Reglamento De Convivencia. Colegio Libertador Simón Bolívar

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1 Reglamento De Convivencia Colegio Libertador Simón Bolívar La Serena, 2018

2 Colegio Libertador Simón Bolívar La Serena. ÍNDICE REGLAMENTO DE CONVIVENCIA Páginas ANTECEDENTES GENERALES:... 4 ARTÍCULO 1 : Objetivos ARTÍCULO 2 : Conceptos... 5 ARTÍCULO 3 : Convivencia Escolar Encargado de Convivencia Escolar: Maltrato Escolar Obligación de denuncia de delitos:... 7 ARTÍCULO 4. Derechos y deberes de la comunidad educativa ARTÍCULO 5. Derechos de los apoderados ARTÍCULO 6. Deberes y obligaciones de los apoderados ARTÍCULO 7. Derechos del/a estudiante del CLSB ARTÍCULO 8. Deberes y Obligaciones del estudiante del CLSB ARTÍCULO 9 Medidas Reparatorias Tipos de Medidas: Artículo 10 : Maltrato escolar; violencia y/o agresión Casos de violencia o agresión, consideradas para cualquier miembro de la comunidad escolar, y que constituyen, entre otras, maltrato escolar: Artículo 11 Medidas Disciplinarias Clasificación de faltas: Actuación por faltas Disciplinarias Permanencias Cancelación de la matrícula ARTÍCULO 12 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN Protocolo de actuación en caso de violencia o agresión Protocolo de situación de maltrato, abuso sexual infantil u otros: Protocolo en situaciones de estudiantes embarazadas y/o de maternidad

3 12.4 Protocolo frente a accidentes escolares Protocolo de salidas pedagógicas con los estudiantes Protocolo de actuación en situación de reclamo Protocolo para situación de Hurto Protocolo de actuación en situación de Porte y Consumo de drogas: ARTÍCULO 13. Notas Especiales

4 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA COLEGIO LIBERTADOR SIMÓN BOLIVAR - LA SERENA ANTECEDENTES GENERALES: Nuestra Visión: El Colegio Libertador Simón Bolívar de La Serena (Chile), se proyecta como una Institución Educativa señera en el campo del desarrollo de los valores personales y ciudadanos de sus estudiantes. La búsqueda de identidad, el logro de aprendizajes significativos y la formación valórica, serán los pilares fundamentales de nuestro quehacer educativo, en un clima escolar acogedor y de respeto entre todos sus miembros. Nuestra Misión: La misión del colegio Libertador Simón Bolívar es educar personas con identidad, orientadas hacia el pleno desarrollo de sus potencialidades, con espíritu de superación, capaces de integrarse exitosamente a un mundo en constante cambio. Nuestro quehacer educativo se centra en la formación de personas íntegras, intelectualmente inquietas y con pensamiento crítico, a través de un proceso de enseñanza que enfatice la gestación de habilidades cognitivas, la construcción del conocimiento y la internalización de conductas afectivas, en un clima de diálogo, acogida, alegría, solidaridad y sana convivencia basada en el respeto. Base jurídica: El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales: Constitución Política de la República de Chile. Ley General de Educación Nº del 12/09/2009 Ley del 17/09/2011, que modifica la Ley General de Educación. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos del Niño. Ley de Drogas Nº , artículo 50 del 02/02/2005. Ley de Inclusión Escolar, Reglamento de Convivencia Escolar (2004), emanado del Ministerio de Educación. 4

5 Además, tiene como marco referencial el Proyecto Educativo Institucional, y el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. Difusión: El Colegio Libertador Simón Bolívar realizará acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar interna, como publicación en agenda, informaciones en Asamblea Generales, Análisis en Reuniones de Subcentros y a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. ARTÍCULO 1 : Objetivos El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión Asimismo establece protocolos de actuación frente a conflictos o casos de maltrato escolar, los que estimularán el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementarán acciones reparatorias para los afectados en caso que amerite Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención considerando el proyecto educativo institucional. ARTÍCULO 2 : Conceptos De acuerdo a lo expuesto en el documento Orientaciones para la Elaboración y Revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar, emanado de la Superintendencia de Educación escolar, dispuesto por Ministerio de Educación, considerando Ley (Nov. 2013), se definen los conceptos: a) Convivencia Escolar: La convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. 5

6 b) Comunidad Educativa: Se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a estudiantes, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. c) Reglamento de Convivencia: Es un conjunto de actuaciones y/o acciones que busca promover y desarrollar los principios y elementos para construir una sana convivencia entre todos los integrantes de la comunidad escolar. d) Conflicto: Situación que involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdaderos o aparentemente incompatibles. e) Violencia: Acción que tiene en común el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica, causando daño al otro como una consecuencia. f) Acoso escolar/ hostigamiento escolar o bullying (en Inglés): Son acciones constitutivas de agresión u hostigamientos reiterados, realizadas fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes u otro miembro de la comunidad escolar, que en forma individual o colectiva, atenten en contra de otra persona, valiéndose para ello de situación de superioridad o de indefensión del afectado/a, considerando además medios tecnológicos (cyber acoso), u otros. g) Inclusión Educativa: Acción que implica acoger la diversidad sin exclusión ni discriminación alguna ya sea por características físicas, mentales, sociales, contextos culturales, religioso, entre otros. La inclusión educativa tiene como fin lograr el bienestar individual y social de todos los estudiantes que participan dentro del sistema educativo formal. ARTÍCULO 3 : Convivencia Escolar La Convivencia Escolar es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa. El Reglamento de Convivencia, por tanto, debe constituirse como un instrumento de gestión de carácter formativo, que promueva el desarrollo personal y social de los y las estudiantes, contemplando, acciones de carácter reflexivo,y reparatorias que promuevan estrategias de comunicación como la Mediación, conciliación y/o arbitrajes que fomente la sana convivencia en la comunidad escolar. 6

7 3.1 Encargado de Convivencia Escolar: La persona que ejerce el cargo de Subdirección es la encargada de la Convivencia Escolar del Establecimiento, quien deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de Sana Convivencia Escolar, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. 3.2 Maltrato Escolar. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, considerando que esto pueda: Producir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad u otros derechos fundamentales. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante y/o abusivo. Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. 3.3 Obligación de denuncia de delitos: El Director, Subdirectora, Encargado de Convivencia escolar, Profesor u otro miembro de la Comunidad Educativa, denunciará cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de nuestra comunidad, tales como maltrato, abusos sexuales, tráfico de sustancias ilícitas, porte o tenencia ilegal de armas u otros. Se denunciará ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, Fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales Competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. - Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como la legislación pertinente. - Si el responsable fuere el padre, madre o el apoderado de un/a estudiante, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso de éste al establecimiento. 7

8 ARTÍCULO 4. Derechos y deberes de la comunidad educativa. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. ARTÍCULO 5. Derechos de los apoderados. a) A ser informados periódicamente y cuando lo soliciten, de la situación de sus hijos. b) A ser recibidos y escuchados por los directivos, profesores, paradocentes y administrativos del establecimiento, siempre que procedan siguiendo el debido conducto regular, en términos respetuosos y convenientes, y dentro de los horarios fijados de antemano. c) A conocer los méritos y las razones por las cuales se sanciona a sus pupilos. d) A interceder ante el Equipo Directivo por vía escrita haciendo uso de su derecho de apelación luego de ser informado de la decisión de cancelación de Matricula. ARTÍCULO 6. Deberes y obligaciones de los apoderados. a) El Apoderado tomará oportunamente conocimiento de las situaciones académicas y disciplinarias de su pupilo(a). b) Es obligación del Apoderado (a), tener un Apoderado Suplente. c) Asistirá a reuniones y entrevistas a las que sea citado(a) por el Profesor (a) Jefe, Profesor (a) de Asignatura, Orientadora, o personal Directivo del CLSB. d) Asistir mensual y puntualmente, a las reuniones de curso. Deberá asistir el APODERADO SUPLENTE en caso de que sea imposible su asistencia. e) Estimulará en su pupilo el respeto hacia el CLSB y sus integrantes, absteniéndose de emitir juicios negativos que puedan desautorizar las acciones formativas propias de éste. f) Verificará que su pupilo cumpla con los compromisos escolares, contribuyendo a la formación de hábitos de estudios sistemáticos y de responsabilidad. 8

9 g) Velará por la asistencia, puntualidad y correcta presentación personal de sus pupilos/as, a clases y a todas las actividades escolares en que deban participar, como así mismo, su retiro oportuno al término de la jornada escolar. h) Evitará que su pupilo traiga objetos de valor y sumas elevadas de dinero. El CLSB no se hace responsable de su eventual pérdida. i) Cautelará que el/la estudiante no traiga al colegio objetos peligrosos para la integridad física o salud de las personas, tales como: armas, elementos corto punzantes, o tóxicos. j) Retirar personalmente o por apoderado suplente, en Inspectoría a su pupilo/a cuando por razones muy justificadas deba ausentarse. k) El Apoderado/a no podrá retirar a su pupilo en horario de pruebas y/o trabajos evaluados. l) Prever y supervisar el uso de la indumentaria adecuada para las condiciones climáticas, sin que estas transgredan normas de presentación personal tales como: color o diseño. m) Justificar responsablemente en la Agenda Escolar, las inasistencias a clases. n) Conocer y aplicar los aspectos descritos en el Manual de Convivencia Escolar. ARTÍCULO 7. Derechos del/a estudiante del CLSB. a) A conocer el Reglamento Interno del Colegio. b) A conocer los Planes y Programas de Estudio aprobados por el Ministerio de Educación para el nivel que cursa. c) A recibir la enseñanza acorde a los planes antes referidos, por parte de Personal calificado que el Colegio contrate. d) A participar en todas las actividades académicas curriculares, propias de su grado y de las demás extra programáticas que el Colegio promueva y ejecute, salvo impedimentos específicos o prescripción médica, debida y oportunamente informada y registrada en el Colegio. e) A utilizar la infraestructura del Colegio, según las normas internas establecidas a este efecto, para el normal desarrollo de su formación personal y del régimen curricular. f) A ser derivado a Servicios de Salud, en caso de accidente escolar, para lo cual el Colegio realizará la derivación con los formularios correspondientes. g) A recibir Orientación Educacional y Vocacional; de modo que cada estudiante pueda potenciar los elementos básicos del ser estudiante y, además, pueda elaborar un proyecto de Vida definido por sus intereses y habilidades. 9

10 h) A organizar entidades estudiantiles tales como Centro de Estudiantes con la posibilidad de participar activamente en ellas. i) A elegir y ser elegido en forma democrática y abierta a los Cargos del Centro de Estudiantes de acuerdo a la Reglamentación interna del Colegio. j) A recibir un proyecto educativo que los integre a la sociedad con responsabilidad y valores personales. k) A tener libertad de opinión y expresión, tomando en cuenta el respeto de los derechos y de la reputación de los demás. l) A prepararse para el ejercicio libre y responsable de los deberes y derechos de los ciudadanos recibiendo una formación ética. m) A tener la corrección de pruebas tareas y trabajos, dentro de los plazos establecidos (diez días hábiles). ARTÍCULO 8. Deberes y Obligaciones del estudiante del CLSB. a) Respetar los derechos fundamentales de todas las personas, asegurando su desarrollo físico, mental, espiritual, y social en condiciones de libertad y de dignidad. b) De la responsabilidad en el desempeño escolar. - Su Agenda Estudiantil, en buen estado. - Los útiles escolares necesarios para su actividad escolar. - Las tareas resueltas encomendadas por los profesores/ras. - El vestuario y la presentación personal adecuada a los requerimientos. No se permitirá alterar el diseño de éste. Ni usar polerones como prendas de abrigo que no correspondan al uniforme, aunque éstos sean azul marino. c) De la preservación de bienes de uso común (Inventario): - El estudiante deberá devolver en el plazo determinado, cualquier material solicitado en secretaría o biblioteca. La destrucción o deterioro del material, implicará que el estudiante cometió una falta, la cual será asumida según protocolo interno. - La destrucción total o parcial de los bienes de uso común o propio deben ser pagados por el apoderado(a) del estudiante infractor según el plazo estipulado. 10

11 d) De la presentación personal: - El estudiante debe presentarse diariamente con su uniforme escolar oficial, en perfectas condiciones de limpieza y orden. No se permitirá alterar el diseño de éste. - No se permite mezclar uniforme formal con el deportivo. - El buzo podrá ser usado durante todo el día, cuando los estudiantes asistan a Educación Física o Deportes. - Para actos oficiales, las Damas y Varones deben presentarse con su uniforme oficial. - No se permitirá el uso de prendas adicionales que no correspondan al uniforme. - Todas las prendas del estudiante deben ser marcadas con sus iniciales o con su nombre. PRESENTACIÓN PERSONAL: ESTUDIANTES DEL COLEGIO LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR. Uniforme oficial Damas: Calzado Negro. Calcetas o Pantys azul marino. Falda Cuadrillé. Polera blanca del uniforme. Chaleco azul marino del uniforme. Chaqueta o casaca del uniforme. (Opcional) Pantalón azul marino de casimir, corte clásico (No apitillado) Uniforme oficial Varones: Calzado Negro. Pantalón azul marino de casimir, corte y diseño clásico. (No apitillado) Polera blanca del uniforme. Chaleco azul marino del uniforme. Chaqueta o casaca del uniforme. Uniforme deportivo Damas y Varones: Buzo Institucional (No apitillado) 2 Poleras deportivas Institucionales (una de recambio). Zapatillas deportivas. Short azul marino (varones) y Calzas azul marinas (Damas) (Opcional), Sin logos ni marcas. 11

12 Tanto inspectoría como docentes y paradocentes velarán por el cumplimiento de las normas descritas. El/la estudiante debe presentarse al colegio en perfecto estado de aseo y limpieza de su cuerpo: - Su cabello debe estar limpio, peinado, tomado y ordenado. - Los varones deben usar su cabello con corte tradicional; sin colas, sin rapados ni diseños, o largo parejo (según opción tomada y firmada, al momento de matricular). - El cabello no puede estar tinturado de colores fuertes que no corresponda a la naturaleza del mismo. - No debe estar enredado en dreadlock. - En caso de uso de trenzas, éstas deberán ser usadas sin ningún tipo de adorno. - Sus manos y uñas deben estar en buen estado de limpieza. Las damas solo podrán utilizar pintura de uñas transparente y sin diseños. - Los varones que lo requieran deberán presentarse rasurados de barba y bigote, de lo contrario no podrán, ingresar a la sala de clases. No será permitido el uso de expansores, aros y percing. Los estudiantes no deben portar accesorios llamativos ni en exceso. En caso de uso de maquillaje este deberá ser discreto y con colores suaves. Las prendas y accesorios requisados por los profesores(as) dentro y fuera de la sala de clases, serán entregados a Inspectora, la cual se contactará con el apoderado(a) para su posterior retiro. Dirección, Sub Dirección e Inspectoría se reserva el derecho de aplicar Criterios según lo establecido. 8.5 Puntualidad: El estudiante debe presentarse puntualmente al comienzo de cada jornada, en la mañana a las 8:00 Hrs. y en la tarde a las 15:00 Hrs., después de 15 minutos de retraso Inspectoría no le permitirá el ingreso a la sala de clases hasta el bloque siguiente. En caso de urgencia o situación médica los/as estudiantes podrán ingresar con su apoderado, justificar en agenda o presentar certificado médico. 12

13 Cada atraso al ingreso de la jornada de la mañana y de la tarde será consignado por Inspectoría en la agenda. Dicha anotación debe ser firmada por el/la apoderado/a. El/la estudiante que ingrese atrasado/a a las clases, después de un recreo o cambio de hora será enviado a Inspectoría, donde se dejará constancia en Bitácora y se permitirá el ingreso a clases. Las acciones a seguir con los reiterados atrasos son: - Al acumular el/la estudiante 3 atrasos, será citado/a a Permanencia. Con 6 atrasos, Segunda Permanencia, además de citar a entrevista al Apoderado con Inspectoría. Con 9 atrasos se citará a Permanencia al/la estudiante, además el Apoderado asistirá a una entrevista con Subdirectora, donde firmará un Compromiso. - Si continúa presentando atrasos, el/la estudiante deberá ingresar al establecimiento con Apoderado, quién justificará por escrito en el Libro de Bitácora. A partir de esto, se autorizará el ingreso a clases. Esto se permitirá hasta 4 veces. De continuar esta situación de impuntualidad, Subdirectora presentará el caso al Consejo Directivo, donde se tomarán decisiones al respecto. 8.6 Asistencia: - El o la estudiante debe concurrir regularmente a las actividades curriculares normales del CLSB. - La justificación de la inasistencia de un/a estudiante debe ser realizada por escrito, en la agenda del CLSB por el apoderado titular o apoderado suplente, (acompañada por certificado médico, cuando proceda). No se aceptan justificaciones de terceros. - El o la estudiante que registra una inasistencia debe justificarla con el profesor(a) de la asignatura de la primera hora de clase, y/o cuando Inspectoría lo solicite. - El o la estudiante que registra una inasistencia y que al ingreso al CLSB no porta la justificación escrita y firmada por el apoderado(a), será enviado a Inspectoría. Esto determinará el reingreso del estudiante a las actividades regulares. 13

14 ARTÍCULO 9 Medidas Reparatorias. Las medidas reparatorias son acciones que permiten a los estudiantes tomar conciencia de sus comportamientos no adecuados para enfrentar su vida con mayores posibilidades de éxito personal. Esta conciencia y rectificación de comportamientos inadecuados debe permitir al estudiante, ser parte activa en la definición de un clima escolar favorable al desarrollo de las personas Tipos de Medidas: Quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, se contemplan las siguientes acciones: a) Diálogo personal pedagógico y formativo. b) Diálogo grupal reflexivo. c) Amonestación verbal. d) Amonestación por escrito. e) Comunicación al apoderado. f) Citación al apoderado. g) Permanencias en el establecimiento. h) Firma de Compromisos Individuales. i) Suspensión temporal. j) Firma de Apoyo Conductual. k) Condicionalidad de la matrícula del/la estudiante. l) No renovación de la matrícula para el siguiente año escolar. m) Apelación de Apoderado al Equipo Directivo, ante Cancelación de matrícula. Artículo 10 : Maltrato escolar; violencia y/o agresión. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, considerando que esto pueda: 14

15 Producir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad u otros derechos fundamentales. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico Casos de violencia o agresión, consideradas para cualquier miembro de la comunidad escolar, y que constituyen, entre otras, maltrato escolar: a) Agresión física de carácter directo, como peleas, golpes, empujones o palizas. b) Agresión verbal directa como insultos o garabatos, apodos, gestos groseros, amenazantes, u ofensivos, consideraciones de juegos sin el consentimiento del afectado. c) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, Facebook, Twitter, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. d) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. e) Intimidación, chantaje y amenazas para provocar miedo y/o para obtener objetos, dineros, u otros en beneficio propio. f) Obligar a realizar acciones o amenazas, que atenten contra la integridad física o Psicológicas. g) Destrozos y/o deterioro de pertenecías ajenas, y provocaciones indirectas como pequeños hurtos. h) Agresión racial, dirigida a colectivos de emigrantes o minorías étnicas. i) Acoso Sexual, alusiones o agresiones verbales obscenas, toques o agresiones físicas aun cuando no sean constitutivos de delito. j) Agresión por razones de género: Son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, esta manifestación de violencia promueve el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres, incluye comentarios descalificatorios k) humillaciones trato degradante, agresiones físicas y psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos sobre el otro. 15

16 l) Se considerará una amenaza a la convivencia escolar portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos. Artículo 11 Medidas Disciplinarias Clasificación de faltas: Faltas leves: a) Incumplimiento de obligaciones escolares, sean estas tareas, trabajos, materiales, etc. b) Incumplimiento de obligaciones relacionadas con aspectos de presentación personal. c) No portar Agenda Escolar. d) Realizar actividades que no correspondan a la clase. e) Atrasos al ingresar a la sala. f) Comer en clases. g) Permanencias en dependencias no autorizadas. h) Mal comportamiento o desórdenes en actos cívicos. i) Vender cualquier producto sin autorización. j) Traer al colegio objetos que perturben el clima de estudio y actividades; juegos electrónicos, revistas, mascotas, entre otros. El uso de tales bienes, determinará su requisa, para ser entregado posteriormente al apoderado. k) No presentar justificativos en caso de ausencia a clases. Faltas graves: a) Incumplimiento reiterado de los Deberes y Obligaciones del/la Estudiante. b) Acumulación de tres faltas leves. c) Inasistencias a Permanencias. d) Interrupción de clases con desórdenes u otra acción que la amerite. e) Usar teléfonos móviles en clases. Siempre que no sea autorizado para uso académico. f) Vocabulario vulgar o grosero. g) Practicar juegos que pongan en riesgo su integridad física y/o la de los demás. h) Abandono del CLSB sin permiso o engaño, hacer la Cimarra. i) Presentar como propio trabajos plagiados o elaborados por otras personas. 16

17 j) Falta de respeto a un compañero, docente o paradocente (mofarse gestual o verbalmente, poner sobrenombres, trato hiriente con vocabulario vulgar o grosero, en instancias formales e informales). k) Daño o rayado a mobiliario, bienes o dependencias del CLSB. l) No ingresar a clases estando en el interior del CLSB. m) Abandonar la sala de clases sin autorización. n) Portar material pornográfico o que dañen aspectos valóricos de la comunidad. o) Presentar actitudes que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Faltas muy graves: a) Acumulación de tres faltas graves. b) Reiteradas inasistencias a Pruebas u otros medios de Evaluación. c) Copiar en las pruebas o ayudar a un compañero intentando engañar al profesor(a). d) Registro reiterado de la misma falta. e) Maltrato escolar, violencia en cualquiera de sus formas, agresión física y/o Psicológica. f) Agresión verbal o física hacia docentes, paradocentes y comunidad educativa en general g) Adulterar notas en libro de clases. h) Falsificar firmas del apoderado (a). i) Obtener figuras evaluativas por medios ilícitos. j) Lesionar el prestigio y buen nombre del CLSB. k) Destruir parcial y/o totalmente libros de clases u otra documentación oficial. l) Lesionar la imagen pública y/o privada de los miembros de la comunidad escolar m) Apoderarse de objetos ajenos, (Los objetos encontrados se deben dejar en inspectoría.) n) Presentarse bajo los efectos del consumo de cualquier tipo de drogas y/o estimulantes como alcohol u otros, considerando protocolo correspondiente. o) Consumir al interior del colegio o en sus inmediaciones cualquier tipo de estimulantes como tabaco, alcohol u otros; utilizando cigarrillos electrónicos u otros, aun cuando cuenten con la autorización de sus padres y apoderados. 17

18 p) Traer y/o portar cualquier tipo de armas, artefacto o herramienta que pueda atentar contra él/ella mismo/a o a otras personas. q) Portar, distribuir, consumir, vender o promover drogas de cualquier tipo o naturaleza, legales o ilegales y/o portar artículos que faciliten su consumo Actuación por faltas Disciplinarias. TIPOS DE FALTAS FALTAS LEVES ACCIONES A REALIZAR a) Verbal b) Registro escrito c) Diálogo d) Comunicación al Apoderado. FALTAS GRAVES a) Amonestación verbal y escrita b) Expulsión de clases, registro en Libro de clases y de Bitácora c) Mediación y/o reflexivo con involucrado(s) d) Entrevista con Apoderados e involucrados si así se requiere e) Permanencia f) Suspensión de toda actividad escolar por un día, con carta al Apoderado g) Firma de Compromiso de Superación FALTAS MUY GRAVES a) Registro escrito de los hechos b) Mediación y/o reflexivo con involucrado(s) c) Entrevista con Apoderados d) Firma de Apoyo Conductual e) Suspensión de toda actividad escolar por dos o tres días, con carta al Apoderado. f) Segunda Mediación y/o reflexión g) Firma de Condicionalidad de Matrícula h) Se comunica la no renovación de matrícula para próximo año lectivo. 18

19 Permanencias Se define como PERMANENCIA, a la sanción disciplinaria para el/la estudiante del CLSB, que tiene como objetivo reflexionar sobre acciones inadecuadas para su formación académica y personal. Ésta consistirá en desarrollar guías de Matemática o Lectura Comprensiva, ampliando el léxico en un ambiente de completo silencio, con el fin de favorecer y valorar la concentración en la tarea escolar. Motivos para ser citados a Permanencia: Impuntualidad: Serán citados por 1 hora, cada 3 atrasos. Cada Estudiante podrá realizar 3 permanencias, por este motivo. Comportamiento: Serán citados por 1 o 2 horas, cada 3 Anotaciones negativas, según el criterio del profesor/a Jefe. Por este motivo, solo podrán realizar 4 Permanencias anuales. Los/as estudiantes con Condicionalidad de matrícula, solo podrán realizar permanencias por atrasos. Condiciones: Debe asistir el día y la hora citado, vistiendo uniforme o buzo completo Institucional, además de traer un diccionario y lápiz. Impuntualidad a Permanencia: Ante un atraso a una citación de Permanencia, el estudiante no podrá ingresar, por lo que tendrá que asistir a la próxima citación. Inasistencia a Permanencia: 1. Al no asistir el/la estudiante a Permanencia se dará aviso al Apoderado, quién deberá presentarse con su pupilo/a al día siguiente de clases a las 7:45 Hrs. para justificar en Inspectoría y/o Subdirección del Establecimiento, y será citado por el doble de tiempo. 2. En caso que el Apoderado no se presente con su pupilo, según lo solicitado vía telefónica, el/la Estudiante será citado/a por el doble del tiempo por dos semanas continuadas. 3. La inasistencia a una 2ª citación, será, clasificada como falta grave, lo que amerita una suspensión por un día de toda actividad escolar. 19

20 La postergación de una Permanencia deberá ser solicitada personalmente por uno de sus Apoderados. Será permitido solo una vez y/o justificada con certificado médico. Luego que el/la Estudiante haya realizado el número de Permanencias permitidas, pasará el caso a Subdirección y posteriormente a análisis del Consejo Directivo Cancelación de la matrícula La cancelación de la matricula constituye la medida más extrema que puede realizar el Colegio, después de haber agotado los medios para modificar conductas. La aplicación de esta medida corresponde al Equipo Directivo quien ha considerado los informes y análisis del consejo de orientación y con acuerdo del Consejo General de Profesores. Esta medida será adoptada ante una o más de las siguientes causales: Acumulación de faltas graves. Después de una evaluación negativa, realizada por la Dirección y/o Equipo Directivo, al/la estudiante que tenía firmado una Condicionalidad de Matricula. Falta de compromiso de los padres y apoderados con el CLSB reflejado en: inasistencia y nula participación en reuniones de sub-centro, faltas reiteradas ante citaciones al establecimiento, por el incumplimiento de acuerdos relacionados con aspectos conductuales y/o académicos, por acciones contrarias a la sana convivencia escolar entre otros. La repitencia de curso por dos años consecutivos. Portar, consumir, distribuir o vender drogas dentro, en las inmediaciones del Colegio o vistiendo el uniforme institucional. Provocar daños o menoscabo a la integridad física o moral de algún miembro de la Comunidad Escolar. 20

21 ARTÍCULO 12 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN. El C.L.S.B posee los siguientes Protocolos de actuación: 12.1 Protocolo de actuación en caso de violencia o agresión Protocolo de Situación de Maltrato, abuso sexual, infantil u otro Protocolo de actuación en situación de estudiantes embarazadas y/o de maternidad Protocolo de actuación frente a accidentes escolares Protocolo de actuación para Salidas Pedagógicas Protocolo de actuación en situación de Reclamo Protocolo de actuación en situación de hurto Protocolo de actuación en situación porte y consumo de drogas. 21

22 12.1 Protocolo de actuación en caso de violencia o agresión. a) Agresión entre estudiantes: En caso que dos o más estudiantes se agredan en la sala de clases, en el patio, en cualquier dependencia dentro o eventualmente fuera del Colegio, el responsable para actuar será el Profesor, Asistente, el adulto a cargo en el momento, o la Encargada de Convivencia Escolar. Y se procederá de la siguiente manera: 1. Separar a los estudiantes que se están agrediendo y detener el hecho. 2. Solicitar la presencia de Inspectora o Encargada de Convivencia Escolar, quienes escucharán a todos los involucrados, realizando una relación de los hechos sucedidos. 3. El encargado de Convivencia Escolar mediará en el hecho, realizando un registro escrito en detalle, de lo ocurrido en formato específico (Bitácora Convivencia Escolar), dejando además la observación de manera general en el libro de clases, consignando la anotación como Falta Grave o Muy Grave dependiendo de la magnitud del hecho. 4. Se sancionará de acuerdo al Reglamento de Convivencia y la clasificación de la Falta. 5. En todos los casos se informará de la situación al apoderado. Si se consigna como Falta Muy Grave, los apoderados deberán asistir al establecimiento a una entrevista con la Encargada de Convivencia Escolar (Subdirectora) o Director quién(es) leerán los registros, firmando Toma de Conocimiento, la Carta de Suspensión si amerita, y las Medidas Reparatorias en caso que corresponda. b) Agresión de adulto a estudiante: En la situación que un adulto agreda a un estudiante, dentro del colegio, ya sea de palabra, insultándolo violentamente o agrediéndolo en forma física, el responsable de atender la situación será el Encargado de Convivencia Escolar quién mediará en el caso considerando: 1. Acoger al estudiante agredido, entrevistándose a solas con él, para conocer su versión de los hechos, dejando registrado por escrito en formato específico. 2. Se informará al apoderado de lo sucedido (según versión del estudiante), informando de las acciones a seguir, según Protocolo. 3. Encargada de Convivencia se entrevista con la persona adulta involucrada, leyendo lo descrito y tomando apuntes en formato oficial de su versión. 4. En caso que esta implique una falta, se aplicará una medida que puede ser entre otras, una acción reparatoria, una amonestación verbal, hasta un funciones, de acuerdo con la legislación laboral pertinente. alejamiento de las 22

23 5. En el caso que el agresor sea un apoderado, se realizará la investigación pertinente, el cual deberá acatar la sanción correspondiente a la gravedad de los hechos, considerando solicitar la presencia de Carabineros si lo amerita. c) Agresión de estudiante a adulto: En la situación que un estudiante agreda a un adulto, dentro o fuera del colegio, ya sea de palabra, insultándolo violentamente o agrediéndolo en forma física, el adulto responsable de mediar, será la Encargada de Convivencia Escolar y deberá proceder de la siguiente forma: 1. Acoger al adulto agredido, entrevistándose con él, para conocer su versión de los hechos, los cuales quedarán registrados, por escrito en formato específico de puño y letra del afectado. 2. La encargada de Convivencia escolar gestionará una mediación entre al estudiante Involucrado, su apoderado, y el adulto afectado; con el fin de aclarar los hechos en su totalidad, y de asumir las responsabilidades, aplicando medidas reparatorias y amonestaciones según Reglamento. d) Agresión física y/o verbal de un adulto a otro adulto al interior del establecimiento. En caso de agresión verbal, insultos y/o amenazas, el Encargado de Convivencia actuará de la siguiente manera: 1. Procederá a entrevistarse en forma separada con cada uno de los adultos. 2. El encargado de convivencia y el Director, mediarán la situación, remitiéndose al Manual de Convivencia del establecimiento. Dejando constancia en la Bitácora de Convivencia Escolar. 3. El Director será el encargado de emitir las decisiones, considerando el caso. 4. El Director deberá denunciar cualquier acción que revista carácter de delito, ya sea lesión o abuso, a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalías de ministerio público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 175 letra e) y 176 del código procesal penal. e) Agresión fuera del establecimiento educacional que afecte a estudiantes del colegio: En la situación que un estudiante agreda o sea víctima de otro estudiante fuera del colegio, vistiendo el uniforme institucional, ya sea de palabra, insultándolo violentamente o agrediéndolo en forma física; la Encargada de Convivencia Escolar deberá proceder de la siguiente forma: 23

24 1. Se escuchará atentamente al estudiante víctima de agresión para conocer su versión de los hechos. 2. Se entrevistará al estudiante agresor en forma privada, para conocer su versión de los hechos. 3. Se informará a ambos apoderados cuyos estudiantes están involucrados, para que tomen conocimiento de la situación, firmando la observación escrita y asumiendo las medidas disciplinarias y formativas correspondientes. f) Agresión a través de medios tecnológicos, ejercida o que afecte a estudiantes del colegio: En la situación que un estudiante agreda o sea víctima de otro estudiante a través de medios tecnológicos, deberá proceder de la siguiente manera: 1. Dirigirse al Encargado de convivencia y contarle lo sucedido aportando pruebas escritas o gráficas y mencionar a la o las personas que están involucradas. 2. Entrevistarse por separado con todos los involucrados y llegar a determinar quién o quiénes son las víctimas y los agresores. 3. Entrevistarse con los apoderados de todos los involucrados, víctimas y agresores, para que ellos tomen conocimiento de las medidas formativas y disciplinarias descritas en el Reglamento de Convivencia y asuman medidas reparatorias si amerita Protocolo de situación de maltrato, abuso sexual infantil u otros: Definiciones básicas del abuso sexual (extracto guía educativa prevención del abuso sexual del Ministerio de Justicia) a) Abuso sexual infantil: Es el contacto o interacción entre un niño o niña y un adulto, en el que es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños o niñas del mismo sexo o, de diferente sexo del agresor. Es un delito y se castiga por ley porque viola los derechos fundamentales del ser humano. b) Tipos de abuso sexual: - Abuso sexual propio: Es una acción que tiene un sentido sexual sin ser una relación sexual, y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño o una niña y generalmente consisten en tocaciones. 24

25 - Abuso sexual impropio: Es la exposición a niños y niñas a hechos de connotación sexual, exhibiciones, masturbación, incitación a la pornografía entre otros. - Violación: Acto sexual de una persona mayor de edad (18 años) con una niña o niño menor de 14 años. También es violación si la víctima es mayor de 14 años y el agresor hace uso de la fuerza, intimidación, aprovechándose que se encuentra privada de sentido o es incapaz de oponer resistencia. Así mismo, será violación si se realiza con una persona con trastorno o enajenación mental. - Estupro: Existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea de carácter laboral, educacional o de cuidado o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima. PROTOCOLO A SEGUIR: Si un estudiante relata a un profesor o funcionario algunas de las acciones descritas anteriormente: 1. Se realiza una entrevista con el alumno en un lugar privado o tranquilo, utilizando Formato de Entrevista, para dejar registro escrito. 2. Se deriva de inmediato a Orientación donde se determinarán las acciones inmediatas, considerando protocolo y decisiones a nivel de Equipo Directivo. 3. Se cita a Apoderado responsable del estudiante, no involucrado en el relato del menor, se explica y comunica la situación vista. 4. Se denunciará ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Consideraciones de Protección: - No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. - Si el afectado fuere un alumno, se le brindará protección, apoyo e información durante todo el proceso. 25

26 - Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le otorgará protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad Protocolo de actuación en situaciones de estudiantes embarazadas y/o de maternidad. De acuerdo a la Ley General de Educación señala en su Artículo 11, estableciendo que el embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos. (L.G.E de 2009) y considerando además: Artículo 7 de nuestro Reglamento de Convivencia, relacionado con los DERECHOS DEL ESTUDIANTE DEL C.L.S.B. en que se describe específicamente, artículo Ser respetuoso a los derechos fundamentales de persona humana asegurando su desarrollo físico, mental, espiritual, y social en condiciones de libertad y dignidad es que en situaciones de alumnas embarazadas se seguirá el siguiente protocolo: 1. Se realizará una ENTREVISTA a nivel de Dirección con los apoderados de la alumna con el fin de informar los protocolos a seguir por parte del Colegio, situaciones que ameritan considerar, y/o solicitudes específicas por parte de los apoderados. En caso de que parte de lo conversado no esté considerado en el PROTOCOLO INTERNO del Colegio, se dejará constancia escrita en el archivo individual de la alumna. 2. La alumna tendrá atención prioritaria con ORIENTADORA del Colegio, quién le otorgará un PASE para reintegrarse a clases o salir de ella. 3. El horario de Ingreso en las jornadas de la mañana y tarde será flexible, entregando un Pase de Ingreso cada vez que sea necesario. 4. La Calendarización de Pruebas y trabajos será flexible dando posibilidades de que estas sean rendidas fuera de plazo. La atención por parte de la Evaluadora y el Jefe de UTP es prioritaria con el fin de entregar todas las oportunidades académicas posibles. 26

27 5. La asistencia será flexible, con el fin que la alumna pueda cumplir con sus responsabilidades escolares sin poner en riesgo su estado de salud y la de su hijo(a). Por cuanto no se exigirá porcentaje de asistencia para promover de curso. 6. Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tendrán derecho a participar en cualquier ceremonia que se realice en la que participen los demás estudiantes. Asimismo, tendrán derecho a asistir a todas las actividades extraprogramáticas que se realicen al interior o fuera del establecimiento educacional, con las excepciones que se deriven de las indicaciones del médico tratante. En todos los otros aspectos la alumna se regirá por el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, y los apoderados se regirán por lo estipulado en el Contrato de Prestaciones de servicio firmado al matricular Protocolo frente a accidentes escolares. Clasificación de accidentes Accidentes leves: son aquellos accidentes que necesitan atención primaria, con los cuales se procederá de las siguientes maneras. a) Será llevado a Inspectoría. b) Se revisará la lesión, se verificará el grado de la misma. c) Se aplicarán primeros auxilios. d) Se comunicará a la brevedad al apoderado titular vía telefónica. e) El colegio NO administrará medicamentos, sin prescripción médica, salvo hierbas naturales. Accidentes menos graves: Son aquellos accidentes que necesitan asistencia médica. a) Se tomarán resguardos como trasladar al menor al lugar de observación. b) La persona encargada dará los primeros auxilios en caso que lo requiera. c) Se comunica telefónicamente al apoderado lo ocurrido y se pide la concurrencia de ellos al colegio. d) Se completa formulario de accidente escolar. 27

28 e) El apoderado llevará al estudiante a la asistencia médica que estime conveniente; sin embargo, para hacer uso del Seguro Escolar deberá ser atendido por el Hospital Público de La Serena. Accidentes graves: Son aquellos que necesitan atención médica inmediata. a) Se mantendrá al alumno en el lugar del accidente inmovilizándolo y aplicando los primeros auxilios. b) Se llamará a una ambulancia y en caso que el traslado sea realizado por SAMU, será este quién decida el lugar de traslado en caso de atención médica de urgencia. c) Se comunicará a los padres lo que sucede y la situación que afecta al alumno. d) Se completará el formulario de accidente escolar. En el momento de matrícula, llenar la ficha médica y al inicio del año escolar, el apoderado responsable, deberá presentar Certificado de Salud compatible para las clases de Educación Física, solo en aquellos casos de alumnos que presenten alguna patología relacionada. DECRETO Nº 313 Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales o particulares, dependientes del Estado o reconocidos por este, quedarán sujetos al seguro escolar contemplado en el Art. 3º de la Ley Nº Este se especifica y adjunta en Agenda Escolar de nuestro Establecimiento (contratapa) Protocolo de salidas pedagógicas con los estudiantes. a) Viajes de estudio: El establecimiento aprueba y autoriza las salidas fuera del país o de la región a alumnos que cursan TERCERO MEDIO, siendo responsabilidad de cada apoderado la autorización voluntaria de cada estudiante y el costo económico que significa. Para esta actividad se debe cumplir con el REGLAMENTO DE GIRA, documento adjunto que se revisa y aprueba anualmente. b) Salidas pedagógicas: Las salidas pedagógicas constituyen experiencias académicas prácticas, componentes fundamentales y complementarias del currículum escolar, importantes para el 28

29 entendimiento y apropiación de los contenidos tratados en las distintas asignaturas y subsectores. Para ser autorizadas, deben ser consideradas en la planificación docente como Proyecto. I. El Profesor debe presentar el proyecto a Dirección al inicio del semestre, considerando los siguientes aspectos: Título del Proyecto Objetivo general y objetivos específicos. Objetivos transversales. Contenidos Actividades. Evaluación Itinerario II. Los documentos que deben ser presentados con 60 días de anticipación por el profesor(a) son: Fotocopia documentos del bus Fotocopia documentos del chofer Fotocopia año de antigüedad del bus Nómina de alumnos y alumnas con sus respectivos RUT Autorización del apoderado de cada alumno(a). Nómina de profesores que asistirán a dicha salida pedagógica. Las faltas de comportamiento de los alumnos(as) ocurridas en terreno son sancionadas, según reglamento interno. c) Salidas Pedagógicas cercanas Se consideran salidas pedagógicas cercanas a todas aquellas salidas a lugares cercanos al colegio, que no requieran movilización y que se efectúen durante un periodo de clases de una asignatura. Estas actividades buscan favorecer el desarrollo integral de los estudiantes. Se consideran como salidas pedagógicas cercanas: I. Salidas de curso / Nivel y/o asignatura con profesores a cargo del grupo con objetivos claramente establecidos desde el punto de vista formativo o alineado con el currículum. 29

30 II. Los lugares de destino para estas salidas deben ser validados por la dirección del colegio. III. El alumno deberá contar obligatoriamente con autorización escrita del apoderado titular para poder asistir a la salida correspondiente, de lo contrario no podrá participar de la actividad IV. El colegio será el punto de salida de inicio y retorno de toda salida pedagógica cercana. V. Los alumnos que asistan a una salida pedagógica deberán cumplir con las normas del Manual de convivencia. De transgredir alguna de estas se aplicarán las medidas correspondientes Protocolo de actuación en situación de reclamo. Cualquier reclamo, denuncia o sugerencia deberá ser presentado por escrito por el apoderado titular, suplente, o afectado(a). Al momento de efectuar un reclamo el colegio cautelará: Respetar el debido proceso. Presumir inocencia de los involucrados. Conocer las versiones de todos los involucrados. Considerar contexto y circunstancias. Reconocer el derecho a la apelación de las resoluciones que imponen sanciones disciplinarias. El historial de antecedentes que registre el colegio. La naturaleza y extensión del daño. Por tanto: Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar deberá ser presentado en forma escrita, desarrollando las siguientes etapas como Protocolo: 1. Dar aviso a la brevedad a Inspectora dejando constancia por escrito de la situación; realizando una descripción de los hechos, considerando lugar, horarios y antecedentes que puedan ayudar al esclarecimiento de la situación. 30

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