19/10/2015 INCAPACIDAD LABORAL E INVALIDEZ II ACCION FORMATIVA Nº /INT/3432

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1 PLAN DE FORMACIÓN 05

2 INCAPACIDAD LABORAL E INVALIDEZ II ACCION FORMATIVA Nº 45-05/INT/ El diccionario de la Lengua Española define la incapacidad como el estado transitorio o permanente de una persona que, por accidente o enfermedad, queda mermada en su capacidad laboral. Contingencia de la incapacidad laboral Etiología o causa de la enfermedad o lesión susceptible de originar una incapacidad. La ley General de la Seguridad Social distingue 4 tipos: Accidente de trabajo. Enfermedad profesional Accidente no laboral Enfermedad común ACCIDENTE DE TRABAJO Art. 5 de la LGSS. Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. 6 ENFERMEDAD PROFESIONAL Art. 6 de la LGSS. Es la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, en las actividades que se especifiquen en el cuadro aprobado de E.P, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen. 7 Para poder establecer si una persona está incapacitada para trabajar, es necesario sopesar no sólo el estado de salud, sino también las tareas que realiza en su puesto de trabajo y cómo interaccionan estos dos aspectos entre sí. 8 9 A la hora de valorar a un paciente, en primer lugar se constatará que tiene una enfermedad, que esa enfermedad le está produciendo un menoscabo, y que éste le ha generando una incapacidad para realizar las actividades concretas que le requiere su puesto de trabajo. ACTUACIONES ESPECÍFICAS DEL CONOCIMIENTO SOBRE PUESTOS DE TRABAJO: Gestión de Incapacidad Temporal. Orientación sobre situaciones de posible Incapacidad Permanente. Orientación sobre posibles Enfermedades Profesionales.

3 Valoración de patología de origen multifactorial. 0 Tipos de incapacidad Temporal Permanente INCAPACIDAD TEMPORAL 3 Una Prestación. Dos Contingencias. Tres Entidades Asistencia Sanitaria IT Contingencias Comunes IT por C.P. (Mutua INSS) Programas de Salud Qué hace? Cómo lo hace? Dónde lo hace? Con qué lo hace? Profesión u ocupación. Tareas. Factores de riesgo o situaciones de sobrecarga percibida El artículo 4 del Decreto 065/974, de 30 de mayo, otorga a los inspectores médicos y farmacéuticos la consideración de autoridad pública en el ejercicio de sus funciones, y atribuye a los enfermeros subinspectores la condición de agentes de la autoridad. Funciones del servicio de incapacidad temporal y salud laboral Decreto n.º 7/00, de 7 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo. Le corresponde el ejercicio de las funciones de gestión, coordinación, dirección y

4 control de las unidades dependientes del Servicio y en especial, el ejercicio de las siguientes atribuciones: a. La evaluación, gestión y control de la prestación por Incapacidad Temporal (en adelante IT) conforme a la normativa establecida b. El mantenimiento y desarrollo de un sistema de información de la IT, colaborando con las Gerencias de Atención Primaria y los profesionales sanitarios en el asesoramiento, la información y la formación en la gestión y el control de la prestación de IT 0 c. La propuesta de la situación de Incapacidad Permanente y la participación en los equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) en la forma legalmente prevista. d. La, evaluación y asesoramiento de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, Empresas Colaboradoras y, el control de la prestación médico-farmacéutica para los Servicios de Prevención de Riesgos emisión de cuantos informes sean solicitados en relación a la creación, supresión o modificación de los servicios sanitarios de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. e. La inspección Laborales, tanto propios de los centros del SMS., como ajenos f. Evaluación, gestión y control de las prestaciones médicas y de la prestación por incapacidad temporal. 3 Otras funciones: Control de IT a petición de la empresa. Autorización del articulo 8. Autorizar traslados de expedientes de pacientes en incapacidad temporal Iniciar expedientes de determinación de contingencias. Elaborar el informe de discrepancia ante la disconformidad manifestada por el paciente ante el alta de INSS. Gestión de las Propuestas de Alta emitidas por las MUCOSS- La Inspección Médica tiene una serie de competencias que hacen que se encuentre estratégicamente situada para relacionarse con todas las partes implicadas en la prestación. Sus funciones son en muchos casos decisivas y vinculantes para el resultado final (alta o continuación de la IT). Iniciar incapacidad permanente. Valorar que procede continuar en incapacidad temporal. Indicación de alta al médico de familia. Alta por Inspección 3

5 Solicitar informe complementario. MAP FEA Servicio de prevención. Solicitud de adelanto de consulta, prueba o tratamiento COMPETENCIAS INSS. Alta por Inspección INSS.. Reconocer nueva IT tras alta INSS. 3. Propuesta de IP 4. Solicitud de Pruebas o Informes. 5. Responder a una Propuesta de alta emitida por Mutua 6. Revisión de alta por contingencias profesional Asistencia Sanitaria y prestación económica en Contingencia Profesional. Prestación económica del riesgo embarazo y lactancia. Control IT por Contingencia Común Examen Salud Trabajadores según riesgo profesional. Estudios Epidemiológicos. 7 Gestión de la prestación de Incapacidad Temporal REQUISITOS: Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social (o situación asimilada al alta) al sobrevenir la contingencia o situación protegida. Situaciones asimiladas al alta Percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo. Traslado de la empresa fuera del territorio nacional. Período de vacaciones retribuidas y no disfrutadas antes de la finalización del contrato de trabajo. Convenio especial de diputados y senadores y de gobernantes y parlamentarios de comunidades autónomas. Periodo de carencia Tener un período de cotización de 80 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante cuando se trata de enfermedad común. 4

6 No se requiere periodo de cotización en caso de accidente de trabajo, accidente no laboral y enfermedad profesional 3 OPCIONES DE COBERTURA DE LA PRESTACION ECONOMICA POR EL EMPRESARIO El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) El Instituto Social de la Marina (ISM) para trabajadores del mar. Mutua Colaborada con la Seguridad Social. Existe también la posibilidad de colaboración voluntaria por parte de las empresas para gestionar la prestación de IT, tanto la derivada de accidente y enfermedad profesional como la que ocurre por enfermedad común y accidente no laboral CUANTIA DE LAS PRESTACIONES Porcentaje sobre la base de cotización del mes anterior o base reguladora (BR). Distinta en función de la contingencia que provoque la situación de IT. La prestación económica se inicia, en el caso de contingencia profesional a partir del día siguiente al accidente, mientras que en el caso de las contingencias comunes comienzan al cuarto día de la incapacidad. CUANTIA DE LAS PRESTACIONES Contingencia Profesional: 75 % desde el día siguiente al AT. En contingencia común: 4º al 5º día: 60% B.R (empresario) 6º al 0 día: 60% B.R. (ent. Gestora o MATEPSS) a partir del día : 75% B.R (ent. Gestora o MATEPSS) Contingencia Profesional: 00% Contingencia común: Hasta el tercer día de baja, el empleado percibirá el 40% de sus retribuciones. Entre los días 4 y 5 de baja, percibirá el 70%. Entre los días 6 y 40 de baja, percibirá el 80%. A partir del 4 días de baja, percibirá el 00% El pago que recibe el trabajador puede hacerse de dos maneras: Pago delegado: Se efectúa a través de la nómina del trabajador, recuperando a posteriori la empresa el importe a través de la entidad gestora. Pago directo. Es el que recibe el interesado de la entidad gestora. Autónomos. Trabajadores en espera de la resolución del expediente de incapacidad permanente. Trabajadores que han finalizado su relación laboral con la empresa por despido o fin de contrato. ASISTENCIA SANITARIA CONTINGENCIA COMUN: SMS EMPRESAS COLABRADORAS CONTINGENCIA PROFESIONAL: 5

7 MUCOSS SMS EMPRESAS COLABORADORAS TEMPORALIDAD DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA Nacimiento de la prestación económica: Requiere el parte de baja médica. Duración de la prestación económica: Se mantiene mientras el trabajador se encuentre en situación de IT con una duración máxima de 365 que puede ser prorrogable por otros 80 días, siempre que se prevea la curación del proceso. Extinción de la prestación económica: Ser dado de alta médica. El transcurso del plazo máximo establecido para la situación de IT. La jubilación. La incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos que procedan cuando fuera requerido por la entidad gestora. El fallecimiento. Causas de suspensión del subsidio: Cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para conservar o mantener la prestación. Si trabaja y está cobrando el subsidio por IT Si rechaza o abandona, sin causa razonable, el tratamiento médico que le sea indicado. Documentos oficiales. Partes de baja/alta (hasta..05) PARTE DE BAJA Y ALTA (P.9) PARTE DE CONFIRMACION (P.9/) Parte de alta/baja (P. 9) y partes de confirmación (P. 9/) para contingencias comunes Partes de alta/baja (P. 9/) y sus partes de confirmación (P. 9/5) para contingencias profesionales Determinados colectivos como los funcionarios, jueces, o militares (MUFACE, MUJEJU, ISFAS) tienen una regulación específica de esta prestación y unos documentos oficiales distintos que son aportados por el propio trabajador. FACTORES DE CORRECCIÓN En el tiempo estándar, el óptimo para la recuperación de un proceso de forma general, influyen elementos inherentes al propio curso evolutivo y que pueden prolongar de forma plenamente justificada la situación de IT La edad: a mayor edad, mayor tiempo de recuperación en ciertas ocasiones para un mismo proceso. El tipo de profesión/ocupación: cuanta más exigencia para una determinada capacidad funcional que está afectada por el proceso médico de la baja, más tiempo requiere de recuperación. Un controlador aéreo requerirá mucha concentración, atención y capacidad de reacción, que pueden encontrarse alteradas en trastornos depresivos pero no en una tendinitis de rodilla. Las exigencias físicas del trabajo en un peón albañil 6

8 intervenido la duración de su baja pueda ser unos días más prolongada que si la persona intervenida es un encuestador telefónico de 3 años. La comorbilidad también retrasa la incorporación laboral tras un proceso de incapacidad temporal, bien por descompensaciones de enfermedades crónicas, bien por complicaciones evolutivas asociadas, u otros factores. Una gripe puede generar una IT que dure de 0 a 7 días, pero y si se produce en una persona con EPOC, o con una diabetes mellitus de base que se descompensan? 47 PARTE MEDICO DE ALTA (Mod. P.9) Se emiten siempre tras el reconocimiento del paciente Cuatro ejemplares Causas de alta: PROPUESTAS DE ALTA MEDICA Las emiten: facultativos de MUCOSS Tramitación: MATEPSS INSPECCION M.C. Tiempo de respuesta : 5 días TRAS ALTA INSS El paciente puede manifestar su DISCONFORMIDAD al alta ANTE LA INSPECCIÓN MÉDICA. Puede además presenta PRESENTAR RECLAMACIÓN PREVIA a la vía judicial en el plazo de 30 días. 59 El trabajador puede recurrir contra el alta en el plazo de 4 días naturales por disconformidad ante la Inspección Médica. Si la Inspección Médica discrepa del criterio del INSS, tiene la facultad de proponer en 7

9 el plazo máximo de 7 días naturales la reconsideración de la decisión de aquélla, especificando las razones y el fundamento de su discrepancia- A continuación la entidad gestora se ha de pronunciar sobre la discrepancia en el transcurso de siete días naturales siguientes, notificando la correspondiente resolución al interesado y a la Inspección Médica El resultado de esta segunda y definitiva resolución puede ser: Reconsiderar el alta médica y conceder una prórroga de IT al interesado. Reafirmarse en su decisión aportando pruebas complementarias para fundamentarla y dictando resolución definitiva de alta médica, entendiéndose la IT prorrogada hasta ese momento. Si la Inspección Médica se pronunciara confirmando la decisión del INSS, o si no se produjera pronunciamiento alguno en el plazo de once días siguientes a la fecha de la resolución, adquirirá plenos efectos la consiguiente alta médica RECAÍDAS TRAS UN ALTA POR EVI La incapacidad laboral: repercusión Al trabajador, le imposibilita la prestación efectiva de su trabajo, y ve reducida su capacidad de ingresos. A la empresa, que durante las situaciones de ausencia del trabajador ve reducida sus recursos y su productividad. Al Sistema de Seguridad Social, ya que se genera un importante coste para hacer frente a las situaciones de carencia de rentas por parte de los trabajadores en situación de incapacidad. En un centro de salud el gasto por la prestación de incapacidad temporal supone más del 50% de los recursos totales gestionados. Su importancia es mayor si tenemos en cuenta que sólo un 30% de la población total (lo que llamamos población activa) tiene derecho a esta prestación. Un pequeño grupo de patologías aglutina la mayoría de los días de baja. Cabe destacar las bajas por lumbalgia, cervicalgia, patología inflamatoria de hombro, complejo depresión-ansiedad, la difícilmente clasificable fibromialgia, las enfermedades asociadas al embarazo MORBILIDAD DE LOS PROCESOS QUE HAN ALCANZADO LOS 365 DÍAS EN LA CCAA DE MURCIA EN EL AÑO 04 POR CAPÍTULO DIAGNÓSTICO Enfermedades del sistema osteomioarticular y del tejido conectivo: 35,76%. Trastornos mentales: 9,30%. Lesiones y envenenamientos: 8,65%. Neoplasias: 8,66%. Procedimientos: 4,47%. Enfermedades del sistema circulatorio: 5,99%. Enfermedades del sistema nervioso central y órganos de los sentidos: 5,06%. Enfermedades aparato digestivo:,70%. Resto de capítulos diagnósticos: 7,3%. Dentro del capítulo de diagnóstico de enfermedades osteomioarticular y del tejido conectivo el 35% está en relación con el raquis (lumbalgia,cervicalgia, ). 65 Reingreso laboral 8

10 66 67 La probabilidad de retorno al trabajo después de un episodio de baja laboral es: 80 % a las 6 semanas 50 % entre 3 y 6 meses 0 % al año 0 % a los años INCIDENCIAS MÁS FRECUENTES EN INCAPACIDAD TEMPORAL Se emitirán los documentos de baja para todas las empresas para los que presta servicio. Si tiene un accidente de trabajo en uno de los dos empleos, se tramitará como accidente laboral en todos los trabajos, siempre en función de la acción protectora de la actividad de la que se trate. Tanto la baja como el alta deberá ser simultánea en ambas empresas Determinación de la Contingencia INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO De oficio: Por propia iniciativa de la Entidad Gestora (INSS) Como consecuencia de petición razonada del Servicio de Salud competente para gestionar la asistencia sanitaria de la Seguridad Social. ( INSPECCION MEDICA) A instancia del trabajador o su representante legal. A instancia de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o de las empresas colaboradoras. 74 9

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