DICTAMEN Nº. 3/2003, de 16 de enero. *

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DICTAMEN Nº. 3/2003, de 16 de enero. *"

Transcripción

1 DICTAMEN Nº. 3/2003, de 16 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública planteada por D. X, por los perjuicios económicos sufridos como consecuencia del accidente de circulación acaecido el día 31 de julio de 2001 en la carretera CM-400. ANTECEDENTES Con fecha 21 de noviembre de 2001, tuvo entrada en la Consejería de Obras Públicas, la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por D. X, interesando el abono de una indemnización de 627,46 euros por los daños soportados en su vehículo a consecuencia del accidente de circulación que tuvo lugar el día 31 de julio en la carretera CM-400, punto kilométrico 1,900-2,000, al caer sobre el citado vehículo un eucalipto. Requerida la Policía Local de Toledo por la Consejería de Obras Públicas para que remitiese las actuaciones y diligencias tramitadas en relación con los hechos, aquélla mediante escrito, de 1 de abril de 2002, informa que el pasado día 31 de julio de 2001 Agentes de dicha Unidad se personaron en la CM-4000, ya que, al parecer un árbol había quebrado y parte del mismo se encontraba sobre la mitad de la calzada, procediendo dichos Agentes a regular el tráfico en dicho punto hasta que el árbol fue retirado por el Cuerpo de Bomberos de Toledo. Asimismo se señala que en el trascurso del servicio realizado por los citados Agentes, estos no fueron requeridos por ninguna persona que hubiera tenido problemas de daños en su vehículo por la caída de dicho árbol sobre la calzada. Requerida la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas para que emitiera el informe preceptivo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, por el Servicio de Carreteras de dicha Delegación se informó, que el tramo de carretera donde se produjo el accidente es titularidad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sin que se tenga constancia alguna de haberse producido el mencionado accidente; que la velocidad máxima autorizada en el P.K. 1,900-2,000 de la carretera CM-400 es de 100 Km/hora; que tampoco se tiene conocimiento de ningún accidente en este tramo de carretera con características similares a los hechos que motivan la reclamación; y que el día 31 de julio de 2002 no se estaban realizando obras en el tramo citado. Concluye el procedimiento sometido a dictamen con la pertinente propuesta de resolución estimatoria, afirmando que concurren los requisitos exigidos para apreciar la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, por cuanto ésta tiene el deber de mantener las carreteras abiertas a la circulación pública en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilicen quede normalmente garantizado, generando el incumplimiento de este deber un nexo causal entre la acción u omisión administrativa y los perjuicios eventualmente su- * Ponente: José Sanroma Aldea 1

2 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha fridos por tal motivo; y la caída de un árbol procedente de la zona contigua a la carretera constituye una quiebra de las condiciones de seguridad viaria exigibles. EXTRACTO DE LA DOCTRINA - Por lo que respecta a la imputabilidad de la acción en el marco de la prestación de un servicio público relacionado con la producción del accidente, resulta igualmente incuestionable al haberse producido la lesión durante la utilización de una infraestructura viaria de titularidad autonómica, dado que aquélla tuvo lugar al desprenderse un árbol situado en una de las márgenes de la carretera sobre el vehículo del reclamante a su paso por ese lugar. Tal imputabilidad está por tanto conectada a la obligación de la Administración de mantener las carreteras abiertas a la circulación pública en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilicen quede normalmente garantizada, deber que ha sido objeto de análisis por el Consejo de Estado en múltiples dictámenes cuando de su incumplimiento se originan situaciones como la presente (como es el caso de los dictámenes de 24 de febrero de 2000, número de expediente 573/2000; 19 de octubre de 2000, número de expediente 3127/2000; 26 de julio de 2001, número de expediente 2011/2001; o 4 de octubre de 2001, número de expediente 2458/2001). Es precisamente este deber de la Administración el que establece el nexo causal entre el funcionamiento del servicio y los hechos lesivos sustentadores de la reclamación, nexo causal que se deriva de la narración de hechos efectuada en la prueba testifical y de la llevada a cabo por el propio reclamante, que relacionan como causa efectiva del accidente la existencia de un árbol sobre la calzada. Debe reconocerse además la existencia de tal nexo causal en tanto que corresponde a la Administración autonómica, a través del organismo competente la vigilancia, custodia y debido mantenimiento del arbolado que se hallaba próximo a la vía en la que tuvo lugar el accidente, debiendo en consecuencia afirmarse que la caída del árbol presupone una infracción del deber de vigilancia de la Administración debiendo responder por tanto de las consecuencias que de tal evento se han originado en el patrimonio del reclamante. Por otra parte, y no habiéndose alegado por la Administración ni constando en el expediente dato alguno que permita constatar la existencia de negligencia o conducta culposa del reclamante, o la de acontecimiento generador del daño que pueda calificarse de fuerza mayor y que, por tanto permita a la Administración exonerarse de responsabilidad, ésta está obligada a indemnizarlo. CONSIDERACIONES I El artículo 54.9.a) de la Ley 7/1997, de 5 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 4/2000, de 7 de junio, establece que este Consejo deberá ser consultado en los expedientes tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que versen sobre reclamaciones de responsabilidad patrimonial por cuantía superior a cien mil pesetas (601,01 euros). 2

3 Por su parte, el artículo 12.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, dispone que, concluida la instrucción del procedimiento, el instructor propondrá que se recabe, cuando sea preceptivo a tenor de lo establecido en la Ley Orgánica del Consejo de Estado, el dictamen de este órgano consultivo, o en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. En el supuesto sometido a consulta se ha formulado reclamación de responsabilidad patrimonial deducida ante la Consejería de Obras Públicas, por los daños ocasionados en el vehículo del reclamante a consecuencia del accidente de circulación que tuvo lugar en la carretera CM-400, daños que cuantifica en un total de 627,46 euros. Procede, por tanto, en aplicación de los preceptos citados emitir el presente dictamen con carácter preceptivo. II Las normas reguladoras del procedimiento general aplicable a la tramitación de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración se hallan contenidas en los artículos 4 al 13, ambos inclusive, del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, que aprobó el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, disposición mediante la que se ha operado el desarrollo reglamentario previsto en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del mencionado Reglamento, cuando el procedimiento se inicie a instancia del interesado, la reclamación, dirigida al órgano competente, debe cumplir los requisitos señalados en el artículo 70 de la Ley 30/1992, entre los que figuran la consignación de los datos personales del solicitante y, en su caso, los de su representante, los hechos acontecidos, su lugar y tiempo de producción, los motivos y términos en que se concrete la petición con toda claridad, teniendo en cuenta que se deberán especificar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial si fuese posible, y el momento en que la lesión efectivamente se produjo, e irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante. El procedimiento que ahora nos ocupa ha sido iniciado mediante escrito de X. presentado en la Consejería de Obras Públicas en Toledo con fecha 21 de noviembre de En dicho escrito tan sólo se alude a la fecha en que tuvo lugar el accidente, al importe de la cuantía de la reparación de los daños que se reclaman, y de forma muy breve a la forma en que tuvo lugar el accidente. A la vista de ello la Consejería instructora requirió al reclamante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, para que aportase cierta documentación así como una declaración en la que se relacionasen los hechos tan detalladamente como fuera posible. No figura en el expediente remitido acuerdo del órgano competente por el que se decida la admisión de la reclamación presentada y, por tanto, la iniciación del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.2 del citado Real Decreto; y tampoco consta la designación de instructor encargado de llevar a cabo los actos precisos para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución según señala el artículo 7 de la citada norma reglamentaria, lo cual contribuiría a 3

4 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha lograr una mayor claridad, objetividad y seguridad en el desarrollo del expediente, si bien tales funciones parecen haber recaído en el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica de la Consejería, unidad ésta que ha sustanciado los diferentes actos que han conformado el procedimiento y se ha encargo del impulso del mismo en todos sus trámites. Consta igualmente que el procedimiento se ha desarrollado con la práctica de los actos de instrucción dirigidos a la comprobación de los hechos sustentadores de la reclamación y así, habiéndose propuesto por el reclamante la existencia de un testigo que presenció los hechos, por parte del órgano instructor se practicó una prueba testifical, constando igualmente la petición de información a la Policía Local de Toledo a fin de contrastar en relación con lo manifestado en la reclamación de responsabilidad, la forma y modo en que tuvieron lugar los hechos. Se ha incorporado también al expediente el informe emitido por el Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Obras Públicas, y al que cabe atribuir la condición de informe del servicio relacionado con el hecho presuntamente indemnizable, dándose así cumplimiento a la exigencia establecida en el artículo 10.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo. Continua el procedimiento con el otorgamiento del trámite de audiencia al reclamante por plazo de diez días, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, trámite éste que ha sido sustanciado correctamente, con indicación de los documentos integrantes del expediente y sede administrativa designada para la puesta de manifiesto, sin que conste en el expediente remitido que el reclamante efectuase alegación alguna. Sustanciado el trámite de audiencia, y a la vista de todas las actuaciones contenidas en el expediente, la Secretaria General Técnica redactó una primera propuesta de resolución, estimando que concurren los requisitos necesarios para apreciar la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, y argumentando al efecto que la Administración tiene el deber de mantener las carreteras abiertas a la circulación pública en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilicen quede normalmente garantizada. Tras la redacción de la citada propuesta se ha solicitado y obtenido el informe del Gabinete Jurídico de la Administración Regional, dándose así cumplimiento a lo establecido en el artículo 11.h) del Decreto 128/1987, de 22 de septiembre, regulador de la organización y funciones de dicho órgano asesor, en el que se informa favorablemente la propuesta de resolución formulada por la Administración instructora. Concluye el expediente remitido con una nueva propuesta de resolución suscrita por la Secretaria General Técnica que incorpora el parecer del Gabinete Jurídico sobre la reclamación de responsabilidad patrimonial, y que coincide en sus argumentos y conclusión con los de la primera propuesta de resolución a la que se ha hecho referencia, remitiéndose seguidamente todo lo actuado a este Consejo Consultivo a los efectos de emisión del preceptivo dictamen, previsto en el artículo 54.9.a) de la Ley 7/1997, de 5 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. A la vista de las actuaciones descritas, cabe concluir afirmando que el procedimiento se ha tramitado correctamente, adecuándose a las reglas formales aplicables al caso, si bien debe advertirse el desmesurado plazo transcurrido entre la iniciación del procedimiento (21 de noviembre de 2001) y la adopción de la propuesta de resolución (2 de diciembre de 4

5 2002), así como la injustificada dilación con la que se han practicado ciertos trámites, como es el caso del informe del Servicio de Carreteras emitido cuatro meses después de su petición por el órgano instructor, prácticas éstas que se revelan contrarias al principio de celeridad en el procedimiento administrativo y al de eficiencia en la actuación de las Administraciones Públicas. III Las frecuentes reclamaciones de responsabilidad patrimonial -institución consagrada en el artículo de la Constitución y regulada en el Capítulo I del Título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, derivada del derecho que se reconoce a los particulares a ser indemnizados de toda lesión que sufran en sus bienes o derechos, imputable a la Administración como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos-, han dado ocasión a que este Consejo Consultivo haya expuesto con reiteración los criterios adecuados a la correcta interpretación y aplicación de la normativa invocada, con amplia proyección sobre su tratamiento doctrinal y jurisprudencial, cuales son, someramente enunciados: el fundamento de esa responsabilidad, inspirado en los principios de igualdad y solidaridad, ante la producción de un daño injustificado y como control de eficacia respecto a la organización y funcionamiento de la actividad administrativa, concebida al servicio de los intereses generales; su naturaleza, principal, directa y objetiva, ajena a las ideas clásicas de culpa o negligencia; requisitos subjetivos, a saber, los particulares perjudicados, personas individuales o jurídicas y los sujetos obligados, cualquiera de las Administraciones Públicas o Entes Públicos equiparables, titulares de la actuación a la que se atribuya una lesión antijurídica; y los objetivos, integrados por un hecho o actividad imputable a la Administración, lesión antijurídica ajustada al concepto legal que la diseña, relación de causalidad entre la actuación administrativa y el resultado lesivo y ausencia de fuerza mayor. En consecuencia, su procedencia, en general, requiere, de conformidad con lo dispuesto en los artículos y 2, y de la citada Ley, además de su planteamiento dentro del plazo prescriptivo de un año establecido en este último precepto, la concurrencia de los presupuestos siguientes: 1.- Una actuación administrativa por acción u omisión, material o jurídica, en el marco de la prestación normal o anormal de un servicio público. 2.- La realidad efectiva de una lesión patrimonial, daño o perjuicio en los bienes o derechos del perjudicado, evaluables económicamente, individualizados y no justificados, por no tener el reclamante el deber jurídico de soportarlos de acuerdo con la Ley. 3.- Y una relación de causalidad directa e inmediata entre aquélla y ésta, sin la intervención de factores externos que la alteren o eliminen, o de fuerza mayor legalmente excluyente; lo que significa, en principio, un nexo causal exclusivo, pero sin excluir la posibilidad de la concurrencia o injerencia de un tercero o del mismo perjudicado que con su conducta sirva para moderar o graduar la cuantía indemnizatoria, ni que por su entidad o valor determinante rompa por completo ese nexo eximiendo a la Administración de toda responsabilidad, como ocurre en los supuestos de fuerza mayor, contemplada por la Ley como causa de exoneración. 5

6 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha IV Expuestos los presupuestos jurídicos exigidos legalmente para el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial, procede a continuación examinar si se ha dado cumplimiento a los mismos en el supuesto objeto de consulta. En primer término debe señalarse que nada cabe oponer en cuanto al ejercicio en plazo de la acción de responsabilidad emprendida, pues habiéndose producido el accidente el 31 de diciembre de 2001, la reclamación fue presentada en las dependencias de la Consejería de Obras Públicas el 21 de noviembre de 2001, antes de agotarse el plazo de un año que al efecto se establece en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La legitimación activa vinculada a la reclamación formulada concurre en el reclamante, como propietario del vehículo al que se ocasionaron los daños materiales aducidos. De otro lado la legitimación pasiva de la Administración autonómica imputada deriva de la titularidad que ostenta de la carretera CM-400 en la que tuvo lugar el accidente, conforme afirma el Servicio de Carreteras en su informe de 5 de abril de Por lo que respecta a la acreditación del daño, y aun cuando por el Servicio de Carreteras y por la Policía Local se afirmó no tener constancia alguna de la producción del accidente, cabe entender aquél suficientemente demostrado por el resultado de la prueba testifical llevada a cabo por el órgano instructor, en la cual se puso de manifiesto una versión de los hechos que coincide con la manifestada por el interesado en su escrito de reclamación, esto es la existencia de un árbol que atravesaba la calzada y de un vehículo que había colisionado contra el mismo. Continuando con el examen de los requisitos aludidos en la anterior consideración, y por lo que respecta a la imputabilidad de la acción en el marco de la prestación de un servicio público relacionado con la producción del accidente, resulta igualmente incuestionable al haberse producido la lesión durante la utilización de una infraestructura viaria de titularidad autonómica, dado que aquélla tuvo lugar al desprenderse un árbol situado en una de las márgenes de la carretera sobre el vehículo del reclamante a su paso por ese lugar. Tal imputabilidad está por tanto conectada a la obligación de la Administración de mantener las carreteras abiertas a la circulación pública en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilicen quede normalmente garantizada, deber que ha sido objeto de análisis por el Consejo de Estado en múltiples dictámenes cuando de su incumplimiento se originan situaciones como la presente (como es el caso de los dictámenes de 24 de febrero de 2000, número de expediente 573/2000; 19 de octubre de 2000, número de expediente 3127/2000; 26 de julio de 2001, número de expediente 2011/2001; o 4 de octubre de 2001, número de expediente 2458/2001). Es precisamente este deber de la Administración el que establece el nexo causal entre el funcionamiento del servicio y los hechos lesivos sustentadores de la reclamación, nexo causal que se deriva de la narración de hechos efectuada en la prueba testifical y de la llevada a cabo por el propio reclamante, que relacionan como causa efectiva del accidente la existencia de un árbol sobre la calzada. Debe reconocerse además la existencia de tal nexo causal en tanto que corresponde a la Administración autonómica, a través del organismo competente la vigilancia, custodia y debido mantenimiento del arbolado que se hallaba próximo a la vía en la que tuvo lugar el accidente, debiendo en consecuencia afirmarse que la caída del árbol presupone una infracción del deber de vigilancia de la Administración

7 debiendo responder por tanto de las consecuencias que de tal evento se han originado en el patrimonio del reclamante. Por otra parte, y no habiéndose alegado por la Administración ni constando en el expediente dato alguno que permita constatar la existencia de negligencia o conducta culposa del reclamante, o la de acontecimiento generador del daño que pueda calificarse de fuerza mayor y que, por tanto permita a la Administración exonerarse de responsabilidad, ésta está obligada a indemnizarlo. Finalmente y respecto a la cuantía de la indemnización, este Consejo Consultivo entiende que no cabe hacer objeción alguna a la cantidad propuesta por el Servicio instructor (627,46 euros) coincidente con el importe de la reparación del vehículo accidentado, y que se acredita con la factura obrante en el expediente. En mérito de lo expuesto, el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha es de dictamen: Que apreciando la existencia de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público de conservación de carreteras y los daños soportados por el reclamante D. X en el vehículo de su propiedad, procede dictar resolución en la que estimando la responsabilidad patrimonial de la Administración, se reconozca al reclamante el derecho a percibir una indemnización de 627,46 euros. Este es nuestro dictamen, que pronunciamos, emitimos y firmamos en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. 7

8

9 9

DICTAMEN Nº. 136/2006, de 6 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 136/2006, de 6 de septiembre. * DICTAMEN 136 DICTAMEN Nº. 136/2006, de 6 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública formulada por Dª. Y, actuando en nombre y representación

Más detalles

DICTAMEN 443/2015. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 443/2015. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 443/2015 (Sección 2ª) La Laguna, a 3 de diciembre de 2015. Dictamen solicitado por la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Güímar en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. * DICTAMEN 240 DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, como consecuencia de las lesiones

Más detalles

DICTAMEN Nº. 64/2002, de 30 de abril. *

DICTAMEN Nº. 64/2002, de 30 de abril. * DICTAMEN Nº. 64/2002, de 30 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado mediante reclamación formulada por D. J.R.O., en nombre y

Más detalles

DICTAMEN 105/2018. (Sección 1ª)

DICTAMEN 105/2018. (Sección 1ª) DICTAMEN 105/2018 (Sección 1ª) La Laguna, a 15 de marzo de 2018. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN 481/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 481/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 481/2015 (Sección 1ª) La Laguna, a 28 de diciembre de 2015. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arucas en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 165/2004, de 22 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 165/2004, de 22 de diciembre. * DICTAMEN Nº. 165/2004, de 22 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de Dª X, por los perjuicios sufridos como

Más detalles

DICTAMEN Nº 25. Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por M.C.G.-R. Aval nº. 633/208.

DICTAMEN Nº 25. Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por M.C.G.-R. Aval nº. 633/208. DICTAMEN Nº 25 Página 1 de 5 # Nº. 25/1997, de 29 de abril. Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por M.C.G.-R. Aval nº. 633/208. ANTECEDENTES

Más detalles

DICTAMEN 191/2017. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 191/2017. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 191/2017 (Sección 1ª) La Laguna, a 12 de junio de 2017. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN 235/2015. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 235/2015. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 235/2015 (Sección 2ª) La Laguna, a 25 de junio de 2015. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adeje en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 164/2006, de 4 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 164/2006, de 4 de octubre. * DICTAMEN 164 DICTAMEN Nº. 164/2006, de 4 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X por los daños y perjuicios que

Más detalles

DICTAMEN 284/2016. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 284/2016. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 284/2016 (Sección 1ª) La Laguna, a 21 de septiembre de 2016. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta

Más detalles

DICTAMEN Nº. 86/2003, de 17 de julio. *

DICTAMEN Nº. 86/2003, de 17 de julio. * DICTAMEN Nº. 86/2003, de 17 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública planteada por D. X, por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia

Más detalles

DICTAMEN Nº 15 / 2012

DICTAMEN Nº 15 / 2012 DICTAMEN Nº 15 / 2012 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de daños y perjuicios como consecuencia de la tramitación de expediente

Más detalles

DICTAMEN Nº 72 / 2010

DICTAMEN Nº 72 / 2010 DICTAMEN Nº 72 / 2010 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de accidente de tráfico ocasionado por especie cinegética (jabalí).

Más detalles

DICTAMEN 272/2005. (Sección 1ª)

DICTAMEN 272/2005. (Sección 1ª) DICTAMEN 272/2005 (Sección 1ª) La Laguna, a 19 de octubre de 2005. Dictamen solicitado por el Ilmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Orden resolutoria

Más detalles

DICTAMEN Nº. 6/2004, de 22 de enero. *

DICTAMEN Nº. 6/2004, de 22 de enero. * DICTAMEN Nº. 6/2004, de 22 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de Dª. X, como consecuencia del fallecimiento de su madre,

Más detalles

DICTAMEN 177/2015. (Sección 2ª)

DICTAMEN 177/2015. (Sección 2ª) DICTAMEN 177/2015 (Sección 2ª) La Laguna, a 13 de mayo de 2015. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 75/2000, de 6 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 75/2000, de 6 de octubre. * DICTAMEN Nº. 75/2000, de 6 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. P.I.V., profesor del Colegio Público de

Más detalles

DICTAMEN 295/2013. (Sección 2ª)

DICTAMEN 295/2013. (Sección 2ª) DICTAMEN 295/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 10 de septiembre de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN Nº. 126/2006, de 26 de julio. *

DICTAMEN Nº. 126/2006, de 26 de julio. * DICTAMEN 126 DICTAMEN Nº. 126/2006, de 26 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, como consecuencia de las lesiones

Más detalles

DICTAMEN Nº. 100/2006, de 22 de junio. *

DICTAMEN Nº. 100/2006, de 22 de junio. * DICTAMEN 100 DICTAMEN Nº. 100/2006, de 22 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de Dª. X, por los daños sufridos por su hija

Más detalles

Asunto: LA ADMINISTRACIÓN TIENE SU PARTE DE CULPA.

Asunto: LA ADMINISTRACIÓN TIENE SU PARTE DE CULPA. Página1 Asunto: LA ADMINISTRACIÓN TIENE SU PARTE DE CULPA. Informe y análisis de la situación. Entro en la glorieta, por descuido lo hago un poco por encima de la velocidad máxima permitida, hay gravilla

Más detalles

DICTAMEN 385/2014. (Sección 2ª)

DICTAMEN 385/2014. (Sección 2ª) DICTAMEN 385/2014 (Sección 2ª) La Laguna, a 31 de octubre de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

Reclamación de responsabilidad patrimonial por caída de una menor en una arqueta de la vía pública. 231/12

Reclamación de responsabilidad patrimonial por caída de una menor en una arqueta de la vía pública. 231/12 ASUNTO: RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Reclamación de responsabilidad patrimonial por caída de una menor en una arqueta de la vía pública. 231/12 FC ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES Por el Ayuntamiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 160/2006, de 4 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 160/2006, de 4 de octubre. * DICTAMEN 160 DICTAMEN Nº. 160/2006, de 4 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios que

Más detalles

DICTAMEN Nº. 61/2000, de 12 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 61/2000, de 12 de septiembre. * DICTAMEN Nº. 61/2000, de 12 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. J.F.G.A.P., por los daños sufridos

Más detalles

DICTAMEN 455/2013. (Sección 2ª)

DICTAMEN 455/2013. (Sección 2ª) DICTAMEN 455/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 20 de diciembre de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta

Más detalles

DICTAMEN Nº. 125/2003, de 9 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 125/2003, de 9 de octubre. * DICTAMEN Nº. 125/2003, de 9 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de Dª. X, en nombre y representación de su hija,

Más detalles

DICTAMEN 150/2018. (Sección 2ª)

DICTAMEN 150/2018. (Sección 2ª) DICTAMEN 150/2018 (Sección 2ª) La Laguna, a 11 de abril de 2018. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN 196/2014. (Sección 2ª)

DICTAMEN 196/2014. (Sección 2ª) DICTAMEN 196/2014 (Sección 2ª) La Laguna, a 3 de junio de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN Nº. 151/2007, de 12 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 151/2007, de 12 de septiembre. * DICTAMEN 151 DICTAMEN Nº. 151/2007, de 12 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, por los daños y perjuicios

Más detalles

DICTAMEN Nº. 97/2001, de 24 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 97/2001, de 24 de septiembre. * DICTAMEN Nº. 97/2001, de 24 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. A.P.C., como consecuencia de un accidente

Más detalles

DICTAMEN Nº. 160/2008, de 30 de julio. *

DICTAMEN Nº. 160/2008, de 30 de julio. * DICTAMEN Nº. 160/2008, de 30 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, a consecuencia de los daños y perjuicios irrogados

Más detalles

DICTAMEN 68/03 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 68/03 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a 10 de octubre de 2003, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede provisional, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez- Caballero, de los Consejeros D.Antonio

Más detalles

DICTAMEN 71/2016. (Sección 1ª)

DICTAMEN 71/2016. (Sección 1ª) DICTAMEN 71/2016 (Sección 1ª) La Laguna, a 10 de marzo de 2016. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias en relación con la Propuesta

Más detalles

DICTAMEN Nº 7 /2012 ANTECEDENTES

DICTAMEN Nº 7 /2012 ANTECEDENTES DICTAMEN Nº 7 /2012 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de caída fortuita en colegio público de educación infantil y primaria.

Más detalles

DICTAMEN 254 / 2006 ANTECEDENTES

DICTAMEN 254 / 2006 ANTECEDENTES DICTAMEN 254 / 2006 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de accidente de tráfico ocasionado por mal estado de la calzada. ANTECEDENTES

Más detalles

DICTAMEN 467/2008. (Sección 2ª)

DICTAMEN 467/2008. (Sección 2ª) DICTAMEN 467/2008 (Sección 2ª) La Laguna, a 12 de diciembre de 2008. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta

Más detalles

DICTAMEN Nº. 51/2002, de 9 de abril. *

DICTAMEN Nº. 51/2002, de 9 de abril. * DICTAMEN Nº. 51/2002, de 9 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública seguido a instancia de D. D.C.L., como consecuencia de su nombramiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 179/2006, de 25 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 179/2006, de 25 de octubre. * DICTAMEN 179 DICTAMEN Nº. 179/2006, de 25 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X por los perjuicios sufridos como

Más detalles

DICTAMEN Nº 47. Página 1 de 5. # Nº. 47/1999, de 2 de junio.*

DICTAMEN Nº 47. Página 1 de 5. # Nº. 47/1999, de 2 de junio.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 47 # Nº. 47/1999, de 2 de junio.* Expediente relativo a la determinación del órgano competente para declarar la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas en el

Más detalles

DICTAMEN 54/2017. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 54/2017. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 54/2017 (Sección 2ª) La Laguna, a 23 de febrero de 2017. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN 21/10 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero. Segundo

DICTAMEN 21/10 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero. Segundo En Logroño, a 9 de marzo de 2010, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert Pérez-Caballero, y de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

DICTAMEN 263/2005. (Sección 2ª)

DICTAMEN 263/2005. (Sección 2ª) DICTAMEN 263/2005 (Sección 2ª) La Laguna, a 18 de octubre de 2005. Dictamen solicitado por el Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Orden resolutoria

Más detalles

DICTAMEN 15/2015. (Sección 2ª)

DICTAMEN 15/2015. (Sección 2ª) DICTAMEN 15/2015 (Sección 2ª) La Laguna, a 16 de enero de 2015. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN Nº. 27/2002, de 21 de febrero. * Expediente relativo a Proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de

DICTAMEN Nº. 27/2002, de 21 de febrero. * Expediente relativo a Proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de DICTAMEN Nº. 27/2002, de 21 de febrero. * Expediente relativo a Proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Títulos Profesionales no Universitarios de la Junta de Comunidades de Castilla-La

Más detalles

DICTAMEN 69/2013. (Sección 1ª)

DICTAMEN 69/2013. (Sección 1ª) DICTAMEN 69/2013 (Sección 1ª) La Laguna, a 12 de marzo de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Orden

Más detalles

DICTAMEN 77/2012. (Sección 2ª)

DICTAMEN 77/2012. (Sección 2ª) DICTAMEN 77/2012 (Sección 2ª) La Laguna, a 14 de febrero de 2012. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN 255/2013. (Sección 2ª)

DICTAMEN 255/2013. (Sección 2ª) DICTAMEN 255/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 11 de julio de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN 220/2018. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 220/2018. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 220/2018 (Sección 1ª) La Laguna, a 17 de mayo de 2018. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN 103/2005. (Sección 2ª)

DICTAMEN 103/2005. (Sección 2ª) DICTAMEN 103/2005 (Sección 2ª) La Laguna, a 30 de marzo de 2005. Dictamen solicitado por el Ilmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 156/2003, de 23 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 156/2003, de 23 de diciembre. * DICTAMEN Nº. 156/2003, de 23 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública seguido a instancia de Dª. X, en nombre y representación de su

Más detalles

DICTAMEN Nº. 24/2008, de 13 de febrero. *

DICTAMEN Nº. 24/2008, de 13 de febrero. * DICTAMEN Nº. 24/2008, de 13 de febrero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X a causa de los daños agrícolas ocasionados en

Más detalles

DICTAMEN 240/2007. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 240/2007. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 240/2007 (Sección 1ª) La Laguna, a 29 de mayo de 2007. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Arona en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del procedimiento de responsabilidad

Más detalles

DICTAMEN Nº. 75/2008, de 16 de abril. *

DICTAMEN Nº. 75/2008, de 16 de abril. * DICTAMEN Nº. 75/2008, de 16 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de Dª. Z, procuradora de los tribunales, en nombre y representación

Más detalles

DICTAMEN 133/2014. (Sección 1ª)

DICTAMEN 133/2014. (Sección 1ª) DICTAMEN 133/2014 (Sección 1ª) La Laguna, a 14 de abril de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN Nº. 66/2007, de 25 de abril. *

DICTAMEN Nº. 66/2007, de 25 de abril. * DICTAMEN 66 DICTAMEN Nº. 66/2007, de 25 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X por la asistencia sanitaria que

Más detalles

DICTAMEN 124/2011. (Sección 2ª)

DICTAMEN 124/2011. (Sección 2ª) DICTAMEN 124/2011 (Sección 2ª) La Laguna, a 25 de febrero de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN 491/2012. (Sección 1ª)

DICTAMEN 491/2012. (Sección 1ª) DICTAMEN 491/2012 (Sección 1ª) La Laguna, a 23 de octubre de 2012. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN Nº. 35/2004 de 6 de abril. *

DICTAMEN Nº. 35/2004 de 6 de abril. * DICTAMEN Nº. 35/2004 de 6 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de D. X, como consecuencia de anormal y deficiente

Más detalles

DICTAMEN Nº. 25/2001, de 15 de febrero. *

DICTAMEN Nº. 25/2001, de 15 de febrero. * DICTAMEN Nº. 25/2001, de 15 de febrero. * Expediente relativo a Proyecto de Decreto por el que se constituye el Consejo Regional de Agentes Comerciales de Castilla-La Mancha. ANTECEDENTES El objetivo principal

Más detalles

DICTAMEN Nº. 98/2010, de 8 de junio. *

DICTAMEN Nº. 98/2010, de 8 de junio. * DICTAMEN 98 DICTAMEN Nº. 98/2010, de 8 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. R, por los daños sufridos por su hijo

Más detalles

DICTAMEN Nº. 116/2002, de 2 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 116/2002, de 2 de octubre. * DICTAMEN Nº. 116/2002, de 2 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública seguido a instancia de D. R.F.Y., en nombre y representación de C.,

Más detalles

DICTAMEN 102/2013. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 102/2013. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 102/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 4 de abril de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de La Gomera en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN 26/97 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero. Segundo

DICTAMEN 26/97 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero. Segundo En Logroño, a diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y siete, reunido en su sede provisional el Consejo Consultivo de La Rioja, con asistencia de su Presidente D. Ignacio Granado Hijelmo y

Más detalles

DICTAMEN 335/2011. (Sección 2ª)

DICTAMEN 335/2011. (Sección 2ª) DICTAMEN 335/2011 (Sección 2ª) La Laguna, a 25 de mayo de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del

Más detalles

DICTAMEN 41/2009. (Sección 2ª)

DICTAMEN 41/2009. (Sección 2ª) DICTAMEN 41/2009 (Sección 2ª) La Laguna, a 20 de enero de 2009. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de Orden

Más detalles

DICTAMEN Nº 232 / 2013

DICTAMEN Nº 232 / 2013 DICTAMEN Nº 232 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de las lesiones y secuelas padecidas como consecuencia de la caída

Más detalles

DICTAMEN 391/2016. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 391/2016. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 391/2016 (Sección 1ª) La Laguna, a 24 de noviembre de 2016. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Miguel de Abona en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN 375/2016. (Sección 2ª)

DICTAMEN 375/2016. (Sección 2ª) DICTAMEN 375/2016 (Sección 2ª) La Laguna, a 17 de noviembre de 2016. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Fuerteventura en relación con la Propuesta de Resolución del

Más detalles

DICTAMEN 40/01 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero

DICTAMEN 40/01 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero En Logroño, a 13 de septiembre de 2001, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede provisional, con asistencia de su Presidente, Don Joaquín Espert Pérez- Caballero y de los Consejeros Don Pedro

Más detalles

DICTAMEN Nº 203 / 2013

DICTAMEN Nº 203 / 2013 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 203 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de los perjuicios producidos por la

Más detalles

DICTAMEN Nº. 18/2008, de 30 de enero. *

DICTAMEN Nº. 18/2008, de 30 de enero. * DICTAMEN Nº. 18/2008, de 30 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. Z, en representación de D. X por los daños y perjuicios

Más detalles

DICTAMEN 311/2014. (Sección 2ª)

DICTAMEN 311/2014. (Sección 2ª) DICTAMEN 311/2014 (Sección 2ª) La Laguna, a 11 de septiembre de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta

Más detalles

ANTECEDENTES. A la reclamación se adjunta la siguiente documentación: -Facturas de --, S.L.U., de 13 de febrero de 2006, por importe de 180 euros.

ANTECEDENTES. A la reclamación se adjunta la siguiente documentación: -Facturas de --, S.L.U., de 13 de febrero de 2006, por importe de 180 euros. Dictamen nº 44/2008 El Consejo Jurídico de la Región de Murcia, en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2008, con la asistencia de los señores que al margen se expresa, ha examinado el expediente remitido

Más detalles

DICTAMEN Nº. 95/2000, de 4 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 95/2000, de 4 de diciembre. * DICTAMEN Nº. 95/2000, de 4 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a solicitud de Dª M.D.B.G. ANTECEDENTES Mediante Orden

Más detalles

DICTAMEN Nº. 67/2001, de 5 de junio. *

DICTAMEN Nº. 67/2001, de 5 de junio. * DICTAMEN Nº. 67/2001, de 5 de junio. * Expediente relativo a proyecto de Decreto por el que se crea, por fusión el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla-La Mancha.

Más detalles

DICTAMEN 172/2017. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 172/2017. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 172/2017 (Sección 1ª) La Laguna, a 22 de mayo de 2017. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN Nº. 187/2006, de 2 de noviembre. *

DICTAMEN Nº. 187/2006, de 2 de noviembre. * DICTAMEN 187 DICTAMEN Nº. 187/2006, de 2 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, como consecuencia de la caída

Más detalles

DICTAMEN 430/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 430/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 430/2015 (Sección 1ª) La Laguna, a 19 de noviembre de 2015. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de

Más detalles

De los antecedentes que obran en el expediente resulta:

De los antecedentes que obran en el expediente resulta: Expediente Núm. 53/2006 Dictamen Núm. 76/2006 V O C A L E S : Fernández Pérez, Bernardo, Presidente Bastida Freijedo, Francisco Del Valle Caldevilla, Luisa Fernanda Fernández Noval, Fernando Ramón Secretario

Más detalles

DICTAMEN 32/2018. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 32/2018. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 32/2018 (Sección 2ª) La Laguna, a 26 de enero de 2018. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Granadilla de Abona en relación con la Propuesta de Resolución del

Más detalles

DICTAMEN 36/2015. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 36/2015. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 36/2015 (Sección 2ª) La Laguna, a 3 de febrero de 2015. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN 242/2017. (Sección 2ª)

DICTAMEN 242/2017. (Sección 2ª) DICTAMEN 242/2017 (Sección 2ª) La Laguna, a 13 de julio de 2017. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN Nº. 103/2006, de 5 de junio. *

DICTAMEN Nº. 103/2006, de 5 de junio. * DICTAMEN 103 DICTAMEN Nº. 103/2006, de 5 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de Dª. X, por los daños derivados de la corta

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del Asunto. Primero

ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del Asunto. Primero En Logroño, a 19 de febrero de 2003, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede provisional, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez- Caballero, de los Consejeros D.Antonio

Más detalles

DICTAMEN 145/2009. (Sección 2ª)

DICTAMEN 145/2009. (Sección 2ª) DICTAMEN 145/2009 (Sección 2ª) La Laguna, a 1 de abril de 2009. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN Nº. 175/2006, de octubre. *

DICTAMEN Nº. 175/2006, de octubre. * DICTAMEN 175 DICTAMEN Nº. 175/2006, de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria iniciado a instancia de Dª. X como consecuencia del accidente

Más detalles

ÍNDICE SISTEMÁTICO. Nómina de autores Capítulo 1. Delimitación de la responsabilidad civil Objetivos del Capítulo...

ÍNDICE SISTEMÁTICO. Nómina de autores Capítulo 1. Delimitación de la responsabilidad civil Objetivos del Capítulo... ÍNDICE SISTEMÁTICO PÁGINA Nómina de autores... 7 Sumario... 9 Introducción... 11 Capítulo 1. Delimitación de la responsabilidad civil... 13 Objetivos del Capítulo... 14 1. Derecho de daños y responsabilidad

Más detalles

DICTAMEN 305/2015. (Sección 2ª)

DICTAMEN 305/2015. (Sección 2ª) DICTAMEN 305/2015 (Sección 2ª) La Laguna, a 10 de septiembre de 2015. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria en relación con la Propuesta de Resolución del

Más detalles

DICTAMEN Nº. 168/2007, de 3 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 168/2007, de 3 de octubre. * DICTAMEN 168 DICTAMEN Nº. 168/2007, de 3 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, por los daños sufridos por su hija

Más detalles

DICTAMEN Nº. 51/2000, de 27 de julio. *

DICTAMEN Nº. 51/2000, de 27 de julio. * DICTAMEN Nº. 51/2000, de 27 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, tramitado a instancia de Dª C.F.G., Procuradora de los Tribunales,

Más detalles

DICTAMEN 188/2012. (Sección 2ª)

DICTAMEN 188/2012. (Sección 2ª) DICTAMEN 188/2012 (Sección 2ª) La Laguna, a 10 de abril de 2012. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN 254/2018. (Sección 1ª)

DICTAMEN 254/2018. (Sección 1ª) DICTAMEN 254/2018 (Sección 1ª) La Laguna, a 28 de mayo de 2018. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución

Más detalles

DICTAMEN Nº 196 / 2013

DICTAMEN Nº 196 / 2013 DICTAMEN Nº 196 / 2013 Materia Sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de impago de factura por servicios prestados al Gobierno de Aragón

Más detalles

DICTAMEN 149/2014. (Sección 1ª)

DICTAMEN 149/2014. (Sección 1ª) DICTAMEN 149/2014 (Sección 1ª) La Laguna, a 29 de abril de 2014. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en relación con la Propuesta de Orden

Más detalles

DICTAMEN Nº. 226/2008, de 29 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 226/2008, de 29 de octubre. * DICTAMEN Nº. 226/2008, de 29 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. Z, en nombre y representación de W, SL, por los

Más detalles

DICTAMEN Nº. 157/2003, de 23 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 157/2003, de 23 de diciembre. * DICTAMEN Nº. 157/2003, de 23 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública incoado a instancia de Dª X, por los daños y perjuicios padecidos

Más detalles

DICTAMEN 217/2016. (Sección 2ª)

DICTAMEN 217/2016. (Sección 2ª) DICTAMEN 217/2016 (Sección 2ª) La Laguna, a 6 de julio de 2016. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias en relación con la Propuesta de

Más detalles