Página 1 de 1 ESTUDIO DE NECESIDAD, CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR LA MODALIDAD DE SELECCION DE MINIMA CUANTIA Dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 94 de la Ley 1474 del 12 de Julio de 2011, reglamentada por el Decreto 734 del 13 de Abril de 2012, se elabora el presente estudio previo, para CONTRATAR LA COMPRA DE LA POLIZA DE SEGURO GLOBAL REQUERIDA PARA LA ADECUADA PROTECCION DEL VEHICULO DE PLACAS OSB 022 DE PROPIEDAD DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER. 1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACION: (Numeral 1 del Artículo 3.5.2. Decreto 734 de 2012) a.- Definición de la Necesidad: La Contraloría General de Santander es un órgano de control del Departamento, de carácter técnico, con Autonomía Contractual, Administrativa y Presupuestal para administrar sus asuntos, en los términos y en las condiciones establecidas en la Constitución y las Leyes. De acuerdo a la Ordenanza No. 035 del 05 de Diciembre de 2008, que ajustó la Planta de Empleos y Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Contraloría General de Santander, se determinó como propósito estratégico del Secretario General administrar los recursos necesarios para el correcto funcionamiento de la Contraloría, en cuanto al desarrollo integral, coordinación, supervisión y control de talento humano de la entidad, la custodia y conservación de los documentos y bienes y los servicios de apoyo a la administración, como también el desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos inherentes a la misma, así como la modernización tecnológica de los sistemas. Teniendo en cuenta que es obligación de las Entidades del Estado asegurar sus bienes e intereses patrimoniales a través de la adquisición de pólizas de seguros las cuales buscan proteger su patrimonio contra la mayor cantidad de riesgos a los cuales se encuentran expuestos. El numeral 21 del Artículo 34 de la Ley 734 de 2002, señala como deber de los servidores públicos el siguiente: 21. Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados. El numeral 63 del Artículo 48 de la Ley 734 de 2002, señala como falta gravísima de los servidores públicos la siguiente: 63. No asegurar por su valor real los bienes del Estado ni hacer las apropiaciones presupuestales pertinentes. Así mismo, el Artículo 107 de la Ley 42 de 1993 dispone: ARTÍCULO 107. Los órganos de control fiscal verificarán que los bienes del Estado estén debidamente amparados por una póliza de seguros o un fondo especial creado para tal fin, pudiendo establecer responsabilidad fiscal a los tomadores cuando las circunstancias lo ameriten.
Página 2 de 1 La Contraloría General de Santander cuenta con un Vehículo (camioneta) de su propiedad para la movilización del Señor Contralor en cumplimiento de las funciones propias de su cargo, la cual fue adquirida en el mes de Abril de 2012 mediante el proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial No.01-2012, y diariamente se ve expuesta a siniestros naturales o provocados por terceros que conllevaría no sólo a la pérdida y deterioro del bien, sino también a la pérdida de su valor económico, lo que generaría un detrimento al patrimonio de la entidad. Con la compra de la póliza de seguro se garantiza que los intereses asegurables de la Entidad frente a la ocurrencia de cualquier hecho contra el vehículo, los daños se mitiguen con el reconocimiento de las correspondientes indemnizaciones asumidas por el asegurador. En mérito a lo anteriormente expuesto la Contraloría General de Santander dará aplicabilidad a lo contenido en el Artículo 107 de la Ley 42 de 1993 el cual consagra la obligación de los servidores públicos de asegurar los bienes del Estado que se encuentren bajo su responsabilidad. Para la Contraloría General de Santander es conveniente llevar a cabo el proceso de contratación correspondiente para ejecutar el objeto: LA COMPRA DE LA POLIZA DE SEGURO GLOBAL REQUERIDA PARA LA ADECUADA PROTECCION DEL VEHICULO DE PLACAS OSB022 DE PROPIEDAD DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER. En concordancia con el Plan de Compras aprobado para la Vigencia 2012, en el cual el servicio solicitado se encuentra definido en el Código: 0.3.32.11 Adquisición de Bienes y Servicios- Seguros. De acuerdo con lo anterior, para la Contraloría General de Santander es necesario iniciar las acciones que le permitan seleccionar legalmente el proveedor de pólizas, mediante el proceso contractual pertinente señalado en la Ley 1150 de 2007, adicionada por la Ley 1474 del 2011, y reglamentado por el Decreto 0734 del 13 de Abril de 2012. 2. DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR: (Numeral 2 del Artículo 3.5.2. Decreto 734 de 2012) El objeto del presente contrato de Mínima Cuantía es: LA COMPRA DE LA POLIZA DE SEGURO GLOBAL REQUERIDA PARA LA ADECUADA PROTECCION DEL VEHICULO DE PLACAS OSB 022 DE PROPIEDAD DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER. 3. CONDICIONES TECNICAS EXIGIDAS: (Numeral 3 del Artículo 3.5.2. Decreto 734 de 2012) El plan de póliza global debe ser un seguro integral con prevención, asistencia, cubrimiento y el mejor acompañamiento para el Vehículo de propiedad de la Contraloría General de Santander y cuyas características esenciales se describen a continuación: CLASE DE VEHICULO: CAMPERO Y PICK-UP SERVICIO: OFICIAL CILINDRAJE: 3956 CC No. MOTOR: 1GRA369877 No. CHASIS: JTEBU9FJ8C5019349 CAPACIDAD: 7
Página 3 de 1 MODELO: 2012 COLOR: GRIS METALICO PLACAS: OSB 022 MARCA: TOYOTA TIPO: PRADO LC 150-TX-AT Se seleccionará una Compañía de Seguros legalmente constituida, domiciliada en Colombia que ofrezca todos y cada uno de los ítems de seguros requeridos por la entidad, las mejores condiciones en cuanto a coberturas y cláusulas así como los mejores deducibles del mercado. De la misma manera, la compañía que se acoja al presupuesto de la entidad y que atienda las reclamaciones de siniestros en el menor tiempo posible. Los amparos requeridos se describen a continuación: ITEM AMPARO VALOR ASEGURADO 1 RESPONSABILIDAD CIVIL: Daños a Bienes de terceros Lesiones o Muerte a Personas Asistencia Jurídica en Proceso Penal y Civil Exceso de RC 2 DAÑOS: Anexo de Servicio 3 HURTO: DEDUCIBLE 4 GASTOS DE TRANSPORTE: Daños Hurto 5 VEHICULO DE REEMPLAZO: 6 ASISTENCIA EN VIAJE: 7 ANEXOS DE SERVICIOS: SUBTOTAL IVA 16% TOTAL 1.1. Documentos que debe entregar el proponente: 1.1.1. Carta de la presentación de la propuesta 1.1.2. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal (si es persona jurídica) 1.1.3. Fotocopia del R.U.T. 1.1.4. Certificado de la Cámara de Comercio (Vigencia 30 días) 1.1.5. Los proponentes deberán acreditar la celebración, ejecución y liquidación de un (01) contrato cuyo objeto sea de la misma naturaleza del objeto que pretende adquirir la Contraloría General de Santander y cuyo monto sea igual o superior al valor del presupuesto asignado para el proceso. 1.1.6. Certificación del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social y Aportes Parafiscales. 1.1.7. Manifestación por escrito donde conste que no se encuentra inhabilitado conforme a lo previsto en los Artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993.
Página 4 de 1 1.1.8. Certificado de no inclusión en el Boletín de Responsables Fiscales. 1.1.9. Certificación de no reporte en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación. 1.2. Lugar de ejecución: El bien a adquirir deberá ser entregado en la Secretaría General de la Contraloría General de Santander ubicada en la Oficina: 302 del Tercer Piso del Edificio de la Gobernación de Santander ubicado en la Calle 37 No. 10-30. 1.3. Supervisor: La vigilancia de la ejecución del contrato será ejercida por la Contraloría General de Santander a través de la Doctora MARIA CRISTINA CASTILLO PEREZ Subdirectora Financiera o quien en un futuro haga sus veces. El supervisor está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al contratista sobre asuntos de su responsabilidad siempre y cuando las mismas estén sujetas a lo estipulado en el contrato. Todas las comunicaciones u órdenes destinadas al contratista serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de los documentos del contrato. Serán funciones de quienes ejerzan el control de ejecución, las tendientes a asegurar que las partes cumplan con las obligaciones pactadas en el contrato, en el pliego de condiciones y en la ley, para la correcta ejecución de su objeto. El supervisor y/o interventor de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 1 del Artículo 26 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con los Artículos 4, 14 y 53 de la misma norma. 2. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y EL PLAZO DE EJECUCION: (Numeral 4 del Artículo 3.5.2. Decreto 734 de 2012) 2.1. Valor del contrato: El presupuesto oficial para el presente proceso de selección es de CUATRO MILLONES CIEN MIL PESOS ($4.100.000) MCTE., incluyendo IVA y los costos directos e indirectos en que incurra el contratista para el perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por la Subdirección Financiera. 2.2. Forma de Pago: La Contraloría General de Santander pagará al Contratista el valor estipulado en el contrato contra entrega, previa presentación de la factura, dentro de los cinco (05) días siguientes a la presentación de la misma por el valor de la póliza debidamente acompañada de la certificación de entrega del bien a entera satisfacción expedida por el supervisor del contrato, además, la Certificación del pago de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Aportes Parafiscales, certificados por parte del Revisor Fiscal o Representante Legal del Contratista, procediendo la Subdirección Financiera una vez compruebe la existencia de dichos documentos al pago, de conformidad con la situación de fondos y el PAC para la Vigencia 2012. 2.3. Plazo de ejecución del contrato:
Página 5 de 1 El plazo de ejecución del contrato es de tres (03) días. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día hábil siguiente a la fecha en que se le comunique al contratista el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización, circunstancias éstas que se entienden cumplidas con la comunicación de aceptación de la oferta, expedición del Registro Presupuestal por parte de la Contraloría General de Santander. La vigencia general del contrato será por el término de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo. 3. EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACION. Para respaldar el compromiso que resulte de este proceso se cuenta con el siguiente certificado: Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 00000380 del 03 de Mayo de 2012, por valor de CUATRO MILLONES CIEN MIL PESOS MCTE. ($4.100.000.00), expedido por la Subdirección Financiera de la Contraloría General de Santander. Código: 0.3.21.11 Rubro: Adquisición de Bienes y Servicios-Seguros. Éste valor incluye todos los gastos o costos en que deba incurrir el contratista para el cumplimiento del objeto del presente proceso selectivo y el pago de los impuestos y descuentos de Ley a que haya lugar. CARLOS FERNANDO PEREZ GELVEZ Secretario General PROYECTO: OFICINA JURIDICA REVISO: JEFE OFICINA JURIDICA