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Transcripción:

Área Solicitante: ESTUDIOS PREVIOS INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Sede Nacional Dirección Administrativa Grupo de Apoyo Logístico Ordenador del Gasto: Responsable: Objeto: Rubro: MYRIAM DE LA ESPRIELLA MARTHA HILDA ALAYON - COORDINADORA GRUPO DE APOYO LOGÍSTICO Compra de un tapete trafico pesado para el ascensor del ICBF Sede Nacional. A204004231 OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS Presupuesto: CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($430.000), amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 522 del 3 de agosto de 2010. En el presupuesto se encuentra contemplado el demás impuestos de ley. IVA y Ítem en el Plan de Contratación Está contemplado en el componente de otros materiales y suministros. 1. JUSTIFICACION La compra del tapete será de utilidad y protección para el piso del ascensor, ya que actualmente el que tiene se encuentran en mal estado debido al deterioro causado por el uso diario y adicionalmente a los lavados regulares a que es sometido, restando una buena presentación pues ya que cumplió su vida útil, por lo que se hace necesario retirarlo del servicio. Teniendo en cuenta lo anterior y dado que en el ascensor se utiliza diariamente por los usuarios, se hace necesaria la adquisición de un (1) tapete para el ascensor. 2. NECESIDAD Es deber de la Administración del ICBF, mantener en excelentes condiciones las

instalaciones donde se encuentra ubicada su Sede. El tapete del ascensor se encuentra deteriorado, causando una imagen descuidada de esta máquina, por lo cual es necesario realizar la compra de la misma. 3. OPORTUNIDAD La compra de un tapete para el ascensor puede ser efectuada en la vigencia 2010, dado que se cuenta con presupuesto para el gasto. El ICBF Sede Nacional, requiere comprar un tapete nuevo para mejorar la presentación del ascensor y lograr una buena imagen institucional. Para lograr este objetivo, el ICBF debe contratar la compra de un tapete adecuado para tal fin. 4. CONVENIENCIA Teniendo en cuenta que el ICBF no cuenta con existencias en el almacén del elemento en mención se hace necesario contratar con una persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar la oferta de un tapete del ascensor para la Sede Nacional. 5. COMO? El alcance del objeto En desarrollo del objeto contractual el contratista deberá entregar el elemento que se requieran de acuerdo a las medidas que se suministran a continuación: Características Técnicas: El tapete debe cumplir como mínimo con las siguientes características técnicas: - TAPETE TRAFICO EXTRAPESADO KRATCH DV ATRAPAMUGRE CON LOGOTIPO Y PERFIL BORDE - MEDIDAS: 1,40 X 1,33 MT - FONDO: GRIS CLARO - PERFIL: GRIS CLARO

- LOGOTIPO DEL ICBF: VERDE CLARO / NEGRO - GARANTÍA DIRECTA DE CALIDAD DEL TAPETE DURANTE EL TÉRMINO MÍNIMO DE UN (1) AÑO POR DEFECTOS EN SU FABRICACIÓN. Nota: El logotipo se elaborará de acuerdo a las indicaciones del supervisor, ajustándose al Manual de Imagen Corporativa del ICBF, Resolución No. 0555 del 22 de febrero de 2008. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Obligaciones especificas 1. Entregar el tapete en la Sede Nacional del ICBF, de acuerdo con las características técnicas exigidas. 2. Garantizar que el elemento ofrecido en la propuesta cumplan estrictamente con las características técnicas de la invitación pública a presentar oferta. 3. Reemplazar el tapete en caso de que presente defectos o que no cumplan con las especificaciones exigidas. 4. Enviar la factura correspondiente, asegurándose que sea radicada en el Grupo de Gestión Documental del ICBF, de acuerdo con el precio ofrecido en la propuesta. 5. Garantizar directamente la calidad del tapete objeto del contrato durante el término mínimo de un (1) año por defectos en su fabricación. Obligaciones Generales. 1 Cumplir con el objeto de la orden con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad, por lo tanto no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno entre el contratista y el ICBF. 2 Responder sin perjuicio de la respectiva garantía, por el cumplimiento y calidad de los servicios prestados, por el término previsto en la orden. 3 Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan por causas que sean imputables al contratista. 4 Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso de autoridad competente. 5 Entregar al supervisor de la orden los informes que se soliciten sobre cualquier aspecto y/o resultados obtenidos en cada actividad encomendada cuando así se requiera. 6 Atender los requerimientos, instrucciones o recomendaciones que durante el desarrollo de la orden le imparta el ICBF, a través del supervisor de la misma, para

una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones. 7 Presentar al ICBF los recibos de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, en pensiones y ARP de los trabajadores a su cargo, al igual que el pago de los aportes parafiscales (Caja de Compensación, SENA y ICBF)., cuando haya lugar a ello, previamente al pago. 8 Ejecutar las demás actividades que sean necesarias para lograr un total y fiel cumplimiento del objeto, el alcance y las obligaciones contratadas, aunque no estén específicamente señaladas en el presente documento, siempre y cuando las mismas correspondan a la naturaleza y objeto de la orden. Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del contrato será de veinte (20) días calendario, contados a partir del perfeccionamiento y legalización del mismo. La forma de pago: El ICBF pagará en un solo desembolso al contratista el valor del contrato en moneda legal Colombiana, una vez se encuentre aprobado el PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja) y previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato donde conste la correcta ejecución del objeto contratado, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la expedición de la factura. Lugar de ejecución: ICBF Sede Nacional, ubicado en la Av. Cra. 68 No. 64 C 75.

Modalidad de Selección: República de Colombia El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive, se sujetarán a la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las Leyes 80 de 1.993 y 1150 de 2.007, Decretos 2474 de 2008, 2025 de 2009, 3576 de 17 de septiembre de 2009 y demás decretos reglamentarios, la presente invitación pública y la Resolución 4670 del 23 de octubre de 2009 (Manual de Contratación ICBF) modificada por la Resolución 1240 del 17 de marzo de 2010. La compra del tapete para el ascensor corresponde a la adquisición de elementos de características técnicas uniformes y de común utilización generalmente requeridos por las diferentes entidades estatales, ofrecido de manera masiva en el mercado y sus especificaciones son equivalentes para las diferentes entidades que los requieren, por lo cual el procedimiento a utilizar para el presente proceso de selección es el de subasta inversa de conformidad con lo establecido en el parágrafo del Artículo 17 del Decreto 2474 de 2008, modificado por el Artículo 1 del Decreto 3576 de 2009, el literal a) del Numeral 2 del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, dado que el valor arrojado por el estudio económico no supera el 10% de la menor cuantía. En atención a lo establecido en el Artículo 1 del Decreto 3576 de 2009, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en la página web por lo que será responsabilidad de los participantes conocerlos a través de este mecanismo interactivo. 6. QUIÉN? Las condiciones que debe tener el proveedor son: Persona natural o jurídica que su actividad comercial sea la fabricación de tapetes. Los proponentes deberán acreditar experiencia mediante la presentación de máximo tres (3) contratos/certificaciones y/o facturas de contratos ejecutados o en ejecución que al sumarse, el valor represente una cifra igual o superior al valor del presupuesto oficial de este proceso de Selección, expresados en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV). Los objetos contractuales deberán encontrarse ejecutados o en ejecución dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha del cierre del proceso y cuyo objeto sea similar al de la presente invitación.

7. ESTUDIO DE MERCADO El Grupo de Apoyo Logístico de la Dirección Administrativa del ICBF para estimar el costo del tapete solicitó cotizaciones, resultado de lo cual se estableció el siguiente comparativo de precios: Comparativo cotización tapete para ascensor Empresa Referencia Cantidad Medida Vr. Unit. Iva Vr. Total A&D Altpaetes Comercializadora Da Vinci Tapete atrapamugre tráfico extrapesado con perfil Tapete atrapamugre tráfico pesado con perfil 1 1,40*1,33 $ 345.000,00 $ 55.200,00 $ 400.200,00 1 1,40*1,33 $ 397.000,00 $ 63.520,00 $ 460.520,00 Valor promedio $ 430.360,00 8. FACTORES DE SELECCIÓN. La presente contratación, se adelantará por el procedimiento de Subasta Inversa, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del Artículo 17 del Decreto 2474 de 2008, modificado por el Artículo 1 del Decreto 3576 de 2009, el literal a) del Numeral 2 del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 Así mismo este proceso de selección no supera el diez (10%) de la menor cuantía, razón por la cual se manejará bajo las disposiciones legales del Artículo 3 del Decreto 2025 de 2009, es decir verificando condiciones del mercado. La propuesta más favorable para el ICBF será aquella en que al final de la subasta ofrezca el menor precio según lo reglamentado por el Artículo 1 del Decreto 3576 de 2009. 9. ESTUDIO DE RIESGOS RIESGO TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN Y CONTROL

No cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato a ejecutar. La calidad de los bienes solicitados no cumpla con las respectivas condiciones técnicas o requerimientos de la Entidad. No realizar la entrega oportuna del tapete. Que el contratista no cumpla con las obligaciones establecidas en el contrato. Se presenta cuando los elementos requeridos no cumplen con los requerimientos exigidos por la entidad. Al no realizar la entrega oportuna del tapete objeto del contrato se vería afectado el piso del ascensor. Riesgo a cargo del contratista por lo que, de ser necesario, la entidad declarará el incumplimiento del contrato. El contratista deberá asegurarse que las características técnicas solicitadas se ajusten a la necesidad de la entidad. Este riesgo está a cargo del contratista, por lo que el supervisor del contrato realizará el control necesario para minimizarlo. 10. GARANTÍAS CONTRACTUALES Por tratarse de un proceso de Selección abreviada por subasta inversa cuyo valor no excede el 10% de la menor cuantía, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, 17, 18 19 y 20 del decreto 2474 de 2009 y el artículo 1 del decreto No. 3576 de 2009, no requiere garantías. APROBACIÓN NOMBRE CARGO FIRMA Myriam de la Espriella Directora Administrativa Ordenador del Gasto Martha Alayón Agudelo Coordinadora Grupo de Apoyo Logístico Revisó Mauricio Laverde Arteaga Técnico Administrativo Elaboró