Unidad 5: Representación de los trabajadores" es s
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- Antonio Ortiz de Zárate Saavedra
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1 Unidad 5: Representación de los trabajadores" es s P r o f eso r: An t on i o J. Gu ir ao S il ven t e
2 Designed by Freepik.com 1. Participación de los trabajadores en la empresa Los trabajadores pueden participar en la empresa a través de representantes: u nos Representación colectiva unitaria. Delegados de personal empresa. Representan a todos los trabajadores. Representación colectiva sindical. Sindicatos. y Comités de Los empresarios pueden actuar por sí mismos sin representación, aunque la mayoría están asociados. La organización empresarial más conocida en España es la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales), que tiene como filial a CEPYME (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa). 2
3 2. La representación colectiva unitaria Elegidos por y entre los trabajadores. Representan a todos los trabajadores de la empresa. <50 trabajadores Delegados de personal >50 trabajadores Comité de empresa 3
4 A) Delegados de Personal Nº trabajadores Nº delegados 6-10 Si lo deciden por mayoría los trabajadores
5 B) Comités de empresa Nº Trabajadores Nº miembros del comité por cada o fracción hasta un máximo de 75 5
6 2.1. Las elecciones a representantes Cada 4 años Elegibles: +18 años de edad +6 meses antigüedad Electores: +16 años de edad +1 mes antigüedad 6
7 Mesa electoral: Presidente: trabajador de mayor antigüedad 2 Vocales: trabajador + edad y edad 1 mesa en cada colegio electoral, por cada 250 trabajadores >50 trabajadores eligen Comité de Empresa: 2 colegios electorales: Técnicos y administrativos Especialistas y no cualificados <50 trabajadores eligen Delegados de Personal 1 colegio Comité de Empresa: Lista cerrada Delegados de Personal. Se vota a tantos candidatos como puestos a cubrir Las candidaturas con menos del 5% de los votos no tienen representantes. Para saber más sobre el proceso electoral pulsa sobre el siguiente enlace: Manual de Elecciones Sindicales de UGT 7
8 Actividad 1: La empresa El Palmeral S.A. cuenta con una plantilla de 36 trabajadores y se realizaron elecciones para representantes de los trabajadores Se presentan los siguientes candidatos: UGT: Carmen Siestilla, Andrés Siniestra y Sara Carboncero CCOO: Antonio Canteras, Penélope Sur y Bertín Stone USO: Patricia Conte y Cristiano Tornado Una vez efectuadas las votaciones se produce el siguiente resultado: Antonio Canteras (CCOO): 14 votos. Sara Carboncero (UGT): 19 votos. Patricia Conte (USO):9 votos. Cristiano Tornado (USO): 16 votos Carmen Siestilla (UGT): 15 votos. Andrés Siniestra (UGT): 13 votos Bertín Stone (CCOO): 3 votos. Penélope Sur (CCOO): 18 votos. a) Qué tipo de representación unitaria b) Indica los representantes que tendrá y qué número de representantes debe tener la empresa El Palmeral S.A.? cada sindicato. 8
9 Solución actividad 1: a) Qué tipo de representación unitaria y qué número de reprentantes debe tener la empresa El Palmeral S.A.? Al tener una plantilla de 36 trabajadores le Personal corresponde 3 Delegados de b) Indica los representantes que tendrá cada sindicato. Sara Carboncero (UGT) Penélope Sur (CCOO) Cristiano Tornado (USO) 9
10 Actividad 2: La empresa CIFASA cuenta con una plantilla de 93 trabajadores (63 especialistas y no cualificados y 30 técnicos y administrativos), se realizaron las elecciones de los Comités de Empresa con el siguiente resultado: Colegio de técnicos y administrativos: UGT: 1 voto CCOO: 2 votos Independientes: 22 votos Nulos: 1 En blanco: 1 No votan 3 Colegio de especialistas y no cualificados: UGT: 29 votos CCOO: 22 votos Nulos: 2 En blanco: 3 No votan: 7 a) Qué tipo de representación unitaria y qué número de representantes debe tener la empresa El Palmeral S.A.? b) Indica los representantes que tendrá cada sindicato. 10
11 Solución actividad 2: a) Qué tipo de representación unitaria y qué número de reprentantes debe tener la empresa El Palmeral S.A.? Al tener una plantilla de 99 trabajadores le corresponde 5 miembros de Comité de Empresa b) Indica los representantes que tendrá cada sindicato. b.1) Veamos cuántos representantes corresponden a cada Colegio de técnicos y administrativos: 93 trabajadores representantes X = trabajadores X colegio: Colegio de especialistasy no cualificados: 93 trabajadores representantes 63 trabajadores X X = 3 39 Corresponden 2(pues los decimales son mayores) representantes administrativos y 3 del de especialistas y no cualificados. del colegio de técnicos y 11
12 Solución actividad 2: b.2) Comprobamos que las candidaturas tienen más del 5% de los votos emitidos Sumamos total de votos a candidaturas, más los votos en blanco Colegio de técnicos y administrativos: = 26 votos. Por lo tanto para obtener representantes en este colegio se necesitan más del 5% de los votos, es decir, más de 1 3 votos. Por lo tanto UGT no obtendría representación en este colegio. Colegio de especialistas y no cualificados: El 5% de 54 votos es 2 7 votos. En este caso todas las candidaturas presentadas tienen más votos. 12
13 Solución actividad 2: b.3.) Asignación de representantes. Colegio de técnicos y administrativos: Total votos a candidaturas con más del 5%: = 24 votos CCOO 24 votos representantes 2 votos X INDEPENDIENTES 24 votos representantes 22 votos X X = 0 17 X = 1 83 INDEPENDIENTES = 2 representantes Colegio de especialistas y no cualificados: Total votos a candidaturas con más del 5%: 51 UGT 51 votos representantes 29 votos X X = 1 71 UGT = 2 representantes CCOO CCOO = 1 representante 51 votos representantes 22 votos X X =
14 2.2. Otros comités Comité de empresa conjunto: Misma empresa tiene municipios limítrofes centros de trabajo que no llegan a sí si los sumamos. Si la empresa tiene unos centros con 50 o más y otros en la misma pr ovincia o 50 individualmente, pero con menos se forman comités de empresa para los centros con 50 o más y un comité de empresa conjunto para los otros. Comité intercentros: Empresas que cuentan con varios comités de empresa los pueden pactar (por convenio colectivo). Máximo 13 miembros. Comité de empresa europeo: Creación a iniciativa de la dirección o +100 trabajadores en distintos países. Funciones: información y consulta 14
15 2.3. Competencias y garantías de los representantes COMPETENCIAS: Recibir información Derecho a ser consultado Vigilar el cumplimiento de la normativa 15
16 GARANTÍAS: - No pueden ser despedidos ni sancionados de forma discriminatoria, sino despido nulo - Si es despido improcedente el representante decide si cobra la indemnización o si pide readmisión - Si se le impone sanción grave o muy grave: 1º escuchar al representante (apertura de expediente contradictorio), sino nulo Prioridad de permanencia en la empresa, en despido o traslado colectivo Derecho a expresar sus opiniones Derecho a un crédito horario para realizar sus funciones (ver tabla) Por convenio posibilidad de liberados sindicales que acumulan las horas de todos los delegados N.º de trabajadores en la empresa Hasta De 101 a De 251 a De 501 a De 751 en adelante 40 Crédito de horas 16
17 2.4. El derecho de reunión de los trabajadores Dentro de la empresa pero fuera del horario de trabajo. Pueden convocar: Delegados de personal o comité de empresa. >33% trabajadores. Presiden representantes. Comunicación a la empresa con 48 horas. Acuerdos que afecten a toda la plantilla mayoría absoluta (>1/2) Empresario puede negar si: <2 meses anterior, salvo informar negociación convenio. No reparados daños anteriores reuniones. Cierre patronal 17
18 3. Representación colectiva sindical 3.1. Libertad sindical Derecho que tienen los trabajadores de fundar sindicatos y afiliarse libremente a ellos para organizarse y defender sus derechos. Reconocido en: Constitución Española. Derechos Fundamentales Libertades Públicas. y Constitución de la O.I.T. Declaración Universal de los Derechos Humanos 18
19 3.2. Los sindicatos Asociaciones de trabajadores para conseguir su progreso económico y social, a través del mantenimiento y mejora de las condiciones de trabajo. Pueden afiliarse: Trabajadores por cuenta ajena Parados Funcionarios Incapacitados Autónomos sin trabajadores Jubilados No pueden afiliarse: Fuerzas armadas e instituciones Jueces, magistrados y fiscales. de carácter militar 19
20 3.3. La participación de los sindicatos en la empresa A) SECCIONES SINDICALES Afiliados a un sindicato en la empresa. Si son de un sindicato más representativo o con miembros en comité de empresa: Tablón de anuncios Local (+250) Negociar convenios. DERECHOS AFILIADOS Distribuir información Recibir información Reuniones (fuera horario) Recaudar cuotas DERECHOS SECCIONES SINDICALES Presentarse elecciones Plantear huelgas Plantear conflicto colectivo ante tribunales 20
21 B) DELEGADOS SINDICALES Representantes del sindicato dentro de la empresa, elegidos por sus afiliados. REQUISITOS: > 250 Algún representante en Comité de Empresa Mínimo 10% votos FUNCIONES: Asistir a reuniones del Comité de Empresa con voz pero sin voto Informados de expedientes por faltas graves o muy graves a trabajadores afiliados. 21
22 3.4. Sindicatos más representativos Nivel estatal 10% de los delegados de personal y miembros de comité de empresa Nivel autonómico 15% de los delegados de personal y miembros de comité de empresa y, al menos, Sindicatos con representatividad menor. 10% en ámbito territorial o funcional específico 22
23 Funciones de los sindicatos más representativos: a) Representar a los trabajadores ante las administraciones públicas b) Participar como interlocutores en las determinaciones de las condiciones de trabajo con las administraciones públicas c) Participar en la negociación colectiva d) Participar en los sistemas de solución de conflictos extrajudiciales (SMAC) e) Promover elecciones para delegados de personal y miembros de comité de empresa f) Cesión de inmuebles públicos g) Otras que se establezcan Los sindicatos con representación menor no pueden hacer a) y f) 23
24 4. El convenio colectivo A) ÁMBITO DE APLICACIÓN: Personal Territorial Funcional Temporal B) CONVENIOS Y REFORMA LABORAL DE 2012: Antes de reforma 2012 Reforma laboral 2012 Prórroga automática del convenio vencido hasta nuevo acuerdo Los de ámbito territorial superior tenían preferencia sobre los inferiores. Los inferiores sólo podían mejorar Empresa podía modificar el convenio bajo acuerdo con los representantes Si no existe nuevo acuerdo en un año desaparece y se aplica un convenio superior o el Estatuto Convenio de empresa tiene preferencia y puede cambiar muchas condiciones del convenio de sector: salarios, turnos, horarios, vacaciones, etc Empresas por causas objetivas pueden modificar varias condiciones del convenio Si no hay acuerdo con representantes se acude a comisión paritaria del convenio y a arbitraje 24
25 Quién puede negociar un convenio colectivo trabajadores? en representación de los Convenios que afecta a más de una empresa: Sindicatos más representativos a nivel estatal y de Comunidad Autónoma(para los de su ámbito territorial) Sindicatos con un mínimo de 10% de miembros de Comités de Empresa y Delegados de Personal, en su ámbito. Convenio de ámbito de empresa o inferior: Comité de empresa, delegados de personal o secciones sindicales (si las hay y en su conjunto suman mayoría de miembros del comité) Convenios dirigidos a trabajadores con un perfil profesional específico: Secciones sindicales que hayan sido designadas por sus representados a través de votación. 25
26 Quién puede negociar un convenio colectivo empresarios? en representación de los Convenios que afecta a más de una empresa: La representación de dichas empresas Convenio de ámbito de empresa o inferior: Propio empresario Convenios colectivos sectoriales: Las asociaciones empresariales que en el ámbito cuenten con el 10% de los empresarios y den ocupación al 10% de los trabajadores las asociaciones empresariales que en el ámbito den ocupación al 15% de los trabajadores 26
27 Adhesión y extensión Los convenios se pueden aplicar ámbito, a través de: a trabajadores no incluidos en su Adhesión: Las partes legitimadas para negociar un convenio deciden adherirse a la totalidad de un convenio en vigor de otro sector, siempre que no estén afectadas por otro. Extensión: Aplicar las disposiciones de un convenio en vigor a determinadas empresas y trabajadores que no puedan suscribir un convenio por carencia de legitimidad de una de las partes. 27
28 5. Los conflictos colectivos Conflictos entre un grupo de trabajadores y la empresa. A) CONFLICTO JURÍDICO. Interpretación de una norma: Tribunales B) CONFLICTO DE INTERESES. Crear, modificar, eliminar una norma que ya existe: huelga, manifestaciones, concentraciones, encierros... 28
29 5.1. La huelga Medida de presión y defensa de los intereses de los trabajadores. Ningún trabajador puede renunciar Individualmente. Prohibidas: Estrictamente políticas Solidaridad Modificar contenido convenio colectivo Rotatorias Estratégicas De celo 29
30 Convocatoria Pueden convocar: Comité de empresa y delegados de personal. Sindicatos implantados en ese ámbito. Trabajadores en votación por mayoría Procedimiento: 5 días de antelación a la empresa y Autoridad Laboral. Acuerdo Solución Extrajudicial de Conflictos (ASEC) Comité de huelga Convocantes constituyen comité de huelga. Máximo 12. Intentar resolver conflicto y garantizar seguridad y vigilancia 30
31 Desarrollo de la huelga Prohibido contratar trabajadores para sustituir a huelguistas (esquirolaje). Permitido organizar piquetes informativos, no violentos. Permitido ocupar centros para ejercer derecho a reunión e información. Respetar derecho a huelga y no huelga Consecuencias Suspensión del contrato. No se cobra salario ni parte proporcional de descansos semanales, festivos y pagas extra. No descontar de las vacaciones. La empresa no cotiza a seguridad social. 31
32 5.2. El cierre patronal Empresario cierra temporalmente la empresa, quedando suspendidos los contratos de los trabajadores. Motivos para cierre patronal: Peligro para las personas o para las cosas. de daños graves Ocupación ilegal del centro cierto de que ocurra. de trabajo, o peligro Volumen de inasistencia o irregularidades que impiden gravemente el proceso de producción 32
33 5.3. La solución extrajudicial de conflictos Solución Extrajudicial de Conflictos (Tribunal de Arbitraje Laboral en Comunidad Valenciana). Intenta no llegar a juzgados o huelga. Posibilidades: - Conciliación. Una persona intenta el acercamiento entre las partes, pero no propone soluciones - Mediación. Mediador que ofrece propuestas y las partes las aceptan si quieren - Arbitraje. El árbitro dicta un laudo, que es de obligado cumplimiento 33
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