Febrero de 2012 Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral 10 de Febrero de 2012 DIAGNÓSTICO Contexto global Profundas y rápidas r transformaciones derivadas de la globalización n y de los

Más detalles

(RESUMEN PORMENORIZADO) REFORMA DEL MERCADO LABORAL (R.D-L 3/2012, de 10 de febrero, B.O.E. del 11 de febrero) Vigencia desde 12 de febrero de 2012

(RESUMEN PORMENORIZADO) REFORMA DEL MERCADO LABORAL (R.D-L 3/2012, de 10 de febrero, B.O.E. del 11 de febrero) Vigencia desde 12 de febrero de 2012 (RESUMEN PORMENORIZADO) REFORMA DEL MERCADO LABORAL (R.D-L 3/2012, de 10 de febrero, B.O.E. del 11 de febrero) Vigencia desde 12 de febrero de 2012 CONTRATACION, bonificaciones y reducciones de cuotas

Más detalles

BUFETE DE ABOGADOS, SOLÉ&VÁZQUEZ

BUFETE DE ABOGADOS, SOLÉ&VÁZQUEZ 1 LA REFORMA LABORAL 2012: REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (BOE DEL 11.02.2012), Este resumen estructurado de forma esquemática pretende

Más detalles

Los derechos del trabajador ante un ERE

Los derechos del trabajador ante un ERE Los derechos del trabajador ante un ERE Tener un contrato de trabajo indefinido no es garantía de que un empleado no pueda quedarse en la calle y perder su puesto de trabajo. En épocas de crisis es habitual

Más detalles

Conoces la nueva reforma laboral?

Conoces la nueva reforma laboral? Conoces la nueva reforma laboral? Sí, todos sabemos que ahora pueden despedirte con 20 días por año, pero qué sabes del resto de medidas? Te planteo un pequeño test... Verdadero o falso? Nueve días de

Más detalles

REFORMA LABORAL 2012 REAL DECRETO LEY 3/2012

REFORMA LABORAL 2012 REAL DECRETO LEY 3/2012 REFORMA LABORAL 2012 REAL DECRETO LEY 3/2012 El pasado 11 de febrero se publicó el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral por el que se han establecido

Más detalles

UT 3.- MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

UT 3.- MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 3.- MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 3.1.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO El Estatuto de los Trabajadores recoge tres supuestos diferentes por los que el empresario puede modificar

Más detalles

R E S U M E N : R E A L D E C R E T O L E Y 3 / , D E 1 0 D E F E B R E R O, D E R E F O R M A D E L M E R C A D O L A B O R A L

R E S U M E N : R E A L D E C R E T O L E Y 3 / , D E 1 0 D E F E B R E R O, D E R E F O R M A D E L M E R C A D O L A B O R A L R E S U M E N : R E A L D E C R E T O L E Y 3 / 2 0 1 2, D E 1 0 D E F E B R E R O, D E R E F O R M A D E L M E R C A D O L A B O R A L ( Podéis consultar el texto íntegro de este Real Decreto Ley en http://boe.es/boe/dias/2012/02/11/pdfs/boe-a-2012-2076.pdf

Más detalles

1. Si la dirección de la empresa modifica las funciones que un trabajador realiza sin cambiar de categoría ni de grupo

1. Si la dirección de la empresa modifica las funciones que un trabajador realiza sin cambiar de categoría ni de grupo 1. Si la dirección de la empresa modifica las funciones que un trabajador realiza sin cambiar de categoría ni de grupo a. El trabajador puede negarse. b. Le tendrán que dar una indemnización. c. No pasa

Más detalles

RESUMEN: REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE REFORMA DEL MERCADO LABORAL

RESUMEN: REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE REFORMA DEL MERCADO LABORAL RESUMEN: REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE REFORMA DEL MERCADO LABORAL Por su interés, informamos que ha sido publicado en el BOE el Real Decreto Ley 10/2012, de 10 de febrero, de reforma del

Más detalles

(movilidad geográfica, movilidad funcional, falta de adaptación a modificaciones, despido improcedente)

(movilidad geográfica, movilidad funcional, falta de adaptación a modificaciones, despido improcedente) Cálculo de indemnizaciones tras Reforma Laboral 2012 (movilidad geográfica, movilidad funcional, falta de adaptación a modificaciones, despido improcedente) 1. Cálculo de distintas indemnizaciones tras

Más detalles

Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año Artículos y Disposiciones de interés.

Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año Artículos y Disposiciones de interés. Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016. Artículos y Disposiciones de interés. ARTÍCULO 12. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL. 2. En el año 2016,

Más detalles

INFORME COMENTARIOS SOBRE LA REFORMA LABORAL 2012 PRIMERA PARTE

INFORME COMENTARIOS SOBRE LA REFORMA LABORAL 2012 PRIMERA PARTE INFORME COMENTARIOS SOBRE LA REFORMA LABORAL 2012 PRIMERA PARTE CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES INTRODUCCIÓN Se ha creado esta nueva modalidad contractual, pudiendo entenderse que se realiza

Más detalles

Despidos de saldo Despido con 20 días, nuevo despido estándar La reforma laboral generaliza el despido objetivo. Será el principal Instrumento para de

Despidos de saldo Despido con 20 días, nuevo despido estándar La reforma laboral generaliza el despido objetivo. Será el principal Instrumento para de por qué no a la reforma laboral? Una reforma que estimula el despido, elimina derechos y recorta salarios La reforma no intenta crear empleo En un país en el que la tasa de paro supera el 20%, en el que

Más detalles

RESUMEN DE REFORMA LABORAL

RESUMEN DE REFORMA LABORAL RESUMEN DE REFORMA LABORAL El pasado 11 de febrero se publicó en el BOE el RDL 3/2012, de 10 de febrero de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Este Real Decreto Ley, que será tramitado

Más detalles

REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Publicación: Día 11 de febrero de 2012, BOE núm. 36 Entrada en vigor: 12 de febrero de 2012. Corrección

Más detalles

Las medidas contenidas en el Real Decreto son las siguientes:

Las medidas contenidas en el Real Decreto son las siguientes: Las medidas contenidas en el Real Decreto son las siguientes: 1. Colaboración en la búsqueda urgente de empleo Para sumar los esfuerzos urgentes de todos aquellos que pueden colaborar en la búsqueda de

Más detalles

Cuadro resumen: Las 10 claves de la reforma laboral 2012 (Ley 3/2012) (Ley 3/2012, de 6 de julio) Relaciones Laborales

Cuadro resumen: Las 10 claves de la reforma laboral 2012 (Ley 3/2012) (Ley 3/2012, de 6 de julio) Relaciones Laborales 1/6 Cuadro resumen: Las 10 claves de la reforma laboral 2012 (Ley 3/2012) (Ley 3/2012, de 6 de julio) Relaciones Laborales 1 2 DESPIDO Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS Indemnización por despido

Más detalles

Reforma Laboral Por Fabián Nevado.

Reforma Laboral Por Fabián Nevado. Reforma Laboral 2012. Por Fabián Nevado. La Reforma Laboral del Partido Popular ha supuesto unas modificaciones de las relaciones laborales muy perjudiciales y agresivas para los trabajadores en su conjunto.

Más detalles

ANALISIS DEL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

ANALISIS DEL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL ANALISIS DEL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Líneas Generales de la Reforma Las líneas generalas de esta reforma, según se desprende del contenido

Más detalles

ANTES ANTE TRAS TRAS LA REFORMA

ANTES ANTE TRAS TRAS LA REFORMA Principales novedades de la reforma laboral 2010 Se amplían las causas de despido por causas económicas El empresario debía de acreditar El Empresario solo debe acreditar: PÉRDIDAS (actuales) + Plan de

Más detalles

MEDIDAS DE LA REFORMA LABORAL (EN AMARILLO LAS MÁS IMPORTANTES):

MEDIDAS DE LA REFORMA LABORAL (EN AMARILLO LAS MÁS IMPORTANTES): MEDIDAS DE LA REFORMA LABORAL (EN AMARILLO LAS MÁS IMPORTANTES): MEDIDAS PARA REDUCIR LA DUALIDAD Y TEMPORALIDAD DEL MERCADO DE TRABAJO Contrato de obra o servicio Encadenamiento de contratos Indemnización

Más detalles

LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO PARA LOS TRABAJADORES NO HA CAMBIADO

LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO PARA LOS TRABAJADORES NO HA CAMBIADO La Reforma laboral en el Parlamento 20 de julio de 2010 LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO PARA LOS TRABAJADORES NO HA CAMBIADO Mañana comienza su tramitación parlamentaria de urgencia la reforma laboral, aprobada

Más detalles

Contratos de trabajo y Convenio Colectivo. Eduardo Casas Gragea Asesor Técnico Jurídico Colegio de Farmacéuticos de Sevilla

Contratos de trabajo y Convenio Colectivo. Eduardo Casas Gragea Asesor Técnico Jurídico Colegio de Farmacéuticos de Sevilla Contratos de trabajo y Convenio Colectivo Eduardo Casas Gragea Asesor Técnico Jurídico Colegio de Farmacéuticos de Sevilla Contratos laborales El contrato forma parte de las fuentes de la relación laboral.

Más detalles

CIERTAS NOVEDADES RELEVANTES EN RELACIÓN CON Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero 2012

CIERTAS NOVEDADES RELEVANTES EN RELACIÓN CON Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero 2012 LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL EN VIGOR DESDE 8 DE JULIO 2012 CIERTAS NOVEDADES RELEVANTES EN RELACIÓN CON Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero

Más detalles

LAS CLAVES DE LA REFORMA LABORAL

LAS CLAVES DE LA REFORMA LABORAL LAS CLAVES DE LA REFORMA LABORAL I.- MEDIDAS PARA REDUCIR LA DUALIDAD Y LA TEMPORALIDAD DEL MERCADO LABORAL. Los contratos por obra y servicio tendrán una duración máxima de pudiendo ser ampliados en otros

Más detalles

MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO http://www.mtin.es/es/guia/texto/guia_6/index.htm MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO http://www.mtin.es/es/guia/texto/guia_6/index.htm MODIFICACIÓN = CAMBIOS SUSPENSIÓN = INTERRUPCIÓN

Más detalles

UT 7 Convenios colectivos

UT 7 Convenios colectivos Mod. FOL _ 7 7 Convenios colectivos I.- Contenido del convenio II.- Clases de convenios colectivos III.- Negociación del convenio IV.- Acuerdos de adhesión y extensión. Acuerdos marcos Introducción : CONVENIOS

Más detalles

ASUNTO: PERSONAL/EXTINCIÓN DE CONTRATOS

ASUNTO: PERSONAL/EXTINCIÓN DE CONTRATOS ASUNTO: PERSONAL/EXTINCIÓN DE CONTRATOS Extinción de contratos laborales de varios trabajadores debido a la carga económica que tiene el Ayuntamiento. 051/16 A ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES.-

Más detalles

ARTÍCULO 13. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2018 U OTRO INSTRUMENTO SIMILAR DE GESTIÓN DE LA PROVISIÓN DE NECESIDADES DE PERSONAL

ARTÍCULO 13. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2018 U OTRO INSTRUMENTO SIMILAR DE GESTIÓN DE LA PROVISIÓN DE NECESIDADES DE PERSONAL ARTÍCULO 12. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL 2. En el año 2018, las retribuciones del personal del sector público andaluz, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en las disposiciones adicionales cuarta

Más detalles

MÁS PARO Y MENOS SALARIO. NO A LA REFORMA LABORAL Argumentario político de valoración de la Reforma laboral

MÁS PARO Y MENOS SALARIO. NO A LA REFORMA LABORAL Argumentario político de valoración de la Reforma laboral MÁS PARO Y MENOS SALARIO. NO A LA REFORMA LABORAL Argumentario político de valoración de la Reforma laboral 1. VALORACIÓN DE LA REFORMA LABORAL El pasado 10 de febrero, el Gobierno del PP impuso por decreto

Más detalles

La Reforma Laboral en España

La Reforma Laboral en España La Reforma Laboral en España por Francesca Sperotti Curso de Derecho del Trabajo Comparado 21-24 de agosto de 2012, Buenos Aires (Argentina) Outline 1. Las Reformas Laborales del Bienio 2010-2012! Justificación

Más detalles

INAPLICACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS

INAPLICACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS REAL DECRETO LEY 3/2012 BOE 11-2-2012 REAL DECRETO LEY 3/2012 INAPLICACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS Art. 82.3. ET NUEVO ET La Empresa podrá descolgarse del Convenio con dos trimestres seguidos de disminución

Más detalles

LOS PERIODOS DE PRUEBA EN LOS CONTRATOS LABORALES QUÉ

LOS PERIODOS DE PRUEBA EN LOS CONTRATOS LABORALES QUÉ LOS PERIODOS DE PRUEBA EN LOS CONTRATOS LABORALES QUÉ DEBEMOS SABER? Son muchas las dudas que surgen entre los trabajadores y empresarios cuando se inicia una relación laboral con relación al periodo de

Más detalles

Extinción del Contrato

Extinción del Contrato Extinción del Contrato VOLUNTAD CONJUNTA Mutuo Acuerdo Condición Resolutoria Término Final POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR Período de Prueba Sin causa justificada Abandono Dimisión Con causa justificada Incumplimiento

Más detalles

ANALISIS DE LOS ASPECTOS MAS DESTACADOS DELA REFORMA LABORAL DEFINITIVA 1. SALIDA DEL EMPLEO: DESPIDO MAS FACIL Y MAS BARATO

ANALISIS DE LOS ASPECTOS MAS DESTACADOS DELA REFORMA LABORAL DEFINITIVA 1. SALIDA DEL EMPLEO: DESPIDO MAS FACIL Y MAS BARATO ANALISIS DE LOS ASPECTOS MAS DESTACADOS DELA REFORMA LABORAL DEFINITIVA 1. SALIDA DEL EMPLEO: DESPIDO MAS FACIL Y MAS BARATO 1.1.- AMPLIACIÓN CAUSA DESPIDO POR CAUSA ECONOMICA. TEXTOS COMPARADOS ANTES

Más detalles

REFORMA DEL MERCADO LABORAL

REFORMA DEL MERCADO LABORAL Refª./Errefer.: SG/MA Fecha/Data: 14-02-2012 REFORMA DEL MERCADO LABORAL NORMATIVA: Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (BOE, 11 de febrero

Más detalles

Qué es el contrato laboral?

Qué es el contrato laboral? EMPRESA.-TIPOS DE CONTRATO. EL CONTRATO LABORAL Qué es el contrato laboral? UN ACUERDO ENTRE DOS PARTES EMPRESARIO TRABAJADOR QUE OBLIGA A AMBOS RETRIBUIR PRESTAR UN SERVICIO POR CUENTA Y DIRECCION DE

Más detalles

1. Nuevo contrato indefinido para PYMES

1. Nuevo contrato indefinido para PYMES Aspectos básicos de la Ley 3/2012, de 6 de junio, de medidas urgentes para la reforma del Mercado Laboral 1. Nuevo contrato indefinido para PYMES Se crea un nuevo contrato indefinido y a jornada completa

Más detalles

NOVEDADES LABORALES 2014

NOVEDADES LABORALES 2014 NOVEDADES LABORALES 2014 En la presente circular informativa se recogen, los principales contratos bonificados para este año 2014 incluido el contrato de tarifa plana del Real Decreto-ley 03/2014, de 28

Más detalles

La Reforma Laboral. Flexibilidad interna y convenios colectivos

La Reforma Laboral. Flexibilidad interna y convenios colectivos La Reforma Laboral. Flexibilidad interna y convenios colectivos Flexibilidad interna como alternativa al despido y otras cuestiones Movilidad funcional Movilidad geográfica Modificación sustancial de las

Más detalles

Se mantiene sin bonificación la contratación de duración determinada y el resto de modalidades.

Se mantiene sin bonificación la contratación de duración determinada y el resto de modalidades. R. D. Ley 3/2012 1 Se mantiene sin bonificación la contratación de duración determinada y el resto de modalidades. Se regula un nuevo contrato fijo para empresas de menos de 50 trabajadores. Se modifica

Más detalles

Reforma Laboral 2012 Real Decreto-ley 3/2012 (en vigor desde )

Reforma Laboral 2012 Real Decreto-ley 3/2012 (en vigor desde ) Reforma Laboral 2012 Real Decreto-ley 3/2012 (en vigor desde 12-02-2012) Huelva, 16 de febrero de 2012 1. Despidos. 2. Medidas para favorecer la flexibilidad interna en la empresa. 3. Negociación colectiva.

Más detalles

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Estatal TRABAJO Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Publicación BOE 7 de julio de 2012. Entrada en vigor El día siguiente al de su publicación en el Boletín

Más detalles

C/ Enmedio, 30 Torrejón de Ardoz Tel Fax Web:

C/ Enmedio, 30 Torrejón de Ardoz Tel Fax Web: Distinguidos clientes, El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, cuyo objetivo primordial es frenar en el corto

Más detalles

DIPUTACIÓN DE VALLADOLID

DIPUTACIÓN DE VALLADOLID Por el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de se solicita, de este Servicio de Asesoramiento Local, informe jurídico en relación con la normativa aplicable a la reorganización y racionalización de las plantillas

Más detalles

Posibilidad de que personal laboral fijo se acoja a la jubilación parcial sin que se lleve a cabo un contrato de relevo.

Posibilidad de que personal laboral fijo se acoja a la jubilación parcial sin que se lleve a cabo un contrato de relevo. Nº DOCUMENTO: C28/ 9_1 FECHA: 08/10/2014 CUESTIÓN PLANTEADA: Posibilidad de que personal laboral fijo se acoja a la jubilación parcial sin que se lleve a cabo un contrato de relevo. SÍNTESIS DE LA CONTESTACIÓN:

Más detalles

Empresas en dificultades: despidos objetivos y colectivos, regulación temporal, modificaciones de las condiciones laborales...

Empresas en dificultades: despidos objetivos y colectivos, regulación temporal, modificaciones de las condiciones laborales... Empresas en dificultades: despidos objetivos y colectivos, regulación temporal, modificaciones de las condiciones laborales... Las empresas que se encuentran en dificultades tienen la posibilidad de adoptar

Más detalles

EL ABC DE UNA REFORMA LABORAL DESEQUILIBRADA, INEFICAZ E INJUSTA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

EL ABC DE UNA REFORMA LABORAL DESEQUILIBRADA, INEFICAZ E INJUSTA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EL ABC DE UNA REFORMA LABORAL DESEQUILIBRADA, INEFICAZ E INJUSTA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Aspectos principales de la reforma en cuanto a Negociación Colectiva: Medida 1- Los convenios de empresa tendrán prioridad

Más detalles

Reforma Laboral. Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores. Juan Carlos Trujillo Ortiz

Reforma Laboral. Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores. Juan Carlos Trujillo Ortiz Reforma Laboral Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores Juan Carlos Trujillo Ortiz Contrato Indefinido de apoyo a los emprendedores Empresas de menos de 50 trabajadores Contrato Indefinido

Más detalles

ST2FOLGM. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO LABORAL PÁG. 1/16

ST2FOLGM. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO LABORAL PÁG. 1/16 LABORAL PÁG. 1/16 BLOQUE 2.1. 1. Puede extinguirse el contrato por jubilación del trabajador? 2. Qué debe abonar la empresa a los trabajadores en el caso de desplazamientos temporales? 3. Qué condición

Más detalles

Nota Técnica 05/2012/GE/AEDAF Julio 2012

Nota Técnica 05/2012/GE/AEDAF Julio 2012 Nota Técnica 05/2012/GE/AEDAF Julio 2012 REFORMA DEL MERCADO LABORAL El pasado 8 de julio de 2012 entró en vigor la Ley 3/2012, de 6 de junio de Reforma del Mercado Laboral. Esta ley trae causa en el Real

Más detalles

ARTÍCULO 13. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2017 U OTRO INSTRUMENTO SIMILAR DE GESTIÓN DE LA PROVISIÓN DE NECESIDADES DE PERSONAL

ARTÍCULO 13. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2017 U OTRO INSTRUMENTO SIMILAR DE GESTIÓN DE LA PROVISIÓN DE NECESIDADES DE PERSONAL ARTÍCULO 12. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL 2. En el año 2017, las retribuciones del personal del sector público andaluz, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de

Más detalles

MANUAL DE ADAPTACIÓN AL REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO

MANUAL DE ADAPTACIÓN AL REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO MANUAL DE ADAPTACIÓN AL REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO Incluye cuadros comparativos de legislación y esquemas explicativos de la reforma, así como las modificaciones en trámite

Más detalles

REGULACION CONDICIONES LABORALES PARA EL SECTOR DEL METAL EN 2014

REGULACION CONDICIONES LABORALES PARA EL SECTOR DEL METAL EN 2014 REGULACION CONDICIONES LABORALES PARA EL SECTOR DEL METAL EN 2014 SITUACION ANTERIOR AL 7 DE JULIO DE 2013: a) Regulación mediante Convenio provincial del Metal. b) Ultraactividad de los Convenios. c)

Más detalles

Que se debe comunicar al empresario por escrito con una antelación determinada.

Que se debe comunicar al empresario por escrito con una antelación determinada. La salida del trabajador de la empresa donde presta servicios puede producirse por diversas causas y de diversas maneras. A continuación os explicamos las más habituales, así como las consecuencias jurídicas

Más detalles

MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. Ana Pérez. Para CFGM. FOL

MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. Ana Pérez. Para CFGM. FOL MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Ana Pérez. Para CFGM. FOL En este tema vamos a hablar de: Movilidad funcional. Movilidad geográfica. Modificación sustancial. Suspensión. Excedencias.

Más detalles

Reforma Laboral El pasado 17 de Junio del 2010 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que introduce importantes

Más detalles

El contrato de trabajo. Tipos.

El contrato de trabajo. Tipos. El contrato de trabajo Tipos http://www.buscarempleo.es/ El contrato de trabajo Definición: Acuerdo entre dos personas, empresario y trabajador Salario Elementos del contrato Consentimiento Objeto Causa

Más detalles

1.- Modificación del contrato 2.- La suspensión del contrato 3.- La extinción del contrato 4.- El finiquito

1.- Modificación del contrato 2.- La suspensión del contrato 3.- La extinción del contrato 4.- El finiquito 1.- Modificación del contrato 2.- La suspensión del contrato 3.- La extinción del contrato 4.- El finiquito EMPRESARIO posibilidad de modificar las condiciones del contrato respecto a cambios de puesto

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ DEPARTAMENTO DE FUNCIÓN PÚBLICA

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ DEPARTAMENTO DE FUNCIÓN PÚBLICA AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ DEPARTAMENTO DE FUNCIÓN PÚBLICA Aplicación del Acuerdo adoptado el 21 de Julio de 2006, Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los Funcionarios del Ayuntamiento

Más detalles

V.- MODALIDADES DE CONTRATACIÓN.- CONTRATO DE TRABAJO PARA FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

V.- MODALIDADES DE CONTRATACIÓN.- CONTRATO DE TRABAJO PARA FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA $049/1 20-03-2011 V.- MODALIDADES DE CONTRATACIÓN.- CONTRATO DE TRABAJO PARA FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA $049 CONTRATO DE TRABAJO PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA (Ley 12/2001, de

Más detalles

La Modificación de las Condiciones de Trabajo: Cómo debe hacerse?

La Modificación de las Condiciones de Trabajo: Cómo debe hacerse? La Modificación de las Condiciones de Trabajo: Cómo debe hacerse? En el Boletín de esta semana nos hacemos eco de una sentencia por la que se indemniza a un trabajador que decide extinguir su contrato

Más detalles

TIPOS FORMATIVOS DURACIÓN DETERMINADA INDEFINIDOS TIEMPO PARCIAL ETT

TIPOS FORMATIVOS DURACIÓN DETERMINADA INDEFINIDOS TIEMPO PARCIAL ETT TEMA 3. EL CONTRATO DE TRABAJO CONCEPTO ELEMENTOS CONTENIDO PERIODO PRUEBA TIPOS TIVOS DURACIÓN DETERMINADA INDEFINIDOS TIEMPO PARCIAL ETT CIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL (F.O.L.) 1 TEMA 3. EL CONTRATO DE TRABAJO

Más detalles

motivos para la Huelga General

motivos para la Huelga General motivos para la Huelga General La reforma laboral. Una agresión a las empleadas y empleados públicos de la Administración General del Estado Empresas de trabajo temporal y amortización de puestos de trabajo:

Más detalles

Título: Definición y notas esenciales del contrato Alumno: José Francisco Alonso Calvo

Título: Definición y notas esenciales del contrato Alumno: José Francisco Alonso Calvo Título: Definición y notas esenciales del contrato Pág. 1 Título: Elementos del contrato de trabajo Pág. 2 Título: Tipos de contrato de trabajo Pág. 3 Por tiempo indefinido Indefinido ordinario De fomento

Más detalles

CUADRO RESUMEN DE LAS NOVEDADES DEL R.D.-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

CUADRO RESUMEN DE LAS NOVEDADES DEL R.D.-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Intermediación laboral. Formación profesional. Sumar esfuerzos en la búsqueda de Potenciar la formación permanente de los trabajadores, y mejorar la calidad de la oferta formativa. Potenciar la formación

Más detalles

TABLA COMPARATIVA DE LA SITUACIÓN ACTUAL EN LA NEGOCIACIÓN DE LA NUEVA REFORMA LABORAL

TABLA COMPARATIVA DE LA SITUACIÓN ACTUAL EN LA NEGOCIACIÓN DE LA NUEVA REFORMA LABORAL TABLA COMPARATIVA DE LA SITUACIÓN EN LA NEGOCIACIÓN DE LA NUEVA REFORMA LABORAL CONTRATACIÓN TIPO DE FIJO El ordinario es el de 45 días. del 97 [2], solamente para ciertos colectivos: mayores de 45 años,

Más detalles

Modificación, suspensión y extinción. Apuntes de FOL

Modificación, suspensión y extinción. Apuntes de FOL Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo Apuntes de FOL 1. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO condiciones de trabajo no inalterables, sino que en determinadas ocasiones el empresario

Más detalles

Manual práctico de contratación laboral V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL

Manual práctico de contratación laboral V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL 71 Carmen Algar Jiménez 1. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL OBJETO El contrato a tiempo parcial es aquel

Más detalles

DESPIDO IMPROCEDENTE (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores)

DESPIDO IMPROCEDENTE (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores) TIPOS DE DESPIDO: - IMPROCEDENTE - DISCIPLINARIO - OBJETIVO - PROCEDENTE - NULO DESPIDO IMPROCEDENTE (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores) Éste es el más común de todos; es cuando un trabajador

Más detalles

MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (2)

MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (2) LS-09-12 MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (2) Como continuación a nuestra circular LS-08-12, les ampliamos más detalladamente las medidas del Real Decreto ley 3/2012 de medidas urgentes

Más detalles

Despido de trabajadores del parque de maquinaria con las indemnizaciones que procedan, por supresión de dicho Servicio 088/12

Despido de trabajadores del parque de maquinaria con las indemnizaciones que procedan, por supresión de dicho Servicio 088/12 ASUNTO: PERSONAL Despido de trabajadores del parque de maquinaria con las indemnizaciones que procedan, por supresión de dicho Servicio 088/12 AA ************ INFORME ANTECEDENTES DE HECHO Mediante escrito

Más detalles

Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje

Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje TLF: 956 078 281 > FAX: 956 078 216 > administracion@tecnoforsur.com > www.tecnoforsur.com Presentación Tecnofor Sur S.L ha conseguido ser una de

Más detalles

Barcelona. Aniversario de la Reforma Laboral y sus repercusiones en las prestaciones de la Seguridad Social. 12 de febrero de 2013

Barcelona. Aniversario de la Reforma Laboral y sus repercusiones en las prestaciones de la Seguridad Social. 12 de febrero de 2013 Barcelona Aniversario de la Reforma Laboral y sus repercusiones en las prestaciones de la Seguridad Social 12 de febrero de 2013 Situación del entorno laboral antes de la reforma Crisis económica que atraviesa

Más detalles

3.3. INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA LAS EMPRESAS CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

3.3. INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA LAS EMPRESAS CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 3.3. ECONÓMICOS PARA LAS S 1 DURACIÓN Y JORNADA OBLIGACIONES DE LA CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo. El trabajador no debe haber estado vinculado a

Más detalles

TEMA: 6 EL CONTRATO DE TRABAJO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

TEMA: 6 EL CONTRATO DE TRABAJO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Cultura Emprendedora y Empresarial Colegio Santa Ana de Sevilla TEMA: 6 EL CONTRATO DE TRABAJO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 6. EL CONTRATO DE TRABAJO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 6.1. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Más detalles

El contrato de trabajo

El contrato de trabajo Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de remuneración. Formalización: El contrato

Más detalles

Ayudas públicas para fomentar el empleo de personas pertenecientes a colectivos prioritarios

Ayudas públicas para fomentar el empleo de personas pertenecientes a colectivos prioritarios Ayudas públicas para fomentar el empleo de personas pertenecientes a colectivos prioritarios Entidad convocante Beneficiarios/as Materias Ámbito Objeto Cuantía Consejería de Economía y Competitividad (Illes

Más detalles

LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL Publicación: Día 7 de julio de 2012, BOE núm. 162 Entrada en vigor: Día 8 de julio de 2012. Fecha de esta ficha: 13 de

Más detalles