boletín núm. 224 lunes, 26 de noviembre de 2018 IV Convenio Colectivo de la empresa Centro Gerontológico de Burgos 4 AYUNTAMIENTO DE ALFOZ DE BRICIA

Documentos relacionados
Núm. 225 Miércoles, 28 de noviembre de Concesión de un aprovechamiento de aguas públicas en el término municipal de Miranda de Ebro (Burgos) 5

CENTRO DE EXCELENCIA MEDICA EN ALTURA. Clave:CEMA-PR-FC-ACON-23 Versión: 0001 Próxima revisión: cada 30 días. Página 1 de 9

boletín oficial de la provincia

núm. 165 lunes, 2 de septiembre de 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE ADQUISICION DE MEDICAMENTOS E INSUMOS EN FARMACIA CEMA.

I. COMUNIDAD DE MADRID

CENTRO DE EXCELENCIA MEDICA EN ALTURA Vigente a partir de 16/03/2016. PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN PARA REGISTRO DE HUMEDAD Y TEMPERATURA

núm. 56 lunes, 23 de marzo de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO DE SILOS

núm. 38 martes, 25 de febrero de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE PERSONAL

Núm. 67 Lunes, 9 de abril de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE PALACIOS DE LA SIERRA

MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD

núm. 23 viernes, 3 de febrero de 2017 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

boletín oficial de la provincia

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE DEVOLUCION DE INSUMOS PARA LA SALUD.

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE ACCESO Y RESTRICCIONES DEL PERSONAL EN FARMACIA CEMA

núm. 242 martes, 22 de diciembre de 2015 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 191 jueves, 6 de octubre de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD

boletín oficial de la provincia

boletín oficial de la provincia

núm. 110 jueves, 12 de junio de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TOBALINA Presupuesto para el ejercicio de 2014

boletín oficial de la provincia

boletín oficial de la provincia

núm. 144 viernes, 29 de julio de 2016 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 3 jueves, 7 de enero de 2016 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

CENTRO DE EXCELENCIA MEDICA EN ALTURA. Clave: CEMA-PR-FC-DAS-21 Versión: 0001 Próxima revisión: cada 30 días. Página 1 de 10

Núm. 41 Martes, 1 de marzo de II. ADMINISTRACIÓN AuToNÓMICA. junta De CASTIllA y león. delegación territorial de burgos

núm. 42 viernes, 1 de marzo de 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 70 viernes, 12 de abril de 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 222 viernes, 20 de noviembre de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE GUMIEL DE IZÁN

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE DEVOLUCION DE INSUMOS PARA LA SALUD A USUARIOS DE FARMACIA.

1 ut 202 NUEVO PAÍS. PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN. Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA TODOS POR UN CIRCULAR EXTERNA N. 0. Bogotá, D.C.

boletín oficial de la provincia

núm. 30 jueves, 13 de febrero de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS

boletín oficial de la provincia

núm. 243 viernes, 26 de diciembre de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Núm. 36 Martes, 22 de febrero de III. ADMINISTRACIÓN local. DIpuTACIÓN provincial De burgos. secretaría general

núm. 106 viernes, 6 de junio de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 51 lunes, 16 de marzo de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE VALDEPORRES

núm. 72 lunes, 14 de abril de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN PARA DISPENSACION DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y MATERIAL DE CURACION A PACIENTE DE INBURSA

núm. 35 viernes, 20 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE PERSONAL

núm. 189 lunes, 5 de octubre de 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES FUNDACIÓN SOCIAL VALDEPORRES

boletín oficial de la provincia

núm. 242 lunes, 23 de diciembre de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TOBALINA

boletín oficial de la provincia

núm. 82 viernes, 2 de mayo de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

e PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO Vigente a partir de:

CONCILIACIÓN DE MEDICAMENTOS EN ÁREA

boletín oficial de la provincia

boletín oficial de la provincia

núm. 39 jueves, 26 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO GESTIÓN TRIBUTARIA

Núm. 181 Martes, 25 de septiembre de 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

boletín oficial de la provincia

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE VENTA O SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD

núm. 149 miércoles, 7 de agosto de 2013

boletín núm. 137 lunes, 24 de julio de 2017

núm. 63 martes, 1 de abril de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

DOCENTE, ADMINISTRATIVO, OPERATIVO Y DEPORTIVO

núm. 174 viernes, 13 de septiembre de 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

boletín oficial de la provincia

boletín oficial de la provincia

boletín oficial de la provincia

núm. 246 jueves, 29 de diciembre de 2016

núm. 85 miércoles, 7 de mayo de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ROA DE DUERO

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN RECEPCION Y REGISTRO DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD.

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE CAPACITACIONES BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO

CENTRO DE EXCELENCIA MEDICA EN ALTURA. Clave: CEMA-PR-FC-DIMI-22 Versión: 0001 Próxima revisión: cada 30 días. Página 1 de 7

núm. 76 miércoles, 22 de abril de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS

núm. 88 martes, 10 de mayo de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN

núm. 245 martes, 29 de diciembre de 2015 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Oficina Territorial de Trabajo

núm. 198 martes, 21 de octubre de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 56 martes, 22 de marzo de 2016

boletín oficial de la provincia

BASES CONCURSO DE TRASLADO DE PUESTOS DE CAPATAZ (SIN ESPECIALIDAD).

Núm. 65 Lunes, 4 de abril de II. administración autonómica. junta de castilla y león. Oficina Territorial de Trabajo

núm. 77 miércoles, 24 de abril de 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 138 jueves, 24 de julio de 2014 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 39 miércoles, 26 de febrero de 2014 Convenio de aplicación al personal laboral de la Diputación Provincial de Burgos 5

Bases Solicitud Autorización. Obtención del permiso para conducir ciclomotores CURSO. Vial AYUNTAMIENTO DE GETAFE. Getaf.

Núm. 177 Miércoles, 19 de septiembre de 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 160 lunes, 26 de agosto de 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN PARA LA EVALUACIÓN DE LA FARMACOTERAPIA

núm. 25 viernes, 6 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VILLALMANZO

núm. 56 lunes, 23 de marzo de 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE ELABORACION DE PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS DE OPERACION

DIRECCIÓN DE FUERZAS BÁSICAS

boletín núm. 20 lunes, 29 de enero de 2018 Convenio Colectivo de trabajo de la empresa Gonvarri I. Centro de Servicios, S.L.

boletín núm. 13 jueves, 18 de enero de 2018 Convenio Colectivo para la actividad de peluquería de señoras de la provincia de Burgos 4

boletín oficial de la provincia

núm. 109 miércoles, 11 de junio de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA

boletín núm. 100 lunes, 28 de mayo de 2018 Convenio Colectivo para la industria de hostelería de la provincia de Burgos 4

núm. 204 miércoles, 26 de octubre de 2016 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

núm. 34 martes, 19 de febrero de 2013 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS SECRETARÍA GENERAL Notificaciones pendientes 5

núm. 186 jueves, 29 de septiembre de 2016 Convenio Colectivo de Trabajo para la industria de hostelería de la provincia de Burgos 3

Núm. 160 Lunes, 27 de agosto de 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

boletín oficial de la provincia

Transcripción:

oficial núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 sumario boltín d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2018-224 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Dlgación TrriTorial D Burgos oficina Trritorial d Trabajo IV Convnio Colctivo d la mprsa Cntro Grontológico d Burgos 4 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALFOZ DE BRICIA Aprobación dfinitiva dl xpdint d modificación prsupustaria númro uno para l jrcicio d 2017 31 AYUNTAMIENTO DE ALTABLE Convocatoria para la lcción d Juz d Paz titular 33 AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO intrvnción Aprobación dfinitiva dl xpdint d modificación prsupustaria númro vintiséis para l jrcicio d 2018 34 scción D Prsonal Lista provisional d admitidos y xcluidos a la convocatoria para cubrir n propidad cuatro plazas (trs n turno libr y una n turno d movilidad) d Agnts d Policía Local 36 AYUNTAMIENTO DE ARIJA Subasta para la najnación d bin inmubl 42 Subasta para la najnación d bin inmubl 44 AYUNTAMIENTO DE CARCEDO DE BURGOS Aprobación inicial dl xpdint d modificación prsupustaria númro trs para l jrcicio d 2018 46 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958 1

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 sumario AYUNTAMIENTO DE CARDEÑAJIMENO Aprobación dfinitiva dl xpdint d transfrncia d créditos 47 AYUNTAMIENTO DE JARAMILLO DE LA FUENTE Aprobación provisional d la modificación d la ordnanza fiscal rguladora dl impusto sobr vhículos d tracción mcánica 48 AYUNTAMIENTO DE LOS BALBASES Aprobación dfinitiva dl xpdint d modificación prsupustaria númro uno para l jrcicio d 2018 49 AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO Modificación d la forma d provisión dl pusto d trabajo d Jf d Ngociado dl S.A.C. d st Ayuntaminto 50 AYUNTAMIENTO DE RÁBANOS Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 51 AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA RIBARREDONDA Aprobación inicial dl xpdint d modificación prsupustaria númro uno para l jrcicio d 2018 52 AYUNTAMIENTO DE ÚRBEL DEL CASTILLO Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 53 AYUNTAMIENTO DE VALLE DE MENA Aprobación dfinitiva d la rlación d pustos d trabajo 55 AYUNTAMIENTO DE VALLE DE SEDANO Concurso para l contrato d arrndaminto dl aprovchaminto agrícola n l pago Las Pardas 56 Concurso para l arrndaminto d un inmubl d propidad municipal ubicado n call Misal Bañulos, númros 6-8, 1.º izquirda 58 Concurso para l arrndaminto d un inmubl d propidad municipal ubicado n call Misal Bañulos, númros 6-8, 1.º drcha 60 Concurso para l arrndaminto d un inmubl d propidad municipal ubicado n call Misal Bañulos, númros 6-8, bajo 62 AYUNTAMIENTO DE VALMALA Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 64 AYUNTAMIENTO DE VILLARIEZO Aprobación inicial dl xpdint d modificación prsupustaria númro cuatro para l jrcicio d 2018 65 2 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 sumario AYUNTAMIENTO DE VILLAVERDE MOGINA Aprobación dfinitiva dl xpdint d modificación prsupustaria númro uno para l jrcicio d 2018 66 AYUNTAMIENTO DE ZAZUAR Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 67 JUNTA VECINAL DE AGÉS Subasta para l arrndaminto dl aprovchaminto cingético d los M.U.P. númros 101, 150 y 151 y mont El Cabrial 69 JUNTA VECINAL DE COVANERA Cunta gnral dl jrcicio d 2017 70 Aprobación provisional dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2019 71 JUNTA VECINAL DE IRÚS DE MENA Aprobación provisional dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 72 JUNTA VECINAL DE LOMA DE MONTIJA Aprobación provisional dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 73 Cunta gnral dl jrcicio d 2017 74 JUNTA VECINAL DE SAN PELAYO DE MONTIJA Aprobación provisional dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 75 Aprobación inicial dl xpdint d modificación prsupustaria númro uno para l jrcicio d 2017 76 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO CINCO DE BURGOS Procdiminto ordinario 189/2018 77 3 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Dlgación TrriTorial D Burgos oficina Trritorial d Trabajo C.V.E.: BOPBUR-2018-05966 Rsolución d fcha 13 d novimbr d 2018 dl Jf d la Oficina Trritorial d Trabajo d Burgos, por la qu s dispon la inscripción y publicación dl IV Convnio Colctivo d la mprsa Cntro Grontológico d Burgos (C.C. 09100091012012). Visto l txto dl Convnio Colctivo d la mprsa Cntro Grontológico d Burgos, suscrito l día 26 d octubr d 2018 d una part por la dircción d la mprsa y d otra por los rprsntants d los trabajadors, prsntado n l Rgistro d Convnios y Acurdos Colctivos d Trabajo, d conformidad con lo dispusto n l artículo 90.2 dl Ral Dcrto Lgislativo 2/2015, d 23 d octubr, por l qu s apruba l txto rfundido d la Ly dl Estatuto d los Trabajadors, n l Ral Dcrto 713/2010, d 28 d mayo, sobr Rgistro y Dpósito d Convnios y Acurdos Colctivos d Trabajo (BOE 12/06/2010), Ral Dcrto 831/95, d 30 d mayo, sobr traspaso d funcions y srvicios d la Administración dl Estado a la Comunidad d Castilla y Lón n matria d Trabajo y Ordn EYH/1139/2017, d 20 d dicimbr (BOCyL 22/12/2017) por la qu s dsarrolla la structura orgánica y s dfinn las funcions d las Oficinas Trritorials d Trabajo. Esta Oficina Trritorial d Trabajo acurda: Primro. Ordnar la inscripción dl citado Convnio Colctivo n l corrspondint Rgistro d Convnios y Acurdos Colctivos d Trabajo con funcionaminto a través d mdios lctrónicos d st cntro dirctivo, con notificación a la Comisión Ngociadora. Sgundo. Disponr su publicación n l Boltín Oficial d la Provincia d Burgos. En Burgos, a 13 d novimbr d 2018. El Jf d la Oficina Trritorial d Trabajo, Andrés Padilla García * * * 4 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 IV CONVENIO COLECTIVO DE LA EmPREsA CENTRO GERONTOLóGICO DE BURGOs Artículo prliminar. Parts contratants. El prsnt Convnio Colctivo s concirta dntro d la normativa vignt n matria d ngociación colctiva, ntr los rprsntants d los trabajadors prtncints a U.G.T. y los rprsntants d la mprsa Cntro Grontológico d Burgos, quins rconocn mutuamnt su rprsntación y capacidad para ngociar. CAPíTULO I Artículo 1.º Ámbito prsonal, funcional y trritorial. El prsnt Convnio d mprsa srá d aplicación a todos los trabajadors dl Cntro Grontológico d Burgos, tanto fijos como vntuals o intrinos, con o sin título, y qu prstn sus srvicios n dicho cntro n cualquira d las modalidads contractuals stablcidas n la lgislación vignt. Qudan xprsamnt xcluidas d su aplicación las prsonas qu prstn srvicios rligiosos y todas aqullas qu stén n las plantillas d las mprsas con las qu Cntro Grontológico d Burgos tnga concrtados contratos d arrndamintos d srvicios. Artículo 2.º Ámbito tmporal, dnuncia y adscripción a la totalidad. El prsnt Convnio s stablc para l priodo comprndido ntr l 1 d nro d 2018 y l 31 d dicimbr d 2019. Est Convnio s dará por dnunciado a su vnciminto. La adhsión a las cláusulas rcogidas n st Convnio supon la acptación d todas y cada una d llas n su totalidad, no sindo posibl la adhsión a dtrminados artículos con rsrva d otros para l Convnio statal o provincial d aplicación. Artículo 3.º Comisión Paritaria y rsolución d conflictos. Para ntndr d las custions qu s drivn d la intrprtación y sguiminto dl prsnt Convnio, y salvando n cualquir caso las comptncias qu lgalmnt tinn rconocidas la autoridad laboral y los órganos jurisdiccionals, s constituirá, dntro dl plazo d un ms dsd la firma dl mismo, una Comisión Paritaria formada por rprsntants dl Comité d Emprsa y d la mprsa, con igualdad d mimbros por ambas parts. La Comisión Paritaria, compusta por cuatro mimbros, stará intgrada por dos rprsntants d los trabajadors y por dos rprsntants dsignados por la mprsa. Dicha Comisión Paritaria s runirá, n un plazo máximo d quinc días, simpr qu lo solicit cualquira d las parts. Para la validz d los acurdos s rquir unanimidad ntr ambas parts y caso d no xistir dicha unanimidad s trasladará la rsolución d los asuntos a la jurisdicción comptnt. s produc un somtiminto a lo dispusto n los corrspondints acurdos intrprofsionals d ámbito statal o autonómico para solvntar d manra fctiva las discrpancias qu pudan surgir para la no aplicación d las condicions d trabajo a qu s rfir l artículo 82.3 dl Ral Dcrto Ly 2/2015, dl Estatuto d los Trabajadors. 5 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 CAPíTULO II Artículo 4.º Clasificación profsional. El prsonal s clasificará, n atnción a la función qu dsmpña, n alguno d los siguints grupos o catgorías: GRUPO 1. PERsONAL TéCNICO superior. 1.1. Dirctor d cntro. 1.2. médico. GRUPO 2. PERsONAL TéCNICO DE GRADO medio. 2.1. Diplomado Univrsitario Enfrmría/Ayudant Técnico sanitario. 2.2. Diplomado n Trabajo social/asistnt social. 2.3. Fisiotraputa. 2.4. Traputa Ocupacional. GRUPO 3. PERsONAL AUxILIAR TéCNICO. 3.1. monitor Ocupacional. 3.2. Auxiliar d Enfrmría/Cuidador. 3.3. Acompañant. GRUPO 4. PERsONAL DE ADmINIsTRACIóN. 4.1. Oficial Administrativo 4.2. Auxiliar Administrativo. 4.3. Rcpcionista. GRUPO 5. PERsONAL DE servicios AUxILIAREs. 5.1. Coordinadora. 5.2. Emplado d mantniminto/chófr. 5.3. Prsonal d Limpiza/Lavandría. 5.4. Cocinra. 5.5. Pluqura. La clasificación dl prsonal consignada n st artículo s mramnt nunciativa. No supon la obligación d tnr provistas todas las plazas si las ncsidads y volumn dl cntro no lo rquirn, ni qu no s pudan crar nuvas catgorías profsionals durant l plazo d vigncia dl Convnio Colctivo si así s rquir para la corrcta atnción dl srvicio asistncial. Artículo 5.º Dfinición y funcions d las catgorías profsionals. DIRECTOR DE CENTRO: Es la prsona rsponsabl dl cntro. Ostnta la jfatura d todo l prsonal qu forma l quipo multidisciplinar qu intgra la plantilla dl cntro. L comptn la planificación, coordinación, distribución y suprvisión d las actividads a ralizar n todas las áras dl cntro d trabajo para 6 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 consguir un prfcto funcionaminto dl mismo y l cumpliminto d los objtivos d la actividad mprsarial. Dirigirá todas las áras, contando con la colaboración d sus rsponsabls. D acurdo con los rsponsabls d cada ára, y prvia consulta a los rprsntants dl prsonal dl cntro, dtrminará los calndarios laborals anuals, así como los srvicios d cada ára, vlando por la calidad y ficacia n los mismos. Vlará por l cumpliminto d los Rglamntos d régimn intrno para uso d prsonal trabajador y rsidnts. Dbrá star informado y aprobará diariamnt todas las órdns d trabajo dadas n l cntro. Promovrá runions con los rsponsabls d las distintas áras, assorándols y comprobando l corrcto funcionaminto dl cntro n su conjunto. motivará a todo l prsonal, crando un bun ambint d trabajo, imprscindibl n una mprsa d srvicios d stas caractrísticas. suprvisará y aprobará los plans d trabajo d cada ára. suprvisará y aprobará los objtivos individualizados d cada rsidnt n cada ára. Cuidará d las rlacions con los rsidnts y sus familiars, dándols confianza y sguridad n los srvicios qu s prstan n l cntro. suprvisará la mjor adaptación intgración d los rsidnts n la vida dl cntro. Colaborará con l prsonal d actividads n la confcción dl Plan Gnral d Actividads y n cada grupo d trabajo formados, n función d las capacidads y caractrísticas d los rsidnts. Es rsponsabl dl control prsupustario, mdiant l sguiminto d los gastos qu ocasion l funcionaminto dl cntro. s rlacionará con los organismos oficials, prstándos a cuantas dmandas l san rquridas n ordn a una mjor información. médico: Dpnd dirctamnt d la dircción dl cntro. Es l rsponsabl, ant l Dirctor dl cntro, dl funcionaminto dl ára sanitaria. Dspachar con l Dirctor d todo lo rfrnt a su ára. En bas a la información rcibida al ingrso d los rsidnts n l cntro, confccionará su propia historia médica, marcando los tratamintos, sguimintos y controls oportunos para una corrcta vigilancia d la salud d los rsidnts. marcará, diariamnt, los plans d trabajo d las nfrmras. Comprobará y suprvisará l plan d trabajo d Auxiliars d Enfrmría/Cuidadoras confccionado por las Enfrmras. 7 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 Colaborará con l quipo multidisciplinar dl cntro, para consguir crar n l cntro l ambint idóno n ordn a consguir la mjor intgración dl rsidnt. Cumpliminto d las normas d higin y sguridad, así como d las normas sanitarias para cada srvicio dl cntro, lavandría, cocina, tc. Colaborará con la dircción dl cntro y con l prsonal d actividads n la confcción dl Plan Gnral d Actividads. Colaborará con l Dirctor dl cntro n los plans d formación dl prsonal d atnción dircta n lo rfrnt a su catgoría profsional. Colaborará n los plans d invstigación qu marqu l Dirctor dl cntro. Durant las horas d no prmanncia n l cntro stará localizado a través d tléfono móvil. DIPLOmADO EN TRABAJO social/asistente social: Es l profsional qu bajo la dpndncia dl Dirctor dl cntro jrcrá las siguints funcions: Planificación y organización dl trabajo social dl cntro, mdiant una adcuada programación d objtivos y racionalización dl trabajo. Colaboración y ralización d studios ncaminados a invstigar los aspctos socials rlativos a los rsidnts. Ejcución d las labors administrativas propias d su función y ralización d los informs socials d los rsidnts y los qu ls san solicitados por l Dirctor dl cntro, facilitando información sobr rcursos propios y ajnos, y fctuando la valoración d su situación prsonal, familiar y social. Rsolución d problmas socials mdiant la práctica d trabajo social, individual, grupal y comunitario a todos los rsidnts. Fomnto d la intgración y participación d los rsidnts n la vida dl cntro y dl ntorno qu l roda. Participación n comisions técnicas. Ralización d las gstions ncsarias para la rsolución d problmas qu afctn a los rsidnts y qu no pudan llos rsolvr prsonalmnt. Participación n las runions dl quipo multiprofsional para la laboración d programas individuals d atnción y n las orintacions qu prcisn los rsidnts. Cualquir otra función no prvista antriormnt qu sa solicitada por l Dirctor y qu sté incluida n l jrcicio d su profsión y prparación técnica. DIPLOmADO EN ENFERmERíA/AYUDANTE TéCNICO sanitario: Es l profsional qu, bajo la dpndncia dl médico dl cntro y todo l conjunto dl Dirctor dl cntro, tin las siguints funcions: Vigilancia y atnción a los rsidnts, n sus ncsidads humanas y gnrals. 8 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 Prparación d la mdicación sgún las prscripcions dl médico. marcará y suprvisará diariamnt l Plan d Trabajo d los Auxiliars d Enfrmría/Cuidadors. Ralización d curas. Tomas d prsions sanguínas, tmpratura, tc. Ralización d xtraccions para análisis d laboratorio. Anotación n las historias d los rsidnts d los datos qu d su función tngan qu figurar. suprvisión, cuidado y limpiza dl matrial médico y no médico. Ralización d los pdidos a la farmacia y control d los mdicamntos. Runions con l quipo multiprofsional dl cntro, simpr qu l Dirctor lo considr oportuno. Runions con l prsonal d Auxiliars d Enfrmría/Cuidadors para su formación y rciclaj, dntro d su profsión. suprvisión dircta durant las horas d comida y cna dl cumpliminto xacto d las ditas marcadas por l médico dl cntro. suprvisión dl trabajo d los Auxiliars d Enfrmría/Cuidadors, n lo rfrnt a su plan d trabajo, controlando su corrcto funcionaminto, comunicando las posibls incidncias al Dirctor. Colaborar con los programas d adquisición d los hábitos, incluso d modificación d conducta, qu s marqun n los programas laborados por los técnicos. Informar al Dirctor y al médico dl cntro d las incidncias dl turno d trabajo. Durant las horas n las qu no xista ningún suprior dbrán vlar por l mantniminto dl ordn y bun funcionaminto d los Auxiliars d Enfrmría/Cuidadors y rsidnts. Admás d stas labors, dbrán ralizar, si surg la ncsidad, otro tipo d trabajos, simpr n l ntorno dl cuidado dl rsidnt, bajo las órdns dl médico. FIsIOTERAPEUTA: Es l profsional qu, bajo la dpndncia dl médico dl cntro y dl Dirctor dl cntro, tin las siguints funcions: Ralizar los tratamintos y técnica rhabilitadora qu s prscriban. Participar, cuando s l pida, n l quipo multiprofsional dl cntro para la ralización d prubas o valoracions rlacionadas con su spcialidad. Hacr l sguiminto y la valuación d la aplicación dl trataminto qu ralic. Conocr los rcursos propios d su spcialidad n l ámbito trritorial. Participar n juntas o ssions d trabajo qu s convoqun n l cntro. 9 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 Colaborar n las matrias d su comptncia n los programas qu s ralicn d formación información a las familias d los usuarios. Assorar a los profsionals sobr pautas d movilización y los tratamintos n los qu tngan incidncia las técnicas fisiotraputas. Asistir a las ssions qu s hagan n l cntro para la rvisión, l sguiminto y la valuación d tratamintos. Cualquir otra función no prvista antriormnt qu sa solicitada por l Dirctor dl cntro y qu sté incluida n l jrcicio d su profsión y prparación técnica. TERAPEUTA OCUPACIONAL: Es l profsional qu, bajo la dpndncia dl médico dl cntro y dl Dirctor dl cntro, tin las siguints funcions: Participar n l Plan Gnral d Actividads dl cntro. Ralizar actividads d psicomotricidad, lnguaj, dinámicas y rhabilitación prsonal y social d los usuarios. Colaborar n l sguiminto y valuación dl procso rcuprador o asistncia d los usuarios. Cualquir otra función no prvista antriormnt qu sa solicitada por l Dirctor dl cntro y qu sté incluida n l jrcicio d su profsión y prparación técnica. monitor OCUPACIONAL: Dpnd dirctamnt dl médico, d las Enfrmras, dl Traputa Ocupacional y todo l conjunto dl Dirctor dl cntro, y son sus funcions: La xploración, diagnóstico y valoración d los aspctos d la prsonalidad, intligncia y aptituds d los rsidnts. Elaboración d los objtivos individualizados para cada rsidnt n su ára. sguiminto d la volución dl aspcto psicológico d los rsidnts laborando cuantos informs l san rquridos por l Dirctor. Dsarrollo d las actividads tanto intriors como xtriors. Assoraminto a los Auxiliars d Enfrmría/Cuidadors n su participación para l dsarrollo dl Plan Gnral d Actividads. Admás d stas labors, dbrán ralizar, si surg la ncsidad, otro tipo d trabajos, simpr n l ntorno d cuidado dl rsidnt, bajo las órdns dl Dirctor dl cntro. AUxILIAR DE ENFERmERíA/CUIDADOR: Es l trabajador qu bajo la dpndncia dl médico y d las Enfrmras, y todo su conjunto dl Dirctor dl cntro, raliza taras auxiliars rfridas tanto a la vida diaria dl rsidnt qu por ncsidad d su discapacidad las prcis, cuando no tnga caráctr 10 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 sanitario, como l procso rcuprador o d habituación para la autonomía prsonal. Esto último simpr n coordinación y siguindo las dirctrics d los corrspondints profsionals. Tin a su cargo l cuidado dircto d los rsidnts. Entr sus funcions principals starán las siguints: Asistncia y atnción dl rsidnt n todas las actividads d la vida diaria, qu por su discapacidad no puda ralizar por sí solo. Atndr l aso higin prsonal d los rsidnts y sus ncsidads fisiológicas. Rcibir y distribuir los alimntos dándoslos a la boca a los rsidnts qu lo prcisn. Anotar n l part d trabajo diario las incidncias qu pudiran obsrvar n l stado d los rsidnts, comunicándoslo a la Enfrmra d turno. Ayudar a la Enfrmra n la distribución d la mdicación, por vía oral y rctal, así como n la toma d constants, mdición d diursis y prparación d la orina para análisis d laboratorio. Limpiza y cuidado tanto dl matrial médico y no médico, y d las stancias utilizadas n l dsarrollo d su trabajo. Colaborar con l rsto dl prsonal d atnción dircta n l dsarrollo dl Plan d Actividads. Ayuda n los cuidados post-mortm dl rsidnt. En caso d urgncia imprvista, acompañar al rsidnt n l dsplazaminto a cntro sanitario. Vigilancia prmannt d los rsidnts. Asistncia a las runions convocadas por l Dirctor y qu rquiran su prsncia n horario d trabajo. Admás d stas labors, dbrán ralizar, si surg la ncsidad, otro tipo d trabajos, simpr n l ntorno dl cuidado dl rsidnt y bajo las órdns dl médico, d las Enfrmras y dl Dirctor dl cntro. ACOmPAñANTE: A las órdns dl Dirctor, dl médico o d la Enfrmra d turno, ralizará l trabajo d acompañaminto a los rsidnts cuando stos dban ralizar dsplazamintos a cntros hospitalarios o d otras caractrísticas para ralizar consultas programadas, visitas d urgncia, tramitacions oficials, tc. En dichos traslados tndrán a su cargo l cuidado dircto d los rsidnts, fctuando aqullas labors d atnción, asistncia, aso higin prsonal, ncsidads fisiológicas, alimntación, vigilancia y cualsquira otras qu pudan prcisar o dmandar los rsidnts durant la duración d los dsplazamintos. 11 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 OFICIAL ADmINIsTRATIVO: Bajo la dpndncia dl Dirctor dl cntro o prsona n quin dlgu, s aqul mplado qu raliza las siguints funcions: Confccionará corrcta y puntualmnt, a diario si s prciso, las plantillas contabls d acurdo con las dirctrics marcadas por l Dirctor y/o procdrá a su contabilización. Gstionar y llvar al día los xpdints dl prsonal, control dl calndario laboral prviamnt stablcido y dl absntismo laboral. suprvisar la corrcta documntación qu dbn aportar los rsidnts a su ingrso n l cntro. Colaborar mnsualmnt con la Coordinadora/suprvisora n l rcunto d almacns para l invntario. Llvar diariamnt la caja furt, dond los rsidnts guardan su dinro. Cursar los pdidos d todo aqullo qu s prcis a instancias d los rsponsabls d cada ára. Ralizar los trámits ncsarios para cambio d médico d cada rsidnt. solicitar ayuda farmacéutica a aqullos rsidnts qu no la tinn. Prparar toda la documntación ncsaria para contratos d prsonal. Comprobar nóminas mnsuals. Control y rgistro d las ntradas y consumo qu s produzcan d los artículos qu ntran n l cntro, pasando listados d stos al Dirctor para su conformidad y archivo. Tnr actualizado todo l archivo d documntos, albarans, como facturas, documntos bancarios, tc. Confcción d fotocopias, cuidando qu toda solicitud llv l visto buno d un rsponsabl d ára o dl Dirctor, ralizando un rsumn mnsual. Controlar las firmas d control dl prsonal d prácticas. Llvar l control dl dinro d caja, d tléfono y d rcpción. Confcción d cuadrnos para todos los dpartamntos dl cntro, vigilando qu no ls faltn las plantillas. mnsualmnt, prparar las fichas d control dl prsonal y archivarlas n l fichro por ordn alfabético. Ralización d los pdidos d farmacia siguindo las instruccions d las Enfrmras y ptición d consultas xtrnas d rsidnts. Contar las horas dl prsonal, anotar los rtrasos y los olvidos, pasar las horas al ordnador d administración. 12 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 AUxILIAR ADmINIsTRATIVO: Bajo la dpndncia d la Oficial Administrativa y n su conjunto dl Dirctor dl cntro o prsona n quin dlgu, s aqul mplado qu ralizará las funcions propias d administración y rcpción qu l dlgu o indiqu l Oficial Administrativo. RECEPCIONIsTA: Dpnd dirctamnt d la Oficial Administrativa y, n su conjunto, dl Dirctor dl cntro, y son sus principals funcions: Rcibir a todas las visitas qu s prsonn n l cntro, dándols un corrcto trato, atndiéndols cortésmnt y drivándolas hacia los rsponsabls dl cntro qu corrspondan n cada caso. Rcibir y fctuar las llamadas tlfónicas, drivándolas hacia las prsonas adcuadas. Atndr las dmandas d los rsidnts n sus rlacions d contacto con l xtrior dl cntro. Colaborar con la Auxiliar Administrativa n la jcución d trabajos d ralización d fotocopias, pasar a limpio scritos, mmorias u otro tipo d documntos qu l Dirctor dl cntro considr oportuno. COORDINADORA/sUPERVIsORA: Es la trabajadora qu, bajo la dpndncia d la Dircción dl cntro, raliza las siguints funcions: sustituy al Dirctor dl cntro n su ausncia. Dspachar con la Dircción d todo lo rfrnt a su ára. Es la rsponsabl ant la Dircción dl cntro dl funcionaminto dl ára rsidncial y srvicios gnrals. Irá dbidamnt uniformada por la mprsa así como idntificada. Runions con Dircción y l rsto d quipo dirctivo para tratar todo lo qu s común n l normal funcionaminto dl cntro. Organizar y controlar los abastcimintos dl cntro, n lo rfrnt a cocina, lavandría, limpiza y matrials no médicos. suprvisar y controlar l adcuado uso y consumo d las instalacions. marcará, d acurdo con la Dircción, los horarios d trabajo dl prsonal a su cargo para un adcuado y racional funcionaminto. Controlar l prfcto stado dl srvicio d cocina, lavandría y limpiza y, n gnral, d todo l cntro. Controlar la corrcta condimntación d las ditas marcadas por l médico. Controlar los trabajos dl prsonal d mantniminto. 13 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 Crará l ambint ncsario ntr l prsonal d atnción dircta, los rsidnts y los familiars, para qu l rsidnt s ncuntr plnamnt intgrado dntro dl funcionaminto dl cntro. Cuidará d qu l prsonal dl cntro cumpla las rglas lmntals d comportaminto, urbanidad, ducación, tc., todo llo con la finalidad d qu l ambint sa idóno para una convivncia armónica. Organizar l plan d trabajo d la pluqura. EmPLEADO DE mantenimiento/chófer: Bajo la dpndncia d la Coordinadora/suprvisora, s l trabajador qu raliza las siguints taras: Cumplirá funcions d consrvación, mantniminto y control d las instalacions y aparatos dl cntro, así como sus rparacions y d los spacios xtriors. Ralizará fura dl cntro las gstions qu su rsponsabl considr ncsarias. Dsplazaminto d los rsidnts para ralizar consultas médicas xtrnas y colaboración como chófr n l dsarrollo d actividads xtriors. Rcográ y llvará a los lugars indicados todo l matrial qu s rciba n l cntro. Colaborará compltando las funcions d limpiza n lo qu su rsponsabl considr oportuno. Cuidado d qu las salas d máquina, instalacions, cuadros léctricos, transformador, tallrs, tc., s ncuntrn limpios, no almacnándos n llos matrials qu no ls san propios. Cuidado dl montaj, funcionaminto y dsmontaj d strados, scnarios, asintos, proyctor d cin, altavocs, tc., qu para l normal dsarrollo d actividads d ocio n l cntro s prcisn. Ralizará los traslados d los rsidnts y usuarios dl cntro a cntros d consultas xtrnas, cntros hospitalarios y/u otros stablcimintos qu dtrmin l Dirctor dl cntro. PERsONAL DE LImPIEzA/LAVANDERíA: Es l trabajador qu bajo la dpndncia d la Coordinadora/suprvisora raliza las siguints taras: mantndrá todas las dpndncias dl cntro n prfcto stado d limpiza, ordn higin. Informará a la Coordinadora/suprvisora d los dtrioros y dsprfctos qu obsrv n l dsarrollo d su trabajo. Tndrá a su cargo la limpiza, cuidado, rparación y planchado d la lncría dl cntro y d la ropa d los rsidnts. Informará a la Coordinadora/suprvisora d cualquir dficincia n la idntificación y marcaj d la ropa d los rsidnts. 14 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 Apoyar l srvicio d cocina, n las taras d frgado d vajillas y utnsilios utilizados para l srvicio d comidas. montar y dsmontar los comdors, colocando y rtirando l mnaj y lncría d los mismos. Distribución d la ropa blanca y d forma n los almacns situados a tal fcto n l cntro y n los armarios d los rsidnts. COCINERA: Dpnd dirctamnt d la Coordinadora/suprvisora y forman part d su trabajo las siguints funcions: La corrcta condimntación y prparación dl mnú gnral y d las ditas marcadas por l médico. La disposición d los alimntos n los carros porta-comidas para su postrior distribución. Limpiza d la vajilla y d todos los utnsilios utilizados n l dsarrollo d su trabajo, con l apoyo dl prsonal d limpiza. Prfcto ordn y consrvación dl habitáculo d cocina, así como d la dspnsa y cámaras frigoríficas y d los utnsilios. PELUQUERA: Dpnd dirctamnt d la Coordinadora/suprvisora dl cntro. sguir l plan d trabajo marcado por la Coordinadora/suprvisora, ralizando las labors propias d pluquría con los rsidnts qu s l indiqun. Artículo 6.º Ingrso dl prsonal. El ingrso d prsonal n l cntro, tanto para la contratación fija como para la vntual, srá potstad xclusiva d la mprsa. Por razón d prmanncia n la mprsa, l prsonal s clasifica n: Fijo: Cuando s contrata d modo prmannt para ralizar l trabajo. Evntual y tmporal: El contratado por cirto timpo para ralizar trabajos d caráctr vntual, tmporal y xtraordinarios. Intrino: El prsonal vntual qu prsta su trabajo suplindo ausncias d trabajadors por incapacidad laboral, vacacions, o cualquir otra situación qu obligu a la mprsa a rsrvar la plaza al trabajador ausnt. El prsonal contratado como tmporal, d accdr a la condición d fijo, s l computará l timpo trabajado a fctos d pruba y antigüdad. En cuanto a la contratación n gnral, s stará a lo dispusto n la normativa vignt. 15 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 Artículo 7.º Priodo d pruba. El prsonal d nuvo ingrso qudará somtido a un priodo d pruba qu no xcdrá dl sñalado n la siguint scala: a) Prsonal Técnico suprior: Trs mss. b) Prsonal Técnico d Grado mdio: Cuarnta y cinco días laborabls. c) Prsonal Auxiliar Técnico: Trinta días laborabls. d) Prsonal d Administración, srvicios Auxiliars y dmás prsonal no cualificado: Quinc días. Durant l priodo d pruba las parts podrán dsistir dl contrato sin drcho a indmnización. Transcurrido l priodo d pruba, l contrato producirá plnos fctos. La situación d incapacidad tmporal (I.T.) qu afct al trabajador durant l priodo d pruba intrrumpirá l cómputo dl mismo simpr qu s produzca acurdo ntr ambas parts. El trabajador qu haya trabajado d forma vntual, tmporal o intrinamnt con antrioridad, y haya suprado n su día l priodo d pruba, no ralizará dicho priodo d pruba, simpr qu su última contratación s haya ralizado con una antrioridad máxima d un año con rfrncia a la fcha dl nuvo contrato. Artículo 8.º Extinción dl contrato d trabajo. El contrato d trabajo s xtinguirá por alguna d las causas stablcidas n l artículo 49 dl Estatuto d los Trabajadors o norma lgal qu lo sustituya. El trabajador qu s proponga csar n la mprsa voluntariamnt dbrá pravisar con un priodo d antlación mínimo d quinc días. El incumpliminto dl plazo d praviso ocasionará una dducción d su liquidación corrspondint a los días qu haya djado d pravisar. Artículo 9.º Promoción profsional. Todo l prsonal d la mprsa tndrá, n igualdad d condicions, drcho d prfrncia para cubrir las vacants xistnts n cualquira d los grupos profsionals. Artículo 10.º Trabajos d suprior catgoría. Cuando por caso d ncsidad un trabajador ralic trabajos corrspondints a catgoría profsional suprior a aqulla para la qu fu contratado, tndrá drcho a prcibir durant l timpo ral d su jcución l salario corrspondint a dicha catgoría. si prmancira n sta catgoría más d sis mss inintrrumpidos, y xistira vacant d la catgoría dsmpñada, s stará, para su cobrtura, a lo dispusto n los artículos 9.º y 12.º dl prsnt Convnio d mprsa. si no xistira vacant d la catgoría dsmpñada, y transcurridos los citados sis mss dl dsmpño d la misma, l trabajador volvrá a ralizar las funcions d su catgoría profsional y llo sin prjuicio d lo qu stablzcan las lys al rspcto. 16 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 CAPíTULO III. FORmACIóN PROFEsIONAL Artículo 11.º Principios gnrals. Cuando la mprsa, por propia iniciativa o a instancia d los trabajadors, considr convnint la asistncia a cursillos, congrsos, jornadas, tc., rlacionados con su actividad profsional, abonará los gastos d dsplazaminto, así como los d manutnción y aojaminto n las localidads n dond tnga lugar la clbración d las rfridas actividads, así como los gastos d inscripción. Tals gastos dbrán sr dbidamnt justificados por los asistnts. Artículo 12.º Jornada d trabajo. CAPíTULO IV. JORNADA El cómputo anual d horas d trabajo fctivo para todo l prsonal d la mprsa srá, durant la vigncia dl Convnio, d 1.760 horas d trabajo fctivo. La distribución d dicha jornada srá ngociada y consnsuada ntr la Dircción y la rprsntación lgal d los trabajadors n l primr ms d cada año. s considrará como timpo d trabajo, admás dl calndario stablcido, todo aqul timpo qu l prsonal sté n las dpndncias dl cntro d trabajo a rquriminto d la Dircción, ajustando los xcsos d horario d trabajo qu pudiran producirs cuatrimstralmnt. Artículo 13.º Dscansos. Entr l final d la jornada y l cominzo d la siguint mdiarán, como mínimo, doc horas inintrrumpidas. Todos los trabajadors tndrán drcho a un dscanso smanal mínimo d día y mdio inintrrumpidos, o al qu n cada momnto s stablzca lgalmnt. simpr qu la duración d la jornada diaria continuada xcda d sis horas, l prsonal disfrutará d un priodo d dscanso d vint minutos, sgún programación diaria qu const n su plan d trabajo. Est priodo d dscanso s considrará timpo d trabajo fctivo. Artículo 14.º Vacacions. La fcha d inicio dl priodo vacacional ncsitará l prvio acurdo ntr trabajador y mprsa. Ants d la finalización dl primr trimstr d cada año, qudará stablcido l calndario vacacional. El trabajador conocrá las fchas qu l corrspondan dos mss ants, al mnos, dl cominzo dl disfrut. El prsonal afctado por l prsnt Convnio d mprsa tndrá drcho al disfrut d trinta días naturals d vacacions. La distribución d las vacacions s ralizará n función dl calndario vacacional pactado ntr mprsa y rprsntants d los trabajadors, sgún disponibilidad dl prsonal sustituto; n cualquir caso, si xistis discrpancia ntr la mprsa y l 17 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 trabajador, la Dircción d la mprsa rsolvrá la misma atndindo a la carga d trabajo xistnt n cada momnto. En todo caso s garantizará la cobrtura d cada ára por un 60% d la plantilla d la misma, no pudindo ausntars por motivo d vacacions, ni prmisos rtribuidos, ni ningún otro motivo, incluso dbidamnt justificado, más d un 40% d la plantilla d cada ára, d manra simultána. Una vz autorizadas las vacacions por la mprsa a un trabajador, y simpr qu no sa por una causa indicada n los apartados antriors, no podrán sr modificadas las fchas a mnos d quinc días d su cominzo. si stas tuvirn qu sr modificadas, por causa d furza mayor, simpr con autorización d la comisión mixta. CAPíTULO V. EsTRUCTURA RETRIBUTIVA Artículo 15.º Estructura rtributiva. El salario a aplicar durant toda la duración dl Convnio srá l stablcido n las tablas adjuntas como Anxo al prsnt Convnio. La structura rtributiva quda como sigu: A) salario bas: Como conscuncia d la valoración d pustos d trabajo para las difrnts catgorías profsionals, los suldos bas mnsuals corrspondints a las mismas srán los qu s rfljan n l Anxo 1 para los años 2018 y 2019, d acurdo a un incrmnto dl 1,8% sobr las tablas d 2017 para l año 2018 y d un incrmnto dl 1,8% sobr las tablas d 2018 para l año 2019, xcpto para la catgoría profsional d Acompañant, para la qu s stablc un salario d 7,40 uros por hora trabajada, cantidad n la qu s ncuntran rcogidos todos los concptos salarials (salario, dscansos stablcidos, prorrato d pagas xtraordinarias y prorrato d vacacions). En caso d qu finalizado l año l IPC ral rsult suprior al 1,8%, s procdrá a actualizar l salario bas n la difrncia, con fctos a 1 d nro d 2018. si l IPC supra l 1,8%, las difrncias salarials dbrán abonars dntro dl ms siguint al d su publicación n l BOE. El mismo procdiminto s sguirá para l año 2019. En l salario mnsual d cada nivl s rmunran tanto la jornada como los priodos d dscanso y los días fstivos no rcuprabls stablcidos n l prsnt Convnio y n la normativa lgal. B) Plus d antigüdad: El complmnto d antigüdad s dvngará por trinios y s rtribuirá a razón d 18,35 uros n los casos d jornada complta y la part proporcional n los contratos a timpo parcial por trinio, con un máximo d dvngo d dos trinios. Para l cómputo d trinio o trinios s contabilizarán los priodos d pruba y d timpo d aprndizaj. Al plus d antigüdad conglado también s l aplicará la subida dl 1,8% l año 2018. A la cantidad rsultant s l aplicará otro 1,8% d subida para l año 2019. 18 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 C) Plus d nocturnidad: Tndrán drcho al plus d nocturnidad los trabajadors qu dsmpñn sus funcions ntr las 22:00 horas y las 8:00 horas dl día siguint. La rtribución d dicho plus srá d 18,50 uros/noch o la part proporcional d las horas trabajadas n l caso d sr mnos d las stablcidas como turno nocturno. Los trabajadors qu prstn sus srvicios los días 24 y 31 d dicimbr (Nochbuna y Nochvija, rspctivamnt) ntr las 22:00 horas (d los días 24 y 31) y las 8:00 horas dl día siguint tndrán drcho a una rtribución spcial d 45 uros, o la part proporcional n caso d sr mnor a las stablcidas como turno nocturno. D) Plus d domingos y fstivos: Los trabajadors qu dsarrolln su trabajo n fstivos no rcuprabls (*) s ls abonará una cantidad por tal concpto d 18,50 uros. (*) El concpto d fstivo no rcuprabl no hac rfrncia a los domingos, sino a los 14 días fstivos anuals cuya jornada no s rcupra. Los trabajadors qu prstn sus srvicios n domingo obtndrán por llo un plus d 18,50 uros por dicha jornada n los casos d jornada complta, mnos d 7 o igual a 4 horas; n los casos d sr infrior a 4 horas s cobrarán 9,25 uros. Los trabajadors qu prstn sus srvicios los días 25 d dicimbr y 1 d nro n turno d mañana tndrán drcho a una rtribución spcial d 35 uros por dicha jornada n los casos d jornada complta, mnos d 7 o igual a 5 horas; n los casos d sr infrior a 5 horas cobrarán 17,50 uros. Los trabajadors qu prstn sus srvicios los días 25 d dicimbr y 1 d nro n turno d tard tndrán drcho a una rtribución spcial d 45 uros por dicha jornada n los casos d jornada complta, mnos d 7 o igual a 5 horas; n los casos d sr infrior a 5 horas cobrarán 22,50 uros. El critrio qu ha d rgir l abono dl plus nocturno, fstivo no rcuprabl y domingo srá l dl día d ntrada dl trabajador a su pusto d trabajo y no l d salida, aunqu haya mayor coincidncia horaria con fstivo n l día d salida. Los pluss d fstivos y nocturnos no s abonarán n los casos d vacacions o prmisos rtribuidos; sólo s abonarán n l caso d prstación fctiva d srvicios. E) Horas xtraordinarias: Qudan xprsamnt prohibidas las horas xtraordinarias. En caso d tnr qu ralizarlas por furza mayor, su rtribución no srá infrior al 175% d la hora ordinaria, sindo prioritaria su rtribución mdiant disfrut horario, n lugar d compnsación conómica. En l caso d disfrut horario s sguirá l siguint critrio, un día trabajado n fin d smana o día fstivo s igual a uno y mdio libr. En caso contrario, un día trabajado srá igual a uno libr. El sistma d compnsación d las horas xtraordinarias prvisto n st artículo comnzará a aplicars a partir d momnto d la firma dl prsnt Convnio. 19 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 F) Gratificacions xtraordinarias: Los trabajadors afctados por l prsnt Convnio Colctivo prcibirán dos gratificacions xtraordinarias por l import dl salario bas más antigüdad dl ms vignt n cada una d llas, incluida la antigüdad. La paga xtraordinaria corrspondint al ms d junio s abonará junto con la nómina dl citado ms. La paga xtraordinaria d Navidad s abonará l 15 d dicimbr. El prsonal qu ingrs n la mprsa n cualquir momnto tndrá drcho a prcibir la part proporcional d dichas pagas xtraordinarias al timpo trabajado. G) Gastos d dsplazaminto: Cuando por ncsidads d la mprsa l trabajador dba utilizar vhículo propio, prcibirá una indmnización d 0,19 uros por kilómtro rcorrido. H) Ditas: Para los años 2018 y 2019 l import d la mdia dita srá d 9,17 uros y l d la dita complta srá d 30,59 uros. Artículo 16.º Compnsación por incapacidad tmporal n accidnt d trabajo y/o nfrmdad profsional. En los casos d I.T. drivada d accidnts d trabajo y d nfrmdad profsional, la mprsa complmntará la prstación a qu tnga drcho l trabajador hasta l 100% dl salario tabla mnsual más antigüdad dsd l primr día d la baja. En los casos n los qu l trabajador dba sr hospitalizado, st tndrá drcho a prcibir hasta l 100% dl salario tabla mnsual más antigüdad xclusivamnt durant l priodo n l qu l trabajador prmanzca hospitalizado. En aqullos casos n los qu las trabajadoras mbarazadas s ncuntrn n situación d I.T. por nfrmdad común prvia a la baja matrnal, la mprsa stará obligada a abonar l 100% dl salario tabla mnsual más antigüdad dsd l sxto ms hasta la fcha dl alumbraminto. El mismo complmnto s abonará n los casos d I.T. por risgo durant l mbarazo, diagnosticado como tal por prscripción médica. En st caso, l complmnto s aplicará dsd la fcha dl diagnóstico d risgo durant l mbarazo coincidnt con la fcha dl part d baja. En los casos d I.T. drivada d nfrmdad común, la mprsa complmntará la prstación a qu tnga drcho l trabajador hasta l 85% dl salario tabla mnsual más antigüdad dsd l primr día d baja. Artículo 17.º Sguro d rsponsabilidad civil. La mprsa asgurará a todos los trabajadors con una póliza d rsponsabilidad civil qu cubra las rsponsabilidads drivadas dl trabajo. Dbrá star asgurado todo l prsonal afctado por l prsnt Convnio y la acrditación s hará por los boltins TC-2. 20 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 También s asgurarán nominalmnt todos los trabajadors n situación d xcdncia forzosa, xcpto los dsignados o lgidos para un cargo público, aun cuando no figurn n l TC dl cntro. Artículo 18.º Sguros d vida y accidnt. La mprsa concrtará una póliza d sguros, para los casos d accidnts d trabajo y nfrmdad profsional, con un capital asgurado d: a) 24.040,48 uros n caso d murt drivada d accidnt d trabajo. b) 27.045,54 uros n caso d incapacidad absoluta prmannt para todo tipo d profsión u oficio, drivada d accidnt d trabajo o nfrmdad profsional. CAPíTULO VI. PERmIsOs, LICENCIAs Y ExCEDENCIAs, suspensión DEL CONTRATO DE TRABAJO Y OTROs DERECHOs DERIVADOs DE LA CONCILIACIóN DE LA VIDA LABORAL Y FAmILIAR Artículo 19.º Licncias rtribuidas. Los trabajadors, prvio aviso, con la posibl antlación y postrior justificación, podrán ausntars dl trabajo con drcho a prcibir l salario ral vignt, por alguno d los motivos siguints y por l timpo indicado; n cualquira d los casos s trata d días naturals: a) Por matrimonio o parja d hcho lgalmnt stablcida: Quinc días. b) Por alumbraminto d sposa/compañra: Trs días. c) Por fallciminto, nfrmdad grav, ingrso n cntro hospitalario o intrvnción quirúrgica dl cónyug/compañro, o d familiars hasta l sgundo grado d consanguinidad o afinidad: Trs días si s produjra n localidad sita a mnos d 40 kilómtros dl cntro, y cinco días si stuvis distant n más d cuarnta kilómtros dl cntro d trabajo. El prmiso por alumbraminto srá aplicabl al primr grado y sgundo grado d consanguinidad, no considrándos como un prmiso por hospitalización, y la duración d dicho prmiso srá d trs días dsd l inicio dl hcho causant. d) Por traslado d domicilio habitual: 1 día. ) Por matrimonio d hrmanos o hijos: 1 día. f) Por bautizo y/o primra comunión d hijo/a: 1 día. g) Por l timpo ncsario n los casos d asistncia dl trabajador a consulta médica d la sguridad social, tanto dl médico d cabcra como d los spcialistas, cuando no sa factibl acudir a sas consultas fura d las horas d trabajo, y simpr y cuando dichos facultativos xtindan documnto justificativo d la asistncia a dicha consulta. h) Por l timpo indispnsabl para l cumpliminto d un dbr inxcusabl d caráctr público y prsonal. i) Por lactancia d un hijo mnor d 9 mss: 1 hora diaria n cada jornada o proporcional a la misma, qu podrá sustituirs, a su lcción, por 2 fraccions d 30 minutos mintras dur l citado priodo o también podrán acumular la licncia rsultant a su licncia d gstación. Est prmiso no podrán disfrutarlo simultánamnt los dos cónyugs o padrs. 21 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 j) Los trabajadors inscritos n cursos organizados, oficials o rconocidos por l m.e.c. y la Junta d Castilla y Lón para la obtnción d un título académico o qu concurran a oposición para ingrsar n un pusto d trabajo, por l timpo ncsario para qu pudan concurrir a los xámns y dmás prubas d aptitud y valuación dbidamnt justificados. k) Las trabajadoras mbarazadas tndrán drcho a ausntars dl trabajo, con drcho a rmunración, por l timpo indispnsabl para la ralización d los xámns prnatals y técnicas d prparación al parto, prvio aviso a la mprsa y justificación d la ncsidad d su ralización dntro d la jornada d trabajo. Todo l prsonal podrá solicitar hasta trinta días d prmiso sin suldo por año qu dbrán sr concdidos si la solicitud s prsntada con praviso d cinco días laborabls, simpr y cuando l disfrut d dichos prmisos prmita mantnr los mínimos d prsonal d plantilla stablcidos para l priodo vacacional. Asimismo, st prmiso no podrá sr disfrutado n los mss d junio, julio, agosto y sptimbr. Artículo 20.º Excdncias. 1. La xcdncia podrá sr voluntaria o forzosa. La forzosa, qu dará drcho a la consrvación dl pusto y al cómputo d la antigüdad d su vigncia, s concdrá por la dsignación o lcción para un cargo público qu imposibilit la asistncia al trabajo. El ringrso dbrá sr solicitado dntro dl ms siguint al cs n l cargo público. 2. El trabajador con al mnos una antigüdad n la mprsa d un año tin drcho a qu s l rconozca la posibilidad d situars n xcdncia voluntaria por un plazo no mnor a cuatro mss y no mayor a cinco años. Est drcho sólo podrá sr jrcitado otra vz por l mismo trabajador si han transcurrido cuatro años dsd l final d la antrior xcdncia. 3. Los trabajadors tndrán drcho a un priodo d xcdncia, no suprior a trs años, para atndr al cuidado d cada hijo, tanto cuando lo sa por naturalza como por adopción, o n los supustos d acogiminto, tanto prmannt como pradoptivo, aunqu éstos san provisionals, a contar dsd la fcha d naciminto o, n su caso, d la rsolución judicial o administrativa. También tndrán drcho a un priodo d xcdncia, d duración no suprior a dos años, salvo qu s stablzca una duración mayor por ngociación colctiva, los trabajadors para atndr al cuidado d un familiar hasta l sgundo grado d consanguinidad o afinidad, qu por razons d dad, accidnt, nfrmdad o discapacidad no puda valrs por sí mismo, y no dsmpñ actividad rtribuida. La xcdncia contmplada n l prsnt apartado, cuyo priodo d duración podrá disfrutars d forma fraccionada, constituy un drcho individual d los trabajadors, hombrs o mujrs. No obstant, si dos o más trabajadors d la misma mprsa gnrasn st drcho por l mismo sujto causant, l mprsario podrá limitar su jrcicio simultáno por razons justificadas d funcionaminto d la mprsa. Cuando un nuvo sujto causant dira drcho a un nuvo priodo d xcdncia, l inicio d la misma dará fin al qu, n su caso, s vinira disfrutando. 22 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958

boltín oficial d la provincia núm. 224 luns, 26 d novimbr d 2018 El priodo n qu l trabajador prmanzca n situación d xcdncia conform a lo stablcido n st artículo srá computabl a fctos d antigüdad y l trabajador tndrá drcho a la asistncia a cursos d formación profsional, a cuya participación dbrá sr convocado por l mprsario, spcialmnt con ocasión d su rincorporación. Durant l primr año tndrá drcho a la rsrva d su pusto d trabajo. Transcurrido dicho plazo, la rsrva qudará rfrida a un pusto d trabajo dl mismo grupo profsional o catgoría quivalnt. No obstant, cuando l trabajador form part d una familia qu tnga rconocida oficialmnt la condición d familia numrosa, la rsrva d su pusto d trabajo s xtndrá hasta un máximo d 15 mss cuando s trat d una familia numrosa d catgoría gnral, y hasta un máximo d 18 mss si s trata d catgoría spcial. 4. Asimismo podrán solicitar su paso a la situación d xcdncia n la mprsa los trabajadors qu jrzan funcions sindicals d ámbito provincial o suprior mintras dur l jrcicio d su cargo rprsntativo. 5. El trabajador xcdnt consrva sólo un drcho prfrnt al ringrso d las vacants d igual o similar catgoría a la suya qu hubiran o s produjran n la mprsa. 6. La situación d xcdncia podrá xtndrs a otros supustos colctivamnt acordados, con l régimn y los fctos qu allí s prvan. Artículo 21.º Rducción d jornada por motivos familiars. Quin por razons d guarda lgal tnga a su cuidado dircto algún mnor d doc años o una prsona con discapacidad física, psíquica o snsorial, qu no dsmpñ una actividad rtribuida, tndrá drcho a una rducción d la jornada d trabajo diaria, con la disminución proporcional dl salario ntr, al mnos, un octavo y un máximo d la mitad d la duración d aqulla. Tndrá l mismo drcho quin prcis ncargars dl cuidado dircto d un familiar, hasta l sgundo grado d consanguinidad o afinidad, qu por razons d dad, accidnt o nfrmdad no puda valrs por sí mismo, y qu no dsmpñ actividad rtribuida. El prognitor, adoptant o acogdor d caráctr pradoptivo o prmannt tndrá drcho a una rducción d la jornada d trabajo, con la disminución proporcional dl salario d, al mnos, la mitad d la duración d aqulla, para l cuidado, durant la hospitalización y trataminto continuado, dl mnor a su cargo afctado por cáncr (tumors malignos, mlanomas y carcinomas), o por cualquir otra nfrmdad grav, qu impliqu un ingrso hospitalario d larga duración o rquira la ncsidad d su cuidado dircto, continuo y prmannt, acrditado por l inform dl srvicio Público d salud u órgano administrativo sanitario d la Comunidad Autónoma corrspondint y, como máximo, hasta qu l mnor cumpla los 18 años. Esta rducción d la jornada s podrá acumular n jornadas compltas. Las rduccions d jornada contmpladas n l prsnt apartado constituyn un drcho individual d los trabajadors, hombrs o mujrs. No obstant, si dos o más trabajadors d la misma mprsa gnrasn st drcho por l mismo sujto causant, l mprsario podrá limitar su jrcicio simultáno por razons justificadas d funcionaminto d la mprsa. 23 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU - 1-1958